picture_as_pdf 2026-07-28

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ROSARIO

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JUZGADO LABORAL


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la Quita Nominación de Rosario, procédase -en los términos del art. 45 de la ley 7.945- a citar por edictos a BET CLEAN SRL a los efectos de que comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. Tales edictos se publicarán por tres días consecutivos en el BOLETÍN OFICIAL y en el sitio web institucional (conforme lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia mediante Acuerdo del día 11.2.2025 -Acta Nº 3 sobre Edictos Judiciales en la Página Web), venciendo el término para comparecer tres días después de la última publicación. Todo bajo apercibimiento que en caso de incomparecencia se designará un defensor ad-hocen su oportunidad.- (Autos: “ZAPATA BELKIS MARISA s/ BEAT CLEAN SRL Y OTROS s/ Cobro De Pesos” Expte. Nº 106/2022 (CUIJ Nº 21-04195989-1).- Rosario, 24 de junio de 2026.

S/C 564258 Jul. 28 Jul 30

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JUZGADO DE FAMILIA


La Sra. Jueza del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 9 de Rosario hace saber que en los autos: “ANDINO DIAZ, MILAGROS SOFIA SI MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL” CUIJ Nº 21-11456535-8 Juzg. Unipersonal de Familia Nº 9 , se ha dispuesto notificar a Miguel Angel Andino, DNI 28.097.466 la siguiente resolución: “Nº 648 del 01/07/2026. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: 1) Privar de la responsabilidad parental a Cintia Gimena Díaz, DNI 37.182.528 y Miguel Angel Andino, DNI 28.097.466 sobre su hija Milagros Sofía Díaz, DNI 70.626.590. 2) Otorgar la tutela de Milagros Sofía Andino Díaz, DNI 70.626.590 a Estela Verónica Andino, DNI 28.331.070, quien deberá aceptar el cargo ante la Actuaria. Notifíquese a los progenitores, a la Defensoría General Civil (art. 103 CcyC), a la Defensoría Provincial de Niñas, Niños y Adolescentes y a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2a Circ. 3) NoTificar al Registro Civil a sus efectos. Insértese y hágase saber.” Dra. María Alejandra Marcyniuk (Secretaria) Dra. Milca Mileva Bojanich (Jueza) Dra. María Alejandra Marcyniuk (Secretaria) Dra. Milca Mileva Bojanich (Jueza). EL PRESENTE EDICTO SE PUBLICARÁ SIN CARGO ATENTO ASILO DISPONE EL SR. JUEZ DE TRÁMITE. Se publicará tres veces, venciendo dicho término 5 días después de la última publicación.

S/C 564236 Jul. 28 Jul 30

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La Sra. Jueza del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 9 de Rosario hace saber que en los autos: “ANDINO DIAZ, MILAGROS SOFIA s/ Medida de Proteccion Excepcional” CUIJ Nº 21-11456535-8 Juzg. Unipersonal de Familia Nº 9 , se ha dispuesto notificar a Cintia Gimena Díaz, DNI 37.182.528 la siguiente resolución: Nº 648 del 01/07/2026. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: 1) Privar de la responsabilidad parental a Cintia Gimena Díaz, DNI 37.182.528 y Miguel Angel Andino, DNI 28.097.466 sobre su hija Milagros Sofía Díaz, DNI 70.626.590. 2) Otorgar la tutela de Milagros Sofía Andino Díaz, DNI 70.626.590 a Estela Verónica Andino, DNI 28.331.070, quien deberá aceptar el cargo ante la Actuaria. Notifíquese a los progenitores, a la Defensoría General Civil (art. 103 CcyC), a la Defensoría Provincial de Niñas, Niños y Adolescentes y a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2a Circ. 3) Notificar al Registro Civil a sus efectos. Insértese y hágase saber.” Dra. María Alejandra Marcyniuk (Secretaria) Dra. Milca Mileva Bojanich (Jueza). EL PRESENTE EDICTO SE PUBLICARÁ SIN CARGO ATENTO ASI LO DISPONE EL SR. JUEZ DE TRÁMITE. Se publicará tres veces, venciendo dicho término 5 días después de la última publicación. Marcynuk,secretaria.

S/C 564241 Jul.28 Jul. 27

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La Sra. Jueza del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 9 s/Medida de Proteccion Excepcional” CUIJ Nº 21-11416104-4, se ha dispuesto notificar a Fernanda Nancy Maciel, DNI 39.250.938 la siguiente resolución:Nº 647 del 01/07/2026. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: 1) Privar de la responsabilidad parental a Carlos Moreyra, DNI 40.786.358 y Fernanda Nancy Maciel, DNI 39.250.938 sobre sus hijos Morena Natalí Moreyra Maciel y Thiago Benjamín Moreyra Maciel. 2) Otorgar la tutela de Morena Natalí Moreyra Maciel, nacida el 3/11/17, DNI 56.620.420 y Thiago Benjamín Moreyra Maciel, nacido el 8/11/19, DNI 57.932.685 a Juana Moreyra, DNI 18.407.045, quien deberá aceptar el cargo ante la Actuaria. Notifiquese a los progenitores, a la Defensoría General Civil (art. 103 CcyC), a la Defensoría Provincial de Niñas, Niños y Adolescentes y a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2a Circulo. 3) Notificar al Registro Civil a sus efectos. Insértese y hágase saber. Dra. María Alejandra Marcyniuk (Secretaria) Dra. Milca Mileva Bojanich (Jueza).EL PRESENTE EDICTO SE PUBLICARÁ SIN CARGO ATENTO ASI LO DISPONE EL SR. JUEZ DE TRÁMITE. Se publicará tres veces, venciendo dicho término 5 días después de la última publicación.

S/C 564239 Jul. 28 Jul.30

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La Sra. Jueza del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 9 de Rosario hace saber que en los autos: “MOREIRA MACIEL, MORENA NATALI Y OTROS s/ Medida De Proteccion Excepcional” CUIJ Nº 21-11416104-4, se ha dispuesto notificar a Carlos Moreyra, DNI 40.786.358 la siguiente resolución: Nº 647 del 01/07/2026. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO:1) Privar de la responsabilidad parental a Carlos Moreyra, DNI 40.786.358 y Fernanda Nancy Maciel, DNI 39.250.938 sobre sus hijos Morena Natalí Moreyra Maciel y Thiago Benjamín Moreyra Maciel. 2) Otorgar la tutela de Morena Natalí Moreyra Maciel, nacida el 3/11/17, DNI 56.620.420 y Thiago Benjamín Moreyra Maciel, nacido el 8/11/19, DNI 57.932.685 a Juana Moreyra, DNI 18.407.045, quien deberá aceptar el cargo ante la Actuaria. Notifíquese a los progenitores, a la Defensoría General Civil (art. 103 CcyC), a la Defensoría Provincial de Niñas, Niños y Adolescentes y a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2a Circ. 3) Notificar al Registro Civil a sus efectos. Insértese y hágase saber. Fdo: Dra. María Alejandra Marcyniuk (Secretaria) Dra. Milca Mileva Bojanich (Jueza).EL PRESENTE EDICTO SE PUBLICARÁ SIN CARGO ATENTO ASILO DISPONE EL SR. JUEZ DE TRÁMITE. Se publicará tres veces, Venciendo dicho término 5 días después de la última publicación.

S/C 564240 Jul. 28 Jul.30

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Por disposición del Juzgado Unipersonal de Familia N° 4 de Rosario Secretaría única de Rosario, a cargo de Dr. GUSTAVO ADOLFO ANTELO (Juez ) Dr. MARCO PEDRAZA (Secretario ), dentro del Expediente: “CORTEZ, JAVIER EDUARDO c/ CORTEZ, YAMILA MICAELA ALEJANDRA Y OTROS s/ Homologaciones De Acuerdos” CUIJ 21-11452259-4, se ha decretado lo siguiente: “ROSARIO, 22 de Agosto de 2025. En el día de la fecha se agregan escritos cargo 9905/2025 y 9935/2025 y se provee: Al primero, agréguense las constancias acompañadas. A la homologación solicitada, estese a lo dispuesto en el proveído que sigue. Al segundo, por contestada vista en los términos expresados, téngase presente. Atento lo solicitado por el Defensor General, cítese a Valeria Segovia a comparecer a estar a derecho por el término de ley. Notifiquese por cédula. De no ser hallada la requerida en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quién lo atienda o vecinos si es que vive allí, y únicamente en caso afirmativo procederá a efectuar la notificación. “ Firmado: Dr. GUSTAVO ADOLFO ANTELO - Juez.; ROSARIO, 31 de Marzo de 2026. Notifiquese en el domicilio denunciado por el RENAPER - Rioja 1518 de Pueblo Esther -, con los recaudos indicados en la providencia de fecha 22 de agosto de 2025.” Firmado: NATALIA SCHMIDLIN (Secretaria); y “ROSARIO, 19 de Mayo de 2026 Agréguese la constancia acompañada. Notifiquese a Valeria Segovia el decreto de fecha 22/08/25 mediante edictos que el JUZGADO DE PRIMER INSTANCIA publicarán en el BOLETÍN OFICIAL por tres veces, venciendo el emplazamiento cinco días después de la última publicación.” Firmado: MARCO PEDRAZA (Secretario).

$ 100 564235 Jul. 28 Jul.30

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Por disposición de Juzgado Unipersonal de Familia Nº 12 a cargo de la Dra. Gabriela Topino. Secretaría a cargo de la Dra. Lorena Bottini, en autos caratulados CORDOBA, THIAGO MANUEL Y OTROS s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967; CUIJ Nº 21-11451943-7, se ha dispuesto notificar por edictos a MARÍA ISABEL CARRAZAN D.N.I. 23.402.839 lo siguiente: Nº 670 Rosario, 21 de julio de 2026; Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1- Ratificar la disposición Nº 285 de fecha 14 de noviembre de 2025 y tener por resuelta definitivamente la medida de protección excepcional adoptada oportunamente por la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia respecto de THIAGO MANUEL CÓRDOBA D.N.I. 49.449.684 nacido en fecha 28 de marzo de 2009, hijo de Héctor Córdoba D.N.I. 16.853.000 y de María Isabel Carrazan D.N.I. 23.402.839, por los fundamentos anteriormente expuestos. 2- Designar a Hilda Gladis Córdoba D.N.I. 14.426.265 como guardadora de THIAGO MANUEL CÓRDOBA D.N.I. 49.449.684 por el término de un año a partir del dictado de la presente y de conformidad con el art. 657 del CCC, quien deberá aceptar el cargo cualquier día y hora hábil de audiencia. 3. Notifíquese a los progenitores, a la Dirección Provincial, a la Defensoría General Civil. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Topino (Jueza). Rosario, 22 de julio de 2026. Dra. Lorena Beatriz Bottini, secretaria.

S/C 564417 Jul. 28 Jul. 30

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En la ciudad de Rosario a los 18 días del mes de JUNIO de 2026, dentro de los autos caratulados VERGARA, SEBASTIAN ALEJANDRO s/ADOPCIÓN; CUIJ 21-11462100-2, en tramite por ante el Juzg. Unipersonal de Familia Nº 11, de Rosario, provincia de Santa Fe, a cargo de la Dra. ANDREA MARIEL BRUNETTI, se ha dictado un decreto del siguiente tenor: ... ROSARIO, 09 de Junio de 2026; Atento constancias obrantes en autos y los dispuesto por el art. 70 del Código Civil y Comercial, dese intervención al Fiscal extrapenal. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL una vez por mes, en el lapso de dos meses, del pedido de cambio de apellido de LOLA GODY, DNI Nº 45.639.369, por VERGARA. Oportunamente, acredite libre inhibición. Fdo. Dra. Andrea Mariel Brunetti, Jueza; Dra. María Florencia Martínez Belli, Secretaria. Se aclara que el correcto

apellido es GODOY.

$ 100 564459 Jul. 28 Jul. 29

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Por disposición de la Dra. Silvina I. García, jueza del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 2 de Rosario, se ha dispuesto notificar por edictos al Sr. EDUARDO JESÚS MARÍA MOREIRA (D.N.I. 30.851.721) la sentencia dictada dentro de los autos caratulados MOREIRA ESTEFANIA Y OTROS s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967 - 21-11441296-9, que a continuación se transcribe: Nº l72. Rosario, 20 de marzo de 2026. VISTOS... CONSIDERANDO... RESUELVO: 1.-) Legitimar el acto administrativo de resolución definitiva de la medida excepcional adoptada por la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2ª Circunscripción respecto de ESTEFANIA BEATRIZ MOREIRA, nacida en fecha 28 de Julio de 2009, hija de la Sra. María José Meljem, D.N.I. Nº 33.837.640 y de Eduardo Jesus Maria Moreira (D.N.I. Nº 30.851.721), en cuanto sugiere el ingreso de la misma en el Programa de Autonomía Progresiva según surge de la Disposición Nº 173/25 de fecha 3 de Julio de 2025; 2) citar a la señora María Jose Meljem y al señor Eduardo Jesus Maria Moreira, a fin de que se expidan sobre las medidas definitivas propuestas por la autoridad de aplicación y ofrecer prueba en el término de diez días, bajo apercibimientos de ley (artículo 66 BIS tercer párrafo de la ley 12.967); 3) Ordenar provisionalmente la incorporación de ESTEFANIA BEATRIZ MOREIRA en el Programa de Autonomía Progresiva y/o Programa de Acompañamiento de egreso para Jóvenes sin cuidados parentales o el que en el futuro lo reemplace de conformidad con la Ley 27.364, a cargo de la Dirección Provincial de Niñez, debiendo informar el organismo quién será la persona que asumirá el acompañamiento y representación legal de Estefanía Beatriz Moreira conforme art. 2 in fine de la Ley 27.364 y bajo los apercibimientos dispuestos en los considerandos; 4) Notifíquese a la Dirección Provincial de Promoción y Protección de los Derechos de Niñez, Adolescencia y Familia, a la Abogada del Niño, a la Defensora General y a la Defensoría Provincial de Niños, Niñas y Adolescentes. 7) Insértese y hágase saber. Fd. Digitalmente por la Dra. García, jueza.

S/C 564508 Jul. 28 Jul. 30

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La Sra. Jueza del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 7° de Rosario, Dra. Sabina MARGARITA SANSARRICQ, Secretaría de la Dra. ALEJANDRA WULFSON, ordena en los autos caratulados: TRONCOSO BRISSIO, LUCIANO HERNAN s/ADOPCION DE INTEGRACION; CUIJ 21-11400950-1, publicar por Edicto por dos días en el BOLETIN OFICIAL, la siguiente Sentencia que a continuación se transcribe: Nº 751 - ROSARIO 05/09/2025. Y VISTOS: Los presentes autos caratulados TRONCOSO BRISSIO, LUCIANO HERNAN s/ADOPCION DE INTEGRACION - CUIJ 21-11400950-1, de los que resulta: MARINES LOURDES BRISSIO y JERONIMO MEDINA RAMIREZ, con patrocinio letrado inician acción de adopción por integración de LUCIANO HERNAN TRONCOSO BRISSIO, nacido el 10 de febrero de 2005. Explican que LUCIANO es hijo de MARINES y de DAVID HERNAN TRONCOSO. Que ella mantuvo con el demandado una relación hasta el 2007 y luego inició una relación estable con JERONIMO, de la que nació un hijo de nombre TOMAS MEDINA BRISSIO. Que su familia tiene estabilidad emocional y económica; cuentan con un negocio familiar propio. Esgrime que DAVID no ha tenido, desde hace más de 14 años, contacto con su hijo. Las necesidades de LUCIANO son cubiertas en forma exclusiva por la actora. Ofrece prueba documental, testimonial, informativa, ambiental. Funda su derecho (fs. 30/31). LUCIANO HERNAN TRONCOSO BRISSIO comparece con patrocinio letrado y ratifica la demanda. Enfatiza la relación socio afectiva y el trato de padre-hijo respecto de él con JERONIMO (fs. 45). El progenitor biológico, pese encontrarse debidamente notificado del inicio de los presentes (fs. 70/79), no comparece. El certificado de conducta de JERONIMO MEDINA RAMIREZ, luce agregado a fs. 40. Se proveen las pruebas ofrecidas a fs. 82, se fija fecha de audiencia a los fines previstos por el art. 617 inc. b del CCyC, cuya acta de celebración, de fecha 04 de abril de 2025, luce agregada a fs. 90. Atento la mayoría de edad de LUCIANO y en virtud de la solicitud de cambio de apellido, se ordena publicar edictos en el BOLETIN OFICIAL, lo cual se cumplimenta a fs. 98. Los autos pasan a resolver. CONSIDERANDO: Que los presentes versan sobre el pedido de adopción de integración de LUCIANO HERNAN TRONCOSO BRISSIO, por parte de su progenitor afín, JERONIMO MEDINA RAMIREZ. Que conforme partida de nacimiento agregada a fs. 7, LUCIANO HERNAN TRONCOSO BRISSIO, DNI Nº 46.235.387 es hijo de DAVID HERNAN TRONCOSO y MARINES LOURDES BRISSIO. El progenitor biológico de LUCIANO, no comparece pese estar notificado del inicio de los presentes LUCIANO es mayor de edad y ratifica lo peticionado en la demanda por su progenitor afín. En este orden de ideas, las presentes actuaciones fueron iniciadas a fin de que se otorgue al Sr. MEDINA RAMIREZ, la adopción de integración plena de LUCIANO. Que conforme lo expresado y las constancias obrantes en autos, surge claramente que lo solicitado por las partes en la demanda encuadra en los presupuestos requeridos por la ley para otorgar la adopción por integración. El Código Civil y Comercial en su art. 620 establece que “la adopción de integración se configura cuando se adopta al hijo del cónyuge o del conviviente. Asimismo, siendo LUCIANO mayor de edad, respecto del tipo comparecientes, habiendo la progenitora prestado conformidad y el progenitor biológico no manifestado oposición adoptivo pretendido (vid. fs. 90) y atento la voluntad real de los comparecientes, habiendo la progenitora prestado conformidad y el progenitor biológico no manifestado oposición al progreso de la acción, se rige el caso en el art. 597 inc. b) del Código Civil y Comercial. El mismo establece que excepcionalmente, puede ser adoptada la persona mayor de edad mientras era menor de edad, fehacientemente comprobada cuando: a) se trate del hijo del cónyuge o conviviente de la persona que pretende adoptar; y b) hubo posesión de estado de hijo; Los casos de excepción que establece la ley, contemplan situaciones donde la realidad demuestra que existen vínculos preexistentes que necesitan de reconocimiento a partir de un emplazamiento adoptivo, aunque se trate de una persona mayor de edad. El segundo de los supuestos previstos por la norma, es el fundamento legal para conceder la adopción en este caso. Se tiene dicho que “la posesión de estado importa la apariencia de la titularidad de un estado civil, fundada en el ejercicio público y continuado de las facultades correspondientes al mismo. Lo relevante es que el vínculo se haya originado, desarrollado y mantenido con la publicidad suficiente para permitir acreditar su desarrollo en similares condiciones a los otros tipos filiales, con lazos afectivos consolidados y por los cuales se brindó los cuidados necesarios para el desarrollo” (conf. Código Civil y Comercial de la Nación Comentado - Marisa Herrera, Gustavo Caramelo, Sebastián Picasso - Directores - Tomo II - Infojus -Sistema Argentino de Información Jurídica- pág. 379). Conforme lo señalado, a fin de establecer la procedencia de la acción incoada, se exige que se pueda comprobar que el trato filial se desarrolló durante la menor edad, es decir hasta antes de cumplir los 18 años. Por consiguiente, se da en los presentes la convivencia del pretenso adoptante con la persona a adoptar, en tanto requisito esencial de procedencia que requiere este tipo adoptivo, siendo que el vínculo convivencial de JERONIMO con la progenitora de LUCIANO y éste último existió desde temprana edad de LUCIANO y persiste hasta la actualidad, conforme emerge de los hechos invocados por las partes tanto en el escrito de demanda como en la audiencia del art. 617 inc. b CcyC; hechos no desvirtuados por prueba en contrario. Consecuentemente, la adopción intentada resulta procedente en los términos peticionados. Claramente, se advierte que con esta acción se pretende un reconocimiento legal a un vínculo paterno filial surgido desde el afecto mutuo y sostenido a través de los años, y dar un marco jurídico a la historia de vida compartida LUCIANO y JERONIMO, a quien evidentemente considera su padre y ha sido tratado por él como su hijo, en tanto los lazos afectivos generados entre ambos resultan genuinos, a la vez que de igual manera es percibida públicamente la relación paterno filial existente entre ellos. Consecuentemente, entiendo que se encuentran acreditados los presupuestos requeridos por la norma para hacer lugar a la adopción de una persona mayor de edad, esto es, la posesión de estado de hijo, en tanto ha quedado en evidencia el fuerte vínculo afectivo existente entre las partes, habiéndose originado el mismo durante minoría de edad del adoptado, quien considera que el pretenso adoptante es su padre ya que lo ha criado como su hijo desde temprana edad. Conforme lo expuesto, se admitirá la pretensión en los términos señalados por los arts. 597 y 625, por lo que se dispondrá la adopción plena. En relación a la solicitud de cambio de apellido a LUCIANO MEDINA BRISSIO, es de señalar que el art. 69 CCCN dispone, que el cambio de apellido “sólo procede si existen justos motivos a criterio del juez. Se considera justo motivo de acuerdo a las particularidades del caso, entre otros, a) el seudónimo cuando hubiese adquirido notoriedad; b) la raigambre cultural étnica o religiosa; c) la afectación de la personalidad de la persona interesada, cualquiera sea su causa, siempre que se encuentre acreditada. En lo que refiere a los “justos motivos” requeridos por la norma, considero que el reconocimiento del vínculo paterno filial en los hechos y desde temprana edad de LUCIANO, es motivo suficiente tanto para otorgar la adopción en los términos señalados y conceder la supresión y el cambio de apellido. En la audiencia del 04 de abril de 2025 LUCIANO ratifica la decisión de llevar el apellido “MEDINA BRISSIO”, por lo que pasará a llamarse LUCIANO HERNAN MEDINA BRISSIO. Encontrándose cumplidos los extremos legales que hacen procedente la adopción plena, esto es: la condición del adoptado (art. 597 CCyCN), la diferencia de edad entre adoptantes y adoptados (artículo 599 CcyCN), surge de tal modo indudable la conveniencia de receptar la acción incoada, debiendo darse a la adopción el alcance de plena, en conformidad a lo normado por los arts. 595 inc. b); 625, 621; 626; 62, 69 del CcyCN; RESUELVO: 1) Otorgar a JERONIMO MEDINA RAMIREZ, DNI Nº 28.146.634 la Adopción Plena de LUCIANO HERNAN TRONCOSO BRISSIO, nacido el 10 de febrero de 2005, DNI Nº 46.235.387 anotado en el Registro Civil de Mendoza, acta Nº 193 Lib. Reg. 9248 del año 2005. El adoptado será inscripto con el nombre de LUCIANO HERNAN MEDINA BRISSIO. Ordénase la inmovilización o bloqueo de la partida de nacimiento de LUCIANO. Líbrese la correspondiente comunicación al Registro Civil respectivo acompañándose copia certificada del presente fallo. Ofíciese al RUAGA (art. 14 Ley 13093). Insértese y hágase saber. 2) Regular los honorarios de LIVIA PODESTA en la suma de pesos seiscientos treinta y un mil ochocientos seis con 12/100 ($ 631.806,12) equivalente a 6 JUS por su actuación en los presentes, con más IVA si correspondiere. Notifique la interesada a las cajas profesionales mediante comunicación electrónica a la casilla de correo mesadeentradas@cajaforense.com,vistasdelegacionrosario@capsantafe.org.ar., y fiscalizacionrosario@capsantafe.org.ar. Los honorarios regulados deberán ser cancelados dentro de los treinta días corridos contados a patiir de la fecha de notificación del presente. En caso de mora atento el dictado de la ley 27423 posterior al precedente “Municipalidad de Santa Fe c/Bergagna Edgardo s/Recurso de Inconstitucionalidad” Expte. 578/11 del 01/08/2017, dictado por la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, que evidentemente ha excepcionado los honorarios de los abogados entre otros, tanto de la prohibición de indexar de los arts. 7 y 10 Ley 23928 modificado por Ley 25561, como del mecanismo de conversión de las deudas de valor en deudas de dinero del art. 772 C.C y C, creando un régimen especial. La ley 27423 ideó un mecanismo similar al del art. 32 Ley 6767 y modificatorias, llamando a la unidad de medida de los honorarios UMA (Unidad de Medida Arancelaria), y en ambos casos es un porcentaje del sueldo de un Juez. Conforme el art. 51 Ley 27423, con un contenido análogo al art. 32 Ley 6767, los honorarios contemplados en ambas leyes cuentan con un régimen especial, que impone la cancelación con el pago de las unidades de medida contempladas en la ley, con independencia del momento en que la regulación adquiera firmeza. Si bien la ley 27423 está dirigida a las actuaciones en la justicia nacional-federal y como lo ha señalado la Corte en el precedente citado, las provincias conservan la facultad de dictar sus propias leyes arancelarias, es evidente que siendo la ley 27423 dictada por el Congreso Nacional que también sancionó las leyes 23928, 25561 y 26994, es claro que creó un régimen especial para los honorarios y en razón del principio de igualdad (art. 16 de la C.N) se concluye que las limitaciones a la actualización monetaria de la ley 23928 y la posible interpretación del art 772 C.C y C no son aplicables en esta materia en todo el país. Por tanto se admitirá la actualización en cuanto al equivalente a la misma unidad JUS aplicando sobre ella una tasa activa equivalente al 12% anual desde la fecha de la mora y hasta el efectivo pago, todo ello conforme al antecedente “PRIASCO STELLA MARI c/PIERRI PABLO FACUNDO s/RENDICION DE CUENTAS Expte. Nº 268/2015) Auto Nº 43 del 18/03/2019 de la Cámara de Apelación en el Civil y Comercial de Rosario Sala 4ta. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Sabina Margarita Sansarricq (Jueza), Dra. Alejandra Wulfson (Secretaria). Asimismo se decreta: ROSARIO, 24/06/2026. Previo a lo solicitado, atento que del informe del notificador no surge el cumplimiento de los recaudos dispuestos en decreto de fecha 16/04/2026, notifíquese la sentencia por edictos que se publicarán dos días. Fdo. Dra. Sabina Margarita Sansarricq (Jueza), Dra. Alejandra Wulfson, (Secretaria).

$ 1000 564439 Jul. 28 Jul. 29

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


En los autos caratulados “MUTUALIDAD FARO DEL PERSONAL DE CORREOS Y TELECOMUNICACIONES ROSARIO c/ CHRISTENSEN, ZULMA OFELIA Y OTROS s/ Ejecución Hipotecaria” CUIJ 21-03006496-5, que tramitan por ante el Juzgado de 1ra. lnst. de Ejecución de Distrito - 1era. Nom., a cargo de la Dra. Mariana P. Martinez, Secretaria de la Dra. Silvina Lopez Pereyra; Prosecretaria Dra. Mariela B. Bollini se ha dictado el siguiente decreto: “Rosario, fecha conforme constancias de SISFE. A los Escritos Cargos Nº14779, 14780, 14781, 14782, y 14783 de fecha 22/06/26, se proveen: Téngase por adjuntados certificados emitidos del Registro General de Rosario. Atento lo cumplimentado, provéase el primer decreto de trámite: Por presentado, con domicilio constituido y• en el carácter manifestado, en mérito al poder invocado. Por iniciada demanda . de ejecución hipotecaria contra CHRISTENSEN ZULMA OFELIA.(DNÍ:10 0.860.396) y CIANCIO CHRISTENSEN ALEJANDRO EINAR (DNI 25.873.501) Aténto lo dispuesto JUZGADO DE PRIMER INSTANCIA. Esto por el Art. 511 del CPCCSF y resultando del informe del Registro General que consta anotado el dominio a nombre de la parte codemandada, CHRISTENSEN ZULMA OFELIA, e inscripta también la hipoteca que se ejecuta, cítese al deudor y terceros adquirentes si los hubiere, a sus sucesores o administrador provisorio de la herencia o al representante legítimo en caso de concurso, quiebra o incapacidad, por edictos que se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe por el término de cinco (5) días, en cinco (5) veces a fin de que dentro de los cinco (5) días subsiguientes a la última publicación abonen el crédito que se reclama por la suma de PESOS SESENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y UN MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 16/100 CTVOS.- ($61.551.557, 16.-) u oponga excepción legítima, bajo apercibimiento de dictar sentencia en rebeldía y darlos por notificados de cualquier resolución o providencia posterior, sin perjuicio de la citación por cédula. Líbrese mandamiento al Señor Oficial de Justicia a los fines de que se constituya en el inmueble e informe sobre su estado, ocupación, mejoras, condiciones edilicias y todo otro dato que resultare de interés. Al pto.c), e) y f), téngase presente. Dese al presente la TRAMITACIÓN ÚNICAMENTE DIGITAL prevista en el Acuerdo del 11.6.2024, Acta Nº 21, por la C.S.J.S.F. . Hágase saber a las partes que deberán indicar CORREO ELECTRÓNICO para recibir correos de cortesía de notificaciones digitales, si no lo hubieran realizado, sin perjuicio de resultar igualmente notificadas conforme al art.14 del Acuerdo Corte Suprema de Justicia 7.3.2019, Acta Nº7 p. 11. Desígnase a la/s parte/s compareciente/ s y/o a su/s ; profesional/es, según la índole del instrumento, como depositario/s judicial/es de los originales de toda presentación y documentación escaneada realizada mediante Autoconsulta Sisfe (cédulas, poderes, escritos con patrocinio, etc.), con la obligación de presentarlos en caso de serle requerido, en las condiciones dispuestas por la C.S.J.S.F., punto “13” del Reglamento de “PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE ESCRITOS EN EXPEDIENTES INICIADOS Y EN TRÁMITE -AUTOCONSULTA ONLINE”. Ello tanto en relación a la parte actora como a la demandada que compareciere en autos.- Notifíquese por cédula bajo FIRMA DE PROFESIONAL (art. 25 C.P.C.C.). Juzgado” Fdo: Dra. MARIANA P. MARTINEZ -Jueza- Dra. SILVINA LOPEZ PEREYRA -Secretaria- Dra. MARIELA B. BOLLINI -Prosecretaria.

$ 1500 564260 Jul. 28 Jul. 30

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Por disposición del Juzgado Unipersonal de Respons.Extrac. N° 1 de la ciudad de Rosario, dentro de los autos caratulados “SILVA, RAMON SERGIO c/STRUPENI, HUGO ALEJANDRO Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS”(CUIJ 21-11893257-6), se ha dispuesto citar y emplazar a HUGO ALEJANDRO STRUPENI (D.N.I. N° 22.395.408) a los fines de comparecer a estar a derecho en el término de 20 días.A continuación se transcriben los decretos pertinentes: “ROSARIO, 26 de JUNIOde 2026.- Agréguense las constancias en copia acompañadas por el Dr. Luis Gustavo Escobar. Téngase presente y hágase saber. Atento constancias de autos, notifíquese al demandado HUGO ALEJANDRO STRUPENI (D.N.I. N° 22.395.408) mediante EDICTOS, los cuales se publicarán por el término de ley en el Boletín Oficial y en la nueva sección “Edictos” del sitio web institucional del Poder Judicial, conforme lo dispuesto por el art. 73 CPCCSF y lo resuelto por la CSJSF en el Acuerdo celebrado en fecha 11/02/2025, Acta nro. 3. Hágase saber que en el cuerpo del edicto deberá hacerse saber al demandado HUGO ALEJANDRO STRUPENI que se lo cita y emplaza a los fines de comparecer a estar a derechoen el término de 20 días y que deberán transcribirse el decreto de fecha 06 de mayo de 2025 y el presente proveído. A lo demás solicitado: previo a todo trámite, líbrese oficio al Registro de Personas Jurídicas, Empresas y Contratos (RPJEC) a los fines de que informe el domicilio de la demandada VACCALONI SRL (CUIT 30-71252798-2). Cumplimentado, se proveerá lo que por Derecho corresponda.-Fdo.: Dra. MAZZA (Jueza en suplencia).-” Y OTRO: “ROSARIO, 06 de MAYO de 2025.- Habiéndose cumplimentado con lo ordenado precedentemente, se provee: Por presentado, domiciliado y por parte a mérito del poder especial que se acompaña y agrega. Acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Agréguese la boleta colegial acompañada. Por iniciada la acción de daños que expresa. Cítese y emplácese a HUGO ALEJANDRO STRUPENI,a VACCALONI S.R.L. y a la citada en garantía LA SEGUNDA C.S.L. para que comparezcan a estar a derecho y contesten la demanda dentro del término de veinte días. Por ofrecida prueba, téngase presente. Ténganse presentes la reservas formuladas. Concédase al actor el beneficio de litigar sin gastos en los términos del Art. 333 CPCC a tenor de la declaración jurada de pobreza acompañada. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos de Responsabilidad Civil Extracontractual, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe, en el marco de colaboración suscripto con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación establecido por Acordada Nro 7 de fecha 07/03/2019. En dicho marco, téngase presente que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la incomparecencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la ley 12851 (ley de aranceles profesionales). Líbrese oficio al SIDEAT a los fines solicitados. Hágase saber a las partes que en su primera presentación deberán informar su mail, teléfono celular y whatsapp. Hágase saber que en oportunidad de celebrarse la Audiencia de Vista de Causa, deberá acompañar: originales del poder especial y sellado del mismo, declaración jurada de pobreza, boleta inicial, documental en original. Para el caso de que hubiera ofrecido documental fundante, deberá acompañarla en la Audiencia de Vista de Causa. Si hubiese ofrecido sobre con documental, deberá acompañar el mismo personalmente al Tribunal en horario de oficina, en el término de tres días. En caso de haberse ofrecido pliego cerrado de posiciones/preguntas, deberá acompañar el mismo en el término de tres días mediante escrito cargo separado peticionando en su caso su no visualización en SISFE. Notifíquese el presente decreto por cédula indicando las fojas del expediente digital conteniendo demanda y documental que se pretendan acompañar a la misma. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá consultar a quien lo atienda o a los vecinos si el mismo se domicilia allí, y sólo en caso afirmativo procederá a practicar la notificación. Jueza de trámite: Dra. MARIANA SILVIA VARELA.- Fdo.: Dra. VARELA (Jueza)”.-ROSARIO,24dejuliode2026.-

$ 200 564601 Jul. 28 Jul. 30

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Se hace saber que por disposición del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la Décimo Sexta Nominación de la ciudad de Rosario, dentro de los autos caratulados: “CENTRO MÉDICO IPAM SA C/ ASOCIACIÓN MUTUAL 23 DE DICIEMBRE S/ COBRO DE PESOS” CUIJ 21-02987298-5, mediante Decretos de fecha 18/05/2026 y 22/06/2026 se cita al representante legal de la Asociación Mutual 23 de Diciembre, a fin de absolver posiciones y reconocer documental, el día 10 de agosto de 2026, a las 08.30 horas, bajo apercibimiento de Ley. En virtud de lo dispuesto, el representante legal de la Asociación Mutual 23 de Diciembre deberá presentarse el día 10/08/2026 a las 08.30 hs. en el Juzgado Civil y Comercial de la Décimo Sexta Nominación de Rosario cito en Balcarce Nº 1651, munido de su Documento Nacional de Identidad, bajo apercibimiento de tenerlo por confeso y reconocidos los documentos en la Sentencia. Todo ello por estar ordenado mediante los siguientes Decretos: “Rosario, 18 de mayo de 2026.- Atento lo peticionado se proveen las pruebas ofrecidas por las partes. A la prueba ofrecida por la parte actora… ABSOLUCIÓN DE POSICIONES / RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTAL: Para que el representante legal de la parte demandada absuelva posiciones a tenor del pliego abierto obrante en el escrito cargo N° 2875/2026 y, asimismo, reconozca la documental referida…” Fdo.: Dra. Maria Sol Sedita (Secretaria). Dra. Sabrina Campbell (Jueza). Y otro: “Rosario, 28 de mayo de 2026… Atento lo oportunamente peticionado en el escrito cargo Nº 2606/2026 notifíquese la providencia de fecha 18/05/2026 mediante edictos en el Boletín Oficial por el término de tres días.” Fdo.: Dra. María Eugenia Libonati (Prosecretaria), Dra. Sabrina Campbell (Jueza). Y otro: “Rosario, 22 de junio de 2026… Fíjese nueva fecha de audiencia para que el representante legal de la demandada absuelva posiciones y reconozca la documental para el día 10/08/2026 a las 08:30 hs mediante edictos en el Boletín Oficial por el término de tres días…”. Fdo: Dra. María Sol Sedita (secretaria), Dra. Sabrina Campbell (Jueza). A continuación, se transcriben los siguientes artículos del CPCCSF: “ARTÍCULO 162: Solicitada la absolución de posiciones, se decretará día y hora de audiencia y el apercibimiento de que si el citado no compareciera sin justa causa o no concurriere a la que nuevamente se determine cuando ésta exista o si compareciendo se negare a declarar, será tenido por confeso en la sentencia. La citación del absolvente deberá hacerse con una anticipación no menor de tres días al del acto, en el domicilio real de aquél. Si fueren varios los que hayan de absolver iguales posiciones se las recibirá en el mismo día evitando que se comuniquen. La absolución de posiciones debe prestarse ante el juez de la causa si el absolvente reside dentro de su jurisdicción; en caso contrario, ante el juez del mismo grado y fuero que corresponda al domicilio del absolvente.” y “ARTICULO 176: Para el acto del reconocimiento se decretará una audiencia. La citación del que haya de llevar a cabo el reconocimiento se efectuará en el domicilio real de éste, con no menos de tres días de anticipación y con el apercibimiento de que si no compareciere sin justa causa o no concurriere a la que nuevamente se determine cuando ésta exista, se tendrá por reconocido el documento en la sentencia. También, se notificará el decreto en el domicilio legal, en la forma ordinaria.” En consecuencia, queda Ud. debidamente notificado de los Decretos que anteceden, y de la audiencia de Absolución de Posiciones y Reconocimiento de Documental fijada para el día 10 de agosto de 2026 a las 08.30 hs. en el Juzgado Civil y Comercial 16ta. Nominación, Balcarce Nº 1651, Rosario, Santa Fe, a la que deberá concurrir munido documento de identidad, bajo apercibimientos de Ley.-

$ 100 564247 Jul. 28 Jul. 30

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ª Nominación de Rosario, Dra. MARIANA MARTINEZ, notifica al Sr. PAEZ, JUAN CARLOS (DNI Nº 23.922.868) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.R.L. c/PAEZ, JUAN CARLOS s/EJECUTIVO; (CUIJ Nº 21-13927282-7): Rosario, número y fecha conforme constancias digitales obrantes en el sistema informático. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... FALLO: I- Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes de PAEZ, JUAN CARLOS, hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de $ 198.551,25 (Ciento noventa y ocho mil quinientos cincuenta y un pesos con 25/100 cent.) en concepto de capital, con más los intereses según la tasa fijada en la parte considerativa de la presente desde la mora hasta el efectivo pago y las costas. II- Costas a la parte demandada vencida (art. 251 CPCC). III- Regular los honorarios del/la Dr/a. KNAFEL, ROXANNA NOEMI - CUIT -27213070164 -I.V.A. INSCRIPTO- en la suma de $ 163.187,85 equivalentes a 1,27 JUS (arts. 7 inc. 2 B; 4 y 12 inc. 7 ley Nº 6.767 t.o. ley 12.851), más I.V.A., si correspondiere, y más el 13% de aportes a cargo del obligado al pago. Los honorarios se actualizarán de acuerdo al valor de la unidad Jus hasta el momento en que quedaren firmes; desde tal fecha y hasta el efectivo pago se aplicará un interés moratoria equivalente a la Tasa Activa Capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Intímase al profesional a que acompañe constancia de Condición Fiscal (ARCA) en el término de cinco días, si no lo hubiere cumplimentado. Oportunamente notifíquese a la Caja Forense mediante correo electrónico que enviará el/la profesional a mesadeentradas@cajaforense.com. En caso de existir documental original reservada en Secretaría, podrá ser retirada por la parte que la hubiera presentado en el plazo de sesenta días como depositaria judicial. Vencido dicho término, se tendrá por consentida la destrucción a realizarse a partir de seis meses desde la presente. Insértese en el protocolo digital y hágase saber. Juzgado de 1ª Inst. De Distrito de Ejecución Civil 1ª Nom. De Rosario a cargo de: Dra. MARIANA MARTINEZ -Jueza - 1ª Inst. de Distrito de Ejecución Civil 1ª Nom. Rosario, Dra. SILVINA LOPEZ PEREYRA -Secretaria- 1ª Inst. de Distrito de Ejecución Civil 1ª Nom. Rosario; MARIELA BOLLINI -ProSecretariacivileje1ros@justiciasantafe.gov.ar.

$ 100 564184 Jul. 28 Jul. 30

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ª Nominación de Rosario, Dra. MARIANA MARTINEZ, notifica al Sr. OBREGON, RAQUEL NOEMI (DNI Nº 34.820.674) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.R.L. c/OBREGON, RAQUEL NOEMI s/EJECUTIVO; (CUIJ Nº 21-13927578-8): Rosario, número y fecha conforme constancias digitales obrantes en el sistema informático. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... FALLO: I- Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes de OBREGON, RAQUEL NOEMI, hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de $ 272.248,64 (Doscientos setenta y dos mil doscientos cuarenta y ocho pesos con 64/100 cent.) en concepto de capital, con más los intereses según la tasa fijada en la parte considerativa de la presente desde la mora hasta el efectivo pago y las costas. II- Costas a la parte demandada vencida (art. 251 CPCC). III- Regular los honorarios del/la Dr/a. KNAFEL, ROXANNA NOEMI - CUIT -27213070164 -I.V.A. INSCRIPTO- en la suma de $ 222.295,26 equivalentes a 1,73 JUS (arts. 7 inc. 2 B; 4 y 12 inc. 7 ley Nº 6.767 t.o. ley 12.851), más I.V.A., si correspondiere, y más el 13% de aportes a cargo del obligado al pago. Los honorarios se actualizarán de acuerdo al valor de la unidad Jus hasta el momento en que quedaren firmes; desde tal fecha y hasta el efectivo pago se aplicará un interés moratoria equivalente a la Tasa Activa Capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Intímase al profesional a que acompañe constancia de Condición Fiscal (ARCA) en el término de cinco días, si no lo hubiere cumplimentado. Oportunamente notifíquese a la Caja Forense mediante correo electrónico que enviará el/la profesional a mesadeentradas@cajaforense.com. En caso de existir documental original reservada en Secretaría, podrá ser retirada por la parte que la hubiera presentado en el plazo de sesenta días como depositaria judicial. Vencido dicho término, se tendrá por consentida la destrucción a realizarse a partir de seis meses desde la presente. Insértese en el protocolo digital y hágase saber. Juzgado de 1ª Inst. De Distrito de Ejecución Civil 1ª Nom. De Rosario a cargo de: Dra. MARIANA MARTINEZ -Jueza - 1ª Inst. de Distrito de Ejecución Civil 1ª Nom. Rosario; Dra. SILVINA LOPEZ PEREYRA -Secretaria- 1ª Inst. de Distrito de Ejecución Civil 1ª Nom. Rosario; MARIELA BOLLINI ProSecretariacivileje1ros@justiciasantafe.gov.ar.

$ 100 564185 Jul. 28 Jul. 30

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ª Nominación de Rosario, Dra. MARIANA MARTINEZ, notifica al Sr. HURT, LEANDRO RAMON (DNI Nº 31.486.862) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.R.L. c/HURT, LEANDRO RAMON s/EJECUTIVO; (EXPTE. Nº 21-13944723-6 AÑO 2025): Rosario, fecha conforme constancias obrantes en sistema SISFE. 1- Por parte, domiciliada y por iniciada DEMANDA EJECUTIVA. CÍTESE Y EMPLÁCESE a la parte demandada bajo apercibimiento de REBELDÍA y de seguirse el juicio sin su representación en caso que no comparezca a estar a derecho en el término de DIEZ DÍAS. Notifíquese por cédula bajo FIRMA DE PROFESIONAL (art. 25 C.P.C.C.). 2- Atento las constancias de autos, trábese EMBARGO sobre los HABERES del demandado, en proporción de ley (dec. 484/87), por el monto y los conceptos que a continuación del presente se detallan. Previa reposición de SELLADO DE EMBARGO, si correspondiere, líbrese oficio al empleador respectivo. Se hace saber al EMPLEADOR QUE SI FUERAN HABERES JUBILATORIOS la medida NO debe efectivizarse, comunicando dicha circunstancia a este proceso. Los MONTOS EMBARGADOS deberán ser depositados en CUENTA JUDICIAL DEL BANCO MUNICIPAL DE ROSARIO, SUC. 80 -CAJA DE ABOGADOS DE ROSARIO- conforme los datos que surgen de la CONSTANCIA DE CUENTA JUDICIAL. ADJUNTADA al oficio. La PARTE ACTORA deberá abrir CUENTA BANCARIA a la orden de este Juzgado y a nombre de estos autos, si aún no lo hubiera realizado, y ADJUNTAR DIRECTAMENTE AL OFICIO la constancia del número de Cuenta Judicial y C.B.U., correspondiente a los presentes autos. El EMPLEADOR DEBERÁ VERIFICAR PREVIO AL DEPÓSITO de las sumas embargadas, que el número de cuenta bancaria y de C.B.U., que se adjunta al oficio se corresponda con estos autos y se encuentre a nombre de esta dependencia judicial ante el Banco Municipal de Rosario, Suc. Caja de Abogados. A los fines de posibilitar el depósito en la cuenta judicial, puede CONSULTAR el INSTRUCTIVO ingresando en https://www.bmros.com.ar/uploads/pdfs/1661787232982.pdf. El EMPLEADOR DEBERÁ COMUNICAR al Juzgado de la causa la realización de los depósitos respectivos o, en su caso, cualquier motivo que impidiere cumplimentar la medida ordenada dentro de los treinta días de recibido el oficio, bajo apercibimientos de astreintes por incumplimiento de la medida. A tal fin podrá enviar la RESPUESTA o realizar CONSULTAS mediante correo electrónico dirigido a circuitoeje1ros@justiciasantafe.gov.ar. 3- Parte Demandada: HURT, LEANDRO RAMON, 4- D.N.I. Nº 31.486.862. 5- El MONTO TOTAL por el que DEBE CUMPLIMENTARSE la PRESENTE MEDIDA, en concepto de capital, intereses y costas futuras estimadas prudencialmente SE DETERMINA EN LA SUMA DE: $ 1.449.822,81 (Un millón cuatrocientos cuarenta y nueve mil ochocientos veintidos pesos con 81/100 cent.). 6- Líbrese OFICIO en soporte PAPEL o DIGITAL y/o MANDAMIENTO a fin del cumplimiento de lo ordenado. Se encuentran facultados para el diligenciamiento, el/la profesional que se indica a continuación y/o quien/es éste autorice: KNAFEL, ROXANNA NOEMI - CUIT -27213070164. 7- Dese al presente la TRAMITACIÓN ÚNICAMENTE DIGITAL prevista en el Acuerdo del 11.6.2024, Acta Nº 21, por la C.S.J.S.F. 8- Resérvese la documental acompañada. Hágase saber a las partes que deberán indicar CORREO ELECTRÓNICO para recibir correos de cortesía de notificaciones digitales, sí no lo hubieran realizado, sin perjuicio de resultar igualmente notificadas conforme al art. 14 del Acuerdo Corte Suprema de Justicia 7.3.2019, Acta Nº 7 p. 11. Desígnase a la/s parte/s compareciente/s y/o a su/s profesional/es, según la índole del instrumento, como depositario/s judicial/es de los originales de toda presentación y documentación escaneada realizada mediante Autoconsulta Sisfe (cédulas, poderes, escritos con patrocinio, etc.), con la obligación de presentarlos en caso de serle requerido, en las condiciones dispuestas por la C.S.J.S.F., punto “13” del Reglamento de “PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE ESCRITOS EN EXPEDIENTES INICIADOS Y EN TRÁMITE - AUTOCONSULTA ONLINE”. Ello tanto en relación a la parte actora como a la demandada que compareciere en autos. —Fin del decreto firmado digitalmente conforme constancias obrantes en SISFE— Juzgado de lª Inst. De Ejecución Civil de Circuito 1ª Nom. De Rosario a cargo de: Dr. MARIANA P. MARTINEZ -Jueza- lª Inst. Ejec. Civil Circuito lª Nom. De Rosario Dra. SILVINA LOPEZ PEREYRA -Secretaria- lª Inst. Ejec. Civil de Circuito lª Nom. Rosario; Dra. MARIELA BOLLINI -Prosecretaria- lª Inst. Ejec. Civil Circuito lª Nom. De Rosario.

$ 100 564186 Jul. 28 Jul. 30

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado DE PRIMERA INSTANCIA DE CIRCUITO JUDICIAL Nº 3, Dra. CECILIA CAMAÑO, notifica al Sr. CENTURION, NILDA MABEL D.N.I. Nº 11.750.614 lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.R.L. c/CENTURION, NILDA MABEL s/EJECUTIVO CUIJ Nº 21-12627075-2): Tomo: 107 Folio: 266 Resolución: 1190; AUTOS Y VISTOS: Por presentada, domiciliada y en carácter invocado, en mérito al poder general que en copias se glosa en autos, el que deberá certificarse, otórgasele la participación que por derecho corresponda. Por iniciada la acción que expresa, cítese y emplácese a la demandada a comparecer a estar a derecho, por el término y bajo apercibimientos de ley. Trábese embargo sobre los bienes libres del demandado Sra. CENTURION NILDA MABEL, hasta cubrir la suma de $ 28.678,83, con más la de $ 8.603,65, en concepto de intereses y costas provisoriamente estimadas, siempre y cuando no estén comprendidos en el artículo 469 del CPC. Resérvese en Secretaría el sobre acompañado. Agréguense las constancias acompañadas. Líbrense los despachos correspondientes, previa reposición de la medida cautelar solicitada. Insértese, regístrese y hágase saber. ROSARIO, 6 de Julio de 2020. Agréguese la cédula acompañada. Informándose verbalmente por Secretaría en este acto, que la parte emplazada no ha comparecido a estar a Derecho, declarasela rebelde. Siga el proceso sin dársele representación (art. 78 del Código Procesal Civil y Comercial). Notifíquese por cédula. Rosario, 31/10/2022; Tomo: 123 Folio: 87 Resolución: 1427; VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... FALLO: 1. Mandando seguir adelante la ejecución contra CENTURION NILDA MABEL, hasta tanto la actora se haga integro cobro de la suma de $ 28.678,83 con más los intereses establecidos en los considerandos precedentes. 2. Aplicar las costas a la demandada vencida. (art. 251 del CPCC). 3. Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se practique la liquidación respectiva. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. CECILIA CAMAÑO (Juez); Dra. ANA BELEN CURA (Sec.). Dra. María Luz Mure, prosecretaria.

$ 100 564187 Jul. 28 Jul. 30

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado DE PRIMERA INSTANCIA DE CIRCUITO JUDICIAL Nº 3, Dra. CECILIA CAMAÑO, notifica al Sr. GARCIA SANCHEZ, GUSTAVO ADOLFO D.N.I. Nº 94.837.751, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.R.L. c/GARCIA SANCHEZ, GUSTAVO ADOLFO s/EJECUTIVO; CUIJ Nº 21-12625871-9): ROSARIO, 12 de Agosto de 2025. Agréguese el edicto acompañado. Informando verbalmente la Actuaria que el demandado GUSTAVO ADOLFO GARCÍA SANCHEZ, no ha comparecido a estar a derecho, decláreselo rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Fdo. Dra. CECILIA CAMAÑO (Juez); Dra. ANA BELEN CURA (Sec.). Dra. María Luz Mure, prosecretaria.

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO CIVIL Y COMERCIAL Nº 3ª NOMINACIÓN, Dr. Ezequiel Zabale, notifica al Sr. RODRIGUEZ, MARIA ELSA D.N.I. Nº 6.684.356 lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.R.L. c/RODRIGUEZ, MARIA ELSA s/EJECUTIVO; CUIJ Nº 21-02966611-0): Rosario, 07/08/2025; Estando debidamente notificado y no habiendo el demandado comparecido a estar a derecho, decláreselo rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edicto. Fdo. Dr. Ezequiel Zabale (Juez), Dra. Federico Lema (Sec.). Mayra Ibañez, secretaria subrogante.

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO CIVIL Y COMERCIAL Nº 3ª NOMINACIÓN, Dr. Ezequiel Zabale, notifica al Sr. BENITEZ, MARIELA ALEJANDRA D.N.I. Nº 24.470.045 lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.R.L. c/BENITEZ, MARIELA ALEJANDRA s/EJECUTIVO; CUIJ Nº 21-13911454-7): ROSARIO, 5 de noviembre de 2025; Agréguese el edicto acompañada. Estando debidamente notificada y no habiendo el demandado comparecido a estar a derecho, declárese rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por cédula. Fdo. Dr. Ezequiel Zabale (Juez); Dr. Federico Lema (Sec.). Mayra Ibañez, secretaria subrogante.

$ 100 564190 Jul. 28 Jul. 30

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2ª Nominación de Rosario, Dr. LUCIANO ALBERTO BALLARINI, notifica al Sr. AQUINO, GABRIEL VICTORIANO (DNI Nº 41.227.524) lo declarado en autos: ELECTRONJCA MEGATONE S.R.L. c/AQUINO, GABRIEL VICTORIANO s/EJECUTIVO; (EXPTE. Nº 21-13938998-8 AÑO 2024): Rosario, 01/04/2026. Informando verbalmente el actuario que el demandado no compareció a estar a derecho, declárese rebelde. —Fin de decreto firmado conforme constancias de SISFE— Juzgado de 1ª Inst. De Distrito de Ejecución Civil 2ª Nom. De Rosario a cargo de: Dr. LUCIANO A. BALLARINI, Juez; Dra. MARÍA ELVIRA LONGHI, Secretaria; Dra. CAROLINA AYMO, Prosecretaria.

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2ª Nominación de Rosario, Dr. LUCIANO ALBERTO BALLARINI, notifica al Sr. BENITEZ, RAMON INOCENTE (DNI Nº 28.895.946) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/BENITEZ, RAMON INOCENTE s/EJECUTIVO; (CUIJ Nº 21-23396438-4): Rosario, 0l/04/2026. Informando verbalmente el actuario que el demandado no compareció a estar a derecho, declárese rebelde. —Fin de decreto firmado conforme constancias de SISFE— Juzgado de 1ª Inst. De Distrito de Ejecución Civil 2ª Nom. De Rosario a cargo de: Dr. LUCIANO A BALLARINI, Juez; Dra. MARÍA ELVIRA LONGHI, Secretaría; Dra. CAROLINA AYMO, Prosecretaria.

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2ª Nominación de Rosario, Dr. LUCIANO ALBERTO BALLARINI, notifica al Sr. PENSEROLI FRANCO ALEXIS (DNI Nº 45.513.149) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE

S.R.L. c/PENSEROLI, FRANCO ALEXIS s/EJECUTIVO; (CUIJ Nº 21-23400551-8): Rosario

0l/04/2026. Informando verbalmente el actuario que el demandado no compareció a estar derecho, declárese rebelde. —Fin de decreto firmado conforme constancias de SISFE— Juzgado de 1ª Inst. De Distrito de Ejecución Civil 2ª Nom. De Rosario a cargo de: Dr. LUCIANO A BALLARINI, Juez; Dra. MARÍA ELVIRA LONGHI, Secretaria; Dra. CAROLINA AYMO, Prosecretaria.

$ 100 564193 Jul. 28 Jul. 30

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante BERTONE MARIA ZULLY D.N.I. 6.070.356, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: BERTONE, MARIA ZULLY s/DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 18; CUIJ 21-03009649-1. Fdo. Dra. SUSANA SILVINA GUEILER.

$ 45 Jul. 28


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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 9ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Di Cosco, María D.N.I. 93.708.276, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: DI COSCO MARIA s/SUCESORIO; CUIJ 21-03008726-4. de trámite por ante la Oficina de Procesos SWucesorios. Fdo. Prosecrataria

$ 45 Jul. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 19ª Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Daniel Humberto González (Juez), Secretaría de la Autorizante, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Palmira Isabel DIAZ, DNI Nº 5.704.417, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: DIAZ, PALMIRA ISABEL s/SUCESORIO; C y C 19. OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS XX s/SUCESORIO; (CUIJ N° 21-03009425-2). Fdo. Dra. ROSA I. KAMINSKY (Prosecretaria).

$ 45 Jul. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 22ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante SARITA BEATRIZ DE LA URDE SANDOVAL, D.N.I. 5.500.137, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: SANDOVAL, SARITA BEATRIZ DE LA URDE s/DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 22”, (CUIJ Nº 21-03009192-9), de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo. Prosecretaria.

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 5ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JOSE LUIS BAZAN, DNI 7.686.775, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: BAZAN, JOSE LUIS s/SUCESORIO; (CUIJ 21-03008666-7). Fdo. Prosecretaria.

$ 45 Jul. 28

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Por disposición de la Sra. Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 21° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes FONTANA NESTOR PEDRO OMAR DNI 6.042.494 y CANNILLO ROSA TERESA DNI 11.984.397, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: "FONTANA NESTOR PEDRO OMAR Y OTROS s/SUCESORIO" Expte. N° 21- 03008021-9, de tramite por ante la OPS.- Prosecretaria

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RUBIOLA, MARGARITA D.N.I. 5.549.966 y RIOS, JOSE RAMON D.N.I. 5.979.978, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "RUBIOLA, MARGARITA Y OTROS S/ SUCESORIO" (21-03009423-6). Fdo. Dra. Jimena Arrabal (Prosecretaria).

$ 45 Jul. 28

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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 16ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante SUSANA NOEMI ESCAPE, DNI 3.965.102, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "SILVA, JORGE NORBERTO Y OTROS, S/ SUCESORIO" CUIJ 21-03009154-7, de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 16ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JORGE NORBERTO SILVA, DNI 6.030.211, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "SILVA, JORGE NORBERTO Y OTROS, S/ SUCESORIO" CUIJ 21-03009154-7, de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

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Por disposición de la Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 16º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ANTONIO PONZO, DNI nro. 6.007.994, por término de un (1) días para que lo acrediten dentro de los (30) treinta días hábiles. Autos caratulados: "PONZO ANTONIO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CYC" (CUIJ 21-03005909-0)". SECRETARÍA.

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante: OMAR EDGARDO GARCIA, con D.N.I. Nº 11.710.950, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos: "GARCIA OMAR EDGARDO S/SUCESORIO", C.U.I.J. Nº 21-03007043-4 Firmado Pro Secretaria.-

$ 45 Jul. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 4° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante GUERREIRO ASTRID NILDA CARMEN, D.N.I. 1.153.671, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "GUERREIRO, ASTRID NILDA S/SUCESORIO C Y C 4" (CUIJ N.º 21-03008831-7). Fdo. Dra. Carmela Fernandez Prosecretaría. Rosario,

$ 45 Jul. 28

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 21era. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Cat alina Pilier o y/o Cat er ina Pilier o , C.I. 670.661, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "PILIERO, CATALINA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" CUIJ 21-03009696-4. CyC 21. Firmado digitalmente: Dra. Cecilia Camaño (Jueza).

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 9° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a lo bienes dejados por el causante OLLE MARTA ISABEL (D.N.I. 4.607.678) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "OLLE MARTA ISABEL Y OTROS S/ SUCESORIO" (CUIJ N° 21-03006079-9 ) . Fdo.: Prosecretaria

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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante DIGIOVANNA, NELIDA (F. 3.761.222) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "DIGIOVANNA, NELIDA S/ SUCESORIO" (CUIJ N°21-02999431-2) . Fdo. Prosecretaría.

$ 45 Jul. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RUBEN POLINISIO GOMEZ D.N. I 5.752.828 por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “VEGA, EDIZ VALERIANA Y OTROS S/ SUCESORIO Cuij 21-03007423-5 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo. Prosecretaria.

$ 45 Jul. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MARIANO MARTIN FERRANDO D.N.I.26.730.073 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "FERRANDO MARIANO MARTIN S/SUCESORIO – CUIJ: 21-030009384-1 de trámite por ante la OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS.- Fdo. Prosecretaria

$ 45 Jul. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 4° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ROUCO, MARIA ARMANDA, L.C. 5.541.228, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "ROUCO, MARIA ARMANDA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CYC 4" (CUIJ N° 21-03003340-7). Fdo. Prosecretaría. Rosario,

$ 45 Jul. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 15° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes ELVIRA RUCCI DNI 5.531.394 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: herederos RUCCI, ELVIRA S/DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 15 CUIJ 21-03001827-0.

$ 45 Jul. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 21° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante, Sra. Carmen Magdalena Russo (DNI N° 5.212.758) por un día, para que lo acrediten dentro de los 30 días hábiles. Autos caratulados “Russo, Carmen Magdalena s/ Sucesorio”, CUIJ N° 21-03009056-7. Secretaría Dra. María Belén Morán. Rosario…. de Junio de 2026.

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MARIA OLGA ALVAREZ- DNI 6.434.771, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “ALVAREZ, MARIA OLGA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-03009494-5) Fdo. Prosecretaría.-

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Decimonovena Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante “NICOLAS PILLA” (DNI 06.021.525), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “PILLA NICOLAS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS”, CUIJ 21-03008919-4, de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Rosario, de Julio de 2026.

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 4° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante “EDIK LUJAN FONSALIA” y/o “EDITH LUJAN FONSALIA” y/o “EDIK FONSALÍA” D.N.I. 1.111.171 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Auto caratulados: “FONSALIA, EDIK LUJAN S/ SUCESORIO C Y C 4” (CUIJ N° 21-03003359-8). Fdo. Dra. Carmela Fernández Prosecretaria. Rosario,

$ 45 Jul. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 21° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante BLANCA MARGARITA DIAZ, D.N.I. 10.297.718, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados:“OLARTE, JOSE MIGUEL Y OTROS S/ SUCESORIO C Y C 21” CUIJ: 21-03008516- 4 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios

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Por disposición del Juez Fernando Mecoli de Distrito Civil y Comercial de la 6° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante SARACENI ARMANDO D.N.I. 6.090.922 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “SARACENI, ARMANDO Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CUIJ N° 21-03008546-6”. Fdo. Prosecretaria

$ 45 Jul. 28

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Por disposición del JUZGADO UNIPERSONAL DE RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL 5° NOM. de ROSARIO, en los autos caratulados "RAMIREZ, AMELIA JOSEFINA C/ CASTILLO, MARCIA EVELYN Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS" CUIJ Nº21-l 1894748-4, se ha dispuesto: "ROSARIO, 29 DE MAYO DE 2026. Venidos los autos en el día de la fecha se provee: Atento lo solicitado y constancias en autos, cítese a la demandada CASTILLO MARCIA EVELYN a comparecer a estar a derecho por medio de edictos, los que se publicarán en el Boletín Oficial y en la página web institucional conforme Circular Nº 05/25 de la CSJ, por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67, 69 73 y 548 del C.P.C." Firmado: Dr. Edgardo Bonomelli (Juez); Dra. Araceli Stefanelli (Secretaria).

$ 100 564408 Jul. 28 Jul. 30

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 6º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante SUSANA YOLANDA GÓMEZ DNI Nº 3.932.576 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “CRUZ, OSCAR FRANCISCO Y OTROS S/ SUCESORIO. Fdo. DR. FERNANDO MECOLI (Juez) Rosario, 03/07/2026-

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 18° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Nélida Inés Villegas D.N.I. 3.966.973 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “VILLEGAS, NELIDA INES S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 18” CUIJ Nº 21-03008086-3 Fdo. DRA. SUSANA SILVINA GUEILER, Jueza; PATRICIA BEADE, Secretaria.-

$ 45 Jul. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes TOBARES SEVERIANO ANTONIO D.N.I. 6.022.792 y PAGANI NORMA EMILIA D.N.I. 3.192.466 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “TOBARES, SEVERIANO ANTONIO Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CY C 11” CUIJ 21-03009560-7 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 15° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Ines Odet Espeleta (D.N.I.: 05.848.189), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “ESPELETA INES ODET S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ: 21-03007777-3) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 15° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante JUAN CARLOS CALZADA (DNI 14.684.091) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “CALZADA, JUAN CARLOS S/ SUCESORIO C Y C 15” 21-03009058-3. Fdo. DR. SEBASTIAN RUPIL (JUEZ)

$ 45 Jul. 28

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FIRMAT

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO



Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial y Laboral de la localidad de Firmat, se cita, llama y emplaza por el término de la ley, a los herederos, legatarios, acreedores y terceros interesados de doña BENEITI OFELDA CATALINA, DNI 5.852.109, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en autos caratulados: BENETTI OFELDA CATALINA s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; 21-26426733-9. Firmat, 2026. Fdo. Dra. NATALIA P. GRILLO, Secretaria.

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Por disposición del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito, en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Firmat, secretaría de la autorizante, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de FERMANELLI, Ofelia Elisa, DNI 2.091.973, para que en el término y bajo los apercibimientos de ley comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Firmat, Dra. NATALIA P. GRILLO, Secretaria; Dra. María Laura Mainente, prosecretaria.

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral de Firmat, se ha ordenado publicar edictos citatorios por un día para que dentro de los 30 días siguientes a su vencimiento se presenten en autos los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JOSE NATALIO ANGELINO, DNI Nº 6.127.105 (art. 2340 C.C.C.); Autos: Angelino, José Natalio s/Declaratoria de herederos; (CUIJ 21-26427418-1). Fdo. Dra. NATALIA P. GRILLO (Secretaria); Dr. ALEJANDRO LANATA (Juez en suplencia). Dra. María Laura Mainente, prosecretaria.

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 16 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Firmat, Dra. LAURA MARIANA BARCO, Secretaria a cargo del Autorizante, en los autos caratulados SCIARINI, CARLOS ALBERTO s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; CUIJ 21-26427066-6, se cita, llama y emplaza a los herederos y legatarios de SCIARINI, CARLOS ALBERTO, DNI 20.377.310, para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus Derechos, dentro del término y bajo los apercibimientos de Ley. Firmat. Fdo. Dra. NATALIA GRILLO (SECRETARIA); Dra. María Laura Mainente, prosecretaria.

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Distrito Nº 16 de la ciudad de Firmat, Provincia de Santa Fe, Dra. LAURA BARCO (Juez) y Dra. NATALIA P. GRILLO (Secretaria), en los autos caratulados: RUIZ GARCIA MARIA s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; (CUIJ N° 21-26427257-9), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios de la Sra. MARIA RUIZ GARCIA (D.N.I. Nº 45036974F), para que comparezcan ante este Juzgado a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento de Ley. Firmat, 23/06/2026. Fdo. Dra. Laura Barco (Juez) y Dra Natalia P. Grillo (secretaria). Dra. María Laura Mainente, prosecretaria.

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CASILDA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO



El Señor Juez de primera Instancia de Distrito nro 7 en lo Civil, Comercial y Laboral De la Segunda Nominación de la ciudad de Casilda, y en conformidad de acuerdo a los términos del art. 73 del CPCCSF se convoca, por Edictos que se publicarán por tres días, para que dentro del quinto desde la última publicación, a toda persona que se considere con derechos sobre la indemnización por el fallecimiento del Sr. Facundo Mauro Piccini DNI 37.373.807, dentro de los autos caratulados: “LA SEGUNDA ART S.A. SI CONSIGNACION" Expte. CUIJ 21-25866363-9- Nº 526/2025. Casilda 25 de Junio de 2026. Dra. Aracelis Rosenburt, secretaria.

$ 1000 564352 Jul. 28 Jul. 30


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Por disposición del Juez de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2ª Nominación de Casilda, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MARÍA ADROGUER DNI Nº 5.641,412. Por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados ADROGUER MARIA Y OTROS s/SUCESION (RECONSTRUCCIÓN) - 21-01555598-1. Fdo. Dra. Aracelis Rosenburt, Secretaria.

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Por disposición del Juez de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2ª Nominación de Casilda, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante WENCESLAO JESÚS VAZQUEZ DNI Nº 34.241.942. Por un día para que lo acrediten dentro de los treinta dias. Autos caratulados VAZQUEZ WENCESLAO JESUS s/SUCESORIO - 21-25867301-5 (179/2026). Fdo. Dra. Aracelis Rosenburt, Secretaria.

$ 45 Jul. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2ª Nominación de Casilda, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JUAN CARLOS SPADONI DNI Nº 17.404.150. Por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados SPADONI JUAN CARLOS s/DECLARATORIA DE HEREDEROS - 21-25867537-9 (271/2026). Fdo. Dra. Aracelis Rosenburt, Secretaria.

$ 45 Jul. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2ª Nominación de Casilda, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante LUIS ANTONIO TELMO SARAVIA DNI Nº 8.375.297. Por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos carátulados SARAVIA LUIS ANTONIO TELMO s/SUCESION - 21-25626483-2 (114/2014). Fdo. Dra. Aracelis Rosenburt, Secretaria.

$ 45 Jul. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2ª Nominación de Casilda, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante FERNANDO DELFIN OMINETTI DNI Nº 14.889.182. Por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados OMINETTI FERNANDO DELFIN s/SUCESORIO; 21-25867207-8 (143/2026). Fdo. Dra. Aracelis Rosenburt, Secretaria.

$ 45 Jul. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2ª Nominación de Casilda, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante LILIANA ANTONIA GOZZER DNI Nº 11.655.133. Por un día para que lo acrediten dentro de los treinta dias. Autos caratulados GOZZER LILIANA ANTONIA s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; 21-25867345-7 (199/2026). Fdo. Dra. Aracelis Rosenburt, Secretaria.

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Por disposición del Juez de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2ª Nominación de Casilda, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante SUSANA MARIA TOSTICARELLI DNI Nº 5.321.281. Por un día para que lo acrediten dentro de los treinta dias. Autos caratulados TOSTICARELLI, SUSANA MARÍA s/SUCESORIO; 21-25867284-1 (174/2026). Fdo. Dra. Aracelis Rosenburt, Secretaria.

$ 45 Jul. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2ª Nominación de Casilda, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante HERNÁN LUIS LUJAN PALMIERI DNI Nº 21.583.572. Por un día para que lo acrediten dentro de los treinta dias. Autos caratulados PALMIERI HERNAN LUIS LUJÁN s/SUCESORIO; 21-25866475-9 (577/2025). Fdo. Dra. Aracelis Rosenburt, Secretaria.

$ 45 Jul. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2ª Nominación de Casilda, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante DARIO FERNANDO ALOI DNI Nº 20.141.700. Por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados ALOI DARIO FERNANDO s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; 21-25867294-9 (176/2026). Fdo. Dra. Aracelis Rosenburt, Secretaria.

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CAÑADA DE GOMEZ

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 3° Nominación de Cañada de Gómez, en los autos caratulados DAMIANI MARIA ELISA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS 21-26036713-4, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante MARIA ELISA DAMIANI L.C. N° 6.002.694, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Cañada de Gómez. Firmado: Dra Corina Rabasedas Secretaria;

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2da. Nom. del Distrito Judicial N° 6 de Cañada de Gómez, en los autos caratulados "IANITELLI, HÉCTOR DOMINGO s/ SUCESORIO" (CUIJ N° 21-26036967-6), se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante HÉCTOR DOMINGO IANITELLI (DNI N° 6.173.905), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en los estrados del Tribunal.-

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2da. Nom. del Distrito Judicial N° 6 de Cañada de Gómez, en los autos caratulados "IANITELLI, FABIÁN HÉCTOR s/ SUCESORIO" (CUIJ N° 21-26036968-4), se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante FABIÁN HÉCTOR IANITELLI (DNI N° 16.565.238), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en los estrados del Tribunal.-

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san lorenzo

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JUZGADO de familia


"En los autos caratulados: VALLINA, GUSTAVO GABRIEL S/ADOPCION" - CUIJ N021-27884520-3 - que tramitan por ante el Juzgado de Familia de la ciudad de San Lorenzo, a cargo del Dr. Guillermo Roldán y Secretaría de la Dra. Muchiutti, se ha dispuesto lo siguiente: "San Lorenzo, 14 de mayo de 2026. Del cotejo de las actuaciones surge que se ha solicitado la adopción plena por integración y el cambio de apellido. Por tal motivo, salen los autos de fallo y se dispone previamente, córrase traslado al progenitor GONZALO NICOLAS NAVARRO, por el término y bajo apercibimientos de ley. Así mismo, cúmplase con los requisitos fijados por el art. 70 del Código Civil y Comercial, publicándose edictos en el Boletín Oficial, requiriendo los informes sobre medidas precautorias y disponiendo la vista al Ministerio Público. Fdo. Dr. Guillermo Roldán Juez en suplencia". Se hace saber lo normado por el art. 70 del CCC: "Todos los cambios de prenombre o apellido deben tramitar por el proceso más abreviado que prevea la ley local con intervención del Ministerio Público. El pedido debe publicarse en el diario oficial una vez por mes, en el lapso de dos meses. Puede formularse oposición dentro de los quince días hábiles contados desde la última publicación. Debe requerirse información sobre medidas precautorias existentes respecto al interesado. La sentencia es oponible a terceros desde u inscripción en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas. Deben rectificarse todas las partidas, títulos y asientos registrales que sean necesarios. En consecuencia, se le hace saber al Sr. Gonzalo Nicolás Navarro — DNI N029.680.246 — que se ha postulado en autos la adopción plena de su hijo Nicolás Valentín Navarro, a fin que formule las observaciones que estime corresponder.

$100 562117 Jul 28 Jul 29

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 2° Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante OMAR LUIS BOREAN, D.N.I. Nº 10.199.653, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “BOREAN, OMAR LUIS S/ SUCESORIO” CUIJ Nº 21-25449053-6. Fdo. Dr. Guillermo Roldán (Juez subrogante). Dra. Melisa V. Peretti (Secretaria).

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ELBA LUCIA GRIMALDI D.N.I. 5.927.083 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “GRIMALDI, ELBA LUCIA S/ SUCESIONES-INSC.TARDIAS-SUMARIAS-VOLUNT.” (CUIJ 21-25446950-2) Fdo. Dra. Luz Gamst Secretaría. San Lorenzo, 28 de JULIO de 2026.

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Sr. GIGENA SERGIO EUSEBIO D.N.I. N° 12.199.240 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “GIGENA SERGIO EUSEBIO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-25446583-3) . Fdo. DR. ALEJANDRO MARCOS ANDINO (JUEZ), LUZ M. GAMST (Secretaria).

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Por disposición del Juez de 1ra. Inst. de Distrito Civil y Comercial de la 1ra Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y legatarios del causante y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Sr. JOSE LUIS MACERATESI, (DNI Nº 06.179.320) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “MACERATESI, JOSE LUIS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ Nº 21-25448876-0). Fdo. Dra. Luz M. Gamst (Secretaria).

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 2da. Nominación de la ciudad de San Lorenzo, en autos caratulados “MORAGUES, GABRIEL ANTONIO S/ SUCESORIO” (CUIJ 21-25449113-3) se ha ordenado citar a los herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante GABRIEL ANTONIO MORAGUES, D.N.I. Nº 6.237.950, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Fdo. DR. Dr. GUILLERMO ROLDÁN (Juez subrogante). Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial.

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VILLA CONSTITUCIÓN

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 14 en lo Civil y Comercial de la 2º Nominación de la ciudad Villa Constitución Provincia de Santa Fe, a cargo del Dr. David Lisandrello, Secretaría del Dr. Darío Malgeri llama a los herederos, acreedores o legatarios de la Sra. EMILIA FRANCISCA VITRO DNI Nº 6.247.149, por treinta días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Villa Constitución, AUTOS: VITRO EMILIA FRANCISCA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS. CUIJ 21-25661509-3.-

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial de la 2º Nominación de Villa Constitución, Dr. DAVID LISANDRELLO, Secretaría del autorizante, dentro de los autos caratulados; "MIHALIC, EDUARDO MARIANO Y OTROS S/ SUCESIONESINSC.TARDIAS-SUMARIAS-VOLUN", CUIJ:21-25661572-7 se cita a los herederos, acreedores o legatarios de DON EDUARDO MARIANO MIHALIC Y DOÑA NORMA MONICA LEIVA por Treinta (30) días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. SECRETARIA

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Por disposición del Juez de. 1ra. Inst. Civil Comer. 1ra. Nom. VILLA CONSTITUCIÓN se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ALESSIO LEONARDO SEBASTIAN TOMAS - DOCUMENTO: DNI Nro. 6.125.543 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: ALESSIO LEONARDO SEBASTIAN S/DECLARATORIA DE HEREDEROS 21-25659763-9 Juzg. 1ra. Inst. Civil Comer. 2ra. Nom. Villa Constitución, julio de 2026-

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Villa Constitución, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante OLGA MARGARITA LENCINA, D.N.I. N° 3.738.363 por un día, por el término de treinta días para que comparezcan a hacer valer sus derechos (Art. 2340 C.C.C.) Autos caratulados: "LENCINA OLGA MARGARITA S/ SUCESORIO", CUIJ 21-25661511-5. Fdo: Dr. Dario Malgeri (Secretario).

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzg. 1ra. Inst. Civil Comer. 2ª. Nom. de la ciudad de Villa Constitución (Pcia. de Santa Fe), se ha ordenado citar a los herederos, acreedores, y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RODRIGUEZ, MIGUEL ANGEL D.N.I. N.º 12.308.097, último domicilio calle Rivadavia Nº363 de la localidad de Sargento Cabral (Pcia. de Santa Fe), hijo de Pedro Juan Rodríguez y de Lidia Orsi, nacido en Posta de San Martín (Pcia. de Santa Fe), en fecha 04 de Enero de 1959 y fallecido en Villa Constitución (Pcia. de Santa Fe) el 03 de Junio de 2026, para que lo acrediten dentro de los 30 días corridos. Autos caratulados: RODRIGUEZ, MIGUEL ANGEL S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS C.U.I.J. Nº 21-25661618-9 de trámite por ante el Juzgado del Distrito Judicial Nº14, Juzg. 1ra. Inst. Civil Comer. 2ª. Nom. de la ciudad de Villa Constitución (Pcia. de Santa Fe), a cargo del Sr. Juez David Alberto Lisandrello, secretaría del Dr. Darío Falvio Malgeri.

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 14 en lo Civil y Comercial de la 1º Nominación de la ciudad Villa Constitución Provincia de Santa Fe, a cargo de la Dra. Agueda Orsaria, Secretaría del Dr. Alejandro Danino llama a los herederos, acreedores o legatarios de la Sra. MYRIAM BEATRIZ COSTANTINO DNI N.º 4475163, por treinta días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Villa Constitución, 28/07/2026. AUTOS: COSTANTINO MYRIAM BEATRIZ S/DECLARATORIA DE HEREDEROS CUIJ 21-25661559-9. Dr. Alejandro Danino, Secretario.-

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RUFINO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO



Por disposición del Juzgado de Distrito Nº 9 en lo Civil, Comercial y Laboral de Rufino, a cargo del Dr. Luis Alberto Cignoli -Juez-, Secretaría a cargo del Dr. Jorge Andres Espinoza, en autos "PONCE DE LEON, LUISA FILOMENA S/SUCESORIO" (CUIJ 21-26369132-3) , se ha ordenado citar, llamar y emplazar a todas las personas que se consideren con derecho a los bienes de la herencia de Luisa Filomena Ponce de León, D.N.I: Nº: 3.928.648, con último domicilio en calle Manuel Roca N° 755 de Rufino, para que comparezcan a éste tribunal a hacer valer sus derechos por el término y bajo apercibimiento de ley. Publíquense los edictos en el Boletín Oficial.- RUFINO, julio de 2026.

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral N° 9 de la ciudad de Rufino, en los autos caratulados, "VIALE NELIDA CATALINA S/ SUCESORIO", cuij. 21-26370062-4, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y/o acreedores del causante: VIALE NELIDA CATALINA, DNI. 4.109.855, para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término y bajo apercibimientos de ley. Rufino, de JULIO de 2026.-

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y del Trabajo de Rufino, a cargo del Dr. Luis Alberto Cignoli, Secretaría del Dr. Jorge Andrés Espinoza, cita y emplaza a herederos, sucesores y legatarios de Don OSCAR ALFREDO MARTINELLI para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término de ley. Autos "MARTINELLI OSCAR ALFREDO S/ SUCESORIO" CUIJ 21-26370027-6. Secretaría. Rufino, de de 2026.-

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia Civil, Comercial y Laboral N° 9 a cargo del Dr. Luis A Cignoli , Secretaría del Dr. Jorge A Espinoza, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Don LEITES GABRIEL ESTEBAN DNI 21.416.023 Expte CUIJ N° 21-26370023-3 para que comparezcan ante el Tribunal a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo apercibimientos de ley.- Rufino, .... de Julio de 2026.

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil Comercial y Laboral de la Novena Nominación de la ciudad de Rufino, a cargo del DR. LUIS ALBERTO CIGNOLI. SECRETARIO JORGE ANDRES ESPINOZA se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores legatarios del causante DON HOLSTEIN JORGE OSCAR y Doña TORRES EVA ANGELICA para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos “HOLSTEIN JORGE OSCAR Y OTRO S/ SUCESORIO” CIUJ Nº 21-26369889-1. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe, Rufino de MAYO 2026.

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo de Distrito Judicial Nº 9 de Rufino, Provincia de Santa Fe, Dr Luis Cignoli; la Secretaría que suscribe Dr Jorge Espinoza, cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de la SRA. LILIANA MABEL LUCERO, DNI Nro 13528601 CUIL 27-13528601-5 para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro de los autos caratulados: “LUCERO LILIANA MABEL S/ SUCESORIO” C.U.I.J. Nro. 21-26370029-2 que tramitan ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial NRO, 9 de Rufino SF. Firmado. Dr. Luis Alberto Cignoli (Juez) - Dr. Jorge Andrés Espinoza (Secretario)

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 9 en los Civil, Comercial y el Trabajo de Rufino, a cargo del Dr Luis A Cignoli, Secretaria del Dr Jorge Espinoza, se cita, llama y emplaza a herederos de don RAUL JUAREZ y NILDA JOSEFA CARABASAL, para que comparezcan ante el Tribunal a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo apercibimientos de ley, por así estar ordenado en los autos caratulados (JUAREZ RAUL Y CARABASAL NILDA JOSEFA S/ SUCESORIOS, CUIJ Nº 21-26369257-5).- Rufino, …. de julio de 2026.-

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venado tuerto

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Venado Tuerto a cargo del Dr. Gabriel Carlini (Juez), Secretaría del Dr. Walter Bournot, se cita y se emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de Don Mauricio Osmar Tolosa - LE 6.125.042. para que en el término de Ley comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de Ley.- Autos: "TOLOSA MAURICIO OSMAR S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS (DIGITAL) CUIJ Nº 21-24625991-4" Venado Tuerto, Santa Fe.- FDO: Dr. Gabriel A. Carlini JUEZ – Dr. Bournot Alejandro Walter SECRETARIO.-

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POR DISPOSICIÓN DEL JUZGADO DE LA PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA PRIMERA NOMINACIÓN DE VENADO TUERTO, A CARGO DE LA DRA. MARÍA CELESTE ROSSO, SECRETARÌA DE LA DRA. MARIA LAURA OLMEDO, SE CITA, LLAMA Y EMPLAZA POR EL TÉRMINO DE LEY, A LOS HEREDEROS, ACREEDORES Y LEGATARIOS DE DON/A LANGAN HORACIO TOMAS (D.N.I. N°: 6.131.542) PARA QUE COMPAREZCAN A HACER VALER SUS DERECHOS, BAJO APERCIBIMIENTOS DE LEY.- AUTOS: “LANGAN HORACIO TOMAS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-24625864-0)

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