¿Cuáles son los requisitos para su constitución?

Para que una asociación sea reconocida deberá solicitarlo ante el Tribunal Electoral presentando la siguiente documentación:

  1. Nota de presentación
  2. Acta de fundación y constitución donde conste nombre del partido y domicilio;
  3. Declaración de principios, programa o bases de acción política, carta orgánica;
  4. Acta designación de autoridades promotoras;
  5. Acta designación de apoderados y
  6. Constancia inicial de adherentes (1%o del padrón de electores de la localidad) para obtener el reconocimiento provisorio, y el 4%o del padrón de electores cuando acrediten la afiliación para su reconocimiento definitivo.