Dictado el instrumento legal que reconozca la indemnización, la Dirección General de Despacho procede a notificar personalmente al interesado(a través de la Delegación Regional que corresponda) y a hacerle saber que dentro del plazo legal (10 días hábiles más 1 día de gracia) puede interponer recursos.
El acuerdo que se firma se remite al Ministerio de Trabajo -Departamente Accidentes de Trabajo- para que su titular dicte la resolución homologatoria del porcentaje de incapacidad.
Posteriormente, el Ministerio de Economía transfiere los fondos reservados a la Tesorería del Ministerio de Educación que, a su vez, los transfiere al área de Habilitación de la Delegación Regional que corresponda.
El pago debe efectivizarse en el plazo de 30 días corridos contados desde la homologación.
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