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La provincia entregó 70 escrituras del programa “Protegé tu casa”

Fue este miércoles en Rosario. La iniciativa, implementada por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, es una herramienta jurídica destinada a resguardar la vivienda familiar frente a adversidades económicas.

Autoridades y presentes durante el acto de entrega de 70 escrituras afectadas como bien de familia, en el marco del programa “Protegé tu casa”.

La secretaría de Gestión Pública, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la provincia, entregó este miércoles 70 escrituras afectadas como bien de familia en el marco del programa “Protegé tu casa”.

La iniciativa provincial es una herramienta jurídica destinada a resguardar la vivienda familiar, llevada adelante por la dirección provincial del Registro General de la Propiedad. En ese marco, ya se completaron 2300 trámites.

El acto se realizó en la Sede de Gobierno de Rosario y contó con la participación del secretario de Gestión Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Matías Figueroa Escauriza, y el coordinador del programa “Protegé tu casa”, Enzo Ricci.

Figueroa Escauriza detalló que “las casas están sujetas a riesgos que muchas veces no conocemos” y aclaró que “la ley otorga, a través de un trámite sencillo, una protección jurídica y garantiza la posibilidad a los santafesinos de cubrirse ante posibles riesgos, resguardando la vivienda familiar”.

Este programa apunta a acercar el Registro al usuario, llevándolo a los barrios, informando directamente a la población y simplificando el trámite para garantizar un acceso masivo a la institución protectora.

PROTEGER LA VIVIENDA
La afectación es una protección jurídica destinada a resguardar el asiento de la familia frente a las adversidades económicas. Mediante un acto administrativo gratuito, que se realiza en el Registro General de la Propiedad y sus sedes en los nodos de la provincia, se puede acceder a este derecho.

Esto permite que el hogar no pueda ser ejecutado por deudas posteriores a la afectación. Si tienen un embargo o una hipoteca, igualmente se puede proteger la vivienda para futuras deudas, pero las contraídas con anterioridad sí pueden atacar el inmueble.

Pueden ser beneficiarias la/s persona/s propietaria/s afectante/s en su propio beneficio: cónyuge, conviviente, ascendientes (padres, abuelos), descendientes (hijos, nietos) y, a falta de los anteriores mencionados, pueden designar a sus parientes colaterales de hasta tercer grado, con la obligación de que convivan en el inmueble protegido (hermanos, sobrinos, tíos).

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