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ROSARIO
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JUZGADO DE FAMILIA
Dentro de los autos caratulados: ZULLI, ALEX LEON Y OTROS S/ CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL - CUIJ 21-23591630-1. Por disposición de la Dra. María Paula Mangani, Jueza del Juzgado Unipersonal de Familia Nro. 6 de Rosario, se ha dispuesto notificar a CLAUDIA NATALIA ZULLI, DNI 36.049.882 y a DAVID EDUARDO CORREA, DNI 30.324.021 lo siguiente:”Nro 1542. Rosario, 22 de septiembre del 2026. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVE: I) Ratificar el CESE de la medida excepcional dispuesta por la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2da. Circunscripción respecto de ALEX LEON ZULLI, DNI 50.404.320, nacido el 13 de junio de 2010 y de LAUTARO DANIEL CORTEZ ZULLI, DNI 52.564.875, nacido el 16 de febrero del 2012. II) Ordenar la continuidad de la intervención al Servicio Local de Niñez en acompañamiento del grupo familiar y seguimiento del caso. III) Notifíquese a la DPDNAyF y al Defensor General interviniente; archívense las presentes actuaciones. Insértese y hágase saber.” Fdo: Dra. María Paula Mangani (Jueza). Dra. Mariela Cintia Barbieri, Secretaria.
S/C 568042 Set. 28 Oct. 1
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Por disposición de la Dra. María José Campanella, Jueza del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 3 de Rosario, se ha dispuesto notificar por edictos a MAXIMILIANO RAUL LEGUIZA (D.N.I. Nº 35.166.005) la sentencia dictada dentro de los autos caratulados GAMARRA, MAXIMO Y OTROS S/ CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES YURGENTES LEY 12.967 - 21-11431723-0, que a continuación se transcribe: Nº923. ROSARIO, 29 de julio de 2026. Y VISTOS ... Y VISTOS ...RESUELVO: 1) Privar de responsabilidad parental a la señora PATRICIA DEL CARMEN GAMARRA (D.N.I. Nº 30.482.573) con respecto a los niños: MAXIMO NAZARENO ISAIAS LEGUIZA GAMARRA (D.N.I. Nº 57.134.219) y JONAS GABRIEL GAMARRA (D.N.I. Nº 58.172.296) y al señor MAXIMILIANO RAUL LEGUIZA (D.N.I. Nº 35.166.005) con respecto al niño Máximo Nazareno Isaias Leguiza Gamarra 2) Designar tutor legal de los niños MAXIMO NAZARENO ISAIAS LEGUIZA GAMARRA (D.N.I. Nº 57.134.219) y JONAS GABRIEL GAMARRA (D.N.I. Nº 58.172.296) al señor AGUSTIN EDUARDO GAMARRA (D.N.I. Nº 45.029.078) debiendo comparecer cualquier día y hora hábil de audiencia a aceptar el cargo; 3) Notificar la presente a la Dirección Provincial de Niñez, a la Defensora General en su despacho, a los representantes legales en su domicilio real y a la tutora especial de los niños. Insértese y hágase saber. Firmado digitalmente por la Dra. Campanella, Jueza. ROSARIO, 21 de Septiembre de 2026
S/C 568036 Set. 28 Oct. 1
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Por disposición de la Dra. Silvina I. García, Jueza del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 2 de Rosario, se ha dispuesto notificar por edictos a Luis Alberto Toledo (D.N.I Nº 32.587.750) la sentencia dictada dentro de los autos caratulados NAVARRO, ESTEFANO NAZARENO Y OTROS S/ CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967 - 21-11476486-5, que a continuación se transcribe: Nº 880. ROSARIO, 27 de agosto de 2026. Y VISTOS Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1.-) Ratificar la medida excepcional adoptada por la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2a Circunscripción por Disposición Nº 123/29 del 24 de Junio de 2026, dictada en relación a los niños ESTEFANO NAZARENO NAVARRO (D.N.I. Nº 52.694.831), ZOE WENDY VALENTINA NAVARRO (D.N.I. Nº 54.335.224), BRANCO GERONIMO NAVARRO (D.N.I. Nº 58.987.234) y TOLEDO GIOVANNI ERICSON (D.N.I. Nº 57.785.110), todos hijos de la señora Evelyn Ayelén Navarro (D.N.I. Nº 35.468.056), mientras que el niño Giovanni Ericson Toledo es hija del señor Luis Alberto Toledo (D.N.I Nº 32.587.750), consistente en la separación temporal de su centro de vida y su alojamiento en Centro Residencial por un plazo de 90 días, conformidad con lo establecido por el art. 607 inc. c) del CCyCN. 2.-) Oficiar a la Autoridad administrativa que solicitó el control de legalidad, para que, atento encontrarse vencida la medida, en el término de 1O días resuelva definitivamente la situación de los niños Estefano, Zoe, Giovanni y Branco, poniendo en conocimiento a la Dirección que en el momento de resolver definitivamente, junto a la Disposición Administrativa que así lo sugiera, acompañe las notificaciones correspondientes a los progenitores 4.-) Notificar a los niños, su defensor privado si hubiera intervenido, el Defensor de Menores de Edad, los representantes legales, familiares o responsables y demás partes del proceso. 5.-) Anoticiar a la Defensora General de Niñas, Niños y Adolescentes. Insértese y hágase saber. Firmado digitalmente por la Dra. García, Jueza. Y OTRO: ROSARIO, 07 de Septiembre de 2026. Téngase presente lo informado. Téngase presente la intervención al Servicio Local. Requiérasele al Equipo de Niñez que anoticie a este Juzgado el momento en que fueran localizados el grupo familiar a los efectos de continuar con la medida. Firmado digitalmente por la Dra. García, Jueza. ROSARIO, 21 de Septiembre de 2026
S/C 568035 Set. 28 Oct. 1
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Por disposición de la Dra. Silvina I. García Jueza del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 2 de Rosario, se ha dispuesto notificar por edictos a MATIAS EZEQUIEL JUAN (D.N.I. Nº 36.641.229) la sentencia dictada dentro de los autos caratulados BERGARA, CIRO JONAS Y OTROS S/ CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967 - 21-11428804-4, que a continuación se transcribe: Nº 658. ROSARIO, 28 de julio de 2026. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: 1) Privar de responsabilidad parental a la señora WANDA GEORGINA BERGARA (D.N.I. Nº 36.879.516) con respecto a los niños CIRO JONAS BERGARA (D.N.I. Nº 54.200.988), BERGARA ANNABELL (D.N.I. Nº 58.792.536), BERGARA MATIAS EZEQUIEL (D.N.I. Nº 58.792.535) Y JUAN MARTINA (D.N.I. Nº 58.176.117) y al señor MATIAS EZEQUIEL JUAN (D.N.I. Nº 36.641.229) respecto a Juan Martina. 2) Designar tutora legal del niño CIRO JONAS BERGARA a la señora MACARENA ALEJANDRA BERGARA (D.N.I. Nº 36.879.517) debiendo comparecer cualquier día y hora hábil de audiencia a aceptar el cargo; 3) Designar tutora legal de la niña JUAN MARTINA a la señora Patricia Mónica Gómez, D.N.I. Nº 23.914.769 y al señor Hernán Gabriel Aragones (D.N.I. Nº 24.552.518) 4) Designar tutores legales de BERGARA ANNABELL Y BERGARA MATIAS EZEQUIEL a la señora Patricia Mónica Gómez y al señor Hernán Gabriel Aragones. 3) Notificar la presente a la Dirección Provincial de Niñez, a la Defensora General en su despacho, a los representantes legales en su domicilio real y a la tutora especial de la niña. Insértese y hágase saber. Firmada digitalmente por la Dra. García, Jueza. Y OTRA: Nº 667. ROSARIO, 30 de julio de 2026. Y VISTOS y CONSIDERANDO ... RESUELVO: Aclarar la resolución Nª 658 de fecha 28 de Julio de 2026 en el sentido de que el nombre de la tutora de los niños Annabell Bergara (D.N.I. Nº 58.792.536) y Matías Ezequiel Bergara (D.N.I. Nº 58.792.535) es la señora IRMA VILLAN ( D.N.I. Nº 11.270.380) y no corno erróneamente se ha consignado en el punto 2 del “Resuelvo”. Insértese y hágase saber. Firmada digitalmente por la Dra. García, Jueza. ROSARIO, 17 de Septiembre de 2026.
S/C 568033 Set. 28 Oct. 1
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Por disposición de la Dra. Silvina I. García, jueza del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 2 de Rosario, se ha dispuesto notificar por edictos a MARA GABRIELA JIMENEZ (D.N.I. 37.078.254) la sentencia dictada dentro de los autos caratulados INSABRALDE KEVIN Y OTROS S/ CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967 - 21-11451862-7, que a continuación se transcribe: Nº 768. ROSARIO, 21 de agosto de 2026. VISTOS... CONSIDERANDO ... RESUELVO: 1) Ratificar la resolución definitiva de la medida excepcional adoptada por la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2a Circunscripción respecto del niño YAEL AARON INSABRALDE (D.N.I. Nº 56.295.323) nacido en fecha 6/4/2017, nacimiento inscripto en el Hospital Martin de Rosario, en la Oficina 2477, Año 2017, Acta 1349 Y DE THEO LAUTARO JIMENEZ (D.N.I. Nº 59.102.427), nacido en fecha 14/10/2021, nacimiento inscripto en el Hospital Martin de Rosario, Oficina 2477, Año 2021, Acta 3135, en cuanto sugiere la declaración en situación de adaptabilidad de los mismos y la consecuente privación de responsabilidad parental de la señora Mara Gabriela Jimenez y del señor Claudia Ramón Insabralde (artículo 607 inc c. y 700 del CCCN) según surge de la Disposición Nº 31/22 de fecha 17 de Febrero de 2022; 2) citar a la señora MARA GABRIELA JIMENEZ Y AL SEÑOR CLAUDIO RAMON INSABRALDE a fin de que se expidan sobre las medidas definitivas propuestas por la autoridad de aplicación y ofrecer prueba en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación (artículo 66 BIS tercer párrafo de la ley 12.967); 3) Notifíquese al Defensor General a los fines legales correspondientes; 5) Notifíquese a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia; 6) Insértese y hágase saber. Firmado digitalmente por la Dra. García, Jueza. ROSARIO, 21 de Septiembre de 2026.
S/C 568029 Set. 28 Oct. 1
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Por disposición de la Dra. María José Campanella, Jueza del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 3 de Rosario, se ha dispuesto notificar por edictos a PATRICIA DEL CARMEN GAMARRA (D.N.I. Nº 30.482.573) la sentencia dictada dentro de los autos caratulados GAMARRA, MAXIMO Y OTROS SI CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967 - 21-11431723-0, que a continuación se transcribe: Nº 923. ROSARIO, 29 de julio de 2026. Y VISTOS... RESUELVO: 1) Privar de responsabilidad parental a la señora PATRICIA DEL CARMEN GAMARRA (D.N.I. Nº 30.482.573) con respecto a los niños: MAXIMO NAZARENO ISAIAS LEGUIZA GAMARRA (D.N.I. Nº 57.134.219) y JONAS GABRIEL GAMARRA (D.N.I. Nº 58.172.296) y al señor MAXIMILIANO RAUL LEGUIZA (D.N.I. Nº 35.166.005) con respecto al niño Maximo Nazareno Isaias Leguiza Gamarra 2) Designar tutor legal de los niños MAXIMO NAZARENO ISAIAS LEGUIZA GAMARRA (D.N.I. Nº 57.134.219) y JONAS GABRIEL GAMARRA (D.N.I. Nº 58.172.296) al señor AGUSTIN EDUARDO GAMARRA (D.N.I. Nº 45.029.078) debiendo comparecer cualquier día y hora hábil de audiencia a aceptar el cargo; 3) Notificar la presente a la Dirección Provincial de Niñez, a la Defensora General en su despacho, a los representantes legales en su domicilio real y a la tutora especial de los niños. Insértese y hágase saber. Firmado digitalmente por la Dra. Campanella, Jueza. ROSARIO, 21 de Septiembre de 2026
S/C 568030 Set. 28 Oct. 1
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Por disposición de la Dra. Silvina I. García, jueza del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 2 de Rosario, se ha dispuesto notificar por edictos a OMAR ANTONIO ALMARAZ (D.N.I. Nº 30.713.177) la sentencia dictada dentro de los autos caratulados VALENZUELA NEHUEL ANTONIO S/ CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967 - 21-28185286-5, que a continuación se transcribe: Nº906. ROSARIO, 16 de septiembre de 2026. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: 1). Privar de la responsabilidad parental a la Sra. DEBORA LUCIANA VALENZUELA (D.N.I. Nº 36.507.743) y al Sr. OMAR ANTONIO ALMARAZ (D.N.I. Nº 30.713.177) en atención a lo dispuesto por el art. 700 inc. d) del C.C. Y C.N. 2). Declarar en SITUACION DE ADOPTABILIDAD al niño NEHUEL ANTONIO
ALMARAZ (D.N.I. Nº 70.331.162), nacido en fecha 8 de Junio de 2024, nacimiento inscripto en el Libro de Nacimientos Acta Nº 686 Oficina Nº 2884 del Hospital Centenario de Rosario 3). Notificar la presente a la Dirección Provincial de Niñez, a la Defensora General en su despacho, a la señora Debora Luciana Valenzuela y al señor Ornar Antonio Almaraz 4). Firme que quede la presente resolución, ofíciese al Registro Único de Aspirantes a Guarda con fines adoptivos (R.U.A.G.A), ordenando que remita tres legajos para la selección de los futuros padres adoptivos, acompañando fotocopia de la presente sentencia íntegra, debiendo dejarse constancias en autos de la notificación al mismo, de conformidad con el art. 14 de la Ley 13.094, ordenando que remita tres legajos para la selección de pretensos adoptantes conforme lo dispuesto por .el art. 613 del C.C.C. y C. 5). Insértese y hágase saber. Firmado digitalmente por la Dra. García, Jueza. ROSARIO, 18 de Septiembre de 2026.
S/C 568031 Set. 28 Oct. 1
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Por disposición de la Dra. Silvina I. García, jueza del Juzgado Unipersonal de Familia Nº2 de Rosario, se ha dispuesto notificar por edictos a DEBORA LUCIANA VALENZUELA (D.N.I. Nº 36.507.743) la sentencia dictada dentro de los autos caratulados VALENZUELA NEHUEL ANTONIO S/ CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967 - 21-28185286-5, que a continuación se transcribe: Nº 906. ROSARIO, 16 de septiembre de 2026. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: 1) Privar de la responsabilidad parental a la Sra. DEBORA LUCIANA VALENZUELA (D.N.I. Nº 36.507.743) y al Sr. OMAR ANTONIO ALMARAZ (D.N.I. Nº 30.713.177) en atención a lo dispuesto por el art. 700 inc. d) del C.C. Y C.N. 2). Declarar en SITUACION DE ADOPTABILIDAD al niño NEHUEL ANTONIO ALMARAZ (D.N.I. Nº 70.331.162), nacido en fecha 8 de Junio de 2024, nacimiento inscripto en el Libro de Nacimientos Acta Nº 686 Oficina Nº 2884 del Hospital Centenario de Rosario 3). Notificar la presente a la Dirección Provincial de Niñez, a la Defensora General en su despacho, a la señora Débora Luciana Valenzuela y al señor Ornar Antonio Almaraz 4). Firme que quede la presente resolución, ofíciese al Registro Único de Aspirantes a Guarda con fines adoptivos (R.U.A.G.A), ordenando que remita tres legajos para la selección de los futuros padres adoptivos, acompañando fotocopia de la presente sentencia íntegra, debiendo dejarse constancias en autos de la notificación al mismo, de conformidad con el art. 14 de la Ley 13.094, ordenando que remita tres legajos para la selección de pretensos adoptantes conforme lo dispuesto por .el art. 613 del C.C.C. y C. 5). Insértese y hágase saber. Firmado digitalmente por la Dra. García, Jueza. ROSARIO, 18 de Septiembre de 2026.
S/C 568032 Set. 28 Oct. 1
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Por disposición de la Sra. Jueza Dra. MARIA JOSE DIANA a cargo del Juzgado de Familia Nro. 1 de Rosario, Secretaría de la autorizante, en autos: “MIGUEL BIOLETA AZUCENA C/ TRAICO MATEO S/ ALIMENTOS” CUIJ 21-11374047-4, se hace saber que se ha ordenado lo siguiente: “NRO. 466. ROSARIO, 6 de mayo de 2026. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Hacer lugar a la medida coercitiva solicitada por la actora y, en consecuencia, PROHIBIR LA CIRCULACIÓN del Sr. MATEO TRAICO (D.N.I. Nº 20.688.599) en todo el territorio de la República Argentina por medio de vehículos por él conducidos (autos, motos, camiones, etc.), oficiándose a la Agencia Nacional de Seguridad Vial, a la Agencia Provincial de Seguridad Vial de la Provincia de Santa Fe, a la Agencia Provincial de Seguridad Vial de la Provincia de Córdoba, a la Dirección Municipal de Tránsito de la ciudad de Córdoba, a Gendarmería Nacional Argentina y a la Policía de la Provincia de Santa Fe, a los fines de que tomen razón de la medida dispuesta. 2) La medida dispuesta tendrá vigencia hasta tanto el demandado regularice el pago de la cuota alimentaria y cancele la deuda alimentaria generada. 3) Firme que estuviere la presente resolución, líbrense por Secretaría y oficios correspondientes. 4) Insértese y hágase saber. Dra. María José Diana. Fdo.: digitalmente. Jueza del Juzg. Unipersonal de Familia Nº1 de Rosario. Dra. Diana L. Chiementín, Secretaria. Rosario, 23 de Septiembre de 2026.
$ 100 568028 Set. 28 Oct. 1
Por disposición de la Jueza del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 8· de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: “ETCHEVERRY, MALENA S/ ADOPCION”, CUIJ Nº 21-11470412-9, se ha dispuesto la publicación del presente edicto una vez por mes en el lapso de dos meses, a los fines de dar publicidad al proceso de adopción iniciado. Fania Calamante, Secretaria.
$ 100 568021 Set. 28 Oct. 1
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Por disposición del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 5 de la 2da. Circunscripción, a cargo de la Sra. Jueza, Dra. Alicia Ana Galletto, se ha ordenado citar a presuntos herederos de Nahuel Laureano Barletta, DNI 32.113.776, por tres días para que se presenten dentro de los autos caratulados VIAMONTE, JULIETA ANA LAURA C/ BARLETTA, NAHUEL LAUREANO S/ FILIACION POST MORTEM 21-11478310-9. Fdo. Dra. Galetto (Jueza) - Dra. Rébola (Secretaria).
$ 100 568003 Set. 28 Oct. 1
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 11ª. Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Luciano Carbajo y Secretaría del Autorizante, se hace saber que en los autos caratulados “QUIJANO MARIA FLORENCIA S/ SOLICITUD DE PROPIA QUIEBRA” - CUIJ 21-03003871-9 (25/2026); en los que por Auto Nº 678 del 24/08/2026 se declaró la quiebra de MARÍA FLORENCIA QUIJANO, DNI Nº 21.414.928, con domicilio en calle JUAN MANUEL DE ROSAS 1351 PISO 6 Dpto. A de la ciudad de Rosario, CUIL Nº 27-21.414.928-7, y se procedió a 1) Fijar el día 14 de octubre de 2022, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar los pedidos de verificaciones de créditos ante el síndico (art. 14 inc. 3) Ley 24.522); 2) Fijar el día 1 de diciembre de 2022, para que la sindicatura presente los informes individuales (art. 35 ley 24.522); 3) Fijar el día 15 de febrero de 2022, para que la sindicatura presente el informe general (art. 39 ley 24.522). SINDICO: C.P.N. ALBERTO CARLOS DOMINA, con domicilio en SANCHEZ DE LORIA 264 BIS de Rosario. Horario atención: lunes a viernes de 8 a 16 h.- DRA. NOELIA E. MONDINI, Prosecretaria.
S/C 568047 Set. 28 Oct. 5
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 11º·Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Luciano Carbajo y Secretaría del Autorizante, se hace saber que en los autos caratulados “MILITO, JUAN PABLO S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” - CUIJ 21-03007407-3, Expte. Nro. 144/2026; en los que por Auto Nº 743 del 04/09/2026 se declaró la quiebra de JUAN PABLO MILITO, DNI Nº 21.521.995, con domicilio en calle SALTA 1581 Piso 2° Dpto. C de Rosario, CUIL Nº 20-21.521.995-0., y se procedió a 1.- Fijar el día 3 de noviembre de 2026, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar los pedidos de verificaciones de créditos ante el síndico (art. 14 inc. 3) Ley 24.522); 2.- Fijar el día 22 de diciembre de 2026, para que la sindicatura presente los informes individuales (art. 35 ley 24.522); 3.-Fijar el día 12 de marzo de 2027, para que la sindicatura presente el informe general (art. 39 ley 24.522). SINDICO: C.P.N. OSCAR EDUARDO QUEREDE, con domicilio en calle Corrientes 631 Piso 4 Oficina C. Horario de atención: lunes a viernes de 9 a 16 hs.-
S/C 568046 Set. 28 Oct. 5
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La Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13ra. Nominación de Rosario, Dra. Verónica Gotlieb, hace saber que en autos “LUCERO, JULIO ALBERTO S/ PEDIDO DE QUIEBRA” - 21-03010055-4 se ha dictado la Resolución Nº 404 de fecha 21/09/2026, por la cual se RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de Julio Alberto Lucero, DNI 24.945.900, con domicilio real en Campbell Nº 2153, de la ciudad de Rosario, y domicilio procesal en Pueyrredón Nº 1175, piso 11, dpto. “B” de Rosario. 2) Clasificar al proceso en la categoría “B”, oficiando a la Ecxma. Presidencia de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial a los fines de proceder al sorteo correspondiente. Las fechas para cumplimiento de lo prescripto en el art. 88 última parte LCQ se fijarán por auto ampliatorio del presente aceptado que fuere el cargo por el síndico sorteado. 3) Oficiar al Registro de·Procesos Concursales, a fin de comunicar la presente. 4) Ordenar la inhibición general del fallido, oficiando al Registro General de la Propiedad de Rosario y Santa Fe, a la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios (CABA), al Registro Nacional de Créditos Prendarios, a la Prefectura Naval Argentina, al Registro Nacional de Aeronaves, al Registro Público de Comercio y al Banco Central de la República Argentina (al que deberá ordenársele que informe a todas las entidades bajo su control que deberán informar si la fallida opera en las mismas y, en tal caso, en que tipo de operaciones). Asimismo, ofíciese al Servicio de Catastro e Información Territorial (SCIT) para que informen sobre inmuebles en toda la provincia a nombre del fallido. 5) Disponer se comunique la presente al Registro de Personas Jurídicas, Empresas y Contratos, ARCA, API, a la Municipalidad de Rosario y a toda otra entidad que la Sindicatura entendiere menester, oficiándose. 6) Intimar al deudor para que dentro de las 24hs. entregue al síndico toda la documentación relacionada con la contabilidad. 7) Intimar al fallido y a los terceros que tuvieren bienes y documentación de aquél en su poder a ponerlos a disposición del síndico. 8) Prohibir hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de ser los mismos ineficaces. 9) Interceptar la correspondencia dirigida al fallido, entregándose la misma al síndico, a cuyo fin se deberá oficiar al Correo Oficial SA y a las empresas Andreani S.A. y Oca S.A.. 10) Librar los despachos que fueren menester a los fines de hacer efectivo el fuero de atracción dispuesto por el art. 132 LCQ, a cuyo fin deberá oficiarse a los juzgados en lo Civil y Comercial, de Circuito de Ejecución, Laborales, Unipersonales de Responsabilidad Extracontractual de la Provincia de Santa Fe, a efectos de hacerles saber de esta declaración de quiebra, de requerirle que informen si el fallido es actor o demandado o tercero con participación procesal en algún juicio tramitado por ante alguno de esos juzgados (detallando los datos de carátula, número de CUIJ, y ubicación actual). 11) Hacer saber al fallido que no podrá ausentarse del país sin autorización previa de este tribunal y en las condiciones previstas por el art. 103 LCQ, efectuándose a tales fines las comunicaciones pertinentes. Oficiándose a la Policía Federal (Delegación Rosario), Dirección General de Migraciones, a Gendarmería Nacional, Prefectura Naval Argentina y Policía de Seguridad Aeroportuaria. 12) Desapoderar al fallido de sus bienes existentes a la fecha y los que adquiera hasta su rehabilitación (art. 106 y ss. L.C.Q.) 13) Proceder a la realización de la totalidad de los bienes que integran el activo del deudor. Hacer saber al síndico, aceptado que fuere el cargo, que deberá efectuar dentro del término de 15 días de notificado, un inventario de la totalidad de los bienes del fallido -que comprenderá sólo los rubros generales - y proceder a la incautación prevista por el art. 177 LCQ. A los efectos del cumplimiento de sus funciones se faculta al síndico a allanar el domicilio del fallido, clausurar sus establecimientos, oficinas y demás lugares donde esta tenga bienes y documentos, solicitar el auxilio de la fuerza pública y utilizar los servicios de cerrajero, otorgándosele la credencial correspondiente. 14) Publicar edictos conforme lo dispuesto en el art. 89 LCQ en el Boletín Oficial por el término de 5 días. 15) Hacer saber a la sindicatura designada que todos los oficios que ordena cursar la presente resolución deberán cumplimentarse de manera inmediata, y las constancias que acrediten su cumplimiento deberán encontrarse agregadas a las actuaciones a la brevedad, bajo apercibimientos de ley 16) Hacer saber al fallido que ante cualquier enajenación, simulación, ocultamiento, distorsión o discriminación del valor de bienes que componen su activo o pasivo, y/o toda otra situación que pudiera configurar ilícito, se remitirán los antecedentes al Ministerio Público de la Acusación. 17) Martes y viernes para notificaciones en la oficina. Insértese y hágase saber.” Fdo.: Dra. Verónica Gotlieb, Jueza - Dr. Lucas Menossi, Secretario. Rosario, Setiembre de 2026. Dra. Ma. Mercedes Sedita, Prosecretaria.
S/C 568015 Set. 28 Oct. 5
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 3° Nominación de Rosario, se comunica que en los autos: MIGUEZ MARCELA ALEJANDRA S/ PROPIA QUIEBRA - CUIJ 21-01128157-2, Nro. Expediente: 352/2015, por Resolución: 381 de fecha 21/09/2026 de APROBACION PROYECTO DE DISTRIBUCION, Resolvió: 1) Aprobar el proyecto de distribución en todas sus partes, en cuanto por derecho hubiere lugar. 2) Publíquense edictos en el Boletín Oficial. Firmado: DRA. MAYRA IBAÑEZ, Secretaria Subrogante; Dr. EZEQUIEL ZABALE, Juez.- Rosario, 23 de Setiembre de 2026.
S/C 568002 Set. 28 Set. 29
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 6° Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Fernando A. Mecoli, se cita, llama y emplaza estar a derecho a los herederos de la Sra. Elsa Dominga Pomilio, por el término y bajo apercibimiento de ley dentro de los autos caratulados: “SUCESORES DE MIGUEL ANGEL GIL c/SUCESORES DE ANTONIO ERNESTO POOL s/Escrituración (Trámite Ordinario); CUIJ Nº 21-01245013-0, radicados ante el Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 6ª Nominación de Rosario. Rosario, Septiembre de 2026. Firmado: Dra. Sabrina Rocci (Secretaria).
$ 100 568076 Set. 28 Oct. 1
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Rosario, Dr. Ezequiel M. Zabale, dentro de los autos caratulados: HUCATEX S.R.L. c/ VIA, DANIEL HUMBERTO s/ APREMIO”, CUIJ N.º 21-02983649-0, se cita de remate al demandado DANIEL HUMBERTO VIA, D.N.I. N.º 12.334.956, por la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTITRÉS MIL QUINIENTOS CINCUENTA y TRES CON VEINTE CENTAVOS ($223.553,20), con más intereses y costas, con la prevención de que, si dentro del término de ley no opone excepciones legítimas, se llevará adelante la ejecución. A continuación, se transcriben los proveídos que así lo ordenan: “ROSARIO, Por presentado, con domicilio constituido y en el carácter invocado, en mérito al poder especial obrante en los autos principales. Por promovida la acción que expresa. Cítese de remate al deudor con la prevención de que, si dentro del término de ley no opone excepciones legítimas, se llevará adelante la ejecución. - Fdo.: Dr. Ezequiel Zabale (Juez); Dr. Federico Lema (Secretario)“ y “ROSARIO, 16 de septiembre de 2026. Agréguense las constancias acompañadas. Atento lo informado, cítese por edictos al demandado conforme lo dispuesto por los arts. 67 y 73 del C.P.C.C..- Fdo.: Dr. Ezequiel M. Zabale (Juez); Dra. Mayra Ibañez (Secretaria)“.
Rosario, 21 de septiembre de 2026.
$ 100 568066 Set. 28 Oct. 1
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Rosario, Dr. Ezequiel M. Zabale, Secretaría de la Dra. Mayra Ibañez, en autos caratulados “FACCENDINI, MAURO c/VIA, DANIEL HUMBERTO S/ APREMIO”, CUIJ N.º 21-03007038-8, se cita por edictos al demandado DANIEL HUMBERTO VIA, DNI N.º 12.334.956, haciéndosele saber que se han dictado los siguientes decretos: “ROSARIO, 08/05/2026. Por presentado, domiciliado y en el carácter que invoca, acuérdesele la participación que por derecho le corresponda. Por promovida la acción que expresa, cítese de remate al demandado con la prevención de que si dentro del término de tres (03) días no opone excepciones legítimas se llevará adelante la ejecución. Fdo.: Dra. Mayra Ibañez, Secretaria; Dr. Ezequiel M. Zabale, Juez.” “ROSARIO, 22 de julio de 2026. Por ampliada la demanda por el monto expresado. Notifíquese por cédula en forma conjunta con el proveído del 08/05/2026. Fdo.: Dra. Mayra Ibañez, Secretaria; Dr. Ezequiel M. Zabale, Juez.” Lo que se publica a sus efectos legales conforme lo dispuesto por los arts. 67 y 73 del C.P.C.C..
$ 100 568062 Set. 28 Oct. 1
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Se hace saber que en los autos caratulados: “MACKEY, IGNACIO C/ FRESIA, CELESTINO NORBERTO S/ USUCAPIÓN”, CUIJ 21-02983244-4 en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 2, de Rosario se ha dictado el siguiente Decreto: “ROSARIO, 16 de Septiembre de 2026 Agréguense las constancias acompañadas. Encontrándose acreditado el fallecimiento de María Pafumi cítese y emplácese a los herederos de María Pafumi a comparecer a estar a derecho por el término y bajo los apercibimientos de ley. Publíquense edictos en el Boletín Oficial de conformidad con lo previsto por el art. 597 del CPCCSF. A lo demás, a los fines de reordenar el proceso, oportunamente.” Fdo.: Dr. Eduardo H. Arichuluaga (Juez). A los efectos se hace saber que el inmueble que se pretende usucapir es un lote de terreno con todo lo en él edificado, clavado y plantado, situado en el pueblo de Zavalla, Departamento Rosario, antes San Lorenzo, de esta Provincia, formando parte de la manzana Nº 14 del plano respectivo, compuesto de cien metros de frente por cincuenta metros de fondo, lindando: al Sud calle Nº 5, al Norte con calle Carlos Casado; al Este con calle Nº 12 y al Oeste con calle Nº 10 inscripto en la Partida Inmobiliaria al 160500-336830/0000-3. Dr. Javier Matías Chena, Secretario. Rosario, 7 de Septiembre de 2026.
$ 100 568052 Set. 28 Oct. 1
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Por disposición del Juez de Primera instancia del Juzgado de circuito Numero 5 de la ciudad de Rosario en autos caratulados SANTA MARIAALICIA NOEMI C/ HAMMAN ELENA CAROLINA MARIA S/ USUCAPION CUIJ Nro. 21-02957209-4 se ha dictado el siguiente decreto ROSARIO, 03 de Septiembre de 2026 Informándose verbalmente por Secretaría en este acto que la parte emplazada no ha comparecido a estar a Derecho, declárasela rebelde. Notifíquese por edictos que se publicarán dos (2) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Fecho, ofíciese a la Presidencia de Cámara a los fines del sorteo de Defensor de Oficio. DRA. GABRIELA P. ALMARA, SECRETARIA - DR. MAXIMILIANO N. COSSARI, JUEZ.-
$ 100 568051 Set. 28 Set. 29
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzg. de 1ra. Instancia De Circuito Nº 3 - Denom. Anterior - Ref. Ley 14264 Sec. 1 de Rosario, se emplaza a INGENIERO SPIRANDELLI CONSTRUCCIONES SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES y a quienes se consideren con derecho para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, se notifiquen del presente: “En la ciudad de Rosario y en la fecha asignada en el sistema de gestión SISFE (CSJSF, Acta nº 14 de fecha 13/05/20 punto XV), se provee: Agréguese la constancia acompañada. Informando verbalmente la Actuaria que el demandado INGENIERO SPIRANDELLI CONSTRUCCIONES S.C.A. no ha comparecido a estar a derecho, decláreselo rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por cédula y por edictos. Fdo.: Dra. Camaño (Jueza).” Autos: “RECANATI, GRACIELA CRISTINA C/ INGENIERO SPIRANDELLI CONSTRUCCIONES S.C.A. S/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA” CUIJ 21-02970927-8. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario. Dra. María Luz Mure, Prosecretaria.
$ 100 56802 Set. 28 Oct. 1
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Por disposición del Juez de Circuito de la 5° Nominación de Rosario, se ha ordenado notificar la REBELDIA de los herederos de la demandada Doña VICENTE MARIA VICTORIA, DNI: 4.096.264, los que se publicarán por el plazo de 2 días. Autos “TATO, RUBEN EDISON Y OTROS C/ VICENTE MARIA VICTORIA s/ Usucapión”. CUIJ 21-02984152-4, Dra. Gabriela P. Almará, Secretaria. Dr. Cossari, Juez. Rosario.
$ 100 568018 Set. 28 Oct. 1
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 1 - Denom. Anterior - Ref. Ley 14264, a cargo del DR. DANIEL HUMBERTO GONZALEZ (Juez), DRA. GABRIELA MARIA KABICHIAN (secretaria), se ha ordenado emplazar por edictos al Sr. HECTOR ALBERTO MONDAINI para que comparezca a estar a Derecho dentro del término de cinco (5) días de la última publicación, bajo apercibimiento de declararlo en rebeldía. Publíquense los edictos citatorios por tres (3) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Autos caratulados “PEREZ, CARLOS DANIEL Y OTROS C/ PIZARRO, LIDIA Y OTROS S/ USUCAPION” CUIJ: 21-02941292-5. Rosario, 28 de Agosto de 2026. Dra. Rosa I. Kaminsky, Prosecretaria.
$ 100 568012 Set. 28 Oct. 1
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Por disposición del Juzgado de JUZG. DE 1RA. INSTANCIA DE CIRCUITO N°5 - DENOM. ANTERIOR - Ref. Ley 14264 de Rosario, se ha dispuesto hacer saber que en autos “MAXIMO CLAUDIO Y OTRA c/ LLEONART SANTIAGO FERROGIARO s/ OTRAS DILIGENCIAS (USUCAPION)“ (CUIJ N° 21-02948338-5), se ha dictado la Resolución Nº 334 de fecha 16 de junio de 2026 que en su parte resolutiva dispone “...FALLO: 1.- Rechazar la demanda, con costas a la vencida (art. 251 CPCC}. 2.- Se difiere la regulación de honorarios hasta tanto se acompañe el avalúo fiscal del inmueble objeto de la litis correspondiente al año en curso. Insértese y hágase saber. Fdo.: Dr. Maximiliano Cossari - Juez - Dra. Gabriela P. Almará - Secretaria’
Autos “MAXIMO CLAUDIO Y OTRA c/ LLEONART SANTIAGO FERROGIARO s/ OTRAS DILIGENCIAS (USUCAPION)“ (CUIJ N° 21-02948338-5).
$ 100 568005 Set. 28 Oct. 1
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Por disposición de la Jueza de Circuito Nº 33 de Villa Gdor. Gálvez, Dra. CAROLINA BURGOS GRABICH, dentro de los caratulados FLORES, JOSEFINA LUCIA C/ LOBO, JOSE LUIS Y. OTROS S/ DESALOJO, CUIJ 21-22901549-1, se cita y emplaza a la demandada para que comparezca, CONTESTE LA DEMANDA y OFREZCA LA PRUEBA que haga a su derecho, bajo apercibimientos de tener por ciertos los hechos expuestos de la demanda, en caso de incontestación de la misma; notificándose a los subinquilinos y/o terceros ocupantes del inmueble objeto del desahucio, sito en calle Maipú 1232, Piso 2, Dpto. D de Rosario. Dra. MELODY SOL KAFFMAN (SECRETARIA). Villa Gobernador Gálvez, 22 de septiembre de 2026.
$ 100 568017 Set. 28 Oct. 1
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios de la ciudad de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes Héctor Rafael Bazzichi, DNI N° 6.048.513; y Mabel Susana Montemagno, DNI N° 5.336.831 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos: BAZZICHI, HECTOR RAFAEL Y OTROS s/DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 7”; Expte. CUIJ N° 21-03012105-5.
$ 45 Set. 28
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 7ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante María Teresa CARNICELLI D.N.I. 5.746.390, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: CARNICELLI, MARIA TERESA s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; (CUIJ N° 21-03012164-0). Fdo. Prosecretaria.
$ 45 Set. 28
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la Séptima Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante LUISA LAURA ROLDAN L.C. Nº 1.098.931, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: ROLDAN, LUISA LAURA s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; CUIJ 21-03012503-4; Fdo. Prosecretaría. Rosario, de Septiembre de 2026.
$ 45 Set. 28
Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, y Comercial de la 7ª Nominación de la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe, Dr. Marcelo Quiroga, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores, y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, Don IVANO RUBEN ROLANDO GIORSETII (DNI Nº 05.988.366), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. (Autos: GIORSETTI, IVANO RUBEN ROLANDO s/SUCESORIO; (CUIJ 21-03012355-4) de trámite ante la Oficina de Procesos Sucesorio de Rosario. Firmado: Prosecretaria. Rosario, de Septiembre de 2026.
$ 45 Set. 28
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante SILVIO PERESSINI (DNI 6.058.376), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados PERESSINI, SILVIO s/SUCESORIO C Y C 2”; (CUIJ N° 21-03010783-4). Fdo. Dra. Prosecretaria. Rosario.
$ 45 Set. 28
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante PICCIN1NI IRRANCA GLORIA STELLA, D.N.I. 04.220.320, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos: Autos caratulados: PICCININI IRRANCA GLORIA STELLA s/SUCESORIO; (CUIJ Nº 21-03011939-5). Fdo. Dra. María Fabiana Genesio, Jueza.
$ 45 Set. 28
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 5ta. Nominación de la ciudad de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ANIBAL ALEARDO FERNIGRINI, D.N.I. 6.047.958, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “FERNIGRINI, ANIBAL ALEARDO S/ SUCESORIO C Y C 5” (CUIJ 21-03002698-2). Fdo. Prosecretaría.
$ 45 Sep. 28
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante MIRTA AURELIA BALLANTI (D.N.I. N° 5.608.954) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “BALLANTI, MIRTA AURELIA S/SUCESION TESTAMENTARIA” (CUIJ 21-03012677-4).
$ 45 Sep. 28
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 19° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante FARKAS MARIA ROSA D.N.I. 4.499.738 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “FARKAS MARIA ROSA S/ SUCESORIO” (CUIJ 21-03012362-7).
$ 45 Sep. 28
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 22da. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante DANTE ALBERTO COCO (DNI 12.360.054), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “COCO, DANTE ALBERTO S/ SUCESORIO C Y C 22” CUIJ 21-03011975-1, Fdo. Prosecretaria.
$ 45 Sep. 28
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 2° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante HECTOR LUIS CASARINO D.N.I. 5.996.429 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: CASARINO, HECTOR LUIS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS (CUIJ 21-03012289-2). Fdo. Dra. Prosecretaría. Rosario
$ 45 Sep. 28
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante NILDA ANGELICA AMATTO (L.C. 585.794), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días en los autos caratulados: “AMATTO, NILDA ANGELICA S/ SUCESORIO” (CUIJ 21-03012524-7).
$ 45 Sep. 28
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante NILDA ANGELICA AMATTO (L.C. 585.794), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días en los autos caratulados: “AMATTO, NILDA ANGELICA S/ SUCESORIO” (CUIJ 21-03012524-7).
$ 45 Sep. 28
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Por disposición del/la Juez/a de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 21ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante EDUARDO LUCA CHAMORRO (D.N.I. 10.630.906) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “CHAMORRO, EDUARDO LUCA S/ SUCESORIO C Y C 21” (CUIJ N° 21-03011537-3) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.- Fdo.: DRA. CECILIA ANDREA CAMAÑO (Jueza).-
$ 45 Sep. 28
Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante PULIDO LIDIA MABEL 13.953.174 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “PULIDO, LIDIA MABEL S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N°21-03012401-1). Fdo. Prosecretaria
$ 45 Sep. 28
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 13° Nominación DE ROSARIO, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante IVAN EXEQUIEL MARTINELLI DNI 34.510.626 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “MARTINELLI IVAN EXEQUIEL S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CYC 13” (CUIJ Nº21-02997953-4). Fdo. Cintia M. Alonso - PROSECRETARIA.
$ 45 Sep. 28
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MONTI GUSTAVO SERGIO, D.N.I. 16.154.913, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “MONTI, GUSTAVO SERGIO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 10” (CUIJ N° 21-03011710-4). Fdo. Fernanda I. Virgolini, Prosecretaria
$ 45 Sep. 28
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 6° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, JAIME BARTOLOME ALOS (D.N.I. N° 6.088.539), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "Alos, Jaime Bartolomé s/Declaratoria de Herederos - Sucesión" (CUIJ 21-030011981-6). En trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Sep. 28
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 22da. Nominación de Rosario se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Rosa Gladis Sequeira D.N.I. 13.093.485 por un dia para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "SEQUEIRA ROSA GLADIS SOBRE DECLARATORIA DE HEREDEROS" CUIJ 21-03001960-9. OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS. Fdo. María Victoria Berrone, Prosecretaria.
$ 45 Sep. 28
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 19na. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Sra. María Iris MC CARTHY DNI 11.526.225 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "MC CARTHY, MARIA IRIS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ 21-03013227-8 ).
$ 45 Sep. 28
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 22° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante LORENZA ITATI CASTILLO D.N.I. N° 16.387.545 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "CASTILLO LORENZA ITATI S/DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 22" (CUIJ N.º 21-03012637-5). Fdo. Carmela Fernández Prosecretaria. Rosario,
$ 45 Sep. 28
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 22da. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante DANTE ALBERTO COCO (DNI 12.360.054), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "COCO, DANTE ALBERTO S/SUCESORIO C Y C 22" CUIJ 21-03011975-1, Fdo. Prosecretaria.
$ 45 Sep. 28
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FIRMAT
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
En los caratulados: SOCIEDAD ITALIANA DE SOCOROS MUTUOS “UNIÓN Y BENEVOLENCIA DE FIRMAT” C/ ROMERO CECILIA SOLEDAD Y OTROS S/ JUICIOS EJECUTIVOS CUIJ 21-26424549-1, en trámite por ante el Juzgado de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 16 de la ciudad de Firmat a cargo de la Dra. Laura M. Barco, Secretaría a cargo de la Dra. Natalia P. Grillo, se dictó la siguiente resolución: Firmat, Nº 666 fecha 20/05/2026. Y VISTOS:… Y CONSIDERANDO:... FALLO: Ordenando llevar adelante la ejecución hasta tanto al actor se le haga íntegro pago del capital reclamado de pesos UN MILLON SEISCIENTOS CUARENTA Y UN MIL ($1.641.000.-) hasta que el actor se haga íntegro cobro del capital reclamado, con más los intereses conforme se establece en los considerandos.- Costas de la ejecución a cargo de la demandada.-Difiriendo la regulación de honorarios, al momento de practicarse la planilla respectiva de la liquidación de capital, intereses y gastos causídicos.- Insértese, hágase saber y agréguese copia en autos.- Firmado Dra. Dra. Natalia P. Grillo (Secretario) y Laura Barco (Juez). Firmat, 23 de Setiembre de 2026. Dra. María Laura Mainente, Prosecretaria.
$ 200 568067 Set. 28 Oct. 5
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CASILDA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral Nº1 de la 1era. Nominación de la ciudad de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, Secretaría de la autorizante Dra. Viviana Guida, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de MARTA TERESA CAMPOS, DNI N° F3.553.652 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro por el término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de 1 día.- (Autos: “MARTA TERESA CAMPOS S/ SUCESORIO” CUIJ 21-25868118-2 (Expte. N° 443/2026)Fdo.: Dr. Pablo Vinciguerra (Prosecretario suplente).
$ 45 Sep. 28
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CAÑADA DE GÓMEZ
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 3° Nominación de Cañada de Gómez, en los autos caratulados: “MARCOLINI RAUL VICENTE S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ N° 21-26037501-3, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante RAUL VICENTE MARCOLINI, D.N.I. 6.164.679, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial.
$ 45 Sep. 28
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SAN LORENZO
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez del Juzgado Civil Nº 2 de San Lorenzo, Dr. Guillermo Roldán, Secretaría a cargo de la Dra. Melisa V. Peretti, se cita y emplaza a la demandada MARÍA VIRGINIA DE LA TORRE a comparecer a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos que se publicarán por tres (3) días en el BOLETÍN OFICIAL y cuyo término vencerá cinco (5) días después de la última publicación (Art. 73 CPCC). Autos caratulados: “CHAVEZ GABRIELA LILIANA C/ PAGANINI MARIA DE LA TORRE S/ PRESQ ADQ” CUIJ 21-25381493-1. Fdo. Dra. Melisa V. Peretti, Secretaria. San Lorenzo, 21 de Septiembre de 2026.
$ 33 568076 Set. 28 Oct. 5
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito de Familia de la ciudad de San Lorenzo, Secretaría de la autorizante, en los autos ENRICO FABIAN EDUARDO C/ ABALOS CELIA BEATRIZ S/ DIVORCIO, CUIJ 21-23854515-0, se le hace saber a la Sra. Abalas Celia Beatriz, DNI 22.863.012, que el Dr. Hernán Andrés Julián entenderá en los presentes caratulados. Se transcribe la providencia que lo ordena: ‘’SAN LORENZO, 28 de agosto de 2026. Hágase saber que el nuevo juez que va a entender es el Dr. Hernán Andrés Julián. Revóquese el decreto que antecede y en su lugar, se provee: requiérase al solicitante que manifieste una fecha exacta de separación de hecho, conforme fuera ordenado mediante decreto de fecha 23/05/2024 fs. 21 del expediente digital, si es que pretende que la disolución de la comunidad de ganancias se retrotraiga a ese acontecimiento, y acompañe una copia actualizada de la partida de matrimonio. Fecho, pasen los autos a despacho para resolver el divorcio. “Fdo. Abog. MONICA MUCHIUTTI (Secretaria) - DR. HERNÁN ANDRÉS JULIÁN (Juez). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley. San Lorenzo, —— Secretaría de la autorizante.-
$ 33 568049 Set. 28 Oct. 5
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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia Civil y comercial, 2ª Nom Sec Única San Lorenzo, en los autos caratulados: CANALIS MIGUEL ANGEL Y OTROS C/ RAMIREZ Y BUTTICE SER IND SRL S/ APREMIOS - RESP. CUIJ: 21-25444875-0. Nro. Expediente: 176/2024 hace saber que en los autos se ha dictado el siguiente decreto: “07/09/26.- Agréguese la constancia acompañada. Por practicada planilla. Póngase de manifiesto por el término de ley. Notifíquese por cédula y/o edicto con la transcripción de los montos de la misma. En consecuencia, la planilla practicada en autos asciende a la suma $4.115.545,35. (Pesos Cuatro Millones Ciento Quince Mil Quinientos Cuarenta y Cinco con 35/100) - Suma que comprende capital, intereses, gastos y demás conceptos correspondientes.-Firmado: Dra. MELISA V. PERETTI” (Secretaria).
$ 33 568019 Set. 28
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito N° 12 de San Lorenzo se ha ordenado que se haga saber que se ha dictado la siguiente resolución: “Nro. 954 - San Lorenzo, 01/09/2026. Y AUTOS Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: I.- Tener por auténticas las copias agregadas y por reconstruidos los autos caratulados “COMUNA DE ANDINO C/ VANZINI S/ APREMIO” EXPTE. 1499/2005 - CUIJ: 21-23371571-6. II.- Hágase oponible la reconstrucción del expediente ordenada, por cuanto derecho hubiere lugar, y en función de cuanta persona se entienda con derecho; no asistiendo ejecutoriada que fuere la misma, reclamo, oposición o recurso alguno. III.- Notifíquese la presente resolución conjuntamente por cédula a las partes, y profesionales intervinientes, y por edictos (art. 67 del CPCC). IV.- Fecho, se tendrá por último acto procesal válido aquel cuya notificación se encuentre fehacientemente acreditada en este expediente reconstruido, continuando el trámite a partir del mismo.- VI.- Continúen los autos según su estado. Insértese y hágase saber”. Autos caratulados: “Comuna de Andino de Pueblo Andino c/ Vanzini S.R.L. - Reconstrucción” CUIJ: 21-23371571-6. Fdo.: Dr. Javier Pedro Bértora (Juez Subrogante). Dra. Dulce Sofía Rossi (Secretaria).-
$ 100 568010 Set. 28 Oct. 1
Por disposición del Juez de 1ª Instancia de Distrito Civil y Comercial de 1ª Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante NELLI ANA PIERANGELI, D.N.I. 2.833.642, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: PIERANGELI, NELLI ANA s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; (CUIJ 21-03009860-6). Fdo. Dra. Luz María Gamst (Secretaria).
$ 45 Set. 28
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Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de San Lorenzo, Secretaria del autorizante, a cargo del Dr. Alejandro Marcos Andino, Juez, en los autos caratulados: Lago Rosa s/Declaratoria de Herederos, CUIJ 21-25449557-0, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y legatarios y a todos los que se consideren con derecho a bienes dejados por la causante Rosa Lago, DNI 00745167, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y en los estrados del Tribunal.
$ 45 Set. 28
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la SEGUNDA Nominación de la ciudad de San Lorenzo, a cargo del Dr. Guillermo Roldán (Juez Subrogante) secretaría de la autorizante, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante ANA CLEMENTINA CAMILATO LC 6.015.979, y a todo el que tenga algún interés legitimo, para que COMPAREZCA A ESTAR A DERECHO por el término y bajo apercibimiento de ley. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina, dentro de los autos caratulados CAMILATO, ANA CLEMENTINA s/SUCESORIO; 21-25449532-5. Lo que se publica a sus efectos sólo en el BOLETIN OFICIAL por el término de ley. San Lorenzo, Secretaria.
$ 45 Set. 28
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Por disposición del Juez del Juzgado de 1ª Instancia Civil y Comercial de la 1ª Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Sr. LEOPOLDO ENRIQUE FONTANA DNI 6.155.451, por un día, para que lo acrediten dentro de los 30 días corridos. Autos: FONTANA LEOPOLDO ENRIQUE s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; CUIJ 21-25448654-7. San Lorenzo, 23 de Septiembre de 2026. Fdo. por Dra. Luz María Gamst, (Secretaria).
$ 45 Set. 28
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Por disposición del Juez en lo Civil y Comercial de la 12ª Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante PITTILINI ROSANA MARIA ANTONIA (DNI 12.452.512)) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: PITTILINI ROSANA MARIA ANTONIA s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; CUIJ 21-25449397-7. Fdo. Dra. Luz M. Gamst, Secretaria.
$ 45 Set. 28
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El Juez de 1ra Instancia, del Distrito Judicial Nº 12, en lo Civil y Comercial, de la 2da Nominación, de la Ciudad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores, legatarios y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Sr. JUAN CARLOS CERVI, DNI Nº 12.847.252, para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término y bajo los apercibimientos de ley. En consecuencia, se hace saber que se ha ordenado citar y emplazar a los herederos de JUAN CARLOS CERVI, DNI N.º 12.847.252, para que comparezcan a estar a derecho, por edictos que se publicarán tres veces en el Boletín Oficial, venciendo el término cinco días después de la última publicación, bajo apercibimiento de ley. San Lorenzo (S.F), Septiembre de 2026. Firmado: Dra. Melisa V. Peretti (Secretaria).
$ 45 Sep. 28
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VILLA CONSTITUCIÓN
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Villa Constitución, se ha dispuesto hacer saber que en los autos: “COM NAC S.A. S/ ACUER. PREVENTIVOS EXTRAJ. Y CONC. PREVEN.” CUIJ 21-25661607-3, se ha dictado la siguiente resolución: Nº 1155 - Villa Constitución, 21/09/2026.- Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) RESUELVO: 1) Declarar la apertura del concurso preventivo de COM NAC S A, CUIT: 30-51773580-5, domiciliado en Belgrano 2331 de la ciudad de Villa Constitución, Peía de Santa Fe. 2) Para el sorteo del Síndico, ofíciese a la Presidencia de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la ciudad de Rosario. 3) Ordenar oficios al objeto normado en el art. 14 inc. 6 y 21 inc. 1º conforme Ley 26.086, autorizando al abogado patrocinante del deudor, o apoderados letrados, para su diligencia-miento hasta tanto el síndico haya aceptado el cargo en autos. 4) Decretar la inhibición general en bienes del concursado, para disponer y gravar bienes registrables. Ofíciese a este efecto al Registro General de la Propiedad y Registro Nacional de la Propiedad Automotor y demás registros que correspondan. 5) Intimar al deudor a depositar en autos dentro del término de seis días la suma de $ 540.000 para abonar gastos de correspondencia bajo la expresa sanción normada en el art. 13, 2do párr. LCQ. 6) Hacer saber que los requisitos exigidos en el art. 14 en sus incisos 3, 9 y 10 se proveerán inmediatamente de aceptado el cargo por el síndico designado, ordenándose publicar edictos en el BOLETÍN OFICIAL y diario “El Sur” del punto 1 “supra” decidido, y los datos del juicio, su radicación, nombre del síndico y fechas, en el plazo indicado en el art. 27 LCQ. 7) Hacer saber que la concursada no podrá viajar al exterior sin previa comunicación al Juez del concurso, haciendo saber el plazo de la ausencia, el que no podrá ser superior a cuarenta
(40) días corridos. En caso de ausencia por plazos mayores deberá requerir autorización judicial (art. 25 LCQ.). 8) Hacer saber a la sindicatura que, en su caso, deberá cumplimentar con los incisos 11 y 12 del art. 14 de la ley 24.522, modificada por la ley 26.086. 9) Comunicar la presente a la ARCA, API, Municipalidad de Villa Constitución, Registro Público de Comercio y Registro de Procesos Universales y a quien correspondiere, oficiándose. Insértese y hágase saber. DR. DARÍO MALGERI, Secretario - DR. DAVID LISANDRELLO, Juez. Secretaría, 23 de Setiembre de 2026.
S/C 568020 Set. 28 Oct. 5
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la 1ra Nom de VILLA CONSTITUCION a cargo de la Dra. AGUEDA M. ORSARIA, dentro de los autos caratulados “NESTOR ALEJANDRO MODINI CI GONZALEZ, MARIA SOLEDAD Y OTROS SI DAÑOS Y PERJUICIOS” CUIJ: 21-25661566-2, se ha ordenado notificar a los herederos del Sr. Jesús Alberto Silvetti. “En la ciudad de Villa Constitución, al 11 de septiembre de 2026. Agréguense las constancias acompañadas. Habiéndose cumplimentado con lo ordenado se provee el escrito cargo Nº 7673/26: Por presentado, acéptase el domicilio procesal constituido y en el carácter invocado, conforme al poder acompañado. Por iniciada formal DEMANDA DE DAÑOS Y PERJUICIOS que tramitará según las normas del proceso ORDINARIO (cf. art. 398 CPCC). Cítese y emplácese a GONZALEZ MARIA SOLEDAD; a los sucesores de SILVETTI, JESUS ALBERTO -cuya identidad deberá denunciar en autos- y en garantía a SAN CRISTOBAL SOCIEDAD MUTUAL DE SEGUROS GENERALES por el plazo de ley para que dentro del mismo comparezca a estar a derecho y tome la intervención que le corresponda, bajo apercibimiento de rebeldía (arts. 72, 76 y ss., CPCC). Atento haberse denunciado el fallecimiento SILVETTI JESUS ALBERTO, cítese y emplácese a sus herederos a comparecer a estar a derecho, por el término y bajo apercibimientos de ley. Publíquense edictos en la forma establecida por el art. 597 CPCC. Ofíciese al Registro de Procesos Universales a efectos de que informe si existe sucesorio iniciado. En caso de resultar necesario y a fin de conocer el actual domicilio del (los) demandado(s), líbrense oficios requiriéndose informes de rigor al Registro Nacional de las Personas y/o al Registro de Personas Jurídicas, Empresas y Contratos (RPJEC) y/o a la entidad que corresponda. Autorizase a los postulantes a diligenciar tales despachos bajo su firma, a tenor de lo normado en el art. 25 del CPCC. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán de acuerdo al “Protocolo de oralidad y gestión de la prueba en los procesos civiles” aprobado por la CSJSFE mediante Acta 7 -punto 9º- de fecha 17 de marzo de 2026. Se informa link de acceso para su consulta: https://www.justiciasantafe.gov.arlindex.phplcirculares/circular-nro-23-actualizacion-delprotocolo-de-oralidad-efectiva-implementado-en-el-poder-judicial-de-la-provincia-de-santa-fe/. Por tanto, se hace saber que las audiencias sólo se difieren o suspenden por caso fortuito o fuerza mayor. Se celebrarán con quien/es se presenten. En ambas audiencias se invitará a las partes a una conciliación o a encontrar otra forma de solución del conflicto (art. 19 CPCC) siendo todo lo tratado de carácter confidencial sin que lo actuado pueda sea merituado en la sentencia. Las partes son libres de mantener tratativas conciliatorias, sin provocar que las audiencias pasen a cuarto intermedio. La comparencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la ley 12.851. Asimismo, en caso de incomparencia injustificada a las audiencias, podrá imponerse astreintes y/o sanciones disciplinarias contempladas en los arts. 222 y 223 de la Ley 10.160 (cf. art. 49 de la Ley 14.264 y Acuerdo CSJSF del 17/03/2026. Acta Nº 7, Punto 9). Los alegatos serán orales, en la audiencia de producción. Las partes deberán cumplimentar con las reglas de presentación establecidas por la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe en Circular nº 106125 de fecha 22 de octubre de 2025. Por tanto, la demanda y su contestación deberán contar con una extensión no mayor a cuarenta páginas (40) de veintiséis renglones, y con letra de tamaño claramente legible (no menor de 12). Hágase saber a las partes que deberán presentarla documental fundante (art.137 CPCC) de modo legible según volumen autorizado en SISFE por la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe (cf. Acuerdo celebrado el día 25.4.2023, Acta Nº 11, de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe donde se habilita 6 - seis- megabytes para presentaciones de demanda y contestación de demanda y 3 - tres- megabytes para los demás tipos de escritos) bajo apercibimiento de proceder al rechazo de la presentación. Se constituye a la parte oferente de la documental en depositaria de la misma, la que deberá ser sometida a control de parte y del Juzgado a simple requerimiento. En caso de documental de gran volumen o tamaño o documental que se encuentre en otros formatos (audio, video, etc) la parte podrá ponerla a disposición del juzgado mediante pen drive o similar. El Juzgado podrá disponer la forma de presentación de la misma. Notifíquese por cédula. De no ser hallado el demandado en el domicilio denunciado, el notificado deberá requerir de quien le atienda o vecinos le informen el mismo vive o trabaja allí y sólo en caso afirmativo procederá a efectuar la notificación, bajo apercibimiento de nulidad del diligenciamiento de la notificación, dejando debida constancia en la diligencia del resultado del informe obtenido.” FDO: DR. ALEJANDRO DANINO (Secretario) y DRA. AGUEDA M. ORSARIA (Juez). Villa Constitución, 14 de Septiembre de 2026.
$ 1000 568077 Set. 28 Oct. 5
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venado tuerto
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nº3 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. Maria Celeste Rosso, Juez, Dra. Maria Laura Olmedo, Secretaria, dentro de los autos caratulados "WYSCHCKONY, WALTER ANTONIO S/ SUCESIONES-INSC.TARDIASSUMARIAS- VOLUNT. (DIGITAL)" (Expte. CUIJ N°21-24626071-8 )" se ha dispuesto emplazar a herederos, acreedores y legatarios de Don WALTER ANTONIO WYSCHCKONY, quien era argentino, D.N.I. N.º 6.123.669, nacido en Santa Fe, Argentina, el día 01/11/1937, hijo de Don Antonio Wyschckony y de Doña Albina Angélica Moyano, con último domicilio en calle Pellegrini N° 1916 de Venado Tuerto, Pcia. Santa Fe, quien falleciera por enfermedad en Venado Tuerto, en fecha 14/06/2026,para que comparezcan por ante este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro del término de ley.- VENADO TUERTO, 25 de septiembre de 2026
$ 45 Sep. 28