DNI: solicitud para personas con imposibilidad de traslado físico
Actualmente este trámite no está disponible para ser realizado online.
¿En qué consiste?
Este trámite permite la toma de datos para la confección del DNI en el domicilio del ciudadano o ciudadana que, por motivos de salud, se encuentren imposibilitadas de concurrir personalmente a la oficina de Registro Civil.
Destinatario/s:
Personas que se encuentren imposibilitadas de concurrir personalmente a la oficina de Registro Civil para realizar el trámite de DNI.
- Menores de edad que necesiten actualizar su DNI, nuevo ejemplar o cambiar el domicilio.
- Mayores de edad que necesiten un nuevo ejemplar por robo o extravío o cambiar el domicilio.
¿Qué necesito para realizarlo?
- Certificado médico que detalle la historia clínica y acredite que la persona se encuentra imposibilitada de trasladarse.
- Un familiar o conocido deberá presentar el certificado en la oficina de Registro Civil más cercana. En el caso del menor, padre, madre o representante legal.
¿Cuánto cuesta?
DNI: $7500.
Según los datos registrados por ANSES: si el ciudadano percibe una jubilación mínima o algún plan social, o posee Certificado Único de Discapacidad el sistema emitirá automáticamente una boleta prenumerada con importe $0 y corresponde acceder de forma gratuita al nuevo ejemplar de DNI.
Gratuito: Presentando certificado de escasos de recursos de asistente social o autoridad competente con firma y sello. Debe contener nombre completo y DNI (en caso de menor de edad, nombre completo, DNI del menor y de su padre, madre o representante legal).
¿Dónde se realiza?
El trámite se gestiona en el domicilio de la persona imposibilitada. Para ello, un familiar o conocido debe iniciar el trámite en la oficina de Registro Civil más cercana, presentando el certificado médico correspondiente. Posteriormente, personal del Registro Civil se trasladará al domicilio para completar el trámite.
- Ciudad Santa Fe: San Luis 2950 7.15 a 12.45 h
- Ciudad Rosario: Salta 2752 – 7.15 a 12.45 h
- En el resto de las localidades de la provincia: en el Registro Civil o Juzgado Comunitario, los días hábiles de 7.15 a 12.45 h

