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SANTA FE
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JUZGADO LABORAL
Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: “SOSA, GUADALUPE C/ GARCIA ZULEMA LEONOR Y OTROS S/ COBRO DE PESOS - RUBROS LABORALES” (CUIJ Nº 21-04789097-4), y su acumulado “SOSA, GUADALUPE MARÍA Y OTROS c/ DE FILIPPIS, CLAUDIA MARCELA Y OTROS s/Extension De Responsabilidad” (CUIJ Nº 21-04809934-0)“, se ha ordenado lo siguiente: “SANTA FE, 09 de Diciembre de 2024.- Advertido en este estado, habiéndose acreditado el fallecimiento de la Sra. García Zulema Leonor, líbrese oficio al Registro de Procesos Universales a fin de que informe si se ha iniciado declaratoria de herederos y, en su caso, quienes han sido declarados herederos y el Juzgado interviniente. Asimismo, cítese a los herederos, notificándoselos por cédula en el último domicilio del causante y por edictos, que se publicarán en el Boletín Oficial tres veces venciendo el término cinco días después de su última publicación, debiendo fijarse las notificaciones que se practiquen por edictos en el espacio habitual habilitado a tales efectos dentro del Tribunal, para que comparezcan a estar a derecho. Notifíquese. -“ FDO: DR. ANIBAL MIGUEL LOPEZ Secretario DR JORGE RAUL CANDIOTI Juez.- Santa Fe, 6 de octubre de 2026.- Dra. María Eugenia Brizuela, Prosecretaria.
S/C 568785 Oct. 13 Oct. 15
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JUZGADO DE FAMILIA
Por disposición de la Sra. Jueza del Juzg. Unipersonal de Familia Nº 8 Dra. Mariana Herz Jueza, Secretaría de Vulnerabilidad Asociada a los Jdos. de Familia 7,8,9 de Santa Fe, en autos caratulados “SDNAYF Y OTROS C/ PIEDRABUENA JULIANA ANALIA Y OTROS s/ CESE RESTITUCIÓN DE MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL Y CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967 - 21-10779029-9, se notifica por edictos a LA SRA. PIEDRABUENA JULIANA ANALIA, DNI Nº 36.264.412 con domicilio actual desconocido, por 4 días, de lo ordenado en autos “ SANTA FE, 06 de Octubre de 2026. AUTOS Y VISTOS: Los caratulados del acápite, que con-en unidos por cuerda a los autos “SDNAF Y OTROS C/ VEDIA GUSTAVO ALEJANDRO Y OTROS S/ CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967” - CUIJ 21-10769772-9, que se tramitan por ante este Juzgado de Familia Nº 9, Secretaría 1; y; CONSIDERANDO:(...) RESUELVE: 1) TENER POR EFECTUADO EL CONTROL DE LEGALIDAD DEL CESE DE LA MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL Y LA RESTITUCIÓN RESPECTO DE JONAS TOBIAS VEDIA, DNI Nº 49.144.527, nacido el 12/02/09 y del niño CIRO TAHIEL VEDIA, DNI Nº 58.912.257, nacido el 09/06/21 para con su progenitor, Sr. VEDIA GUSTAVO ALEJANDRO, DNI Nº 32.582.308, adoptada por Disposición Administrativa N.º 000096 de fecha 02 de Junio de 2025.-2) Privar de la responsabilidad parental a la Sra. Piedrabuena Juliana Analía, D.N.I Nº 36.264.412 -progenitora- respecto de JONAS TOBIAS VEDIA, DNI Nº 49.144.527 y del niño CIRO TAHIEL VEDIA DNI Nº 58.912.257. 3) Los honorarios y aportes del Dr. Martín M. Benítez -abogado del niño-serán sufragados por el Estado Provincial (arg. art.15.2 y pto.3 Ley 13923). 4) Notifíquese la presente a la Defensora General Civil Nº 3. Protocolícese, agréguese copia, notifíquese en los términos del art. 66 de la Ley 12.967. Oportunamente archívese. - Dr. Antonio Fabián González Secretario - Dra. Mariana Herz Jueza”. Lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL. - DR. A. FABIÁN GONZÁLEZ, Secretario.
S/C 568784 Oct. 13 Oct. 15
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación Dr. Carlos Federico Marcolin, Secretaria a cargo del Dr. Pablo Cristian Silvestrini, se ha dispuesto publicar el siguiente edicto en los autos: “ROSSETTI, WALTER ARIEL s/ Pedido De Quiebra - CUIJ Nº: 21-02060354-9”, haciendo saber que ha sido designado como Síndico el CPN Fabio Antonio Airasca, con domicilio en San Martín 3464 de la ciudad de Santa Fe, fijando como días y horas de atención, de lunes a viernes de 8 a 15 horas. Santa Fe, 28 de mayo de 2026.- Pablo Silvestrini, Secretario. Santa Fe, 2 de Junio de 2026.
S/C 568770 Oct. 13 Oct. 19
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Por disposición del Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 12º Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: “SALAS, PAOLA GUADALUPE s/ Quiebra” (CUIJ Nº 21-02062696-5) se ha resuelto lo siguiente: Santa Fe, VISTOS:..., CONSIDERANDO:..., RESUELVO: 1) Declarar, a su propio pedido, la quiebra de la Sra. SALAS, PAOLA GUADALUPE, D.N.I.: 30.109.566, argentina, domiciliada realmente en calle Callejón Aguirre Nº 5819, Barrio Estanislao López, de la Ciudad De Santa Fe y legalmente en Calle Nº, Dpto. 1 de esta Ciudad de Santa Fe. 3) Disponer como fecha para que tenga lugar el sorteo de un Contador Público Nacional que actuará como Síndico el día miércoles 07/10/2026 a las 10 horas. 5) Prohibir hacer pagos a la fallida, bajo apercibimientos de ser éstos ineficaces. 10) Fijar el día 24/11/2026 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 11) Fijar el día 01/02/2027 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos y el 16/02/2027 para que presente el informe general. 13) Disponer la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL, dentro de las veinticuatro horas y en la forma prevista por el art. 89 de la Ley 24.522, computándose el plazo que tiene la deudora para ello desde el día de notificación posterior a la aceptación del cargo por el Síndico, dado que los edictos deberán contener su nombre y domicilio.” …Fdo. Javier Deud, Juez. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial por el término de cinco días (art. 89 L.C.Q.). Santa Fe, 7 de Octubre de 2026. Dra. Silvina Díaz, Secretaria.
S/C 568772 Oct. 13 Oct. 19
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Por disposición del Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 12º Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: “GUINLE MARIANO JOSE s/ Solicitud Propia Quiebra” (CUIJ 21- 02064215-4), se ha resuelto lo siguiente: Santa Fe, VISTOS:..., CONSIDERANDO:..., RESUELVO: 1) Declarar, a su propio pedido, la quiebra de MARIANO JOSE GUINLE, DNI33.312.216, nacionalidad argentina, domiciliado realmente en Facundo Zuviría 4042 5to B de Santa Fe y legal en Moreno 2571, planta baja de esta ciudad de Santa Fe. 3) Disponer como fecha para que tenga lugar el sorteo de un Contador Público Nacional que actuará como Síndico el día miércoles 7 de octubre de 2026 a las 10 horas. 5) Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de ser éstos ineficaces. 10) Fijar el día 24 de noviembre de 2026 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 11) Fijar el día 29 de febrero de 2026 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos y el 9 de marzo de 2026 para que presente el informe general. 13) Disponer la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL, dentro de las veinticuatro horas y en la forma prevista por el art. 89 de la Ley 24.522, computándose el plazo que tiene la deudora para ello desde el día de notificación posterior a la aceptación del cargo por el Síndico, dado que los edictos deberán contener su nombre y domicilio. Disponer la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL, dentro de las veinticuatro horas y en la forma prevista por el art. 89 de la Ley 24.522, computándose el plazo que tiene la deudora para ello desde el día de la notificación posterior a la aceptación del cargo por el Síndico, dado que los edictos deberán contener su nombre y domicilio.”… Fdo. Javier Deud, Juez. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial por el término de cinco días (art. 89 L.C.Q.). Santa Fe, 7 de Octubre de 2025. Silvina Díaz, Secretaria.
S/C 568773 Oct. 13 Oct. 19
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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo de la Dra. María Romina Kilgelmann, Secretaría a cargo de la Dra. Celina M. González Lowy, sito en calle San Jerónimo 1551, hace saber que en los autos: “IGLESIAS, ROSA NOEMI SOLEDAD S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” (CUIJ 21-02063407-0), en fecha 28/09/2026 se ha procedido a la declaración de quiebra de ROSA NOEMÍ SOLEDAD IGLESIAS, DNI 39.951.839, CUIL 27-39951839-9, domiciliada en calle Arenales 8200 y con domicilio procesal constituido en calle 25 de Mayo 1705 ambos de la ciudad de Santa Fe. Asimismo, se ha dispuesto la incautación de la totalidad de los bienes y papeles en poder de la deudora y terceros; prohibir a los terceros hacer pagos a la fallida bajo apercibimiento de resultar ineficaces; intimar a la fallida para que haga entrega de toda la documental que obrare en su poder y establecer que los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes hasta el 30 de noviembre de 2026. Secretaría, 28 de septiembre de 2026. Celina Ma. González Lowy, Secretaria.
S/C 568775 Oct. 13 Oct. 19
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Por disposición del señor juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Ejecución de Distrito, Secretaría Primera de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: CUIJ 21-16274545-7 - COMITÉ DE CUENCA CANAL PRINCIPAL SANTA MARÍA SAN JERÓNIMO NORTE c/ Establecimiento Agrícolo Ganadero María Luisa S/ EJECUCIÓN FISCAL se ha ordenado notificar a ESTABLECIMIENTO AGRÍCOLO GANADERO MARÍA LUISA S.A., CUIT 33-70781826-9, lo siguiente: “SANTA FE, 05 de Marzo de 2026. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado en mérito al Poder General para Juicios acompañado, désele la intervención que por derecho corresponda. Por promovida demanda de ejecución fiscal contra Establecimiento Agrícolo Ganadero María Luisa S.A. (CUIT 33-70781826-9) por el cobro de la suma de $26.478.400 con más intereses y costas. Al punto VI (libramiento de edictos), no ha lugar por el momento, debiendo estarse a lo dispuesto en el punto siguiente y al carácter subsidiario de dicha medida (Art. 76 Código Fiscal). Líbrese Oficio Ley 22.172 al Juez con jurisdicción en el domicilio de la demandada denunciado en autos (Gualeguaychú 4760, CABA), a fin de que proceda a la intimación de pago y traba de embargo sobre bienes de la accionada hasta cubrir el capital reclamado, con más la suma de $13.000.000 que se estima provisoriamente para intereses y costas. Facúltase a la actora a desistir de la traba de embargo en esta instancia, limitando la diligencia a la notificación y citación de remate. En tal caso, el profesional autorizado podrá remitir Cédula ley 22.172 en los términos de los arts. 6° y 8°. Cítese de remate a la accionada con la prevención de que si no opone excepción legítima alguna dentro del término de veinte (20) días (Art. 76 C.F. Por domicilio fuera del lugar del juicio), se llevará adelante la ejecución. Desígnase al representante de la actora como depositario judicial de la documental base de la ejecución, con la obligación de presentarla ante el Juzgado previo al dictado de la sentencia. Conforme la Res. Nº 32 del 23/08/22 de la Excma. Cámara de Apelación de Circuito, la totalidad de las notificaciones ulteriores deberán cursarse por medio del Juez competente del domicilio de la demandada, sin necesidad de Oficio complementario. Téngase por autorizado al apoderado y/o a quienes este designe para intervenir en el diligenciamiento. Notifíquese.” FDO: Dr. José Ignacio Pastore -Juez.- OTRO DECRETO: “SANTA FE, 21 de Septiembre de 2026. Atento las constancias de autos, en particular las diligencias practicadas en el domicilio denunciado, las que resultaron infructuosas y no conociéndose domicilio de la accionada en esta Provincia, de conformidad con lo dispuesto el art. 132, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe (conf. art. 24 de la Ley Provincial Nº 9.830), procédase a su intimación de pago y citación de remate mediante edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL por cinco (5) días. Notifíquese conf. Art. 61, C.P.C.C. y punto XII Acuerdo Acta Nº 14 del 13/05/2020.” Fdo. Dr. José Ignacio Pastore – Juez. Santa Fe, 22 de Septiembre de 2026.- Nancy Brollo, Prosecretaria.
$ 700 568776 Oct. 13 Oct. 19
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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9na. Nominación de la ciudad de Santa Fe, hace saber que en los autos caratulados: “BRANDAN, NATALÍ PAMELA s/Solicitud Propia Quiebra” (CUIJ: 21-02062550-0), el Señor Juez ha ordenado lo siguiente: “SANTA FE, 22 de septiembre de 2026. VISTOS... CONSIDERANDO:... RESUELVO: I) Declarar la Quiebra de Natalí Pamela Brandan, DNI 32.228.675, argentina, mayor de edad, domiciliada realmente en Calle Gobernador Candioti 24 - Nelson - constituyendo domicilio a los efectos legales en calle 1ra. Junta 2507 - Piso 3 - Oficina 4 de esta ciudad de Santa Fe. ... 10) Fijar el día 17.11.2026 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 11) Designar el día 28.12.2026 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos o el día hábil inmediato posterior si resultare feriado y el día 25.3.2027 o el día hábil inmediato posterior si resultare.... Firmado digitalmente: Dr. José Ignacio Lizasoain (Juez). SANTA FE, Octubre de 2026. Néstor A. Tosolini, Secretario.
S/C 568782 Oct. 13 Oct. 19
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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 5ta Nominación, Santa Fe, Secretaría única, hace saber que en autos: ACEVEDO, CARLOS IGNACIO s/ Concurso Preventivo 21-02059713-2, se declaró el concurso preventivo de CARLOS IGNACIO ACEVEDO, D.N.I. 31.111.117, con domicilio real en Piedrabuena Nº 4542 de Santa Fe y legal en 1º Junta Nº 2507, Piso 3, Oficina 4, de Santa Fe. Fijar el día 21 de Octubre de 2026 como fecha hasta la cual se pueden presentar las solicitudes de verificación de los créditos ante el Síndico, CPN José Marcelo Ríos, en su domicilio legal de calle Urquiza 1591 1º “A” de la ciudad de Santa Fe, de Lunes a Viernes de 9:00 hs a 11:00 y de 16:00 a 20:00 y fijar el día 05 de Noviembre de 2026 inclusive como fecha hasta la cual se podrán realizar las impugnaciones en relación a los pedidos de verificación de créditos. Fijar el 09 de Diciembre de 2026 y el 03 de Febrero de 2027 para la presentación de los informes individual y general respectivamente; y hasta el 24 de Febrero de 2027 para la presentación de las observaciones al informe general; Señalar el día 01 de Julio de 2027, a las 09:00 hs, para que tenga lugar la audiencia informativa prescripta en el art. 45 de la Ley 24522, y fijar el día 28 de Julio de 2027 inclusive como fecha del vencimiento del período de exclusividad previsto en el art. 43 de la L.C.Q.; Publicar edictos por el término de ley, en el BOLETÍN OFICIAL y diario “El Litoral”. Santa Fe, 6 de octubre de 2026. Dra. Alina Prado, Prosecretaria.
S/C 568790 Oct. 13 Oct. 19
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: ZARATE, LAUTARO EZEQUIEL s/Solicitud Propia Quiebra CUIJ 21-02063486-0, se ha dispuesto publicar el presente de conformidad con el Art. 89 de la Ley 24.522 y modificatorias, haciendo saber que ha sido designado Síndico el C.P.N. Héctor Marcelo Madoery, domiciliado a los efectos legales en calle San Martín 2347 - Piso 1 º - Oficina 13 - (Galería Florida) de la ciudad de Santa Fe, correo electrónico: estudiomadoery@gmail.com - celulares: 3424064909 y/o 3424450791, con días y horas de atención de Lunes a Viernes de 9 a 18 Hs., fijándose el día 22 de octubre de 2026 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar sus pedidos de verificación de créditos y los títulos pertinentes, y el día 05 de noviembre de 2026 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos, conforme con lo dispuesto en autos. Lo que se publica es a los efectos legales. Publíquense edictos por el término de cinco días en el BOLETÍN OFICIAL, SIN CARGO (art. 89 Ley 24.522). SANTA FE, de 2026. Fdo.: Pablo Silvestrini, Secretario.
S/C 568795 Oct. 13 Oct. 19
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El Sr. Juez del Juzgado de 1ra. Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito de la Novena Nominación de Santa Fe, sito en calle San Jerónimo nº 1.551 de la ciudad y Provincia de Santa Fe, hace saber que en autos caratulados: “MARANA, MARTIN ESTEBAN Y OTROS c/ ARAGON, GRACIELA MIRTA Y OTROS s/ Escrituracion”, CUIJ 21-02046949-5, de trámite ante el mencionado Juzgado, se hace saber que habiéndose citado a los herederos de la codemandada María Mercedes Ana Rohr y no habiendo comparecido los mismos, fueron declarados rebeldes y en autos continuará actuando en su representación, la defensora de ausentes designada.- Ello fue dispuesto por el siguiente proveído que a continuación se transcribe: “Santa Fe, 14 de agosto de 2026.- Agréguese el edicto acompañado. No habiendo comparecido los herederos de la codemandada María Mercedes Ana Rohr, decláreselos rebelde. Notifíquese por edictos. Asimismo, hágase saber que en autos continuará actuando en su representación la defensora de ausentes designada. A idénticos fines que los oportunamente, señálese audiencia de producción de pruebas para el día 11.12.2026 a las 10:00 horas.- Firmado digitalmente por: José Ignacio Lizasoain - Juez”.- Santa Fe, Octubre de 2026. Néstor A. Tosolini, Secretario.
$ 100 568796 Oct. 13 Oct. 15
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Por disposición del Juez de Primera Instancia Civil y Comercial de la 8º Nominación de Santa Fe, se ordena que se publiquen edictos en el Boletín Oficial al efecto de notificar la rebeldía ordenada a la demandada: CONSORCIO VIVIENDAS SANTA FE en los autos caratulados. “LOVECCHIO, JOSE MARIA Y OTROS c/ Consorcio Viviendas Santa Fe s/Usucapión (CUIJ: 21-02050641-2). Como recaudo se transcriben los decretos que así lo ordenan: “Santa Fe, 10/09/2026. Se provee cargo nº 10397/26: Se tiene presente. Haciendo efectivos los apercibimientos oportunamente dispuestos, declárese rebelde a la demandada CONSORCIO VIVIENDAS SANTA FE.”- “Santa Fe, 16/09/26. Se provee el cargo nº 10639/26: Publíquese edictos en el BOLETÍN OFICIAL al efecto de notificar la rebeldía ordenada” FDO. DI CHIAZZA, IVAN (Juez). - Santa Fe, 05 de octubre de 2026.- Daniela G. Piazzo, Secretaria.
$ 100 568799 Oct. 13 Oct. 15
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 19 en lo Civil, Comercial y Laboral de la Primera Nominación de Esperanza, Provincia de Santa Fe, en autos: “SERVICIO 3 P S.A.S. c/ TRANSMIX NOROESTE S.R.L. s/Juicios Ejecutivos - CUIJ 21- 26307087-6, hace saber que se ha dictado el siguiente decreto: ESPERANZA, 19 de Agosto de 2026 Téngase presente lo manifestado. Agréguese la constancia de publicación de edictos que se acompaña. Atento lo solicitado y constancias de autos, haciendo efectivos los apercibimientos decretados, declárese rebelde a la demandada por su no comparendo en autos. Notifíquese. Firmado digitalmente por Dra. Julia FASCENDINI (Secretaria) Dra. Virginia INGARAMO (Jueza) – Esperanza, 2 de Octubre de 2026. Julia Fascendini, Secretaria.
$ 50 568780 Oct. 13 Oct. 15
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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nº 18 en lo Civil, Comercial y Laboral 2da. Nominación, de la ciudad de San Justo, se hace saber que en los autos: “LEMOS, MOISÉS, s/Quiebras” - CUIJ: 21-29035983-7 se ha resuelto lo siguiente: “SAN JUSTO, 6 de Octubre de 2026. VISTOS: ...RESULTA: ...CONSIDERANDO: ...RESUELVO: 1) Declarar la quiebra del Sr. MOISÉS LEMOS, D.N.I. Nº: 29.584.418, con domicilio en calle Antonio Belotti Nº 1.826 de la ciudad de San Justo, provincia de Santa Fe, y a los efectos legales en calle Francisco Angeloni Nº 2.785 de esta ciudad de San Justo. 2) Ordenar la anotación de la quiebra, la inhabilitación del fallido en el Registro de Procesos Universales y la inhibición general de bienes al Registro General de la Propiedad y en el Registro de la Propiedad Automotor, y demás registros que correspondan. Comunicar la presente declaración de quiebra a la Administración Provincial de Impuestos (art. 29 Código Fiscal - texto ordenado decreto 2350/97). 3) Ordenar al fallido y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia del primero. Intimar al deudor para: a) que entregue a Sindicatura, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4) Ordenar la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12º). Disponer la intercepción de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522. 5) Disponer la prohibición al fallido de ausentarse del país hasta la presentación del informe general (Art. 103, Ley 24.522), salvo autorización judicial concedida en cada caso. A sus efectos, se librarán de inmediato los oficios pertinentes a las autoridades de control de fronteras que corresponda, comunicando la fecha fijada para la presentación del informe general y haciéndoseles saber que, en caso de disponerse prórroga para la presentación de dicho informe o extensión de la interdicción de salida del país del fallido, se comunicará en cada caso mediante oficio. 6) Designar audiencia a los efectos del sorteo del Síndico, la que se realizará en la Secretaría del Juzgado, para el día 26 de Octubre de 2.026, a las 8:00 horas, lo que se comunicará al Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Santa Fe. 7) Previo a ordenar la realización de los bienes, deberá proceder Sindicatura conforme a los arts. 177 y sgtes de la Ley 24.522 a los efectos de que determine el patrimonio de la fallida. A sus fines, Sindicatura juntamente con el Sr. Oficial de Justicia o el Funcionario que por jurisdicción corresponda al domicilio del fallido y de ubicación de los bienes, procederá de inmediato a la realización de inventario de los bienes, con el desapoderamiento previsto en los art. 88 inc. 10, 106, 107, siguientes y concordantes de la ley 24.522. A sus efectos se habilitarán días y horas que fueren menester para tal cometido. Ofíciese a tales fines, facultando al funcionario interviniente a allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública de ser necesario y con la debida moderación. 8) Fijar hasta el día 15 de Diciembre de 2.026 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria. 9) Fijar los días: 29 de Diciembre de 2.026 para que la Sindicatura presente un juego de copias de las impugnaciones; el 26 de Febrero de 2.027 para la presentación de los informes individuales; y el 09 de Abril de 2.027 para la presentación del informe general. 10) Ordenar la publicación de edictos, conforme lo prescribe el art. 89 de la Ley 24.522. 11) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Únicas de Distritos, Circuitos, Laboral y Daños de los Tribunales de Santa Fe y de esta ciudad, sobre la iniciación y radicación de causas contra el fallido, oficiándose a sus efectos, y facultándose al Síndico a suscribir los oficios e intervenir en su diligenciamiento. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra el fallido a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21, ambos de la ley de Concursos y Quiebras. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 12) Disponer el cese de todo descuento del haber del fallido -con excepción de los descuentos de ley, de Obra Social, impositivos, cuota alimentaria, y embargos generados en procesos exceptuados del fuero de atracción, art. 132 Ley 24.522-; simultáneamente, ordenar la retención de la porción embargable del haber de/fallido, la que se depositará a nombre de este proceso y a la orden de este Juzgado, en cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., suc. San Justo. A sus efectos se librará oficio al Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Santa Fe, haciéndole saber que dicha medida deberá cumplirla hasta tanto se ordene lo contrario. Asimismo, y para el caso de que el fallido perciba sus haberes por sistema de tarjeta de débito, y sobre la misma se efectúen descuentos, se oficiará a la entidad que corresponda para que cesen los mismos y, de tal forma, se dé estricto cumplimiento a lo anteriormente ordenado. Archívese el original, agréguense las copias y hágase saber. Fdo: Dra. Susana Carletti - Secretaria. Dra. Celia Bornia - Juez- San Justo, 7 de octubre de 2026. Rocio Candioti, Prosecretaria.
S/C 568774 Oct. 13 Oct. 19
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios – Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe, Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de esta ciudad, en autos caratulados BALLESTA, ALBERTO S/ SUCESORIO CUIJ 21-02064672-9, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de ALBERTO BALLESTA, DNI Nº 6.231.593, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. (Fdo: DR. VALES: JUEZ)
$ 45 Oct. 13
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios –Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe -Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la DÉCIMO TERCERA NOMINACIÓN de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados “NAVARRO, MARIA ANTONIA S/ SUCESORIO” CUIJ 21-02063826-2, Año 2026, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la señora MARÍA ANTONIA NAVARRO, DNI No. F 2.473.740, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de legales. Firmado: Dr. Guillermo Adrián Vales- Juez.
$ 45 Oct. 13
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13era. Nominación de la ciudad de Santa Fe) en los autos caratulados:”Expte. CUIJ 21-02062270-6 – MENDEZ LUISA SILVINA s/SUCESORIO”- , que se tramitan por ante el Juzgado de la referencia, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de LUISA SILVINA MENDEZ D.N.I. Nº 24.852.961 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley, lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial.- Fdo.: Dr. Dr. Guillermo Adrian Vales (Juez)”.
$ 45 Oct. 13
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial y Laboral nro 19, 2da nominación de Esperanza (pcia de Santa Fe), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y/o a todos aquellos a quienes se consideren con derecho a los bienes de la herencia del Sr: CARABAJAL, Víctor Hugo, DNI 14.207.421 para que comparezca a hacer valer sus derechos, en los autos caratulados: “CARABAJAL, VICTOR HUGO S/ SUCESORIO CUIJ 21-28926589-6” de trámite ante el Juzgado mencionado con domicilio en calle Berutti 1516 de esta ciudad, dentro del término y bajo los apercibimientos legales, lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y se exhibe en el Hall del Palacio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en la ley 11.287 y lo resuelto en el Acuerdo Ordinario celebrado el 07/02/96, Acta Nro. 3. Esperanza, de de 2026.
$ 45 Oct. 13
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de primera Instancia Civil y Comercial de Distrito de la 13ra. Nominación de la ciudad de Santa Fe) en los autos caratulados: “GALLEGO, GUADALUPE S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ. N° 21-02064427-0, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña GUADALUPE GALLEGO, DNI. Nº 06.004.196, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y Hall de Tribunales. Santa Fe, de octubre de 2026. Fdo. DR. GUILLERMO ADRIAN VALES, Juez.
$ 45 Oct. 13
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la Ciudad de Santa Fe, a cargo de la Dra. Viviana Naveda Marcó (Jueza) y la Dra. Ma. Romina Botto (Secretaria), en autos caratulados “GALVAN PETRONA S/ SUCESORIO” – CUIJ Nº 21-00026727-6, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de GALVAN PETRONA, D.N.I. Nº 2.416.911, fallecida el 22 de marzo de 1992, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en el Hall de Tribunales. SANTA FE, junio de 2026. Fdo: Dra. Ma. Romina Botto, Secretaria. Dra. Viviana Naveda Marcó, Jueza a cargo.
$ 45 Oct. 13
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Por disposición del Juez de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 18° Nominación de El Trébol, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, DAVID RAÚL PONCIO, DNI 21.651.444, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “PONCIO DAVID RAÚL S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-28905890-4. Fdo. Dr. Hernán A. Guala, Juez. El Trébol, 13 de octubre de 2026.
$ 45 Oct. 13
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 13 Nominación de la Ciudad de Santa Fe), en autos caratulados “DAMONTE MARIA SILVIA S/ SUCESORIO” – CUIJ Nº 21-02060853-3, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de DAMONTE MARIA SILVIA, D.N.I. Nº 5.435.903, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Firmado: Dr. GUILLERMO VALES (Juez) Dra. GISELA GATTI (Secretaria)
$ 45 Oct. 13
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Decimotercera Nominación, de la ciudad de Santa Fe), en autos caratulados “RAMIREZ, FAVIO RENE S/ SUCESORIO” (CUIJ 21-02064347-9), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de RAMIREZ FAVIO RENE dni N° 16.539.266 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial, y en sede judicial. Firmado: Dr. DR.GUILLERMO ADRIAN VALES (Juez).
$ 45 Oct. 13
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Decimotercera Nominación) en autos caratulados “VALDIVIA, RAMÓN ERNESTO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” Expte. CUIJ N° 21-02059252-1 tramitados ante la Oficina de Procesos Sucesorios; cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de RAMÓN ERNESTO VALDIVIA D.N.I. Nº 11.511.139 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Dra. Claudia Sanchez (Secretaria).
$ 45 Oct. 13
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Por disposición de OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS Sec. Única Santa Fe, en autos caratulados “JUEZ, GERARDO HERMINIO S/ SUCESORIO CUIJ 21-02063690-1” se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de JUEZ GERARDO HERMINIO D.N.I 11.316.362, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. DR. GUILLERMO ADRIAN VALES Juez.
$ 45 Oct. 13
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Por disposición de la señora Jueza del Juzgado Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral 2da. Nom de Esperanza, se cita, se llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de WALKER JUAN CARLOS DNI N° M6.258.504 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales en autos caratulados "WALKER JUAN CARLOS S/SUCESORIO" (CUIJ 21- 28926262-5). Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y Hall de Tribunales Esperanza, de Octubre de 2026.- Dra. VICTORIA LANG, Secretaria-
$ 45 Oct. 13
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la Primera Nominación – Secretaría Única de la ciudad de Esperanza, en autos caratulados “CISNERO, PEDRO MARTÍN S/SUCESORIO – CUIJ 21- 28926432-6” se cita, llama y emplaza y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios de PEDRO MARTÍN CISNERO D.N.I. N°8.379.883, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y Hall del Juzgado.
$ 45 Oct. 13
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Por disposición de la OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS - Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 8va. Nominación de la ciudad de Santa Fe - se cita, llama y emplaza a todos los herederos , acreedores, legatarios y a todos los que se consideren con algún derecho por el fallecimiento de DE NADAI, INES LILIANA, (D.N.I. 11.515.628), para que dentro del término y bajo apercibimientos legales, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos: “DE NADAI, INES LILIANA S/ SUCESORIO” CUIJ 21-02035857-9. Publíquense los edictos por el término de ley en el Boletín Oficial. DR. Ivan DI CHIAZZA.- Juez.-.
$ 45 Oct. 13
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Decimocuarta Nominación), en autos: “ROS, MARIA ESTHER S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ. N.º 21-02062858-5 se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de MARIA ESTHER ROS, D.N.I N.º F3.040.981, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Firmado: Dr. Vales – JUEZ-. Santa Fe,…. De OCTUBRE 2026.-
$ 45 Oct. 13
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Distrito N° 18 – Segunda Nominación de la ciudad de San Justo (Sta. Fe), en autos caratulados “TRAVESANI, ANTONIO JULIO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS”, CUIJ 21-29036278-1.-, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Don ANTONIO JULIO TRAVESANI, D.N.I. 2.493.899, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y para ser exibidos en el Hall del Juzgado. Fdo: Dra. Susana C. Carletti (Secretaria).- San Justo, de octubre de 2026.--
$ 45 Oct. 13
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SAN JORGE
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito nº 11 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Jorge (Sta. Fe), en autos: “SANCHEZ, OLGA JUSTA NORA s/ SUCESORIO–CUIJ -21-26270676-9”, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante: OLGA JUSTA NORA SANCHEZ, D.N.I. 13.694.951, fallecida el día 04 de Mayo de 2026 en Rafaela (Sta. Fe), siendo su domicilio real calle 25 de Mayo nº 373 de María Juana (Sta. Fe), para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Fdo. Dr. Daniel Norberto Rosa, abogado, matricula 1901 folio 374 tomo II.-
$ 45 Oct. 13
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CERES
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición de la Sra. Juez. del juzgado de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral 2da. Nom -Secretaría única de la ciudad de Ceres, en autos caratulados:“ CANDAL, ESMERALDA VERONICA S/ SUCESORIO- CUIJ: 21-28805836-6 ” se cita, llama y emplaza, a los herederos, acreedores, legatarios y a todos aquellos que se creyeran con derechos sobre los bienes de la causante, Sra. Candal Esmeralda Verónica , DNI 25964.163, para que comparezcan a este juzgado a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento de ley. CERES, 8 de octubre de 2026. -
$ 45 Oct. 13
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SAN CRISTOBAL
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
El Juzgado de Primera Instancia de Distrito N.º 10 en lo Civil, Comercial y Laboral, Segunda Nominación, de la ciudad de San Cristóbal, provincia de Santa Fe, en los autos caratulados “SAN MARTINO LUCAS ALBERTO s/Concurso”, CUIJ N.º 21-29145596-1, hace saber, QUE SE HA DICTADO LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN: “San Cristóbal, 08 de septiembre de 2026. Y VISTOS:...; RESULTA:...; CONSIDERANDO: ...; RESUELVO: 1) Declarar abierto el concurso preventivo de LUCAS ALBERTO SAN MARTINO, D.N.I. Nº 31.386.242; argentino, CUIT 23-31386242-9, con domicilio real en Zona Urbana s/n de la localidad de Monigotes, provincia de Santa Fe. 2) Calificar de “pequeño concurso” al presente y disponer su tramitación con arreglo a los arts. 288 y 289 de la citada ley. 3) Designar el día 16 de Septiembre de 2026 a las 11 hs, para que tenga lugar la audiencia para el sorteo de un Síndico. 4) Disponer la publicación de edictos en la forma prevista por los arts. 27 y 28 de la Ley 24522, por el término de cinco (5) días en el BOLETÍN OFICIAL y de existir fondos suficientes, en otros medios periodísticos. Su publicación será a cargo del deudor se realizará una vez la sindicatura haya aceptado el cargo y fijado domicilio para la presentación de los pedidos de verificación de créditos. 5) INTÍMASE al concursado a acompañar a la secretaría de este Juzgado en el plazo de tres días de notificado el presente, de los libros de comercio que lleve el deudor (art. 14, inc. 5, LCQ). 6) Anotar la presente resolución en los Registros pertinentes. 7) Ordenar la inhibición general del concursado, para disponer y gravar sus bienes registrables, oficiándose a los Registros que correspondan. 8) Intimar al concursado para que dentro del término de tres (3) días de notificada la presente, deposite la suma de pesos trescientos cuarenta y dos mil trescientos ($376.500) en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco Santa Fe, Sucursal San Cristóbal, para estos autos y a la orden de este Juzgado, con destino a gastos de correspondencia. 9) Diferir las fechas correspondientes al período de verificación de créditos, informe individual y general, una vez aceptado el cargo por la sindicatura, el que se realizará por auto ampliatorio. 10) Hacer saber al concursado que solo podrá ausentarse del país, previa comunicación al Juez del concurso y en caso de ausencia por un plazo superior a cuarenta días, deberá requerir autorización de este Tribunal, todo acorde a lo dispuesto por el art. 25 de la ley concursal. 11) A partir de la publicación de edictos disponer la SUSPENCIÓN de todos los juicios de contenido patrimonial que recaigan contra el concursado, con excepción de las causas comprendidas en el art. 21 inc. 1, 2 y 3, LCQ, debiendo suspenderse los actos de ejecución forzada; exhortándose y/u oficiándose, a sus efectos, a los juzgados que correspondan. Hágase saber a los Juzgados oficiados que no se deberá proceder al cambio de radicación de los expedientes contemplados en el presente apartado. 12) Disponer que el Sr. Síndico proceda al diligenciamiento de los oficios ordenados y/o tomar las medidas que resulten necesarias para el mejor diligenciamiento de lo dispuesto en la presente resolución. 13) Una vez aceptado el cargo, el Sr. Síndico deberá dar cumplimiento con el Informe dispuesto por el art. 14 inc. 11 de la Ley 24522. Hágase saber y protocolizase digitalmente.-“ Fdo.: Dr. Alexis Marega - Juez a/c; Dra. Claudia M. Giampietri - Secretaria. Asimismo, se hace saber que ha sido designado síndico el Contador Público JOSÉ OCTAVIO CIBILS, matrícula profesional Nº 6890, quien aceptó el cargo y constituyó domicilio en calle Caseros N.º 633 de la ciudad de San Cristóbal, provincia de Santa Fe. Atenderá a los pretensos acreedores de lunes a viernes, de 08:00 a 12:00 y de 16:00 a 20:00 horas. Correo electrónico: cpncibilsjo@hotmail.com. Teléfono: 3424 455457. Por decreto de fecha 24 de septiembre de 2026, se tuvo por aceptado y discernido el cargo del síndico y se ordenó publicar edictos con su nombre, domicilio y horarios de atención. Publíquese por cinco (5) días en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, conforme a la resolución de apertura y a los art. 27 y 28 de la Ley 24.522.San Cristobal, 06 de octubre de 2026.
S/C 568797 Oct. 13 Oct.19
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RAFAELA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Juzgado Civil y Comercial de la 1era nominación de Rafaela Dr. Matías Raúl Colon, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho sobre los bienes dejados por los causantes RADYK CATALINA DNI 93.670.280 fallecida el 22/10/2000 y MORENO, ÍTALO AROLDO , L.E. M 2.445.453, fallecido el 17/08/2017 ambos con último domicilio en calle Pedro Avanthay N.º 846, de Rafaela, Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término treinta días y bajo apercibimientos legales en los autos caratulados: RADYK CATALINA Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS 21-24214225-7 Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL.
$ 45 Oct. 13
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Juzgado Civil y Comercial de la 1era nominación de Rafaela Dr. Matías Raúl Colon, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho sobre los bienes dejados por el causante MORENO, OSCAR ALBERTO; DNI 10.561.575; Fallecido el 27/07/2024 con último domicilio en con domicilio en calle Pedro Avanthay N.º 846, de Rafaela, Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término treinta días y bajo apercibimientos legales en los autos caratulados: MORENO OSCAR ALBERTO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS 21-24214231-1. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL.
$ 45 Oct. 13
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nro. 5 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos GRASSINO NORMA GLADYS S/ SUCESORIO 21-24212133-0, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante GRASSINO NORMA GLADYS , DNI 3.237.129, fallecida el 17 de Mayo de 2011 con último domicilio en calle Juan Operto Nro. 268 de la ciudad de Rafaela, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días y bajo apercibimientos de ley los que se publican en el Boletín Oficial y en el Hall de Tribunales. Notifíquese. Dra. Agostina Silvestre (Secretaria ) Dr. Marcelo Gelcich (Juez ). Rafaela, 09 de Octubre de 2026.-
$ 45 Oct. 13
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Por disposición del Juez de 1ª Instancia de Distrito, en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Rafaela, en los autos: "Exp. Nº CUIJ 21-24214400-4 BONAFEDE DELHY BERTA JOSEFA S/ SUCESORIO", se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante DELHY BERTA JOSEFA BONAFEDE, DNI 3.764.637, último domicilio en Bv. Lemhann Nº 345 de la ciudad de Rafaela (Sta. Fe), fallecida en fecha 09/10/2009, de apellido materno "RASPO", para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días bajo apercibimientos de ley. A sus efectos se publican edictos en Boletín Oficial (art. 67 C.P.C). Dra. Natalia Carinelli (Jueza). Rafaela, 13 de Octubre de 2026.-
$ 45 Oct. 13
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RECONQUISTA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 4 en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos: caratulados: “FECK, MAURICIO NICOLAS s/Solicitud Propia Quiebra” CUIJ
Nº 21-25035315-1 ha dispuesto lo siguiente: RECONQUISTA, 11 de Agosto de 2026 AUTOS Y VISTOS: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVO: 1ro. Declarar la Quiebra de MAURICIO NICOLÁS FECK, DNI Nº 38.978.087, CUIL 20-38978087-2, argentino, empleado, domiciliado en Pasaje 42/44 Nº 3776, Barrio Martelossi de Reconquista (SF), y con domicilio legal en calle San Martín 1186 de la ciudad de Reconquista (SF). 2do. Líbrese oficio al Registro de Procesos Universales, al Registro General de la Propiedad de Santa Fe y al Registro del Automotor, a los fines de que tome conocimiento de la quiebra, y de la inhibición del fallido para disponer de sus bienes.- 3ro. Hacer saber al fallido que deberá hacer entrega de los bienes al Síndico, quien deberá inventariarlos, instrumentando acta de toda la actuación.- 4to. Hágase saber la prohibición de efectuar pagos al fallido y que en el caso de incumplirse tal prohibición serán considerados ineficaces. 5to. Hágase saber al Síndico que deberá interceptar y retener la correspondencia. Ofíciese al Correo oficial de la República Argentina. 6to. Oficiar a la Policía Federal Argentina, a la Secretaría de Migraciones, a la Gendarmería Nacional, a los fines de comunicar la prohibición del fallido de abandonar el país sin autorización judicial.- 7mo. Fijar el día 26 de agosto de 2026, a las 08:00 horas, a los fines del sorteo de Síndico por ante la Oficina de Sorteos de Peritos, Martilleros y Síndicos de estos Tribunales (Circular Nºl23/2017), notifíquese al Consejo de Ciencias Económicas; fijar el 23 de octubre de 2026 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar pedidos de verificación al Síndico. Fijase el 27 de noviembre de 2026 la fecha hasta la cual el Síndico ha de poder presentar los informes individuales, y 28 de diciembre de 2026 el informe General.- 8vo. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL de conformidad con lo preceptuado en el art. 89 de la Ley 24.522.- 9no. Se oficiará a la entidad bancaria Nuevo Banco de Santa Fe S.A. para que se abstenga de continuar efectuando débitos automáticos de la caja de ahorro del fallido por causas anteriores a la fecha de la declaración de quiebra del mismo. 1Orno. Líbrese oficio a los Juzgados en los que se tramitan causas en contra del fallido (salvo juicios de expropiación y los fundados en relaciones de familia) a los fines de solicitar su remisión a este Tribunal. 11ro. Ofíciese al Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Santa Fe, que liquida los haberes del deudor, para que se abstenga de efectuar descuentos o retenciones a sus haberes, salvo los dispuestos por la ley, especialmente la retención por alimentos que deberá subsistir y proceda a trabar embargo por un veinte por ciento (20%) de sus remuneraciones deducidos los descuentos de ley que se han de depositar en una cuenta para estos autos y a la orden del Tribunal, cuya apertura se hará mediante oficio a librarse al Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Sucursal Reconquista (SF). Hágase saber al profesional que deberá suscribir y diligenciar el oficio conforme lo establecido en el Acuerdo celebrado el día 10.03.22, Acta Nº 6, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe la A 10.03.22 (Circular Nº33/2022 de fecha 14/03/2022). Hágase saber, Fdo: ANTONIO JESUS PLETENCZUK, Juez Subrogante - LAURA C. CANTERO,Secretaria. Reconquista (SF), 11 de Agosto de 2026.
S/C 568794 Oct. 13 Oct.19
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 4, en lo Civil y Comercial, de la Tercera Nominación, de la ciudad de Reconquista, en los autos caratulados: “FECK, MAURICIO NICOLAS s/Solicitud Propia Quiebra”
CUIJ Nº 21-25035315-1, se hace saber que ha sido designado Síndica de autos a la Contadora Pública Nacional María Elena de los Milagros Sabater, domicilio legal en calle Patricio Diez Nº 858 de la ciudad de Reconquista (SF); Celular: 342-4085265; email: mesabater@hotmail.com donde atenderá a los acreedores de lunes a viernes, en el horario de 9:00 a 12:00 horas y de 16:00 a 19:00 horas.. Se transcribe el decreto que así lo dispone: Reconquista, 01 de septiembre de 2026.- Proveyendo Cargo º 7638: Agréguese el Acta de Sorteo Informático acompañado. Designase Síndica a la CPN María Elena de los Milagros SABATER, domiciliada donde se indica, para actuar en tal carácter en la presente causa. Cítesela para que comparezca en estos autos a los fines de aceptar el cargo o excusarse dentro del término, con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Proveyendo Cargo nº 7665: Téngase presente la aceptación de Cargo formulada, el domicilio procesal constituido, el teléfono celular y correo electrónico denunciados y los días y horarios de atención fijados a los fines que correspondieren. Notifíquese. - Fdo.: ANTONIO JESUS PLETENCZUK, Juez. Subrogante, LAURA C. CANTERO,Secretaria. Reconquista, 18 de Septiembre de 2026.
S/C 568793 Oct. 13 Oct.19
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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 4 en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados “MICCELI MANCUELLO PIERINA ANTONELA s/Solicitud Propia Quiebra” CUIJ Nº 21-25031392-3, ha dispuesto lo siguiente: Reconquista, 16 de Septiembre de 2026 Y VISTOS: ... CONSIDERANDO: … RESUELVO: Tener presente el informe final y proyecto de distribución confeccionado por el Síndico. Regular los honorarios del CPN MARTIN MARCOS ROSSI y del apoderado de la fallida, Dr. LUIS MAXIMILIANO BAZAN, según lo estipulado en los Considerandos. Ordenar la publicación de ley mediante edictos. Dese vista de las regulaciones al Consejo Profesional de Ciencias Económicas y a la Caja Forense. Fecho, elévense a la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de esta ciudad, a los fines de su revisión (Art. 272, Ley 24.522). Procédase a efectuar el sellado de justicia, a sus efectos córrase vista a la API por correo electrónico por Secretaría otorgando a dicha institución la clave de parte por tratarse de un expediente enteramente digitalizado. Hágase saber- Fdo.: ANTONIO JESUS PLETENCZUK, Juez subrogante - LAURA C. CANTERO, Secretaria.
BENEFICIO DE GRATUIDAD LEY DE CONCURSOS Y QUIEBRAS.RECONQUISTA, 22 de septiembre de 2026.
S/C 568792 Oct. 13 Oct.19
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 4, en lo Civil y Comercial, de la Tercera Nominación, de la ciudad de Reconquista, en los autos caratulados: “PARED LOANA LIANA s/Solicitud Propia Quiebra” CUIJ Nº 21-25034663-5, se hace saber que ha sido designada Síndica de autos la Contadora Pública Nacional CPN Mónica Irma BRESSAN, domicilio legal en calle Iriondo Nº 881 de la ciudad de Reconquista donde atenderá a los señores acreedores de Lunes a Viernes de 9:00 hs a 16:00. Se transcriben los decretos que así lo disponen: Reconquista, 09 de febrero de 2026.- ...Agréguese el Acta de Sorteo Informático acompañado. Designase Síndico a la CPN Monica Irma BRESSAN, domiciliada donde se indica, para actuar en tal carácter en la presente causa. Cítesela para que comparezca en estos autos a los fines de aceptar el cargo o excusarse dentro del término, con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo.: Ramiro Avilé Crespo, Juez - Laura C. Cantero, Secretaria. OTRO DECRETO:. RECONQUISTA, 14 de Abril de 2026 Proveyendo cargo Nº 1981: Agréguese. Téngase presente. Acredite fecha de publicación del edicto en el sitio web del Poder Judicial de Santa Fe, previamente cumpliméntese con dicho extremo. Proveyendo cargo Nº2303: Agréguese y téngase presente si estuviere en forma, por Secretaria. Proveyendo cargo Nº 2304: Agréguese y téngase presente la aceptación del cargo formulada, así como la de los letrados patrocinantes y colaboradores mencionados. Notifíquese. - Fdo: Dra. Laura C. Cantero, Secretaria - Dr. Ramiro Avilé Crespo, Juez.-Reconquista (Sf), 14 de Abril de 2026.
S/C 568781 Oct. 13 Oct.19
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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 4 en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados: “PARED LOANA LIANA s/Solicitud Propia Quiebra” CUIJ Nº 21-
25034663-5, ha dispuesto lo siguiente: Reconquista, 16 de Septiembre de 2026 AUTOS Y VISTOS: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVO: Proceder a reprogramar nuevamente las fechas. Cítese a todos los acreedores para que hasta el 22/10/2026 presenten sus pedidos de verificación de créditos a la Síndica C.P.N. MÓNICA IRMA BRESSAN, con domicilio en calle Iriondo Nº 881, horario de atención de lunes a viernes de 09:00 hs a 16:00 hs. 2) Fijase el 30/11/2026 para la presentación de los Informes Individuales. 3) Fijase el 05/02/2027 para la presentación del Informe General. 4) Publíquense Edictos haciéndose saber la reprogramación de fechas. Insértese y hágase saber. Fdo.: ANTONIO JESUS PLETENCZUK, Juez subrogante - LAURA C. CANTERO, Secretaria. BENEFICIO DE GRATUIDAD LEY DE CONCURSOS QUIEBRAS.RECONQUISTA, 29 de septiembre de 2026.
S/C 568779 Oct. 13 Oct.19
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Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la Ciudad de Reconquista, se hace saber que en los autos “MARTINEZ GABRIELA LUCIA s/Solicitud Propia Quiebra” (CUIJ 21- 25035081-0) se ha dispuesto lo siguiente: “RECONQUISTA, 16 de abril de 2026. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO ... RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de MARTINEZ GABRIELA LUCIA, argentina, mayor de edad, empleada, DNI Nº 37.798.253 domiciliada realmente en Fray Antonio Rossi Nº 2594 de la ciudad de Reconquista -SF- y, con domicilio legal en calle Patricio Diez Nº 858 de la ciudad de Reconquista”-. FIRMADO: Dr. Fabian S. Lorenzini (Juez) - Janina Yoris (Secretaria). Otro decreto: “RECONQUISTA, 22 de septiembre de 2026. Advirtiendo en este estado que se ha incurrido en un error conceptual, se revoca por contrario imperio el decreto que antecede en su totalidad, y en su lugar SE ORDENA: Proveyendo cargos actuariales Nº 9969/2026, 9972/2026, 10029/2026, 10030/2026 y 10031/2026: Por presentado el informe individual y su rectificación, téngase presente. En mérito al estado de este expediente, de manifiesto el mismo. Agréguese la documental acompañada. Sin perjuicio de ello, atento a lo dispuesto por el art. 14 inc. 3 LCQ, advirtiendo que la última
publicación de edictos tuvo lugar el 15/06/26, ampliase la fecha para que los acreedores puedan presentar sus pedidos de verificación de créditos hasta el día 08/11/26 inclusive; y la fecha para que el síndico amplíe su informe individual, hasta el día 21/12/26; fijándose el día 10/02/27 como fecha en que el síndico deberá presentar el informe general. Publíquense nuevos edictos, haciéndose saber que dicha carga procesal será responsabilidad exclusiva de los abogados patrocinantes de la fallida, bajo expreso apercibimiento de tenerla por desistida de su presentación en caso de incumplimiento (art. 89, 27, 30, 274, 278 LCQ) “FIRMADO digitalmente: Dr. Fabián S. Lorenzini (Juez) - Janina Yoris (Secretaria). El Síndico designado es el CPN JOSE RICARDO AGÜERO, con domicilio constituido en calle Iriondo 881, de la ciudad de Reconquista, y fija como días y horarios de atención de lunes a viernes de 9.00 hs. a 16.00 hs. Su teléfono es 341 2413997 y su correo joseaguero@gurfinkel.com.ar.
S/C 568778 Oct. 13 Oct.19
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Por disposición del Sr. Juez de 1° Instancia en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Reconquista Dr. Fabian S. Lorenzini, se hace saber que en los autos "AMARILLA RAMONA GRISELDA S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA" CUIJ 21-25031277-3 que se tramitan en el juzgado mencionado, se ha dispuesto lo siguiente: "Reconquista, 5 de octubre de 2026.- AUTOS y VISTOS: ...CONSIDERANDO: ... RESUELVO: I) Regular los honorarios de los profesionales actuantes, de acuerdo a los establecido en los considerandos, del CPN HORACIO ANTONIO BRAIDOT –Sindico- en la suma de Pesos Cinco millones Ciento Un mil Cuatrocientos Sesenta y Cuatro c/00/100 ($5.101.464,00) y del DR. ROBERTO HORACIO BACCAREZZA -apoderado de la fallida-, en la suma Pesos Dos millones Ciento Ochenta y Seis mil Trescientos Cuarenta y dos con 00/100 ($2.186.342,00); fijándose respectos a los honorarios regulados, desde el momento de la notificación del presente y conforme al criterio de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe (Bergagna), la tasa de intereses moratorios (TIM) elaborada por el Banco Central de la República Argentina (https://www.bcra.gob.ar/calculadora-de-tasa-de-intereses-moratorios-tim/). II) Ordenar la publicación de ley mediante edictos. III) Córrase vista a Caja Forense y al Consejo de Ciencias Económicas. IV) Fecho, elévense a la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de esta ciudad, a los fines de su revisión (Art. 272, Ley 24.522). V) Procédase a efectuar el sellado de justicia, dándose intervención a la A.P.I. Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Firmado digitalmente por Janina Yoris - Secretaria / Dr. Fabián S. Lorenzini – Juez." "CON BENEFICIO DE GRATUIDAD" - Ley 24.522.- Firmado por Dra. Janina Yoris – Secretaria. RECONQUISTA, 08 de Octubre de 2026
S/C 568952 Oct. 13 Oct. 19
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El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 4 en lo Civil y Comercial, Segunda Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados: "GOBBI CINTIA SOLEDAD S/ CONCURSO PREVENTIVO", CUIJ 21-25035486-7, de trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia civil y Comercial, Segunda Nominación, Distrito N°4, se ha dispuesto lo siguiente: "Reconquista, 25 de Agosto de 2026. AUTOS Y VISTOS: Estos caratulados: "GOBBI CINTIA SOLEDAD S/ CONCURSO PREVENTIVO", CUIJ 21-25035486-7, de trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia civil y Comercial, Segunda Nominación, Distrito N°4, y; CONSIDERANDO: (...) 1) RESUELVO: 1) Declarar abierto el concurso preventivo de CINTIA SOLEDAD GOBBI, D.N.I. 29.703.210, CUIL 27-29703210-6, con domicilio real en calle 9 N° 1255 de la ciudad de Avellaneda (SF) y domicilio procesal en calle Lucas Funes N° 254 de la ciudad de Reconquista (SF),. 2) Para que tenga lugar el sorteo de un síndico que en este proceso concursal, a la audiencia que se fija para el día 02 de septiembre del 2026 a las 8:00 hs., ante la Oficina de Sorteos de estos tribunales, al que se deberá oficiar, juntamente con el Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas. 3) Fijar las siguientes fechas: el día 27/10/26, hasta la cual los acreedores deberán presentar pedidos de verificación al sindico admitiéndose la posibilidad de VERIFICACIONES NO PRESENCIALES (mediante la recepción de la documentación en una casilla de mail que deberá habilitar el Sindico, con hasheo de archivos -si fuera necesario-, y/o toda otra medida que permita la mejor tramitación de dichos pedidos por parte de los acreedores concurrentes); Fijar hasta el día 14/12/26, hasta el cual la sindicatura deberá presentar los informes individuales; y el día 07/02/27, hasta el cual la sindicatura deberá presentar el informe general., el 28/06/27 fecha en que vence el período de exclusividad y 18/06/27 fecha de audiencia informativa 4) Ordenar, una vez aceptado el cargo por parte del síndico, la publicación de edictos en la forma prescripta en los art. 27 y 28 LCQ en el Boletín Oficial; y avisos de ley (texto abreviado informativo que deberá ser proyectado por los patrocinantes del concursado) que se publicarán en al menos dos (2) páginas web de noticias con divulgación acreditada en el domicilio de los acreedores denunciados (Reconquista, Santa Fe, zonas aledañas, etc), a elección del peticionante (...) Hágase saber, insértese copia y agréguese. .-Firmado digitalmente por Dra. Janina Yoris - Secretaria / Dr. Fabian S. Lorenzini – Juez" OTRO DECRETO: "Reconquista 09 de Septiembre de 2026 Proveyendo cargo N° 9581/26: Desígnese a la CPN LAURA GISELA BRAIDOT con domicilio en calle Alvear 759 de esta ciudad síndica para actuar en autos, quien deberá comparecer a aceptar el cargo con las formalidades de ley. Proveyendo cargo N° 9606/26: Por aceptado el cargo por parte de la CPN LAURA GISELA BRAIDOT. Hágase saber que constituyó domicilio en calle Alvear N° 759, Reconquista, Provincia de Santa Fe, sus teléfonos de contacto son Tel. 03482-433148/ 0342-154478514/ 03482-15640329 y fijó días y horarios de atención de lunes a viernes de 9 a 13hs. Correo electrónico: laurabraidot@hotmail.com. Notifiquese. .-Firmado digitalmente por Dra. Janina Yoris - Secretaria / Dr. Fabian S. Lorenzini – Juez". Firmado digitalmente por Dra. Janina Yoris – Secretaria en fecha 24/09/2026 a las 09:48 hs.. RECONQUISTA, 24 de Septiembre de 2026
$ 2000 568953 Oct. 13 Oct. 19
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Por disposición del Sr. Juez de la Tercera Nominación del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 4 en lo Civil y Comercial de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados: "ROMERO NATALIA SOLEDAD C/ DEL ZOTTO ATILIO PACO Y/O SUS HEREDEROS S/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA” CUIJ Nº21-25034849-2, se cita a ATILIO PACO DEL ZOTTO y/o sus herederos y/o a quien se consideren con derecho del bien a usucapir, para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de ley. El decreto que dispone la presente dice: RECONQUISTA, 11 de Junio de 2025. En la ciudad de Reconquista (Sta.Fe) y en la fecha asignada en el sistema de gestión SISFE (CSJSF, Acta n°14 de fecha 13-05-20 pto. XV) se provee: Agréguese y téngase por cumplimentado. Por promovida demanda de prescripción adquisitiva de dominio contra ATILIO PACO DEL ZOTTO y/o contra sus herederos y/o contra quien resulte titular registral del inmueble inscripto bajo el N° 289751 al T 131 par F 114 N° 3206 año 1976. Cítese y emplácese al demandado y a quienes se consideren con derecho al bien a usucapir, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley comparezcan a estar a derecho. Notifíquese en el domicilio denunciado y publíquense edictos de ley conforme art. (597 CPC edictos). Cítese a la Provincia de Santa Fe y a la Municipalidad de Reconquista, para que comparezcan a tomar la intervención que les pudiere corresponder y manifiesten si tienen interés legítimo en esta causa. Téngase presente la documental acompañada. Conforme lo dispone el art. 1905 del CCyC procédase a anotar como litigioso el inmueble objeto de autos. A sus efectos, ofíciese. Acompañe informe del RPU en relación a si se encuentra en trámite sucesorio de Atilio Paco Del Zotto y en su caso por ante cual Juzgado. A los fines de una mayor publicidad, deberá colocarse en el inmueble, en lugar visible sobre la vía pública, un cartel de dimensiones adecuadas (por ejemplo, 1,50m. De largo x 1 metro de alto) haciendo saber: la existencia de este expediente, fecha de inicio del expediente, fecha de inicio de la posesión adquisitiva pretendida, CUIJ, Juzgado de radicación, datos de inscripción registral del inmueble e individualización del titular dominial. Téngase presente la autorización conferida a los fines del diligenciamiento. Acompañe proyecto de oficio en formato editable. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán de acuerdo al “Protocolo de oralidad y gestión de la prueba en los procesos civiles” aprobado por la CSJSFE mediante Acta 7 -punto 9°- de fecha 17 de marzo de 2026. Se informa link de acceso para su consulta: https://www.justiciasantafe.gov.ar/index.php/circulares/circular-nro-23-actualizacion-del-protocolo-de-oralidad-efectiva-implementado-en-el-poderjudicial-de-la-provincia-de-santa-fe/ En los términos del Protocolo se instará el acortamiento de los tiempos del conflicto, optimizando la calidad del material probatorio con el empleo del menor tiempo posible. Por tanto, conforme prevé dicho Protocolo, se hace saber que: 1) Al momento de proveer a la demanda y/o contestación, el/la Juez/a está facultado para requerir los elementos que revistan trascendencia para el tratamiento de la pretensión, simplifiquen el análisis de la cuestión litigiosa y faciliten la conciliación en la audiencia preliminar, tanto de las partes como de terceros ajenos al proceso. El/la juez/a se encuentra plenamente facultada para analizar la pertinencia de la prueba y descartar prueba que considere innecesaria, superflua o impertinente a los fines del proceso. 2) Las audiencias de proveído y producción de prueba no deberán ser diferidas o suspendidas, salvo fuerza mayor. Se celebrarán con quien/es se presenten. En ambas audiencias se invitará a las partes a una conciliación o a encontrar otra forma de solución del conflicto (art. 19, CPCC) siendo todo lo tratado de carácter confidencial sin que lo actuado pueda sea merituado en la sentencia. Las partes son libres de mantener tratativas conciliatorias, sin provocar que las audiencias pasen a cuartos intermedios. 3) Se dispondrá la participación personal y presencial de las partes, para que las personas humanas y, en su caso, los representantes de las personas jurídicas, acudan a las audiencias. Podrán imponerse astreintes en caso de incomparecencia injustificada de una parte en favor de la parte asistente, y asimismo se podrán imponer sanciones disciplinarias en los términos de los artículos 222 y 223 de la Ley 10.160. 4) Si la parte es una persona jurídica, deberá concurrir a través de apoderado con facultades suficientes para conciliar, con conocimiento del juicio y con instrucciones precisas de su mandante, bajo apercibimiento de que su conducta pueda ser interpretada como favorable a la posición de la contraria. 5) El/la juez/a evaluará en la audiencia de proveído de prueba si corresponde aplicar la carga dinámica de la prueba y lo comunicará a las partes (art. 1735, CCCN), permitiéndose a la parte sobre la que recaiga una exigencia probatoria especial la producción de elementos de convicción que hagan a su defensa. 6) Una vez vencido el plazo para contestar la demanda, no hubiese mediado oposición y no hubiese prueba que diligenciar (en los términos del artículo 145 C.P.C.C.), o fuere desistida, se dictará directamente el decreto de autos. Contestada la demanda, si se evidenciara la inexistencia de hechos controvertidos, o se declarara que la cuestión debe ser resuelta como de puro derecho (arts. 145, 401 y 411, CPCC), el/la Juez/a podrá oír las alegaciones de las partes en esta audiencia y llamar autos para sentencia. 7) Contestada la demanda o resueltas las excepciones se abrirá de oficio la causa a prueba, fijando en el mismo auto la fecha de audiencia de conciliación y proveído de pruebas, para un plazo mínimo de treinta (30) y máximo de cuarenta (40) días corridos. Esta providencia será notificada de oficio por el juzgado. En los juicios orales y sumarísimos se convocará a la audiencia de conciliación y de proveído de prueba en un plazo máximo de treinta (30) o quince (15) días corridos respectivamente. 8) Los alegatos serán orales, en la audiencia de producción, recordando a las partes que los alegatos orales NO son leídos. Notifíquese por cédula, debiendo el Sr. Oficial notificador observar el estricto cumplimiento del art. 63 CPCC. En caso de resultar necesarios y a fin de conocer el actual domicilio de los demandados, líbrense oficios requiriéndose informes de rigor al Registro Nacional de las Personas y/o al Registro de Personas Jurídicas, Empresas y Contratos (RPJEC) y/o a la entidad que corresponda y/o en su caso adjuntes las partes informes Nosis y/o Veraz o similar a los fines de verificar domicilios potenciales. Autorízase a los postulantes a diligenciar tales despachos bajo su firma a tenor de lo normado en el art. 25 del CPCC. Las partes deberán cumplimentar con las reglas de presentación establecidas por la CSJSFE en Circular n° 106/25 de fecha 22 de octubre de 2025. Por tanto, la demanda y contestación de demanda deberán contar con una extensión no mayor a cuarenta páginas (40) de veintiséis renglones, y con letra de tamaño claramente legible (no menor de 12). Hágase saber a las partes que deberán presentar la documental fundante (art. 137 CPCC) de modo legible según volumen autorizado en SISFE por la CSJSFE (cf. Acuerdo celebrado el día 25.4.2023, Acta N° 11, de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe donde se habilita 6 -seismegabytes para presentaciones de demanda y contestación de demanda y 3 -tresmegabytes para los demás tipos de escritos) bajo apercibimiento de proceder al rechazo de la presentación. Se constituye a la parte oferente de la documental en depositaria de la misma, la que deberá ser sometida a control de parte y del tribunal a simple requerimiento. En caso de documental de gran volumen o tamaño o documental que se encuentre en otros formatos (audio, video, etc) la parte podrá ponerla a disposición del juzgado mediante pen drive o similar. El juzgado podrá disponer la forma de presentación de la misma. Asimismo, se hace constar que los oficios judiciales serán firmados en soporte digital encontrándose facultado el interesado a descargar el documento y diligenciarlo a sus efectos. A tal fin se encuentran autorizados los profesionales intervinientes en autos y/o a la persona que designen, quienes en uso de las atribuciones que le asisten como auxiliares de justicia (art. 25, CPCC), podrán remitir en forma digital mediante archivo pdf. el oficio judicial a su destinatario o efectuar la impresión del despacho para su tramitación. Para verificar autoría e integridad del documento e instrumental adjunta deberá acceder al sistema de autoconsulta de expedientes disponible en página web https://www.justiciasantafe.gov.ar/ consignando CUIJ del expediente y clave informática en pestaña “otros”con la clave: XXX. En su caso, podrá consultar a este Juzgado enviando correo electrónico al mail institucional XXX o comunicarse por vía telefónica al teléfono 472-1700 interno XXX. En acceso https://validafirma.pjn.gob.ar/ podrá verificar la firma del documento digital. El presente expediente puede ser visualizado en el enlace https://sisfe.justiciasantafe.gov.ar/login desde el apartado “otros” con la clave: XXX. Se pone a disposición el manual de ayuda para su consulta en la ruta https://sisfe.justiciasantafe.gov.ar/ayuda. Fdo: RAMIRO AVILÉ CRESPO, Juez – NICOLAS TAILLEUR, Prosecretario Subrogante. OTRO DECRETO: RECONQUISTA, 05 de Agosto de 2026.- Téngase presente la aclaración de los datos de inscripción del inmueble objeto de autos a saber: N° 3206 folio 114 Tomo 131 par Dpto. Gral Obligado. Continúe la causa según lo ordenado en proveído de fecha 11/06/2026. Acompañe proyecto de edicto y oficios correspondientes. Autorícese al peticionante a los fines del diligenciamiento. Notifíquese. Fdo: Antonio jesus pletenczuk, Juez Subrogante – Laura C. Cantero, Secretaria.- OTRO DECRETO: RECONQUISTA, 06 de Octubre de 2026 Aclárese el decreto de fecha 11/06/2026 con los siguientes datos: mail institucional civil3recon@justiciasantafe.gov.ar, teléfono del juzgado: 03482 – 439113 y clave de acceso: 3826. Notifiquese.- Fdo: ANTONIO JESUS PLETENCZUK, Juez Subrogante – Laura C. Cantero, Secretaria.- Reconquista (SF), 06 de Octubre de 2026.-
$ 1500 568883 Oct. 13 Oct. 15