¿Qué es un voto recurrido?
Es aquel cuestionado por el fiscal partidario por no considerar correcta la calificación dada por el presidente de mesa. El recurrente deberá asentar en el sobre “VOTO RECURRIDO”, sus datos (firma, aclaración y DNI) y las causas concretas del desacuerdo. El presidente de mesa también colocará su firma, aclaración y DNI en el mismo sobre. Estos sobres conteniendo el voto cuestionado, serán remitidos al Tribunal Electoral, para que se decida sobre su validez o nulidad en el escrutinio definitivo.
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