picture_as_pdf 2026-09-23

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SANTA FE

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del Señor Juez de la. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la SÉPTIMA Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados “LOS OLIVOS S.C.C. c/ ARTEAGA, Eduardo y otros s/ USUCAPION” (CUIJ N° 21-00923253-9), se ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 03 de Septiembre de 2026. Agréguese el oficio diligenciado al Registro General en el que consta la inscripción de los bienes como litigiosos. Agréguense los oficios y cédulas diligenciadas acompañadas. Haciendo efectivos los apercibimientos decretados, declárense rebeldes a los demandados debiendo notificarlos en la misma forma prevista en el proveído de fecha 24/04/2026. Asimismo y haciendo efectivos los apercibimientos oportunamente ordenados, téngase por apartada a la Municipalidad de Gálvez. Atento lo informado por Fiscalía de Estado en el escrito cargo n° 5132/2026, cumplimente en la forma allí indicada. Notifíquese.- Fdo.: Dr. LUCIO ALFREDO PALACIOS (Juez)”. En consecuencia, se les notifica a los herederos y/o sucesores de los demandados EDUARDO ARTEAGA, MARIA JULIA ARTEAGA DE TRULLS, AIDA ARTEAGA DE PARENTI, ELVIRA MARIA TERESA BELLUATTI y MARINA BÁRBARA YELA que se los ha declarado rebeldes, prosiguiendo la presente sin dársele representación Santa Fe, de Septiembre de 2026.

$ 400 567950 Sep. 23

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en los autos: “AREVALO, ANA MARIA DEL CARMEN s/ Solicitud Propia Quiebra” (CUIJ: 21-02063959-5), se ha dispuesto en la resolución de fecha 15/09/2026: RESUELVO: 1º) Declarar la quiebra de la Sra. Ana María del Carmen Arévalo, argentina, D.N.I. Nº 29.348.085, C.U.I.L. Nº 27-29348085-6, domiciliada realmente en calle Francisco Aguayo Nº 4664, de la Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe.- 2º) Ordenar la anotación de la quiebra y la inhabilitación de la fallida en el Registro de Procesos Universales y la inhibición general de bienes del Registro General de la Propiedad, y demás registros que correspondan. Comunicar la presente declaración en quiebra a la Administración Provincial de Impuestos (art. 29 Código Fiscal - texto ordenado decreto 2350/97). 3°) Ordenar a la fallida y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia de la primera. Intimar al deudor para: a) que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4°) Ordenar la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12º). Disponer la intercalación de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522. 5º) Disponer la prohibición a la fallida -de ausentarse del país hasta la presentación del informe general (Art. 103, Ley 24.522), salvo autorización judicial concedida en cada caso. A sus efectos, se librarán de inmediato los oficios pertinentes a las autoridades de control de fronteras que corresponda, comunicando la fecha fijada para la presentación del informe general y haciéndoseles saber que, en caso de disponerse prórroga para la presentación del dicho informe o extensión de la interdicción de salida del país de la fallida, se comunicará en cada caso mediante oficio. 6°) Fijar la audiencia del sorteo del Síndico el 23/09/2026 a las 10 hs, a realizarse en la Oficina de sorteo de peritos, martilleros y síndicos dependiente de la Secretaría de Presidencia Secretaría de Presidencia de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, conforme el procedimiento establecido en la Acordada de la Corte de fecha 05/12/2017. A tales efectos, ofíciese. 7º) Previo a ordenar la realización de los bienes, deberá proceder Sindicatura conforme a los arts. 177 y sgtes. de la ley 24.522 a los efectos de que determine el patrimonio del fallido. A sus fines, la Sindicatura conjuntamente con el Sr. Oficial de Justicia o el Funcionario que por jurisdicción corresponda al domicilio del fallido y de ubicación de los bienes, procederá de inmediato a la realización de inventario de los bienes, con el desapoderamiento previsto en los arts. 88 inc 10, 106, 107, siguientes y concordantes de la ley 24.522. A sus efectos se habilitarán días y horas que fueren menester para tal cometido. Líbrese mandamiento u ofíciese -según corresponda- a tales fines, facultando al funcionario interviniente a allanar domicilio, hacer uso de la fuerza pública de ser necesario y con la debida moderación. 8°) Fijar hasta el día 27/11/2026 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria. 9°) -Fijar los días: 30/12/2026 para que la Sindicatura presente un juego de copias de las impugnaciones; el 11/03/2027 para la presentación de los informes individuales; y el 06/05/2027 para la presentación del informe general. 10º) “ordenar la publicación de edictos, conforme lo prescribe el art. 89 de la ley 24.522. 11º) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Únicas de Distritos, Laboral, Daños y Familia de estos Tribunales sobre la iniciación y radicación de causas contra la fallida, a sus efectos ofíciese -facultándose al Síndico a suscribir los oficios e intervenir en su diligenciamiento-. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida y a los Tribunales Federales a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21, ambos de la ley de Concursos y Quiebras, detallando las causas a remitir. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 12º) Disponer el cese de todo descuento del haber de la fallida -con excepción de los descuentos de ley, de Obra Social, impositivos, cuota alimentaria, y embargos generados en procesos exceptuados del fuero de atracción, art. 132 Ley 24.522-; simultáneamente, ordenar la retención de la porción embargable del haber de la fallida, la que se depositará a nombre de este proceso y a la orden de este Juzgado, en cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Sucursal Tribunales. A sus. efectos se librará oficio a la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe. Asimismo, y para el caso de que éste perciba sus haberes por sistema de tarjeta de débito, y sobre la misma se efectúen descuentos, se oficiará a la entidad que corresponda para que cesen los mismos y, de tal forma, se dé estricto cumplimiento a lo anteriormente ordenado. (...), Protocolísece el presente y ofíciese. Firmado digitalmente Dr: Dr. RODRIGO C. URETA CORTES, Juez. Dra. MERCEDES DELLAMÓNICA. Dra. Alina Prado, prosecretaria.

S/C 567601 Sep. 23 Sep. 29

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados “GOMEZ, OLGA BEATRIZ s/ Solicitud Propia Quiebra” (CUIJ: 21-02063771-1) se ha declarado en fecha 14/09/2026 la quiebra de Olga Beatriz GOMEZ, D.N.I. 20.139.787, mayor de edad, empleada, apellido materno CASTRO, domiciliada realmente en calle Entre Ríos 2356, Barrio Alfonsín, de la ciudad de Coronda, y con domicilio ad lítem constituido en Avenida Gobernador Freyre 2265, de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe. Se dispuso el día 07/10/2026 como fecha en la que se realizará el sorteo del Síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Síndico hasta el día 20/11/2026. Se ordenó a la fallida y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquella que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos a la fallida, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes de la fallida en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes de la fallida. Disponer que la fallida no pueda ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la ley 24.522, oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 L.C.Q.). Fdo. Dr. Lucio Alfredo Palacios, Juez - Dra. Romina Soledad Freyre, Secretaria.

S/C 567596 Sep. 23 Sep. 29

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación, se hace saber que en los autos “SOSA, SIXTO MAXIMILIANO s/Solicitud Propia Quiebra” (CUIJ 21-02063485-2).- se ha dispuesto: Santa Fe, 14/9/26... RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de SIXTO MAXIMILIANO SOSA, argentino, mayor de edad, soltero, D.N.I. 36.055.322, apellido materno LEZCANO, con domicilio real en calle Arturo Jauretche 10327, y legal en calle Amenabar 3066, Dpto. 1º; ambos de esta ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales, para el día 16 de septiembre de 2026 a las 11.00 hs.- 13) Fijar el día 15 de octubre de 2026 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes.- 14) Fijar el día 29 de octubre de 2026 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos.- 15) Señalar el día 26 de noviembre de 2026 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito para su publicación en el sistema informático; y el día 16 de febrero de 2026 para la presentación del Informe General. Sin previo pago (art. 89 - 3er párrafo Ley 24522). Fdo. DR. PABLO CRISTIAN SILVESTRINI (secretario) DR. CARLOS F. MARCOLÍN (Juez).

S/C 567597 Sep. 23 Sep. 29


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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación, se hace saber que en los autos “ZALAZAR, SERGIO RAMON S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” (CUIJ 21-02063473-9).- se ha dispuesto: Santa Fe, 14/9/26... RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de SERGIO RAMON ZALAZAR, argentino, mayor de edad, soltero,D.N.I. 43.644.521, apellido materno ALEGRE, con domicilio real en calle Baigorria 9184, y legal en calle Amenabar 3066, Dpto. 1; ambos de esta ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales, para el día 16 de septiembre de 2026 a las 11.00 hs.- 13) Fijar el día 15 de octubre de 2026 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes.- 14) Fijar el día 29 de octubre de 2026 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos.- 15) Señalar el día 26 de noviembre de 2026 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito para su publicación en el sistema informático; y el día 16 de febrero de 2026 para la presentación del Informe General.—- Sin previo pago (art. 89 - 3er párrafo Ley 24522). Fdo. DR. PABLO CRISTIAN SILVESTRINI (secretario) DR. CARLOS F. MARCOLÍN (Juez).

S/C 567598 Sep. 23 Sep. 29

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación, se hace saber que en los autos “GIMENEZ, GONZALO OMAR S/ QUIEBRA” (CUIJ 21-02063409-7).- se ha dispuesto: Santa Fe, 14/9/26... RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de GONZALO OMAR GIMENEZ, argentino, mayor de edad, soltero, D.N.I. 31.200.573, apellido materno FARIAS, con domicilio real en calle Manuel Leiva 2064 de la ciudad de Coronda, y legal en calle La Rioja 3212 de esta ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales, para el día 16 de septiembre de 2026 a las 11.00 hs.- 13) Fijar el día 15 de octubre de 2026 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes.- 14) Fijar el día 29 de octubre de 2026 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos.- 15) Señalar el día 26 de noviembre de 2026 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito para su publicación en el sistema informático; y el día 16 de febrero de 2026 para la presentación del Informe General. Sin previo pago (art. 89 - 3er párrafo Ley 24522). Fdo. DR. PABLO CRISTIAN SILVESTRINI (secretario. DR. CARLOS F. MARCOLIN (Juez).

S/C 567599 Sep. 23 Sep. 29

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación, se hace saber que en los autos “GIMENEZ, GONZALO OMAR S/ QUIEBRA” (CUIJ 21-02063409-7).- se ha dispuesto: Santa Fe, 14/9/26... RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de GONZALO OMAR GIMENEZ, argentino, mayor de edad, soltero, D.N.I. 31.200.573, apellido materno PARIAS, con domicilio real en calle Manuel Leiva 2064 de la ciudad de Coronda, y legal en calle La Rioja 3212 de esta ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales, para el día 16 de septiembre de 2026 a las 11.00 hs.- 13) Fijar el día 15 de octubre de 2026 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes.- 14) Fijar el día 29 de octubre de 2026 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos.- 15) Señalar el día 26 de noviembre de 2026 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito para su publicación en el sistema informático; y el día 16 de febrero de 2026 para la presentación del Informe General. Sin previo pago (art. 89 - 3er párrafo Ley 24522). Fdo. DR. PABLO CRISTIAN SILVESTRINI (secretario) DR. CARLOS F. MARCOLIN (Juez).

S/C 567599 Sep. 23 Sep. 29

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en los autos: “MUÑIZ JUAN IGNACIO s/ Quiebra” (Expte. CUIJ: 21-02063292-2), se ha dispuesto en la resolución de fecha 16/09/2026: RESUELVO: 1º) Declarar la quiebra del Sr. JUAN IGNACIO MUÑIZ, argentino, mayor de edad, D.N.I. 43.164.806, domiciliado realmente en calle Hipólito Irigoyen 1315, de la localidad de Coronda, Provincia de Santa Fe, y con domicilio legal en calle General López 3162, de esta ciudad. 2°) Ordenar la anotación de la quiebra y la inhabilitación del fallido en el Registro de Procesos Universales y la inhibición general de bienes del Registro General de la Propiedad, y demás registros que correspondan.

Comunicar la presente declaración en quiebra a la Administración Provincial de Impuestos (art. 29 Código Fiscal - texto ordenado decreto 2350/97). 3°) Ordenar al fallido y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia de la primera. Intimar al deudor para: a) que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4°) Ordenar la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12°). Disponer la interceptación de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522. 5°) Disponer la prohibición al fallido de ausentarse del país hasta la presentación del informe general (Art. 103, Ley 24.522), salvo autorización judicial concedida en cada caso. A sus efectos, se librarán de inmediato los oficios pertinentes a las autoridades de control de fronteras que corresponda, comunicando la fecha fijada para la presentación del informe general y haciéndoseles saber que, en caso de disponerse prórroga para la presentación del dicho informe o extensión de la interdicción de salida del país del fallido, se comunicará en cada caso mediante oficio. 6°) Fijar la audiencia del sorteo del Síndico el 23 de Septiembre de 2026 a las 10 hs, a realizarse en la Oficina de sorteos de peritos, martilleros y síndicos dependiente de la Secretaría de Presidencia de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, conforme el procedimiento establecido en la Acordada de la Corte de fecha 05/12/2017. A tales efectos, ofíciese. 7°) Previo a ordenar la realización de los bienes, deberá proceder Sindicatura conforme a los arts. 177 y sgtes. de la ley 24.522 a los efectos de que determine el patrimonio del fallido. A sus fines, la Sindicatura conjuntamente con el Sr. Oficial de Justicia o el Funcionario que por jurisdicción corresponda al domicilio del fallido y de ubicación de los bienes, procederá de inmediato a la realización de inventario de los bienes, con el desapoderamiento previsto en los arts. 88 inc 10, 106, 107, siguientes y concordantes de la ley 24.522. A sus efectos se habilitarán días y horas que fueren menester para tal cometido. Líbrese mandamiento u ofíciese -según corresponda- a tales fines, facultando al funcionario interviniente a allanar domicilio, hacer uso de la fuerza pública de ser necesario y con la debida moderación. 8°) Fijar hasta el día 30 de Noviembre de 2026 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria. 9°) Fijar los días: 31 de Diciembre de 2026 para que la Sindicatura presente un juego de copias de las impugnaciones; el 12 de Marzo de 2027 para la presentación de los informes individuales; y el 07 de Mayo de 2027 para la presentación del informe general. 10°) Ordenar la publicación de edictos, conforme lo prescribe el art. 89 de la ley 24.522. 11º) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Únicas de Distritos, Circuitos, Laboral, Daños y Familia de estos Tribunales sobre la iniciación .y radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese -facultándose al Síndico a suscribir los oficios e intervenir en su diligenciamiento-. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida y a los Tribunales Federales a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21, ambos de la ley de Concursos y Quiebras, detallando las causas a remitir. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 12°) Disponer el cese de todo descuento del haber del fallido -con excepción de los descuentos de ley, de Obra Social, impositivos, cuota alimentaria, y embargos generados en procesos exceptuados del fuero de atracción, art. 132 Ley 24.522-; simultáneamente, ordenar la retención de la porción embargable del haber de la fallida, la que se depositará a nombre de este proceso y a la orden de este Juzgado, en cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Sucursal Tribunales. A sus efectos se librará oficio a la empleadora. Asimismo, y para el caso de que el fallido perciba sus haberes por sistema de tarjeta de débito, y sobre la misma se efectúen descuentos, se oficiará a la entidad que corresponda para que cesen los mismos y, de tal forma, se dé estricto cumplimiento a lo anteriormente ordenado. 13º) En orden con lo dispuesto por el art. 275 LCQ, hágase saber a la sindicatura interviniente que será a su cargo la suscripción y diligenciamiento de todos los oficios y diligencias pertinentes ordenados en el marco de la presente, a excepción de aquellos expresamente exceptuados en la citada norma, y sin perjuicio de los que requieran firma digital y/ o su diligenciamiento electrónico por la Actuaria. Asimismo, estese el letrado actuante- a lo normado por el art. 25 del CPCC. Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Ofíciese. Notifíquese.- FDO: Dra. Mercedes Dellamónica, Secretaria; Dr. Rodrigo Ureta Cortes, Juez.16 de septiembre de 2026.Dra. Alina Prado, prosecretaria.

S/C 567600 Sep. 23 Sep. 29

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en. los autos: “TORNIMBENI, HERNAN s/ Pedido De Quiebra” (CUIJ Nº 21-02063693-6) se ha dispuesto: SANTA FE 14 DE SEPTIEMBRE DE 2026: Declarar la quiebra de HERNÁN TORNIMBENI, argentino, mayor de edad, soltero, DNI Nº 37283429, con domicilio real en Pasaje Parpal1363 y legal en calle Urquiza 1438, primer piso, Of. “B”, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 4) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. A los efectos, se oficiará a la Jefatura de la Policía Federal Argentina y Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior de la Nación dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general (09/03/2027). 13) Fijar el día 05/11/2026, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de crédito. 14) Designar el día 23/11/2026 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 15) Señalar el día 22/12/2026 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 0910312027 para la presentación del informe general. 17) Ordenar la publicación de edictos por Secretaría en l.a forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q. en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe e intimar al Síndico que resulte sorteado a que, en el plazo de 48 horas, contado desde la fecha de aceptación del cargo, realice una nueva publicación con todos los requisitos del art. 89 incluido especialmente su nombre, domicilio, teléfono, correo electrónico y horarios de atención. 21) Póngase a disposición la clave de acceso a terceros: 4972. Firmado digitalmente por: GABRIEL ABAD- JUEZ-DRA. VERONICA TOLOZA – SECRETARIA. DRA. Natalia Gerard, prosecretaria.

S/c 567602 Sep. 23 Sep . 29


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Por disposición de la Jueza de lra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados “ALZUGARAY, MANUEL EZEQUIEL s/Pedido De Quiebra (Expte. CUIJ Nº 21-02063597-2), se ha resuelto lo siguiente: Santa Fe, 11 de septiembre de 2026. VISTOS:..., CONSIDERANDO:..., RESUELVO: 1) Declarar, a su propio pedido, la quiebra de Manuel Ezequiel Alzugaray, apellido materno Argüello, DNI Nº 34.166.855, argentino, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en calle 4to. Pasaje SIN Casa 46 Barrio Norte de la ciudad de Santa Fe y legal en calle 25 de Mayo Nro. 2126 Piso 2do. Oficinas “A” y “B” de esta ciudad. 2) Decretar la inhibición general del fallido para disponer y gravar bienes registrables, oficiándose a sus efectos. 3) Disponer como fecha para que tenga lugar el sorteo de un Contador Público Nacional que actuará como Síndico el día miércoles 16 de Septiembre de 2026 a las 1O horas. 5) Prohibir hacer pagos a la fallida, bajo apercibimientos de ser éstos ineficaces.10) Fijar el día 30 de Noviembre de 2026 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 11) Fijar el día 10 de Febrero de 2027 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos y el 25 de Marzo de 2027 para que presente el informe general. 13) Disponer la publicación de edictos en el Boletín Oficial, dentro de las veinticuatro horas y en la forma prevista por el art. 89 de la Ley 24.522, computándose el plazo que tiene la deudora para ello desde el día de notificación posterior a la aceptación del cargo por el Síndico, dado que los edictos deberán contener su nombre y domicilio. Fdo. Ana Rosa Alvarez, Jueza. Sandra S. Romero, Secretaria. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y de acuerdo a la Ley 11827, en el lugar habilitado por la CSJP en el Palacio de Tribunales. Santa Fe, 11 de septiembre de 2026. Secretario.Sandra Romero, prosecretaria.

S/C 567603 Sep.23 Sep. 29


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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito n.0 17 en lo Civil, Comercial y Laboral, Primera Nominación de Villa Ocampo (Santa Fe), sito en Mariano Moreno n.º 1492 de Villa Ocampo (S.Fe), C.P.: S3580BSR, email: civilvillaocampo@justiciasantafe.gov.ar, se cita y emplaza a los herederos y/o sucesores del Sr. José Antonio Gobbi DNI nº 6.325.234, CUIL/T 20-06325234-5 a comparecer a estar a derecho en el término y bajo apercibimientos de ley en el juicio caratulado: “GOBBI. JOSÉ ANTONIO C/VALLEJOS, ESTER LUCIA S/ DESALOJO” (CUIJ n° 21-28676063-2).Villa Ocampo, 14 de septiembre de 2026. María Belén, Fernández, prosecretaria.

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Por disposición del Dr. Migno Julio Francisco, Juez a cargo de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 20 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados: “RUIZ MARIANO EZEQUIEL s/QUIEBRA CUIJ 21-26172076-8” ,por resolución de fecha 26 de Agosto de 2026 se ha resuelto: (...)Declarar la Quiebra (arts. 288 y 289, ley 24.522) del Señor RUIZ MARIANO EZEQUIEL, DNI Nº 35.769.551, CUIL20-35769551-2, argentino, mayor de edad, dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Santa Fe, domiciliado realmente en calle Dr. García Tiscornia Nº 2362, Barrio Fonavi y constituyendo domicilio procesal en calle Diputado Nacional Mario Migno Nº 2369 ambos en esta ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe.3) Ordenar al fallido, como así también a terceros, para que en el término de 48 horas de su designación, entreguen al Síndico todos los bienes de pertenencia del primero. Intimar al deudor para: a) que entregue a la Sindicatura, dentro de las 24 hs de que aquél acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad (Art. 88 inc 4 LCQ); b) Intimar al fallido para que, en el término de diez días contados a partir de la presente resolución, de cumplimiento a lo dispuesto por el art. 86 de la Ley 24.522.5) Ordenar interceptar toda la correspondencia epistolar del fallido (Art. 114 LCQ) y entregarla al Síndico. Para su cumplimiento ofíciese al Correo Argentino y empresas privadas de servicio postal y comunicaciones; Ordenar las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento de lo dispuesto por el art. 103 de la Ley 24.522, haciéndose saber que conforme dicha disposición el fallido no podrá ausentarse del país hasta la presentación del Informe General, el cual deberá cumplimentarse el 23/06/2026...8) La Sindicatura deberá proceder conforme a los Arts. 177 y ss., de la Ley nº 24522 a los efectos de que determine el patrimonio del fallido. A dicho fin el Síndico conjuntamente con la Oficial de Justicia o el funcionario o funcionaria que por jurisdicción corresponda al domicilio del fallido y de ubicación de los bienes, procederá de inmediato a la confección de un detallado inventario de los bienes muebles e inmuebles en el término de 30 días el cual comprenderá rubros generales (88 inc 1O) con el desapoderamiento previsto en los arts.106, 107 y ss y ccrts de la LCQ, designándose Depositaria Judicial al fallido de los bienes imprescindibles para su subsistencia y la de su familia (Art. 177 in fine LCQ). Con tal cometido, líbrese Mandamiento a la Oficial de Justicia con las facultades de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública en caso de ser necesario y con la debida moderación. 9) Fijar hasta el día 30/09/2026 inclusive (o el día hábil inmediato posterior) como plazo dentro del cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el art. 200 y 32 de la LCQ. 10) Fijar hasta el día 19/10/2026 inclusive, el Período de Observación e Impugnaciones (Art.34 y 200). 11) Hacer saber al Síndico que dentro de las 48 hs. de vencido el plazo previsto en el punto anterior, deberá acompañar al Juzgado por triplicado, una lista de los acreedores que hayan pedido verificación de sus créditos y las observaciones e impugnaciones que se hubieren efectuado. 12) Para que el Síndico presente al Juzgado el informe Individual, (Art 35 LCQ) de cada solicitud de verificación en particular, señalase el día 12/11/2026 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado) y para que presente el informe general (Art 39LCQ), el 02/02/2027 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado), haciéndole saber explícitamente que antes de la fecha de presentación de los informes individuales deberán estar debidamente diligenciados TODOS LOS OFICIOS REQUERIDOS, bajo apercibimientos de lo dispuesto por el art. 255 LCQ. 13) Disponer, para el caso de ser necesario, la realización de los bienes del fallido (art 88 inc 9 LCQ), a cuyo efecto se señalará oportunamente fecha de audiencia para que tenga el lugar et sorteo de un Martillero Público de la lista de oficio. 14) Ordenar que, una vez aceptado el cargo por el Síndico, y dentro del plazo de cinco días de dicha aceptación, acredite la publicación de edictos por el término de ley, en el Boletín Oficial y Hall de este Juzgado. Asimismo, y como forma complementaria de la publicación de edictos el Síndico deberá acreditar la notificación por medio fehaciente a los acreedores denunciados por el fallido, en los domicilios que corresponda; ello a tos fines de morigerar el peligro de la notificación automática y compatibilizar una más acelerada y económica tramitación de la causa con el Derecho de Defensa. (“Algunos Principios Procesales Concursales” por Ricardo PRONO). La publicación de edictos contemplada por et artículo 89 de la ley concursal es necesaria a los fines de oponer la quiebra erga omnes y tiene carácter de emplazamiento, para que los acreedores se presenten a verificar sus créditos. -Se informa que la Síndica Designada es la CPN Marinaro Mónica, Matrícula Nº 13653, con domicilio procesal en Independencia 2037 de la ciudad de San Javier, horario de atención al público en el domicilio constituido los días hábiles de lunes a viernes en el horario de 10 a 12 y de 16 a 20 hs. Constituye domicilio electrónico en monica.marinaro77@gmail.com Dr Migno Julio Francisco-Juez; Dr. ESCUDERO, Diego-Secretario. San Javier, 16 de septiembre de 2026. Dra. Gabriela Voilloz, prosecretaria

S/C 567632 Sep. 23 Sep. 29

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios -Juzg. de primera instancia en lo Civil y Comercial de la 13° Nominación- en los autos caratulados “ORDOÑEZ, OLGA ERMELINDA S/DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-02061037-6, se cita emplaza a los herederos y legatarios de la causante la Sra. OLGA ERMELINDA ORDOÑEZ DNI N° 6.287.955, a fin de que se presenten hace valer sus derechos. Por el termino y bajo apercibimiento de ley. Lo que se publica por el termino de ley en el BOLETIN OFICIAL. Fdo: DR. GUILLERMO ADRIAN VALES Juez. -

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Por disposición del Juzgado de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2da. Nominación de la ciudad de ESPERANZA, provincia de Santa Fe, en autos "LEIVA, WALTER GUSTAVO S/ SUCESORIO” (CUIJ 21- 28925575-0), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios y a todos aquellos que se creyeren con derecho sobre los bienes de Walter Gustavo LEIVA D.N.I. 22.144.406, para que comparezcan a este Juzgado a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Se publica a sus efectos en el diario Boletín Oficial y Hall de Tribunales (Acordada C.S.J. del 7.2.96, acta nro. 3). Firmado digitalmente por: Dr. Virginia Ingaramo (Jueza a/c) Dra. Victoria Lang (Secretaria)." Esperanza, 22 de Septiembre de 2026.-

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Por disposición de la Juzg. Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral 2da. Nom SEC.UNICA de la Ciudad de Esperanza, en autos "SCHWEGLER ZULEMA IRENE S/SUCESORIO" (CUIJ 21-28926486-5), se cita y emplaza a acreedores y herederos de SCHWEGLER ZULEMA IRENE; DNI N° 4.772.992, domiciliado en calle Batistín Salvetti N°2012 de la localidad de Humboldt, fallecida en fecha 07/05/2026 en la ciudad de Esperanza; para que dentro del término de 30 días bajo apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos. Sucesorio promovido por los Dres. Matías Ruá y Jonatan Gatti. Publicaciones por el término de ley en el Boletín Oficial y en Sede Judicial, conforme los artículos 25 у 67 СРСCC y 2340 del C.C.C.N. FDO: Esperanza, a los 2 días de septiembre de 2026. y Dra. María Josefina Olcese (Jueza) Dra. Victoria Lang (Secretaria)

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios, Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 3ra. Nominación) en los autos “CAPELLINI ANA MARIA S/ SUCESORIO” CUIJ 21-02029499-7, se cita, llama y emplaza a todos los heredero/as, acreedore/as y legatario/as de la Sra. CAPELLINI ANA MARIA, DNI N° 03.989.966 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Jueza Dra. BEATRIZ FORNO.

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios – Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 13ra. Nom) en autos caratulados: SILVA, DAMIAN EZEQUIEL S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS 21-02062726-0 se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de SILVA DAMIAN EZEQUIEL, DNI 42.481.841 argentino, nacido en la localidad de Santa Fe, domiciliado en Coronda, Provincia de Santa Fe y fallecido en fecha 04/02/2026, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL de conformidad con lo ordenado en autos. Fdo. Dr. Guillermo Adrian Vales: Juez.- SANTA FE, __ SEPTIEMBRE 2026.-

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios, en autos caratulados: QUATTROCCHIO, VILMA MARIA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS, CUIJ 21-02059705-1, (radicado en el Juzgado Civil y Comercial de la 13ra. Nominación de la ciudad de Santa Fe), se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de QUATTROCCHIO, VILMA MARÍA, DNI N° 4.626.200, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y hall de Tribunales. Firmado: Dr. Guillermo Vales (Juez)

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Por disposición del Señor Juez de 1ª Instancia de Distrito nº 17 en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2ª Nominación de Villa Ocampo (Santa Fe), se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de Delando Oscar FANTIN D.N.I. n° 8.467.807 y Mirian Beatriz ROUVIER, D.N.I. n° 11.670.003, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo apercibimientos de ley en autos “Fantín, Delando Oscar y Otros s/ Sucesorio” C.U.I.J. n° 21- 28676083-7. Villa Ocampo (Santa Fe),……… de septiembre de 2026.

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios -Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Decimo Tercera Nominación de la ciudad de Santa Fe-, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios y a todos los que se consideren con algún derecho por el fallecimiento del Sr. JUAN MIGUEL CASTAGNO, D.N.I. N° 5.261.899 para que dentro del término y bajo apercibimientos legales, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos “CASTAGNO, JUAN MIGUEL S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ: 21-02064117-4. Publíquense los edictos por el término y apercibimientos de ley. Dr. Guillermo A. Vales Juez.-

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral – Segunda Nominación - de la ciudad de Esperanza, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: "MÜHN ROGELIO GASPAR S/ SUCESION TESTAMENTARIА" CUIJ: 21-28926330-3, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Sr. Rogelio Gaspar MÜHN, DNI. 6.226.590, para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos, lo que se publicará cumplimentándose con lo dispuesto en la Ley 11.287 y con lo resuelto en el Acuerdo Ordinario celebrado el 07/02/96, Acta N° 3 y en el Boletín Oficial Esperanza,2 Septiembre de 2026.-

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Undécima Tercera Nominación de la ciudad de Santa Fe), en los autos caratulados: “SAÑUDO, JOSE MARIO RUBEN S/ SUCESORIO” (CUIJ: 21-02063024-5) se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Sañudo, José Mario Ruben D.N.I N° M6.308.555 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento de ley. DR. GUILLERMO ADRIAN VALES (Juez).

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación y la Oficina de Procesos Sucesorios en los autos caratulados “DARAN, LUIS FRANCISCO S/SUCESORIO (CUIJ N°21-02033698-3 AÑO 2022)” se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de LUIS FRANCISCO DARAN, DNI Nº 3.952.404, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Fdo. DR. GABRIEL ABAD – JUEZ. DRA. CALUDIA SANCHEZ – SECRETARIA.-

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CERES

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la Segunda Nominación de la Ciudad de Ceres, Departamento San Cristóbal, Provincia de Santa Fe, en autos caratulados “PIASENZOTTO MIGUEL ANGEL S/ SUCESORIO” (CUIJ. 21-28805525-1), se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejado por el causante, Don Miguel Angel Piasenzotto, D.N.I N∫ 7.124.216, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del tÈrmino y bajo apercibimientos de ley. A sus efectos, se publica en el BoletÌn Oficial.- Fdo. Dra. Alicia Ana MarÌa Longo (Jueza) - Dr. Jorge Daniel F. Elia (Prosecretario).-

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº10 en lo Civil, Comercial y Laboral, 1° Nominación, Secretaría única de la ciudad de Ceres, en autos caratulados: “LOPEZ, FRANCO MATIAS S/DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ: 21-28805769-6, se cita, llama y emplaza, a los herederos, acreedores, legatarios y a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, don Franco Matías López, D.N.I Nº37.471.881; para que comparezcan a éste Juzgado a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley.-

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SAN CRISTOBAL

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de S.S., la Sra. Juez de Primera en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1era Nominación de la ciudad de San Cristóbal, Provincia de Santa Fe, Distrito N° 10; en los autos caratulados “DÍAZ ROBERTO RUBEN Y OTROS S/SUCESORIO” CUIJ 21-29145396-9 acumulado a los autos “DIAZ ROBERTO RUBÉN S/DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-26132508-7, se ha ordenado la citación de herederos, acreedores y legatarios y toda otra persona que crea tener derechos respecto de los bienes de la causante MARÍA ESTHER BENÍTEZ D.N.I. F2.410.484 para que comparezcan y lo acrediten, en el término y bajo apercibimiento de ley. Publíquese edictos por el término de ley en el Boletín Oficial y exhíbanse en el Hall del Juzgado (Art. 2340 Código Civil y Comercial de la Nación). Fdo. Dr. Alexis M. MAREGA, Juez, Dra. Juliana M. Rama, Prosecretaria. San Justo, Santa Fe, de Septiembre de 2.026

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VERA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral, 2da. Nominación, del Distrito Judicial Nº 13 de la ciudad de Vera, en autos: “GALLEGOS, OLGA BEATRIZ C/ ACOSTA, AMELIA s/Prescripción Adquisitiva” 21-25278844-9 se hace saber que se ha decretado la rebeldía de la demandada, conforme el decreto que expresa lo siguiente: “VERA, 20 de Mayo de 2026. Certifíquense los edictos acompañados por Secretaría. Haciendo efectivos los apercibimientos de ley declárase rebelde a la demandada Amelia Acosta. Notifíquese... “ Fdo Dr. RODRIGO, Juez; Dra. ALEGRE, Secretaria. VERA, 04 de Junio de 2026.


$ 33 567615 Sep. 23 Sep. 25

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RAFAELA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Sra. Jueza, Natalia Carinelli, de Distrito Nº 5 en lo Civil y Comercial, Segunda Nominación de los Tribunales de la ciudad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe, en autos caratulados: “COTTURA HAYDEE ZULLE Y OTROS s/ MARABOTTO JOSE s/Prescripción Adquisitiva”, CUIJ:21-24211404-0. CITA, LLAMA y EMPLAZA a los herederos de don JOSE MARABOTTO L.E. Nº 2.400.426, y a todos aquellos que se consideren con derechos al inmueble objeto de estos obrados, sito en calle Pública S/N de la Localidad de Clucellas, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe, partida de Impuesto Inmobiliario Número 083500-070195/0000-4, para que comparezcan a estar a derecho en el término y bajo los apercibimientos de ley. (ART 597 CPCC). Lo que se publica a sus efectos. Fdo: Natalia Carinelli JUEZA. Sierra, prosecretaria.

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El Juzgado de 1° Instancia de Distrito N°5 C. y C. 2°Nominación, cito en calle Alvear N°214 2° Piso, de la ciudad de Rafaela, provincia de Santa Fe, a cargo de la Dra. Natalia Carinelli en EXP. N°21-24214229-9 FARÍAS EFIGENIA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS, se ha ordenado lo siguiente: “Cítese por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho sobre los bienes dejados por el causante, para que acrediten su carácter dentro del término de treinta días. A tales fines, publíquense edictos por el término de ley en el Boletín Oficial, los que podrán ser suscriptos por el profesional de conformidad con lo dispuesto por los arts. 25 y 67 del C.P.C.C y art. 2340 del C.C.C.N. Notifíquese. Firmado: Dra. Natalia Carinelli, jueza”.


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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Rafaela, en los autos "CUIJ Nº 21-24214126-9 MARTINO, Alberto Eduardo S/ Sucesorio", se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Alberto Eduardo Martino, D.N.I. M6.292.500, con último domicilio en calle Los Alamos N° 3112 de la ciudad de Rafaela, fallecido en fecha 11 de septiembre de 2024 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días bajo apercibimientos de ley, lo que se publicará en el Boletín Oficial. Fdo.: Dra. Carinelli - Jueza; Dra. Frana- Secretaria. RAFAELA, 22 de septiembre de 2026.


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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 5 en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la Ciudad de Rafaela, en los autos caratulados "EXPTE CUIJ NRO 21-24214115-3 CHIAVASSA MAXIMILIANO GABRIEL S/DECLARATORIA DE HEREDEROS" se cita se llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MAXIMILIANO GABRIEL CHIAVASSA DNI 21.830.855 con último domicilio en Ramón y Cajal 244 de Rafaela, fallecido en fecha 19/03/2020 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días y bajo apercibimientos de ley, los que se publican en el Boletín Oficial y en el Hall de Tribunales. Fdo. Natalia Carinelli - Jueza

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Por disposición del/a Señor/a Juez/a del Juzgado Civil y Comercial 3º Nominación de la ciudad de Rafaela en los autos caratulados “MANZO ALBERTO RAMON S/SUCESORIO” CUIJ 21-24214170-6, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. Manzo Alberto Ramón, argentino, nacido el 01/02/1949, DNI Nº: 05.531.394, fecha de defunción 20/07/2025 cuyo último domicilio fue en calle Esperanza N° 163 de la localidad de Angélica, Provincia de Santa Fe, para que comparezcan hacer valer sus derechos en el término y bajo apercibimiento de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y Sede Judicial (art. 67 Código Procesal y Civil y Comercial. Ref. Ley 11.287). Fdo Andrea Ferreyra Abogada – Prosecretaria- Mauro D. García Abogado - Juez.- RAFAELA, (S.F), …… de …………. de 2026.-

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Por estar así ordenado en los autos caratulados: "JUNCOS ADRIAN EDUARDO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS - 21-24213922-1", en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Rafaela, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y aquellos que se consideren con derecho a los bienes dejados por el Sr. JUNCOS ADRIAN EDUARDO, DNI Nro. 13.224.373, domiciliado en calle Colon 1060 de la localidad de Rafaela - Santa Fe, y cuya defunción se produjo en fecha 15 de marzo de 2022, para que en el término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos por ante el citado Juzgado, lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial.- Rafaela, 22de septiémbre de 2026.- Fdo. Natalia Carinelli (Abogada – Jueza).

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 3ra Nominación de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, en autos caratulados: "CEPEDA TATIANA TRINIDAD S/ CAMBIO DE APELLIDO CUIJ N° 21-24212500-9", se hace saber que la Sra. CEPEDA TATIANA TRINIDAD, DNI N° 47.706.343, ha promovido acción de cambio de apellido conforme arts. 69 y 70 del Código Civil y Comercial de la Nación. Se cita y emplaza a toda persona que pudiere formular oposición para que la deduzca dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados desde la última publicación del presente edicto, bajo apercibimientos de ley. Publíquese por una vez en el Boletín Oficial. Rafaela, 16 de junio de 2026.

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POR DISPOSICION DEL SEÑOR JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO Nº 5 CIVIL Y COMERCIAL DE LA TERCERA NOMINACIÓN DE LA CIUDAD DE RAFAELA (PROVINCIA DE SANTA FE), EN LOS AUTOS CARATULADOS “MAZZOLA ANA MARIA S/ SUCESORIO”- CUIJ 21-24213971-9 SE CITA, LLAMA Y EMPLAZA A LOS HEREDEROS, ACREEDORES Y TODOS LOS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHO A LOS BIENES DEJADOS POR LA CAUSANTE MAZZOLA ANA MARIA DNI F4.377.215, CON ULTIMO DOMICILIO EN ARISTOBULO DEL VALLE 120 DE LA CIUDAD DE RAFAELA (SANTA FE), FALLECIDA EN FECHA 05/08/2026, BAJO APERCIBIMIENTOS DE LEY, LOS QUE SE PUBLICAN EN EL BOLETIN OFICIAL Y EN EL HALL DE TRIBUNALES. FIRMADO: MAURO D. GARCÍA (JUEZ)- JULIANA FOTI (SECRETARIA). RAFAELA, 23 SEPTIEMBRE DE 2026.-

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 3ra. NOMINACIÓN de la Ciudad de Rafaela, en autos caratulados FRIDAS CLORINDA S/ SUCESORIO 21-24212822-9, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de CLORINDA FRIDAS DNI 0.592.889 con último domicilio en calle Juan D. Perón N° 391 de Sunchales, fallecida el día 04/01/2022 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento de ley. Lo que publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Frimado: Mauro Garcia (Juez) - Juliana Foti (Secretaria). Rafaela 23 de Septiembre de 2026.-

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Juzgado Civil y Comercial de Rafaela SEC. ÚNICA, Dr. Mauro García, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho sobre los bienes dejados por el causante IRENE PAULON, DNI F 6.305.484, argentina, con domicilio en Avellaneda 52 de Sunchales, Provincia de Santa Fe, fallecida el día 04/05/2014, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término treinta días y bajo apercibimientos legales en los autos caratulados: PAULON, IRENE S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CUIJ 21-24214253-2 Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rafaela, _

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Rafaela, en autos “KRIGER, DELIA MARGARITA Y OTROS S/DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-24213575-7), se cita y emplaza a herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derechos a los bienes dejados por la causante DELIA MARGARITA KRIGER, argentina, nacida el 28 de noviembre de 1937, de apellido materno Cantin, DNI Nº 2.776.158, de estado civil casada en primeras nupcias con Holando Juan Zeballos, domiciliada en calle Tucumán Nº917 de Sunchales, (provincia de Santa Fe), fallecida el 21 de mayo de 2018 y de su cónyuge HOLANDO JUAN ZEBALLOS, argentino, nacido el 21 de enero de 1934, de apellido materno Colombano, DNI M Nº6.280.392, de estado civil viudo, domiciliado en calle Tucumán Nº917 de la ciudad de Sunchales (provincia de Santa Fe) y fallecido el 02 de mayo de 2025 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días y bajo apercibimientos de ley. Sucesorio promovido por la Dra. Marina González. Publicaciones por el término de ley en el Boletín Oficial y conforme artículo 67 CPCC. Rafaela, Septiembre de 2026. Dr. Matías Raúl COLON. JUEZ.

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RECONQUISTA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO



Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº4 en lo Civil y Comercial Primera Nominación de la ciudad de Reconquista (Sta. Fe), a cargo del Dr. Franco RASCHETTI - Juez, Secretaría del Dr. Guillermo Angaramo, se hace saber que en los autos caratulados “STELLA SALVADOR JUAN SABIO HERMOSO S/ SUCESORIO” – CUIJ Nº 21-24854787-9, se ha ordenado los siguiente: “RECONQUISTA, 24 de Agosto de 2026. A lo solicitado, oportunamente. Atento a lo dispuesto en la resolución de fecha 22/07/2026, cítese y emplácese a los herederos de la Sra. Ilda Noemí Chavez (DNI 3.244.814) para que comparezcan a estar a derecho. Publíquense edictos de ley. Notifíquese”.- Fdo.: Dr. Guillermo Angaramo, Secretario; Dr. Franco Raschetti, Juez. Reconquista, 10 de Septiembre de 2026.-

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº4 en lo Civil y Comercial Primera Nominación de Reconquista (Sta. Fe), a cargo del Dr. Franco RASCHETTI - Juez, Secretaría del Dr. Guillermo Angaramo, se hace saber que en los autos caratulados “STELLA JUAN DANIEL S/SUCESORIO” – CUIJ Nº 21-24876154-4, se ha ordenado los siguiente: “RECONQUISTA, 24 de Agosto de 2026. A lo solicitado, oportunamente. Atento a lo dispuesto en la resolución de fecha 22/07/2026, cítese y emplácese a los herederos de la Sra. Ilda Noemí Chavez (DNI 3.244.814) para que comparezcan a estar a derecho. Publíquense edictos de ley. Notifíquese”.- Fdo.: Dr. Guillermo Angaramo, Secretario; Dr. Franco Raschetti, Juez. - Reconquista, 23 de Septiembre de 2026.-

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 4 de Familia de la ciudad de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados: "DEGOUMOIS RICARDO CEFERINO C/ MORALES MAXIMILIANO JOSE S/ APREMIOS” - CUIJ 21-27891733-6, se ha dictado la siguiente providencia: “RECONQUISTA, 17 de septiembre de 2026. AUTOS Y VISTOS… RESULTA… CONSIDERANDO… RESUELVO: 1) Mandar se lleve adelante la ejecución hasta tanto la parte actora se haga íntegro cobro de su crédito, con más intereses y costas, según lo dispuesto en los Considerandos, desde la fecha que corresponda y hasta el efectivo pago. 2) Imponer las costas a la demandada. 3) Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se practique la liquidación final del capital adeudado. 4) Insértese y hágase saber.” FDO: DR. LUIS TOMAS ECHEVARRIA BLOCK – JUEZ; DRA. PAOLA MILAZZO – SECRETARIA. Reconquista, de Septiembre de 2026.-

$ 600 567991 Sep. 23 Sep. 25

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El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 4 en lo Civil y Comercial, Segunda Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados "KERN NESTOR ABEL S/DECLARATORIA DE HEREDEROS" CUIJ N.º 21-25035709-2, llama, cita y emplaza a los herederos, legatarios y/o acreedores que se consideren con derechos a los bienes de la herencia dejada por el Sr. KERN NESTOR ABEL DNI N° 10.652.536, para que dentro del término y bajo los apercibimientos de ley se presenten a hacerlos valer. RECONQUISTA, 22 de Septiembre de 2026

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