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Certificado Único de Discapacidad


El Certificado Único de Discapacidad (CUD) es un documento que acredita plenamente la discapacidad en todo el territorio nacional, en cualquier circunstancia en que sea necesario invocarla. Tiene igual valor que el Documento Nacional de Identidad, por lo que, ante su pérdida, debe efectuarse la denuncia inmediata.

El Certificado no afecta a la vida civil de la persona; no tiene relación con el porcentaje de discapacidad, ni con la declaración judicial de insania o inhabilitación que determina la designación de un curador.

A través de la Ley Nacional 22431 (Sistema de Protección Integral de los Discapacitados) se considera persona con discapacidad a toda persona que padezca una alteración funcional permanente o prolongada, física o mental, que en relación a su edad y medio social implique desventajas considerables para su integración familiar, social, educacional o laboral.

Conforme esta ley, para que una persona con discapacidad sea considerada como tal, debe poseer el Certificado que acreditará la existencia de la discapacidad, su naturaleza y su grado, así como las posibilidades de rehabilitación y qué tipo de actividad laboral o profesional puede desempeñar. Se podrá consultar los requisitos y la documentación necesaria a presentar en los siguientes apartados:

A nivel provincial, la Ley 9325 adhiere a la Ley Nacional 22431.

Juntas Evaluadoras de Personas con Discapacidad

Validez del certificado de discapacidad

Se puede consultar online la validez de los CUD

Prórroga 2025: Certificado Único de Discapacidad

La Agencia Nacional de Discapacidad determina la prórroga de un año para los Certificados Únicos de Discapacidad (CUD) que tienen fecha de actualización o vencimiento original en 2025.

Por lo tanto, el CUD en versión digital o papel moneda que tiene fecha de actualización o vencimiento original entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, su vigencia se extenderá de forma automática hasta la misma fecha del año 2026 (no hace falta realizar ningún trámite).

Los CUD que ya fueron prorrogados (con fecha de actualización o vencimiento en 2022, 2023 o 2024) deberán ser renovados en la misma fecha durante el 2025.

Boletín Oficial: Resolución 2520/2024