Violencia laboral
En la provincia de Santa Fe el trabajo decente es un eje transversal de las políticas públicas en materia laboral para el mediano y largo plazo (Memorándum de Entendimiento con la Oficina de País para la Argentina de la Organización Internacional del Trabajo, 2008 y 2013). En función de ello se implementan acciones y programas que promueven relaciones laborales seguras asentadas en la igualdad de trato y oportunidades en el mundo del trabajo.
En este marco, la Resolución 427/15 de la cartera laboral provincial, dispuso priorizar la problemática de la violencia laboral, y por ello implementar políticas públicas en la materia. Como consecuencia, la Disposición Nº 1 de la Subsecretaría de políticas de empleo y trabajo decente definió y aprobó el “Protocolo de Intervención para el abordaje de la violencia laboral en Santa Fe”.
Qué es la violencia laboral
La violencia laboral es el ejercicio abusivo de poder que tiene por finalidad someter o excluir a un trabajador o trabajadora de su lugar de trabajo. Incluye el acoso psicológico, el acoso sexual y la agresión física; puede provenir tanto de niveles jerárquicos superiores, del mismo rango o inferiores y puede manifestarse por acción u omisión.
La violencia en el trabajo puede adoptar distintas formas: agresiones físicas, de violencia psicológica, manifestándose a través de intimidación, hostigamiento o acoso basados en distintos motivos, entre ellos el género, la etnia o la orientación sexual, entre otros.
Qué políticas impulsamos
En 2014 se creó la Red Federal sobre la Violencia Laboral, cuya finalidad es profundizar la lucha contra estas prácticas en todo el territorio nacional. Allí se reconoce la necesidad de adoptar medidas de prevención y atención de la violencia laboral y donde las partes se comprometen a realizar acciones de prevención, difusión y capacitación, y otras medidas que promuevan el trabajo
En el marco del convenio en el que Santa Fe adhiere a la Red Federal sobre Violencia Laboral, el Ministerio de Trabajo de la provincia definió priorizar la implementación de políticas públicas de prevención, de intervención y de capacitación, en la materia (resolución Nº 427/15).
Cuándo y cómo intervenimos
La cartera laboral de la provincia tiene las facultades de:
- Intervenir de oficio o por denuncias
- Recibir consultas y asesorar ante denuncias
- Convocar a las partes para realizar un informe sobre los hechos relatados por quien denuncia
- Solicitar al empleador el abordaje de la situación problemática en el ámbito de trabajo
- Ofrecer intervención en las áreas de la empresa u organismo alcanzadas por la problemática
- Convocar a las Subsecretarías de Género y Diversidad (Ministerio de Desarrollo Social de la provincia) para participar de audiencias para realizar observaciones y requerimientos específicos
- Establecer políticas en articulación con organismos de los diferentes niveles del Estado, así como con entidades representantes de trabajadores y empleadores
- Promover acciones de capacitación y prevención sobre violencia en el trabajo