picture_as_pdf 2026-08-28

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ROSARIO

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JUZGADO DE FAMILIA


La Sra. Jueza del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 8 de Rosario hace saber que en los autos: “LAZARTE, ISMAEL JAIRO S/ MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL” CUIJ Nº 21-11410122-9, se ha dispuesto notificar a MARIANELA ANDREA LAZARTE DNI Nº 10.114.607 la siguiente resolución: “Nro.791 de fecha 10/08/26. Y VISTOS.... Y CONSIDERANDOS... RESUELVO: 1) Declarar la privación de la responsabilidad parental de MARIANELA ANDREA LAZARTE, DNI Nº 40.114.607, respecto de su hijo ISMAEL JAIRO MARTINO LAZARTE, DNI Nº 58.988.594, de conformidad con lo dispuesto por el art. 700 y ce del Código Civil y Comercial de la Nación, en atención a las circunstancias acreditadas en autos y al interés superior del niño. 2) Designar tutora definitiva de ISMAEL JAIRO MARTINO LAZARTE, DNI Nº 58.988.594, a su abuela materna MARIANA JUDITH BONHOURE, DNI Nº 30.407.048, de conformidad con los arts. 104, 107 y ce del Código Civil y Comercial de la Nación. 3) Disponer que MARIANA JUDITH BONHOURE deberá aceptar el cargo de tutora ante la Actuaria, cualquier día y hora hábil de audiencia, quedando investida, una vez cumplido dicho acto, de las facultades y deberes inherentes a la tutela conforme las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación. 4) Comunicar a la progenitora, a la Defensoría General Civil y a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia y a la Defensoría Provincial de Niñas, Niños y Adolescentes. Insértese y hágase saber. Firmado digitalmente por Dra. María Noel Campá - EL PRESENTE EDICTO SE PUBLICARÁ SIN CARGO ATENTO ASILO DISPONE. EL SR. JUEZ DE TRÁMITE. Se publicará tres veces, venciendo dicho término 5 días después de la última publicación. Dra. María Alejandra Marcyniuk, Secretaria.


S/C 565776 Ago. 28 Set. 1

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Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado Unipersonal de Familia N° 12 de Rosario, Dra. Gabriela Ester Topino, dentro de los autos caratulados: “PESENTI, VANINA NOEMI c/ NICOLORICH, MILTON NAHUEL s/ALIMENTOS” CUIJ N° 21-11454607-8, se notifica por este medio al Sr. NICOLORICH MILTON NAHUEL, decreto judicial dictado en fecha 21 de abril de 2026, que a continuación se transcribe: “ROSARIO, 21 de Abril de 2026 Notifíquese al demandado por edictos, debiéndose publicar tres veces en el BOLETÍN OFICIAL. El término vencerá cinco días después de la última publicación (art. 73 del CPCC)“. Firmado: Dra. MARÍA SILVIA ZAMANILLO (Secretaria) Dra. GABRIELA ESTER TOPINO (Jueza).

$ 100 564333 Ag. 28 Sep. 1


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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 5° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ALBERTO FEDERICO LEDESMA D.N.I. 6.066.238 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “LEDESMA, ALBERTO FEDERICO S/ SUCESORIO” CUIJ 21-03010984-5, de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Firmado: Prosecretaria.-

$ 45 Ag. 28

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Civil y Comercial de la 18ª Nominación de la ciudad de Rosario, se ha ordenado publicar citese al ausente por edictos una vez por mes durante seis meses al Sr. DI FALCO LIBORIO (ITALIANO) emplazándolo bajo apercibimiento de que si no se presenta se le nombrará defensor y continuará el trámite con intervención de éste (art. 88 C.C.C.N). Autos caratulados DI FALCO, LIBORIO s/AUSENCIA CON PRESUNCIÓN DE FALLECIMIENTO; 21-02988824-5. Secretaria de la actuante Rosario, 2 de Febrero de 2026. Dra. Melisa A. Lobay, prosecretaria.

$ 100 555692 May. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 5ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante SERGIO LESCANO (DNI 11.672.790) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “LESCANO, SERGIO s/ SUCESORIO C y C 5” CUIJ 21-03011189-0 Fdo: Dra. Prosecretaria.-


$ 45 Ag. 28

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO C/ BOLZANI MARIA N S/ APREMIO MUNICIPAL CUIJ 21-22769170-8 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: Nº437. Arroyo Seco, 23/06/2025. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.lmprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 12.131;65 en concepto de capital, con más la suma de $ 12.131,65 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere, teniendo presente el empleado notificador que deberá cumplir con el procedimiento en CPC, 63 Y, caso de no ser hallado el requerido, previo a fijar la cédula, deberá cerciorarse de que el demandado viva en ese domicilio, dejando debida constancia de ello en el informe respectivo. 7. Asimismo, proceder a la citación por edictos que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. 9. Déjese sin efecto lo propuesto en el punto 6 del escrito de demanda, como solicita. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- FIRMADO: DRA. MARIANA CATTANI-SECRETARIA; DRA. MARIANA ALVARADO-JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los sres. BOLZANI MARIA N. y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/ y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0007438-00, LOTE 001E, MANZANA C, RUTA 29. (art.28 ley 5066). Secretaria, 23 JUN 2026. Dra. Mariana Cattani Secretaria.


S/C 565840 Ag. 28 Sep. 1


Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO C/ D'ANGELO SALVADOR S/ APREMIO MUNICIPAL CUIJ 21-22769134-1 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: Nº453. Arroyo Seco, 23/06/2025.VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. lmprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 49.874,67 en concepto de capital, con más la suma de $ 49.874,67 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor {interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere, teniendo presente el empleado notificador que deberá cumplir con el procedimiento en CPC, 63 Y, caso de no ser hallado el requerido, previo a fijar la cédula, deberá cerciorarse de que el demandado viva en ese domicilio, dejando debida constancia de ello en el informe respectivo. 7. Asimismo, proceder a la citación por edictos que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. 9. Déjese sin efecto lo propuesto en el punto 6 del escrito de demanda, como solicita. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. FIRMADO: DRA. MARIANA CATTANI-SECRETARIA; DRA. MARIANA ALVARADO-JUEZ-. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los sres. D' ANGELO SALVADOR y/o SUCESORES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0003553-00, LOTE 037, MANZANA 003, RUTA 31. (art.28 ley 5066).

Secretaria, 23 JUN 2026. Dra. Mariana Cattani Secretaria.

S/C 565838 Ag. 28 Sep. 1

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO C/ SIGNORELLI GERMAN PABLO S/ APREMIO MUNICIPAL CUIJ 21-22769675-0 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: Nº224. Arroyo Seco, 20/04/2026.VISTA: la demanda incoada en los autos identificados supra; RESUELVO: l. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.lmprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que en copia digitalizada se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 264.585,54.- en concepto de capital, con más la suma de $ 79.375,66.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. El empleado notificador deberá cumplir con el procedimiento en CPC, 63 y, caso de no ser hallado el requerido, previo a fijar la cédula, deberá cerciorarse de que el demandado viva en ese domicilio, dejando debida constancia de ello en el informe respectivo. 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- FIRMADO: DRA. MARIANA CATTANI-SECRETARIA; DRA. MARIANA ALVARADO-JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a SIGNORELLI GERMAN PABLO y/o RESPONSABLE DIRECTO y/o RESPONSABLE SOLIDARIO DEL PAGO DEL IMPUESTO PATENTE UNICO SOBRE VEHICULO RESPECTO DEL DOMINIO AB720QF. (art.28 ley 5066). Secretaria, 30 JUN 2026. Dra. Mariana Cattani Secretaria.

S/C 565837 Ag. 28 Sep. 1


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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO C/ AGUIRRE GERARDO S/ APREMIO MUNICIPAL CUIJ 21-22769688-2 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: Nº216. Arroyo Seco, 20/04/2026. VISTA: la demanda incoada en los autos identificados supra; RESUELVO: l. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. lmprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que en copia digitalizada se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 414.469,31.- en concepto de capital, con más la suma de $ 124.340,79.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. El empleado notificador deberá cumplir con el procedimiento en CPC, 63 y, caso de no ser hallado el requerido, previo a fijar la cédula, deberá cerciorarse de que el demandado viva en ese domicilio, dejando debida constancia de ello en el informe respectivo. 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- FIRMADO: DRA. MARIANA CATTANI-SECRETARIA; DRA. MARIANA ALVARADO-JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a AGUIRRE GERARDO y/o RESPONSABLE DIRECTO y/o RESPONSABLE SOLIDARIO DEL PAGO DEL IMPUESTO PATENTE UNICO SOBRE VEHICULO RESPECTO DEL DOMINIO HRI508. (art.28 ley 5066). Secretaria, 30 JUN 2026. Dra. Mariana Cattani Secretaria.

S/C 565836 Ag. 28 Sep. 1

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO C/ PERFETTO MARICEL EMILCE S/ APREMIO MUNICIPAL CUIJ 21-22769641-6 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N°145. Arroyo Seco, 27/03/2026. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: l. Agregar BUIJ que en copia digitalizada acompaña a fs 17, y admitir la demanda y, en consecuencia, darle curso. 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general acompañada que en copia digitalizada se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC art. 38); 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado, sobre el vehículo denunciado en cuanto fuere de propiedad de la demandada, por la suma de pesos $ 561.848,50 en concepto de capital, con más la suma de $ 280.000 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. El empleado notificador que deberá cumplir con el procedimiento en CPC, 63 y, caso de no ser hallado el requerido, previo a fijar la cédula, deberá cerciorarse de que el demandado viva en ese domicilio, dejando debida constancia de ello en el informe respectivo; 7. Asimismo, proceder a la citación por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- FIRMADO: DRA. MARIANA CATTANI - SECRETARIA; DRA. MARIANA ALVARADO – JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a PERFETTO MARICEL EMILCE y/o RESPONSABLE DIRECTO y/o RESPONSABLE SOLIDARIO DEL PAGO DEL IMPUESTO PATENTE UNICO SOBRE VEHICULO RESPECTO DEL DOMINIO NAS256. (art.28 ley 5066). Secretaria, 30 JUN 2026. Dra. Mariana Cattani Secretaria.

S/C 565835 Ag. 28 Sep. 1

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO C/ ZANCHETTA MARIELA VERONICA S/ APREMIO MUNICIPAL CUIJ 21-22769682-3 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: Nº225. Arroyo Seco, 20/04/2026.VISTA: la demanda incoada en los autos identificados supra; RESUELVO: l. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato generaI que en copia digitalizada se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. lmprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que en copia digitalizada se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 288.391,47.- en concepto de capital, con más la suma de $ 86.517,44.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. El empleado notificador deberá cumplir con el procedimiento en CPC, 63 y, caso de no ser hallado el requerido, previo a fijar la cédula, deberá cerciorarse de que el demandado viva en ese domicilio, dejando debida constancia de ello en el informe respectivo. 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- FIRMADO: DRA. MARIANA CATTANI-SECRETARIA; DRA. MARIANAALVARADO-JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a ZANCHETTA MARIELA VERONICA y/o RESPONSABLE DIRECTO y/o RESPONSABLE SOLIDARIO DEL PAGO DEL IMPUESTO PATENTE UNICO SOBRE VEHICULO RESPECTO DEL DOMINIO AC747KB. (art.28 ley 5066}. Secretaria, 30 JUN 2026. Dra. Mariana Cattani Secretaria.

S/C 565834 Ag. 28 Sep. 1

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO C/ SAN FRANCISCO SERVICIOS SRL S/ APREMIO MUNICIPAL CUIJ 21-22769670-9 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: Nº223. Arroyo Seco, 20/04/2026.VISTA: la demanda indicada en los autos identificados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2.Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.lmprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que en copia digitalizada se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 606.952,87.- en concepto de capital, con más la suma de $182.085,86.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. El empleado notificador deberá cumplir con el procedimiento en CPC, 63 y, caso de no ser hallado el requerido, previo a fijar la cédula, deberá cerciorarse de que el demandado viva en ese domicilio, dejando debida constancia de ello en el informe respectivo. 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- FIRMADO: DRA. MARIANA CATTANI-SECRETARIA; DRA. MARIANA ALVARADO -JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a SAN FRANCISCO SERVICIOS SRL y/o RESPONSABLE DIRECTO y/o RESPONSABLE SOLIDARIO DEL PAGO DEL IMPUESTO PATENTE UNICO SOBRE VEHICULO RESPECTO DEL DOMINIO IBZ489. (art.28 ley 5066). Secretaria, 30 Jun 2026. Dra. Mariana Cattani Secretaria.

S/C 565833 Ag. 28 Sep. 1

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Se hace saber que por disposición del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la Décimo Sexta Nominación de la ciudad de Rosario, dentro de los autos caratulados: “CENTRO MÉDICO IPAM S.A C/ ASOCIACIÓN MUTUAL 23 DE DICIEMBRE S/ COBRO DE PESOS” CUIJ 21-02987298-5, mediante decretos de fecha 18/05/2026 y 13/08/2026 se cita al representante legal de la Asociación Mutual 23 de Diciembre, a fin de absolver posiciones y reconocer documental, el día 04/09/2026 a las 08:30 hs. en el Juzgado Civil y Comercial de la Décimo Sexta Nominación de Rosario cito en calle Balcarce Nº 1651, munido de su Documento Nacional de Identidad, bajo apercibimientos de tenerlo por confeso y reconocidos los documentos en la Sentencia. Todo ello por estar ordenado mediante los siguientes decretos: “Rosario, 18 de mayo de 2026.- Atento lo peticionado se proveen las pruebas ofrecidas por las partes. A la prueba ofrecida por la parte actora… ABSOLUCIÓN DE POSICIONES / RECONOCMIENTO DE DOCUMENTAL: Para que el representante legal de la parte demandada absuelva posiciones a tener del pliego abierto obrante en el escrito cargo Nº 2875/2026 y, asimismo, reconozca la documental referida…” Fdo: Dra. María Sol Sedita (Secretaria). Dra. Sabrina Campbell (Jueza). Y otros: “Rosario, 13 de agosto de 2026.- Atento lo peticionado y para que el representante legal de la demandada absuelva posiciones y reconozca la documental desígnase fecha de audiencia para el día 04/09/2026 a las 08:30 horas bajo apercibimientos de ley. Atento a las constancias de autos notifíquese la presente providencia mediante edictos en el Boletín Oficial por el término de tres días. Acompañe el edicto a través del SISFE en cargo separado del escrito de petición.” Fdo: Dra. María Sol Sedita (Secretaria). Dra. Sabrina Campbell (Jueza). A continuación, se transcriben los siguientes artículos del CPCCSF: “ARTÍCULO 162: Solicitada la absolución de posiciones, se decretará día y hora de audiencia y el apercibimiento de que si el citado no compareciera sin justa causa o no concurriere a la que nuevamente se determine cuando ésta exista o si compareciendo se negare a declarar, será tenido por confeso en la sentencia. La citación del absolvente deberá hacerse con una anticipación no menor de tres días al del acto, en el domicilio real de aquél. Si fueren varios los que hayan de absolver iguales posiciones se las recibirá en el mismo día evitando que se comuniquen. La absolución de posiciones debe presentarse ante el juez del mismo grado y domicilio que corresponda al domicilio del absolvente." y “ARTÍCULO 176: Para el acto de reconocimiento se decretará una audiencia. La citación del que haya de llevar a cabo el reconocimiento se efectuará en el domicilio real de éste, con no menos de tres días de anticipación y con el apercibimiento de que si no compareciere con justa causa o no concurriré a la que nuevamente se determine cuando ésta exista, se tendrá por reconocido el documento en la sentencia. También, se notificará el decreto en el domicilio legal, en forma ordinaria.” En consecuencia, queda Ud. debidamente notificado de los decretos que anteceden, y de la audiencia de Absolución de Posiciones y Reconocimiento de Documental fijada para el día 04 de septiembre a las 08:30 hs. en el Juzgado Civil y Comercial de la Décimo Sexta Nominación, Balcarce Nº 1651, Rosario, Santa Fe, a la que deberá concurrir munido documento de identidad, bajo apercibimientos de ley.-

$ 100 566173 Ag. 28 Sep. 1


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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial 3ra. Nominación Sec. Única de la ciudad de Rosario, a cargo del Dr. Ezequiel Zabala, Secretaria subrogante a cargo de la Dra. Mayra Ibañez, en los autos caratulados: “TURISMO SAN ANTONIO S/ PEDIDO DE QUIEBRA”, Expte. Nº 486/1993, CUIJ Nº 21-01093024-0, hace saber que se ha dictado auto de clausura por distribución final de la quiebra de TURISMO SAN ANTONIO, ello surge del auto dictado en fecha 27 de julio de 2026, el que seguidamente transcribo: “Y VISTO: Estos autos caratulados “TURISMO SAN ANTONIO S/ PEDIDO DE QUIEBRA” (CUIJ Nº 21-01093024-0). Y CONSIDERANDO: Que en los presentes, mediante Auto Nº 622 de fecha 30/04/1997 -conforme se desprende de las copias certificadas expedidas por el Archivo de Tribunales-, se tuvo por aprobado el proyecto de distribución de fondos. Que, a pesar del tiempo transcurrido, para tener por concluido el presente proceso falencial se requiere, como condición previa, cumplimentar con la declaración de clausura establecida por el Art. 230 LCQ, momento desde el cual comenzará a correr el plazo de dos (2) años dispuesto por el Art. 231, tercer párrafo, LCQ. Por tanto, RESUELVO: 1) Clausurar por distribución final el presente procedimiento concursal (Art. 230 L.C.), sin perjuicio de su oportuna reapertura en caso de conocerse la existencia de nuevos bienes. 2) Hacer saber por edictos, que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL. Insértese y hágase sabe. FDO. DR. EZEQUIEL ZABALE (Juez) - Dra. Mayra Ibañez (Secretaria subrogante). Publíquese por el término de un (1) día en el BOLETÍN OFICIAL y en un diario de circulación local. Mayra Ibáñez, Secretaria Subrogante.

S/C 565814 Ago. 28

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, Secretaría de la Autorizante, se hace saber que en los autos caratulados: “AGRO PRIMOS S.R.L. S/ CONCURSO PREVENTIVO - QUIEBRA INDIRECTA” CUIJ Nº 21-02975494-9, mediante Resolución Nº 336 de fecha 12/08/2026, se ha resuelto: 1) Declarar la quiebra indirecta de AGRO PRIMOS SRL (CUIT Nº 30-71636707-6) con domicilio en calle Santa Fe nº 2570 - piso 1 -y domicilio procesal en calle Junín 191, piso 12, of 1 (Edificio Alto Buró) de esta ciudad. 2) Mantener el proceso en la categoría “B”, continuando la sindicatura ya designada con los trámites inherentes a esta quiebra y establecer que los acreedores posteriores a la presentación en concurso deberán presentar sus pedidos de verificación de créditos por la vía incidental correspondiente. Se hace saber que los acreedores que hubieran obtenido verificación en el concurso preventivo no deberán verificar nuevamente, procediendo la Sindicatura de corresponder a recalcular sus créditos según su estado. 3) Oficiar al Registro de Procesos Concursales, a fin de comunicar la presente. 4) Ordenar la inhibición general del fallido, oficiando al Registro General de la Propiedad de Rosario y Santa Fe, a la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios (CABA), al Registro Nacional de Créditos Prendarios, a la Prefectura Naval Argentina, al Registro Nacional de Aeronaves, al RPJEC y al Banco Central de la República Argentina (al que deberá ordenársele que informe a todas las entidades bajo su control que deberán informar si el fallido opera en las mismas y, en tal caso, en qué tipo de operaciones). Asimismo, ofíciese al Servicio de Catastro e Información Territorial (SCIT) para que informen sobre inmuebles en toda la provincia a nombre del fallido. 5) Disponer se comunique la presente al RPJEC, ARCA, API, a la Municipalidad de Rosario y a toda otra entidad que la Sindicatura entendiere menester, oficiándose. 6) Intimar al deudor para que dentro de las 24hs. entregue al síndico toda la documentación relacionada con la contabilidad. 7) Intimar al fallido y a los terceros que tuvieren bienes y documentación de aquél en su poder a ponerlos a disposición del síndico. 8) Prohibir hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de ser los mismos ineficaces. 9) Interceptar la correspondencia dirigida al fallido, entregándose la misma al síndico, a cuyo fin se deberá oficial al Correo Oficial SA y a las empresas Andreani SA y Oca S.A. 10) Librar los despachos que fueren menester a los fines de hacer efectivo el fuero de atracción dispuesto por el art. 132 LCQ, a cuyo fin deberá oficiarse a los juzgados en lo Civil y Comercial, Distrito de Ejecución, Laborales, de Responsabilidad Extracontractual de la Provincia de Santa Fe, a efectos de hacerles saber de esta declaración de quiebra, de requerirle que informen si el fallido es actor o demandado o tercero con participación procesal en algún juicio tramitado por ante alguno de esos juzgados (detallando los datos de carátula, número de CUIJ, y ubicación actual). 11) Hacer saber al fallido que no podrá ausentarse del país sin autorización previa de este tribunal y en las condiciones previstas por el art. 103 LCQ, efectuándose a tales fines las comunicaciones pertinentes. Oficiándose a la Policía Federal (Delegación Rosario), Dirección General de Migraciones, a Gendarmería Nacional, Prefectura Naval Argentina y Policía de Seguridad Aeroportuaria. 12) Desapoderar al fallido de sus bienes existentes a la fecha y los que adquiera hasta su rehabilitación (art. 106 y ss. L.C.Q.) 13) Proceder a la realización de la totalidad de los bienes que integran el activo del deudor. Hacer saber al síndico que deberá efectuar dentro del término de 15 días de notificado, un inventario de la totalidad de los bienes de la fallida -que comprenderá sólo los rubros generales - y proceder a la incautación prevista por el art. 177 LCQ. A los efectos del cumplimiento de sus funciones se faculta al síndico a allanar el domicilio del fallido, clausurar sus establecimientos, oficinas y demás lugares donde éste tenga bienes y documentos, solicitar el auxilio de la fuerza pública y utilizar los servicios de cerrajero, otorgándosele la credencial correspondiente. 14) Publicar edictos conforme lo dispuesto en el art. 89 LCQ en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 5 días. 15) Hacer saber a la sindicatura designada que todos los oficios que ordena cursar la presente resolución deberán cumplimentarse de manera inmediata, y las constancias que acrediten su cumplimiento deberán encontrarse agregadas a las actuaciones a la brevedad, bajo apercibimientos de ley. 16) Hacer saber al fallido que ante cualquier enajenación, simulación, ocultamiento, distorsión o discriminación del valor de bienes que componen su activo o pasivo, y/o toda otra situación que pudiera configurar ilícito, se remitirán los antecedentes al Ministerio Público de la Acusación. 17) Martes y viernes para notificaciones en la oficina. Insértese y hágase saber.” Fdo.: Lucas Menossi (Secretario), Dra. Verónica Gotlieb (Jueza). Publíquense edictos durante cinco días, sin cargo conforme Arts. 89 L.C.Q.. Lucas Menossi, Secretario.

S/C 565780 Ago. 28 Set. 3

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Ejecución de Distrito de la 2ª Nominación de Rosario, DRA. MARIANA MARTINEZ, notifica al Sr. ESPINDOLA, MARIELA ALEJANDRA (DNI Nº 37.145.648) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ ESPINDOLA, MARIELA ALEJANDRA s/ EJECUTIVO (CUIJ Nº 21-13926680-0): FALLO: I-Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes de ESPINDOLA, MARIELA ALEJANDRA hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de $122.685,72 (Ciento veintidós mil seiscientos ochenta y cinco pesos con 72/100 cent.) en concepto de capital, con más los intereses según la tasa fijada en la parte considerativa de la presente desde la mora hasta el efectivo pago y las costas.- II- Costas a la parte demandada vencida (art. 251 CPCC).- III-Regular los honorarios del/la Dr/a. KNAFEL, ROXANNA NOEMI-CUIT 27213070164 - I.V.A. INSCRIPTO - en la suma de $136.317,62 equivalentes a 1 JUS (arts. 7 inc. 2 B; 4 y 12 inc. 7 Ley nro. 6.767 t.o. Ley 12.851), más I.V.A si correspondiere, y más el 13% de aportes a cargo del obligado al pago. Los honorarios se actualizarán de acuerdo al valor de la unidad Jus hasta el momento, en que quedaren firmes; desde tal fecha y hasta el efectivo pago se aplicará un interés moratorio equivalente a la Tasa Activa Capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Intimase al profesional a que acompañe constancia de Condición Fiscal (ARCA) en el término de cinco días, si no lo hubiere cumplimentado. Oportunamente notifíquese a la Caja Forense mediante correo electrónico que enviará el/la profesional a mesadeentradas@cajaforense.com. IV-En caso de existir documental original reservada en Secretaría podrá ser retirada por la parte que la hubiera presentado, en el plazo de sesenta días como depositaria judicial. Vencido dicho término, se tendrá por consentida fa destrucción a realizarse a partir de seis meses desde la presente. Insértese en el protocolo digital y notifíquese.- FIRMADO: DR. LUCIANO A. BALLARINI (Juez). DRA. MARIA ELVIRA LONGHI (Secretaria).

$ 100 565751 Ago. 28 Set. 1

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de Distrito de la Novena (9º) Nominación de Rosario a cargo de la Dra. María Fabiana Genesio (Jueza), Dra. Verónica A. Accinelli (Secretaria), se le hace saber a Antonella Soledad Gómez (DNI 35.641.184) que en los autos caratulados “NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. c/ GOMEZ, ANTONELLA SOLEDAD s/ JUICIO EJECUTIVO”, (Expte. Nº 1392/2014 - CUIJ Nº 21-01367516-0) se ha practicado planilla de capital, intereses, IVA y costos, que asciende a $124038,61, y se encuentra de manifiesto por el término de ley. Rosario, Marzo de 2026. Dra. Verónica A. Accinelli, Secretaria.

$ 100 565763 Ago. 28 Set. 1

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Cuarta Nominación de la localidad de Rosario, a cargo de la DRA. CLAUDIA A. RAGONESE, Jueza, en los autos caratulados: “GUERRERO, GONZALO FABIAN C/ FRETES, EDGARDO DAMIAN Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS” CUIJ: 21-12649508-8, a la demandada, la Sra. ALICIA BEATRIZ MARTINEZ, D.N.I. Nº 18.264.214 se le hace saber que en fecha 27 de julio de 2026 se ha decretado lo siguiente: “ROSARIO, (...) Informando verbalmente el Actuario en este acto que la demandada Alicia Beatriz Martínez, no ha comparecido a estar a derecho, declárasela rebelde. Notifíquese por edictos. Una vez notificada la rebeldía, de conformidad con lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia Santa Fe, según surge del Acta Nº 48 de fecha 5 de diciembre de 2017, en cuanto a que los sorteos de los Profesionales de Nombramientos de Oficio sean efectuados por la Oficina de Sorteos de Perito, Martilleros y Síndicos dependiente de la Presidencia de la Cámara de Apelación en Jo Civil y Comercial, líbrense a tales fines los despachos pertinentes, para la posterior designación del Defensor de Oficio”.- Fdo. DRA. CLAUDIA A. RAGONESE Jueza. EN CONSECUENCIA, QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO DE SU DECLARACIÓN DE REBELDÍA. Fdo. DRA. PAULA MARINA HELTNER, Secretaria - DRA. CLAUDIA A. RAGONESE Jueza.-

$ 100 565781 Ago. 28 Set. 1

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Por disposición del Juzgado Unipersonal de Primera Instancia de Responsabilidad Extracontractual de la Tercera Nominación de la localidad de Rosario, Juez Dra. Luciana Paula Martínez, en los autos caratulados: “BAZAN, EVA BEATRIZ C/ DAVALOS, RAMON OSCAR S/ DAÑOS Y PERJUICIOS” CUIJ: 21-11900876-7, al demandado, el Sr. DAVALOS RAMON OSCAR GERMAN, DNI 12.720.566 se le hace saber que en fecha 23 de julio de 2026 se ha decretado lo siguiente: “En la ciudad de ROSARIO y en la fecha asignada en el Sistema de Gestión SISFE (CSJPSF Acta Nº 14 del 13 de Mayo de 2020 - Punto 15). Agréguese la constancia en copia acompañada por el Dr. Escauriza. Atento lo solicitado y surgiendo de constancias obrantes que el demandado no compareció a estar a derecho, pese a encontrarse debidamente notificado según constancias obrante a fs. 202/203, haciendo efectivos los apercibimientos de ley, declárese REBELDE a DAVALOS RAMON OSCAR y désele por decaído el derecho dejado de usar. Notifíquese a DAVALOS RAMON OSCAR mediante EDICTOS, los cuales se publicarán por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y en la nueva sección “Edictos” del sitio web institucional del Poder Judicial, conforme lo dispuesto por el art. 73 CPCCSF y lo resuelto por la CSJSF en el Acuerdo celebrado en fecha 11/02/2025, Acta nro. 3. Hágase saber que en el cuerpo del edicto deberá hacerse saber al demandado DAVALOS RAMON OSCAR que se lo ha declarado rebelde y se le ha dado por decaído el derecho dejado de usar, debiendo transcribirse en el edicto el presente proveído.” Fdo: Jueza Dra. Luciana Paula Martínez. EN CONSECUENCIA, QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO DE SU DECLARACIÓN DE REBELDÍA, DÁNDOSE POR DECAÍDO EL DERECHO DEJADO DE USAR. Fdo.: Dra. Luciana Paula Martínez, Jueza. Dra. Netri, Secretaria Subr..

$ 100 565782 Ago. 28 Set. 1

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Por disposición del Juzgado de Primera instancia en lo civil y comercial Nº 14 de Rosario y en los autos: “SILVA RUBEN ALBERTO y otros C/ MAGGI LUIS FRANCISCO y otros S/ ESCRITURACION, CUIJ N° 21-01556739-9, se hace saber que se han declarados rebeldes a codemandado ANTONIO JUAN FACHETTI, DNI Nº 5.988.210 y a sus herederos, continuando el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Arreche, María Karina (Secretaria Subrogante). Rosario, 07 de agosto de 2026.-

$ 100 565785 Ago. 28 Set. 1

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14º Nominación de Rosario, DR. MARCELO CARLOS MAURICIO QUAGLIA, Secretaría de la Dra. MARÍA KARINA ARRECHE, en los autos: LOPEZ NELIDA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-01563509-3) se hace saber que se ha ordenado citar y emplazar a los herederos de Mabel Graciela Sánchez (DNI 11.247.915) para que comparezcan a estar a derecho, por edictos que se publicarán tres veces en el BOLETÍN OFICIAL, venciendo el término cinco días después de la última publicación, bajo apercibimiento de ley.

Rosario.11/08/2026. Dra. María Karina Arreche, Secretaria Subr..

$ 100 565790 Ago. 28 Set. 1

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ra. Inst. de Ejecución de Distrito - 2da. Nom. de Rosario, a cargo del Dr. Ballarini, Secretaría de la Dra. Longhi, dentro de los autos caratulados LOPEZ, JORGE LEOPOLDO C/ ZUBILLAGA, NATAUA SOLEDAD S/ JUICIO EJECUTIVO CUIJ 21-13909138-5 se ha ordenado notificar por edictos al demandado Sra. ZUBILLAGA NATALIA SOLEDAD, titular del DNI Nro. 36.311.305 lo siguiente: Rosario, 25/03/2026 REBELDÍA DE PERSONA SIN DOMICILIO CONOCIDO - Rosario, fecha conforme constancias digitales de SISFE. Agréguese el edicto acompañado. Informando verbalmente el actuario que el demandado no compareció a estar a derecho, declárese rebelde. Fin de decreto firmado conforme constancias de SISFE Juzgado de 1a. Inst. de Distrito de Ejecución Civil 2a. Nom. de Rosario a cargo de: Dr. LUCIANO A. BALLARINI -Juez- Dra. MARÍA ELVIRA LONGHI - Secretaria- Dra. CAROLINA AYMO – Prosecretaria - civileje2proros@justiciasantafe.gov.ar. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, 10 de Agosto de 2026 - DRA. MARIA ELVIRA LONGHI Secretaria.

$ 100 565803 Ago. 28 Set. 1

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ra. Inst. de Ejecución de Distrito - 2da. Nom. SEC. UNICA de Rosario, a cargo del Dr. Ballarini, Secretaría de la Dra. Longhi, dentro de los autos caratulados: LOPEZ, JORGE LEOPOLDO C/ LUQUES, FABRICIO MICHEL S/ JUICIO EJECUTIVO CUIJ 21-13910458-4, se ha ordenado notificar por edictos al demandado Sr. LUQUES FABRICIO MICHEL, titular del DNI Nro. 42.542.011 lo siguiente: Rosario, 13/04/2026 SENTENCIA EN REBELDÍA ADMITIDA Protocolo: 2026 Resolución: 970 Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... FALLO: I- Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes de LUQUES, FABRICIO MICHEL hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de $4.495,00 (Cuatro mil cuatrocientos noventa y cinco pesos con 00/100 cent.) en concepto de capital, con más los intereses según la tasa fijada en la parte considerativa de la presente desde la mora hasta el efectivo pago y las costas..- 11-Costas a la parte demandada vencida (art. 251 CPCC).- III- Regular los honorarios del/la Dr/a. IESARI, DAMIAN ALBERTO - CUIT: 23301687389 - MONOTRIBUTISTA- en la suma de $ 128.494,37 equivalentes a 1 JUS (arts. 7 inc. 2 B; 4 y 12 inc. 7 Ley nro. 6.767 to. Ley 12.851), más I.V.A. si correspondiere, y más el 13% de aportes a cargo del obligado al pago. Los honorarios se actualizarán de acuerdo al valor de la unidad Jus hasta el momento en que quedaren firmes; desde tal fecha y hasta el efectivo pago se aplicará un interés moratoria equivalente a la Tasa Activa Capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A.. Intímase al profesional a que acompañe constancia de Condición Fiscal (ARCA) en el término de cinco días, si no lo hubiere cumplimentado. Oportunamente notifíquese a la Caja Forense mediante correo electrónico que enviara el/la profesional a mesadeentradas@cajaforense.com. IV-En caso de existir documental origina! reservada en Secretaría podrá ser retirada por la parte que la hubiera presentado, en el plazo de sesenta días como depositaria judicial. Vencido dicho término, se tendrá por consentida la destrucción a realizarse a partir de seis meses desde la presente. Insértese en el protocolo digital y notifíquese. Dra. MARIA ELVIRA LONGHI - Secretaria- Juzgado 1a. Inst. de Distrito de Ejecución Civil 2a. Nom. - Rosario Dr. LUCIANO A. BALLARINI -Juez- Juzgado 1a. Inst de Distrito de Ejecución Civil 2a. Nom. - Rosario. Rosario, 10 de Agosto de 2026.- DRA. MARIA ELVIRA LONGHI Secretaria.

$ 100 565807 Ago. 28 Set. 1

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ra. Inst. de Ejecución de Distrito - 2da. Nom. SEC. UNICA de Rosario, a cargo del Dr. Ballarini, Secretaría de la Dra. Longhi, dentro de los autos caratulados: “LOPEZ, JORGE LEOPOLDO C/ SUAREZ, RUBEN ERNESTO S/ JUICIO EJECUTIVO”, Expte. Nro. 21-13911446-6, se ha ordenado notificar por edictos al demandado Sr. SUAREZ RUBEN ERNESTO, titular del DNI Nro. 28.388.892, lo siguiente: Rosario 19/11/2024 SENTENCIA EN REBELDÍA ADMITIDA Protocolo: 2024 Resolución: 2665 Y VISTOS Y CONSIDERANDO... FALLO: I-Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes de SUAREZ, RUBEN ERNESTO, hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de $11.940,00 (Once mil novecientos cuarenta pesos con 00/100 cent.) en concepto de capital, con más los intereses según la tasa fijada en la parte considerativa de la presente desde la mora hasta el efectivo pago y las costas.- II- Costas a la parte demandada vencida (art. 251 CPCC). III- Regular los honorarios del/la Dr/a. IESARI, DAMIAN ALBERTO - CUIT: 23301687389 – MONOTRIBUTISTA - en la suma de $86.135,99 equivalentes a 1 JUS (arts. 7 inc. 2 B; 4 y 12 inc. 7 ley nro. 6.767 to. ley 12.851), más I.V.A. si correspondiere, y más el 13% de aportes a cargo del obligado al pago. Los honorarios se actualizarán de acuerdo al valor de la unidad Jus hasta el momento en que quedaren firmes; desde tal fecha y hasta el efectivo pago se aplicará un interés moratorio equivalente a la Tasa Activa Capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Intimase al profesional a que acompañe constancia de Condición Fiscal (AFIP) en el término de cinco días, si no lo hubiere cumplimentado. Oportunamente notifíquese a la Caja Forense mediante correo electrónico que enviará el/la profesional a mesadeentradas@cajaforense.com. IV- En caso de existir documental original reservada en Secretaría podrá ser retirada por la parte que la hubiera presentado, en el plazo de sesenta días como depositaría judicial. Vencido dicho término, se tendrá por consentida la destrucción a realizarse a partir de seis meses desde la presente. Insértese en el protocolo digital y notifíquese Fdo. DRA. MARIA ELVIRA LONGHI Secretaria. DR. LUCIANO A. BALLARINI Juez”. Rosario, 10 de Agosto de 2026.- DRA. MARIA ELVIRA LONGHI Secretaria.

$ 100 565810 Ago. 28 Set. 1

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ra. Inst. de Ejecución de Distrito - 1era. Nom. SEC. UNICA de Rosario, a carga de la Dra. Martínez, Secretaría de la Dra. López Pereyra, dentro de los autos caratulados: LOPEZ, JORGE LEOPOLDO C/ YBAÑEZ, SERGIO OMAR S/ JUICIO EJECUTIVO, CUIJ 21-13917017-9, se ha ordenado notificar por edictos al demandado Sr. YBAÑEZ SERGIO OMAR, titular del DNI Nro. 37.336.370 lo siguiente: Rosario, 07 de Junio de 2022. Por parte, domiciliada y por iniciada DEMANDA EJECUTIVA. CÍTESE Y EMPLÁCESE a la parte demandada bajo apercibimiento de REBELDÍA y de seguirse el juicio sin su representación en caso que no comparezca a estar a derecho en el término de TRES DÍAS. Notifíquese por cédula bajo FIRMA DE PROFESIONAL (art. 25 C.P.C.C.). Atento las constancias de autos, trábese EMBARGO sobre los HABERES del demandado, en proporción de ley (dec.484/87}, por el monto y los conceptos que a continuación del presente se detallan. Previa reposición de SELLADO DE EMBARGO, si correspondiere, líbrese oficio al empleador respectivo. Se hace saber al EMPLEADOR QUE SI FUERAN HABERES JUBILATORIOS la medida NO debe efectivizarse, comunicando dicha circunstancia a este proceso. Los MONTOS EMBARGADOS deberán ser depositados en CUENTA JUDICIAL DEL BANCO MUNICIPAL DE ROSARIO, SUC. 80 -CAJA DE ABOGADOS DE ROSARIO conforme los datos que surgen de la CONSTANCIA DE CUENTA JUDICIAL ADJUNTADA al oficio. La PARTE ACTORA deberá abrir CUENTA BANCARIA a la orden de este Juzgado y a nombre de estos autos, si aún no lo hubiera realizado, y ADJUNTAR DIRECTAMENTE AL OFICIO la constancia del número de Cuenta Judicial y C.B.U., correspondiente a los presentes autos. El EMPLEADOR DEBERÁ VERIFICAR PREVIO AL DEPÓSITO de las sumas embargadas, que el número de cuenta bancaria y de C.B.U., que se adjunta al oficio se corresponda con estos autos y se encuentre a nombre de esta dependencia judicial ante el Banco Municipal de Rosario, Suc. Caja de Abogados. A los fines de posibilitar la transferencia bancaria, se debe utilizar como ASOCIADO A LA CUENTA JUDICIAL respectiva el C.U.I.T. NRO. 33-99918181-9 perteneciente al Banco Municipal de Rosario. El EMPLEADOR DEBERÁ COMUNICAR al Juzgado de la causa la realización de los depósitos respectivos o, en su caso, cualquier motivo que impidiere cumplimentar la medida ordenada dentro de los treinta días de recibido el oficio, bajo apercibimientos de astreintes por incumplimiento de la medida. A tal fin podrá ADELANTAR la RESPUESTA o realizar CONSULTAS mediante correo electrónico dirigido a circuitoeje1sec1ros@justiciasantafe.gov.ar .. Parte Demandada: YBAÑEZ, SERGIO OMAR D.N.I. Nro: 37336370 El MONTO TOTAL por el que DEBE CUMPLIMENTARSE la PRESENTE MEDIDA ORDENADA y en relación a la PARTE DEMANDADA, en concepto de capital, intereses y costas futuras estimadas prudencialmente SE DETERMINA EN LA SUMA DE: $25.797,00 (Veinticinco mil setecientos noventa y siete pesos con 00/100 cent.) Se encuentran facultados para diligenciar el presente, el profesional que se indica a continuación y/o quien/es éste autorice: IESARI, DAMIAN ALBERTO - CUIT: 23-30168738-9 Resérvese la DOCUMENTAL acompañada. Hágase saber a las partes que deberán indicar correo electrónico para recibir correos de cortesía de notificaciones digitales, si no lo hubieran realizado, sin perjuicio de resultar igualmente notificadas conforme al art.14 del Acuerdo Corte Suprema de Justicia 7.3.2019, Acta N” 7 p.. 11. Desígnase al/la peticionante como DEPOSITARIO judicial (art. 261 y 263 Código Penal) de las CÉDULAS originales que se diligenciarán a futuro y que deberán remitirse al juzgado en copia escaneada, en las condiciones dispuestas por la C.S.J.S.F., punto “13” del Reglamento de “PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE ESCRITOS EN EXPEDIENTES” http://www.justiciasantafe.gov.ar. Fdo.: Dra. Martínez -Jueza-. Dra. López Pereyra -Secretaria- ROSARIO, 25 de Julio de 2025 Téngase presente lo manifestado. Como se solicita. Notifíquese mediante la publicación de edictos por el tiempo y forma de ley. Dra. SILVINA LOPEZ PEREYRA DRA. MARIANA MARTÍNEZ Secretaria Juez. Rosario, 10 de Agosto de 2026.- Dra. SILVINA LOPEZ PEREYRA Secretaria.

$ 100 565811 Ago. 28 Set. 1

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ra. Inst. de Ejecución de Distrito - 2da. Nom. de Rosario, a cargo del Dr. Ballariní, Secretarla de la Dra. Longhí, dentro de los autos caratulados: LOPEZ, JORGE LEOPOLDO C/ DOMINGUEZ, JUAN JOSEANGEL S/ JUICIO EJECUTIVO CUIJ 21-13904503-0, se ha ordenado notificar por edictos al demandado Sr. DOMIN GUEZ JUAN JOSE ANGEL, titular del DNI Nro. 30.502450 lo siguiente: Rosario, 13/04/2026, SENTENCIA EN REBELDÍA ADMITIDA Protocolo: 2026 Resolución: 975, Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... FALLO: I- Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes de DOMINGUEZ, JUAN JOSE ANGEL hasta que la actor perciba el importe íntegro del crédito por la suma de $8.436,00 (Ocho mil cuatrocientos treinta y seis pesos con 00/100 cent) en concepto de capital, con más los intereses según la tasa fijada en la parte considerativa de la presente desde la mora hasta el efectivo pago y las costas.- II- Costas a la parte demandada vencida (art. 251 CPCC).- III- Regular los honorarios del/la Dr/a. IESARI, DAMIAN ALBERTO - CUIT: 23301687389 - MONOTRIBUTISTA- en la suma de $128.494,37 equivalentes a 1 JUS (arts. 7 inc. 2 B; 4 y 12 inc. 7 ley nro. 6.767 to. ley 12.851), más I.V.A. sí correspondiere, y más el “i3% de aportes a cargo del obligado al pago. Los honorarios se actualizarán de acuerdo al valor de la unidad Jus hasta el momento en que quedaren firmes; desde tal fecha y hasta el efectivo pago se aplicará un interés moratorio equivalente a la Tasa Activa Capitalizada del nuevo Banco de Santa Fe S.A. Intímase al profesional a que acompañe constancia de Condición Fiscal (ARCA) en el término de cinco días, si no lo hubiere cumplimentado Oportunamente notifíquese a la Caja Forense mediante corroo electrónico que enviará el/la profesional a rnssadeentrndas@cajaforense.com. IV- En caso de existir documental original reservada en Secretaria podrá ser retirada por la parta que in hubiera presentado, en el plazo de sesenta días como depositaria judicial Vencido dicho término, se tendrá por consentida la destrucción a realizarse a partir de seis meses desde la presente. Insértese en el protocolo digital y notifíquese - Dra. MARIA ELVIRA LONGHI - Secretaria- Juzgado 1a. Inst. de Distrito de Ejecución Civil 2a. Nom. - Rosario Dr. LUCIANO A. BALLARINI -Juez- Juzgado 1a. Inst. de Distrito de Ejecución Civil 2a. Nom. - Rosario. Rosario, 6 de Agosto de 2026.-

DRA. MARIA ELVIRA LONGHI Secretaria.

$ 100 565815 Ago. 28 Set. 1

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Por disposición del Juez de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9° Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados: “CORBO JOSE ALBERTO c/ SHANAHAN MARCELO - JUICIO EJECUTIVO” CUIJ: 21-02930737-4, se hace saber que se ha dictado lo siguiente: “Rosario, 11/03/2021. Por presentarlo, con domicilio procesal admitido, en el carácter invocado y con patrocinio letrado. Por iniciada demanda contra Marcelo Shanahan por cobro de la suma de $309.536.- más intereses y costas, que tramitará por el procedimiento de juicio ejecutivo. Cítese y emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar derecho dentro del término de 3 días bajo los apercibimientos de ser declarado rebelde y de continuar el juicio sin su representación. Notifíquese por cédula. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá solicitar de quien lo atienda o vecinos si el mismo vive allí; y sólo en caso afirmativo procederá a efectuar la notificación, bajo apercibimiento de nulidad de la misma, debiendo asentar en la diligencia efectuada la información obtenida. En caso de resultar necesarios a fin de conocer el actual domicilio del demandado, líbrense oficios requiriéndose informes al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral o al Registro Público de Comercio, según corresponda. En los demás oficios que el profesional estime necesarios para averiguar el domicilio del demandado, deberá diligenciados por la vía prevista por el art. 25, inc. a, CPCC, transcribiendo nombre completo, número y tipo de documento de identidad y último domicilio conocido del demandado. Hágase saber que en el punto VII) del Acta Nº 16 Acuerdo Extraordinario de la CSJSF, se ha puesto en funcionamiento el sistema de notificaciones electrónicas con firma digital aprobado por Acta Acuerdo Nº 7, Punto 11 del 07.03.2019, en todas las unidades jurisdiccionales y dependencias de este Poder Judicial a partir del 18.06.2020. A tales fines los profesionales deben denunciar dentro de los presentes un correo electrónico a los fines de recibir el “aviso de cortesía”, previsto en el artículo 6 del Reglamento respectivo, obligándose a comunicar cualquier cambio bajo su entera responsabilidad. Téngase presente que la omisión de denunciar correo electrónico no obsta al cumplimiento de la notificación de conformidad al artículo 14 de dicha normativa. Resérvese en Secretaria la documentación acompañada, dejándose copia digitalizada en el sistema informático y copia certificada en el expediente. Manifieste el profesional su situación frente al IVA y acompañe constancia de inscripción en la AFIP. Suscriba el profesional interviniente el formulario 324 de liquidación de impuesto de sellos/ tasas retributivas de servicios, con su respectivo sello con imputación a las presentes actuaciones. Se informa a las partes que el presente expediente puede ser consultado en la web http://iurixonline.justiciasantafe.gov.ar:7782/GE_INTERNET/faces/internet/lnicio.js px, con la clave: 9501. Firmado: María Fabiana Genessio Juez - Dra.. Verónica A. Accinelli Secretaria - “ROSARIO, 01/07/2024. Agréguese la cédula acompañada. Informada verbalmente la actuaria que la parte demandada Marcelo Shanahan no ha comparecido a estar a derecho decláraselo rebelde. Notifíquese por cédula. Firmado: María Fabiana Genessio Juez - Dra. Verónica A. Accinelli Secretaria. Rosario, 12 de Junio de 2026.

$ 100 565818 Ago. 28 Set. 1

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 5ta. Nominación de Rosario, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: CAIRONE, MARÍA CRISTINA c/ VERA, MARÍA DEL CARMEN s/ ESCRITURACIÓN, CUIJ N.º 21-03009382-5, se cita y emplaza a los herederos de MARÍA DEL CARMEN VERA, DNI 13.167.769, para que comparezcan a estar a derecho en el término y bajo los apercibimientos de ley, conforme lo dispuesto por los arts. 47, segundo párrafo, 73 y 597 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Santa Fe. Se hace saber que las actuaciones digitales se encuentran disponibles en el Sistema de Autoconsulta de Expedientes, debiendo seleccionarse el tipo de usuario “Otros” e ingresar el CUIJ de la causa junto con la contraseña 8973. Fdo. Dra. Silvina Leonor Rubulotta (Secretaria). Rosario, 6 de Agosto de 2026.

$ 100 565818 Ago. 28 Set. 1


Por disposición del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual Nº 4 Nominación de Rosario, dentro de los autos: “D´AGOSTINO, LUCIANO RUBEN Y OTROS C/ VIDAL, WALTER DAMIAN Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS”, CUIJ. Nº 21-11891843-3, en fecha 16/12/2025, se ha ordenado lo siguiente: “ROSARIO, Proveyendo escrito cargo Nº 11582/25: Atento lo solicitado y constancias en autos, CÍTESE AL CODEMANDADO VIDAL WALTER DAMIAN a comparecer a estar a derecho por medio de edictos los que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL y en la página web institucional conforme Circular Nº 05/25 de la CSJ, por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67, 69 73 y 548 del C.P.C.”. Fdo.: DRA. MAYRA IBAÑEZ (SECRETARIA); DRA. JORGELINA ENTROCASI (JUEZ EN SUPLENCIA). Rosario, 6 de Mayo de 2026. Dra. Analía N. Vicente, Secretaria.

$ 100 565823 Ago. 28 Set. 1


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Por disposición del Juez del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual N°6 de Rosario la Dra. JORGELINA ENTROCASI, se ha dispuesto la rebeldía del Sr. GENTILI MAURICIO CAYETANO, dentro de los autos caratulados "GOMEZ ABEL ALEJANDRO Y OTRO C/GENTILI MAURICIO CAYETANO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS" – CUIJ 21-11890131-9. Se transcriben los decretos que así lo ordenan "ROSARIO, 19/06/2025: Proveyendo escrito cargo Nº 5607/2025: Atento que el codemandado, Mauricio Cayetano Gentili, no compareció a estar a derecho pese a encontrarse debidamente notificado por edictos, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, declárese/o rebelde. Firme que estuviere el presente, procédase al sorteo de Defensor de Oficio. Notifíquese por edictos al demandado rebelde y por cédula a las partes intervinientes". DR. CHRISTIAN BITETTI DRA. JORGELINA ENTROCASI. ROSARIO, 21 DE julio DEL 2026.-

$ 100 565567 Ag. 28 Sep. 01

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Por disposición del Juzgado de 1° Instancia de Circuito Nro. 15 de la localidad de Arroyo Seco, Santa Fe, a cargo de la Dra. Mariana Alvarado (Juez), Dra. Mariana Cattani (Secretaria) en autos "CARVAJAL ALFREDO c/LEON INOCENCIO s/OTRAS DILIGENCIAS" Cuij: 21-02962359-4, se cita y se emplaza a los herederos de LEON INOCENCIO DNI. 3.745.980, Elsa Clementina Castells y Gustavo Fernando León a fin de que comparezcan a estar a derecho, por el término y bajo apercibimientos de ley. Se procede a transcribir los decretos que así lo ordenan: "ARROYO SECO, 15 de Diciembre de 2025. Por denunciado domicilio de los herederos, téngase presente. Por iniciada formal demanda de prescripción adquisitiva contra LEON INOCENCIO y/o titular registral y/o propietario y/o contra quién se considere con derechos sobre el inmueble denunciado. Imprímasele el trámite ordinario. CITESE Y EMPLACESE a la demandada para que comparezca a estar a derecho en el término y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula al domicilio denunciado. CÍTESE al Estado Nacional (Agencia de Administración de Bienes del Estado (Ex Onabe), Provincia de Santa Fe (en la persona del Sr Gobernador y al Fiscal de Estado) y a la Municipalidad de Arroyo Seco (en la persona del Sr Intendente), con los datos del inmueble a usucapir, para que comparezcan y manifiesten si existe interés fiscal comprometido. Notifíquese por cédula. Y ESTE OTRO: ARROYO SECO, 30 de Julio de 2026 Agréguense la documentación adjunta. Téngase presente. Habida cuenta de la constancia en autos del fallecimiento del Sr Inocencio Leon (fs 83 y 129) y a los fines del art. 597 CPCSF, cítese y emplácese a los herederos Elsa Clementina Castells y Gustavo Fernando Leon (según resolución Nº 331 del 22/06/1995, fs 104) al domicilio denunciado (cargos 4442/25 y 2431/26, fs 107 y 135 respectivamente) y por edictos que se publicarán en el Boletín Oficial. Notífíquese el presente, conjuntamente con el proveído de fecha 15/12/2025 (fs 108). Fdo. Dra. Mariana Alvarado (Juez), Dra. Mariana Cattani (Secretaria) Autos: “CARVAJAL ALFREDO c/ LEON INOCENCIO s/OTRAS DILIGENCIAS" Cuij: 21-02962359-4. Arroyo Seco, 10 de Agosto de 2026.-

$ 33 565907 Ag. 28 Sep. 01

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Por disposición de la Dra. Jorgelina Entrocasi (Jueza) y del Dr. Christian Bitetti (Secretario), del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual de la 6ª Nominación de la ciudad de Rosario, dentro de los autos: "CARROZZO, AIXA AGOSTINA Y OT. C/ GARAY, LAURA GISELA Y OT. S/DAÑOS Y PERJUICIOS" EXPTE. Nº 21-11904462-3, se llama y emplaza al SR. DIEGO JESUS SACCHI, DNI Nº 29.415.740, a los fines de que comparezca a estar a derecho, por sí o por apoderado, dentro del término de tres días y bajo apercibimientos de ley. A continuación, y para un mayor resguardo de derechos se transcribe el decreto a notificar: "Rosario, 10 de agosto de 2026....Al escrito cargo Nº 8500/26: Atento lo manifestado y constancias de autos, cítese por edictos al Sr. Diego Jesús Sacchi, para que comparezca a estar a derecho, por sí o por apoderado, dentro del término de tres días y bajo apercibimientos de ley, publicándose los mismos en el diario "Boletin Oficial”.- Fdo: Dr. Christian Bitetti (Secretario) y Dra. Jorgelina Entrocasi (Jueza). 12 de Agosto de 2026.

$ 100 565825 Ag. 28 Sep. 01

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Por disposición de la Dra. Analía Vicente (Secretaria) y del Dr. Federico Lema (Juez Subrogante) del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual de la 4ª Nominación de la ciudad de Rosario, dentro de los autos: "FANALE, LUCAS ESTEBAN C/SPILJ, JUAN ANGEL Y OT. S/DAÑOS Y PERJUICIOS" EXPTE. Nº 21-11903075-4, se llama y emplaza al SR. JUAN ANGEL SPILJ, DNI Nº 13.958.085, a los fines de que comparezca a estar a derecho bajo apercibimientos de ley. A continuación, y para un mayor resguardo de derechos se transcribe el decreto a notificar: "Rosario, 5 de agosto .de 2026. Proveyendo escrito cargo Nº 7251/26: Atento lo solicitado y constancias en autos, CÍTESE A LOS DEMANDADOS SPILJ JUAN ANGEL Y PEREYRA, ALEJANDRA LIDIA a comparecer a estar a derecho por medio de edictos los que se publicarán en el Boletín Oficial y en la página web institucional conforme Circular Nº 05/25 de la CSJ, por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67, 69 73 y 548 del C.P.C". Fdo: Dra. Analía Vicente (Secretaria) y Dr. Federico Lema (Juez Subrogante). 12 de Agosto de 2026.

$ 100 565826 Ag. 28 Sep. 01

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Por disposición de la Dra. Analía Vicente (Secretaria) y del Dr. Federico Lema (Juez Subrogante) del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual de la 4ª Nominación de la ciudad de Rosario, dentro de los autos: "FANALE, LUCAS ESTEBAN C/SPILJ, JUAN ANGEL Y OT. S/DAÑOS Y PERJUICIOS" EXPTE. Nº 21-11903075-4, se llama y emplaza a la SRA. ALEJANDRA LIDIA PEREYRA, DNI Nº 17.850.760, a los fines de que comparezca a estar a derecho bajo apercibimientos de ley. A continuación, y para un mayor resguardo de derechos se transcribe el decreto a notificar: "Rosario, 5 de agosto de 2026. Proveyendo escrito cargo Nº 7251/26: Atento lo solicitado y constancias en autos, CÍTESE A LOS DEMANDADOS SPIU JUAN ANGEL Y PEREYRA, ALEJANDRA LIDIA a comparecer a estar a derecho por medio de edictos los que se publicarán en el Boletín Oficial y en la página web institucional conforme Circular Nº 05/25 de la CSJ, por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67, 69 73 y 548 del C.P.C". Fdo: Dra. Analía Vicente (Secretaria) y Dr. Federico Lema (Juez Subrogante). 12 de Agosto de 2026.

$ 100 565827 Ag. 28 Sep. 01

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Por disposición de la Dra. Susana T. Igarzábal (Jueza de trámite) y de la Dra. Andrea Chaparro (Secretaria) del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual de la 2ª Nominación de la ciudad de Rosario, dentro de los autos: OVIEDO, MIGUEL EUSTAQUIO Y OTROS C/TABARES FACUNDO ARIEL Y OT. S/DAÑOS Y PERJUICIOS" EXPTE. Nº 21-11864429-5 se llama y emplaza al SR. FACUNDO ARIEL, TABARES, DNI Nº 30.747.022, a los fines de que comparezca a derecho bajo apercibimientos de ley. A continuación, y para un mayor resguardo de derechos se transcriben los decretos a notificar: "Rosario, 3 efe agosto de 2026. Agréguense las constancias acompañadas por el Dr. Mossotti. Téngase presente y hágase saber. Atento lo solicitado y constancias en autos, emplacese al demandado FACUNDO ARIEL TABARES a comparecer a estar a derecho por medio de edictos los que se publicarán en el Boletín Oficial por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67, 69 73 y 548 del C.P.C.C".- Fdo: Dra. Susana T. Igarzábal (Jueza de trámite) y Dra. Andrea Chaparro (Secretaria). 12 de Agosto de 2026.

$ 100 565828 Ag. 28 Sep. 01

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Por disposición de la Jueza de 1ra Instancia de Ejecución Civil de Circuito de la 1ra Nominación, de esta ciudad, en el marco de los autos caratulados "CONSTRUYENDO ASOCIACIÓN MUTUAL DE LA CONSTRUCCIÓN C/QUIRÓZ, MARÍA l. Y OT. S/JUICIO EJECUTIVO" - (EXPTE. Nº 21-13936752.-6), se ordenó la rebeldía del SR. MATÍAS DANIEL LÓPEZ. D.N.I. Nº 41.491.69, según decreto que, seguidamente1 se transcribe: "Rosario, 28 de mayo de 2026. Informándose verbalmente por Secretaria en este acto que la parte emplazada no ha comparecido a estar a Derecho, declárasela rebelde. Siga el proceso sin dársele representación (art. 78 del Código Procesal Civil y Comercial). Desígnase al/la peticionante como depositario/a judicial de las cédulas/edictos originales que se hubieran acompañado en copia escaneada (art. 261 y 263 Código Penal)1 en las condiciones dispuestas por la C.S.J.S.F., punto "13" del Reglamento de "PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE ESCRITOS EN EXPEDIENTES "http://www.justidasantafe.gov.ar/PRESENTACIONES%20ELECTRº/oC3%93NICAS/Pautas0/o20PEE%20a0/o20traves%20Autoconsulta0/o20-%20TOº/o20oct2021.pdf. FDO: DRA. MARTÍNEZ (Jueza) - DRA. LÓPEZ PEREYRA (Secretaria)”. Rosario,… de ......… de 2026.

$ 100 565829 Ag. 28 Sep. 01

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial, Decimoquinta Nominación - Secretaria Única de Rosario, en los autos autos "VERON, LORENA GISELA S/SUMARIA INFORMACIÓN", CUIJ: 21-02991986-8, SE HACE SABER que se dictó lo siguiente: "Rosario, 12 de Febrero de 2026. Cítese y emplácese a los herederos del Sr. ROBERTO EPIFANIO LUNA, DNI 37.700.419 y/o a toda persona que se considere con derechos sobre el presente a comparecer a los presentes dentro del plazo de 5 días, publicándose edictos en la forma ordinaria (art. 73 CPCC.)" FDO: DRA. MARIA EUGENIA SAPEI (SECRETARIA), DR. SEBASTÍAN RUPIL (JUEZ).

$ 100 565830 Ag. 28 Sep. 01

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Que por disposición del Juzg. Unipersonal de Respons. Extrac. Nº 8 de Rosario a cargo del Juez Dr. IGNACIO VICENTE AGUIRRE Secretaria a cargo de la Dra. MARIA GUADALUPE GORDILLO en autos ZACARIAS, RICARDO FRANCISCO C/VICENTE, CARLA ANTONELLA Y OTROS S/DAÑOS Y PERJUICIOS 2 l-11893909-0 se decretó. "ROSARIO, 19 de Febrero de 2026. Estando acreditado el fallecimiento de ZACARIAS RICARDO FRANCISCO, emplácese por edictos a sus herederos para que comparezcan a estar a Derecho dentro del término de cinco (5) días de la última publicación, bajo apercibimiento de declararlos en rebeldía. Publíquense los edictos citatorios por tres (3) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Sin perjuicio de ello, respecto del mandatario en ejercicio, estese a lo dispuesto por el art. 47, segundo párrafo, del Código citado. Téngase al compareciente por presentado, con domicilio constituido y por parte a mérito del carácter invocado (patrocinio letrado), désele la participación que por derecho corresponde". DRA. VALERIA BARTOLOME DR. IGNACIO V. AGUIRRE Prosecretaria Juez. Secretaria, 03/07/2026.

$ 100 565831 Ag. 28 Sep. 01

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Por disposición de la Sra. Jueza ele Primera Instancia de Distrito de Ejecución Civil de la Primera Nominación ele Rosario, la Secretaria que suscribe notifica a KALINTA S.A. y PRESTACIONES KALINTA S.A. en su carácter de titular de la partida de Impuesto Inmobiliario 160700-340062-0000-9, que se ha dictado la Sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva dice: "Nº 1868 Rosario, 24 de julio de 2026.- Y VISTOS: Los autos caratulados "ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS C/KALINTA SA Y OTROS S/APREMIOS FISCALES - API" 21-13926396-8 Y CONSIDERANDO: … FALLO: Mandando se lleve adelante la ejecución contra los bienes de KALINTA S.A. y PRESTACIONES KALINTA S.A. hasta que la parte actora, ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS, perciba el impone íntegro de su crédito por la suma de pesos ciento nueve mil setecientos treinta y dos con cincuenta y un centavos ($ 109.732,51) con más los intereses según lo expuesto en los considerandos. Costas a la accionada (mt. 251 CPCC). Los honorarios profesionales se regularán luego de practicada la planilla actualizada respectiva. Notifíquese por cédula que firmará el/la profesional de la parte actora. Insértese y hágase saber.- Firmado digitalmente conforme constancias obrantes en Sisfe.-- FDO.: Dra. Mariana Martínez - Juez. - Dra. Silvina López Pereyra - Secretaria.- Publíquese sin cargo por cinco (5) días (art. 132 del Código Fiscal y art. 482 del C.P.C.). Rosario. .... de julio de 2026.-

S/C 565839 Ag. 28 Sep. 03


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Juan Daniel Peccioloni D.N.I. 8.617.686 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "PECCIOLONI, JUAN DANIEL S/DECLARATORIA DE HEREDEROS", C.U.I.J. Nº 21-03010405-3.- Fdo. Dra. Dra. Mayra Ibañez.- Secretaría.- Rosario, Agosto 2026.-

$ 45 Ag. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Silvia Ester JAIME, D.N.I. N° 5.588.507 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "JAIME, Silvia Ester s/Declaratoria de herederos C Y C 8" CUIJ 21-03009812-6.

$ 45 Ag. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MEDINA, EDUBACIO (DNI 7.272.939) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: MEDINA, EDUBACIO S/ SUCESORIO ( CUIJ 21-03010167-4) Fdo. Prosecretaria

$ 45 Ag. 28


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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 19° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante GERARDO FERNANDO MARINELLI (DNI 6.041.852) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "MARINELLI, GERARDO FERNANDO S/SUCESORIO CY C 19" CUIJ N° 21-03009086-9. Fdo. Prosecretaría

$ 45 Ag. 28

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8.ª Nominación de Rosario, de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JORGE OMAR PALMA, D.N.I. N.º 14.143.786, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "PALMA, JORGE OMAR S/DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ 21-03010737-0).

$ 45 Ag. 28

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante GRACIELA MABEL ABRAHAM (D.N.I. 10.247.178), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "ABRAHAM GRACIELA MABEL S/ SUCESORIO" (CUIJ 21-03010880-6). Fdo. Fernanda I. Virgolini, Prosecretaria

$ 45 Ag. 28

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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia Civil y Comercial 13ra. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ALEXIS MARTIN CUSUMANO, D.N.I. N° 25.588.957, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados "CUSUMANO, ALEXIS MARTIN S/ SUCESORIO" CUIJ 21-03010863-6 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo.

$ 45 Ag. 28



Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Elida POMPEI, D.N.I. N° 5.844.774 y Antonio DEL FEDERICO, D.N.I. N° 5.089.550 , por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "DEL FEDERICO, ANTONIO Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS", C.U.I.J. Nº 21-03010404-5.- Secretaría.- Rosario, Agosto 2026.-

$ 45 Ag. 28

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Por disposición de la Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13ra Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes AMERICO JORGE RAMON SPEDALETTI, titular del D.N.I. N° 5.222.584 y/o MONICA EVITA PEREZ, titular del D.N.I. N° 2.638.946, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "SPEDALETTI, AMERICO JORGE RAMON Y OTROS S/ SUCESORIO" (CUIJ 21-03010727-3). Fdo. PROSECRETARÍA, Oficina de Procesos Sucesorios. Rosario, Agosto de 2026.-

$ 45 Ag. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 15° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ESTEBAN DI TERLIZZI (CI 233.692) y MAFALDA DEL VALLE MOYANO (DNI 3.481.605, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "DI TERLIZZI, ESTEBAN Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ Nº21-03009442-2). Fdo. Prosecretaria.

$ 45 Ag. 28


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 15° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Roberto Daniel BARCELLONA (D.N.I.6.067.767) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados"BARCELLONA, ROBERTO DANIEL S/ SUCESORIO Cuij 21-03009873-8, "Fdo. Prosecretaría

$ 45 Ag. 28

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 15° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RADICE JUAN EDUARDO (D.N.I. 10.187.437), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "RADICE JUAN EDUARDO S/ SUCESORIO" (CUIJ 21-03010963-2) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Ag. 28

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Por disposición de/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 17ma. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ALFONSO, Aurelia (D.N.I. 4.853.983) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Publíquense sin cargo alguno en virtud del patrocinio letrado ejercido por la Defensoría Zonal N° 6 de Rosario. Autos caratulados: "ALFONSO, AURELIA S/ SUCESORIO C Y C 17" (CUIJ N° 21-03010858-9). FDO. Prosecretaria.

$ 45 Ag. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ALBERTO JOSE PARDO, D.N.I. No 11.447.735, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "PARDO, ALBERTO JOSE S/DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 17" CUIJ 21-03009803-7, Fdo. Prosecretaria.

$ 45 Ag. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 17ma. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Lidia Ana Frank , D.N.I. 3.877.991, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "FRANK, LIDIA ANA S/DECLARATORIA DE HEREDEROS " CUIJ 21-03010654-4. CyC17. Fdo. Prosecretaria.

$ 45 Ag. 28

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MARIO ABRAHAM HIMELFARB, D.N.I. N° 13.145.101, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "HIMELFARB, MARIO ABRAHAM S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ N° 21-03010616-1). Fdo. Prosecretaría.

$ 45 Ag. 28

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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 17 ava Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante ORMANDO CONRADO ANANIA (D.N.I.5992083) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "ANANIA ORMANDO CONRADO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS " (CUIJ N 21- 03007045-0) . Fdo. Prosecretaría.

$ 45 Ag. 28

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Por disposición de/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 17ma. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ALFONSO, Aurelia (D.N.I. 4.853.983) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Publíquense sin cargo alguno en virtud del patrocinio letrado ejercido por la Defensoría Zonal N° 6 de Rosario. Autos caratulados: "ALFONSO, AURELIA S/ SUCESORIO C Y C 17" (CUIJ N° 21-03010858-9). FDO. Prosecretaria.

$ 45 Ag. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante  VELLA, SUSANA BEATRIZ (D.N.I. 12.994.124), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “VELLA, SUSANA BEATRIZ S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-03011078-9)

$ 45 Ag. 28

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 4ta Nominación de Rosario, a cargo del DR. NICOLAS VILLANUEVA, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ANGELA ANTONIA RULLO (D.N.I. 0.906.783) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "RULLO, ANGELA ANTONIA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" CUIJ 21-03008513-9 . Fdo. Prosecretaria.

$ 45 Ag. 28

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Por disposición de la Sra. Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 9° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante MASSA IDA MIGUELINA, DNI F1.054.554, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: “MASSA IDA MIGUELINA s/ SUCESORIO” Expte. N° 21-03008015-4, de tramite por ante la OPS.-Fdo: Prosecretaria

$ 45 Ag. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8va. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ROSA, DELIO OTELO, D.N.I. 6.143.773, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "ROSA, DELIO OTELO S/ SUCESORIO" (CUIJ 21-02994505-2).

$ 45 Ag. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8°va. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante MARIA MARGARITA PIETRASANTA, D.N.I. N° 5.535.907, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “PIETRASANTA, MARIA MARGARITA S/SUCESORIO”, (CUIJ 21-03010856-3).

$ 45 Ag. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante ADRIANA MARCELA MIRKIN (D.N.I. 11.262.310), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados “MIRKIN, ADRIANA MARCELA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” EXPTE CUIJ 21-03010327-8, de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Ag. 28

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Por disposición del Juzg. 1ra. Inst. Civil y Comercial 10ma. Nom. – Segunda Circunscripción Judicial de Santa Fe; en autos caratulados : “DEGIOVANNI, ANDREA RITA C/ MENOSSI, GRACIELA ANA MARIA DE LOS ANGELES Y OTROS S/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA” 21-03007031-0; se cita, llama y emplaza a los herederos y/o sucesores de MAZZUCCHELLI RODOLFO OSCAR, a fin que comparezcan en los presentes, a hacer valer sus derechos por el término y bajo apercibimientos de ley. Fdo: Dra. Marianela Maulion (SECRETARIA) Dr. Mauro R. Bonato (Juez) Rosario, 30 de Junio de 2026

$ 100 565936 Ag. 28 Sep. 1

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Por disposición de la Sra Juez de la OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por EL causante MIGUEL ANGEL OSORIO D.N.I. 4.707.193 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “OSORIO, MIGUEL ANGEL S/DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N°21-02970184-6) . Fdo. CINTIA M. ALONSO .- PROSECRETARIA.-

$ 45 Ag. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 19° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ROSA ELISA RIOS (DNI 3.490.444) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “RIOS, ROSA ELISA S/ SUCESORIO C Y C 19” CUIJ 21-03010202-6.


$ 45 Ag. 28

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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante TORRES, ELVIA ELVIRA (DNI: 17.744.103) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “TORRES, ELVIA ELVIRA S/ SUCESORIO C Y C 16 CUIJ: 21-03010164-9”. FDO: PROSECRETARIA


$ 45 Ag. 28

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CASILDA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia Civil, Comercial y laboral, tercera Nominación Distrito Judicial N° 7 de Casilda, Dra. Laura S. Babaya, en los autos: MELANO PATRICIA BEATRIZ C/MUÑOZ MARGARITA TERESA Y OTROS S/DESALOJO, CUIJ N° 21-23293474-0, se ha ordenado según lo normado por el art. 521del CPCC, inscribir como litigioso el bien objeto de este pleito, ubicado en calle Bv. Colón 2265, Planta Alta, Dpto. A (lado de calle España) de Casilda, inscripto en el Registro de la Propiedad del Inmueble, la mitad indivisa al Tomo: 351, Folio: 435, N°: 368082, Dpto. Caseros; y la otra mitad indivisa al Tomo: 354, Folio: 412, N°: 314052, Dpto. Caseros. Datos de inscripción Registro General Rosario Medidas Precautorias: Rosario, 15/05/2026, Tomo: 135E Folio: 610 Número: 133502. Tomó razón definitiva de anotación litigiosa válido por 5 años, art. 65 Ley 6435. Secretaría: Dra. Yanina Paola Scolari (Secretaria subrogante). Casilda, 13 de agosto de 2026. Dr. Juan M. Abbo, Prosecretario


$ 1000 565798 Ag. 28 Sep. 01

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Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral Nº1 de la 1era. Nominación de la ciudad de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, Secretaría de la autorizante Dra. Viviana Guida, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de DINA DELLA CECA, DNI N° 7.577.107 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro por el término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de 1 día.- (Autos: “DELLA CECA DINA S/ SUCESIONES-INSC.TARDIAS-SUMARIAS-VOLUNT.” CUIJ 21-25867383-9 (Expte. N° 190/2026). Fdo.: Dr. Pablo Vinciguerra (Prosecretario suplente).


$ 45 Ag. 28

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Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral Nº1 de la 1era. Nominación de la ciudad de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, Secretaría de la autorizante Dra. Viviana Guida, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de ALBERTO HORACIO LANDREIN DNI N° 10.059.206 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro por el término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de 1 día.- (Autos: “LANDREIN, ALBERTO HORACIO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-25867900-5 (Expte. N° 365/2026). Fdo.: Dr. Pablo Vinciguerra (Prosecretario suplente).


$ 45 Ag. 28

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Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral Nº1 de la 1era. Nominación de la ciudad de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, Secretaría de la autorizante Dra. Viviana Guida, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de SISTA ANA CHARIANO, DNI N° F5.934.520 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro por el término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de 1 día.- (Autos: “SISTA ANA CHARIANO S/ SUCESIONES-INSC.TARDIAS-SUMARIAS-VOLUNT.” CUIJ 21-25867762-2 (Expte. N° 318/2026). Fdo.: Dr. Pablo Vinciguerra (Prosecretario suplente).


$ 45 Ag. 28

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Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral Nº1 de la 1era. Nominación de la ciudad de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, Secretaría de la autorizante Dra. Viviana Guida, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de OSCAR LORENZO GENTILETTI, DNI N° 10.845.919 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro por el término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de 1 día.- (Autos: “GENTILETTI OSCAR LORENZO S/ SUCESIONES-INSC.TARDIAS-SUMARIAS-VOLUNT.” CUIJ 21-25867804-1 (Expte. N° 331/2026). Fdo.: Dr. Pablo Vinciguerra (Prosecretario suplente).


$ 45 Ag. 28

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CAÑADA DE GÓMEZ

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Jueza de 1ra Instancia Civil, Comercial y Laboral de la 1° Nominación de Cañada de Gómez dentro de los autos caratulados GONZALEZ NANCY S/CANCELACION TITULO - 21-26035928-9, se hace saber que la Sra. NANCY BEATRIZ GONZALEZ ha iniciado procedimiento de cancelación de DOS (02) pagarés conforme lo dispuesto por el Decreto Ley 5965/03. Los títulos cuya cancelación se solicita consisten en dos pagarés librados en la ciudad de Cañada de Gómez en fecha 08 de octubre de 2025. 1) Uno con fecha de pago el 08/01/2026 en calle Ovidio Lagos Nro. 545 de Cañada de Gómez, por la suma de pesos cinco millones seiscientos veinticinco mil ($5.625.000.-). 2) Otro con fecha de pago el 08/02/2026, en calle Ovidio Lagos Nro. 545 de Cañada do Gómez, por la suma de pesos cinco millones seiscientos veinticinco mil ($5.625.000.-). En consecuencia, se cita y emplaza a quien se considere con derecho sobre los mencionados títulos para que comparezca a estar a derecho y formule opsición dentro del plazo de 60 días, contados a partir de la última publicación del presente, bajo apercibimiento de disponerse su cancelación. Publíquese por 15 días en el BOLETÍN OFICIAL de Santa Fe. CAROLINA RAÜFFELER, Secretaria

$ 100 565729 Ag. 28 Sep. 17

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 3ra. Nom. del Distrito Judicial N° 6 de Cañada de Gómez, en los autos caratulados "STEFANELLI HECTOR SANTOS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ N°21-26037112-3), se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante HECTOS SANTOS STEFANELLI (DNI N° 6.182.139), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en los estrados del Tribunal.-

$ 45 Ag. 28

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2da. Nom. del Distrito Judicial N° 6 de Cañada de Gómez, en los autos caratulados "BECERRA, JUANA TERESA s/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ N° 21-26034356-1), se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante JUANA TERESA BECERRA (DNI N° 1.974.653), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en los estrados del Tribunal.-

$ 45 Ag. 28

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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 6 en lo Civil, Comercial y Laboral, Primera Nominación, de la ciudad de Cañada de Gómez, en los autos caratulados: “CABRERA, EULADIO ROGELIO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ. 21-26036362-7, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante EULADIO ROGELIO CABRERA, D.N.I. N° 2.287.347, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Cañada de Gómez, 27 de agosto de 2026.

$ 45 Ag. 28



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SAN LORENZO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ANDINO, EVELYN SOLEDAD s/EJECUTIVO; CUIJ Nº 21-25444291-4; El Sr. Juez a cargo del Juzgado DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO CIVIL Y COMERCIAL Nº 1ª NOMINACIÓN de la ciudad de SAN LORENZO, Dr. ALEJANDRO MARCOS ANDINO, notifica al Sr. ANDINO, EVELYN SOLEDAD, DNI Nº 35.222.206, lo declarado en autos: Nº 2382; SAN LORENZO, 04/11/2025. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1: Hacer lugar a la demanda, ordenando seguir adelante la ejecución hasta tanto el actor se haga íntegro cobro de la suma reclamada con más el interés previsto en los considerandos. 2: Imponer las costas al vencido (Art. 251 C.P.C.C.). 3: Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se acompañe constancia de ARCA y se practique la planilla respectiva. 4: Insértese, dése copia y hágase saber. Fdo. Dra. LUZ M. GAMST (SECRETARIA); Dr. ALEJANDRO MARCOS ANDINO (JUEZ). Dra. Nadia M. Aronne, prosecretaria.

$ 100 565507 Ago. 28 Sep. 01

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Por disposición del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 2da. Nominación de San Lorenzo, dentro de los autos caratulados: “RENDON RAMIREZ JOSE OMAR S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS”, CUIJ N°: 21-25449203-2 se ha dispuesto a citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de Don RENDON RAMIREZ JOSE OMAR, D.N.I. N° 95.163.975, fallecido en la localidad de Roldán, Santa Fe, Argentina en fecha 26 de Marzo de 2026, anotado en el Registro Civil de la localidad de Roldán, provincia de Santa Fe, departamento San Lorenzo oficina 443, año 2026, acta N° 16 que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de ley. CUIJ N°: 21-25449203-2. Fdo. Dr. Guillermo Roldán (Juez subrogante).

$ 45 Ag. 28

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VILLA CONSTITUCIÓN

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 1ª Nominación de la ciudad de Villa Constitución, llama, cita y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y todos quiénes se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante DAMIANI, GLADYS, D.N.I. N° 3.281.440, por el término de TREINTA (30) días para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos y acrediten su carácter. Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y Estrados del Tribunal. Firmado: Dr. Alejandro Danino (Secretario). Autos: "DAMIANI GLADYS s/SUCESORIO" (CUIJ 21-25661536-0).-

$ 45 Ag. 28

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venado tuerto

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Jueza de Primera Instancia del Juzgado Civil y Comercial 1° Nominacion de Venado Tuerto, Dra. Maria Celeste Rosso, Secretaría a cargo de la Dra. Maria Laura Olmedo, se ha dispuesto poner en conocimiento, a los efectos que pudieren corresponder, lo siguiente. “Auto N° 917 de fecha 14/08/2026 “Y VISTOS: Los presentes autos caratulados “JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE DIST. 1RA. NOM S/DESPAPELIZACION S/ OTRAS DILIGENCIAS – CIVIL”, Expte. N° 21-24613068-7 Y CONSIDERANDO: Los inconvenientes operativos que genera la acumulación en este Juzgado de documental correspondiente a causas que no registran actividad procesal desde largo tiempo de acuerdo a lo informado por la actuaria, siendo necesario adoptar medidas conducentes a un mejor aprovechamiento del espacio físico disponible, lo que redundara en una mejor y mas adecuada prestación del servicio de Justicia, y, A los fines enunciados precedentemente resulta oportuno disponer la destrucción de documental, pliegos, alegatos e interrogatorios presentados y reservados en Secretaria correspondientes a expedientes sin movimientos en los últimos 2 años, los remitidos al Archivo General de Tribunales, aquello cuya documental se encuentra escaneada y subida vía Sistema Sisfe y los que cuentan con sentencia firme.-Respecto de los mismos, puede decirse que, como no han registrado movimiento, existe una fuerte presunción en cuanto a que nadie registra interés alguno, motivo por el cual se procederá a la destrucción de aquellos sobres que daten en su reserva hasta el año 2023 inclusive y que se encuentren subsumidos en los parámetros mencionados, sin perjuicio de continuar agregando los sobres correspondientes a los expedientes que se remitan al archivo.- No obstante, y a fin de evitar posibles cuestionamientos futuros, más allá de lo señalado precedentemente, se procederá a publicar edictos en el Boletín Oficial, en el hall por la sección de Edictos Digitales del Poder Judicial de Santa Fe y al Colegio de Abogados dando a conocer el precedente decisorio, a fin de que los posibles interesados – que pudieran acreditar interés legitimo – se presenten al Juzgado de lunes a viernes en horario de 8 a 12 a fin de efectuar el requerimiento pertinente, pudiendo realizar dichos reclamos hasta el 06 de noviembre de 2026 inclusive.-Por lo expuesto, SE RESUELVE: 1) Disponer la destrucción de la documental, pliegos, alegatos e interrogatorios reservados en Secretaria, con fecha hasta el año 2023 inclusive, correspondientes a expedientes sin movimientos en los últimos 2 años, los remitidos al Archivo General de Tribunales, aquello cuya documental se encuentra escaneada y subida vía Sistema Sisfe y los que cuentan con sentencia firme, razón por la cual ya no revisten interés jurisdiccional. 2) Hacer saber al presente decisorio, a fin de que los posibles interesados en la documental reservada - que pudieran acreditar interés legítimo- se presenten al Juzgado, de lunes a viernes en horario de 8 a 12, a fin de efectuar el requerimiento pertinente; pudiendo realizar dichos reclamos hasta el 06 de noviembre de 2026 inclusive.- 3) Publicar edictos en el Boletín Oficial por dos veces en cinco días Y en el hall por la sección de Edictos Digitales del Poder Judicial de Santa Fe .- 4) Remitir copia de la presente al Colegio de Abogados de la 3° Circunscripción a sus efectos.-Insértese y hágase saber de la manera dispuesta.” Fdo. . DRA. MARIA CELESTE ROSSO Juez DRA. MARIA LAURA OMEDO Secretaria.-

S/C 49795 Ag. 28 Sep. 1

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia, en lo civil y comercial de Venado Tuerto, Primera Nominación a cargo de la Dra. Maria Celeste Rosso (Jueza); Dra. Maria Laura Olmedo (Secretaria), en los autos caratulados:"TROVATO JOSE SALVADOR Y OTROS S/ SUCESORIO" CUIJ 21-24625843-8, se cita y se emplaza a los herederos ,legatarios y acreedores de Don Jose Salvador Trovato, DNI: 6.126.243 y Doña Maria Bonifacia Leonor Simunovich, DNI: 3.748.476, ambos con domicilio en calle Sarmiento 378 de Venado Tuerto, (Provincia de Santa Fe), para que en termino de ley comparezcan a hacer valer sus derechos.- Firmado: Dra. Maria Celeste Rosso (Juez); Dra. Maria Laura Olmedo (Secretario).- Venado Tuerto, de Agosto de 2026.

$ 45 Ag. 28

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito N.º 3 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, JUEZ; Secretaria a cargo de la Dra. María Laura Olmedo, dentro de los autos caratulados "MIRANDA ARTURO ANTONIO S/ SUCESORIO" (CUIJ 21-24625890-9) se ha dispuesto emplazar a herederos, acreedores y legatarios de ARTURO ANTONIO MIRANDA, D.N.I. Nº6.045.626, quien era argentino, de estado civil casado, hijo de Ana Catalina Roccia y de Arturo Miranda, nacido el 13/06/1942 en Santa Fe, fallecido el 27/12/2018 en la localidad de Villa Cañás, Provincia de Santa Fe, para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro del término de ley.- VENADO TUERTO, de de 2026

$ 45 Ag. 28


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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia del Distrito Civil y Comercial , Primera Nominación, de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. María Celeste Rosso - Juez - Dra. María Laura Olmedo -Secretaria -, se llama y emplaza a los herederos y/o acreedores y/o legatarios de Doña CLELIA ZULEMA MARIA VIGNOLO, DNI 3.555.098 para que en el término de ley comparezcan a este tribunal a hacer valer sus derechos.- AUTOS: "VIGNOLO CLELIA ZULEMA MARIA S/SUCESORIO" Cuij 21-24626066-1

$ 45 Ag. 28

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, Primera Nominación de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso; Secretaría de la Dra. María Laura Olmedo, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. ECHEVARRIA JUAN CARLOS, DNI Nº 6.137.752 para que en el término de ley comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos. AUTOS: “ECHEVARRIA JUAN CARLOS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS (CUIJ N°21-24626073-4)”. VENADO TUERTO.

$ 45 Ag. 28