Personas Jurídicas: fusión de sociedades

Actualmente este trámite no está disponible para ser realizado online.

¿En qué consiste?

Este trámite permite declarar esta reforma estatutaria en la cual una o más sociedades se disuelven sin liquidarse y traspasan todos sus activos, pasivos, derechos y obligaciones para ser absorbidas por otra u otras sociedades o para crear una nueva.

¿Qué necesito para realizarlo?

  • Formulario de Iniciación de trámites de la I.G.P.J (Inspección General de Personas Jurídicas)
  • Cuando alguna o todas de las sociedades que participan de la fusión fuesen sociedades por acciones de esta jurisdicción deben todos los balances presentados
  • Nota con la siguiente información de cada sociedad inteviniente:
    -Nombre de la sociedad
    -C.U.I.T. de la sociedad
    -Ubicación de la sede social

La nota acompañará la siguiente documentación

  • Copia de los contratos constitutivos de las sociedades fusionadas y sus modificaciones, con las constancias de inscripción en el Registro Público, e informe completo certificado del Registro Público.
  • Copia del compromiso de fusión otorgado por los representantes legales de las sociedades fusionadas, certificada su autenticidad por Escribano Público;
  • Copia de las actas, de las respectivas sociedades, de las que resulte la aprobación del compromiso de fusión, con transcripción de su texto, certificada su autenticidad por Escribano Público. En caso de que una o varias de las sociedades fusionadas fueren por acciones se acompañará además, respecto a éstas:
    - Copia de la trascripción del acta del órgano de administración o fiscalización, en su caso, que convocó a asamblea firmada por los representantes legales, certificadas las firmas y la autenticidad de la copia por Escribano Público. Si la asamblea hubiere sido convocada por el síndico: copia de la resolución que la dispuso firmada por él y certificada su firma por Escribano Público
    - Ejemplar de la publicación de la convocatoria con la constancia de las fechas en que se inició y terminó la publicación
    - Copia de la trascripción del acta de la asamblea que resolvió la modificación del contrato firmada por los representantes legales, certificadas sus firmas y la autenticidad de la copia por Escribano Público.
    - Copia de los folios respectivos del libro del Registro de Asistencia, correspondiente a la asamblea, firmado por los representantes legales, certificadas las firmas y la autenticidad de la copia por Escribano Público
  • Balance consolidado de fusión certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas
  • Balance de cada una de las sociedades fusionadas firmados por los representantes legales de las sociedades, certificadas sus firmas por Escribano Público, y por Contador, certificada su firma por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas;
  • Ejemplares de la publicación exigida por el inciso 2º del artículo 83 de la ley 19.550;
  • Informe firmado por los representantes legales de las sociedades fusionadas y por el profesional interviniente en los reclamos, certificada sus firmas por Escribano Público, sobre los acreedores oponentes y monto de sus créditos o en su defecto manifestación que los acreedores no han hecho uso de ese derecho;
  • Informe firmado por los representantes legales de las sociedades fusionadas, certificadas sus firmas por Escribano Público, sobre los socios recedentes y capitales que representan, o en su defecto manifestación que los socios no han hecho uso de ese derecho;
  • Copia del acuerdo definitivo de fusión firmado por los representantes legales de las sociedades fusionadas, certificadas sus firmas por Escribano Público;
  • Las bases de la ejecución del acuerdo a que se refiere el inciso d) del punto 3 del articulo 83 de la ley 19.550, firmado por los representantes legales de las sociedades fusionadas y certificadas sus firmas por Escribano Público;
  • Justificación de la relación de cambio entre las acciones, cuotas sociales o partes de interés de las sociedades que se fusionan, con dictamen fundado de Contador Público;
  • Documentación que acredite la titularidad del dominio de los bienes registrables con especificación de los gravámenes que los afecten;
  • En caso de constitución de nueva sociedad se acreditará la inscripción preventiva de los bienes señalados en el punto anterior, a nombre de la sociedad en formación.
  • Del Directorio-Accionistas actual y autorizados para el trámite:
    -CUIT/CUIL/CDI
    -Apellido
    -Nombre
    -Nacionalidad
    -Fecha de nacimiento
    -Sexo
    -Profesión
    -Domicilio: Calle/Ruta – Nº - Piso – Dpto/Of – Km.
    -Localidad, Departamento/Partido, Provincia, País
    -Vínculo (accionista, miembro del consejo de administración, miembro del consejo de fiscalización, autorizado para el trámite)
    -Cargo
    -Fecha de inicio en el cargo
    -Tipo y cantidad de Acciones
  • Informe completo de cada sociedad interviniente, expedido por el Registro Público, con firma del funcionario o responsable a cargo.
  • Texto ordenado del estatuto de la nueva sociedad o, en su caso, de la incorporante.

¿Cuánto cuesta?

  • CARATULA (código 91066 - 300 MT) + TASA SOC (código 91163 - 3500 MT) + cantidad hojas * FOJA (código 91011 - 6 MT)

Instructivo para visualizar el valor del módulo tributario.

Guía para el pago de sellado (click)

¿Dónde se realiza?

  • Inspección General de Personas Jurídicas (I.G.P.J)

Horario de Atención: lunes a viernes de 7:30 a 12:30

Sede Central Santa Fe:
Dirección: 4 de Enero 2498 (CP S3000FQD) Santa Fe
Teléfono/Fax: 54 - 342 - 4574778, 4573917
E-mail: igpjsantafe@santafe.gob.ar

Delegación Rosario:
Dirección: Sargento Cabral 575 (S2000CCU) Rosario
Teléfono: 54 - 341 - 4721367, 4721349
E-mail: igpjrosario@santafe.gob.ar

  • Centros Cívicos

Horario de Atención: lunes a viernes de 8:00 a 13:00

Región 1 - Centro Cívico Reconquista
Dirección: Bvd. Hipólito Yrigoyen 1580 - Reconquista
Teléfono: 54 – 3482 - 438895 / 438896
E-mail: centrocivicoregion1@santafe.gob.ar

Formularios relacionados:

    application/pdf Formulario foja cero para fusión de sociedades - 1,41 MB

Normativas relacionadas:

Resolución Provincial 192/1974 - Sociedades por Acciones. Documentación para solicitar conformidad administrativa y eventuales reformas
Decreto Provincial 3810/1974 - Inspección General de Personas Jurídicas. Reglamentación Ley 6926
Ley Nacional 19550/1984 - Ley General de Sociedades 19.550
Resolución Provincial 0326/2006 - Objeto social de las sociedades por acciones

Tramites relacionados:

Personas Jurídicas: cambio de domicilio de extraña jurisdicción
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Personas Jurídicas: reformas de sociedades por acciones

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