Impuesto de Sellos: Solicitud liquidación de deuda de Sellos y/o Tasa Retributiva de Servicios
Actualmente este trámite no está disponible para ser realizado online.
¿En qué consiste?
Este trámite permite al responsable, apoderado o el profesional actuante solicitar una liquidación de deuda del impuesto de Sellos y/o Tasa Retributiva de Servicios.
En el caso de contribuyentes que utilizan el aplicativo SIPRES, pueden autoliquidarse los intereses y multas previstas en el Código Fiscal (t.o. 2014 y modificatorias)
¿Qué necesito para realizarlo?
Si quien solicita la Liquidación es un responsable o profesional actuante, no escribano:
- Formulario 1186 " Solicitud Liquidación de Deuda Impuesto de Sellos y Tasas, en original y fotocopia. En caso de no concurrir el titular debe contar con firma certificada por entidad bancaria, juez o escribano. Si no cuenta con firma certificada se debe presentar con Documento de Identidad
- Original y fotocopia del documento (contrato o acto) por el cual solicita la liquidación. En caso de no concurrir el titular debe contar con firma certificada por entidad bancaria, juez o escribano. Si no cuenta con firma certificada se debe presentar con Documento de Identidad
- Tasa Retributiva de Servicios. La tasa se incluye en la liquidación de la deuda
Si quien solicita la Liquidación es un escribano:
- Original, duplicado y cuadruplicado de la Boleta de Depósito "Corresponde" (el triplicado queda en poder del Banco recaudador) generado por el Aplicativo GENCOR
- Escritura por la cual se solicita la Liquidación
- Tasa Retributiva de Servicios. La tasa se incluye en la liquidación de la deuda
¿Cuánto cuesta?
Tasa Retributiva de Servicios por:
- Liquidación de deuda: 300 MT
¿Dónde se realiza?
En la Administración Provincial de Impuestos
Horarios de Atención:
Regionales Santa Fe y Rosario: De lunes a viernes de 7:30 a 13:30
Divisional Buenos Aires: De lunes a viernes de 10:00 a 15:00
Observaciones:
Si el escribano no está de acuerdo con la Liquidación puede impugnar la misma dentro de los 5 (cinco) días corridos contados a partir del momento de recepción de la Liquidación sin cargo de reposición.
El trámite se concluye dentro de las 48 hs.
Formularios relacionados:
Formulario 1186 - Solicitud liquidación deuda - 522,74 kB
Tramites relacionados:
Impuestos: Consulta de direcciones y teléfonos de la Administración Provincial de Impuestos