Salud / IAPOS / Información para Prestadores /

Reconocimiento de prestaciones brindadas en ASPO


Con el objetivo de garantizar el acceso a las prestaciones que demanden real necesidad e instando al sostenimiento de las instituciones de salud, en el marco de la emergencia sanitaria debido a la pandemia por COVID-19. el IAPOS estableció pautas de trabajo con el objetivo de regular prestaciones, tanto de prestadores directos como indirectos.

Debido a la situación sanitaria y con el objetivo del sostenimiento terapéutico, la obra social modificó procedimientos para la asegurar la cobertura necesaria a sus beneficiarios, introduciendo, en los casos que fuera pertinente, alternativas tecnológicas como herramientas prestacionales distintivas.

Mediante la Disposición G N° 005/2020 se definieron lineamientos de prestaciones terapéutica, complementándose luego con el dictado de la Circular N° 002/2020, que establece la modalidad de las prestaciones ambulatorias brindadas en los Centros de Día, Centros Educativos Terapéuticos y Centros de Formación Laboral Jornada Simple o Completa.

A lo largo de las diferentes prorrogas de las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio y en función de los cambios en la situación sanitaria y las modificaciones realizadas por el Ministerio de Salud de la provincia de Santa Fe respecto de las actividades profesionales realcionadas con la atención de la salud, la obra social rectificó Anexo I de la Disposición G N° 005/2020 con el dictado de la Disposición G N° 009/2020 el cual es de aplicación para las prestaciones de discapacidad y otras, a partir del 20/03/2020.

En este marco las prestaciones de servicios serán reconocidas a medida que se presente la documentación pertinente conjuntamente con la facturación.

Circular IAPOS N° 0002/2020: Circular N° 002-2020.pdf 192,86 kB
Circular IAPOS N° 003-2020: Circular N° 3-20.pdf 45,25 kB