Promulga como Ley de Estado la N° 14396 - Dispensar por única vez de cargos de Comisiones Comunales en la categoría titulares y suplentes, en las elecciones convocadas por decreto N° 2656/24, de la obligación de apertura de cuenta única por sublema contenida en el artículo 8 de la Ley N° 12080
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