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ROSARIO
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CAMARA DE APELACION
Por disposición de los Sres. Camaristas de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial (Sala II) Sec. Unica, se notifica que dentro de los autos caratulados CORTES, MONICA LILIANA c/DUCLER, LEON s/USUCAPIÓN; CUIJ 21-02880258-4, se ha dictado la Resolución Nº 222 que en su parte resolutiva dice: RESUELVE: 1) Rechazar los recursos interpuestos. 2) Imponer provisoriamente a la actora las costas de segunda instancia. 3) Regular los honorarios de segunda instancia en una unidad jus ($ 136.317,62). Insértese, agréguese copia y hágase saber (autos: CORTES, MONICA LILIANA c/DUCLER, LEON s/USUCAPIÓN; CUIJ 21-02880258-4). Fdo. Dra. Maria de los Milagros Lotti; Dr. Gerardo F. Muñoz (art. 26, ley 10.160); Dr. Oscar R. Puccinelli; Dr. Alfredo R. Farias.
$ 100 563221 Jun. 25 Jun. 29
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Por disposición de la Secretaria de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Sala IIIª de Rosario se ha dispuesto publicar la presente sentencia recaída en autos bajo el tenor siguiente: 21-00762820-7 - Expte. Nº 446/2024 - MARTINEZ, AYELÉN NATALÍ c/RUIZ, CONSUELO (DE GIRARDI) Y OTROS s/USUCAPION Cámara Apelaciones Civil y Comercial (Sala III). Sentencia - Nº 132. En la ciudad de Rosario, a los días 27 del mes de mayo de 2026, se reunieron en Acuerdo los Sres. Jueces de la Sala Tercera - integrada- de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial, Dres. Jéssica M. Cinalli, Marcelo J. Malina y Oscar R. Puccinelli, para dictar sentencia en los caratulados MARTINEZ AYELÉN NATALI c/RUIZ CONSUELO Y OTROS s/USUCAPIÓN; (CUIJ
21-00762820-7), venidos para resolver los recursos de apelación y conjunta nulidad interpuestos por la defensora de oficio contra la sentencia Nº 361 del 16/09/2024 dictada por el Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 1 de Rosario. Habiéndose efectuado el estudio de la causa, se resolvió plantear las siguientes cuestiones:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVE: 1. Rechazar los recursos de nulidad y apelación interpuestos. En consecuencia, confirmar lo decidido por el Juez de grado mediante Sentencia Nº 361/24 (fs. 384/390). 2. Imponer las costas a la demandada (art. 251, CPCC), sin perjuicio de que la retribución de la Defensora de oficio sea finalmente soportada por la actora, conforme fuera expuesto en las consideraciones precedentes. 3. Fijar los honorarios de los profesionales que actuaron ante esta Alzada en el 50% de los que se regulen en primera instancia. Insértese y hágase saber. (MARTINEZ AYELÉN NATALÍ c/RUIZ CONSUELO OTROS s/USUCAPIÓN; CUIJ 21-00762820-7). CINALLI - MOLINA - PUCCINELLI - (Art. 26 L.O.P.J.) - MARTINEZ MALLADA (Prosecretario) - Rosario, 22 de Junio de 2026. Secretaría.
$ 100 563195 Jun. 25 Jun. 29
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JUZGADO DE FAMILIA
Por disposición del Juez/a de 1ª Instancia de Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual Nº 6 Sec. Única de la ciudad de Rosario, en autos caratulados MACIEL, ROMINA LORENA c/BASUALDO, LEONEL ADRIAN Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; CUIJ
21-11899735-9, se ha ordenado notificar por edictos al Sr. LEONEL ADRIAN BASUALDO, DNI Nº 41.635.798, de su declaración de rebeldía. Se transcribe el decreto que así lo ordena: ROSARIO. Atento que el demandado BASUALDO, LEONEL ADRIAN, no compareció a estar a derecho, pese a encontrarse debidamente notificado según edicto acompañado en escrito cargo Nº 4824/2026, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláreselo rebelde. NOTIFÍQUESE POR EDICTO. Fdo. Juez: Dra. JORGELINA ENTROCASI, Secretario: Dr. CHRISTIAN MARCELO BITETTI. 28 de Mayo de 2026.
$ 100 563268 Jun. 25 Jun. 29
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Por disposición del Sr. Juez titular del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual de la Octava Nominación de Rosario, Dr. Ignacio V. Aguirre, Secretaria de la Dra. María Guadalupe Gordillo, en los autos caratulados LEDESMA AXEL CRISTIAN Y OTROS c/BLANCO JESICA ALEJANDRA s/DAÑOS Y PERJUICIOS; CUIJ 21-11901479-1, ha dictado la siguiente providencia: ROSARIO, 21 de Abril de 2026 Agréguese la constancia acompañada. Atento lo solicitado y constancias en autos, notifíquese a la demandada, BLANCO JESICA ALEJANDRA, DNI Nº 32.356.948 a comparecer a estar a derecho por medio de edictos los que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67, 69 73 y
548 del C.P.C.C. Fdo. Dr. IGNACIO V. AGUIRRE (Juez); Dra. MARIA GUADALUPE GORDILLO (Secretaria). Secretaría, 16 de Junio de 2026.
$ 100 563254 Jun. 25 Jun. 29
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Hago saber a Ud. que en los autos SAUCEDO, OWEN THIAGO Y OTROS s/MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL; CUIJ Nº 21-11432075-4, Juzg. Unipersonal de Familia Nº 8, se ha dispuesto notificar a Andrea Jesica Saucedo, DNI 36.810.918, la siguiente resolución: Nº 613 del 19/06/2026. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: Privar de la responsabilidad parental a Andrea Jesica Saucedo, DNI 36.810.918 y Leandro Martin Romero, DNI 39.948.109 respecto de sus hijos Owen Thiago Saucedo, Franchesca Estefanía Romero y Xiomara Gimena Romero Saucedo. 2) Otorgar la tutela de Owen Thiago Saucedo, Franchesca Estefanía Romero y Xiomara Gimena Romero Saucedo a Joana Elisabet Saucedo, DNI 34.523.331, quien deberá aceptar el cargo ante la Actuaria. Notifíquese a los progenitores, a la Defensoría General Civil a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2ª Circ y a la Defensoría Provincial de Niñas, Niños y Adolescentes. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Alejandra Marcyniuk (Secretaria); Dra. Ma. Jose Campanella (Juez e/s). EL PRESENTE EDICTO SE PUBLICARÁ SIN CARGO ATENTO ASI LO DISPONE EL SR. JUEZ DE TRÁMITE. Se publicará tres veces, venciendo dicho término 5 días después de la última publicación. Dra. María Alejandra Marcyniuk (Secretaria). Rosario, 19 de Junio de 2026.
S/C 563253 Jun. 25 Jun. 29
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Por disposición del Juzgado Unipersonal de Respons. Extrae. Nº 1 de la ciudad de Rosario, dentro de los autos caratulados SANCHEZ, MARCELINA c/MAURENZI, OMAR HORACIO Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; (CUIJ 21-11896720-5), se ha dispuesto citar y emplazar a OMAR HORACIO MAURENZI (DNI Nº 16.480.738) a los fines de comparecer a estar a derecho en el término de 20 días. A continuación se transcriben los decretos pertinentes: ROSARIO, 30/12/2024. Habiéndose cumplimentado con lo ordenado precedentemente, se provee: Líbrese oficio al Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Quinta Nominación de Rosario a fin de que remita con “CAMBIO DE RADICACIÓN” en sistema informático el expediente SANCHEZ, MARCELINA c/MAURENZI, OMAR Y OTROS s/ASEGURAMIENTO DE PRUEBA; (CUIJ 21-12646318-6). Por presentada, domiciliada y por parte a mérito del poder especial que se acompaña y agrega. Acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Agréguese la boleta colegial acompañada. Por iniciada la acción de daños que expresa. Cítese y emplácese a OMAR HORACIO MAURENZI y a la citada en garantía SEGUROMETAL COOPERATIVA DE SEGUROS LTDA, para que comparezcan a estar a derecho y contesten la demanda dentro del término de veinte días. Por ofrecida prueba, téngase presente. Ténganse presentes las reservas formuladas. Concédase a la actora el beneficio de litigar sin gastos en los términos del Art. 333 CPCC a tenor de la declaración jurada de pobreza acompañada. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos de Responsabilidad Civil Extracontractual, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe, en el marco de colaboración suscripto con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación establecido por Acordada Nº 7 de fecha 07/03/2019. En dicho marco, téngase presente que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la incomparecencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la ley 12851 (ley de aranceles profesionales). Líbrense los oficios al MPA, al RNPA, al SIES y al Hospital Italiano de Rosario a los fines solicitados. Hágase saber a las partes que en su primera presentación deberán informar su mail, teléfono celular y whatsapp. Hágase saber que en oportunidad de celebrarse la Audiencia de Vista de Causa, deberá acompañar: originales del poder especial y sellado del mismo, declaración jurada de pobreza, boleta inicial, documental en original. Para el caso de que hubiera ofrecido documental fundante, deberá acompañarla en la Audiencia de Vista de Causa. Si hubiese ofrecido sobre con documental, deberá acompañar el mismo personalmente al Tribunal en horario de oficina, en el término de tres días. En caso de haberse ofrecido pliego cerrado de posiciones/preguntas, deberá acompañar el mismo en el término de tres días mediante escrito cargo separado peticionando en su caso su no visualización en SISFE. Notifíquese el presente decreto por cédula indicando las fojas del expediente digital conteniendo demanda y documental que se pretendan acompañar a la misma. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá consultar a quien lo atienda o a los vecinos si el mismo se domicilia allí, y sólo en caso afirmativo procederá a practicar la notificación. Jueza de trámite: Dra. MARIANA SILVIA VARELA. Fdo. Dra. Mariana Varela. Jueza. Y OTRO: En la ciudad de Rosario 06/05/2026. Atento lo solicitado por la presentante y constancias de autos, notifíquese al demandado OMAR HORACIO MAURENZI (DNI Nº 16.480.738) mediante EDICTOS, los cuales se publicarán por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL y se exhibirán en la sección “Edictos Digitales” de la página web del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe (https://www.justiciasantafe.gov.ar/index.php/edictos-y-cedulas/). Hágase saber que en el cuerpo del edicto deberá hacerse saber a la demandada OMAR HORACIO MAURENZI (DNI Nº 16.480.738) que se la cita y emplaza a los fines de comparecer a estar a Derecho en el término de 20 (veinte) días y que deberá transcribirse en el mismo decreto de fecha 30/12/2024 y el presente proveído. Acompañe edicto a los fines de su suscripción por el Juzgado. Fdo. Dr. HORACIO L. ALLENDE RUBINO. Juez en suplencia. Rosario, 11 de Junio de 2026.
$ 300 563222 Jun. 25 Jun. 29
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual Nº 5 de Rosario, se provee: Rosario, 08 de Junio de 2026. Atento que el demandado SABELLA EDUARDO ALBERTO no compareció a estar a derecho pese a encontrarse debidamente notificado por edictos, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláreselo rebelde. Firme que estuviere el presente, procédase al sorteo de Defensor de Oficio. Notifíquese por EDICTOS al demandado rebelde, que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL y en la página web institucional conforme Circular Nº 05/25 de la CSJ, y por CÉDULA a las partes intervinientes. (Autos: AGUIRRE, CARLOS NAHUEL c/SABELLA, EDUARDO ALBERTO Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; CUIJ Nº 21-11899966-2). Fdo. Dr. Edgardo Bonomelli (Juez); Dra. Araceli Stefanelli, (Secretaria). 17 de junio de 2026.
$ 100 563220 Jun. 25 Jun. 29
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Por disposición del Señor Juez del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual Nº 10 SEC. UNICA de la 2ª Nominación de Rosario, a cargo de la Jueza Dra. Ragonese - Dra. Heltner, Secretaria; Atento a lo manifestado y constancias de autos, y sin perjuicio de lo actuado al respecto, emplácese al co-demandado Cristian Alejandro Ceschi, por edictos para que comparezca a estar a Derecho dentro del término de cinco (5) días de la última publicación, bajo apercibimiento de declararlo en rebeldía. Publíquense los edictos citatorios por tres (3) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial, ordenado lo dicho por el decreto de fecha 22/05/26. Autos: MASSAGLI, CARLOS MAXIMILIANO Y OTROS c/CESCHI, CRISTIAN ALEJANDRO Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; CUIJ Nº 21-11898054-6. Rosario, de Junio de 2026.
$ 100 563181 Jun. 25 Jun. 29
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Por disposición de la Dra. MARÍA JOSÉ CAMPANELLA, jueza del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 3 de Rosario, se ha dispuesto notificar por edictos al Sr. HUGO ALBERTO OLMEDO DNI 36.957.064, del decreto de fecha 09 de Abril de 2026, dictado dentro de los autos caratulados BARRIOS, ROMINA FABIANA c/OLMEDO, HUGO ALBERTO s/DIVORCIO; CUIJ Nº 21-11470345-9, la cual a continuación se transcribe: Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, y con patrocinio letrado. Acuérdesele la participación legal que por derecho corresponda. Jueza de Trámite: Dra. María José Campanella. Por interpuesta petición de divorcio y formulada propuesta reguladora. Agréguense las constancias acompañadas. De la petición de divorcio: hágase saber. De la propuesta reguladora: traslado por diez días. Dese intervención al Defensor General. A los efectos de fijar la fecha de retroactividad de la sentencia, deberá especificar la contraparte el día, mes y año en que se produjo la separación de hecho. En caso de existir discordancia y/o incontestación, se aplicará el primer párrafo del Art. 480 CCCN. Notifíquese por cédula con copia de la demanda y transcripción del Art. 438 del CCCN. Hágase saber a las partes que ante la falta de contestación a la propuesta efectuada, las pretensiones vinculadas a los efectos del divorcio deberán ser articuladas por separado y por el trámite correspondiente, previo cumplimiento de la Ley 13.151. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien lo atienda o de vecinos si el mismo vive o trabaja allí y sólo en caso afirmativo procederá a efectuar la notificación, bajo apercibimiento de nulidad de la misma, dejando asentado en la diligencia efectuada dicho informe. Fdo. Dra. MARÍA JOSÉ CAMPANELLA, Jueza. El presente edicto se diligencia sin cargo atento la intervención de la Defensoría General Zonal de Villa Gobernador Gálvez, tres veces, venciendo cinco días después de la última publicación (art. 73 del CPCCSF). 18 de Junio de 2026. Dr. Sergio Luis Fuster, secretario.
$ 100 563182 Jun. 25 Jun. 29
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, a cargo del Dr. Ricardo Alberto Ruiz, Secretaría del Dr. Arturo Audano, se hace saber que en los autos caratulados: VERA, JOSÉ EMANUEL s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; Expte. 21-02988194-1, se ha dispuesto lo siguiente: Nº 206 ROSARIO, 23 de Junio de 2025. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Concluir la quiebra de José Emanuel Vera, DNI 40.967.367, por ausencia de pasivo verificado, cesando los efectos propios de la quiebra que pesan sobre la fallida. 2) Imponer las costas del proceso al fallido. 3) Regular los honorarios del Síndico CPN Gustavo Narvaez, en la suma de dos millones cuatrocientos setenta y seis mil quinientos treinta y tres pesos con cincuenta y cinco centavos $ 2.476.533,55, y del Dr. Jerónimo Pablo Etchart en la suma de cuatrocientos noventa y cinco mil trescientos siete pesos $ 495.307, los que se encuentran a cargo de la Sindicatura; y a los apoderados del fallido, Dr. Ignacio A. Arroyo y a Santiago Barbarach, en la suma de seiscientos diecinueve mil ciento treinta y tres pesos con treinta y ocho centavos $ 619.133,38. Notifíquese a cada titular. Vista a Caja Forense y a Caja de Seguridad Social de Abogados y Procuradores, las que se realizarán mediante correo electrónico desde el Juzgado. 4) Publicar edictos por el término de dos días en el BOLETIN OFICIAL. 5) Previa reposición del sellado correspondiente al art. 35 inc. a y art. 36 inc. 6 a (LIA), y al art. 35 inc. a y art. 36 inc. 3 (LIA), ordenar el levantamiento de la inhibición general de bienes y oficiar haciéndose saber la presente a: Registro General de la Propiedad, Registro de la Propiedad Automotor, Registro Nacional de Crédito Prendario, Prefectura Naval Argentina, Administración Provincial de Impuestos, Administración Federal de Ingresos Públicos, Municipalidad de Rosario, Servicio de Catastro e Información Territorial, Policía Federal, Policía Aeronáutica, Dirección Nacional de Migraciones, Gendarmería, Registro Público de Comercio, Registro de Procesos Universales, Mesa de Entradas Única y Correo Argentino y acredítese el Diligenciamiento de los mismos. Insértese y hágase saber. Firma digital: Dr. Ricardo
Alberto Ruiz (Juez); Dr. Arturo Audano (Secretario). Rosario, 19 de Junio de 2026. Sin Cargo Art. 273 inciso 8, Ley 24.522.
S/C 563191 Jun. 25 Jun. 26
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La Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13ª Nominación de Rosario, Dra. Verónica Gotlieb, hace saber que en autos GIORGIS, SILVANA LORENA s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; CUIJ 21-03000166-1, se ha dictado la Resolución Nº 266 de fecha 18 de Junio de 2026 por la cual se estableció: ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS: los autos GIORGIS, SILVANA LORENA s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; CUIJ 21-03000166-1, de trámite ante éste Juzgado, y habiendo el Síndico aceptado el cargo para el que fuera designado, conforme lo normado por el art. 200 de la LCQ; RESUELVO: 1) Fijar hasta el día 13 de agosto de 2026 como fecha tope hasta la cual los acreedores, presenten los pedidos de verificación al síndico debiendo acompañar los títulos justificativos de los mismos en los términos del art. 200 de la LCQ. 2) Fijar el día 11 de Septiembre de 2026 para que la Sindicatura presente el Informe Individual ante este tribunal y el día 23 de octubre de 2026 para la presentación del Informe General. 3) En caso de existir impugnaciones a los pedidos de verificación, la Sindicatura, a los fines de ordenar el procedimiento, deberá presentar al Tribunal un legajo con cada una de las mismas compuesto de copias del pedido de verificación, de la impugnación, de la contestación del impugnado, si la hubiere, y del respectivo informe individual. 4) Publíquense edictos ampliatorios de la resolución de quiebra en el BOLETIN OFICIAL haciendo conocer el nombre y domicilio del Síndico. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Verónica Gotlieb, Jueza; Dr. Lucas Menossi, Secretario. Asimismo, se hace saber que el síndico designado en autos es el CPN RAÚL ESTEBAN VILLAGRA, con domicilio en calle Azcuénaga Nº 8413 de Rosario, con horario de atención de lunes a viernes de 14 a 20 hs. Publíquense edictos durante cinco días, sin cargo conforme art. 189 LCQ. Rosario, 19 de Junio de 2026. Lucas Menossi, secretario.
S/C 563198 Jun. 25 Jul. 1
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 5ª Nominación de Rosario, en los autos caratulados TORRES, FERMIN Y OTROS c/SELLIEZ RICARDO RUBEN Y OTROS s/USUCAPIÓN (N), CUIJ 21-02887466-6, se ha ordenado notificar lo siguiente: ROSARIO, 09 de Diciembre de 2025. No habiendo comparecido la parte demandada (herederos de Ricardo Rubén Selliez) a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, decláreselos rebeldes, y prosiga el juicio sin su representación. Háganse efectivos los apercibimientos y procédase al sorteo de un Defensor de Oficio. Notifíquese por edictos. Fdo. Dra. SILVINA RUBULOTTA (Secretaria); Dra. LUCRECIA MANTELLO (Jueza). Rosario, 7 de Mayo de 2026. Silvina Rubulotta, secretaria.
$ 100 563269 Jun. 25 Jun. 29
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Por disposición del Sr. Juez de Circuito de la 2ª Nominación de Rosario, Pcia. de Santa Fe y en autos: MOREYRA, JORGE ALBERTO c/VERGES, ARSENIO JUAN Y OTROS s/OTRAS DILIGENCIAS; CUIJ Nº 21-12638422-7, se ha ordenado notificar la sentencia dictada en autos mediante la resolución Nº 152 que expresa: Rosario, 15 de mayo de 2026. Y VISTOS... Y CONSIDERANDOS:... FALLO: 1) Haciendo lugar a la demanda instaurada y en consecuencia declarar operada la usucapión a favor de JORGE ALBERTO MOREYRA en fecha 20/09/1999, sobre el inmueble descripto como: LOTE: A Una fracción de terreno, ubicado en zona urbana del distrito Pueblo Esther del departamento Rosario designado como lote A del plano de mensura registrado en el Servicio de Catastro e Información Territorial con el número 246393/2021 con frente al Oeste sobre CALLE TUCUMAN, entre CALLE ITALIA y CALLE URQUIZA, a los 33.16 metros de CALLE ITALIA hacia el Sur, poligonal cerrada de límites de 4 lados, cuyas dimensiones lineales y linderos son los siguientes: el lado A - B mide 13.00 metros, linda al Oeste con CALLE TUCUMAN; el lado B - C mide 33.16 metros, linda al Norte con CAMPOSTRINI JOSE PII: 348811/0789; el lado C - D mide 14.11 metros, linda al Este con GOMEZ OSCAR CAMILO Y OT PII: 348811/1211; el lado D - A mide 27.69 metros, linda al Sur con VERGES ARSENIO Y OT PII: 348811/1089 y cuyos Ángulos internos son en el vértice A: 90Áº0’0”, vértice B: 90Áº0’0”, vértice C: 67Áº10’49”, vértice D: 112Áº49’11”. Encierra una superficie de 395.43 metros cuadrados; siendo la coordenada geodésica del centro de la parcela de latitud -33Áº4’12.68” y longitud -60Áº34’42.42”. Plano duplicado: 246393 2021 - Manzana S/N lote A Plano duplicado: 246393 2021 - Manzana: lote A”; 2) Imponer las costas a la accionada (art. 251 CPPP), teniendo en cuenta la aclaración efectuada respecto a las relativas al Defensor de Oficio; 3) Diferir la regulación de honorarios de los profesionales actuantes hasta tanto se acompañe avalúo fiscal actualizado. 4) Firme que quede la presente y previo los trámites de rigor, ofíciese al Registro General Rosario a fin que se proceda inscribir el dominio a favor de los actores si ello fuera material y registralmente posible. Insértese y hágase saber. (CUIJ 21-12638422-7). Fdo. Dr. Eduardo Arrichuluaga, Juez; Dr. Javier Matías Chena, Secretario. 17 de Junio de 2026.
$ 100 563266 Jun. 25 Jun. 29
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Por disposición del Juzgado 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 16ª Nominación de Rosario, a cargo de la Sra. Jueza Dra. Sabrina Campbell y Secretaría de la Dra. Maria Sol Sedita, hace saber que en los autos caratulados AGUIRRE, RAMON ALFREDO c/AGUIRRE, NESTOR FABIAN Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; CUIJ 21-11891933-2, se ha dispuesto declarar en rebeldía al demandado Sr. RUBEN DARIO PERALTA. Seguidamente se transcribe la siguiente providencia que así lo dispone y ordena la publicación del presente: Rosario, 26 de agosto de 2025. Informe de Mesa de Entradas. Dra MARIA SOL SEDITA Secretaria, Señor Juez: Cumplo en informar no se encuentran escritos sueltos pendientes de agregación. Mesa de Entradas, Téngase presente lo informado por Mesa de Entradas. Al escrito cargo Nº 7042/2025, se provee: Agréguense las cédulas acompañadas. Téngase presente el desistimiento de la acción y del proceso formulado por la actora respecto de los codemandados JULIO RAFAEL NAVEA y AZUL SA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR en los términos del Art 229 del CPCCSF. Procédase por Secretaría a recaratular la presente causa dejando sin efecto la consignación de los demandados nombrados precedentemente y siguiendo la acción respecto de los demás codemandados: MOVI ROSARIO SAU; NESTOR FABIAN AGUIRRE; RUBÉN DARÍO PERALTA y de la citada en garantia PROTECCION MUTUAL DE SEGUROS DEL TRANSPORTE DE PASAJEROS. No habiendo comparecido el demandado RUBÉN DARÍO PERALTA a estar a derecho -a pesar de encontrarse debidamente notificado-, y vencido el término para hacerlo. decláresela rebelde y prosiga el iuicio sin su representación. Notifíquese por cédula. Hágase saber al oficial notificador que deberá cumplimentar correctamente el art. 63 CPCC, y a los fines de preservar el derecho de defensa en caso de no encontrar el requerido deberá preguntar a los habitantes del domicilio, o -en caso de no encontrar a nadie- a los vecinos, si el destinatario efectivamente vive o desarrolla sus actividades en ese lugar dejando constancia de haber realizado tal diligencia y las respuestas obtenidas. Fdo. Dr. Fernando Mecoli (Juez en suplencia) y Dra. Maria Sol Sedita (Secretaria). Rosario 21/05/2026. Al escrito cargo Nº 3671/2026 se provee. Agréguese el edicto acompañado. Atento lo oportunamente decretado en fecha 06/03/2026 y advirtiéndose en este estado que no se ha decretado, respecto del codemandado rebelde, Rubén Darío Peralta el apercibimiento previsto en el art. 78 del CPCCS (sorteo de defensor de oficio) se decreta: Atento lo dispuesto por la Excma Corte Suprema de Justicia de Santa Fe mediante Acuerdo Ordinario celebrado el día 05.12.2017, Acta 48 p. 12 para sorteo de defensor de oficio del codemandado Rubén Darío Peralta desígnase la audiencia del día hábil posterior a que quede firme el presente decreto oficiándose a la Presidencia de la Excma Cámara Civil y Comercial de Rosario - vía correo electrónico por Secretaría - a tal fin Publíquense nuevos edictos en el BOLETIN OFICIAL por el término de tres días a los fines de notificar al codemandado Rubén Darío Peralta el decreto de rebeldía de fecha 26/08/2025 y la presente providencia. Acompañe el edicto a la firma a través del SISFE en escrito separado respecto al escrito de petición. Fdo. Dra. Sabrina Campbell (Jueza). Fdo. Dra. Maria Sol Sedita, secretaria. 16 de Junio de 2026. Dra. María Eugenia Libonati, prosecretaria.
$ 200 563252 Jun. 25 Jun. 29
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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Rosario, a cargo del Dr. Marcelo Norberto Quiroga, Secretaría de la Dra. LORENA A. GONZALEZ, dentro de los autos caratulados OBREGON HECTOR DANIEL c/DE YBARLUCEA Y QUIRNO, MARIA VICTORIA s/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA; CUIJ 21-02860847-8, se cita y emplaza a los herederos de MARÍA VICTORIA IBARLUCEA, DNI F3.396.468, para que comparezcan a estar a Derecho por sí o por apoderado, por el término de ley y en virtud de lo normado por el art. 597 CPCC. Dra. Lorena Andrea Gonzalez, secretaria.
$ 100 563225 Jun. 25 Jun. 29
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la 13ª Nominación de Rosario y en autos CONSORCIO EDIFICIO TORRE GRICON c/GENTILE, LUISA MABEL s/JUICIO EJECUTIVO; 21-02961880-9, se hace saber que se ha decretado lo siguiente: Al escrito cargo Nº 6648/2026: informando verbalmente el Actuario que no existen escritos sueltos pendientes de agregación para estos autos y que los herederos de Luisa Mabel Gentile (DNI 3.994.821) no an comparecido a estar a derecho, decláraselos rebeldes y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese mediante la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL y el Hall de Tribunales según dispone el art. 597 del CPCC. Dr. LUCAS MENOSSI; Dra. VERÓNICA GOTLIEB. 12 de Junio de 2026.
$ 100 563224 Jun. 25 Jun. 29
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La Señora Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de Rosario, Dra. Lucrecia Mantello, en los autos caratulados: TALLARICO MARIA ELENA Y OTROS c/SAVOINI JOSE LUIS Y OTROS s/USUCAPION (CUIJ 21-01197636-8, EXPTE 266/09), hace saber que hizo lugar a la demanda impetrada por María Elena Tallarico, contra Jose Luis, Angela Panacea, Cristina Antonia, Carlos Antonio, Eisa Carmen y Ángel Antonio Savoini, que tenía por objeto la adquisición por usucapión del inmueble de calle Crespo 1256/58 de Rosario (DOMINIO Tomo 232C, Folio 1650, Nº 114843 de la Sección Propiedades, Dpto Rosario, del Registro General de esa ciudad) por medio de la sentencia cuya parte resolutiva se transcribe: Nº 429 del 10/12/2025. Y VISTOS:...; Y COSNIDERANDO:...; RESUELVO: 1. Hacer lugar a la demanda y, en consecuencia, declarar adquirido por usucapión a favor de María Elena Tallarico el inmueble ut supra descripto; ordenar otorgarle el título supletorio sobre el mismo y librar oficio al Registro General de Rosario a fin de hacer efectivo lo aquí resuelto. 2. Imponer las costas a la vencida, sin perjuicio de lo precisado en los considerandos sobre los honorarios de defensor de oficio. 3. Honorarios oportunamente. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Lucrecia Mantello, JUEZA; Dra. Silvina L. Rubulotta, SECRETARIA. Rosario, 16 de Junio de 2026.
$ 100 563223 Jun. 25 Jun. 29
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Por disposición del Señor Juez Daniel Gonzalez, en los autos caratulados ACOSTA, SILVIA MARCELA c/YBARLUCEA Y QUIRNO DE CANCEL MARIA VICTORIA s/PRESCRIPCION ADQUISITIVA; 21-02974806-0 JUZG. DE 1ª INSTANCIA DE CIRCUITO Nº 1 - DENOM.ANTERIOR - Ref. Ley 14264 de Rosario, se ha dictado la siguiente resolución: Rosario, 03 de Junio de 2026; Informándose que la parte emplazada MARÍA VICTORIA YBARLUCEA Y QUIRNO DE CANCEL, no ha comparecido a estar a Derecho, decláresela rebelde. Publíquense edictos por dos (2) días y en la forma prescripta por el art. 73 y 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Fdo. Secretaría: Dra. GABRIELA M. KABICHIAN Firmado digitalmente Juez en suplencia Firmado digitalmente. 16 de Junio de 2026. Dra. Rosa Kaminsky, prosecretaria.
$ 100 563189 Jun. 25 Jun. 29
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, a cargo de la Dra. Lucrecia Mantello (Jueza), Secretaría de la Dra. Silvina Rubulotta, en los caratulados BEDOURET, LUIS MARTÍN c/VALLS, DIEGO y otros s/APREMIO POR COBRO DE HONORARIOS; (CUIJ 21-03003217-6), se ha ordenado la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL con el objeto de notificar y emplazar al Sr. Diego José Valls (DNI 29.000.096), para que comparezca a estar a derecho dentro del término de tres (3) días bajo apercibimiento de ley. Se transcribe a continuación la parte resolutiva de los autos que lo ordenan: Rosario, 08 de junio de 2026. Por iniciada la acción que expresa la que tramitará por la vía del juicio de APREMIO. Cítese de remate a las partes demandadas por el término y bajo los apercibimientos de ley. A tenor del art. 597 C.P.C.C., cítese asimismo a los herederos de Gerardo Diego Valls a comparecer dentro del término de tres días, bajo apercibimientos de designar defensor de oficio. Notifíquese. Fdo. Lucrecia Mantello (Juez); Silvina Rubulotta, Secretaria. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, 18 de Junio de 2026. Fdo. Dra. Silvina Rubulotta, Secretaria.
$ 100 563172 Jun. 25 Jun. 29
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, a cargo de la Dra. Lucrecia Mantello (Jueza), Secretaría de la Dra. Silvina Rubulotta, en los caratulados BEDOURET, LUIS MARTÍN c/VALLS, DIEGO y otros s/APREMIO POR COBRO DE HONORARIOS; (CUIJ 21-03003217-6), se ha ordenado la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL con el objeto de citar y emplazar a los herederos del Sr. Gerardo Diego Valls (DNI 11.272.646), para que comparezcan a estar a derecho dentro del término de tres (3) días, bajo apercibimiento de designarse curador ad hoc y defensor de los herederos rebeldes, conforme lo dispuesto por el art. 597 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Santa Fe. Se transcribe a continuación la parte resolutiva del auto que lo ordena: Rosario, 08 de junio de 2026. Por iniciada la acción que expresa la que tramitará por la vía del juicio de APREMIO. Cítese de remate a las partes demandadas por el término y bajo los apercibimientos de ley. A tenor del art. 597 C.P.C.C., cítese asimismo a los herederos de Gerardo Diego Valls a comparecer dentro del término de tres días, bajo apercibimientos de designar defensor de oficio. Notifíquese. A los efectos legales pertinentes, se transcribe el art. 597 CPCC. Santa Fe: Si la demanda hubiere de dirigirse contra una persona fallecida o si el demandado muriere durante el procedimiento, se emplazará por edictos, en la forma ordinaria, a los herederos. En caso de que no comparecieren en término, se nombrará un curador, que tendrá la doble función de curador ad hoc de la herencia y, en su caso, de defensor de los herederos rebeldes y con el cual se entenderá la demanda o el procedimiento. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, 16 de Junio de 2026. Fdo. Dra. Silvina Rubulotta, Secretaria.
$ 100 563171 Jun. 25 Jun. 29
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial 18ª Nominación de Rosario, se hace saber que en los autos caratulados: CACERES, LUIS ALBERTO c/SCHONFELD, ADOLFO JOSE Y OTROS s/COBRO DE PESOS; CUIJ 21-00089664-8, se ha dictado el siguiente auto regulatorio: Nº 435. Rosario, 11 de mayo de 2026. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Regular en forma los honorarios del Dr. Cerino Eduardo Victor, en la suma de $ 40.672.322,94 (equivalente a 316,53 jus) - (Art. 6 y 8 Ley 6767), la que será actualizada conforme el valor jus hasta tanto la presente quede firme. Los honorarios regulados serán abonados por quien corresponda y devengarán desde la mora un interés que se fija en la tasa activa promedio mensual capitalizada que publica el BCRA (Fallo: Taller Ecologista c/Provincia de Santa Fe s/Otras Diligencias de este Tribunal). Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Susana Gueiler, Jueza; Dra. Patricia Beade, Secretaria. Secretaría, 18 de Junio de 2026. Dra. Melisa A. Lobay, prosecretaria.
$ 100 563166 Jun. 25 Jun. 29
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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia en los Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Fernando A. Mécoli, de conformidad con lo dispuesto en el art. 1877 del Código Civil y Comercial de la Nación, se ha ordenado citar a quienes pretendan derechos sobre los títulos valores de la sociedad para que se presenten dentro de los 30 días corridos ante el perito contador Adriana Nanci Tazzioli, con domicilio en calle San Juan 3594, Rosario, designado dentro de los autos caratulados: “GLG CONSTRUCCIONES SA s/Relativa a Materia Societaria”, CUIJ Nº 21-02999916-0, para alegar y probar cuanto estimen pertinente, bajo apercibimiento de resolverse con las constancias que se agreguen a las actuaciones.
$ 500 563026 Jun. 25 Jul. 1
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 12º Nominación de Rosario, DR. FABIAN E. DANIEL BELLIZIA, dentro de los autos caratulados: CAGGIANO ANDRES ROQUE c/ZORICO CARLA Y OTROS s/
Impugnacion de la Filiacion, CUIJ 21-02998677-8 se ha ordenado publicar edictos por el término de ley del primer decreto de trámite, en el que se dispone: “ROSARIO, 18/12/2025. En la ciudad de Rosario y en la fecha asignada en el sistema de gestión SISFE (CSJSF, Acta Nº 14 del 13/05/2020, pto. XV) Téngase presente lo manifestado. Habiendo cumplimentado con lo requerido, se provee: Por presentado, con domicilio legal constituido y en el carácter invocado a mérito del Poder especial acompañado. Désele la participación que por derecho les corresponde. Agréguese la Boleta Colegial. Por Iniciada la acción que expresa. Cítese y emplácese a estar a los herederos de Andres Oscar Tomas Caggiano (DNI Nº 6.042.143) y Rosa Adela Zorico (DNI Nº 3.683.621) por el término y bajo los apercibimientos de ley. Imprímase a los presentes el trámite del juicio ordinario (artículo 387 inc. a del CPCC). Téngase presente la prueba ofrecida para su oportunidad. Publiquense edictos según art. 597 CPCC. Notifíquese por cédula a la Sra. Carla Zorico (DNI Nº 27.211.534) la promoción de los presentes. Ofíciese al Instituto Médico Legal a los fines peticionados. Procédase a la recaratulación quedando de la siguiente forma: “CAGGIANO ANDRES ROQUE c/ZORICO CARLA Y OTROS s/Impugnacion de la Filiacion” CUIJ Nº 21-02998677-8.-“ Fdo. DR DR. FABIAN E. DANIEL BELLIZIA (Juez) DRA. ELISABET CARLA FELIPPETTI (Secretaria subrogante).El presente edicto se publicará SIN CARGO ALGUNO en virtud del patrocinio ejercido en los autos por la Defensoría Civil Nº 8.- Secretaría, Rosario, 17 de JUNIO de 2026.ARTICULO 597. Si la demanda hubiere de dirigirse contra una persona fallecida o si el demandado muriere durante el procedimiento, se emplazará por edictos, en la forma ordinaria, a los herederos. En caso que no comparecieren en término, se nombrará un curador, que tendrá la doble función de curador ad hoc de la herencia y, en su caso, de defensor de los herederos rebeldes y con el cual se entenderá la demanda o el procedimiento. Cerliani, secretaria.
S/C 563028 Jun. 25 Jun. 29
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 17º Nominación de Rosario, Dra. María Silvia Beduino, y dentro de los autos caratulados: “BAEZ, JORGE MAXIMILIANO c/FONTANARROSA,DARIO NICOLAS s/Ejecución de Sentencias” CUIJ 21-03003301-6, se ha ordenado notificar al Sr. DARIO NICOLAS FONTANARROSA, DNI Nº 26.999.990, del siguiente auto: Nº 392. ROSARIO, 29 de mayo de 2026. Y vistos: Y considerando: .... Por ello, Resuelvo: Regular los honorarios profesionales de la Dra. MARÍA CAROLINA DOCTOROVICH, CUIT 27-24193650-9, por los trabajos realizados en los presentes en la suma de $ 985.578,51 (7,67 JUS), con más IVA si correspondiere (art. 7 inc. 2B de la ley 6767). Los honorarios regulados una vez que el presente auto adquiera firmeza se convertirán en deuda dineraria y devengará un interés moratorio equivalente a la tasa activa mensual sumada del Banco Nación para las operaciones de descuento de documentos. Córrase vista a Caja Forense. Insértese y hágase saber” Fdo. Dra. M. Florencia Di Rienzo (Secretaria) Dra. M. Silvia Beduino (Jueza).
$ 100 563031 Jun. 25 Jun. 29
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la tercera Nominación de Rosario, Dr. EZEQUIEL M. ZABALE (Juez) Secretaría de la Dra. MAYRA IBAÑEZ, en los autos caratulados: “QUINTANA, RAUL HECTOR c/ YAKOBY, STELLA MARIS Y OTROS s/Prescripción Adquisitiva CUIJ Nº 21-02996727-7, se ha dispuesto lo siguiente: “ROSARIO, 03/06/2026. A tenor de lo normado en el art. 597 C.P.C.C., emplácese a los herederos de la Sra. Stella Mary Yakoby a que comparezcan a estar derecho en el término de tres (3) días, por edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL y Hall de Tribunales por el término de ley, bajo apercibimiento de nombrar curador que tendrá la doble función de curador ad hoc de la herencia y, en su caso, de defensor de los herederos rebeldes y con el cual se entenderá la demanda”. Fdo: Secretaría: DRA. MAYRA IBAÑEZ. Rosario 18 de junio de 2026.
$ 100 563050 Jun. 25 Jun. 29
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Se hace saber que en autos caratulados: SANTONE, CAMILO Y OTROS c/Herederos de Moreno Virginia Y Otros s/Juicios Sumarios. CUIJ 21-02959700-3, de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 2 (Denominac. Anterior ref. ley 14264) de Rosario, a cargo del Dr. Eduardo H. Arichuluaga, se ha dictado lo siguiente: ROSARIO, 10 de junio de 2026. Informándose verbalmente por Secretaría en este acto que la parte emplazada no ha comparecido a estar a Derecho, declárasela rebelde, siguiendo el juicio sin su representación. Oportunamente, para sorteo de Defensor de Oficio, ofíciese a la Presidencia de Cámara Civil. Notifíquese por edictos en los términos y bajo los apercibimientos de ley (art. 67, 73 y 78 del CPCC). (Fdo. Dr. Eduardo H. Arichuluaga, Juez). Chena, secretario.
$ 100 563038 Jun. 25 Jun. 29
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El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de El Trébol, Provincia de Santa Fe, llama a los herederos, acreedores y legatarios de PARISI, RICARDO CESAR JULIO, Documento Nacional de Identidad Nro. 06.083.934, para que, dentro del término de diez días comparezcan a este Juzgado en los autos caratulados: “PARISI, RICARDO CESAR JULIO s/Declaratoria de Herederos”. CUIJ NRO. 21-28905556-5, a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos correspondientes.- Publíquense edictos por el termino de ley en el BOLETÍN OFICIAL, los que deberán ser suscriptos por el profesional de conformidad con lo dispuesto por los arts. 25 y 67 del C.P.C.C. El Trébol, 17 de Junio de 2026.
$ 45 563029 Jun. 25
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/CARUSO CRISTIAN NAHUEL s/APREMIO MUNICIPAL; CUIJ 21-22769570-3, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: Nº 1 Arroyo Seco, 3/02/2026. VISTA: la demanda incoada en los autos identificados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que en copia digitalizada se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 141.816,57, en concepto de capital, con más la suma de $ 42.544,97, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. El empleado notificador deberá cumplir con el procedimiento en CPC, 63 y, caso de no ser hallado el requerido, previo a fijar la cédula, deberá cerciorarse de que el demandado viva en ese domicilio, dejando debida constancia de ello en el informe respectivo. 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dr. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a CARUSO CRISTIAN NAHUEL y/o RESPONSABLE DIRECTO y/o RESPONSABLE SOLIDARIO DEL PAGO DEL IMPUESTO PATENTE UNICO SOBRE VEHICULO RESPECTO DEL DOMINIO KY8525 (art. 28 ley 5066). Arroyo Seco, 9 de Abril de 2026. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.
S/C 563219 Jun. 25 Jun. 29
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/AGUZZI JOSE MARIA s/APREMIO MUNICIPAL; CUIJ 21-22769585-1, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 961. Arroyo Seco, 19/11/2025. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: l. Agregar BUIJ que en copia digitalizada acompaña, admitir la demanda y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general acompañada que en copia digitalizada se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC art. 38). Denuncie correo de cortesía; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado, sobre el vehículo denunciado en cuanto fuere de propiedad de la demandada, por la suma de pesos $ 132.402,31 en concepto de capital, con más la suma de $ 40.000 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. El empleado notificador que deberá cumplir con el procedimiento en CPC, 63 y, caso de no ser hallado el requerido, previo a fijar la cédula, deberá cerciorarse de que el demandado viva en ese domicilio, dejando debida constancia de ello en el informe respectivo; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dr. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a AGUZZI JOSE MARIA y/o RESPONSABLE DIRECTO y/o RESPONSABLE SOLIDARIO DEL PAGO DEL IMPUESTO PATENTE UNICO SOBRE VEHICULO RESPECTO DEL DOMINIO GWQ933 (art. 28 ley 5066). Arroyo Seco, 9 de Abril de 2026. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.
S/C 563217 Jun. 25 Jun. 29
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/RAMON BRITOS s/APREMIO MUNICIPAL CUIJ 21-22769053-1, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 1132. Arroyo Seco, 16/10/2024. VISTA: la demanda incoada en los autos identificados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 13.310,93, en concepto de capital, con más la suma de $ 13.310,93, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. 9. Designar Oficial de Justicia ad hoc a Román Andrés Idá, quien deberá concurrir por Secretaria cualquier día y hora hábil de audiencia a los fines de aceptar el cargo, quien actuará bajo responsabilidad y a exclusivo cargo de la actora. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dra. MARIANA ALVARADO, JUEZ. ARROYO SECO, 05 de Agosto de 2025; Por presentado, en el carácter invocado, a mérito del poder general acompañado. Acéptase el domicilio ad-litem constituido. Otórguesele la participación legal correspondiente. Déjese sin efecto la designación de oficial de justicia ad-hoc del Sr. Román Andrés Ida. A lo demás, estése a la resolución N° 1132 del 16/10/2024. Fdo. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dra. MARIANA ALVARADO, JUEZ; En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los sres. RAMON BRITOS y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0009308-00, LOTE 92, MANZANA 8, RUTA 33. (art. 28 ley 5066). Arroyo Seco, 13 de Abril de 2026. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.
S/C 563216 Jun. 25 Jun. 29
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/CECILIA ROSETTI Y OTRO s/APREMIO MUNICIPAL; CUIJ 21-22769055-8, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 1129. Arroyo Seco, 16/10/2024. VISTA: la demanda incoada en los autos identificados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y; en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 32.547,29, en concepto de capital, con más la suma de $ 32.547,29, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio {art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. 9. Designar Oficial de Justicia ad hoc a Román Andrés Idá, quien deberá concurrir por Secretaria cualquier día y hora hábil de audiencia a los fines de aceptar el cargo, quien actuará bajo responsabilidad y a exclusivo cargo de la actora. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dra. MARIANA ALVARADO, JUEZ. ARROYO SECO, 5 de Agosto de 2025 Por presentado, en el carácter invocado, a mérito del poder general acompañado. Acéptase el domicilio ad-litem constituido. Otórguesele la participación legal correspondiente. Déjese sin efecto la designación de oficial de justicia ad-hoc del Sr. Román Andrés Ida. A lo demás, estése a la resolución Nº 1129 del 16/10/2024. Fdo. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dra. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los sres. ROSETTI CECILIA y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0008548-00, LOTE 024, MANZANA G, RUTA 22. {art. 28 ley 5066). Arroyo Seco, 13 de Abril de 2026. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.
S/C 563214 Jun. 25 Jun. 29
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/OSCAR VELAZQUEZ Y OTRA s/APREMIO MUNICIPAL; CUIJ 21-22769062-0, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 1130. Arroyo Seco, 16/10/2024. VISTA: la demanda incoada en los autos identificados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 26.993,40, en concepto de capital, con más la suma de $ 26.993,40, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. 9. Designar Oficial de Justicia ad hoc a Román Andrés Idá, quien deberá concurrir por Secretaria cualquier día y hora hábil de audiencia a los fines de aceptar el cargo, quien actuará bajo responsabilidad y a exclusivo cargo de la actora. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dra. MARIANA ALVARADO, JUEZ. ARROYO SECO, 05 de Agosto de 2025; Por presentado, en el carácter invocado, a mérito del poder general acompañado. Acéptase el domicilio ad-litem constituido. Otórguesele la participación legal correspondiente. Déjese sin efecto la designación de oficial de justicia ad-hoc del Sr. Román Andrés Ida. A lo demás, estése a la resolución N° 1130 del 16/10/2024. Fdo. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dra. MARIANA ALVARADO, JUEZ; En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los sres. VELAZQUEZ OSCAR y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0006674-00, LOTE 016, MANZANA 001, RUTA 14. (art. 28 ley 5066). Arroyo Seco, 13 de Abril de 2026. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.
S/C 563213 Jun. 25 Jun. 29
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ANGEL GOMEZ Y SRA s/APREMIO MUNICIPAL; CUIJ 21-22769057-4, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° Arroyo Seco, VISTA: la demanda incoada en los autos identificados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 47.384,02, en concepto de capital, con más la suma de $ 47.384,02, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. 9. Designar Oficial de Justicia ad hoc a Román Andrés Idá, quien deberá concurrir por Secretaria cualquier día y hora hábil de audiencia a los fines de aceptar el cargo, quien actuará bajo responsabilidad y a exclusivo cargo de la actora. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dra. MARIANA ALVARADO, JUEZ. ARROYO SECO, 05 de Agosto de 2025; Por presentado, en el carácter invocado, a mérito del poder general acompañado. Acéptase el domicilio ad-litem constituido. Otórguesele la participación legal correspondiente. Déjese sin efecto la designación de oficial de justicia ad-hoc del Sr. Román Andrés Ida. A lo demás, estése a la resolución Nº 1127 del 16/10/2024. Fdo. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dra. MARIANA
ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los sres. GOMEZ ANGEL y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0004505-00, LOTE 013F, MANZANA 077, RUTA 00. (art. 28 ley 5066). Arroyo Seco, 13 de Abril de 2026. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.
S/C 563212 Jun. 25 Jun. 29
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/EDUARDO TUCCI Y SRA s/APREMIO MUNICIPAL CUIJ 21-22769056-6, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: Nº 1136. Arroyo Seco, 16/10/2024. VISTA: la demanda incoada en los autos identificados supra; RESUELVO: l. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 12.579,03, en concepto de capital, con más la suma de $ 12.579,03, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066}; 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. 9. Designar Oficial de Justicia ad hoc a Román Andrés Idá, quien deberá concurrir por Secretaria cualquier día y hora hábil de audiencia a los fines de aceptar el cargo, quien actuará bajo responsabilidad y a exclusivo cargo de la actora. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dra. MARIANA ALVARADO, JUEZ. ARROYO SECO, 05 de Agosto de 2025; Por presentado, en el carácter invocado, a mérito del poder general acompañado. Acéptase el domicilio ad-litem constituido. Otórguesele la participación legal correspondiente. Déjese sin efecto la designación de oficial de justicia ad-hoc del Sr. Román Andrés Ida. A lo demás, estése a la resolución Nº 1136 del 16/10/2024. Fdo. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dra. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los sres. TUCCI EDUARDO y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0001913-00, LOTE 031, MANZANA 078, RUTA 00. (art. 28 ley 5066}. Arroyo Seco, 13 de Abril de 2026. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.
S/C 563211 Jun. 25 Jun. 29
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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados: “VARIEGO RENAUD JORGE EDUARDO s/ Cambio De Nombre. CUIJ Nº 21-02976700-6 hace saber mediante edictos que el Sr. JORGE EDUARDO VARIEGO, solicita cambio de nombre (VARIEGO RENAUD) y pidiendo que se consigne como su nombre y apellido: JORGE EDUARDO VARIEGO RENAUD, en virtud de lo dispuesto por el Art. 70 del código Civil y Comercial de la Nación. Publíquense edictos una vez por mes durante el término de dos meses en el BOLETIN OFICIAL y Hall de tribunales.12 de noviembre de 2026.Lucas Menossi, secretario.
$ 100 556706 Jun. 25
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Por disposición del Juzgado de 1era. Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar y emplazar a las herederas de TERESA CAMPAGNARO, DNI 4.844.438, por el plazo de ley y bajo los apercibimientos del art. 597 CPCC. AUTOS: "FIDANZA HECTOR Y OT y otros C/CAMPAGNARO TERESA Y OTS y otros S/JUICIOS ORDINARIOS - CUIJ Nº 21-00787384-8".-
$ 100 563420 Jun. 25 Jun. 29
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante HUGO ROBERTO LEONARDI (DNI 6.042.961) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "LEONARDI, HUGO ROBERTO s/SUCESORIO C Y C 3" CUIJ 21-03008172-9. Fdo. Dra. Prosecretaría. Rosario,
$ 45 Jun. 25
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JORGE HORACIO MARTI, DNI 10.528.827 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "MARTI, JORGE HORACIO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" CUIJ N° 21-03008349-8. Fdo.DRA. Vanina C. Grande – Secretaria
$ 45 Jun. 25
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 20° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante GABRIEL ESTEBAN PERALTA, D.N.I. N°: 20.175.793, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos.- Autos caratulados "PERALTA, GABRIEL ESTEBAN S/ SUCESORIO" (CUIJ N°: 21-03008430-3). Fdo. Prosecretaría. Rosario,
$ 45 Jun. 25
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 8 en lo Civil, y Comercial de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante RAMONA ALCIRA ZEBALLOS DNI 4.739.584 por un dia para que lo acrediten dentro de los treinta días, en los autos caratulados "ZEBALLOS RAMONA ALCIRA S/DECLARATORIA DE HEREDEROS" CUIJ 21-03008311-0 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Jun. 25
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante REBOLI, ANTONIA MARTHA (DNI 3.702.039), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados:REBOLI, ANTONIA MARTHA S/ SUCESORIO – 21-03007923-7
$ 45 Jun. 25
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante FOGEL, SILVIA NÉLIDA, D.N.I. N° 5.212.727, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "FOGEL, SILVIA NÉLIDA S/ SUCESORIO C Y C 8", CUIJ 21-03008649-7.
$ 45 Jun. 25
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Por disposición de la Sra. Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante TASSO, DANTE ABEL - D.N.I. 8.344.307 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "TASSO, DANTE ABEL S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ 21-03008417-6). Fdo. Prosecretaria
$ 45 Jun. 25
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 13va Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JUAN CARLOS RUIZ DNI 20.409.296, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "RUIZ, JUAN CARLOS S/ SUCESORIO C Y C 13" (CUIJ N.º 21-03008759-0). Fdo. Prosecretaria
$ 45 Jun. 25
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 13RA Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante NOELIA INMACULADA BOZZO D.N.I. 4.241.487 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: BOZZO NOELIA INMACULADA S/SUCESORIO" (CUIJ Nº21-03008373-0). Fdo. DRA. VERÓNICA GOTLIEB JUEZA
$ 45 Jun. 25
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes OSCAR OSMAR TABORDA D.N.I. 6.045.767 y BLANCA EVA FAURLIN D.N.I. 4.437.914 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "Taborda, Oscar Osmar y otros s/Declaratoria de Herederos" (CUIJ 21-03007541-9).
$ 45 Jun. 25
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POR DISPOSICIÓN DEL SEÑOR JUEZ DE DISTRITO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA DECIMOCUARTA NOMINACION DE ROSARIO SE HA ORDENADO CITAR A LOS HEREDEROS ACREEDORES Y TODOS LOS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHO A LOS BIENES DEJADOS POR LA CAUSANTE MARTA TERESA VITTORI, DNI 2.454.384, POR UN DIA PARA QUE LO ACREDITEN DENTRO DE LOS 30 DIAS CORRIDOS. AUTOS: "VITTORI MARTA TERESA S/ SUCESORIO" CUIJ 21030081495. Fdo. Prosecretaría.
$ 45 Jun. 25
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 7° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante SERGIO RUBEN JOSE CASAS (D.N.I.16.344.832) por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "CASAS, SERGIO RUBEN JOSE S/SUCESION" (CUIJ 21-03008328-5) Fdo: Dr. Ezequiel R.Torres. Prosecretario. Rosario de Junio de 2026. En trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Jun. 25
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 2° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante LIDIA IRENE BEZOS D.N.I.4.616.347 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "BEZOS, LIDIA IRENE S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ N.º 21-03007917-2). Fdo. Prosecretaria
$ 45 Jun. 25
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3ra. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante SILVINA IRENE ABAROA (DNI 20.402.544) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "ABAROA, SILVINA IRENE S/ SUCESORIO C Y C 3", CUIJ N°21-03008314-5. Fdo.
$ 45 Jun. 25
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Por disposición del SR. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA de DISTRITO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA 12° NOMINACION DE ROSARIO, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RENÉE MARTINA PÉREGO, D.N.I. nro. 4.973.756, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "PEREGO, RENEE MARTINA S/ SUCESORIO" cuij 21-03008450-8. Rosario, de junio 2026.
$ 45 Jun. 25
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Por disposición del Señor Juez de Distrito Civil y Comercial de la 4° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos lo que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante ALBERTO OSCAR IANNELLI, (DNI 5.410.246) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos.- Autos caratulados "IANNELLI, ALBERTO OSCAR S/ SUCESORIO, CUIJ 21-03001612-9".-Fdo: Prosecretaria.-
$ 45 Jun. 25
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante BIGAR NELIDA (DNI 5.179.779) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "BIGAR, NELIDA S/SUCESORIO C Y C 12". CUIJ Nº 21-03006169-9 Fdo..DRA. Vanina C. Grande
$ 45 Jun. 25
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante "ALVAREZ, JUSTO ERNESTO" y/o "ALVARES, JUSTO ERNESTO" (DNI 7.877.761) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "ALVAREZ, JUSTO ERNESTO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ N° 21-02999606-4). Fdo.DRA. Vanina C. Grande – Secretaria.-"
$ 45 Jun. 25
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 22° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes JUAN JOSE LIER D.N.I. (6.054.705) y FRANCISCA RAMONA INSAURRALDE D.N.I. (5.336.803), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "LIER, JUAN JOSE Y OTROS S/DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 22" CUIJ N° 21-02999778-8. Fdo. Prosecretaria
$ 45 Jun. 25
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Por disposición de la Señora Juez de Distrito Civil y Comercial de la 5° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos lo que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante MARIA JUANA GIULIANTE (DNI 3.066.237) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días.- Autos caratulados "GIULIANTE, MARIA JUANA S/SUCESORIO - CUIJ 21-02986825-2.-Fdo: Prosecretaria.-
$ 45 Jun. 25
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3ra. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante SILVINA IRENE ABAROA (DNI 20.402.544) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “ABAROA, SILVINA IRENE S/ SUCESORIO C Y C 3”, CUIJ N°21-03008314-5.
$ 45 Jun. 25
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 2° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ANGEL RAMON ESPINA (D.N.I. 14.704.665) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “ESPINA, ANGEL RAMON S/ SUCESORIO” (CUIJ Nº 21-03007786-2). Fdo. Prosecretaría
$ 45 Jun. 25
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante NANCI NORA FORNO, D.N.I. 11.871.017, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “FORNO, Nanci Nora s/ SUCESORIO” (CUIJ. 21-03006637-2). Fdo. Fernanda I. Virgolini, Prosecretaria
$ 45 Jun. 25
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante GRACIELA NOEMI CASANOVA, D.N.I. 6.195.155 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados:“CASANOVA, GRACIELA NOEMI S/ SUCESIÓN TESTAMENTARIA - C Y C 10” (CUIJ N° 21-03007433-2). Fdo.: Dra. FERNANDA I. VIRGOLINI (Prosecretaria)
$ 45 Jun. 25
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RIVAROLA MARTA SUSANA D.N.I. 5.824.826 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “RIVAROLA, MARTA SUSANA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 10” (CUIJ. 21-03008499-0). Fdo. Prosecretaria
$ 45 Jun. 25
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de El Trébol (S. Fe), en autos “PITTARO ADRIAN S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ N° 21-28905486-0 se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. ADRIAN PITTARO, DNI Nº 12.788.332. Quien tuviera último domicilio en calle Cortada Centenario N° 642 de la localidad de El Trébol, Pcia. de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. EDICTO A PUBLICAR 5 VECES EN 10 DÍAS, CONFORME LO ESTABLECE EL ART. 592 CPCC.
$ 45 Jun. 25
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FIRMAT
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nº3 en lo Civil, Comercial y Laboral de Firmat, a cargo de la Dra. Laura Barco, Juez, Dr. Federico Solsona, dentro de los autos caratulados: “ROSENZVAIG RICARDO DANIEL s/Quiebra” (CUIJ Nº 21-26408136-7), se ha dispuesto notificar el presente decreto: Firmat, 28 de Marzo de 2025.- Proveyendo cargo nro 1698/2025: Téngase por presentado el informe final y proyecto de distribución (art. 218 LCQ). Póngase el mismo de manifiesto a disposición de los interesados por el término de ley. Publíquense edictos como se solicita. Agréguese informe bancario acompañado. Adjuntese constancia de ARCA remitido. A despacho para regulación de honorarios. Fdo. Dra. Laura Barco, Juez, Dr. Federico Solsona, Secretaria. Firmat, 19 de Septiembre de 2025.
$ 100 563035 Jun. 25 Jun. 29
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Por disposición de la Señora Jueza, de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 16 de la ciudad de Firmat, Pcia. de Santa Fe, Dra. Laura Barco, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante DAMY, MIRTHA GRACIELA DNI 21.879.142, para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos caratulados: DAMY MIRTHA GRACIELA s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; CULI 21-26426608-1, año 2025. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Firmat, de 2026. Dra. Natalia P. Grillo, Secretaria.
$ 45 Jun. 25
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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito N° 16 en lo Civil, Comercial y Laboral de Firmat, a cargo de la Dra. Laura M. BARCO, JUEZ; Secretaría a cargo de la Dra. Natalia GRILLO, en los autos caratulados: CALETTI, HORACIO JORGE s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; (Expte. CUIJ 21-26426944-7), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios de HORACIO JORGE CALETTI D.N.I. N° 6.127.312, para que comparezcan ante este Juzgado a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Fdo. Dra. Laura M. BARCO (Juez); Dra. Natalia GRILLO, Secretaria.
$ 45 Jun. 25
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Por disposición de la Jueza Civil, Comercial y Laboral Sec. Unica de la ciudad de Firmat, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante Jorge Daniel Spessot (14.801.159), por un dia para que lo acrediten dentro de los treinta dias corridos. Autos caratulados SPESSOT JORGE DANIEL s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; CUIJ 21-26427433-5, de trámite por ante el Juzgado Civil, Comercial y Laboral Sec. Unica de la ciudad de Firmat, Santa Fe. Dra. María Laura Mainente, prosecretaria.
$ 45 Jun. 25
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Por disposición de la señora Juez de 1ª Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral de Firmat, se hace saber que en los autos caratulados: SCARPECCIO ANTONIO AURELIO MARIANO s/SUCESORIO; CUIJ N° 21-26427024-0, se ha ordenado la publicación del presente por un día para que dentro de los 30 días siguientes a su vencimiento se presenten en autos los posibles herederos, acreedores y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por el causante SCARPECCIO ANTONIO AURELIO MARIANO, DNI N° 6.108.957, (art. 2340 C.C.C.), a hacer valer sus derechos. Firmat. de 2026. Dra, Natalia Grillo, Secretaria; Dra. María Laura Mainente, prosecretaria.
$ 45 Jun. 25
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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Distrito N° 16 de la Ciudad de Firmat, Provincia de Santa Fe, a cargo de la Dra. Laura M. Barco (Juez) y de la Dra. Natalia P. Grillo (Secretaria), en los autos caratulados: CIANCIO MARTA NILDA s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; CUIJ 21-26427101-8, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios de la Sra. CIANCIO, MARTA NILDA, D.N.I. Nº 5.946.413, para que comparezcan ante este Juzgado a hacer valer sus derechos dentro del término de ley bajo apercibimiento de ley. Firmat, 15/04/2026. Fdo. Dra. Laura M. Barco (Juez) y Dr. Natalia P. Grillo, (Secretaria). Dra. María Laura Mainente, prosecretaria.
$ 45 Jun. 25
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casilda
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
EL SEÑOR JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO JUDICIAL Nº 7 EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL Nº 1 CON SEDE EN CASILDA, DENTRO DE LOS AUTOS CARATULADOS: PACILIO MARIO ALBERTO Y OTROS c/POLONIA A. VDA. DE LOPEZ s/USUCAPION; CUIJ 21-25804626-6, HA DICTADO LAS SIGUIENTES RESOLUCIONES: Nº 1733 de fecha 16/12/2025, Vistos: Considerando: Resuelvo: 1) Hacer lugar a la presente demanda de prescripción adquisitiva, teniéndose por acreditada la misma respecto del Señor LEONARDO JESUS GONZALEZ, DNI Nº 30.349.154, de estado civil soltero, sin unión convivencial formalizada, con domicilio en calle Güemes 1662 de esta ciudad; 2) Ordénese la inscripción de una fracción de terreno con todo lo clavado y plantado, ubicada en la ciudad de Casilda, Departamento Caseros de ésta Provincia de Santa Fe, comprendida en la manzana Nº 65 de la sección A, la que según el plano de mensura confeccionado por Agrimensor Nacional Ricardo Torresi, está ubicada sobre calle Moreno a los 20 mts. Hacia el NO de la calle San Luis y a los 70 mts. Hacia el SE de calle San Juan y se compone de 10 mts. De frente a sus lados NE y SO por donde linda con calle Moreno y Matilde H. de Hag, respectivamente y 50 mts. De fondo en sus lados NO y SE, lindando en ambos lados con propietarios desconocidos. Encierra una superficie total de 500 metros cuadrados. Conforme Certificado Catastral, Conforme a los efectos del pago del impuesto inmobiliario inscripto bajo partida inmobiliaria Nº 180501888551/00008; 3) Determinar que la fecha de adquisición que por Cesión se hace extensiva al legitimado activo el Sr. Leonardo Jesus Gonzalez, es 26/09/1998; 4) Imponer las costas del presente a la demandada vencida, sin perjuicio de que deberá soportar provisoriamente la parte actora los gastos que demandó la intervención del defensor de oficio así como también la de su propio letrado pudiendo eventualmente repetir lo abonado contra la parte demandada ausente en caso de ser hallada, de acuerdo a la jurisprudencia provincial sobre el punto. 5) Ordenar la notificación de la misma de conformidad al artículo 81 del CPCCSF. 6) Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Clelia Carina Gomez (Juez), Dra. Viviana Guida (Secretaria). Nº 1811. Casilda, de fecha 23/12/2025. Vistos:... Considerando:... Resuelvo: Aclarar la Sentencia Nº 1733 de fecha l6 de diciembre de 2025 en el punto 4 del Resuelvo, en el sentido que donde dice”... sin perjuicio de que deberá soportar provisoriamente la parte actora los gastos que demandó la intervención del defensor de oficio ...”, deberá decir “sin perjuicio de que deberá soportar provisoriamente la parte actora LAS COSTAS que demandó la intervención del defensor de oficio. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Clelia Carina Gomez (Juez), Dra. Viviana Guida (Secretaria). PUBLIQUESE POR 2 (dos) DÍAS.
$ 252 563218 Jun. 25 Jun. 26
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Por disposición del Juez de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2ª Nominación de Casilda, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante GERMAN DANIEL PIATTI DNI N° 22268.230. Por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados PIATTI GERMAN DANIEL s/SUCESORIO; 21-25867501-8 (259/2026). Fdo. Dra. Aracelis Rosenburt, Secretaria.
$ 45 Jun. 25
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Por disposición del Juez de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2ª Nominación de Casilda, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante AMALIA MARIA PASSARINI DNI Nº 12.091.903. Por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados PASSARINI AMALIA MARÍA s/SUCESIÓN TESTAMENTARIA; 21-25867492-5 (256/2026). Fdo. Dra. Aracelis Rosenburt, Secretaria.
$ 45 Jun. 25
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El Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la ciudad de Casilda, hace saber al Sr. CORVALAN LUCAS DAVID DNI 36.484.069, la DECLARACION DE REBELDIA en los presentes autos: MATTELICANI BELEN EMILIA Y OTROS c/CORVALAN LUCAS DAVID Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; EXPTE. 21-25863025-1. El presente edicto deberá publicarse por el término de Ley en el BOLETIN OFICIAL conforme lo dispuesto por el art. 73 CPCCSF. Casilda, 23 de Junio de 2026. Casilda, 26 de Julio de 2024; Informado verbalmente el actuario en este acto que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho, decláresela rebelde. Notifíquese por cédula. Ao”. Fdo. Dr. VERDURA, JUEZ; Dra. GIANI SECRETARÍA. Dr. Juan M. Abbo, prosecretario.
$ 45 Jun. 25
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cañada de gomez
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la Primera. Nom. del Distrito Judicial Nº 6 de Cañada de Gómez, en los autos caratulados: “LEONI NORA PAULA c/ BEGLIARDO MARTA SUSANA Y OTROS s/Cobro de Pesos - Rubros Laborales” (CUIJ Nº 21-26026546-3), se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ROBERTO JOSÉ BEGLIARDO (DNI Nº 6.556.961 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que es publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL.
$ 50 563033 Jun. 25
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1ra Nominación de Cañada de Gómez, en los autos caratulados "ORSET MARIA DEL LUJAN s/ SUCESORIO" (CUIJ N° 21-26036262-0), se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MARIA DEL LUJAN ORSET (DNI 4.550.733), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Dra. Carolina Kauffeler (Secretaria). Cañada de Gómez, ..
$ 45 Jun. 25
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san lorenzo
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
El señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 12 en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de San Lorenzo, Secretaria a cargo de la Autorizante, hace saber a HEREDEROS de HERNÁN ORLANDO ANTONIO NICOLOFF, D.N.I. Nº 6.175.062, que dentro de los autos: MUNICIPALIDAD PTO GRAL SAN MARTIN c/PITTILINI ALFREDO ANTONIO y OT. s/Apremio Fiscal Municipal - CUIJ Nº 21-25448760-8 se ha dictado la siguiente resolución: “SAN LORENZO, estese a la fecha asignada por SISFE (Acuerdo CSJSF Nº 14 del 13/05/2020, punto 2 - XV). Atento a lo informado por el Registro de Procesos Universales y la Cámara Nacional Electoral, de conformidad con el art. 28 de la ley Nº 5066, cítese de remate a los herederos del señor Hernán Orlando Antonio Nicoloff, D.N.I. Nº 6.175.062 por edictos que se publicarán tres días, con la prevención de que si dentro del término de ocho días no oponen excepción legítima, se llevará adelante la ejecución sin más trámite (conf. art. 7 de la ley Nº 5.066). Acompañe los edictos redactados en concordancia con esta providencia”. Publíquese sin cargo en el BOLETÍN OFICIAL por el término de tres días. San Lorenzo, 11 de Junio de 2026. Dra. Peretti, secretaria.
S/C 563013 Jun. 25 Jun. 29
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la ciudad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, dentro de los autos caratulados COMINELLI CHIARA; MARÍA LAURA c/CASTAÑEDA, LEANDRO HIPÓLITO s/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA; (C.U.I.J. 21-23403743-6), se ha dictado lo siguiente: SAN LORENZO, 28 de Mayo de 2026. Para sorteo de Curador ad hoc de la herencia y Defensor de Oficio de los herederos rebeldes de la parte accionada, fijase nueva fecha de audiencia del día 29 de junio de 2026 a las 09:00 horas. Notifíquese por edictos que se publicarán dos (2) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Fdo. Dra. LORENA BEATRIZ GRENON (Prosecretaria - Juzg. 1ª Inst. de Circuito Dist. Jud. Nº 12 San Lorenzo).
$ 33 563267 Jun. 25 Jun. 29
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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de San Lorenzo, provincia de Santa Fe, Dr. Alejandro Marcos Andino, Secretaría a cargo de la Dra. Luz M. Gamst, dentro de los autos caratulados Cuello, Luciana Carolina c/Gramegna, Ana Palmira y Ots. s/Escrituración; CUIJ 21-25448400-5; se ha dispuesto citar y emplazar a los herederos de los demandados en autos Sra. Ana Palmira Gramegna, DNI Nº 2.817.371; Jorge Bautista Goity, DNI Nº 6.620.481, y Beatriz Ángela Gramegna, DNI Nº 3.558.013 bajo apercibimiento de ley. San Lorenzo, de junio de 2026. Dra. Luz María Gamst. secretaria.
$ 33 563261 Jun. 25 Jun. 29
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la Segunda Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citar y emplazar a los herederos de Ana Palmira Gramegna, DNI Nº 2.817.317; Javier Enrique Goity, D.N.I. Nº 22.666.451 y José Ludovico Goity, D.N.I. Nº 20.173.108, a comparecer a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos (conf. art. 73 CPCCSF) que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL por tres veces y cuyo término vencerá cinco días después de la última publicación. Todo ello por estar ordenado dentro de los autos caratulados VENTURA, CRISTIAN SANTIAGO Y OTROS c/GRAMEGNA, ANA PALMIRA Y OTROS s/ESCRITURACION, CUIJ Nº 21-25448204-5, en trámite por ante el Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la Segunda Nominación de San Lorenzo. San Lorenzo, 29/05/2026. Dra. Melisa Peretti, secretaria.
$ 33 563260 Jun. 25 Jun. 29
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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de San Lorenzo, provincia de Santa Fe, Dr. Alejandro Marcos Andino, Secretaría a cargo de la Dra. Luz M. Gamst, dentro de los autos caratulados Costamagna, Diego Hernán c/Gramegna, Ana Palmira y Ots. s/Escrituración; CUIJ 21-25448115-4, se ha dispuesto citar y emplazar a los herederos de los demandados en autos Sra. Ana Palmira Gramegna, DNI Nº 2.817.371; Jorge Bautista Goity, DNI Nº 6.620.481, y Beatriz Ángela Gramegna, DNI Nº 3.558.013, bajo apercibimiento de que si no comparecen en término, se nombrará un defensor de oficio, conforme art. 597 CPCC. Los edictos se publicarán tres veces. San Lorenzo, de Junio de 2026. Dra. Nadia M. Aronne, prosecretaria.
$ 33 563258 Jun. 25 Jun. 29
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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de San Lorenzo, provincia de Santa Fe, Dr. Alejandro Marcos Andino, Secretaría a cargo de la Dra. Luz M. Gamst, dentro de los autos caratulados Burgos, Juan Manuel c/Gramegna, Beatriz Ángela y Ots. s/Escrituración; CUIJ 21-25448130-8, se ha dispuesto citar y emplazar a los demandados en autos Sra. Ana Palmira Gramegna, DNI Nº 2.817.371; Jorge Bautista Goity, DNI Nº 6.620.481, y Beatriz Ángela Gramegna, DNI Nº 3.558.013 bajo apercibimiento de que, si no comparecen en término dentro de los caratulados mencionados, se decretará la rebeldía y se nombrará un defensor de oficio. Conforme art. 73 CPCC los edictos se publicarán tres veces. San Lorenzo, de Mayo de 2026.
$ 33 563257 Jun. 25 Jun. 29
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1ª Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante: GEORGINA PAOLA CABRERA, D.N.I. 32.237.448, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: CABRERA, GEORGINA PAOLA s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; CUIJ 21-25448977-5, en trámite por el Juzgado señalado; Secretaría Unica. Fdo. Secretaria.
$ 45 Jun. 25
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Por disposición del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito Civil y Comercial 1ª Nom. de San Lorenzo, a cargo del Dr. Alejandro Marcos Andino, Secretaría de la Dra Luz M. Gamst, en los autos caratulados FRISCO JOSE MARÍA s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; CUIJ Nº 21-25446145-4), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante FRISCO JOSE MARÍA, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento de ley. Fdo. Dra. Luz M. Gamst, secretaria.
$ 45 Jun. 25
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En los autos caratulados “CERUTTI, ROBERTO DANIEL S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS”, CUIJ Nº 21- 25448995-3, que tramita por ante el Juzgado de 1era Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2º Nominación de San Lorenzo, Pcia. De Santa Fe, a cargo del Dr. Guillermo Roldán, Juez Subrogante, se ha dispuesto publicar el presente Edicto Judicial a los fines de dar a conocer que: Se encuentra abierto el juicio de declaratoria de herederos del Sr. ROBERTO DANIEL CERUTTI, D.N.I. 10.915.189 y por lo tanto se cita y emplaza a comparecer a los herederos, acreedores y legatarios del causante y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, a hacer valer sus derechos, contando con el plazo de 30 días desde publicado el presente. Hágase saber a los interesados que en caso de no comparecer, no serán incluidos en la Sentencia de Declaratoria de Herederos que eventualmente se dicte. Lo que se publica a sus efectos, a los ….. de Junio de 2026. Fdo. Dr. Roldán, Juez Subrogante.----
$ 45 Jun. 25
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villa constitución
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 14 de Villa Constitución (SFE), Dr. DIOGENES D DROVETTA, y de conformidad con lo ordenado por los arts. 7 y 28 de la Ley 5066, se hace saber que en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCIÓN c/PEDERNERA LUISA EDUARDA s/APREMIOS; CUIJ Nº 21-23485868-5, se citen de remate a la Sra. PEDERNERA LUISA EDUARDA con domicilio en calle Jujuy 831 de la ciudad de Villa Constitución, Pcia. de Santa Fe y/o sucesores y/o quien/es resulte/n responsable/s fiscal/es actual/es del inmueble sito en calle Jujuy 831 de Villa Constitución, Padrón Nº 1235/1 al tiempo en que se generó la obligación tributaría reclamada en los autos referidos, para que dentro del término de ocho (8) días opongan excepción legítima, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución sin más trámite. Se deja constancia que la publicación del presente edicto es sin cargo. Secretaría Dra. Dulce Sofía Rossi. Villa Constitución, 15 de Mayo de 2026.
$ 100 563277 Jun. 25 Jun. 29
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venado tuerto
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 2ª Nominación de Venado Tuerto, Dr. Gabriel A. Carlini, Secretaría del Dr. Alejandro Walter Bournot, se hace saber a los herederos de ECHEVERRIA MIGUEL ANGEL, ECHEVERRIA DE ELORTONDO ANA MARÍA, MORSEGA O MORSIGA DE ECHEVERRIA ANITA DOMINGA Y ECHEVERRIA ALEJANDRO DOMINGO, que en los autos caratulados: SALDAÑO RAUL OSCAR Y OTROS c/ECHEVERRIA MIGUEL ANGEL Y OTROS s/DEMANDA ORDINARIA; (Expte. CUIJ Nº 21-24612094-0) en trámite por ante este Juzgado se ha dispuesto: Venado Tuerto, 1 de Abril de 2026. Proveyendo escrito cargo Nº 3629/2026: Agréguese. Téngase presente. Informando en este acto el Actuario que la parte demandada, herederos de los titulares registrales Miguel Ángel Echeverria, Ana Maria Echeverria de Elortondo, Anita Dominga Morsiga o Morseaga de Echeverria, Alejandro Domingo Echeverria y Alejandra Echeverría, no comparecieron a estar a derecho, pese a encontrarse debidamente notificados, decláraselos rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por cédula y edicto según corresponda. Fdo. Dr. Gabriel A. Carlini, Juez; Dr. Alejandro Walter Bournot, Secretario. Venado Tuerto, de Junio de 2026.
$ 100 563193 Jun. 25 Jul. 8
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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, Primera Nominación de Venado Tuerto, a cargo de la DRA. MARIA LAURA OLMEDO, secretario, DRA. MARIA CELESTE ROSSO, Juez., en los autos caratulados “BILBAO, SILVIA RAQUEL S/DECLARATORIA DE HEREDEROS” - CUIJ Nº 21-24625481-5, quienes cita, llama y emplaza a herederos, legatarios y acreedores de la Sra. BILBAO, SILVIA RAQUEL – DNI: 5.172.320 , para que dentro del término de ley comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos.- Venado Tuerto
$ 45 Jun. 25
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Venado Tuerto a cargo del Dr. Gabriel Carlini (Juez), Secretaría del Dr. Walter Bournot, se cita y se emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de Don ROIGE, JOSE ANTONIO DNI Nº 6.121.788, para que en el término de Ley comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de Ley.- Autos: "ROIGE JOSE ANTONIO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CUIJ Nº 21-24625396-7" Venado Tuerto, Santa Fe.-FDO: Dr. Gabriel A. Carlini JUEZ – Dr. Bournot Alejandro Walter SECRETARIO.-$ 45 Jun. 25
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial de la Segunda Nominación de Venado Tuerto, Dr. Gabriel Carlini, Secretaría del Dr. A. Walter Bournot, dentro de los autos caratulados PERICH MARIA DEL CARMEN S/ SUCESIONES-INSC.TARDIAS-SUMARIAS-VOLUNT. (DIGITAL) CUIJ 21-24625661-3 se cita y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores de Doña MARIA DEL CARMEN PERICH, L.C. 4.487.955, para que dentro del término de ley comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimienos de ley.- Venado Tuerto, Santa Fe.- Fdo. Dr. GAbriel A. Carlini, JUEZ. Dr. Bournot Alejandro Walter SECRETARIO
$ 45 Jun. 25