Parámetros de Emisión Anual
Por Ley 12306 y modificatorias, las Municipalidades y/o Comunas podrán variar, en el ámbito de su jurisdicción, en más o en menos hasta un veinte por ciento (20%) de incremento o de descuento, la tasa testigo que fija la Provincia para el cálculo del Impuesto Patente Única sobre Vehículos correspondiente al año fiscal próximo.
En tal sentido, las Municipalidades y Comunas que ejerzan dicha opción deberán dictar la la Ordenanza autorizando el incremento o disminución de la tasa testigo y comunicarla a a la Administración Provincial de Impuestos hasta el 30 de Noviembre del año en curso.