El gobierno de la provincia de Santa Fe recuerda que desde el 1 de noviembre, y hasta el 31 de diciembre de 2022 inclusive, regirá el período de veda para la pesca comercial y deportiva del surubí pintado (pseudoplatystoma coruscans) y el surubí atigrado o rollizo (pseudoplatystoma fasciatum).
La veda se establece a partir de la resolución Nº168/2005, facultada por el Artículo Nº 5 de la Ley 12.212, que define normas y requisitos para ejercer las actividades relacionadas con la pesca.
Durante los períodos de veda establecidos queda prohibido capturar, acopiar, transportar y comercializar ejemplares de dichas especies.
También están vigentes las disposiciones de veda para las siguientes especies:
>> Dorado: únicamente se permite la pesca deportiva con devolución obligatoria (Ley 12.722)
>> Pacú: se prohíbe la pesca comercial y deportiva en forma permanente (Resolución 162/05)
>> Manguruyú: se prohíbe la pesca comercial y deportiva en forma permanente (Resolución 162/05)
- Ambiente y Cambio Climático
- Lunes 31 de octubre de 2022
Perotti analizó con la Agencia Francesa para el Desarrollo el proyecto de obras para la Acción Climática
El Ministerio de Ambiente presentó los avances que la provincia elaboró sobre un financiamiento pre-aprobado de 65 millones de euros. Se prevé la creación de Centros de Innovación Climática en diferentes localidades.