Patente Única sobre Vehículos: Solicitud de Baja
Actualmente este trámite no está disponible para ser realizado online.
¿En qué consiste?
Este trámite consiste en solicitar la Baja de un vehículo, es decir el cese de la inscripción, con el fin de dejar de abonar el impuesto automotor.
El trámite deberá iniciarse en el Registro Nacional de la Propiedad Automotor. Luego, el contribuyente deberá continuarlo en la Municipalidad o Comuna donde está radicado el vehículo.
Casos de Bajas:
- Baja por envejecimiento (Trámite 03): por envejecimiento, desarme, desguase o similar para vehículos obligados a inscribirse en el RNPA (Registro Nacional de la Propiedad Automotor). Este trámite no puede ejecutarse si existe Denuncia de Venta o Certificación de Transferencia o bien la unidad fue transferida fuera de la Provincia.
- Baja de vehículos con chapas comunales (Trámite 03): Se incluyen a las bajas por envejecimiento, desarme o desguase los vehículos que no son obligados a inscribirse en el RNPA (Registro Nacional de la Propiedad Automotor).
- Baja por Cambio de domicilio del titular fuera de la Provincia (Trámite 05): cuando el que cambia el domicilio es el titular del vehículo sin que se efectúe una transferencia del dominio.
- Baja por Robo (Trámite 29): Permite dar una baja definitiva, luego de transcurrido los tres años de producido el robo, según denuncia del hecho, registrada con trámite 19. Este trámite no puede ejecutarse en caso que exista Denuncia de Venta o Certificación de Transferencia o bien la unidad fue transferida fuera de la Provincia.
- Baja por destrucción total - Siniestro (Trámite 33): cuando se quiere dar de baja un vehículo que no puede recuperarse luego de un siniestro. Este trámite no puede ejecutarse en caso que exista Denuncia de Venta o Certificación de Transferencia o bien la unidad fue transferida fuera de la Provincia.
- Baja por Subasta/Quiebra (Trámites 39/49): para los casos en que se venda un vehículo en subasta pública o bien se declare la quiebra de su titular. En ambos casos, sólo se procesan por orden judicial cursada mediante OFICIO. No pueden ejecutarse en caso que exista Denuncia de Venta o Certificación de Transferencia o bien la unidad fue transferida fuera de la Provincia.
- Bajas por fallecimiento del Titular (Trámite 59): debe ser utilizado para vehículos modelo 1975 y anteriores, según lo establece el Art. 324 del Código Fiscal t.o.2014 y modificatorias, con titular fallecido, que oportunamente se desprendieron de la posesión de la unidad, sin que los mismos hubiesen efectuado la denuncia de venta ente el Registro Seccional. También para el caso de cónyuge supérstite o cualquiera de sus sucesores, cuando no medie declaratoria de herederos por única vez y con carácter de excepción. Este trámite no puede ejecutarse en caso que exista Denuncia de Venta o Certificación de Transferencia o bien la unidad fue transferida fuera de la Provincia.
¿Qué necesito para realizarlo?
En caso de Baja por envejecimiento
- Formulario 1057
- Formulario 04 del RNPA (Registro Nacional de Propiedad del Automotor)
- Certificado de Libre Deuda otorgado por la Municipalidad o Comuna
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Presentar fotocopia certificada por tribunales, escribano, Registro de la Propiedad del Automotor o Comuna, de la siguiente documentación:
- Una impresión del Título Automotor en forma digital obtenido mediante la página de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios (www.dnrpa.gov.ar)
- Documento de Identidad del titular (en caso de intervenir un Mandatario matriculado, un síndico concursal, abogado o apoderado, deberán acreditar su condición según corresponda)
En caso de Baja de vehículos con chapas comunales
- Formulario 1057
- Certificado de Libre Deuda extendido por la Municipalidad o Comuna
- Constancia policial de la situación del vehículo (envejecimiento, desarme, etc.) En caso de Robo, denuncia policial
- Certificación comunal de la recepción de las chapas comunales, de corresponder
- Presentar fotocopia certificada por tribunales, escribano, Registro de la Propiedad del Automotor o Comuna, de Documento de Identidad del titular
En caso de Baja por cambio de domicilio del titular fuera de la Provincia
- Formulario 1057. Si el trámite se perfecciona en nuestra Provincia, el formulario deberá estar intervenido por el Registro Seccional. No corresponde el pago de Impuesto a los Sellos por no existir acto de transferencia
- Certificado de Libre Deuda extendido por la Municipalidad o Comuna
- Se exige el pago del Impuesto de Patente Única correspondiente al total del año fiscal corriente, sin tener en cuenta los meses transcurridos del mismo
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Presentar fotocopia certificada por tribunales, escribano, Registro de la Propiedad del Automotor o Comuna, de la siguiente documentación:
- Una impresión del Título Automotor en forma digital obtenido mediante la página de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios (www.dnrpa.gov.ar)
- Documento de Identidad del titular donde conste el cambio de domicilio (en caso de intervenir un Mandatario matriculado, un síndico concursal, abogado o apoderado, deberán acreditar su condición según corresponda)
En caso de Baja por robo
- Formulario 1057
- Formulario 04 del RNPA.
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Presentar fotocopia certificada por tribunales, escribano, Registro de la Propiedad del Automotor o Comuna, de la siguiente documentación:
- Una impresión del Título Automotor en forma digital obtenido mediante la página de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios (www.dnrpa.gov.ar)
- Documento de Identidad del titular (en caso de intervenir un Mandatario matriculado, un síndico concursal, abogado o apoderado, deberán acreditar su condición según corresponda)
En caso de Baja por destrucción total-Siniestro
- Formulario 1057
- Certificado de Libre Deuda a la fecha del siniestro
- Denuncia Policial
- Formulario 04 del RNPA (Registro Nacional de la Propiedad automotor)
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Presentar fotocopia certificada por tribunales, escribano, Registro de la Propiedad del Automotor o Comuna, de la siguiente documentación:
- Una impresión del Título Automotor en forma digital obtenido mediante la página de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios (www.dnrpa.gov.ar)
- Documento de Identidad del titular (en caso de intervenir un Mandatario matriculado, un síndico concursal, abogado o apoderado, deberán acreditar su condición según corresponda)
En caso de Baja por Subasta o Quiebra
- Presentar fotocopia certificada por tribunales, escribano, Registro de la Propiedad del Automotor o Comuna, del Documento de Identidad del titular (en caso de intervenir un Mandatario matriculado, un síndico concursal, abogado o apoderado, deberán acreditar su condición según corresponda)
- Edicto.
- Acta de Remate.
- Decreto de aprobación del acta de remate.
- Acta de Posesión.
- En el caso de que el Juez determine la responsabilidad fiscal del nuevo adquirente a partir de una fecha diferente a la que consta en el Acta de remate, Decreto de aprobación y Acta de Posesión, se deberá adjuntar además fotocopia del escrito judicial que revele la fecha del evento a partir del cual se dispone la responsabilidad fiscal
- En el caso de una quiebra, además deberá presentar la Resolución de apertura de la quiebra o concurso
En caso de Baja por fallecimiento del Titular
- Formulario 1057
- Certificado de defunción del Titular del Dominio
- Declaración Jurada de cónyuge supérstite o cualquiera de sus sucesores, cuando no medie declaratoria de herederos
- Certificado de Libre Deuda hasta la fecha de defunción.
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Presentar fotocopia certificada por tribunales, escribano, Registro de la Propiedad del Automotor o Comuna, de la siguiente documentación:
- Una impresión del Título Automotor en forma digital obtenido mediante la página de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios (www.dnrpa.gov.ar)
- Documento de Identidad del titular y del cónyuge supérstite o cualquiera de sus herederos.
¿Cuánto cuesta?
En cada Municipalidad o Comuna es diferente la Tasa Retributiva de Servicios por este trámite administrativo
¿Dónde se realiza?
Dirigirse a la Municipalidad o Comuna que corresponda en los horarios de atención por ellas establecidos
Observaciones:
El trámite es inmediato si se realiza en una Municipalidad o Comuna conectada al Sistema Informático del API. Si no es así, cada Municipalidad o Comuna le comunicará al contribuyente el tiempo estimado de realización.
Formularios relacionados:
Formulario 1057 - 395,09 kB