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Salud Mental: Atención Integral a la Enfermedad Metal Severa y Duradera

Con el dictado de la Disposición G N°0064/2013 el IAPOS implementa el Programa de Salud Metal - Atención Integral a la Enfermedad Metal Severa y Duradera (EMSD), el cual comprende la cobertura asistencial de los beneficiarios de la obra social que requieran módulos de tratamiento integrales y complejos en el ámbito de la salud mental de carácter ambulatorio o en comunidades terapéutica, excluyendo expresamente la internación psiquiátrica.

Mediante este servicio se busca estimular la creación de dispositivos clínicos adecuados para abordar en forma eficaz trastornos complejos, multicausados y muy cambiantes en sus necesidades de cuidados y tratamientos especializados como son la esquizofrenia, los trastornos adictivos, las patologías duales, el autismo (TGD), la demencia, los trastornos alimentarios, y en general aquellos problemas de salud mental que tienen relación con la época y sus vicisitudes.

El Programa atiende la cobertura de 19 dispositivos y/o módulos, brindados por profesionales y establecimientos inscriptos en el Registro de Profesionales y Establecimientos Especializados del Programa.

Los profesionales y establecimientos que adhieran al Programa Programa de Salud Mental de Atención Integral a la Enfermedad Metal Severa y Duradera (EMSD) del IAPOS podrán solicitar su inclusión en el Registro de Profesionales y Establecimientos Especializados conforme a los requisitos establecidos en la Disposición G N° 063/2013.

Los datos de los prestadores ingresados al presente Programa serán puestos a disposición de los beneficiarios del IAPOS a través en la página web de la provincia

Los prestadores del programa deberán facturar las prestaciones autorizadas por Auditoría Psiquiátrica, presentando la documentación correspondiente, del 10 al 15 de cada mes, correspondiente al mes vencido.