picture_as_pdf 2026-09-29

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ROSARIO

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CAMARA DE APELACIONES


Por disposición de la Sala Tercera de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de la ciudad de Rosario, y dentro de autos caratulados: “BABSIA, MARIA ANDREA c/ HEREDEROS DE LAMANNA, HECTOR VICENTE SAVERIO Y OTROS s/Prescripción Adquisitiva” (C.U.I.J. Nº 21-02950735-7), se hace saber que se ha dictado lo siguiente: “ACUERDO Nº 248- Tº 2026 - Rosario, 26 de Agosto de 2026 1. Antecedentes ..... 2. Solución ..... Con lo que terminó el Acuerdo, y atento sus fundamentos y conclusiones, la Sala Tercera -integrada- de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario; RESUELVE: 1. Rechazar el recurso de apelación interpuesto. 2. Confirmar lo decidido por la Jueza de grado mediante Sentencia nº 307/2025. 3. Imponer las costas de esta instancia a la demandada (art. 251, CPCC), sin perjuicio de que la retribución de la Defensora de oficio sea finalmente soportada por la actora, conforme fuera expuesto en las consideraciones precedentes. 4. Fijar los honorarios de los profesionales que actuaron ante esta Alzada en el 50% de los que se regulen en primera instancia. Insértese y hágase saber. (“BABSIA MARÍA ANDREA c/LAMANNA HECTOR VICENTE SAVERIO Y OTROS s/Prescripción Adquisitiva”, CUIJ. 21-02950735-7). Fdo: Dra. Cinalli; Dr. Molina; Dr. Muñoz; (Vocales); Dr. Martínez Mallada, Pro Secretario.


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JUZGADO DE FAMILIA


Por disposición de JUZGADO UNIPERSONAL DE FAMILIA NRO. 11 A CARGO DE LA DRA. ANDREA MARIEL BRUNETTI Secretaría a cargo de la Dra. Lorena Bottini, en autos caratulados: “PEREYRA, JORDAN GAEL Y OTROS s/Control de Legalidad de Medidas Excepcionales Y Urgentes Ley 12.967” CUIJ Nº 21-11462036-7, se ha dispuesto notificar por edictos a Julieta Nicolle Altamiranda D.N.I. 44.067.390 lo siguiente: “ROSARIO, 31 de Agosto de 2026 Cargo Nro. 12.451/26: Por notificada resolución definitiva de Medida de Protección Excepcional mediante Disposición Nro. 140/26. Por peticionado control de legalidad. (...) Cítese a los progenitores a comparecer a estar a derecho, expedirse sobre las medidas definitivas propuestas por la autoridad de aplicación y ofrecer prueba por el término de 10 días bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación (art. 66 bis Ley 12.967). Notifíquese por cédula y a la Defensoría General en su público despacho.Fdo: Dra. Brunetti (Jueza). Rosario, 23 de septiembre de 2026.Dra. Bottini,secretaria.


S/C 568148 Sep. 29 Oct. 6

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Com. de la Décima Nominación de Rosario, en autos: “GANADERA ROBEL SRL s/Pedido de Quiebra Por Acreedor” registrados bajo el CUIJ 21-03004591-9 por resolución nº 904 de fecha 23.09.26 se ha declarado la quiebra de GANADERA ROBEL SRL CUIT Nº 30-71845382-4, con domicilio en calle Cerrito 1176 de la ciudad de Álvarez, Provincia de Santa Fe. Queda prohibido hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. El nombre del síndico y las fechas para la presentación de solicitudes de verificación y para los informes individuales y general se harán saber por otro edicto. Publíquese por 5 días en el BOLETÍN OFICIAL. Dra. Marianela Maulion -Secretaria. Rosario, 24 de septiembre de 2026.


S/C 568149 Sep. 29 Oct. 2

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 3ra. Nominación de Rosario, en los autos caratulados: CROCCO, DIEGO GASTON s/Quiebra 21-03003226-5, ha dispuesto lo siguiente: “ROSARIO, 11 de Marzo de 2026. VISTOS Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Declarando en estado de quiebra a Diego Gaston Crocco (DNI 25.328.630) domiciliado en calle Urquiza Nº 1630, PA de la ciudad de Perez, y domiciliado legalmente en calle Reconquista Nº 1638, Dpto. 1 de Rosario....FDO. DRA. MAYRA IBAÑEZ Secretaria, Subrogante DR. EZEQUIEL ZABALE Juez. “ROSARIO, 28 de Agosto de 2026. Y VISTOS: Estos autos caratulados: “CROCCO, DIEGO GASTON s/Quiebra” (CUIJ 21-03003226-5), Y CONSIDERANDO: Que habiendo aceptado cargo la Sindicatura designada en autos, corresponde se fijen fechas para la verificación de créditos y la presentación de los informes individuales y general en los presentes. Por lo tanto, RESUELVO: 1) Fijar 24/09/2026 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar sus pedidos de verificación al CPN. ELEONORA RIVA, con domicilio en calle Cochabamba 462 de la ciudad de Rosario, Horario de atención de 09 a 15 hs. 2) Fijar el 06/11/2026 para la presentación por el Síndico del informe individual sobre los créditos con las exigencias determinadas en el Art. 35, 2do. párr., LCQ. 3) Fijar el 23/12/2026 para la presentación del informe general por el Síndico.- 4) Fíjese audiencia informativa para el día 28/06/2027 y como fecha de finalización del período de exclusividad el día 06/07/2027. 5) Ordenar publicar edictos haciendo conocer lo aquí decidido en el BOLETÍN OFICIAL.- Insértese y hágase saber. FDO. DRA. MAYRA IBAÑEZ Secretaria, Subrogante. DR. EZEQUIEL ZABALE Juez. En la ciudad de Rosario, a los 31 días del mes de julio de dos mil veintiséis, hallándose el Secretario del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 3a Nominación de Rosario en su despacho y en audiencia pública, comparece el CPN ELEONORA RIVA, inscripta en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe bajo matrícula $N”{o}$ 16401, se presenta y dice: Que habiendo sido designada SINDICA en autos: “CROCCO, DIEGO GASTON s/Quiebra” EXPTE. $N”{o}$ 21-03003226-5, viene a aceptar el cargo, jurando desempeñarlo fiel y legalmente, constituyendo domicilio a los efectos legales en Cochabamba 462 de Rosario y horario de atención de lunes a viernes de 14 a 20 horas. constituyendo domicilio digital en el mail juanpablomagnani@gmail.com. Rosario, 03 de septiembre de 2026. Mayra Ibañez, secretaria, subrogante.

S/C 568092 Sep. 29 Oct. 6


Por disposición de la Dra. Jorgelina Entrocasi (Jueza) del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual de la 6ª Nominación de la ciudad de Rosario, dentro de los autos: TURRI, JUAN JOSE c/LIZZI, LORENA VIVIANA Y OT. s/Daños Y Perjuicios” EXPTE. Nº 21-11905300-2 se llama y emplaza a la SRA. LORENA VIVIANA LIZZI, DNI Nº 26.356.217, a los fines de que comparezca a estar a derecho, por sí o por apoderado, dentro del término de 3 (tres) días y bajo apercibimientos de ley. A continuación, y para un mayor resguardo de derechos se transcribe el decreto a otificar: Rosario, 15 de septiembre de 2026. Atento lo manifestado, cítese por edictos a la Sra. LORENA VIVIANA LIZZI para que comparezca a estar a derecho por sí o por apoderado dentro del término de tres días y bajo apercibimientos de ley publicándose los mismos en el diario “BOLETÍN OFICIAL”. - Fdo: Dr. Christian Bitetti (Secretario) y Dra. Jorgelina Entrocasi (Jueza). 17 de septiembre 2026.

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Por disposición de la Dra. Jorgelina Entrocasi (Jueza) y del Dr. Christian Bitetti (Secretario), del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual de la 6ª Nominación de la ciudad de Rosario, dentro de los autos: “CARROZZO, AIXA AGOSTINA Y OT. c/ GARAY, LAURA GISELA Y OT. s/Daños Y Perjuicios” EXPTE. Nº 21-11904462-3, atento a que el co-demandado SR. DIEGO JESUS SACCHI, DNI Nº 29.415.740, no compareció a estar a derecho, pese a encontrarse debidamente notificado según edicto acompañado en escrito cargo Nº 10178/2026, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláreselo rebelde. A continuación, y para un mayor resguardo de derechos se transcribe el decreto a notificar: “Rosario, 9 de septiembre de 2026. Atento que el co-demandado DIEGO JESUS SACCHI no compareció a estar a derecho, pese a encontrarse debidamente notificado según edicto acompañado en escrito cargo Nº 10178/2026, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláreselo rebelde. NOTIFÍQUESE POR EDICTO”. Fdo: Dr. Christian Bitetti (Secretario) y Dra. Jorgelina Entrocasi (Jueza). 15 de septiembre de 2026. Dra. Bittetti, secretario.

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Por disposición de la Dra. Analía Vicente (Secretaria) y del Dr. Federico Lema (Juez Subrogante) del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual de la 4ª Nominación de la ciudad de Rosario, dentro de los autos: “FANALE, LUCAS ESTEBAN c/ SPILJ, JUAN ANGEL Y OT. s/Daños Y Perjuicios” EXPTE. Nº 21-11903075-4, se los declara REBELDES a los demandados SR. JUAN ANGEL SPILJ, DNI Nº 13.958.085 y SRA. ALEJANDRA LIDIA PEREYRA, DNI Nº 17.850.760, por no comparecer a estar a derecho pese a encontrarse debidamente notificados por edictos. A continuación, y para un mayor resguardo de derechos se transcribe el decreto a notificar: Rosario, 14 de septiembre de 2026. Proveyendo escrito cargo Nº 9483/26: Atento que los demandados SPIU JUAN ANGEL Y PEREYRA ALEJANDRA LIDIA no comparecieron a estar a derecho pese a encontrarse debidamente notificado por edictos, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláreselos rebeldes. Firme que estuviere el presente, procédase al sorteo de Defensor de Oficio. Notifíquese por EDICTOS al demandado rebelde y por CÉDULA a las partes intervinientes”. Fdo: Dra. Analía Vicente (Secretaria) y Dr. Federico Lema (Juez Subrogante).

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Por disposición del Juez del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual de la Octava Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. IGNACIO V. AGUIRRE, Secretaría a cargo de la Dra. MARIA GUADALUPE GORDILLO, dentro de los autos caratulados: “ACUÑA, GUSTAVO ADRIAN Y OTROS c/ FAVALLI, MAURO NESTOR Y OTROS s/Daños Y Perjuicios” Expte. Cuij. 21-11901049-4, se ha declarado rebelde al demandado FAVALLI MAURO NESTOR DNI Nº 29.690.343. A continuación, se transcribe el decreto que así lo ordena: “ROSARIO, 27 de agosto de 2026. Atento que el demandado FAVALLI MAURO NESTOR, no compareció a estar a derecho ni contestó la demanda, pese a encontrarse debidamente notificado según edictos obrantes en escrito cargo 9558/26, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláreselo rebelde y désele por decaído el derecho dejado de usar. NOTIFÍQUESE POR EDICTOS.- Fdo: Dr. AGUIRRE (Juez); Dra. BARTOLOME (Prosecretaria). Secretaria, 16/09/2026. Dra. Maria Gordillo, secretaria.

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nom. de Rosario, Luciano D. Juarez, se hace saber a los interesados que en los autos caratulados "CENTRO SERVICIAL CORBINO SRL S/ CONCURSO PREVENTIVO – HOY QUIEBRA" (CUIJ 21-01322033-3 – Expte. Nº 668/2012), mediante resolución Nº 673 de fecha 25/09/2026, se ha declarado la quiebra de CENTRO SERVICIAL CORBINO S.R.L. (CUIT 30-70910022-6), inscripta en el Registro Público de Rosario al Tº 155, Fº 28539, Nº 2237 de fecha 29/12/2004 y modificatorias, con domicilio social inscripto sito en calle Juan José Paso Nº 7499 de Rosario y domicilio ad litem en calle Santa Fe 1123, 4 k de Rosario, por incumplimiento del acuerdo homologado (art. 63, LCQ). Entreguen los terceros y fallido los bienes de éste al síndico dentro de las veinticuatro horas, así como los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad. Prohíbese hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. Ordenar la continuación en el desempeño del síndico suplente Leandro Santiago Juárez, con domicilio en Francia Nº 2374 de Rosario. Disponer como procedimiento, para que los acreedores -posteriores a la presentación en concurso preventivo- requieran la verificación de sus respectivas acreencias, la vía incidental de conformidad con lo dispuesto por el art. 202, LCQ. Ordenar a la sindicatura, efectuar el recálculo de los créditos que hubieran obtenido verificación en el concurso (art. 202, 2do. párr., LCQ). Fijar para la presentación del informe general (art. 39, LCQ) el día 25 de febrero de 2027. Dra. María José Casas. Secretaria. Sin cargo. Por 5 días. MARÍA JOSÉ CASAS Secretaria.

S/C 568282 Sep. 29 Oct. 6


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Por disposición del Juzgado Unipersonal de Respons. Extrac. Nº 1 de la ciudad de Rosario, dentro de los autos caratulados: “SANSO, MARIA ROSA FERNANDA Y OTROS c/ D’AGATA, ROGELIO ANDRES s/Daños Y Perjuicios” (CUIJ 21-11893982-1), se ha dispuesto notificar al demandado LEANDRO SCHNEIDEWIND (DNI Nº 35.221.851) que se ha fijado fecha de audiencia de vista de causa (art. 555, CPCCSF) para el día 13 de octubre de 2026 a las 12:00 hs. y que se lo cita en dicha audiencia a absolver posiciones, bajo apercibimiento que si dejara de comparecer sin justa causa o no concurriera a la que nuevamente se determine cuando ésta existiera o si comparecido se negare a declarar, será tenido por confeso en la sentencia. A continuación, se transcriben los decretos que así lo disponen: “ROSARIO, 18 de Setiembre de 2025. [...] Confesional: A fin de que los actores y los demandados absuelvan posiciones, se los cita a comparecer a la Audiencia de Vista de Causa, bajo apercibimiento de que si dejaran de comparecer sin justa causa o no concurrieren a la que nuevamente se determine cuando ésta existiera o si comparecidos se negaren a declarar, serán tenidos por confesos en la sentencia (art. 162, CPCC) [...]“. Firmado: DR. EDGARDO M. BONOMELLI (Juez en suplencia). Y OTRO: “ROSARIO, 13 de Agosto de 2026.- Atento lo solicitado: fijase fecha de audiencia de vista de causa (art. 555, CPCCSF) para el día 13 de octubre de 2026 a las 12:00 hs. Hágase saber que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la incomparecencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la ley 12.851 (ley de aranceles profesionales). NOTIFÍQUESE POR CÉDULA”. Firmado: DR. RAMIRO AVILE CRESPO (Juez). ROSARIO, 15 de septiembre de 2026. Dra. White, secretaria.

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Por disposición del Juzgado unipersonal de Respons. Extrac. N° 6 de la ciudad de Rosario, dentro de los autos caratulados: LOPEZ LUCAS LEANDRO c/ BRITOS CAROLINA ROCIO Y OTROS s/Daños Y Perjuicios 21-11901265-9 Nro. Expediente: 462/2025, se ha RESUELTO DECLARAR REBELDE AL Sr. NICOLAS RODOLFO NAVA, DNI. 34.602.991. A continuación, se transcriben La resolución que así lo ordena: ROSARIO, 28/08/2026. Atento que el co-demandado NICOLAS RODOLFO NAVA no compareció a estar a derecho, pese a encontrarse debidamente notificado según edicto acompañado en escrito cargo Nº 9500/2026, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláreselo rebelde. NOTIFÍQUESE POR EDICTO. FDO. DR. CHRISTIAN BITETTI (Secretaria) DRA. JORGELINA ENTROCASSI (Jueza).

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Por disposición de la Sra. Juez, Dra. Lucrecia Mantello, del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de Rosario, en autos: LLORENS, ALBERTO JUAN c/ANGROST PARANA SA Y OTROS s/ Incumplimiento De Contrato CUIJ Nº 21-02918400-0, se ha ordenado publicar Edictos en el BOLETÍN OFICIAL de Santa Fe por tres (3) días, a los fines de la comparecencia a estar a derecho de los Herederos del Co-demandado Sr. Mario Rubén Contreras, titular del DNI Nº 18.411.675, en término de tres (3) días y bajo apercibimientos de ordenarse su rebeldía y procederse al sorteo de un Defensor de oficio. Rosario, 17 Septiembre de 2026. Silvina Rubulotta, secretaria.

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La Señora Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito de la 9° Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Dra. María Fabiana Genesio (Jueza), en autos caratulados: “BANCO MACRO SA c/ PERRONE, LUCAS LEONEL Y OTROS s/Juicio Ejecutivo”, CUIJ: 21-02893106-6 ha dispuesto notificar por edictos al co-demandado en autos, Sr. EDUARDO ALBERTO ARTERO, titular del DNI Nº 14.535.955, que se ha dictado la siguiente: Nº 1114. Rosario, 30/12/2024. Rosario, VISTOS: los autos caratulados: BANCO MACRO SA c/PERRONE, LUCAS LEONEL Y OTROS s/Juicio Ejecutivo, tramitados por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9º Nominación de Rosario.- CONSIDERANDO: Atento la solicitud de regulación de honorarios efectuada, corresponde tener presente las previsiones de la Ley 6767 (T.O. 12851) especialmente en sus artículos 4 y 5. En el caso, tratándose de un ejecutivo corresponde regular honorarios conforme lo previsto por el art. 7 inc. 2 b) de la Ley 6767. La regulación de honorarios será actualizada con la unidad de valor jus hasta tanto la presente no se encuentre firme, ocurrido lo cual, se le aplicará la tasa de interés establecida en los presentes. (art. 772 CCCN y criterio CSJSF “Municipalidad de Santa Fe contra Bergagna, Eduardo. Apremio Fiscal- (Expte. 121/10) sobre Recurso de Inconstitucionalidad” (Expte. CSJ Nro. 578, año 2011). RESUELVO: Regular los honorarios de Suarez Marcelo Sebastian en 1,47 jus (equivalente a la suma de $135.690,6), más aportes de ley e IVA en caso de corresponder. Los honorarios regulados serán abonados por quien corresponda y devengarán desde la mora un interés que se fija en una vez y media la tasa activa sumada que publica el Banco de Nación Argentina para operaciones de descuento de Documento a 30 días. Insértese y hágase saber.” Fdo: Veronica A. Accinelli (Secretaria); Dra. María Fabiana Genesio (Jueza). 17 de septiembre de 2026. Dra. Accinelli, secretaria.

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Por disposición del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la 20º Nominación de Rosario dentro los autos caratulados: “VIDAL, CLAUDIO JOSE Y OTROS C/ MARTINO, LEONOR Y OTROS s/Usucapión” Cuij 21-02976971-8, Secretaria de la autorizante se ha ordenado publicación de edictos en BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales por el termino de ley del siguiente decreto: ROSARIO, 27 de Agosto de 2026. Encontrándose acreditado el fallecimiento de Esteban Ceregido y de Bernarda Ceregido, cítese y emplácese a los herederos de Esteban Ceregido y Bernarda Ceregido a comparecer a estar a derecho por el término y bajo los apercibimientos de ley. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL de conformidad con lo previsto por el art. 597 del CPCCSF. Ofíciese al Registro de Procesos Universales a fin de que informe si se ha iniciado juicio de declaratoria de herederos de los demandados fallecidos. Atento no encontrarse datos respecto del demandado Martina Leonor, cítesela por edictos. Firmado: Dr Javier Matias Chena (Secretario).

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 14° Nominación de Rosario, Dr. MARCELO QUAGLIA se ha ordenado citar y emplazar a los herederos de MARIA ELENA BALDINI (L.C Nº 5.503.951) para que comparezcan a estar a derecho, por edictos que se publicarán tres veces en el BOLETÍN OFICIAL, venciendo el término cinco días después de la última publicación, bajo apercibimiento de ley. Autos caratulados: “GENNAI EGILIO s/ Declaratoria De Herederos” Expte CUIJ Nº 21-01565618-9. Rosario, 16 de Septiembre de 2026. Dra. Ma. Karina Arreche, Secretaria Subrogante.

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito de Ejecución Civil de la 2da. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS SRL, por un día en los Autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE ROLDAN C/ ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS SRL S/ APREMIOS FISCALES MUNICIPALES Y/O COMUNALES” CUIJ 21-13957224-3, según decreto que a continuación se transcribe: “Rosario, fecha conforme constancias digitales obrantes en el SISFE. Por presentada, con domicilio constituido y en el carácter indicado a mérito del poder invocado. Por promovida DEMANDA DE APREMIO (Ley nro. 5.066). Cítese de remate a la parte demandada para que en el término de OCHO DÍAS oponga excepción legítima bajo apercibimiento de llevar adelante la ejecución. Téngase presente la designación de Notificador ad hoc si hubiera/u siclo propuesto/s. Trábese embargo en bienes de la parte demandada por el capital reclamado con más un 50% estimados provisoriamente para intereses y costas. Dese al presente la TRAMITACION DIGITAL prevista en el Acuerdo del 30/08/2023, Acta 28, punto 5 de la C.S.J.S.F.. Los originales de la documental fundante y de todo otro instrumento presentado o a presentarse digitalmente permanecerá en poder de la parte actora o su representante, según corresponda a la naturaleza del instrumento, en carácter de depositario/as judiciales, debiendo incorporar el original sólo en caso de serle requerido. El/la profesional de la PARTE DEMANDADA podrá tomar conocimiento del expediente digital y realizar la presentación que estime a su derecho, ele manera rápida y en línea mediante AUTOCONSUL TA WEB DE SISFE y utilizar la opción “PRIMERA. VINCULACIÓN”. Ver instructivo: https://www.justiciasantafe.gov.ar CLARO Se hace saber a la demandada que podrá solicitar una EXPLICACIÓN EN LENGUAJE enviando circuitoeje2prorossecl@justiciasantafe.gov.ar un correo electrónico a Aplíquese la duplicidad de términos, incluido el de caducidad, en beneficio de todas las partes intervinientes (art. 5, Ley nro. 7234, modif., según Ley 9040). Notifíquese por cédula bajo firma de profesional (art. 25 C.P.C.C.). En los autos “MUNICIPALIDAD DE ROLDAN C/ ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS SRL S/ APREMIOS FISCALES MUNICIPALES Y/O COMUNALES” CUIJ 21-13936292-3, se comprobó con informes de los Oficiales Notificadores la imposibilidad de notificar exitosamente en los domicilios constituidos en el título ejecutado y en el Registro Público de Comercio (San Martín 515, piso 1 de Rosario y Alberdi 1991 de Funes, respectivamente). Razones ele economía procesal y celeridad (art. 21 C.P.C.C.), permiten tener por acreditados los requisitos para notificar por EDICTOS en relación a la parte demandada, librándose por Secretaría. Sin perjuicio de ello, deberá también notificarse en el DOMICILIO DEL INMUEBLE generador del tributo (art. 21 C.P.C.C.). Juzgado de 1a. Inst. de Distrito de Ejecución Civil 2a. Nom. de Rosario a cargo de: Dra. MARÍA ELVIRA LONGHI -Secretaria; Dr. LUCIANO A. BALLARINI-Juez- civileje2proros@justiciasantafe.gov.ar

S/C 568133 Set. 29 Oct. 2

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito de Ejecución Civil de la 2da Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS SRL, por un día en los Autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE ROLDAN C/ ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS SRL S/ APREMIOS FISCALES MUNICIPALES Y/O COMUNALES” CUIJ 21-13957219-7 según decreto que a continuación se transcribe: “ Rosario, fecha conforme constancias digitales obrantes en el SISFE. Por presentada, con domicilio constituido y en el carácter indicado a mérito del poder invocado. Por promovida DEMANDA DE APREMIO (Ley nro. 5.066). Cítese de remate a la parte demandada para que en el término de OCHO DÍAS oponga excepción legítima bajo apercibimiento de llevar adelante la ejecución. Téngase presente la designación de Notificador ad hoc si hubiera/n sido propuesto/s. Trábese embargo en bienes de la parte demandada por el capital reclamado con más un 50% estimados provisoriamente para intereses y costas. Dese al presente la TRAMITACION DIGITAL prevista en el Acuerdo del 30/08/2023, Acta 28, punto 5 ele la C.S.J.S.F.. Los originales ele la documental fundante y de todo otro instrumento presentado o a presentarse digitalmente permanecerá en poder de la parte actora o su representante, según corresponda a la naturaleza del instrumento, en carácter de depositario/as judiciales, debiendo incorporar el original sólo en caso de serle requerido. El/la profesional de la PARTE DE1\.1ANDADA podrá tomar conocimiento del ex11ecliente digital y realizar la presentación que estime a su derecho, de manera rápida y en línea mediante AUTOCONSULTA WEB DE SISFE y utilizar la opción “PRIMERA. VINCULACIÓN”. Ver instructivo: https://www.justiciasantafe.gov.ar CLARO Se hace saber a la demandada que podrá solicitar una EXPLICACIÓN EN LENGUAJE enviando circuitoeje2prorossec1@justiciasantafe.gov.ar un correo electrónico a Aplíquese la duplicidad de términos, incluido el de caducidad, en beneficio de todas las partes intervinientes (art. 5, ley nro. 7234, modif., según ley 9040). Notifíquese por cédula bajo firma de profesional (art. 25 C.P.C.C.). En los autos “MUNICIPALIDAD DE ROLDAN C/ ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS SRL S/ APREMIOS FISCALES MUNICIPALES Y/O COMUNALES” CUIJ 21-13936292-3 se comprobó con informes de los Oficiales Notificadores la imposibilidad de notificar exitosamente en los domicilios constituidos en el título ejecutado y en el Registro Público de Comercio (San Martín 515, piso 1 de Rosario y Alberdi 1991 de Funes, respectivamente). Razones de economía procesal y celeridad (art. 21 C.P.C.C.), permiten tener por acreditados los requisitos para notificar por EDICTOS en relación a la parte demandada, librándose por Secretaría. Sin perjuicio de ello, deberá también notificarse en el DOMICILIO DEL INMUEBLE generador del tributo (art. 21 C.P.C.C.). Juzgado de 1a. Inst. de Distrito de Ejecución Civil 2a. Nom. de Rosario a cargo de: Dra. MARIA ELVIRA LONGHI -Secretaria; Dr. LUCIANO A. BALLARINI -Juez- civileje2proros@justiciasantafe.gov.ar.

S/C 568127 Set. 29 Oct. 2

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito de Ejecución Civil de la 2da. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS SRL, por un día en los Autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE ROLDAN C/ ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS SRL S/ APREMIOS FISCALES MUNICIPALES Y/O COMUNALES” CUIJ 21-13957049-6 según decreto que a continuación se transcribe: “ Rosario, fecha conforme constancias digitales obrantes en el SISFE. Por presentada, con domicilio constituido y en el carácter indicado a mérito del poder invocado. Por promovida DEMANDA DE APREMIO (Ley nro. 5.066). Cítese de remate a la parte demandada para que en el término de OCHO DÍAS oponga excepción legítima bajo apercibimiento ele llevar adelante la ejecución. Téngase presente la designación de Notificador ad hoc si hubiera/n sido propuesto/s. Trábese embargo en bienes de la parte demandada por el capital reclamado con más un 50% estimados provisoriamente para intereses y costas. Dese al presente la TRAMITACION DIGITAL prevista en el Acuerdo del 30/08/2023, Acta 28, punto 5 de la C.S.J.S.F.. Los originales de la documental fundante y de todo otro instrumento presentado o a presentarse digitalmente permanecerá en poder de la parte actora o su representante, según corresponda a la naturaleza del instrumento, en carácter de depositario/as judiciales, debiendo incorporar el original sólo en caso de serle requerido. El/la profesional de la PARTE DEMANDADA podrá tomar conocimiento del expediente digital y realizar la presentación que estime a su derecho, ele manera rápida y en línea mediante AUTOCONSULTA WEB DE SISFE y utilizar la opción “PRIMERA VINCULACIÓN”. Ver instructivo: https://w,vw.justiciasantafe.gov.ar CLARO Se hace saber a la demandada que podrá solicitar una Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito de Ejecución Civil de la 2da Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS SRL, por un día en los Autos caratulados “MUNICIP.ALIDAD DE ROLDAN C/ ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS SRL S/ APREMIOS FISCALES MUNICIPALES Y/O COMUNALES” CUIJ 21-13957049-6 según decreto que a continuación se transcribe: “ Rosario, fecha conforme constancias digitales obrantes en el SISFE. Por presentada, con domicilio constituido y en el carácter indicado a mérito del poder invocado. Por promovida DEMANDA DE APREMIO (Ley nro. 5.066). Cítese de remate a la parte demandada para que en el término ele OCHO DÍAS oponga excepción legítima bajo apercibimiento ele llevar adelante la ejecución. Téngase presente la designación de Notificador ad hoc si hubiera/n sido propuesto/s. Trábese embargo en bienes de la parte demandada por el capital reclamado con más un 50% estimados provisoriamente para intereses y costas. Dese al presente la TRAMITACION DIGITAL prevista en el Acuerdo del 30/08/2023, Acta 28, punto 5 de la C.S.J.S.F.. Los originales ele la documental fundante y de todo otro instrumento presentado o a presentarse digitalmente permanecerá en poder de la parte actora o su representante, según corresponda a la naturaleza del instrumento, en carácter de depositario/as judiciales, debiendo incorporar el original sólo en caso ele serle requerido. El/la profesional de la PARTE DEMANDADA podrá tomar conocimiento del expediente digital y realizar la presentación que estime a su derecho, ele manera rápida y en línea mediante AUTOCONSULTA WEB DE SISFE y utilizar la opción “PRIMERA VINCULACIÓN”. Ver instructivo: https://www.justiciasantafe.gov.ar CLARO Se hace saber a la demandada que podrá solicitar una EXPLICACIÓN EN LENGUAJE enviando circuitoeje2prorossec1@justiciasantafe.gov.ar un correo electrónico a Aplíquese la duplicidad de términos, incluido el de caducidad, en beneficio de todas las partes intervinientes (art. 5, ley nro. 7234, modif., según ley 9040). Notifíquese por cédula bajo firma de profesional (art. 25 C.P.C.C.). En los autos “MUNICIPALIDAD DE ROLDAN C/ ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS SRL S/ APREMIOS FISCALES MUNICIPALES Y/O COMUNALES” CUIJ 21-13936292-3 se comprobó con informes de los Oficiales Notificadores la imposibilidad de notificar exitosamente en los domicilios constituidos en el título ejecutado y en el Registro Público de Comercio (San Martín 515, piso 1 de Rosario y Alberdi 1991 de Funes, respectivamente). Razones de economía procesal y celeridad (art. 21 C.P.C.C.), permiten tener por acreditados los requisitos para notificar por EDICTOS en relación a la parte demandada, librándose por Secretaría. Sin perjuicio de ello, deberá también notificarse en el DOMICILIO DEL INMUEBLE generador del tributo (art. 21 C.P.C.C.). Juzgado de 1a. Inst. de Distrito de Ejecución Civil 2a. Nom. de Rosario a cargo de: Dra. MARIA ELVIRA LONGHI -Secretaria-; Dr. LUCIANO A. BALLARINI -Juez- civileje2proros@justiciasantafe.gov.ar

S/C 568126 Set. 29 Oct. 2

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito de Ejecución Civil ele la 2da Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS SRL, por un día en los Autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE ROLDAN C/ ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS SRL S/ APREMIOS FISCALES MUNICIPALES Y/O COMUNALES” CUIJ 21-13957036-4 según decreto que a continuación se transcribe: “ Rosario, fecha conforme constancias digitales obrantes en el SISFE. Por presentada, con domicilio constituido y en el carácter indicado a mérito del poder invocado. Por promovida DEMANDA DE APREMIO (Ley nro. 5.066). Cítese de remate a la parte demandada para que en el término de OCHO DÍAS oponga excepción legítima bajo apercibimiento de llevar adelante la ejecución. Téngase presente la designación de Notificador ad hoc si hubiera/n siclo propuesto/s. Trábese embargo en bienes de la parte demandada por el capital reclamado con más un 50% estimados provisoriamente para intereses y costas. Dese al presente la TRAMITACION DIGITAL prevista en el Acuerdo del 30/08/2023, Acta 28, punto 5 de la C.S.J.S.F.. Los originales ele la documental fundante y de todo otro instrumento presentado o a presentarse digitalmente permanecerá en poder ele la parte adora o su representante, según corresponda a la naturaleza del instrumento, en carácter ele depositario/as judiciales, debiendo incorporar el original sólo en caso ele sede requerido. El/la profesional ele la PARTE DEMANDADA podrá tomar conocimiento del expediente digital y realizar la presentación que estime a su derecho, ele manera rápida y en línea mediante AUTOCONSULTA WEB DE SISFE y utilizar la opción “PRIMERA VINCULACIÓN”. Ver instructivo: https://www.justiciasantafe.gov.ar CLARO Se hace saber a la demandada que podrá solicitar una EXPLICACIÓN EN LENGUAJE enviando circuitoeje2prorossec1@justiciasantafe.gov.ar un correo electrónico a Aplíquese la duplicidad de términos, incluido el de caducidad, en beneficio de todas las partes intervinientes (art. 5, ley nro. 7234, modif., según ley 9040). Notifíquese por cédula bajo firma de profesional (art. 25 C.P.C.C.). En los autos “MUNICIPALIDAD DE ROLDAN C/ ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS SRL S/ APREMIOS FISCALES MUNICIPALES Y/O COMUNALES” CUIJ 21-13936292-3 se comprobó con informes de los Oficiales Notificadores la imposibilidad de notificar exitosamente en los domicilios constituidos en el título ejecutado y en el Registro Público de Comercio (San Martín 515, piso 1 de Rosario y Alberdi 1991 de Funes, respectivamente). Razones de economía procesal y celeridad (art. 21 C.P.C.C.), permiten tener por acreditados los requisitos para notificar por EDICTOS en relación a la parte demandada, librándose por Secretaría. Sin perjuicio de ello, deberá también notificarse en el DOMICILIO DEL INMUEBLE generador del tributo (art. 21 C.P.C.C.). Juzgado de 1a. Inst. de Distrito de Ejecución Civil 2a. Nom. de Rosario a cargo de: Dra. MARÍA ELVIRA LONGHI -Secretaria-; Dr. LUCIANO A. BALLARINI-Juez- civileje2proros@justiciasantafe.gov.ar

S/C 568125 Set. 29 Oct. 2

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito de Ejecución Civil de la 2da Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS SRL, por un día en los Autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE ROLDAN C/ ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS SRL S/ APREMIOS FISCALES MUNICIPALES Y/O COMUNALES” CUIJ 21-13957034-8 según decreto que a continuación se transcribe: “ Rosario, fecha conforme constancias digitales obrantes en el SISFE. Por presentada, con domicilio constituido y en el carácter indicado a mérito del poder invocado. Por promovida DEMANDA DE APREMIO (Ley nro. 5.066). Cítese de remate a la parte demandada para que en el término de OCHO DÍAS oponga excepción legítima bajo apercibimiento de llevar adelante la ejecución. Téngase presente la designación de Notificador ad hoc si hubiera/n sido propuesto/s. Trábese embargo en bienes de la parte demandada por el capital reclamado con más un 50% estimados provisoriamente para intereses y costas. Dese al presente la TRAMITACION DIGITAL prevista en el Acuerdo del 30/08/2023, Acta 28, punto 5 de la C.S.J.S.F.. Los originales de la documental fundante y de todo otro instrumento presentado o a presentarse digitalmente permanecerá en poder de la parte actora o su representante, según corresponda a la naturaleza del instrumento, en carácter de depositario/as judiciales, debiendo incorporar el original sólo en caso de serle requerido. El/la profesional de la PARTE DEMANDADA podrá tomar conocimiento del expediente digital y realizar la presentación que estime a su derecho, de manera rápida y en línea mediante AUTOCONSULTA WEB DE SISFE y utilizar la opción “PRIMERA VINCULACIÓN”. Ver instructivo: https://www.justiciasantafe.gov.ar CLARO Se hace saber a la demandada que podrá solicitar una EXPLICACIÓN EN LENGUAJE enviando circuitoeje2prorossec1@justiciasantafe.gov.ar un correo electrónico a Aplíquese la duplicidad de términos, incluido el de caducidad, en beneficio’ de todas las partes intervinientes (art. 5, ley nro. 7234, modif., según ley 9040). Notifíquese por cédula bajo firma de profesional (art. 25 C.P.C.C.). En los autos “MUNICIPALIDAD DE ROLDAN C/ ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS SRL S/ APREMIOS FISCALES MUNICIPALES Y/O COMUNALES” CUIJ 21-13936292-3 se comprobó con informes de los Oficiales Notificadores la imposibilidad de notificar exitosamente en los domicilios constituidos en el título ejecutado y en el Registro Público de Comercio (San Martín 515, piso 1 de Rosario y Alberdi 1991 de Funes, respectivamente). Razones de economía procesal y celeridad (art. 21 C.P.C.C.), permiten tener por acreditados los requisitos para notificar por EDICTOS en relación a la parte demandada, librándose por Secretaría. Sin perjuicio de ello, deberá también notificarse en el DOMICILIO DEL INMUEBLE generador del tributo (art. 21 C.P.C.C.) Juzgado de 1a. Inst. de Distrito de Ejecución Civil 2a. Nom. De Rosario a cargo de: Dra. MARÍA ELVIRA LONGHI -Secretaria-; Dr. LUCIANO A. BALLARINI -Juez- civileje2proros@justiciasantafe.gov.ar

S/C 568124 Set. 29 Oct. 2

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Por disposición del Juzgado ele Primera Instancia de Distrito de Ejecución Civil de la 2da Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS SRL, por un día en los Autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE ROLDAN C/ ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS SRL S/ APREMIOS FISCALES MUNICIPALES Y/O COMUNALES” CUIJ 21-13957029-1 según decreto que a continuación se transcribe: “ Rosario, fecha conforme constancias digitales obrantes en el SISFE. Por presentada, con domicilio constituido y en el carácter indicado a mérito del poder invocado. Por promovida DEMANDA DE APREMIO (Ley nro. 5.066). Cítese de remate a la parte demandada para que en el término ele OCHO DÍAS oponga excepción legítima bajo apercibimiento de llevar adelante la ejecución. Téngase presente la designación de Notificador ad hoc si hubiera/u siclo propuesto/s. Trábese embargo en bienes de la parte demandada por el capital reclamado con más un 50% estimados provisoriamente para intereses y costas. Dese al presente la TRAMITACION DIGITAL prevista en el Acuerdo del 30/08/2023, Acta 28, punto 5 de la C.S.J.S.F.. Los originales ele la documental fundante y de todo otro instrumento presentado o a presentarse digitalmente permanecerá en poder de la parte adora o su representante, según corresponda a la naturaleza del instrumento, en carácter de depositario/as judiciales, debiendo incorporar el original sólo en caso ele serle requerido. El/la profesional de la PARTE DEMANDADA podrá tomar conocimiento del expediente digital y realizar la presentación que estime a su derecho, ele manera rápida y en línea mediante AUTOCONSULTA WEB DE SISFE y utilizar la opción “PRIMERA VINCULACIÓN”. Ver instructivo: https://www.justiciasantafe.gov.ar CLARO Se hace saber a la demandada que podrá solicitar una EXPLICACIÓN EN LENGUAJE enviando circuitoeje2prorossec1@justiciasantafe.gov.ar un correo electrónico a Aplíquese la duplicidad de términos, incluido el de caducidad, en beneficio de todas las partes intervinientes (art. 5, ley nro. 7234, modif., según ley 9040). Notifíquese por cédula bajo firma de profesional (art. 25 C.P.C.C.). En los autos “MUNICIPALIDAD DE ROLDAN C/ ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS SRL S/ APREMIOS FISCALES MUNICIPALES Y/O COMUNALES” CUIJ 21-13936292-3 se comprobó con informes de los Oficiales Notificadores la imposibilidad de notificar exitosamente en los domicilios constituidos en el título ejecutado y en el Registro Público de Comercio (San Martín 515, piso 1 de Rosario y Alberdi 1991 de Funes, respectivamente). Razones de economía procesal y celeridad (art. 21 C.P.C.C.), permiten tener por acreditados los requisitos para notificar por EDICTOS en relación a la parte demandada, librándose por Secretaría. Sin perjuicio de ello, deberá también notificarse en el DOMICILIO DEL INMUEBLE generador del tributo (art. 21 C.P.C.C.). Juzgado de 1a. Inst. de Distrito de Ejecución Civil 2a. Nom. de Rosario a cargo de: Dra. MARÍA ELVIRA LONGHI -Secretaria-; Dr. LUCIANO A. BALLARINI-Juez- civileje2proros@justiciasantafe.gov.ar

S/C 568123 Set. 29 Oct. 2

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito de Ejecución Civil de la 2da Nominación ele Rosario, se ha ordenado citar a ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS SRL, por un día en los Autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ROLDAN C/ ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS SRL S/ APREMIOS FISCALES MUNICIPALES Y/O COMUNALES” CUIJ 21-13956862-9 según decreto que a continuación se transcribe: “Rosario, fecha conforme constancias digitales obrantes en el SISFE. Por presentada, con domicilio constituido y en el carácter indicado a mérito del poder invocado. Por promovida DEMANDA DE APREMIO (Ley nro. 5.066). Cítese de remate a la parte demandada para que en el término de OCHO DÍAS oponga excepción legítima bajo apercibimiento ele llevar adelante la ejecución. Téngase presente la designación de Notificador ad hoc si hubiera/u siclo propuesto/s. Trábese embargo en bienes de la parte demandada por el capital reclamado con más un 50% estimados provisoriamente para intereses y costas. Dese al presente la TRAMITACION DIGITAL prevista en el Acuerdo del 30/08/2023, Acta 28, punto 5 de la C.S.J.S.F.. Los originales de la documental fundante y de todo otro instrumento presentado o a presentarse digitalmente permanecerá en poder de la parte actora o su representante, según corresponda a la naturaleza del instrumento, en carácter de depositario/as judiciales, debiendo incorporar el original sólo en caso de serle requerido. El/la profesional de la PARTE DEMANDADA podrá tomar conocimiento del expediente digital y realizar la presentación que estime a su derecho, de manera rápida y en línea mediante AUTOCONSULTA WEB DE SISFE y utilizar la opción “PRIMERA VINCULACIÓN”. Ver instructivo: https://www.justiciasantafe.gov.ar CLARO Se hace saber a la demandada que podrá solicitar una EXPLICACIÓN EN LENGUAJE enviando circuitoeje2prorossec1@justiciasantafe.gov.ar un correo electrónico a Aplíquese la duplicidad de términos, incluido el de caducidad, en beneficio de todas las partes intervinientes (art. 5, ley nro. 7234, modif., según ley 9040). Notifíquese por cédula bajo firma de profesional (art. 25 C.P.C.C.). En los autos “MUNICIPALIDAD DE ROLDAN C/ ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS SRL S/ APREMIOS FISCALES MUNICIPALES Y/O COMUNALES” CUIJ 21-13936292-3 se comprobó con informes de los Oficiales Notificadores la imposibilidad de notificar exitosamente en los domicilios constituidos en el título ejecutado y en el Registro Público de Comercio (San Martín 515, piso 1 ele Rosario y Alberdi 1991 ele Funes, respectivamente). Razones de economía procesal y celeridad (art. 21 C.P.C.C.), permiten tener por acreditados los requisitos para notificar por EDICTOS en relación a la parte demandada, librándose por Secretaría. Sin perjuicio de ello, deberá también notificarse en el DOMICILIO DEL INMUEBLE generador del tributo (art. 21 C.P.C.C.). Juzgado de 1a. Inst. de Distrito de Ejecución Civil 2a. Nom. de Rosario a cargo de: Dra. MARÍA ELVIRA LONGHI -Secretaria-; Dr. LUCIANO A. BALLARINI -Juez- civileje2proros@justiciasantafe.gov.ar

S/C 568122 Set. 29 Oct. 2

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito de Ejecución Civil de la 2da. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS SRL, por un día en los Autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE ROLDAN C/ ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS SRL S/ APREMIOS FISCALES MUNICIPALES Y/O COMUNALES” CUIJ 21-13956648-0 según decreto que a continuación se transcribe: “ Rosario, fecha conforme constancias digitales obrantes en el SISFE. Por presentada, con domicilio constituido y en el carácter indicado a mérito del poder invocado. Por promovida DEMANDA DE APREMIO (Ley nro. 5.066). Cítese de remate a la parte demandada para que en el término de OCHO DÍAS oponga excepción legítima bajo apercibimiento de llevar adelante la ejecución. Téngase presente la designación de Notificador ad hoc si hubiera/u siclo propuesto/s. Trábese embargo en bienes de la parte demandada por el capital reclamado con más un 50% estimados provisoriamente para intereses y costas. Dese al presente la TRAMITACION DIGITAL prevista en el Acuerdo del 30/08/2023, Acta 28, punto 5 de la C.S.J.S.F.. Los originales ele la documental fundante y de todo otro instrumento presentado o a presentarse digitalmente permanecerá en poder de la parte actora o su representante, según corresponda a la naturaleza del instrumento, en carácter ele depositario/as judiciales, debiendo incorporar el original sólo en caso de serle requerido. El/la profesional de la PARTE DEMANDADA podrá tomar conocimiento del expediente digital y realizar la presentación que estime a su derecho, ele manera rápida y en línea mediante AUTOCONSULTA WEB DE SISFE y utilizar la opción “PRIMERA VINCULACIÓN”. Ver instructivo: https://www.justiciasantafe.gov.ar CLARO Se hace saber a la demandada que podrá solicitar una EXPLICACIÓN EN LENGUAJE enviando circuitoeje2prorossecl@justiciasantafe.gov.ar un correo electrónico a Aplíquese la duplicidad ele términos, incluido el ele caducidad, en beneficio de todas las partes intervinientes (art. 5, ley nro. 7234, modif., según ley 9040). Notifíquese por cédula bajo firma de profesional (art. 25 C.P.C.C.). En los autos “MUNICIPALIDAD DE ROLDAN C/ ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS SRL S/ APREMIOS FISCALES MUNICIPALES Y/O COMUNALES” CUIJ 21-13936292-3 se comprobó con informes de los Oficiales Notificadores la imposibilidad de notificar exitosamente en los domicilios constituidos en el título ejecutado y en el Registro Público de Comercio (San Martín 515, piso 1 de Rosario y Alberdi 1991 de Funes, respectivamente). Razones de economía procesal y celeridad (art. 21 C.P.C.C.), permiten tener por acreditados los requisitos para notificar por EDICTOS en relación a la parte demandada, librándose por Secretaría. Sin perjuicio de ello, deberá también notificarse en el DOMICILIO DEL INMUEBLE generador del tributo (art. 21 C.P.C.C.). Juzgado de 1a. Inst. de Distrito de Ejecución Civil 2a. Nom. de Rosario a cargo de: Dra. MARÍA ELVIRA LONGHI -Secretaria-; Dr. LUCIANO A. BALLARINI -Juez- civileje2proros@justiciasantafe.gov.ar

S/C 568095 Set. 29 Oct. 2

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia ele Distrito ele Ejecución Civil ele la 2da Nominación ele Rosario, se ha ordenado citar a ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS SRL, por un día en los Autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE ROLDAN C/ ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS SRL S/ APREMIOS FISCALES MUNICIPALES Y/O COMUNALES” CUIJ 21-13944159-9 según decreto que a continuación se transcribe: “ROSARIO, 20 de agosto de 2026 R 2892. Rosario, número y fecha conforme constancias digitales obrantes en el sistema informático. Y VISTOS: Los presentes autos seguidos por la MUNICIPALIDAD DE ROLDAN C/ ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS S.R.L S/ COMUNALES que tramitan por ante Juzgado de 1ra. Inst. de Ejecución de Distrito - 2da. Nom., por cobro de la suma de capital, sus intereses y costas proveniente del/los títulos invocados y según los hechos expresados en la demanda por la parte actora arriba indicada. Y CONSIDERANDO: Citada de remate la demandada, con las prevenciones del art. 7 de la ley nro. 5066, no ha comparecido ni ha opuesto excepción legítima alguna al curso de esta demanda. El título donde se funda la acción es de los comprendidos en el art. 6 de la ley mencionada. En cuanto a los intereses, se dispone aplicar los previstos por la normativa municipal vigente y decretos reglamentarios respectivos. Por tanto, haciendo efectivo el apercibimiento decretado y de conformidad con lo dispuesto por el art. 2 de la misma ley. FALLO: Mandando se lleve adelante la ejecución contra los bienes de ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS S.R.L hasta que la parte actora, MUNICIPALIDAD DE ROLDAN, perciba el importe íntegro de su crédito por la suma de pesos ciento noventa y ocho mil seiscientos treinta y dos con sesenta y ocho centavos ($ 198.632,68) con más los intereses según lo expuesto en los considerandos. Costas a la accionada (art. 251 CPCC). Los honorarios profesionales se regularán luego de practicada la planilla actualizada respectiva. Notifíquese por cédula que firmará el/la profesional ele la parte actora. Insértese y hágase saber. Juzgado de 1a. Inst. de Distrito ele Ejecución Civil 2a. Nom. de Rosario a cargo de: Dra. MARÍA ELVIRA LONGHI - Secretaria-; Dr. LUCIANO A. BALLARINI – Juez - civileje2proros@justiciasantafe.gov.ar

S/C 568094 Set. 29 Oct. 2

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11 º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos del fallecido ATILIO JOSE GOMEZ DNI Nº 7.644.515, para que comparezcan a estar a derecho dentro de los autos “ORELLANO, ANDREA VERONICA c/ SUCESION-GOMEZ ATILIO JOSE s/ FILIACION POST MORTEM-SUMARISIMO. CUIJ Nº 21-11476726-0 por el plazo y bajo apercibimientos de ley. Art. 597 del CPCCSF. Fdo. Dr. Luciano D. Carbajo (Juez) SERGIO GONZALEZ (Secretaría).

$ 100 568116 Set. 29 Oct. 1

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8° Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Luciano D. Juarez, en los autos caratulados: “PALMISANO, DEBORAH C/ PALMISANO MARCELO GUSTAVO Y OTROS S/ CAMBIO DE APELLIDO” CUIJ N°21-02999420-7, y en cumplimiento de lo establecido por el artículo 70 del Código Civil y Comercial de la Nación, se cita y emplaza a toda persona que se considere con derecho a formular oposición para que, dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados desde la última publicación, comparezca anta este Juzgado a deducirla, bajo apercibimiento de ley. El pedido ha sido promovido por la Sra. Deborah Palmisano DNI Nº34.770.837, por derecho propio y siendo mayor de edad, a fin de obtener la autorización judicial para modificar su apellido actual por el de “HORST”. Rosario,

$ 100 568113 Set. 29 Oct. 2

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Por disposición. del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 7ma. Nominación de Rosario, Dr. Marcelo N. Quiroga, Secretaría de la Dra. Lorena A. González, autos caratulados: “SCIAPICHETTI NATALIA ANALIA C/ SCIAPICHETTI MIGUEL ANGEL Y OTROS S/ IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD” Expte. Nº664/2010 CUIJ Nº 21-01280106-5, se hace saber que se ha dictado el siguiente decreto: “Rosario, 20/08/26 Previo a resolver y atento lo dispuesto por el art. 70 CCCN, ofíciese al Registro General y al R.N.P.A. a fin de que informen si existen cautelares a nombre de la solicitante y a la UR II y al Registro Nacional de Reincidencias para que informen sobre sus antecedentes penales. A los mismos fines que los anteriores (cautelares y antecedentes), ofíciese al Consulado de España. Publíquense edictos, por el término de ley.- Fdo.: Dr. Marcelo Quiroga (Juez) Dra. Lorena A. González (Secretaría).” Secretaría, 17 de Septiembre de 2026.

$ 100 568102 Set. 29 Oct. 2

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Por disposición del Dr. Christian Bitetti (Secretario) y de la Dra. Jorgelina Entrocasi (Jueza) del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual de la 6ª Nominación de la ciudad de Rosario, dentro de los autos: PERRET, TAMARA BELEN C/ FRANK PENELOPE SAMANTA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS” EXPTE. Nº 21-11892104-3, se llama y emplaza a la SRA. PENELOPE SAMANTA FRANK, DNI Nº 26.327.663, a los fines de que comparezca a estar a derecho, por sí o por apoderado, dentro del término de tres días y bajo apercibimientos de ley. A continuación, y para un mayor resguardo de derechos se transcriben los decretos a notificar: “Rosario, 13 de febrero de 2026. Atento lo solicitado cítese por edictos a la Sra. Penelope Samanta Frank para que comparezca a estar a derecho, por sí o por apoderado, dentro del término de tres días y bajo apercibimientos de ley, publicándose los mismos en el diario “Boletín Oficiar. Fdo: Dr. Christian Bitetti (Secretario) y Dra. Jorgelina Entrocasi (Jueza). Notifíquese por edictos que se publicarán por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y se exhibirán en el hall de P.B. de Tribunales. Rosario, 29 de Mayo de 2026. Dr. Bitetti, Secretario.

$ 100 568087 Set. 29 Oct. 2

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Por disposición del Juzgado de Ira Instancia Civil y Comercial de la 14ta Nominación de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, a cargo del Dr. Marcelo C.M. Quaglia y Secretaría de la Dra. Maria Karina Arreche, en los autos caratulados: “DE LUCCA, ESTELA MARÍA Y OTROS C/ PERUCHO, JOSÉ S/ USUCAPIÓN”, CUIJ Nº 21-02907875-8, se hace saber que se ha ordenado el emplazamiento por edictos conforme lo dispuesto por el artículo 597 del Código Procesal Civil y Comercial de Santa Fe, a los herederos del Sr. JOSÉ PERUCHO y del Sr. JOSÉ FEDERICO PERUCHO, a fin de que comparezcan a estar a derecho en el proceso referido, bajo apercibimiento de ley. El presente se publica por el término de tres (3) días en el Boletín Oficial, venciendo el término cinco días después de la última publicación. Rosario, 11/11/2025. Dra. Ma. Karina Arreche, Secretaria Subr..

$ 100 568083 Set. 29

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante FELIPA EVA BERRETTA D.N.I. 2.143.966, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados BERRETTA, FELIPA EVA s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; (CUIJ Nº 21-03008194-0). Fdo. Dra. Prosecretaria. Rosario.

$ 45 Set. 29

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 7ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Sr. OSVALDO MARIO MAMANNA D.N.I. 8.444.014, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: MAMANNA OSVALDO MARIO s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; CUIJ Nº 21-02928517-6 de trámite por ante este Juzgado. Fdo. Prosecretario.

$ 45 Set. 29

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Por disposición del Señor Juez de Distrito en lo Civil y Comercial de la 7ª Nominación de la ciudad de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante LIAM ANDRES GOMEZ LANDEROS, D.N.I. N° 48.134.624, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL por el término de ley SIN CARGO, atento al patrocinio ejercido por la Defensoria Zonal N° 1. Autos caratutados: GOMEZ LANDEROS, LIAM ANDRES s/DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 7”; CUIJ 21-03011524-1. Fdo. Dra. Rosario.

$ 45 Set. 29

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JOSE ALBERTO GENTILE, D.N.I. 5.991.657, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: GENTILE, José Alberto s/SUCESORIO; (CUIJ N° 21-030120784). Fdo. Dr. LUCIANO CARBAJO, Juez en suplencia.

$ 45 Set. 29

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MARIA OLIVA D.N.I. 2.637.114, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: OLIVA, MARIA s/SUCESORIO C Y C 2”; (CUIJ Nº 21-03012216-7). Fdo. Dra. Prosecretaria. Rosario.

$ 45 Set. 29

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MIRTHA NATIVIDAD LARES D.N.I. 4.098.862 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados LARES, MIRTHA NATIVIDAD S/ SUCESORIO C Y C 8 CUIJ 21-03011777-5.

$ 45 Sep. 29

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 19ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes RICARDO JUSTINIANO FAETI D.N.I. 6.069.996 y TERESA ANA DIRUSCIO D.N.I. 10.612.456 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados FAETI, RICARDO JUSTINIANO Y OTROS S/ SUCESORIO- CUIJ 21-03011379-6, Fdo. Prosecretaria.

$ 45 Sep. 29

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 4° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante don EDGARDO JUAN RESTOVICH D.N.I. 8.291.684 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “RESTOVICH, EDGARDO JUAN S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-03011644-2). Fdo. Dra. Carmela Fernández, Prosecretaría.

$ 45 Sep. 29

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 10ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante PAULO ADRIAN SOTTO, D.N.I. 27.935.116, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “SOTTO, Paulo Adrián S/ SUCESORIO” (CUIJ N.º 21-03010025-2). Fdo. Vanina C. Grande, Secretaria.

$ 45 Sep. 29

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Sabrina Campbell (Jueza) y de la Dra. María Sol Sedita (Secretaria), hace saber que en los autos caratulados "BOSCIA, BEATRIZ S/ SUCESORIO" (Expte. N° 21-03005328-9), se ha ordenado citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante, Sra. BEATRIZ BOSCIA (D.N.I. 5.523.380), fallecida en la ciudad de Rosario el día 3 de octubre de 2024, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de ley. Dra. Sabrina Campbell (Jueza) - Dra. María Sol Sedita (Secretaria). Rosario, de Septiembre de 2026.

$ 45 Sep. 29

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante  NELIDA NOEMI FERNANDEZ D.N.I. 11.349.357 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “FERNANDEZ NELIDA NOEMÍ S/ SUCESIÓN” CUIJ 21-03009133-4.

$ 45 Sep. 29

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8ª Nominación de Rosario, en los autos caratulados CABRERA JULIAN ERNESTO s/AUSENCIA CON PRESUNCION DE FALLECIMIENTO; CUIJ 21-02992327-9, en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la 8ª Nominación de Rosario, se ha dispuesto citar y emplazar una vez por mes, durante seis meses al Señor Julián Ernesto Cabrera, L.E. 2.103.256, argentino, nacido el 19 de junio de 1898, de apellido materno Varela, último domicilio conocido en Mendoza 2050 - Dpto. 6 de la ciudad de Rosario, para que comparezca a hacer valer sus derechos en esta causa, bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de ley. Rosario, 28 de Julio de 2026. Fdo. Secretario.


$ 100 565139 Sep. 29

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 20 Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante HAYDEE PIU (D.N.I. 4.252.005) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “PIU, Haydee s/Declaratoria de Herederos” (CUIJ N°21-03007158-9). Fdo. Dra. Monica Klebcar (Juez) Rosario, Julio de 2026.-


$ 45 Sep. 29

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 4° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ROBERTO PROSPERO FERRARI, D.N.I. 11.142.384 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “FERRARI, ROBERTO PROSPERO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-02994643-1). Fdo. Dra. Carmela Fernández Prosecretaría.


$ 45 Sep. 29

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante MARIA DEL CARMEN DAMIANA HERRERA (DNI 11.124.361) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “HERRERA, MARIA DEL CARMEN DAMIANA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-03011646-9). Fdo. Dra. Vanina C. Grande – Secretaria.


$ 45 Sep. 29


Por disposición del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extractual N° 6, de Rosario, a cargo de la Dra. JORGELINA ENTROCASI (Jueza), Secretaría a cargo del Dr. DR. CHRISTIAN BITETTI, y dentro de los autos caratulados “BRIZUELA, ANGEL DAVID C/ GONZALEZ, OMAR ALBERTO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS” CUIJ N° 21-11896395-1, se hace saber que se cita al demandado, OMAR ALBERTO GONZALEZ (DNI Nº 11.126.399), y se lo emplaza a los fines de comparecer a estar a derecho por el plazo de ley, habiéndose dictado en autos la providencia que a continuación se transcribe: “Rosario, 10 de diciembre de 2025. Atento lo solicitado y las constancias de autos, cítese por edictos al Sr. Omar Alberto Gonzalez para que comparezca a estar a derecho, por sí o por apoderado, dentro del término de tres días y bajo apercibimientos de ley, publicándose los mismos en el diario “Boletin Oficial”. Firmado: Dra. JORGELINA ENTROCASI (Jueza de Trámite), Dr. CHRISTIAN BITETTI (Secretario).”

S/C 568278 Sep. 29 Oct. 02

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante CARLOS ALBERTO PEREZ, D.N.I. 5.531.682, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "PEREZ, CARLOS ALBERTO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ N° 21-03012697-9). Fdo. Prosecretaria.

$ 45 Sep. 29

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Por disposición del juez de Distrito en lo Civil y Comercial de la 15ta. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante BUONO MARIA FLORENCIA (23.674.899) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados "BUONO MARIA FLORENCIA S/DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ 21-02916611-8) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Sep. 29

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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 22ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RICARDO ENRIQUE NOVIELLO, D.N.I. 5.522.276, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "NOVIELLO, RICARDO ENRIQUE S/ SUCESORIO" de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.Fdo. María Victoria Berrone, Prosecretaria

$ 45 Sep. 29

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Por disposicion del Sehor Juez de Distrito en Io Civil y Comercial de la 6 Nominacion de la ciudad de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JUAN DOMINGO PERCONTI, D.N.I. N° 6.072.169 por un dia, para que Io acrediten dentro de los treinta dias corridos. Publiquense edictos en el Boletin Oficial por el termino de ley SIN CARGO, atento al patrocinio ejercido por la Defensoria Zonal N°1. Autos caratulados: "PERCONTI, JUAN DOMINGO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 6", Cuij 21-03011573-9.

S/C Sep. 29

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Ester Lujan CATALANO. (DNI 6.378.684) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "CATALANO, ESTER LUJAN S/ SUCESORIO C Y C 12" (CUIJ N°21-03012625-1). Fdo.. DRA. Vanina C. Grande – Secretaria.-.

$ 45 Sep. 29

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 9° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes MARTA INES DEL BALZO – D.N.I. F4.603.444, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "DEL BALZO, MARTA INES S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ 21- 03011480-6) Fdo. Prosecretaría.

$ 45 Sep. 29

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Por disposición del/la Juez/a de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 17ª Nominación de Rosario, provincia Santa Fe, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante ALICIA RAQUEL MURUA (D.N.I. 11.127.428) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "MURUA ALICIA RAQUEL S/DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 17" (CUIJ N.º 21-03004546-4) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.- Fdo. Prosecretaria.

$ 45 Sep. 29

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ELTY ANATERESA GERLERO, D.N.I. 3.030.141 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos.Autos caratulados: "GERLERO, ELTY ANA TERESA S/ SUCESORIO " (CUIJ N° 21-03011500-4). Fdo. Dra. Prosecretaria.

$ 45 Sep. 29

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante LELIA ELBA GOMILA, D.N.I. 5.116.836, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "GOMILA LELIA ELBA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ N°21-03011766-9). Fdo. Prosecretaría.

$ 45 Sep. 29


Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 17ma Nominación de Rosario, Dra María Silvia Beduino, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante PABLO GUSTAVO LOVIGNE (DNI 12.526.889), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "LOVIGNE, PABLO GUSTAVO S/ SUCESORIO C Y C 17" (CUIJ 21-03011863-1), de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios de Rosario. Firmado Prosecretaria.

$ 45 Sep. 29

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 4° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante GARIGLIO PABLO ANDRES D.N.I. DNI N°33.734.609 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "GARIGLIO, PABLO ANDRES S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS"(CUIJ N°21-03007063-9). Fdo. Dra. Prosecretaría.

$ 45 Sep. 29

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RUBEN OSVALDO SANTON, D.N.I. 10.986.459 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "SANTON, RUBEN OSVALDO S/DECLARATORIA DE HEREDEROS CUIJ 21-03012486-0". Fdo. Prosecretaria

$ 45 Sep. 29

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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 6° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante CLAUDIO DANIEL ROSSI (D.N.I. 11.446.605) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "ROSSI, CLAUDIO DANIEL S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 6" CUIJ 21-03011791-0 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Sep. 29

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Por disposición del Sr. Juez de 1ª Instancia Civ. Y Com. de la 20ª Nominación de Rosario, se ha ordenado a los herederos , acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MARCELINO MARIO ARANCON, DNI 6.025.819, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados " ARANCON, MARCELINO MARIO S/DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ 21-03011437-7). Fdo. Dra. Ana Laura Minni- Prosecretaría. Rosario, 29 de septiembre de 2026

$ 45 Sep. 29

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 4° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante don EDGARDO JUAN RESTOVICH, D.N.I. 8.291.684 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "RESTOVICH, EDGARDO JUAN S/DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ N° 21-03011644-2). Fdo. Dra. Carmela Fernández, Prosecretaría. Rosario,

$ 45 Sep. 29

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FIRMAT

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


En los caratutados GOLÁN CARLOS JOSÉ y LÓPEZ YLSA FELISA s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; CUIJ 21-26427459-9, en trámite por ante el Juzgado de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral N° 16 de la ciudad de Firmat, a cargo de la Dra. Laura M. Barco, Secretaria a cargo de la Dra. Natalia P. Grillo, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Carlos José GOLAN, D.N.I. Nº 6.116.750 y de Ylsa Felisa LÓPEZ D.N.I. Nº 2.381.157, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término de ley.

$ 45 Set. 29

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CAÑADA DE GÓMEZ

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Familia de la ciudad de Cañada de Gómez, Provincia de Santa Fe Dra. Beatriz Liliana Favret. Secretaria de la Dra. Melina La Menza, en autos Caratulados “MAICHER DAVID ANTONIO C/ ROLDAN, GLORIA DEL VALLE S/ DIVORCIO, Cuij 21-27911434-2, se hace saber que se ha dictado lo siguiente: “Nº 1613. Cañada de Gómez, 02 de septiembre de 2026. AUTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Declarar el DIVORCIO de los señores DAVID ANTONIO MAICHER, D.N.I. Nº 32.430.066 y GLORIA DEL VALLE ROLDAN, D.N.I. Nº 14.449.933; matrimonio inscripto en la localidad de San Genaro, Departamento San Gerónimo, Provincia de Santa Fe, el día 11 de septiembre de 2009, Tomo I, Acta 18, Año 2009.- 2) Declarar disuelta la sociedad conyugal con efecto retroactivo al 15 de noviembre de 2010, de conformidad a lo expuesto por el actor a fojas 12 y 110 existiendo oposición por parte de la demandada.- 3) Las costas del presente divorcio serán soportadas por el orden causado.- 4) Ordenar la inscripción de la presente sentencia, firme que estuviera la misma, oficiándose a sus efectos al Registro Civil que corresponda, previo pago de aportes profesionales.- 5) Notifique la presente Resolución por edictos. Insértese y hágase saber”. Fdo.: Dra. Beatriz L. Favret, Juez; Dra. Melina La Menza, Secretaria.

$ 100 568128 Set. 29 Oct. 2


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 3ra. Nominación de Cañada de Gómez, en los autos caratulados “CIPRIANI FERNANDO DANIEL S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS”, CUIJ 21-26037525-0, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante CIPRIANI, Fernando Daniel (DNI N.º 12.131.234), por un día, para que lo acrediten dentro de los 30 (treinta) días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe.

$ 45 Sep. 29

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 3ra. Nominación a cargo del DR. SERGIO W. VERDURA, secretaría de la DRA. CORINA RABASEDAS, en autos RIOS MIRTA GLADIS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS - 21-26037539-0 se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña: RIOS MIRTA GLADIS DNI Nº 14.449.922 por el término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica sus efectos en el Boletín Oficial y Estrados del Tribunal.

$ 45 Sep. 29

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2da. Nom. del Distrito Judicial N° 6 de Cañada de Gómez, en los autos caratulados "MONTI ALBERTO DANIEL s/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ N° 21-26037597-8), se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ALBERTO DANIEL MONTI (DNI N° 6.183.321), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en los estrados del Tribunal.-

$ 45 Sep. 29

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2da. Nom. del Distrito Judicial N° 6 de Cañada de Gómez, en los autos caratulados "GARCÍA, JOSEFA BEATRIZ y Otro s/ SUCESORIO" (CUIJ N° 21-26036796-7), se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes JOSEFA BEATRIZ GARCÍA (DNI N° 6.412.741) y HÉCTOR HUGO MARINOZZI (DNI N° 8.112.828), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en los estrados del Tribunal.-

$ 45 Sep. 29

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2da. Nom. del Distrito Judicial N° 6 de Cañada de Gómez, en los autos caratulados "RODRÍGUEZ, NELSON NERY s/SUCESORIO" (CUIJ N° 21-26037550-1), se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante NELSON NERY RODRÍGUEZ (DNI N° 6.177.436), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en los estrados del Tribunal.-

$ 45 Sep. 29

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SAN LORENZO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da Nominación de San Lorenzo, a cargo del Dr. Guillermo Roldán, secretaría de la Dra. Melisa Vanina Peretti, se ha ordenado citar y emplazar por el término de diez (10) días a todos los que se consideren con derecho sobre el inmueble a usucapir sito en la Ruta S26 Nro. 4138, de la localidad de Pueblo Andino, Departamento Iriondo, provincia de Santa Fe, identificado como Manzana 25, lote 18, inscripto al Tomo 185, Folio 63, Nro. 178.369, partida inmobiliaria nro. 14050019059203366; para que comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. Publíquense edictos en el “BOLETÍN OFICIAL” por tres veces y cuyo término vencerá cinco días después de la última publicación. Autos caratulados: “POTENZA, CAROLINA BEATRIZ C/ CASA ANTONIO A. S/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA”, CUIJ 21-25445209-9.

$ 100 568176 Sep. 29 Oct. 2

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EL SR. JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO EN LO CIVIL Y COMERCIAL NRO 1 DE SAN LORENZO, notifica que dentro de los autos GONEM LILIANA NOEMI y otros C/ VILLAMEA MARIA ELISA y Otros S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA 21-25344748-3 se ha dictado la siguiente Sentencia: Tomo: 2024 Folio: Resolución: 2309 SAN LORENZO 12/11/24. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... Por ello, a tenor de las cuestiones de hecho y derecho expuestas, FALLO: 1) Hacer lugar a la pretensión de usucapión interpuesta y, en consecuencia, declarar adquirido por prescripción el dominio, desde el 19/04/1970, a favor de GONEM LILIANA, RODRIGUEZ PABLO, RODRIGUEZ HERNANDO y RODRIGUEZ RUBEN, del inmueble consistente en: Un lote de terreno, identificado como LOTE 2, situado en Puerto Gaboto, Departamento San Jerónimo de la Provincia de Santa Fe, ubicado sobre calle Sancti Spiritu, a los 26,00 metros de calle Estanislao López hacia el Noreste, y se compone de 22,50 metros de frente al noroeste, 29,50 metros en el contrafrente al sudeste por 100,00 metros de fondo en su costado sudoeste mientras que el costado noroeste está compuesto de una línea quebrada de 3 lados, el BC mide 50 metros, el CD de 7,00 metros y el DE de 50,00 metros lindando al sudoeste con Elisa Graciela Rodríguez y al noroeste con calle Sancti Spiritu, al noreste con Resalía Rodríguez y al sudeste con calle Solís, encerrando una superficie total de 2.600,00 metros cuadrados. igual medida en su contrafrente al sudeste por 100,00 metros de fondo en sus costados noreste y sudoeste, lindando al sudoeste con Resalía Rodríguez, al noroeste con calle Sancti Spiritu, al noroeste con Sucesores Antonio Maldonado y al sudeste con calle Solís, encerrando una superficie total de 2.600,00 metros cuadrados. Partida Inmobiliaria 11-17-00-154752/0000-4, cesión de derechos y acciones hereditarias inscripta al Tomo 113 par, Folio 94 Número 15004, Dpto. San Jerónimo, Registro Gral. De Propiedades Santa Fe. 2) Imponer las costas por su orden; 3.) Declarar que los honorarios del defensor oficial de la demandada son a cargo de la actora tanto como de la demandada representada, contra quien en definitiva deben pesar, pudiendo en caso de pagarlos la accionante, repetir.- 4) Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se estimen los mismos. 5) Firme el presente fallo y cumplimentado que fuera el art. 34 Ley 6767, ofíciese al Registro General y a los organismos administrativos correspondientes a fin de que se inscriba el dominio y se tome razón de dicha prescripción. Insértese y hágase saber.- FIRMAN: DRA. LUZ M. GAMST, SECRETARIA - DR. ALEJANDRO MARCOS ANDINO, JUEZ.

$ 300 568131 Set. 29 Oct. 2

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la ciudad de San Lorenzo, Dra. Mariana M. Otarola, Secretaría a cargo de la Dra. Gabriela A. Forlini, en los autos caratulados “GNC ROSARIO S.A. C/ GERVASONI LUZ VICTORIA S/ CONSIGNACIÓN”, CUIJ N.º 21-17081026-8, se CITA Y EMPLAZA a VICTORIA LUZ GERVASONI, DNI N.º 37.467.693, para que comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de ser declarada rebelde y designársele defensor de oficio, conforme lo dispuesto por el artículo 45 del Código Procesal Laboral.

S/C 568132 Set. 29 Oct. 14

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de San Lorenzo, Secretaría de la autorizante, se cita, llama y emplaza a los herederos del causante Doña FUSTE, GILDA JESÚS, DNI N° 5.625.788, y a todo el que tenga algún interés legitimo, para que COMPAREZCA A ESTAR A DERECHO por el término y bajo apercibimiento de ley. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina, dentro de los autos caratulados FUSTE, BEATRIZ HILDA s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; CUIJ N° 21-25449536-8. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. San Lorenzo, Secretaría: Dra. Luz M. Gamst.

$ 45 Set. 29

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1ª Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante Di Cosmo Oscar Antonio Jesús, DNI 4.706.807, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: DI COSMO OSCAR ANTONIO JESÚS s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; 21-254495414, de trámite por ante eI JUZG. DE 1ª INST. CIVIL Y COMERCIAL - 1ª NOM. San Lorenzo.

$ 45 Set. 29

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ta Nominación de San Lorenzo (Distrito Judicial N° 12, Provincia de Santa Fe), , se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Sr. FRANCISCO ROSALES DNI N° 6.747.104, y por la causante Sra. MARÍA HERMINIA ARAYA DNI N° 2.753.552 por un día, para que en el plazo de 30 días comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos caratulados ROSALES, FRANCISCO Y OTROS S/ SUCESORIO CUIJ 21-25449602-9 año 2026, de trámite en el juzgado referenciado. San Lorenzo de Septiembre de 2026. Fdo. Dr/a.

$ 45 Sep. 29

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VILLA CONSTITUCIÓN

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr/a Juez de Primera Instancia de Circuito de Villa Constitución en los autos caratulados "DE LA TORRE JOAQUIN, FLORENCIA SOLEDAD C/ FIORITO, GERALDINE Y OTROS S/ DEMANDA EJECUTIVA" (C.U.I.J. Nº 21-23489359-6) a cargo del Dr. Diógenes D. Drovetta, Secretaria a cargo de la Dra. Dulce Sofía Rossi; se hace saber a la Srta. GERALDINE FIORITO (D.N.I. Nº 38.304.617) de la siguiente resolución: "Nº 1116. VILLA CONSTITUCION, 21 de septiembre de 2026. Y…VISTOS:...Y CONSIDERANDO:...RESUELVO: 1.- Mandando llevar adelante la ejecución contra FIORITO GERALDINE NATALIA y AZORlN PEDRO PABLO hasta tanto DE LA TORRE JOAQUIN, FLORENCIA SOLEDAD se haga íntegro pago de la suma de pesos un millón quince mil doscientos ($ 1.015.200), con más los intereses indicados precedentemente. 2.- Costas a los demandados vencidos (art. 251 del C.P.C.C.S.F.). 3.- Regular los honorarios profesionales del Doctor PABLO LASCIALANDARE en la suma de pesos doscientos cincuenta mil ($ 250.000), equivalente a uno coma setenta y dos (1,72) Jus, que se actualizarán automáticamente según el valor en moneda de curso legal que establezca la CSJSF, vigente al momento del pago. 4.- Fíjese para los honorarios un interés moratorio anual del 8 %, sobre el monto nominal, desde la fecha de notificación de la presente y hasta su efectivo pago. Con vista a Caja Forense, que deberá correr el profesional. Dese protocolo digital y notifíquese por cédula. Firmado: DRA. LIA FERNANDA SANCHEZ (Secretaria) DR. DIOGENES DIOSDADO DROVETTA (Juez)."

$ 100 568229 Sep. 29 Oct. 6

2 4 StP· '20'2.&

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LA Sra. JUEZA de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral de Distrito 14 de la 1ª Nominación de la ciudad de Villa Constitución, Depto. Constitución, provincia de Santa Fe, dentro de los caratulados: GOÑI, MARTIN W. C/ GOÑI, OSCAR W. Y OTROS S/ OTRAS DILIGENCIAS - CIVIL 21-25661335-9 ha dispuesto llamar a herederos, acreedores, legatarios de don ALVARO DORETTI a fin de que comparezcan a este Tribunal para que hagan- valer sus derechos en el plazo de ley. Firmado: DRA. AGUEDA M. ORSARIA (JUEZA) – DR. ALEJANDRO DANINO (SECRETARIO), Villa Constitución, Santa Fe, 8 de septiembre de 2026. Dr. Danino, Secretario.

$ 100 568097 Set. 29 Oct. 14

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia, Civil, Comercial y Laboral de Distrito Nº 14, SEGUNDA Nominación de Villa Constitución, se llama a todos los acreedores, herederos o legatarios de don GIAGNORIO LEONILDA MARIA, para que comparezcan a este Tribunal por el término de treinta días a hacer valer sus derechos. Secretaría, Villa Constitución, ...... de 2026.- Autos: GIAGNORIO LEONILDA MARIA S/SUCESORIO 21-25661790-8 DR. DARIO MALGIERI (secretario)

$ 45 Sep. 29

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RUFINO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y del Trabajo de la ciudad de Rufino, Dr. Luis A. Cignoli, secretaría del autorizante Dr. Jorge A. Espinoza, se ha dispuesto lo siguiente: “Rufino, 31 de Agosto de 2026.- Habiéndose acreditado el fallecimiento de TERESA ROSALIA RODET, cítese y emplácese a los herederos de TERESA ROSALIA RODET para que comparezcan a estar a derecho, por edictos que se publicarán por el término de ley conforme lo dispuesto por el art. 597 CPCC”. Dentro de los autos caratulados “HERNANDEZ ANDREA MARIEL C/ RODET LEON S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA”, CUIJ: 21-26350377-2 - Rufino, 15 de Setiembre de 2026. Dr. Jorge Andrés Espinoza, Secretario.

$ 100 568129 Set. 29 Oct. 2

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MELINCUE

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Distrito Nº 8 de Melincué, la Secretaria que suscribe, cita a los herederos, legatarios y acreedores de don RENE ADOLFO GUIDA, por diez días, para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos; Autos: GUIDA RENE ADOLFO s/SUCESIONES-INSC.TARDIAS-SUMARIAS-VOLUNT; CUIJ 21-26475890-1. Melincué, Lucia Belen Ciarpella, secretaria subrogante.

$ 45 Set. 29

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venado tuerto

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO



Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Venado Tuerto Dr. GABRIEL A. CARLINI, Secretaría a cargo del Dr. A. WALTER BOURNOT; en los autos caratulados “ASOC. MUTUAL E. ASOC. Y ADHE. AL CRU Y CULTURA C/ CASADEI, JUAN CARLOS S/ EJECUCIÓN HIPOTECARIA (DIGITAL)“ (CUIJ Nº 21-24625739-3); se cita, llama y emplaza al demandado Sr. CASADEI, JUAN CARLOS (D.N.I. Nº 10.886.621), y/o terceros adquirentes del siguiente inmueble: “Según plano de mensura Nº 223.174/2019: Una lote de terreno, con todo lo en él edificado, clavado y plantado, situada en la localidad de Murphy, distrito del mismo nombre, Departamento General López, provincia de Santa Fe, el que se designa en el plano confeccionado por el agrimensor Román O. Visentín, e inscripto en el Servicio de Catastro e Información Territorial con el nº 223.174 del año 2019, como lote letra “D”, de la manzana número CATORCE (14), ubicado sobre calle San Martín, entre calles Castelli y Alberdi, a los 46,25 metros de calle Alberdi hacia el Noroeste. Mide: 15 metros de frente al Suroeste por 53,75 metros de fondo en cada uno de sus costados Sureste y Noroeste. Linda: por su frente al Suroeste con calle San Martín, al Noroeste con Néstor Mario Ludueña y Ot. P.I.I. nº 365.423/0011, al Noreste con Angel Stábile P.I.I. nº 365.423/0002, y al Sureste con Graciela María Paez P.I.I. nº 365.423/0007”, cuyo dominio fuer inscripto en el Registro General Rosario en fecha 26.08.1988 al Tº 438, F° 122, Nº 140.633, del Departamento General López, ubicado en calle San Martín S/Nº de la localidad de Murphy, gravado con derecho real de hipoteca de primer grado otorgada a favor la parte actora que se encuentra inscripta al Tº 604B, F° 46, Nº 94311, fecha 03/05/2024, del respectivo libro de hipotecas; para que dentro de los cinco (5) días subsiguientes contados a partir de la última publicación paguen el crédito que se les reclama de PESOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS c/18 ctvos.- ($58.776.376, 18) en concepto de capital, con más los intereses pactados y costas del juicio, y/u opongan excepciones legítimas, bajo apercibimientos de dictase sentencia en rebeldía sin más trámite y tenerlos por notificados de cualquier resolución o providencia posterior desde su fecha.- Venado Tuerto, 17 de Septiembre de 2026. Dr. A. Walter Bournot, Secretario.

$ 550 568162 Set. 29 Oct. 2

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nro. 3 en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Venado Tuerto, Sta. Fe, Dr. Gabriel Carlini – Juez- Dr. Alejandro W. Bournot, secretario, en los autos caratulados "CUIJ: 21-26475640-2 POCHETTINO, ALBERTO JOSE Y OTROS S/SUCESIONES INSC. TARDIAS SUMARIAS –VOLUNT- (DIGITAL)", se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña ELIDA FERNANDEZ DNI. Nº 1.111.247 y POCHETTINO ALBERTO JOSE DNI 6.117.262, para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Venado Tuerto, de Setiembre de 2026.-

$ 45 Sep. 29

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El Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Gabriel A. Carlini, Juez – Dr. A. Walter Bournot, Secretario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña Marta Susana Ruiz, DNI 11.118.591, para que dentro del término de ley comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos.- Firmado: Dr. Gabriel A Carlini, Juez – Dr. A Walter Bournot, Secretario.- (autos: RUIZ, MARTA SUSANA S/DECLARATORIA DE HEREDEROS (DIGITAL), CUIJ 21-24626113-7).- Venado Tuerto, de 2026.-

$ 45 Sep. 29



Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo de la DRA. MARIA CELESTE ROSSO y Secretaría a cargo de la DRA. MARIA LAURA OLMEDO, dentro de los autos caratulados "VERA RUBEN OSVALDO S/SUCESORIO", CUIJ 21-24626021-1, se cita y emplaza a todos los herederos y/o sucesores del causante VERA RUBEN OSVALDO, DNI N° 10.178.119, a comparecer a estar a derecho en los términos y bajo apercibimientos de ley.- Venado Tuerto;

$ 45 Sep. 29