REGISTRO UNICO DE PROVEEDORES Y CONTRATISTAS

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Subsecretaría de Contrataciones y Gestión de Bienes - Ministerio de Economía
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REGISTRO UNICO DE PROVEEDORES Y CONTRATISTAS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
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Pasos para realizar un trámite en el Registro de Proveedores

La presentación del trámite se realiza de manera digital a través del Sistema Web de Proveedores de la Provincia de Santa Fe.

Ingreso al sistema por primera vez:

Incorporar la relación a través de la página de AFIP: www.afip.gov.ar

• Ingresar en el administrador de relaciones con clave fiscal.

• En el servicio API- Adm. Prov. de Impuestos Provincia de Santa Fe incorporar el servicio "ECON SANTA FE – Registro Único de Proveedores y Contratistas". (Guía paso a paso a paso para dar el alta a una persona jurídica disponible en la SECCIÓN PREGUNTAS FRECUENTES – PREGUNTA 20).

Para realizar el trámite de inscripción/renovación/modificación de datos

• Ingresar al portal web de la provincia de Santa Fe: www.santafe.gov.ar/proveedores

• Seleccionar la opción ACCESO DE PROVEEDORES

• Ingresar con Clave Fiscal – NIVEL 3 y seleccionar el registro en el cual desea realizar el trámite.

• Seleccionar la opción INSCRIPCIÓN/RENOVACIÓN/MODIFICACIÓN DE DATOS según corresponda y completar el formulario on line.

• Adjuntar la documentación solicitada en formato pdf.

• Finalizar presentación. El sistema arroja una constancia de inicio de trámite una vez cumplimentados todos los pasos.

Nota: previamente debe tener incorporada la relación de AFIP

Registro Único de Proveedores y Contratistas (RUPC)
Registro de Beneficiarios de Pagos para Compras Menores o Excepciones (RBPCME)
Destinatarios RUPC

Deben inscribirse en el Registro Único de Proveedores y Contratistas todas aquéllas personas humanas, jurídicas o uniones transitorias que deseen contratar con el Estado Provincial.

Destinatarios RBPCME

Deben inscribirse en el RBPCME todos aquellos que realicen contrataciones con cualquiera de los sujetos comprendidos en el Sector Público Provincial No Financiero que se encuentren alcanzados por las excepciones previstas en el artículo 116 de la Ley N° 12.510.

La inscripción en el "Registro de Beneficiarios de Pagos para Compras Menores o Excepciones" (RBPCME) habilitará únicamente para resultar adjudicatario en gestiones encuadradas en el artículo citado en el párrafo precedente, no siendo válida para aquellas gestiones en las cuales se requiera la inscripción en el REGISTRO ÚNICO DE PROVEEDORES Y CONTRATISTAS (RUPC).

Plazos RUPC

El interesado dispondrá de cuarenta y cinco (45) días corridos, a partir de la recepción de la notificación correspondiente, para presentar la documentación que haya omitido para su inscripción, renovación de inscripción o modificación de datos.

La Subsecretaría de Contrataciones y Gestión de Bienes procederá a la aceptación o rechazo de la solicitud de inscripción, renovación de inscripción o modificación de datos del interesado, dentro de un plazo de treinta (30) días hábiles, contados a partir del primer día hábil posterior a la presentación total de la solicitud y de la documentación requerida para tales efectos a través del Sistema de Gestión de Proveedores Web de la Provincia de Santa Fe. Dicho plazo será suspendido en caso de resultar necesario requerir información a otros organismos y hasta tanto estos se expidan.


Vigencia de la Inscripción RUPC

La inscripción o renovación de inscripción en el Registro Único de Proveedores y Contratistas tendrá una validez de dieciocho (18) meses contados a partir de la fecha de la Resolución que la otorgó, pudiendo la Subsecretaría de Contrataciones y Gestión de Bienes ampliar o disminuir dicho plazo.

La falta de renovación de inscripción como proveedor implicará la pérdida de la vigencia de su condición de tal, y derechos que conlleva dicho carácter.

Plazos RBPCME

El interesado dispondrá de 10 (diez) días corridos, a partir de la recepción de la notificación correspondiente, para presentar la documentación que haya omitido para su inscripción, renovación de inscripción o modificación de datos.

La Subsecretaría de Contrataciones y Gestión de Bienes procederá a la aceptación o rechazo de la solicitud de inscripción, renovación de inscripción o modificación de datos del interesado, dentro de un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del primer día hábil posterior a la presentación total de la solicitud y de la documentación requerida para tales efectos a través del Sistema de Gestión de Proveedores Web de la Provincia de Santa Fe. Dicho plazo será suspendido en caso de resultar necesario requerir información a otros organismos y hasta tanto estos se expidan.

El Registro Único de Proveedores y Contratistas podrá requerir documentación complementaria, a los fines de ampliar la información que estime necesaria y resulte atinente a la condición de Proveedor.


Vigencia de la Inscripción RBPCME

La inscripción o renovación de inscripción en el Registro de Beneficiarios de Pagos para Compras Menores y Excepciones tendrá una validez de treinta y seis (36) meses contados a partir de la fecha de la Resolución que la otorgó, pudiendo la Subsecretaría de Contrataciones y Gestión de Bienes ampliar o disminuir dicho plazo.

La falta de renovación de inscripción como proveedor de compras menores implicará la pérdida de la vigencia de su condición de tal, y derechos que conlleva dicho carácter.

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