picture_as_pdf 2026-07-03


SECRETARÍA DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ,

ADOLESCENCIA Y FAMILIA, DE LA PROVINCIA

DE SANTA FE, DELEGACIÓN VERA


NOTIFICACIÓN


Natalia Schiavetti, Delegada Regional de la Secretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, de la Provincia de Santa Fe, Delegación Vera, por el presente notifica y hace saber al SR. LODI, FABIO MIGUEL, DNI Nº 18.455.203, que en el Expediente Administrativo N.º 01503-0010242-8 caratulado "Secretaria de los Derechos de Niñez, Adolescencia y Familia / Medida de Protección Excepcional de Derechos - LODI ALICIA MARIELA Y LODI LEONARDO FABIO" que se tramitan por ante el Equipo Técnico Interdisciplinario de la Ciudad de Vera, dependiente de esta Delegación, se ha dispuesto lo siguiente: "DISPOSICIÓN Nº0ll/2026 - VERA, SANTA FE, 27 DE MAYO DE 2026. VISTO: (... ) , CONSIDERANDO: (... ), POR ELLO: (,.. ), DISPONE: ARTÍCULO 1°: Resolver Definitivamente la Medida de Protección Excepcional de Derechos, conforme a las normativas legales establecidas en la Ley Provincial Nº 12.967 en su Art. 51 tercer párrafo y su Decreto Reglamentario Nº 619/2010 y su modificatoria Ley Provincial Nº 13.237 en sus arts. 51, 66 bis, ter y quater, que tiene por sujeto de protección a LODI ALICIA MARIELA, D.N.I. N.º 53.215.881, nacida el 15 de abril de 2013, de 13 años de edad,, y del niño LODI LEONARDO FABIO, DNI N.º 54.846.282, nacido el 23 de junio de 2015, de 10 años de edad; hijos de la Sra. Emilse Dolores Giménez, DNI Nº36.303.416, domiciliada actualmente en establecimiento agropecuario llamado "Campo Isolet", ubicado en Zona Rural de la localidad de Morrison, provincia de Córdoba; y del señor Lodi Fabio Miguel, DNI Nº 18.455.203, con domicilio actual desconocido por esta. Que la Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional de Derechos, tiene por objeto regularizar la situación legal de la adolescente y del niño, sugiriéndose la declaración oportunamente, y previo tramites de ley, de ESTADO DE ADOPTABILIDAD, permaneciendo bajo el resguardo del sistema de Cuidados Institucionales, hasta tanto se resuelva definitivamente su situación. ARTICULO Nº 2: Sugerir al órgano jurisdiccional interviniente que declare el ESTADO DE ADOPTABILIDAD, y/o la figura jurídica que considere más oportuna con el objeto de continuar sosteniendo el proceso de restitución de sus derechos.- ARTICULO Nº 3: Efectuar el procedimiento destinado a la notificación de la Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional de Derechos a las partes interesadas y peticionar el pertinente Control de la Legalidad de la misma por ante el órgano jurisdiccional competente.- ARTICULO Nº 4: Otórguese el trámite correspondiente, regístrese, notifíquese a las partes interesadas, al órgano jurisdiccional y oportunamente archívese.- FDO.: NATALIA SCHIAVETTI, Delegada Regional de la Secretaria de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe, Delegación Vera".

S/C 563795 Jul. 03 Jul. 07

________________________________________


MINISTERIO DE SALUD


REF: Intimación cargos pendientes de Rendición


Santa Fe, 02 de Julio 2026

SAMCO MIGUEL TORRES

Sr. Segura, David - Presidente

Sra. Scarato Perotto, Alina – Tesorero


Por la presente en el marco de las atribuciones dispuestas en la Ley 12.510 y en particular en lo dispuesto en el artículo 215 se les solicita a ese efector las rendiciones de cuentas de los fondos otorgados y pendientes de rendición a la fecha, conforme detalle que se adjunta elaborado por el Departamento Rendiciones de Cuentas.

Se les notifica que la falta de rendición de cuentas en tiempo y forma de los fondos entregados podrá causar la suspensión del envío de nuevos fondos y la aplicación de la Resolución 017/11 TCP la cual exige el cumplimiento de los plazos para la rendición de cuentas, llevando su inobservancia a la formulación de cargo a los Responsables.

Por lo expuesto, se intima a ese efector a regularizar la situación descripta en un plazo máximo de 10 días para la presentación de los comprobantes que justifiquen la utilización de los fondos entregados o en su caso realizar la devolución de los mismos.

Sirva la presente de atenta nota.

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN


VER IMAGEN EN BOLETIN DIGITAL


S/C 49398 Jul. 3 Jul. 6

________________________________________


MINISTERIO DE SALUD


REF: Intimación cargos pendientes de Rendición


Santa Fe, 02 de Julio 2026


SAMCO GARABATO

Sra. Elvia Rosana Rivero- Presidente

Sra. Belkis Beatriz Villalba– Tesorero


Por la presente en el marco de las atribuciones dispuestas en la Ley 12.510 y en particular en lo dispuesto en el artículo 215 se les solicita a ese efector las rendiciones de cuentas de los fondos otorgados y pendientes de rendición a la fecha, conforme detalle que se adjunta elaborado por el Departamento Rendiciones de Cuentas.

Se les notifica que la falta de rendición de cuentas en tiempo y forma de los fondos entregados podrá causar la suspensión del envío de nuevos fondos y la aplicación de la Resolución 017/11 TCP la cual exige el cumplimiento de los plazos para la rendición de cuentas, llevando su inobservancia a la formulación de cargo a los Responsables.

Por lo expuesto, se intima a ese efector a regularizar la situación descripta en un plazo máximo de 10 días para la presentación de los comprobantes que justifiquen la utilización de los fondos entregados o en su caso realizar la devolución de los mismos.

Sirva la presente de atenta nota.

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN


VER IMAGEN EN BOLETIN DIGITAL


S/C 49397 Jul. 3 Jul. 6

________________________________________


MINISTERIO DE SALUD


REF: Intimación cargos pendientes de Rendición


Santa Fe, 11 de Junio 2026

SAMCO LOMA ALTA

Sr. Cristian Marcelo Almendra- Presidente

Sra. Mónica del Valle Fabiani– Tesorero


Por la presente en el marco de las atribuciones dispuestas en la Ley 12.510 y en particular en lo dispuesto en el artículo 215 se les solicita a ese efector las rendiciones de cuentas de los fondos otorgados y pendientes de rendición a la fecha, conforme detalle que se adjunta elaborado por el Departamento Rendiciones de Cuentas.

Se les notifica que la falta de rendición de cuentas en tiempo y forma de los fondos entregados podrá causar la suspensión del envío de nuevos fondos y la aplicación de la Resolución 017/11 TCP la cual exige el cumplimiento de los plazos para la rendición de cuentas, llevando su inobservancia a la formulación de cargo a los Responsables.

Por lo expuesto, se intima a ese efector a regularizar la situación descripta en un plazo máximo de 10 días para la presentación de los comprobantes que justifiquen la utilización de los fondos entregados o en su caso realizar la devolución de los mismos.

Sirva la presente de atenta nota.

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN


VER IMAGEN EN BOLETIN DIGITAL


S/C 49396 Jul. 3 Jul. 6

________________________________________


MINISTERIO DE SALUD


REF: Intimación cargos pendientes de Rendición


Santa Fe, 02 de Julio 2026

SAMCO ZAVALLA

Sra. Guillermo Adrián Rajmil- Presidente

Sra. Miguel Ángel Salafia– Tesorero


Por la presente en el marco de las atribuciones dispuestas en la Ley 12.510 y en particular en lo dispuesto en el artículo 215 se les solicita a ese efector las rendiciones de cuentas de los fondos otorgados y pendientes de rendición a la fecha, conforme detalle que se adjunta elaborado por el Departamento Rendiciones de Cuentas.

Se les notifica que la falta de rendición de cuentas en tiempo y forma de los fondos entregados podrá causar la suspensión del envío de nuevos fondos y la aplicación de la Resolución 017/11 TCP la cual exige el cumplimiento de los plazos para la rendición de cuentas, llevando su inobservancia a la formulación de cargo a los Responsables.

Por lo expuesto, se intima a ese efector a regularizar la situación descripta en un plazo máximo de 10 días para la presentación de los comprobantes que justifiquen la utilización de los fondos entregados o en su caso realizar la devolución de los mismos.

Sirva la presente de atenta nota.

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN


VER IMAGEN EN BOLETIN DIGITAL


S/C 49399 Jul. 3 Jul. 6

________________________________________


MINISTERIO DE SALUD


REF: Intimación cargos pendientes de Rendición


Santa Fe, 02 de Julio 2026

SAMCO MONTE VERA

Sra. Belkis Susana Albarenque- Presidente

Sra. María Cristina Puebla – Tesorero


Por la presente en el marco de las atribuciones dispuestas en la Ley 12.510 y en particular en lo dispuesto en el artículo 215 se les solicita a ese efector las rendiciones de cuentas de los fondos otorgados y pendientes de rendición a la fecha, conforme detalle que se adjunta elaborado por el Departamento Rendiciones de Cuentas.

Se les notifica que la falta de rendición de cuentas en tiempo y forma de los fondos entregados podrá causar la suspensión del envío de nuevos fondos y la aplicación de la Resolución 017/11 TCP la cual exige el cumplimiento de los plazos para la rendición de cuentas, llevando su inobservancia a la formulación de cargo a los Responsables.

Por lo expuesto, se intima a ese efector a regularizar la situación descripta en un plazo máximo de 10 días para la presentación de los comprobantes que justifiquen la utilización de los fondos entregados o en su caso realizar la devolución de los mismos.

Sirva la presente de atenta nota.

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

VER IMAGEN EN BOLETIN DIGITAL


S/C 49402 Jul. 3 Jul. 6

________________________________________


MINISTERIO DE SALUD


REF: Intimación cargos pendientes de Rendición


Santa Fe, 02 de Julio 2026

SAMCO SAN AGUSTIN

Sra. Gisela Marina Marzioni- Presidente

Sra. Diego Javier Orellano– Tesorero


Por la presente en el marco de las atribuciones dispuestas en la Ley 12.510 y en particular en lo dispuesto en el artículo 215 se les solicita a ese efector las rendiciones de cuentas de los fondos otorgados y pendientes de rendición a la fecha, conforme detalle que se adjunta elaborado por el Departamento Rendiciones de Cuentas.

Se les notifica que la falta de rendición de cuentas en tiempo y forma de los fondos entregados podrá causar la suspensión del envío de nuevos fondos y la aplicación de la Resolución 017/11 TCP la cual exige el cumplimiento de los plazos para la rendición de cuentas, llevando su inobservancia a la formulación de cargo a los Responsables.

Por lo expuesto, se intima a ese efector a regularizar la situación descripta en un plazo máximo de 10 días para la presentación de los comprobantes que justifiquen la utilización de los fondos entregados o en su caso realizar la devolución de los mismos.

Sirva la presente de atenta nota.

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN


VER IMAGEN EN BOLETIN DIGITAL


S/C 49403 Jul. 3 Jul. 6

________________________________________


SUBSECRETARIA DE CONTRATACIONES

Y GESTIÓN DE BIENES


RESOLUCIÓN Nº 219


SANTA FE, 2 de julio de 2026



VISTO:

El expediente N° EE-2026-00053313-APPSF-PE de la Plataforma de Gestión Digital -PDG- “TIMBO”-, cuyas actuaciones se relacionan con la inscripción de cinco (05) firmas como nuevas proveedoras y la actualización de otras por ante el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia; y


CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con las condiciones exigidas por la Circular Nº 02/26 de la UG “Condiciones obligatorias para obtener el estado de inscripto” en concordancia con la Resolucion SCyGB Nº 110/26, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;


Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;


Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 0065/23;

POR ELLO:

LA SUBSECRETARIA DE CONTRATACIONES

Y GESTIÓN DE BIENES

RESUELVE:


ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe a las siguientes firmas: ATTORRESI JULIAN CUIT N.º 20-33319607-8; CABRERA MARTIN MIGUEL CUIT N.º 20-26978077-1; GARCIA ELISEO CUI T N.º 20-17202032-2; ONLINE SANTA FE BETSSON MALTA HOLDING LIMITED - CASINO DE VICTORIA S.A. - UT CUIT N.º 33-71947034-9; SUREDA ROBERTO CARLOS CUIT N.º 20-20319489-8.

ARTÍCULO 2: Actualícese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe a las siguientes firmas: CONYMAT S.A. CUIT N.º 30-70811964-0; D.C.D.PRODUCTS S.R.L.CUIT N.º 30-66393469-0; EMZT SRL CUIT N.º 30-71123467-1; ESQUIVEL HERNAN LEANDRO CUIT N.º 20-28158356-6; M.ROYO S.A.C.I.I.F. Y F. CUIT N.º 30-53058926-5; MULTIFUNCIONAL SA CUIT N° 30-70726942-8; TRAUMACENTER S.R.L. CUIT N.º 30-71522585-5.

ARTÍCULO 3: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 49400 Jul. 3 Jul. 6

________________________________________


SUBSECRETARIA DE CONTRATACIONES

Y GESTIÓN DE BIENES


RESOLUCIÓN Nº 220


SANTA FE, 2 de julio de 2026



VISTO:

El expediente N° EE-2026-00053967-APPSF-PE de la Plataforma de Gestión Digital -PDG- “TIMBO”-, cuyas actuaciones se relacionan con la inscripción de cuatro (04) firmas como nuevas proveedoras y la actualización de otras por ante el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia; y


CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con las condiciones exigidas por la Circular Nº 02/26 de la UG “Condiciones obligatorias para obtener el estado de inscripto” en concordancia con la Resolucion SCyGB Nº 110/26, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;


Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;


Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 0065/23;

POR ELLO:

LA SUBSECRETARIA DE CONTRATACIONES

Y GESTIÓN DE BIENES

RESUELVE:


ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe a las siguientes firmas: BLATTER FRANCO Y GAROLA GONZALO DAVID SOCIEDAD SIMPLE CUIT N.º 30-71912225-2; HECONFORT SRL CUIT N.º 30-71739191-4; PARODY CARLA LORENA CUIT N.º 27-28931233-7; SANTA MARIA SRL CUIT N.º 30-71074262-2.

ARTÍCULO 2: Actualícese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe a las siguientes firmas: CICAS S.R.L. CUIT N.º 30-58025936-3; CROMA S.R.L. CUIT N.º 30-68549778-2; ESG DILEC S.A. CUIT N.º 30-70833458-4; RURAL-VIAL SERVICIOS S.R.L CUIT N.º 30-71678218-9; SECCO PLAST SRL CUIT N.º 30-71680711-4.

ARTÍCULO 3: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 49401 Jul. 3 Jul. 6

________________________________________