picture_as_pdf 2003-09-22

MINISTERIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE

 

En un todo de acuerdo con lo aconsejado por Fiscalía de Estado mediante Dictamen N° 50/02 (fs. 35/39, Expte. N° 00101-0090324-6), corresponde rechazar el recurso interpuesto y dar intervención al Ministerio de Salud y Medio Ambiente; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA Decreta: Articulo l°.- Recházase, por improcedente, el recurso de revocatoria interpuesto, mediante apoderado, por el Arq. VICTOR HUGO BENATTI (M.I. N° 7.996.316), en su carácter de titular de la empresa Complejo Incineración de Residuos Patológicos de Villa Allende, contra el Decreto N° 3345/98. Artículo 2°.- Dispónese que a través del Ministerio de Salud y Medio Ambiente, se implementen las medidas necesarias a los fines de comprobar la veracidad de los hechos denunciados por el Arq. VICTOR HUGO BENATTI (M.I. N° 7.996.316), en cuanto a la presunta atención “clandestina”, por parte de la empresa adjudicataria “SANITEK”, de Rubén Iglesias y Oscar Viviani S.H., de los residuos patógenos del Hospital “Protomédico Manuel Rodríguez” de Recreo por conducto del Hospital Provincial “Sayago” de Santa Fe.- Articulo 3°.- Regístrese, comuníquese y archívese. REUTEMANN - Ing. Fernando Bondesio

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Que la conducta observada por la citada agente encuadra en la causal de cesantía prevista en el artículo 53, inciso c), de la Ley n° 8525, por lo que corresponde la aplicación de dicha medida expulsiva, en concordancia con lo establecido en el artículo 50, inciso c), del citado cuerpo normativo y en un todo de acuerdo con lo aconsejado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos Jurisdiccional mediante Dictamen N° 59.465/01. (fs. 38/reverso); POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: Artículo1°.- Déjase cesante, con retroactividad al 31/1/00, por abandono de servicio sin causa justificada, de conformidad con lo previsto en los artículos 50, inciso c) , y 53, inciso c), de la Ley n° 8525, a la Sra. ZUNILDA GAMARRA (M.I. n° 12.891.128 - Clase 1957) Personal de Servicios Generales en el Hospital de Niños “Dr. Orlando Alassia” de Santa Fe que funciona en el ámbito del Ministerio de Salud y Medio Ambiente (Carácter 1 - Jurisdicción 50 - Programa 16 - Sub-Programa 06 Fuente de Financiamiento 111 - Inciso 1 - Partida Principal 1. - Partida Sub-Parcial 14 - Finalidad 3- Función 10 - Ubicación Geográfica 63 - Categoría 2).- Artículo 2°.- Regístrese, comuníquese y archívese. REUTEMANN - Ing. Fernando Bondesio

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