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Rige la nueva modalidad de inspecciones preventivas en salud y seguridad laboral

La Resolución 104/2015 del Ministerio de Trabajo establece que los empleadores puedan solicitar este tipo de fiscalizaciones con el objeto de evitar accidentes en el trabajo.

Trabajo, Empleo y Seguridad Social

Martes 12 de mayo de 2015

El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social puso en vigencia la Resolución N°104 (del 30 de marzo de 2015) que reglamenta la realización de inspecciones preventivas en el área de salud y seguridad laboral, con el objeto de evitar accidentes o enfermedades en ocasión del trabajo.
 
El “Manual de Inspecciones Preventivas en Salud y Seguridad en el Trabajo” establece la posibilidad de los empleadores de solicitar una inspección preventiva ante la Dirección Provincial de Salud y Seguridad en el Trabajo de la provincia.
 
Las inspecciones preventivas no darán lugar a la aplicación de multas en la medida que se subsanen las irregularidades detectadas en los plazos acordados, o que las mismas no comporten riesgos graves para la vida de los trabajadores, ocasión en la que se suspenderán tareas y se impondrán las sanciones correspondientes.
 
Luego del pedido por parte del empleador, se pondrá en conocimiento al gremio y la ART correspondientes, fijándose la fecha para su realización: durante el procedimiento se labrarán actas de verificación y relevamiento de los puestos y lugares de trabajo. En caso de detectarse la necesidad de adecuaciones, se determinarán los plazos para subsanarlas. Con posterioridad se volverá a verificar su regularización.
 
REQUISITOS Y CONSULTAS

El pedido deberá consignar con claridad: 1) Denominación, 2) CUIT, 3) Domicilio a inspeccionar, 4) Actividad que desempeña, 5) Cantidad de trabajadores del establecimiento, 6) A.R.T. contratada y 7) Entidad gremial con personería gremial representativa de los trabajadores..

El mismo deberá efectuarse ante las coordinaciones respectivas (Rosario o Santa Fe) de la Dirección Provincial de Salud y Seguridad en el Trabajo:
>> En Santa Fe, Galería Santa Fe, San Martín 2244, segundo piso.
>> En Rosario, Bv. Pellegrini y Pte. Roca.

LA FISCALIZACIÓN CON NUEVOS OBJETIVOS 

La Resolución 104 respeta lo resuelto por la 48ª Reunión del Comité de Altos Responsables de la Inspección de la OIT (Luxemburgo, 7 marzo del 2005) que establece la necesidad de que las inspecciones reorienten sus actividades en dos planos: en primer lugar, privilegiando las medidas preventivas a las reactivas, en orden a atender temas prioritarios; y en segundo lugar,  focalizándose en la eventual sanción de las empresas que han cometido faltas en salud y seguridad laboral.

La provincia cuenta con una amplia variedad de medios a disposición de la inspección del trabajo destinados a lograr condiciones de trabajo decente, cuyos métodos principales son: el control del cumplimiento de las leyes en la materia  y las acciones de prevención. Por esta razón, la cartera laboral considera que la inspección tiene un doble papel: supervisar la aplicación de las normas y proporcionar información, formación y asesoramiento a empleadores y trabajadores como medidas preventivas.

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