picture_as_pdf 2018-07-25

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

MARCELO EDMUNDO POLIOTTI


Por disposición Sr. Juez de 1ª Inst. de Dist. Civ. Y Com. de la 7° Nominación de Rosario Secretaria del autorizante se dispone en autos BANCO HIPOTECARIO S.A. c/Otro s/Ejecución Hipotecaria; Expte. CUIJ Nº 21-01284512-7, que el Martillero Marcelo Edmundo Poliotti C.U.I.T. 20-12112569-3 y con oficina en la calle España 991 2° Piso Of. 9 de Rosario, venda en pública subasta, el día 09 de Agosto de 2018 a partir de las 14:00hs. en la Asociación de Martilleros de Rosario, los siguientes inmuebles a saber: La parte proporcional del terreno, de las cosas comunes y la totalidad de la Unidad Trece Parcela Cero Cero Trece, ubicada en planta baja, destinada a vivienda familiar, y consta de una superficie de propiedad exclusiva de 60,57 metros cuadrados; una superficie de propiedad común de 84,34 metros cuadrados lo que hace un total general de 144,91 metros cuadrados y un valor proporcional en relación al conjunto del inmueble del 2,26%. Dicha unidad forma parte del edificio consorcio de copropietarios Bancario I. dominio inscripto a la 1614186/13 P.H. Departamento Rosario. Informe del Registro de la Propiedad: Dominio: consta el dominio, Hipotecas: 1) Asiento 3- Presentación 328968 del 1-4-98 Monto $ 21.494. A Favor de Banco Hipotecario S.A. Con clausula de inembargabilidad y letra Hipotecaria 2) Embargos e Inhibiciones: No Posee. La Base de la subasta es de $ 250.000, y como última Base $ 125.000. El inmueble sale con el carácter de Ocupado conforme a las constancias de autos. Debiendo quién resulte comprador, abonar en el acto el 10% del precio en concepto de seña, más la comisión de ley del 3% del martillero en dinero efectivo o cheque certificado y el saldo se completará una vez aprobada la subasta por el Tribunal que para el caso que el precio a abonar en el acto de subasta supere el valor de $ 30.000, el pago no podrá realizarse en efectivo, pudiendo optarse por cheque certificado o cancelatorio o, en su defecto, se deberá depositar previo al día de la subasta dicho monto en el Banco Municipal sucursal Colegio de Abogados a la orden de este Juzgado y para estos autos conforme disposición del Banco Central de la República Argentina según comunicación “A” 5147 y “A” 5212, Según Circular Nro. 79/11 C.S.J.P., dejándose constancia en el edicto y acto de remate. Son a cargo del comprador si lo hubiere lo adeudado en concepto de impuestos, tasas, contribuciones, servicio de agua y cloaca, expensas, gastos y honorarios por reclamos judiciales y/o extrajudiciales, pago de liquidación de mejoras, gastos de escrituración, y toda otra deuda fiscal relacionada al inmueble. El saldo de precio deberá depositarse una vez aprobada la subasta conforme lo normado por los Art. 497 y 499 CPCC y por los medios previstos precedentemente, según el caso. También se hará saber a los interesados que para efectivizar la transferencia registral del bien subastado se procedera conforme lo previsto por el Art. 505, 3er. párr., CPCC, mediante protocolización de actuaciones a cargo del escribano que se designe. Rosario de Julio 2018. Fdo. Dra. Lorena A. González, secretaria.

$ 525 362324 Jul. 25 Jul. 27

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