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Registro Único Provincial de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos


El Registro Único Provincial de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos Ley Provincial 13093 tiene por finalidad garantizar el tratamiento homogéneo e igualitario en todo el territorio provincial de las gestiones requeridas para aquellos que pretendan adoptar niñas, niños y adolescentes.

El Registro, de alcance provincial, conforma un servicio accesible que conserva criterios únicos para la inscripción conforme a la normativa vigente y para las evaluaciones de las condiciones de los aspirantes, tanto a nivel jurídico como psicológico y socioambiental. Se ofrece fundamentalmente como un espacio de acompañamiento y contención durante el proceso.

El principio constitucional que enmarca las labores de este Registro Único es el interés superior del niño, que implica garantizar el disfrute pleno y efectivo de todos los derechos reconocidos por la Convención de los Derechos del Niño, y el desarrollo holístico del niño.

Funciones

  • Gestionar, formar, registrar y mantener actualizada la información respecto de la lista única de aspirantes a guardas con fines adoptivos, donde se asienten las inscripciones, los proyectos declarados viables, aquellos que no lo sean, y todas las modificaciones, rectificaciones y desistimientos que puedan presentarse
  • Confeccionar un archivo con las copias de las resoluciones de adopción que cada juzgado realice
  • Comunicar al Registro Único Nacional de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación el resultado de las evaluaciones realizadas a los fines de conformar la “Red de Nacional de Registros” (base informática de todos los aspirantes a guarda del país)
  • Efectuar, a través del Equipo Interdisciplinario correspondiente, la evaluación y asistencia profesional a aquellos que pretendan adoptar a lo largo de todo el proceso.