Información para Partidos Políticos

El Secretario Electoral, informa a los partidos políticos que, en virtud de lo dispuesto por la Ley N° 6808 – Capítulo III – artículo – 42 inc. b), dentro de los sesenta días de finalizado el ejercicio económico deberán presentar por mesa de entradas de ésta Secretaría Electoral, el estado anual de su patrimonio y la cuenta de los ingresos y egresos producidos.