picture_as_pdf 2026-10-05

ROSARIO


JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

VIVIANA ANDREA CONTRERAS


Disposición Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 14 de Rosario, hace saber que en los autos caratulados: RESONANCIAS S.A. C/ PEIRONE CARLOS S/ JUICIO EJECUTIVO”, CUIJ Nº 21-01557435, se ha dispuesto que la Martillera Viviana Andrea Contreras, matrícula 2265 -C- 213, proceda a vender en subasta pública, el 20 de octubre de 2026 a las 11:00 hs, en el Juzgado Comunitario de Pequeñas Causas sito en la calle Pueyrredón 917 en la ciudad de Granadero Baigorria, Pcia. de Santa Fe y por ante la actuaria, sobre el 50% indiviso del inmueble sito en calle San Lorenzo 1350 en la ciudad de Granadero Baigorria, Provincia de Santa Fe, que se detalla: 1) DESCRIPCIÓN: un lote de terreno con lo edificado, clavado y plantado situado en la ciudad de Granadero Baigorria, departamento Rosario, provincia de Santa Fe, designado como lote 26 b archivado en el Departamento Topográfico de la Dirección General de Catastro bajo el Nro. 135217/1994, ubicado en la calle San Lorenzo Nº 1350 entre las calles Arenales y Eva Perón. 2) DOMINIO: Inscripto en el Registro General de Rosario bajo Matricula 16-8285, Departamento: Rosario. Escritura matriz Nro: 126 de fecha 26/04/06, Folio: 306. consta Dominio 50%. 3) ESTADO: Ocupado. 3) EMBARGOS, HIPOTECAS, INHIBICIONES U OTRAS AFECTACIONES AL DOMINIO: 1) Afectación protección de la vivienda: Asiento 1- Rubro 7. 2) Embargo: Presentación 139254/23-05-2019, Asiento 2 -Rubro 7. 3) Inscripción definitiva Asiento 3 -Rubro 7.4) Reinscripción de embargo: Asiento 4 – Rubro 7. 4) DEUDAS: registra. 5) BASE: $ 21.000.000. 6) CONDICIONES DE SUBASTA: a) Los impuestos y tasas que se adeudaren por el inmueble a subastar como así también los gastos e impuestos por transferencia, nacionales (I.T.I.) y provinciales (L.I.A.), quedarán a cargo exclusivo de quien resulte adquirente. Recaerá en el escribano público la obligación de actuar como agente de retención de los impuestos que gravan la transferencia, asumiéndolo expresamente en el momento de aceptar el cargo. Asimismo, se hace saber que el acto de subasta se encuentra gravado por el impuesto previsto en el art. 19 inc. 4 d) L.I.A., el que resultará también a cargo del adquirente. Deberá el martillero actuante, como obligación inherente a su cargo, hacer saber tal circunstancia en el acto de martillar, así como a cuánto asciende el importe de lo adeudado; b) Para el caso de compras por terceros, fijase como condición de subasta que el adquirente designe en el acto de remate la identidad de la persona por la que adquiere, estableciéndose el término de cinco días para la ratificación por la persona indicada. Transcurrido este término sin la ratificación correspondiente, todos los efectos de la subasta se producirán respecto del adquirente que participó personalmente en el acto de remate; c) El martillero advertirá antes de comenzar el acto de remate y en los edictos a publicarse que el adquirente deberá abonar en el acto el 10% del valor de venta en concepto de seña y el 3% de la venta en concepto de comisión al martillero. Asimismo, que atento lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A., si la seña a abonar en el momento del remate fuere inferior o igual a la suma de $30.000.- deberá abonarse en efectivo al martillero interviniente, y en el caso de que fuera superior deberá completarse el monto mediante depósito y/o transferencia electrónica efectuado en cuenta judicial a nombre de este Juzgado y para estos autos, dentro de los dos días de realizada la subasta bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de perder la suma entregada. Hágase saber al martillero actuante que la suma percibida en concepto de seña deberá ser depositada en su totalidad en la cuenta abierta previamente en el Banco Municipal de Rosario, Suc. Caja de Abogados, a nombre de este Tribunal y para los presentes autos. Si se retiene suma alguna en concepto de “gastos realizados” deberá realizarse la correspondiente rendición en autos;

d) Asimismo, el martillero advertirá antes de comenzar el acto de remate y en los edictos a publicarse que el saldo de precio que deberá pagar el adquirente será abonado al aprobarse la subasta de conformidad con el art. 499 del C.P.C. y si intimado no efectuare el pago, se dejará sin efecto la misma con los efectos previstos por el art. 497 del C.P.C. Dicho saldo deberá depositarse y/o transferirse al Banco Municipal -Sucursal Caja de Abogados- a la orden de este Juzgado y para estos autos; e) El comprador en subasta no podrá hacer uso de la opción que le confiere el art. 505 párrafo 2° del CP. C; f) Hágase saber que previo a la aprobación de la subasta del inmueble se deberá oficiar al Registro General Rosario, con copia certificada del acta de remate a fin de que se tome razón marginal de la misma, sin que implique transferencia a favor del adquirente, la que se efectivizará una vez reunidos los requisitos correspondientes; 7) TRANSCRIPCIÓN DE LOS DECRETOS QUE LA ORDENAN: Decreto del 04/09/2026. Con los autos a la vista se proveen los escrito cargo Nº 10480/2026: Por notificada. Téngase presente lo manifestado. Y proveyendo escrito cargo nº 10884/26: Atento lo informado y solicitado por la martillera interviniente en autos, se deja sin efecto el decreto de fecha 02/09/2025 en lo que dispone: “1) Téngase por designado el día 01/10/2025 a las 11 HS en las instalaciones del Juzgado Comunitario de Pequeñas Causas de la localidad de Granadero Baigorria la realización de la subasta del 50% del inmueble de propiedad del demandada sito en calle San Lorenzo Nº 1350 de Baigorria, inscripto en el Registro General Rosario bajo matrícula 168285, Departamento Rosario, partida de impuesto inmobiliario nº 16-02-00-333975/0017-9. Se hace saber que si dicho día resultare inhábil y/o por razones de fuerza mayor no se pudiera realizar, se efectuará el día hábil posterior inmediato a la misma hora y en el mismo lugar. 2) A los fines de la publicación de edictos, desígnase el diario BOLETIN OFICIAL y hall de los Tribunales Provinciales de Rosario. Publicidad adicional: dos avisos en el diario La Capital de Rosario y volantes. Hágase saber que la propiedad saldrá a la venta con carácter OCUPADO, con una base de $42.000.000.- no habiendo interesados y en el mismo acto saldrá a la venta con una última retasa del 25% (o sea por la suma de $31.500.000.-). Si tampoco hubiere oferentes se retirará de la venta.-“ e “i) La fecha y hora de exhibición del inmueble se establece en el 4to y 5to día antes del remate en el horario de 15 a 17 hs. debiendo hacer saber tal circunstancia a los demandados y/o ocupantes a sus efectos”. En su lugar se dispone: “1) Téngase por designado el día 20 de OCTUBRE del 2026 a las 11:00 horas en las instalaciones del Juzgado Comunitario de Pequeñas Causas de la localidad de Granadero Baigorria (Pueyrredón 917) la realización de la subasta del 50% del inmueble de propiedad del demandado sito en calle San Lorenzo Nº 1350 de Baigorria, inscripto en el Registro General Rosario bajo matrícula 168285 Departamento Rosario, partida de impuesto inmobiliario nº 16-02-00-333975/0017-9. Se hace saber que, si dicho día resultare inhábil y/o por razones de fuerza mayor no se pudiera realizar, se efectuará el día hábil posterior inmediato a la misma hora y en el mismo lugar. 2) A los fines de la publicación de edictos, desígnase el diario BOLETIN OFICIAL y hall de los Tribunales Provinciales de Rosario. Publicidad adicional: dos avisos en el diario La Capital de Rosario y volantes. Hágase saber que la propiedad saldrá a la venta con carácter OCUPADO, con una única base de $ 21.000.000-. Si no hubiera oferentes, se retirará de la venta” e “i) La fecha y hora de exhibición del inmueble se establece en el día 08/10/2026 en el horario de 16 a 19 hs. debiendo hacer saber tal circunstancia a los demandados y/o ocupantes a sus efectos”. Notifíquese por cédula a todas las partes intervinientes el presente junto con el decreto de condiciones de subasta del 02/09/2025. DRA. MA. KARINA ARRECHE - DR. MARCELO CARLOS MAURICIO QUAGLIA “y Decreto del 02/09/2025: “ROSARIO, en la fecha asignada por el SISFE. 1) Téngase por designado el día 01/10/2025 a las 11 HS en las instalaciones del Juzgado Comunitario de Pequeñas Causas de la localidad de Granadero Baigorria la realización de la subasta del 50% del inmueble de propiedad del demandado sito en calle San Lorenzo Nº1350 de Baigorria, inscripto en el Registro General Rosario bajo matrícula 168285 Departamento Rosario, partida de impuesto inmobiliario n°16-02-00-333975/0017-9. Se hace saber que si dicho día resultare inhábil y/o por razones de fuerza mayor no se pudiera realizar, se efectuará el día hábil posterior inmediato a la misma hora y en el mismo lugar. 2) A los fines de la publicación de edictos, desígnese el diario BOLETIN OFICIAL y hall de los Tribunales Provinciales de Rosario. Publicidad adicional: dos avisos en el diario La Capital de Rosario y volantes. Hágase saber que la propiedad saldrá a la venta con carácter OCUPADO, con una base de $42.000.000.- no habiendo interesados y en el mismo acto saldrá a la venta con una última retasa del 25% (o sea por la suma de $31.500.000. -). Si tampoco hubiere oferentes se retirará de la venta.-; 3) Asimismo, impónese como condiciones de subasta que: a) Los impuestos y tasas que se adeudaren por el inmueble a subastar como así también los gastos e impuestos por transferencia, nacionales (J.T.I.) y provinciales (L.I.A.), quedarán a cargo exclusivo de quien resulte adquirente. Recaerá en el escribano público la obligación de actuar como agente de retención de los impuestos que gravan la transferencia, asumiéndolo expresamente en el momento de aceptar el cargo. Asimismo, se hace saber que el acto de subasta se encuentra gravado por el impuesto previsto en el art. 19 inc. 4 d) L.I.A., el que resultará también a cargo del adquirente. Deberá el martillero actuante, como obligación inherente a su cargo, hacer saber tal circunstancia en el acto de martillar, así como a cuánto asciende el importe de lo adeudado; b) Para el caso de compras por terceros, fijase como condición de subasta que el adquirente designe en el acto de remate la identidad de la persona por la que adquiere, estableciéndose el término de cinco días para la ratificación por la persona indicada. Transcurrido este término sin la ratificación correspondiente, todos los efectos de la subasta se producirán respecto del adquirente que participó personalmente en el acto de remate; c) El martillero advertirá antes de comenzar el acto de remate y en los edictos a publicarse que el adquirente deberá abonar en el acto el 10% del valor de venta en concepto de seña y el 3% de la venta en concepto de comisión al martillero. Asimismo, que atento lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A., si la seña a abonar en el momento del remate fuere inferior o igual a la suma de $30.000.- deberá abonarse en efectivo al martillero interviniente, y en el caso de que fuera superior deberá completarse el monto mediante depósito y/o transferencia electrónica efectuado en cuenta judicial a nombre de este Juzgado y para estos autos, dentro de los dos días de realizada la subasta bajo los apercibimientos en caso de incumplimiento de perder la suma entregada. Hágase saber al martillero actuante que la suma percibida en concepto de seña deberá ser depositada en su totalidad en la cuenta abierta previamente en el Banco Municipal de Rosario, Suc. Caja de Abogados, a nombre de este Tribunal y para los presentes autos. Si se retiene suma alguna en concepto de “gastos realizados” deberá realizarse la correspondiente rendición en autos; d) Asimismo, el martillero advertirá antes de comenzar el acto de remate y en los edictos a publicarse que el saldo de precio que deberá pagar el adquirente será abonado al aprobarse la subasta de conformidad con el art. 499 del C.P.C. y si intimado no efectuare el pago, se dejará sin efecto la misma con los efectos previstos por el art. 497 del C.P.C. Dicho saldo deberá depositarse y/o transferirse al Banco Municipal -Sucursal Caja de Abogados- a la orden de este Juzgado y para estos autos; e) El comprador en subasta no podrá hacer uso de la opción que le confiere el art, 505 párrafo 2° del C.P.C; f) Hágase saber que previo a la aprobación de la subasta del inmueble se deberá oficiar al Registro General Rosario, con copia certificada del acta de remate a fin de que se tome razón marginal de la misma, sin que implique transferencia a favor del adquirente, la que se efectivizará una vez reunidos los requisitos correspondientes; g) Asimismo, el expediente deberá ser entregado al Juzgado cinco días antes a la realización de la subasta y a los fines previstos por los arts. 494 y 495 del C.P.C. y permanecerá en Secretaría. Notifíquese; h) Ofíciese al Juzgado de Colegio de Martilleros a los fines de notificar la fecha de subasta; i) La fecha y hora de exhibición del inmueble se establece en el 4to y 5to día antes del remate en el horario de 15 a 17 hs. debiendo hacer saber tal circunstancia a los demandados y/o ocupantes a sus efectos. j) Efectúese las comunicaciones del art. 506 del CPCCSF, librándose los despachos pertinentes, con la debida antelación, debiendo acompañarse las constancias del diligenciamiento antes de la subasta, sin perjuicio de lo dispuesto por el art. 503 del CPCCSF. Notifíquese por cédula a las partes, DRA. MA. KARINA ARRECHE - DR. MARCELO CARLOS MAURICIO QUAGLIA Secretario Juez”. 8) CUENTA JUDICIAL: Banco Municipal de Rosario, Sucursal 80, Caja de Abogados, Tipo de Cuenta: PESOS - Nro. de Cuenta: 52859156 CBU: 0650080103000528591560- 9) TÍTULOS DE PROPIEDAD: El título de propiedad (Segundo Testimonio) se encuentra glosado en autos para ser examinado por los interesados, advirtiéndose que después del remate no se admitirá reclamación alguna por insuficiencia o falta de ellos.- 10) EXHIBICIÓN DE LA PROPIEDAD: 08/10/2026 de 16:00 a 19:00 hs. Rosario, 28 de septiembre de 2026. Ma. Karina Arreche, Secretaria Subrogante.

$ 2700 568511 Oct. 5 Oct. 7