Salud / IAPOS / Afiliaciones /

Servicios en otras Provincias: Convenio de Reciprocidad

Los afiliados al IAPOS que deban trasladarse a otra provincia pueden acceder a prestaciones de salud por medio de los Convenio de Reciprocidad correspondiente.

Este servicio también se brindará para beneficiarios de obras sociales provinciales del resto del país que se trasladen a la provincia de Santa Fe.

Las prestaciones que reciban en la provincia receptora dependerá de las categorias que se detallan a continuación:

  • Afiliados con domicilio en extraña jurisdicción: Son aquellos afiliados que tengan domicilio o fijen residencia en otra provincia, por un período de tiempo superior a los seis meses continuos.Estos afiliados gozarán de todos los derechos y obligaciones de los afiliados naturales de la obra social provincial de la provincia receptora.
  • Afiliados en tránsito: Son los afiliados que por diversas circunstancias se encuentren momentáneamente en otra provincia. Tendrán acceso a cobertura Médico Asistencial por razones de urgencia, debidamente acreditada, debiendo abonar los coseguros que rijan en la Obra Social provincial prestadora y quedando sujeto a la reglamentación de ésta, sin perjuicio de los reintegros o cargos que puedan corresponderle por parte del IAPOS.
  • Afiliado estudiante: Son aquellos que por razones de estudio residen en jurisdicción de otra obra social provincial. Estos beneficiarios tendrán todos los derechos y obligaciones, en iguales condiciones, que un afiliado de la obra social receptora.
  • Afiliados limítrofes: Son los afiliados que residen en localidades limítrofes de otras provincias y por razones geográficas de distancia requieran habitualmente de los servicios de la obra social provincial de la provincia. La cobertura para estos afiliados es por acto médico.

Es importante señalar que los beneficiarios comprendidos dentro de este servicio, y dependiendo de la categoría en la cual se encuentren incluidos, deben realizar el trámite correspndiente en su obra social de origen previo al traslado a la otra provincia.

Los afiliados originarios de otras obras sociales provinciales con convenio de reciprocidad con IAPOS pueden adherirse a la cobertura de Servicio Complementario del IAPOS mediante el pago mensual de la cuota correspondiente a través de depósito bancario.