Contrataciones

En materia de contrataciones, la Subdirección General de Contrataciones entiende en todos los procesos de adquisición de bienes y servicios de terceros destinados a satisfacer las diversas necesidades del Sector Público Provincial No Financiero para su consumo y uso, exceptuando los contratos regidos por la ley de obras públicas y demás normas especiales.

Dentro de su órbita, se encuentra el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia, que tiene a su cargo la inscripción y renovación de inscripción de todas aquéllas personas humanas, jurídicas o uniones transitorias que deseen contratar con el estado provincial.

Podrán presentar ofertas las personas humanas o jurídicas no inscriptas en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia, implicando la sola presentación, la solicitud tácita de inscripción. En este último caso los oferentes, en el momentos de presentar la oferta y formando parte de la misma, deberán proporcionar la información que en cada caso se le indica.

Los oferentes no inscriptos deberán cumplir con los requisitos exigidos en la reglamentación vigente para su inscripción en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia, con anterioridad a la fecha de adjudicación.

Algunas Funciones que realiza la Subdirección General de Contrataciones

  • Proponer políticas y procedimientos y dictar las normas necesarias para la implementación y funcionamiento del sistema.
  • Administrar un sistema de información que permita la elaboración de políticas, programación y gestión de las contrataciones.
  • Controlar la aplicación de las normas vigentes en la materia.
  • Mantener actualizado el Registro Oficial de Proveedores y Contratistas del Sector Público Provincial No Financiero.
  • Aprobar modelos de pliegos o pliegos tipo licitación y resolver recursos que se presenten en los mismos.
  • Controlar selectivamente las contrataciones que se realicen por procedimientos distintos a la licitación o concurso.
  • Intervenir en las compras, contrataciones y gestiones en excepción al trámite licitatorio conforme lo disponga la reglamentación.
  • Intervenir en las controversias derivadas de las contrataciones, que se susciten durante el trámite o con posterioridad a la misma y en la resolución de las impugnaciones.
  • Aplicar penalidades por incumplimiento de contratos y órdenes de provisión.
  • Organizar el sistema estadístico de contrataciones.
  • Todas las demás facultades necesarias para el cumplimiento de su función.