Sistema de protección integral


El Sistema de Protección de este Ministerio se basa en el cumplimiento de los fundamentos que materializa la Ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar las Violencias contra las Mujeres (N°13348).

Este Sistema tiene como objetivo, además de prevenir y asistir en casos de violencia con motivos de género, el de desplegar sus funciones con perspectiva de diversidad sexual e identidad de género en las intervenciones y políticas públicas de este organismo. En sintonía con el desarrollo de los estándares específicos para la promoción y protección de las personas Lesbianas, Gays, Bisexuales, Trans e Intersexuales (LGBTI).

La Ley de Identidad de Género (N° 26743) garantiza el pleno acceso y goce de los derechos a las personas trans, considerando también a aquellas personas que se autoperciben con un género distinto al asignado al nacer. En esta sintonía, en Opinión Consultiva OC 24/17, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, se destaca por considerar a la orientación sexual, la identidad de género y la expresión de género como categorías protegidas por el artículo 1.1 de la Convención Americana de los Derechos Humanos (CADH) y por resaltar el deber de los Estados de adoptar todas las medidas necesarias para asegurar el acceso e igualdad de condiciones y sin discriminación a una amplia lista de derechos de esta población históricamente discriminada y estigmatizada.