MINISTERIO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y CULTO; VEHICULOS; AUTOMOTORES; REGISTRO
SE CREA EL REGISTRO PROVINCIAL UNICO DE DESARMADEROS DE AUTOMOTORES (AUTOMOVILES, VEHICULOS UTILITARIOS LIVIANOS, OMNIBUS, CAMIONES, TRACTORES, CHASIS CON MOTOR, REMOLQUES Y SEMIREMOLQUES, CARROCERIAS, MOTOS Y MOTONETAS), CHATARRERIAS Y COMERCIOS DE COMPRAVENTA DE REPUESTOS USADOS. Promulgada el 06-01-2004, Art.57 de la C.P.; Publicada en B.O. el 14-01-2004. Origen: P.L.
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