Inscripción en el Registro Único de Proveedores y Contratistas

¿En qué consiste?

Este trámite permite inscribirse como proveedor ante el Registro Único de Proveedores y Contratistas para poder contratar con el Estado Provincial.

La inscripción en el Registro Único de Proveedores y Contratistas tiene una vigencia de 18 meses contados a partir de la fecha de la Resolución que la otorgó, pudiendo la Subsecretaría de Contrataciones y Gestión de Bienes ampliar o disminuir dicho plazo. Cumplido el plazo, el interesado en continuar contratando con el estado deberá renovar su inscripción.

Destinatario/s:

Interesados en inscribirse como proveedores para poder contratar con el Estado Provincial.

¿Qué necesito para realizarlo?

  • Clave Fiscal AFIP Nivel 3
  • Tener incorporada la relación “ECON Santa Fe – Registro Único de Proveedores y Contratistas”, disponible en el servicio API - Adm. Prov. de Impuestos Provincia de Santa Fe.
  • En documentos requeridos se detallan los requisitos para:
    • Personas Humanas
    • Personas Jurídicas
    • Uniones Transitorias

¿Cuánto cuesta?

Tasa retributiva de servicios: el monto equivalente al establecido por la Ley Impositiva para Licitaciones Públicas.

¿Dónde se realiza?

Desde cualquier computadora con acceso a Internet.

Observaciones:

  • Para iniciar el trámite, es requisito adjuntar la totalidad de la documentación requerida al efecto. A partir de ese momento, la Subsecretaría de Contrataciones y Gestión de Bienes procederá a la aceptación y rechazo de la solicitud de inscripción, dentro de un plazo de treinta (30) días hábiles contados a partir del primer día hábil posterior a la presentación total de la solicitud y de la documentación requerida para tales efectos a través del Sistema de Gestión de Proveedores Web de la provincia de Santa Fe.
  • El Registro Único de Proveedores y Contratistas podrá requerir documentación complementaria, a los fines de ampliar la información que estime necesaria y resulte atinente a la condición del proveedor.
  • Trámite de modificación de datos: aquellos proveedores que contaren con su inscripción vigente y necesiten actualizar datos relativos a la empresa, ya sea información de contacto, modificación en la composición societaria o bien actualizar documentos que se encontraren vencidos y que necesariamente necesiten actualizar para participar de procesos licitatorios, pueden actualizar dicha información ingresando a través de “MODIFICACIÓN DE DATOS”.

Trámite Urgente:

La modalidad de “Trámite Urgente” será aplicable en los siguientes casos:

1. Para aquéllos proveedores que sean oferentes en un procedimiento de compra y no se encuentren inscriptos en el Registro Único de Proveedores y Contratistas o, que estando inscriptos, las mismas no se hallaren vigentes. A tal fin, deberán iniciar el trámite de inscripción/renovación dentro de las 72 hs. hábiles posteriores a la fecha de apertura de la gestión involucrada, adjuntando copia del recibo de la compra del pliego, acta de apertura respectivo o cualquier otro documento que acredita dicho carácter. Dicho comprobante, deberá adjuntarse como “OTROS DOCUMENTOS” en la sección “HABILITACIONES ESPECIALES”.

2. Para aquéllos proveedores adjudicatarios estando vigente el Decreto 2809/79 y que tuvieren retenidas facturas pendientes de cobro por no contar con la inscripción actualizada.

Procedimiento:

El interesado deberá observar el procedimiento establecido para la Inscripción en el Registro. Una vez presentada la totalidad de la documentación requerida a través del Sistema de Gestión de Proveedores Web de la Provincia de Santa Fe, la Subsecretaría de Contrataciones y Gestión de Bienes resolverá el trámite dentro del plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del primer día hábil posterior a la presentación total de la solicitud y de la documentación requerida para tales efectos a través del Sistema de Gestión de Proveedores Web de la Provincia de Santa Fe . Dicho plazo será suspendido en caso de resultar necesario requerir información a otros organismos y hasta tanto estos se expidan.

El interesado dispondrá de 72 hs. hábiles, a partir de la recepción de la notificación correspondiente, para presentar la documentación que haya omitido para su inscripción/renovación de inscripción o modificación de datos.

El no cumplimiento de los plazos establecidos precedentemente implicará la pérdida de la condición de TRÁMITE URGENTE y serán aplicados los plazos previstos para el trámite ordinario.

¿Te quedó alguna duda?

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