picture_as_pdf 2026-06-18


SIO GLOBAL S.A.S.”


Fe de erratas

Renuncia y Designación de Autoridades –

Aumento de Capital


Por medio de la presente se hace saber que se ordena la publicación de la siguiente fe de erratas, atento a que en el edicto publicado en fecha 12/06/2026 referente a “SIO GLOBAL S.A.S.” debió tener el siguiente texto: Se hace saber que por reunión general de accionistas de fecha 19/03/2026, se acepto la renuncia del Sr. Lanza, Leonardo Adrian al cargo de administrador y se designo como nuevo administrador titular al Sr. Coll, Esteban Lucas DNI 27.885.965 y a la Sra. Fregenal, Magali Noelia DNI 32.515.614 como administradora suplente, quienes aceptaron el cargo y fijaron domicilio especial en Suipacha N.º 4867 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe. Asimismo, en dicha reunión se aprobó el aumento de capital por el monto de $900.000.- quedando el Artículo 4 redactado de la siguiente manera: “Artículo 4: Capital. El capital social se fija en la suma de PESOS UN MILLÓN ($ 1.000.000), representado por un millón (1.000.000) acciones nominativas no endosables, de valor nominal PESOS UNO ($1) cada una, con derecho a un voto por acción.”.-


1 dia.-

RPJEC 2673.-

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DESARROLLOS URBANOS INTEGRALES S.R.L.


Reconducción-Aumento de Capital



Por disposición del Registro de Personas Jurídicas, Empresas y Contratos se ha dispuesto efectuar la siguiente publicación, a saber: DESARROLLOS URBANOS INTEGRALES S.R.L. Reconducción y Aumento del Capital Social. De conformidad a lo dispuesto por la Inspección General de Personas Jurídicas de la Provincia de Santa Fe se hace saber que, mediante Reunión de Socios de fecha 20 de noviembre de 2025, Acta N° 15, se ha resuelto la reconducción de la sociedad DESARROLLOS URBANOS INTEGRALES S.R.L. por vencimiento del plazo duración y el aumento del capital social en la suma de pesos dos millones quinientos treinta y cuatro mil ($ 2.534.000), quedando los artículos pertinentes del contrato social redactados de la siguiente forma: CLAUSULA SEGUNDA: Duración Social. La duración de la sociedad es 50 años contados a partir de la inscripción de la reconducción en el Registro de Personas Jurídicas, Empresas y Contratos de la Provincia de Santa Fe. CLAUSULA CUARTA: Capital Social. El capital se fija en la suma de $ 3.134.000.- (pesos tres millones ciento treinta y cuatro mil) dividido en 313.400 (trescientos trece mil cuatrocientos) cuotas sociales de $ 10.- (pesos diez) cada una, suscriptas e integradas por los socios de acuerdo al siguiente detalle: Gustavo Marcelo Griot 250.720 (doscientos cincuenta mil setecientos veinte) cuotas sociales, o sea $ 2.507.200 (pesos dos millones quinientos siete mil doscientos) y Ludmila Pellegrini 62.680 (sesenta y dos mil seiscientos ochenta) cuotas sociales, o sea $ 626.800.- (pesos seiscientos veintiséis mil ochocientos).


1 dia.-

RPJEC 2672-

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La Pierina Ganadera de Victor y Aldo Cantone


Constitución


Por ante el Registro de Personas Jurídicas, empresas y contratos de la Provincia de Santa Fe, se hace saber de la constitución de la siguiente sociedad: DENOMINACIÓN: La Pierina Ganadera de Victor y Aldo Cantone; SOCIOS: Aldo Luis Cantone, de apellido materno Rosso, argentino, nacido el 04 de Mayo de 1959, comerciante, DNI N.º 13.002.782, CUIT N° 20-13002782-3, con domicilio en calle Saenz Peña N°144 de la ciudad de Hersilia, Provincia de Santa Fe y Victor Hugo Cantone, de apellido materno Rosso, argentino, nacido el 04 de Mayo de 1959, comerciante, DNI N°13.002.781, CUIT N°20-13002781-5, con domicilio en calle Rivadavia N°431 de la ciudad de Hersilia, Provincia de Santa Fe; LUGAR Y FECHA DEL INSTRUMENTO: Hersilia, 23 de Febrero de 2026; DOMICILIO SOCIAL: Zona Rural de Hersilia, departamento San Cristobal, Provincia de Santa Fe; PLAZO: 50 (cincuenta ) años contados a partir de su inscripción en el Registro Publico; OBJETO: : La sociedad tendrá por objeto la realización por cuenta propia y/o terceros, o asociados a terceros en el país o en extranjero las siguientes actividades: 1.- La prestación de servicios agropecuarios ya sea por cuenta propia y/o de terceros, sobre predios rurales propios y/o arrendados para la producción de especies cerealeras, oleaginosas, graníferas, forrajeras, fibrosas, frutícolas, forestales, apícolas y granjeras. 2.- Explotación de establecimiento ganaderos para la cría engorde e invernada de ganado mayor y menor vacuno, ovino, porcino, caprino, equino, cabañero, y toda especies de animales de raza en sus diversos calidades, explotación de tambos, constitución, organización y explotación de FEED-LOT, compra y venta de hacienda, faena de semovientes y animales de cualquier tipo de especie , incluyendo el trozado y elaboración y comercialización de carne, subproductos y sus derivados.-3. Compra y venta de cereales, siembra, recolección de cosechas, plantaciones y multiplicación de semillas.4.-Podrá actuar como acopiadora de cereales, oleaginosos, cultivos industriales y todo otro fruto de la agricultura.- 5 Siembra atención de cultivos, fumigación y pulverización de los mismos. CAPITAL SOCIAL: El capital se fija en la suma de cinco millones ($5.000.000) representado por $5.000( cinco mil) acciones ordinarias de valor nominal de mil pesos ($1.000) cada una. ADMINISTRACIÓN: La administración y representación de la sociedad estará a cargo de 1 a 5 personas humanas, socios o no, cuyos números se indicará al tiempo de su designación, se establece su composición unipersonal designándose administrador y representante titular Victor Hugo Cantone, Administrador y representante Suplente; Aldo Luis Cantone. FECHA DE CIERRE EJERCICIO SOCIAL: El día 31 de Diciembre de cada año.


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PINT ARTE SOLUCIONES CONSTRUCTIVAS S.A.S.”


Constitución


De conformidad al Art. 10 de la ley 19.550, por medio de la presente se hace saber que se encuentra en trámite, ante el Registro de Personas Jurídicas, Empresas y Contratos de la Provincia de Santa Fe, la Constitución de la siguiente Sociedad por Acciones Simplificada 1) Denominación: “PINT ARTE SOLUCIONES CONSTRUCTIVAS S.A.S.” 2) Instrumento constitutivo de fecha: 6 de Mayo de 2026. 3) Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio legal en la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe. 4) Socios: FLORENCIA MELINA COHEN, DNI 39.253.155, CUIT 27-37253155-1, argentina, 32 años de edad, nacida el 27-04-1993, comerciante, de estado civil casada, con domicilio en calle Liniers 2528, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, correo electrónico cohenflorencia4@gmail.com. 5) Plazo de Duración: Se establece en noventa y nueve (99) años a partir de la fecha de inscripción en el Registro de Personas Jurídicas, Empresas y Contratos de la provincia de Santa Fe. 6) Objeto: La Sociedad tendrá por objeto la realización, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en todo el territorio nacional y en el extranjero, las siguientes actividades: 1) COMERCIALIZACIÓN: Compra y venta al por mayor y por menor de materiales para la industria de la construcción. 2) IMPORTACIÓN: Importación de los materiales para la industria de la construcción. 3) CONSTRUCCIÓN: Prestar servicios para la construcción. Reparación, mantenimiento y reforma de edificios residenciales. Construcción, reparación, mantenimiento y reforma de edificios no residenciales. Construcción, reforma, mantenimiento y reparación de obras de infraestructura para el transporte. Perforación de pozos de agua. Construcción, reforma y reparación de redes, distribución de electricidad, gas, agua, telecomunicaciones y de otros servicios públicos. Construcción, reforma y reparación de obras hidráulicas. Construcción de obras de ingeniería civil. Demolición de edificios y de cualquier tipo de inmuebles. Movimiento de suelos y preparación de terrenos para obras. 4) SERVICIOS: Instalación de sistemas de iluminación, control y señalización eléctrica. Instalación, ejecución y mantenimiento de instalaciones eléctricas, electromecánicas y electrónicas. Instalaciones de gas, agua, sanitarios y de climatización, con sus artefactos conexos. Instalación de ascensores, montacargas y escaleras mecánicas Aislamiento térmico, acústico, hídrico y antivibratorios Instalaciones para edificios y obras de ingeniería civil. Instalaciones de carpintería, herrería de obra y artística. Terminación y revestimiento de paredes y pisos. Colocación de cristales en obra. Pintura y trabajos de decoración. Terminación de edificios. Alquiler de equipos de construcción o demolición dotado de operarios Hincado de pilotes, cimentación y otros trabajos de hormigón armado Actividades especializadas de construcción. 5) INMOBILIARIO: Adquisición de inmuebles para ejecutar por sí o por medio de terceros la construcción. Venta de lotes o de unidades habitacionales, o locales comerciales o industriales que resulten de la edificación. Desarrollo de construcciones, parcelaciones o urbanizaciones en bienes propios o de terceros, bien sea para planes de vivienda, locales comerciales o industriales. Excluidas las del art. 8 de la Ley 13.154. 6) Cualquier otra actividad accesoria a las principales descriptas en la presente clausula. 7) Capital social: El capital social se fija en la suma de pesos setecientos treinta mil ($730.000,-) dividido en 730 acciones de pesos $1.000,- valor nominal cada una. 8) Administración, Dirección y Representación: Se establece su composición designándose: Administrador titular y presidente del directorio: FACUNDO GUIDO RAUL ARAMBURU, DNI 32.045.137, CUIT 20-32045137-0, argentino, 40 años de edad, nacido el 02-01-1986, de profesión comerciante, de estado civil casado, con domicilio especial en calle Pascual Rosas 2422, de la ciudad de Rosario, Pcia de Santa Fe, correo electrónico facu.aramburu.777@gmail.com - Administrador suplente y vicepresidente del directorio: FLORENCIA MELINA COHEN, DNI 39.253.155, CUIT 27-39253155-1 argentina, de 32 años de edad, nacida el 27-04-1993, de profesión comerciante, de estado civil casada, con domicilio especial en calle Liniers 2528, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, correo electrónico cohenflorencia4@gmail. 9) Fiscalización: La sociedad prescinde de sindicatura. Su fiscalización estará a cargo de los accionistas quienes tienen el contralor individual de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 55 de la ley 19.550. 10) Balance General y de resultados: La sociedad cerrará su ejercicio el día 31 del mes de diciembre de cada año.


1 dia.-

RPJEC 2670

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RENTA MAR S.A.S.


Renuncia y Designación de Autoridades

Por disposición de Registro de Personas Jurídicas Empresas y Contratos, en autos “RENTA MAR SAS - AUTORIDADES SAS || Trámite: Personas jurídicas: Modificaciones al Estatuto y a los órganos de Sociedades Anónimas - RPJEC” , se ha dispuesto la siguiente publicación, conforme a lo establecido en el art. 10 de la Ley 19.550. Se hace saber que en fecha 23 de enero de 2026, a través del Acta de Reunión de Socios Nº 1, se aprobó por unanimidad la nueva designación de autoridades de la firma “RENTA MAR S.A.S”, siendo electo como Administrador y representante Titular: Paulina GONZALEZ, DNI N.º 43.749.518, soltera, constituyendo domicilio real y legal en calle Meiners Nro. 566 de la ciudad de Esperanza, provincia de Santa Fe; Administrador y representante suplente: Tomas Daniel Gonzalez, D.N.I.: 42.531.948, soltero, empresario, constituyendo domicilio real y legal en calle Meiners Nro. 566 de la ciudad de Esperanza, provincia de Santa Fe, quienes duraran en su cargo por tiempo indeterminado, hasta tanto sean reemplazados.-

1 dia.-

RPJEC 2664.-,

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BACIM S.A.


AUMENTO DE CAPITAL


Por disposición de Registro de Personas Jurídicas Empresas y Contratos, en autos “BACIM SA || Trámite: Personas jurídicas: Modificaciones al contrato social y a los órganos de SRL y otros tipos societarios - RPJEC” , se ha dispuesto la siguiente publicación, conforme a lo establecido en el art. 10 de la Ley 19.550. Se hace saber: DATOS SOCIOS: ANA MARIA SCHIAROLI CUIT 27-10383734-6, nacida el 12 de Septiembre de 1952, casado en primeras nupcias con Irineo Raúl Infante, argentina, comerciante, DNI 10.383734, domiciliado en Av. San Martin 3274 2do PISO de Rosario; BRUNO IRINEO INFANTE, CUIT 20-28058449-6, nacido el 12 de Marzo de 1980, casado en primeras nupcias con Laura Martinez, argentino, comerciante, DNI 28.058.449, domiciliado en calle 9 de julio 939 piso 7 depto 02 de Rosario; CLARISA INFANTE CUIT 27-30685979-5, nacida el 07/09/1984, soltera, argentina, comerciante, DNI 30.685.979, domiciliada en San Martin 3274 2do piso de Rosario y MAURO INFANTE CUIT 20-32219079-5, nacido el 17/04/1986, soltero, argentino, comerciante, DNI 32219079, domiciliado en San Martin 3274 2do piso de Rosario. FECHA DE LA MODIFICACION: en Asamblea General Extraordinaria de fecha (11) once días del mes de marzo del año dos mil quince, y ratificación de lo aprobado en Asamblea General Ordinaria elebrada en fecha 05/02/2026; RAZON SOCIAL: BACIM S.A. AUMENTO DEL CAPITAL: Por unanimidad los accionistas resuelven concretar el aumento de Capital Social en la suma de pesos un millón novecientos mil ($ 1.900.000) por aplicación del articulo 235 de la ley de sociedades. Aprobado así el aumento, se procede a su emisión, suscripción e integración. Por unanimidad se resuelve se emitan acciones iguales a las actuales en circulación es decir un millón novecientos mil (1.900.000) acciones, todas de valor nominal pesos uno ($ 1), ordinarias nominativas no endosables de un (1) voto cada una. Al procederse a sus suscripciones, los accionistas presentes manifiestan que han ejercido el derecho de preferencia que les otorga la ley, por lo tanto suscriben; BRUNO IRINEO INFANTE CUIT 20-28058449-6, nacido el 12 de marzo de 1980, casado en primeras nupcias con Laura Martinez, argentino, comerciante, DNI 28.058.449, domiciliado en calle 9 de Julio 939 piso 7 depto 02 de Rosario: la suma de pesos cuatrocientos setenta y cinco mil ($475.000) representativos de cuatrocientos setenta y cinco mil (475.000 ) acciones, ANA MARIA SCHIAROLI, CUIT 27-10383734-6, nacida el 12 de Septiembre de 1952, casada en primeras nupcias con Irineo Raúl Infante, argentina, comerciante, DNI 10383734, domiciliada en Av. San Martin 3274 2º PISO de Rosario: la suma de pesos cuatrocientos setenta y cinco mil ($ 475.000), representativos de cuatrocientos setenta y cinco mil ( 475.000 ) acciones ; CLARISA INFANTE CUIT 27-30685979-5, nacida el 07/09/1984, soltera, argentina, comerciante, DNI 30.685.979, domiciliada en San Martin 3274 2º PISO de Rosario: la suma de pesos cuatrocientos setenta y cinco mil ( $475.000 ) representativo de cuatrocientos setenta y cinco mil ( 475.000 ) acciones; y MAURO INFANTE CUIT 20-32219079-5, nacido el 17/04/1986, soltero, argentino, comerciante, DNI 32.219079, domiciliado en San Martin 3274 2º Piso de Rosario: la suma de pesos cuatrocientos setenta y cinco mil ( $475.000 ) representativo de cuatrocientos setenta y cinco mil (475000 ) acciones. En cuanto a la integración la misma es cubierta en un cien porciento (100%) por cada uno de ellos de conformidad con la aplicación del saldo de la cuenta APORTES IRREVOCABLES: ANA MARIA SCHIAROLI aplica a la integración la suma de pesos CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL ($ 475.000) , BRUNO IRINEO INFANTE aplica a la integración la suma de pesos CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL ( $475.000 ), CLARISA INFANTE aplica a la integración la suma de pesos CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL ( $475.000 ) y MAURO INFANTE aplica a la integración la suma de pesos CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL ( $475.000 );- registro debidamente certificado por Contador Público Nacional que testimonia que dichos APORTES IRREVOCABLES corresponden a los señores accionistas en las proporciones indicadas de acuerdo con el último balance certificado y los registros contables de la empresa.- Por lo que el ARTÍCULO 5º, queda redactado de la siguiente forma: ARTICULO QUINTO: El capital social se fija en la suma de pesos dos millones doscientos mil ($2.200.000) representado en dos millones doscientas mil acciones (2.200.000) acciones de un peso ( $1 ) de valor nominal cada una. La asamblea ordinaria podrá resolver el aumento hasta el quíntuplo, en las condiciones establecidas en el art. 188 de la ley 19550.


1 dia.-

RPJEC 2663.-,

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INVERSIONES TOSTADO S.A.


Designación de Directorio


Por disposición de Registro de Personas Jurídicas Empresas y Contratos, en autos “INVERSIONES TOSTADO SA - AUTORIDADES SA || Trámite: Personas jurídicas: Modificaciones al Estatuto y a los órganos de Sociedades Anónimas - RPJEC” , se ha dispuesto la siguiente publicación, conforme a lo establecido en el art. 10 de la Ley 19.550. Se hace saber que por Acta de Asamblea N° 10 de fecha 17/12/2025, se ha procedido a la designación de directorio de INVERSIONES TOSTADO SA por el término de tres ejercicios, aceptando los cargos por acta de directorio N° 40 de fecha 17/12/2025 quedando las mismas como se transcribe a continuación: Presidente: Marcelo Osvaldo Genovese, apellido materno Vega, argentino, nacido el 26/06/1971, D.N.I. Nº 22.077.341, casado, domiciliado en calle Olessio Nº 1255 de esta ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe , CUIT Nº 20-22077341-9, empresario. Directora Suplente: Daniela Evangelina Tomasini , apellido materno Alfonso, argentina, nacida el 12/04/1974, D.N.I. Nº 23.914.962, casada, domiciliada en Freyre Nº 1042 de esta ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, CUIT Nº 27- 23914962-1, empresaria. Los directores electos fijan domicilio especial en la sede social a saber, calle OLESSIO N.º 1255 de la localidad de Reconquista, Santa Fe.-

1 dia.-

RPJEC 2662.-,


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SR INTERNET S.R.L.”


Constitución


De conformidad al Art. 10 de la ley 19.550, por medio de la presente se hace saber que se encuentra en trámite, ante el Registro de Personas Jurídicas, Empresas y Contratos de la Provincia de Santa Fe, la Constitución de la siguiente Sociedad de Responsabilidad Limitada 1) Denominación: “SR INTERNET S.R.L.” 2) Instrumento constitutivo de fecha: 1 de Agosto de 2025. 3) Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio legal en la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe. 4) Socios: Miguel Ignacio Araya DNI N.º 25.505.268, argentino, soltero, nacido el fecha 23/04/1977, de ocupación comerciante, con domicilio en calle Carriego 1269 de la ciudad de Rosario y Daiana Florencia Araya DNI N.º 47.073.641, argentina, soltera, nacida en fecha 28/01/2006, de ocupación comerciante, con domicilio en calle Carriego 1269, de la ciudad de Rosario. 5) Plazo de Duración: Se establece en noventa y nueve (99) años a partir de la fecha de inscripción en el Registro de Personas Jurídicas, Empresas y Contratos de la provincia de Santa Fe. 6) Objeto: Servicio de provisión domiciliaria de internet, servicio de rastreo satelital de vehículos, housing, alojamiento de servidores para data center, servicios de video vigilancia, seguridad electrónica, en forma directa o con intervención de tercer. 7) Capital social: El capital social se fija en la suma de pesos ciento veintiocho millones cuatrocientos dos mil ochocientos ($128.452.800,-) dividido en 100 cuotas de pesos $1.284.528,- valor nominal cada una. 8) Administración, Dirección y Representación: Designar como Socio-Gerente al Señor Araya Miguel Ignacio DNI N°25.505.268. 9) Fiscalización: La sociedad prescinde de sindicatura. Su fiscalización estará a cargo de los accionistas quienes tienen el contralor individual de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 55 de la ley 19.550. 10) Balance General y de resultados: La sociedad cerrará su ejercicio el día 31 del mes de diciembre de cada año.

1 dia.-

RPJEC 2669

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LE PAP S.A.


DISOLUCIÓN – NOMBRAMIENTO DE LIQUIDADOR


Por disposición de Registro de Personas Jurídicas Empresas y Contratos, en autos “LE PAP SA || Trámite: Personas jurídicas: Disolución y nombramiento de liquidador de Sociedades Anónimas - RPJEC”, se ha dispuesto la siguiente publicación, conforme a lo establecido en el art. 10 de la ley 19.550. Se hace saber que por asamblea general extraordinaria del 26/12/2025 se dispuso lo siguiente: los accionistas por unanimidad decidieron disolver la sociedad LE PAP S.A. con sede social en calle Moreno N.º 1137 de Arroyo Seco, provincia de Santa Fe y designar como liquidador al Sr. Bruno Nicolas Traverso, DNI 34.381.559, CUIT 20-34381559-0 con domicilio en calle Montevideo N°2010 piso 5° oficina 5° de la ciudad de Rosario.-


1 dia.-

RPJEC 2661.-,


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CONFINA S.R.L.


Sobre prórroga


Por disposición de Registro de Personas Jurídicas Empresas y Contratos, en autos “CONFINA S.R.L. S/ REFORMA S.R.L. - EE-2026-00035704-APPSF-PE” se hace saber que por reunión de socios de fecha 18 días del mes de septiembre de 2025, se decide por unanimidad la prórroga de la Sociedad por el término de 10 años. Adecuando la redacción de la Cláusula Tercera de la siguiente manera: “TERCERA: Su duración es de Cincuenta (50) años contados a partir de la fecha de inscripción originaria en el Registro Público de Comercio”.-


1 día.-

RPJEC 2668.-


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TRANSPORTE VÍA AMÉRICA S.A.S.


CONSTITUCIÓN SAS



ESTATUTO 1)- Socios: Romina Lorena Mollica, argentina, nacida el 1 de junio de 1979, de profesión comerciante DNI: 27.291.145, CUIT:27-27291145-8, de estado civil divorciada, con domicilio en 27 de Febrero 1737 de la ciudad de Rosario- Santa Fe, mail: Lorenarominamollica@gmail.com y Franco DanteMollica, argentino, de profesión comerciante, DNI: 33.301.025, CUIT: 23-33301025-9, de estado civil soltero, nacido el 19 de julio de 1987 , con domicilio en 27 de Febrero1737 de la ciudad de Rosario, pcia. de Santa Fe; mail: francomollica13@gmail.com 2)- Fecha del Instrumento Constitutivo: 29 de abril de 2026 3)- Denominación Social:“TRANSPORTE VIA AMERICA S.A.S.” 4)- Domicilio: 27 de Febrero 1737 de la ciudad de Rosario, pcia. de Santa Fe. 5)-Objeto Social: realización, por cuenta propia, deterceros o asociada a terceros, de las siguientes actividades: “prestación de servicios de auto elevadores, transporte general de cargas, movimientos de máquinas,”. 6)-Plazo de duración: 20 (veinte) años contados a partir de su inscripción en el Registro Público. 7)- Capital Social: El Capital Social es de cinco millones de pesos (5.000.000),representado por cincuenta mil (50.000) acciones de cien (100) pesos, valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de los socios conforme artículo44 Ley 27.349. 8)- Administración: La administración estará a cargo de una a cinco personas humanas, socios o no, cuyo número se decidirá por el órgano de gobierno altiempo de su designación. La representación está a cargo de una persona humana designada como representante por el órgano de gobierno. Deberá designarse igualnúmero de suplentes que se incorporarán en el orden de su elección en caso de ausencia o impedimento de los titulares. Duran en su cargo por tiempo indeterminado,hasta tanto sean reemplazados. Cuentan con todas las atribuciones conferidas por las normas de fondo, incluidas aquellas para las que se requiere poder especial, con lasola limitación de decidir actos de disposición o gravamen sobre los bienes de la sociedad, acto éstos que requieren la conformidad de la reunión de los socios. La reuniónde los socios fija su remuneración. Cuando la administración fuera plural será colegiada, el órgano de gobierno designará a uno de los integrantes como representante legaly presidente del órgano y a otra persona como vicepresidente para el ejercicio de la representación en caso de ausencia o impedimento del primero. Se designa comoAdministrador titular: Romina Lorena Mollica y Administrador Suplente: Franco Dante Mollica 9)- Fiscalización: La Sociedad prescinde de la Sindicatura, quedando elcontralor a cargo de los socios conforme al Art. 55 de la Ley 19550 10)-Representación Legal: Estará a cargo del Administrador titular, sra. Romina Lorena Mollica 11)-Fecha de cierre del ejercicio: 28 de febrero de cada año

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EL CAMINANTE S.A. -


SOBRE DESIGNACIÓN DE DIRECTORIO


Por ACTA de ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA de fecha 06/01/2026, se resolvio la elección de la Sra. Maria Luisa Lisi D.N.I. N° 5908022, como Director Titular Presidente, y de la Sra. Paola Evangelina Costantini D.N.I. N° 23983903 como Director Titular, y del Sr. Emiliano Dario Costantini D.N.I. N° 31584755, como Director Suplente. Todos aceptan sus cargos y denuncian domicilio especial en calle San Martin N.º 384, piso 1°, de la ciudad de Arroyo Seco, provincia de Santa Fe.


RPJEC 2658


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ADHOC S.A.


Designación de Directorio


Por disposición de Registro de Personas Jurídicas Empresas y Contratos, en autos “ADHOC SA - AUTORIDADES SA || Trámite: Personas jurídicas: Modificaciones al Estatuto y a los órganos de Sociedades Anónimas - RPJEC” , se ha dispuesto la siguiente publicación, conforme a lo establecido en el art. 10 de la Ley 19.550. Se hace saber que por Asamblea General Ordinaria N° 15 de fecha 20 de marzo de 2026, celebrada en la sede social sita en Ovidio Lagos 41 Bis, Rosario, Provincia de Santa Fe, se resolvió la designación de autoridades por el término de tres ejercicios, hasta el 20 de marzo de 2029. El Directorio quedó integrado de la siguiente manera: Presidente: Gonzalo Martin Ruzafa, argentino, DNI 31.457.546, CUIT 20-31457546-7; Vicepresidente: Juan José Scarafía, argentino, DNI 31.393.297, CUIT 20-31393297-5; Director Titular: Manuel Francisco José Córdoba, argentino, DNI 30.851.815, CUIT 23-30851815-9; Director Suplente: Jorge Gabriel Chrestia, argentino, DNI 32.775.183, CUIT 20-32775183-3. Los designados aceptaron sus cargos y constituyeron domicilio especial en la sede social.-

1 dia.-

RPJEC 2651.-,


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VETA GO S.R.L.

EE-2025-00033580-APPSF-PE.

Con fecha 29 de octubre de 2025, Fabio Ariel Altuna vende cede y transfiere a Mariana Isabel Ludueña, quien lo acepta, CIENTO CINCUENTA (150) cuotas que lepertenecen de VETA GO S.R.L., con un valor nominal de pesos cien ($100.-), lo que representa un total de pesos quince mil ($15.000.-) del capital social y vende cede ytransfiere a Richard Mitchell, quien lo acepta, CINCUENTA (50) cuotas que le pertenecen de VETA GO S.R.L. con un valor nominal de pesos cien ($100.-), lo que representaun total de pesos cinco mil ($5.000.-) del capital social. Gerardo Luis Cricco vende cede y transfiere a Fabián Alberto Bensabath, quien lo acepta, CIENTO CINCUENTA(150) cuotas que le pertenecen de VETA GO S.R.L. con un valor nominal de pesos cien ($100.-), lo que representa un total de pesos quince mil ($15.000.-) del capital socialy vende cede y transfiere a Richard Mitchell, quien lo acepta, CINCUENTA (50) cuotas que le pertenecen de VETA GO S.R.L. con un valor nominal de pesos cien ($100.-), loque representa un total de pesos cinco mil ($5.000.-) del capital social. Martín Andrés Bissutti vende cede y transfiere a Daniel Enzo Brusa, quien lo acepta, CIENTOCINCUENTA (150) cuotas que le pertenecen de VETA GO S.R.L. con un valor nominal de pesos cien ($100.-), lo que representa un total de pesos quince mil ($15.000.-) delcapital social y vende cede y transfiere a Richard Mitchell, quien lo acepta, CINCUENTA (50) cuotas que le pertenecen de VETA GO S.R.L. con un valor nominal de pesoscien ($100.-), lo que representa un total de pesos cinco mil ($5.000.-) del capital social. Las cuotas sociales cedidas por el presente se encuentran totalmente integradas a lafecha y no pesa ningún tipo de gravamen, restricción u otro elemento que disminuya o impida la cesión y transferencia que por este acto se instrumenta. La presente ventaimplica la transferencia de los derechos inherentes a la calidad de socio, surte efectos a partir de la fecha del presente instrumento, siendo por consiguiente los cesionarios,propietarios de dichas cuotas y de sus rentas desde esta fecha, teniendo asimismo pleno conocimiento del activo y pasivo social. Los socios Fabio Ariel Altuna, GerardoLuis Cricco y Martín Andrés Bissutti, aceptan las cesiones de cuotas efectuadas por el resto de sus consocios a favor de Mariana Isabel Ludueña, Fabián AlbertoBensabath, Daniel Enzo Brusa y Richard Mitchell, renunciando a su derecho de acrecentamiento. MODIFICACION CAPITAL SOCIAL:ARTICULO 5º:” El capital social se fijaen la suma de pesos ciento cincuenta mil ($ 150.000,00) dividido en mil quinientas (1.500) cuotas de pesos cien ($ 100,00) cada una, que han sido suscriptas e integradasen su totalidad, en efectivo, correspondiendo a Fabio Ariel Altuna trescientas (300) cuotas que representan la suma de pesos treinta mil ($ 30.000,00), a Gerardo Luis Criccotrescientas (300) cuotas que representan la suma de pesos treinta mil ($ 30.000,00), a Martín Andrés Bissutti trescientas (300) cuotas que representan la suma de pesostreinta mil ($ 30.000,00), a Mariana Isabel Ludueña ciento cincuenta (150) cuotas que representan la suma de pesos quince mil ($ 15.000,00), a Fabián Alberto Bensabathciento cincuenta (150) cuotas que representan la suma de pesos quince mil ($ 15.000,00), a Daniel Enzo Brusa ciento cincuenta (150) cuotas que representan la suma depesos quince mil ($ 15.000,00) y a Richard Mitchell ciento cincuenta (150) cuotas que representan la suma de pesos quince mil ($ 15.000,00).

COD. RPJEC 2665

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GRUPO TORRES S.A.


Designación de Directorio


Por disposición de Registro de Personas Jurídicas Empresas y Contratos, en autos “GRUPO TORRES SA - AUTORIDADES SA || Trámite: Personas jurídicas: Modificaciones al Estatuto y a los órganos de Sociedades Anónimas - RPJEC” , se ha dispuesto la siguiente publicación, conforme a lo establecido en el art. 10 de la Ley 19.550. Se hace saber que por Acta EDICTOS “OBITELJ S.A.” Se hace saber que por acta “GRUPO TORRES SA DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES” Por Asamblea General Ordinaria UNANIME Nro 23 (veintitres) de fecha 26 de abril de 2025, queda constituido el Directorio de GRUPO TORRES Sociedad Anónima, por las siguientes personas: Directora Titular quien ocupará la Presidencia, a la Srta CARLA MARIA DEL CARMEN BELSITO, DNI 26.332.319, nacida el 19 de enero de 1978, argentina, soltera, de profesión comerciante, CUIT 27-26332319-5, con domicilio real en calle Mariano Candioti 2750 – Santo Tomé – Provincia de Santa Fe y como Director Suplente a MARCELO ADRIAN GANDINO, DNI 21.411.116, nacido el 08 de abril de 1970, argentino, soltero, de profesión comerciante, CUIT 20-21411116-1, con domicilio real en Ruta 11 – Km 451,5 s/n Sauce Viejo – Santa Fe. SANTA FE.-


1 dia.-

RPJEC 2652.-,

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LG SEGURIDAD S.A.S.


CONSTITUCION


En la ciudad de Santo Tomé, Provincia de Santa Fe, a los 06 días del mes de Mayo del año 2026, los señores LHERITIER FABIANA ANTONELA (Documento Nacional de Identidad número 32.327.166, CUIT número 27-32327166-1, argentina, de 39 años de edad, nacida el 26-08-1986, de estado civil soltera, con domicilio en calle Iriondo 2263, Planta Alta, de la ciudad de Santo Tomé, Provincia de Santa Fe); LHERITIER MARTÍN ARIEL (Documento Nacional de Identidad número 35.637.226, CUIT número 20-35637226-4, argentina, de 35 años de edad, nacido el 25- 09-1990, de estado civil soltero, con domicilio en calle Avda. 7 de Marzo 2212 Planta Alta, de la ciudad de Santo Tomé, Provincia de Santa Fe; LHERITIER LUCILA BELEN (Documento Nacional de Identidad número 37.714.043, CUIT número 27-37714043-6, argentina, de 31 años de edad, nacida el 01-02-1994, de estado civil soltera, con domicilio en calle Maletti 2187, de la ciudad de Santo Tomé, Provincia de Santa Fe; LHERITIERMAXIMILIANO WALTER (Documento Nacional de Identidad número 41.930.612, CUIT número 20-41930612-7, argentina, de 27 años de edad, nacido el 07-07-1998, de estado civil soltero, con domicilio en calle Maletti 2187, de la ciudad de Santo Tomé, Provincia de Santa Fe, y LHERITIER SERENA MIA (Documento Nacional de Identidad número 47.077.561, CUIT número 27-47077561-6, argentina, de 19 años de edad, nacida el 20-04-2006, de estado civil soltera, con domicilio en calle Almirante Brown 2003, de la ciudad de Santo Tomé, Provincia de Santa Fe, deciden constituir una sociedad por acciones simplificada, con sujeción al siguiente: II.-ESTATUTO DENOMINACIÓN. DOMICILIO. PLAZO. OBJETO Artículo 1. La sociedad sedenomina “LG SEGURIDAD S.A.S.” y tiene su domicilio legal en la ciudad de Santo Tomé, Provincia de Santa Fe. Artículo 2. Su duración es de TREINTA (30) años, contados desde la fecha de inscripción en el Registro de Persona Jurídica, empresa y contratos. Artículo 3. Tiene por objeto la realización por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros: realizar servicios de Vigilancia, custodia y protección de personas, vehículos, transporte, bienes, valores, mercaderías en tránsito, custodia y protección de cualquier objeto de traslado lícito, a excepción del transporte de caudales, domicilios particulares, fábricas, industrias, comercios en general u otros tipos de objetivos móviles o fijos y/o entes e instituciones privadas u oficiales del Estado Nacional, Provincial o Municipal; Vigilancia y protección de personas y bienes en espectáculos públicos, locales bailables y otros eventos o reuniones análogas; y demás actividades vinculadas al objeto principal.- A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.- CAPITAL Artículo 4. El capital social es de UN MILLÓN de pesos ($ 1.000.000) representado por MIL (1000) acciones ordinarias de valor nominal MIL pesos (V$N 1000) cada una. El capital puede ser aumentado por decisión del órgano de gobierno en los términos del artículo 44 Ley 27.349. El capital social es suscripto en la siguiente proporción: LHERITIER FABIANA ANTONELA, SEISCIENTAS (600) acciones, por la suma de pesos SEISCIENTOS MIL ($ 600.000); LHERITIER MARTIN ARIEL, CIEN (100) acciones, por la suma de pesos CIEN MIL ($ 100.000); LHERITIER LUCILA BELEN, CIEN (100) acciones, por la suma de pesos CIEN MIL ($ 100.000), LHERITIER MAXIMILIANO WALTER, CIEN (100) acciones, por la suma de pesos CIEN MIL ($ 100.000), y LHERITIER SERENA MIA, CIEN (100) acciones, por la suma de pesos CIEN MIL ($ 100.000). Los socios integran el veinticinco por ciento (% 25) del capital suscripto que equivale a DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($ 250.000) en dinero en efectivo y en este acto y en las siguientes proporciones:Ciento Cincuenta mil pesos ($ 150.000) la señora FABIANA ANTONELA LHERITIER; Veinticinco Mil pesos ($ 25.000) el señor MARTÍN ARIEL LHERITIER; Veinticinco mil pesos ($ 25.000) la señora LUCILA BELEN LHERITIER; Veinticinco mil pesos ($ 25.000) el señor MAXIMILIANO WALTER LHERITIER; y, Veinticinco mil pesos ($ 25.000) la señora SERENA MIA LHERITIER. El setenta y cinco por ciento (75%) restante del capital suscripto, vale decir la cantidad de SETECIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($ 750.000) será integrado en efectivo dentro de un plazo de doce (12) meses contados desde la fecha del presente contrato. Cuando el giro comercial de la empresa lo requiera, éste podrá ser incrementado por decisión de los Socios que representen más del 75% del capital social, en asamblea, que determinará el plazo y el monto de integración, conforme a la suscripción y en la misma proporción de las acciones sociales que integra cada uno de ellos.- Artículo 5. Las acciones son escriturales y pueden ser ordinarias o preferidas. Estas últimas tienen derecho a un dividendo de pago preferente de carácter acumulativo o no, según las condiciones de su emisión. Artículo 6. Cada acción ordinaria suscripta confiere derecho a un voto. Artículo 7.- Los socios no pueden ceder sus cuotas de capital a terceros ajenos a la sociedad, sin el voto favorable de los socios que representen las tres cuarta partes del capital. En todo caso, la sociedad, o en su defecto los socios tendrán derecho de preferencia. La conformidad de la cesión, o el ejercicio de la opción a compra, deberá ser comunicado al cedente por cualquier medio fehaciente dentro del plazo de treinta (30) días de

haber requerido la autorización de venta.- La transferencia de cuotas en caso de muerte de uno de los socios, se hará a los herederos que acrediten tal carácter o al administrador de la sucesión hasta que ésta concluya, debiendo unificar la personería si así lo requieren los socios que representen la mayoría del capital.- Los socios

podrán hacerse representar mediante mandato formalizado en instrumento privado y con su firma certificada en forma judicial, notarial o bancaria. Se requerirá acuerdo de los socios que representen las tres cuarta partes del capital para el cambio del objeto social, transformación, fusión, escisión y toda modificación que imponga

responsabilidad a los socios. Artículo 8. En caso de mora en la integración del capital el administrador queda facultado para seguir cualquiera de los procedimientos previstos por el artículo 193 de la ley 19.550. ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN Artículo 9. La administración y la representación es plural (2 socios) designando para el cargo a la Sra. LHERITIER FABIANA ANTONELA y MARTÍN ARIEL LHERITIER. Para el caso de ausencia o impedimento de alguno de los titulares, se designa como suplentes a los Sres. LUCILA BELEN LHERITIER; MAXIMILIANO WALTER LHERITIER; y, SERENA MIA LHERITIER, que se incorporarán -en caso de corresponder- en forma sucesiva y en el orden descripto. Duran en su cargo por tiempo indeterminado, hasta tanto sean reemplazados. Cuentan con todas las atribuciones conferidas por las normas de fondo, incluidas aquellas para las que se requiere poder especial, con la sola limitación de decidir actos de disposición o gravamen sobre bienes de la sociedad, actos éstos que requieren la conformidad de la reunión de socios. A tal fin el administrador puede realizar válidamente todas las operaciones que no estén expresamente prohibidas en este contrato. Cumpliendo las disposiciones del párrafo, podrá para lograr el objeto social comprar, vender, ceder, transferir, donar, permutar, alquilar, arrendar y gravar cualquier bien mueble o inmueble, incluyendo hipotecar, constituir servidumbres, anticresis, usufructos, uso y habitación y demás derechos reales. Podrán también realizar todo tipo de operaciones bancarias y crediticias con instituciones bancarias públicas o privadas, ya sea en la casa central o en cualquiera de sus sucursales, efectuar y conceder toda clase de mandatos y comisiones comerciales y realizar cualquier acto o contrato con personas de existencia visible o jurídica a fin de lograr el objeto social, pudiendo gestionar, explotar y transferir cualquier privilegio o concesión que le otorguen los gobiernos nacionales, provinciales, municipales oextranjeros.- Artículo 10. Sesiona con la participación de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría absoluta de votos presentes o conectados. Las reuniones pueden celebrarse por medios digitales, en cuyo caso se indicará en la convocatoria la información necesaria para la participación y se guardará registro audiovisual. El acta será firmada por todos los asistentes de modo presencial; si la sesión fuera totalmente remota lo será por el presidente, quien dejará constancia de la modalidad y de las personas que participaron de la reunión. Las resoluciones adoptadas serán válidas si asiste la mayoría absoluta de los miembros y el temario es aprobado por mayoría absoluta, aunque las decisiones no resultaran unánimes. Todas las resoluciones deberán incorporarse al Libro de Actas que se llevará a ese fin. GOBIERNO Artículo 11. La reunión de socios es el órgano de gobierno. Se celebra siempre que el representante legal lo requiera y notifique a cada uno de los accionistas. Si la reunión fuese unánime, puede prescindirse del requisito de la convocatoria. Las reuniones pueden ser celebradas mediante mecanismos no presenciales. Para su eficacia, la decisión de convocatoria deberá prever esta posibilidad e incluirla en la notificación o publicación, indicando una dirección de correo electrónico a la cual los accionistas e integrantes del órgano de administración puedan solicitar la información necesaria para su conexión. Para el caso en que el acto sea parcialmente presencial, suscribirán el acta los accionistas presentes que la reunión designe a tal fin. Si fuese totalmente virtual, el acta será firmada por el representante legal, quien suscribirá además el libro de asistencia a asamblea, dejando aclarado el modo de realización. Todas las resoluciones se adoptarán por mayoría absoluta de votos presentes o conectados. Además, son válidas las resoluciones sociales que se adopten por el voto de los socios, comunicado al representante legal por medio que garantice su autenticidad, dentro de los diez días de habérseles cursado consulta simultánea a través de un medio fehaciente; o las que resultan de declaración escrita en la que todos los socios expresan el sentido de su voto. No se puede comprometer a la sociedad en fianzas o garantías a favor de terceros en operaciones ajenas al objeto social.- FISCALIZACIÓN Artículo 12. La sociedad prescinde de sindicatura. Los socios cuentan con el derecho de información previsto en el artículo 55 de la ley general de sociedades. EJERCICIO SOCIAL. RESULTADOS Artículo 13. El ejercicio social cierra el 31 de diciembre de cada año. A esa fecha se confeccionan los estados contables conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas de la materia. El órgano de administración deberá poner los estados contables a disposición de los socios, con no menos de quince (15) días de anticipación a la reunión convocada para su tratamiento. Artículo 14. Las ganancias realizadas y líquidas se destinan: a) 5% hasta alcanzar el 20% del capital suscripto para el fondo de reserva legal; b) a remuneración del administrador; c) el saldo -en todo o en parte- a participación adicional de las acciones preferidas si las hubiere, a fondos de reserva facultativos o de previsión o al destino que determinen los socios. Los dividendos serán pagados dentro del año de su sanción, si la reunión de socios no estableciera otro plazo, en proporción a las respectivas integraciones. DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN Artículo 15. La sociedad se disuelve por cualquiera de los supuestos previstos en los artículos 55 y 56 de la ley 27349. Su liquidación será practicada por quienes al momento de la disolución conformen el órgano de administración, que devendrán en liquidadores. Cancelado el pasivo y reembolsado el capital, el remanente se repartirá entre los socios, en proporción a sus aportes. COMUNICACIONES Artículo 16. Se establece que, para toda comunicación entre la sociedad, los socios y los integrantes de los órganos es válido el envío de correo electrónico a las direcciones obrantes en la sociedad. Los socios e integrantes de los órganos de administración se comprometen a mantener actualizados sus domicilios postal y electrónico, siendo válidas las notificaciones dirigidas al último lugar o dirección de mail obrantes en la sociedad. III.- SUSCRIPCIÓN E INTEGRACIÓN DEL CAPITAL Accionista Acciones Suscriptas Valor nominal total Naturaleza del Aporte Integración Fabiana LHERITIER 600 $ 600000 En dinero 25% en este acto ($ 150000). Saldo en el término de un año a partir de la fecha Martín LHERITIER 100 $ 100000 En dinero 25% en este acto ($ 25000). Saldo en el término de un año a partir de la fecha Lucila LHERITIER 100 $ 100000 En dinero 25% en este acto ($ 25000). Saldo en el término de un año a partir de la fecha Maximiliano LHERITIER 100 $ 100000 En dinero 25% en este acto ($ 25000). Saldo en el término de un año a partir de la fecha Serena LHERITIER 100 $ 100000 En dinero 25% en este acto ($ 25000). Saldo en el término de un año a partir de la fecha TOTALES 1000 $ 1000000 $ 250000 integrados, $ 750000 a integrar IV.- DECLARACIONES Y COMPROMISOS IMPUESTOS POR LA LEY 25.246 Cada uno de los constituyentes y administradores declara bajo juramento: 1. Que los datos personales consignados al comienzo del presente son correctos y completos. 2. Que los fondos invertidos en el capital social son de origen lícito, correspondiendo a ahorros personales y producto de su trabajo.- 3. Que no se encuentra alcanzado dentro de la Nómina de Personas Expuestas Políticamente emitida por la Unidad de Información Financiera, que ha leído. 4. Que los datos personales y los relativos a su participación contenidos en el presente constituyen declaración jurada respecto de su eventual identificación como beneficiario final, en los términos definidos por la Unidad de Información Financiera. Asimismo, se compromete a informar cualquier modificación que se produjere respecto de lo aquí declarado, dentro de los treinta (30) días de ocurrida y mediante la presentación de una nueva declaración jurada. V.- PERÍODO FUNDACIONAL De conformidad con lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 183 de la ley 19.550, el órgano de administración queda facultado para realizar para la sociedad, durante el período fundacional, trámites ante cualquier organismo nacional, provincial o municipal tendientes a las inscripciones y habilitaciones que se requirieran para la actuación de la sociedad y tramitar las autorizaciones que pudiera requerir; también a celebrar cualquier clase de contratos vinculados al inicio de la actividad de la sociedad, tanto relativos a bienes inmuebles cuanto a servicios públicos prestados por empresas estatales o privadas, servicios profesionales y suministros. Deberá además establecer un correo electrónico a los fines previstos en el artículo 17 y comunicarlo a todos los comparecientes en este acto. VI.- MANDATARIOS ESPECIALES Por unanimidad se designa al C.P.N Caruso Gonzalo Daniel, Matrícula 01-18986 del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe, para que realice todas las gestiones necesarias para obtener la inscripción en el Registro de Personas Jurídicas, Empresas y Contratos (RPJEC), con facultades de aceptar y proponer modificaciones, acompañar, desglosar y retirar documentación, depositar y retirar sumas de dinero, depósitos y cuantos más actos resulten necesarios para obtener la conformidad administrativa y posterior inscripción registral del presente instrumento. Con el contenido precedente, queda suscripta el acta constitutiva de “LHEAL GROUP S.A.S.”, firmando dos ejemplares todas las personas individualizadas al comienzo del presente en su condición de constituyentes y, en el caso de los designados administradores, también en señal de aceptación del cargo.

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SESICO S.A.


Designación de Directorio


Por disposición de Registro de Personas Jurídicas Empresas y Contratos, en autos “SESICO SA || Trámite: Personas jurídicas: Modificaciones al Estatuto y a los órganos de Sociedades Anónimas - RPJEC” , se ha dispuesto la siguiente publicación, conforme a lo establecido en el art. 10 de la Ley 19.550. Se hace saber que por Acta de Asamblea General Ordinaria unánime (Art. 237 último párrafo de la Ley de Sociedades Nº. 19.550 t.o.) de fecha 28 de mayo de 2025, la totalidad de los accionistas que representan el cien por ciento del capital social de la entidad SESICO S.A., C.U.I.T. 30-69364503-0, con domicilio social en Calle Córdoba Nº 1464 piso 8 de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, inscripta en el Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario, en Estatutos al Tomo 78 Folio 3820 Nº. 184 en fecha 29 de Mayo de 1997 han resuelto designar por unanimidad la composición del Directorio según Acta de Asamblea Nº 36 designado en fecha 28 de mayo de 2025, el que se encuentra conformado de la siguiente manera: el Sr. Tombolini, Walter Rubén, DNI: 12.748.474, CUIT: 20-12748474-1, Presidente del Directorio; el Sr. Santecchia, Claudio Edelmiro, DNI: 14.631.669, CUIT: 20-14631669-8 Director Titular; el Sr. De Vicenzo, Pablo Daniel, DNI: 23.049.566, CUIT: 20-23049566-2 Director Titular; el Sr. Panero, Sebastian Hector, DNI: 25.505.228, CUIT: 20-25505228-5 Director Titular; el Sr. Tombolini, Nicolás DNI: 34.100.166, CUIT 20-34100166-9 Director Suplente, quienes aceptaron sus designaciones y prestarán su conformidad mediante las firmas insertas por ellos al pie del Acta de Asamblea General Ordinaria Unánime Nº. 36 ut supra referida. Todos los directores electos fijan domicilio especial en los términos del art. 256 de la LGS en la Sede Social a saber: Córdoba N.º 1464 Piso 8 de la ciudad de Rosario.-

1 dia.-

RPJEC 2659.-,


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OBITELJ S.A.


Renuncia y Designación de Directorio


Por disposición de Registro de Personas Jurídicas Empresas y Contratos, en autos “OBITELJ SA - AUTORIDADES SA || Trámite: Personas jurídicas: Modificaciones al Estatuto y a los órganos de Sociedades Anónimas - RPJEC” , se ha dispuesto la siguiente publicación, conforme a lo establecido en el art. 10 de la Ley 19.550. Se hace saber que por Acta EDICTOS “OBITELJ S.A.” Se hace saber que por acta de Asamblea General Ordinaria Nº 6 de fecha 18/03/2026 se ha procedido a considerar y aprobar la renuncia del Sr. Carlos Damian Milicic DNI 26.603.164 y se procedió a designar, distribuir y aceptar los nuevos cargos del Directorio de OBITELJ S.A., el cual ha quedado integrado de la siguiente manera: Presidente: María de los Ángeles Milicic, argentina, nacida en fecha 21 de junio de 1974, DNI N°23.936.467, CUIT N°27-23936467-0, casada, abogada, con domicilio en la calle Sarmiento N°262 P.16 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe. Vicepresidente: Flavia Marcela Milicic, argentina, nacida en fecha 28 de enero de 1976, DNI N°25.161.097, CUIT N°27-25161097-0, casada, contadora publica, con domicilio en la calle Santiago N°463 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe. Directora titular: Débora Soledad Milicic, argentina, nacida en fecha 26 de enero de 1987, DNI N°32.812.680, CUIT N°27-32812680-5, casada, profesora, con domicilio en la calle Casacuberta N°8877 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe. Director Suplente: Sr. Carlos Mateo Ramon Milicic, argentino, nacido en fecha 25 de enero de 1949, DNI N.º 5.522.300, CUIT N°23-05522300-9, casado, empresario, con domicilio en Av. Del Huerto 1213 Piso 14 Torre 2 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe. Todos los Directores han constituido domicilio especial a los fines del art. 256 de la LGS en Av. Presidente Perón 8110, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.


1 dia.-

RPJEC 2650.-,


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DE SOL A SOL S.A.


Sobre Designación de Directorio


Por disposición de Registro de Personas Jurídicas Empresas y Contratos, en autos “DE SOL A SOL S.A. S/ DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES - EE-2026-00039397-APPSF-PE” se hace saber que por Acta de Asamblea General Ordinaria de fecha 31/03/2026 el órgano de gobierno de la sociedad DE SOL A SOL S.A. ha procedido a: I).- Fijar en la cantidad de cinco (5) los Directores Titulares y en un (1) el Director Suplente y II).- Designar por el término de tres ejercicios como Directores Titulares: a la Sra. Marisa Cristina Parola, DNI 21.583.925, en el cargo de Presidente; a Daniel Norberto Abriatta, DNI 18.111.456, como Vicepresidente; a Matías Ezequiel Abriatta, DNI 35.750.692, a Gonzalo Joel Abriatta, DNI 39.857.409 y a Germán Emanuel Abriatta, DNI 41.109.456 como Directores Titulares; y a Sergio José María Urso, DNI 13.040.074 como Director Suplente.-


1 día.-

RPJEC 2653.-


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AQUA GENERAL SERVICE S.R.L.


CONSTITUCION



DENOMINACION: La sociedad se denominará AQUA GENERAL SERVICE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. Tendrá su domicilio legal en la Provincia de Santa Fe. DURACION: 30 años (treinta años), contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro de Personas Jurídicas, Empresas y Contratos de la Provincia de

Santa Fe. OBJETO: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, bajo cualquier forma asociativa licita, en inmuebles propiosy/o de terceros, mediante la utilización de mano de obra propia y/o de terceros, incluyendo la importación y/o exportación, las actividades de: 1) Diseño, construcción, operación y mantenimiento de plantas de tratamiento de agua y/o de efluentes, para uso industrial y/o domiciliario; 2) Compraventa de insumos, químicos y repuestos de plantas de tratamiento de agua, plantas de tratamiento de efluentes, torres de enfriamiento, calderas y procesos industriales; 3) Servicio de reparación y mantenimiento de plantas de tratamiento de agua y efluentes, calderas, etc.; 4) Servicio de asesoramiento técnico en plantas de tratamiento de agua y efluentes, u otras obras civiles.; 5) comercialización de proyectos llave en mano de plantas de tratamiento de agua y efluentes incluyendo obra civil y eléctrica. Para ello, la sociedad tendrá plena capacidad jurídica paa realizar todos los actos, contratos, y operaciones relacionadas directa o indirectamente con su objeto social.-- CAPITAL: El capital social se establece en la suma de $6.000.000 (PESOS Seis millones), representado por 600 (seiscientas) cuotas sociales de valor Pesos Diez mil ($10.000,00) cada una. Los socios suscriben la totalidad de las cuotas sociales, haciéndolo de la siguiente manera: La señora VANESA LIA BOURDAROUX, suscribe 300 (trescientas) cuotas sociales de $10.000,00

(Pesos Diez Mil) cada una, lo que hace un total de $ 3.000.000,00 (Pesos tres millones); el señor MAURO ANDRES TOSETTO, suscribe 300 (trescientas) cuotas sociales de $10.000,00 (Pesos Diez Mil) cada una, lo que hace un total de $ 3.000.000,00 (Pesos tres millones); integrandose en este acto, el Veinticinco por ciento (25%) en efectivo y comprometiendose a integrar el resto dentro de los veinticuatro meses de constituída la sociedad. BALANCE: El ejercicio económico cerrará el 31 de Marzo de cada año. ADMINISTRACION Y REPRESENTACION: Se designa como SOCIO GERENTE el señor MAURO ANDRES TOSETTO, Argentino, DNI 31.369.700, CUIT Nº 20- 31369700-3, nacido el 24/05/1985, de profesión comerciante, estado civil casado, domiciliado en Felix Ramella 345 de la ciudad de Sunchales, Provincia de Santa Fe, quien estando presente en este acto, ACEPTA el cargo para el cual fueran designado. DOMICILIO SOCIAL: Felix Ramella 345 de la ciudad de Sunchales, Provincia de Santa Fe.

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MAS TRES NEGOCIOS INMOBILIARIOS S.A.S


CONSTITUCIÓN SAS


I.- ACTA CONSTITUTIVA. - COMPARECIENTES. - En la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, República Argentina, a los 19 días del mes de mayo del año 2026, los Sres. ALEJANDRO RENÉ SCOCCO, argentino, nacido el 3 de Mayo de 1988, D.N.I. N° 33.826.815, CUIT N° 20 33826815-8, de profesión corredor inmobiliario, de estado civil soltero, con domicilio real en calle San Lorenzo 1163 de la localidad de Alcorta, Provincia de Santa Fe, y domicilio electrónico en ale2_scocco@hotmail.com y ANTONELLA DAIANA PIZZICATTI, argentina, nacida el 3 de Junio de 1994, D.N.I. N° 37.449.422, CUIT N° 27 37449422-3, de profesión abogada, de estado civil soltera, con domicilio real en calle Av. Avellaneda bis 1080, piso 14, departamento 1, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, y domicilio electrónico en a.pizzicatti@gmail.com el cual también se establece como domicilio electrónico de la sociedad.- II.- ESTATUTO.- CAPITULO I. DENOMINACIÓN. DOMICILIO. PLAZO Y OBJETO. Artículo 1: La sociedad se denomina “MAS TRES NEGOCIOS INMOBILIARIOS S.A.S” y tiene su domicilio legal en la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, República Argentina, pudiendo establecer agencias, sucursales y todo tipo de establecimiento o representación en cualquier otro lugar del país o del extranjero. Artículo 2: Su duración es de cincuenta (50) años, contados desde la fecha de inscripción en el Registro de Personas Jurídicas, Empresas y Contratos. Artículo 3: Tiene por objeto la realización, por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, en forma habitual o accidental, dentro o fuera del país, a la intermediación, corretaje, administración, comercialización, locación, venta, compra, permuta, tasación y cualquier otra actividad inmobiliaria, como así también a la construcción de todo tipo de obras, públicas o privadas, incluyendo: (a) Intermediación y corretaje inmobiliario; (b) Administración, gestión y explotación de bienes inmuebles, propios o de terceros, urbanos o rurales; (c) Desarrollo, construcción, refacción, remodelación, subdivisión, loteo y urbanización de bienes inmuebles, ya sea por cuenta propia o de terceros; realizar la construcción de todo tipo de obras, públicas o privadas, sean a través de contrataciones directas o de licitaciones, para la construcción de edificios, viviendas, locales comerciales y plantas industriales; realizar refacciones, remodelaciones, instalaciones, trabajos de albañilería y/o cualquier trabajo de la construcción; (d) Prestación de servicios de consultoría, asesoramiento, tasación, estudios de factibilidad, comercialización y marketing inmobiliario; (e) Participación en emprendimientos inmobiliarios, sociedades, consorcios, uniones transitorias y contratos de colaboración empresaria; (f) Actuar como fiduciante, beneficiaria o fideicomisaria en fideicomisos inmobiliarios y, en general, realizar toda actividad complementaria o vinculada al negocio inmobiliario. La sociedad tiene plena capacidad jurídica para realizar cualquier acto jurídico relacionado directa o indirectamente con su objeto, incluyendo adquirir bienes muebles e inmuebles; celebrar contratos civiles y comerciales; tomar y otorgar préstamos; administrar, locar, comprar, vender, permutar y gravar bienes; realizar inversiones y aportes de capital en personas humanas o jurídicas; excepto aquellas actividades para las cuales se requiera autorización especial o estén alcanzadas por la Ley de Entidades Financieras, oferta pública, ahorro público, o cualquier otra para la cual la sociedad no se encuentre habilitada por el tipo social. Las actividades que en virtud de la materia lo requieran, serán ejercidas por profesionales con título habilitante. CAPITULO II. CAPITAL. Artículo 4: El capital social es de PESOS NOVECIENTOS MIL ($900.000,00.-), representado por novecientas mil (900.000) acciones ordinarias escriturales, de valor nominal PESOS UNO ($1.-) cada una, con derecho a un (1) voto por acción. El capital puede ser aumentado por decisión de los socios conforme al artículo 44 de la Ley 27.349. Artículo 5: Las acciones son nominativas no endosables, ordinarias o preferidas. Estas últimas tienen derecho a un dividendo fijo preferente de carácter acumulativo o no, conforme a las condiciones de su emisión. Puede fijarse también una participación adicional en las ganancias. Artículo 6: Cada acción ordinaria suscripta confiere derecho de uno a cinco votos, conforme se determine al disponer su emisión. Artículo 7: Las acciones y los certificados provisionales contendrán las menciones exigidas por la ley. Se pueden emitir títulos representativos de más de una acción. Artículo 8: En caso de mora en la integración del capital el administrador queda facultado para seguir cualquiera de los procedimientos previstos por el artículo 193 de la ley 19.550. Artículo 9: La transferencia de acciones, cualquiera sea su modalidad, deberá ser notificada fehacientemente a la sociedad y a los restantes accionistas, indicando cantidad de acciones, precio y condiciones de la operación. La cesión o transferencia de acciones, ya sea entre socios o a terceros, requerirá la previa aprobación de la reunión de accionistas, la que deberá resolver con el voto favorable de las dos terceras (2/3) partes del capital social total. En caso de negativa, los accionistas o la sociedad, según lo determine la reunión de accionistas, podrán ejercer el derecho de preferencia para adquirir las acciones en las mismas condiciones ofrecidas al tercero. La transferencia sólo producirá efectos frente a la sociedad y terceros una vez inscripta en el Libro de Registro de Acciones correspondiente. CAPITULO III. ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN. Artículo 10: La administración y representación legal de la sociedad estará a cargo de uno (1) a cinco (5) personas humanas, socios o no, cuyo número se decidirá por el órgano de gobierno al tiempo de su designación. La representación estará a cargo de una persona humana designada como representante por el órgano de gobierno y, en caso de administración plural, podrá designarse un representante quien reemplazará al representante en caso de ausencia o impedimento. Deberá designarse igual número de suplentes mientras la sociedad carezca de órgano de fiscalización, los que se incorporarán en el orden de su elección en caso de ausencia o impedimento de los titulares. Duran en el cargo por tiempo indeterminado, hasta tanto sean reemplazados. Cuentan con todas las atribuciones conferidas por las normas de fondo, incluidas aquellas para las que se requiere poder especial. Los actos que puedan comprometer sustancialmente el capital social, afectar su integridad o generar endeudamiento para la sociedad —incluyendo, sin limitación, la toma de préstamos, constitución de garantías reales o personales, emisión de obligaciones, o cualquier operación que implique endeudamiento significativo— deberán contar con la previa aprobación de la reunión de accionistas adoptada con el voto favorable de las dos terceras (2/3) partes del capital social total con derecho a voto. La remoción del administrador, así como la modificación del régimen de administración para establecer una administración plural o designar nuevos administradores por cualquier causa, requerirá resolución de la reunión de accionistas adoptada con el voto favorable de las dos terceras (2/3) partes del capital social total con derecho a voto. La asamblea fija su remuneración. Artículo 11: Cuando la administración fuera plural será colegiada y el órgano de gobierno designará a uno de sus integrantes como representante legal y presidente del órgano y a otra persona como vicepresidente para el ejercicio de la representación en caso de ausencia o impedimento del primero. Sesiona con la participación de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría absoluta de votos presentes o conectados. La convocatoria podrá realizarse por medio fehaciente o por medios electrónicos, en cuyo caso deberá asegurarse su recepción. Las reuniones podrán realizarse en la sede social o fuera de ella, pudiendo utilizarse medios que permitan a los participantes comunicarse simultáneamente entre ellos, en cuyo caso se indicará en la convocatoria la información necesaria para la participación y se guardará registro audiovisual. El acta será firmada por los asistentes presentes; si la sesión fuera totalmente remota, lo será por el representante, quien dejará constancia de la modalidad y de las personas que participaron de la reunión. Los administradores podrán autoconvocarse para deliberar sin necesidad de citación previa, en cuyo caso las resoluciones adoptadas serán válidas si asiste la totalidad de los miembros y el temario es aprobado por mayoría absoluta. Todas las resoluciones deberán incorporarse al Libro de Actas que se llevará a tal fin. CAPITULO IV. GOBIERNO. Artículo 12: La reunión de socios es el órgano de gobierno. Se celebra siempre que el representante legal lo requiera y notifique a cada uno de los accionistas. Si la reunión fuese unánime, puede prescindirse del requisito de la convocatoria. Las reuniones pueden ser celebradas mediante mecanismos no presenciales. Para su eficacia, la decisión de convocatoria deberá prever esta posibilidad e incluirla en la notificación o publicación, indicando una dirección de correo electrónico a la cual los accionistas e integrantes del órgano de administración puedan solicitar la información necesaria para su conexión. Para el caso en que el acto sea parcialmente presencial, suscribirán el acta los accionistas presentes que la reunión designe a tal fin. Si fuese totalmente virtual, el acta será firmada por el representante legal, quien suscribirá además el libro de asistencia a asamblea, dejando aclarado el modo de realización. Todas las resoluciones se adoptarán por mayoría absoluta de votos presentes o conectados. Además, son válidas las resoluciones sociales que se adopten por el voto de los socios, comunicado al representante legal por medio que garantice su autenticidad, dentro de los diez días de habérseles cursado consulta simultánea a través de un medio fehaciente; o las que resultan de declaración escrita en la que todos los socios expresan el sentido de su voto. CAPITULO V. FISCALIZACIÓN. Artículo 13: La sociedad prescinde de Sindicatura, sin perjuicio de la fiscalización que poseen los accionistas conforme al artículo 55 de la Ley General de Sociedades N° 19.550. CAPITULO VI. EJERCICIO SOCIAL. RESULTADOS. Artículo 14: El ejercicio social cierra el día 31 de diciembre de cada año. A esa fecha se confeccionan los estados contables conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas de la materia. El órgano de administración deberá poner los estados contables a disposición de los socios, con no menos de quince (15) días de anticipación a la reunión convocada para su tratamiento. Artículo 15: Las ganancias realizadas y líquidas se destinan: a) Cinco por ciento (5%) hasta alcanzar el veinte por ciento (20%) del capital suscripto para el fondo de reserva legal. b) A remuneración del o los Administradores c) El saldo, en todo o en parte, a participación adicional de las acciones preferidas o a fondos de reserva facultativos o de previsión o al destino que determinen los socios. Los dividendos deben ser pagados en proporción a las respectivas integraciones, dentro del año de su sanción. CAPITULO VII. DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN. Artículo 16: La sociedad se disuelve por cualquiera de los supuestos previstos en los artículos 55 y 56 de la ley 27349. Su liquidación será practicada por quienes al momento de la disolución conformen el órgano de administración, que devendrán en liquidadores. Cancelado el pasivo y reembolsado el capital, el remanente se repartirá entre los socios, en proporción a sus aportes. CAPITULO VIII. COMUNICACIONES. Artículo 17: Se establece que, para toda comunicación entre la sociedad, los socios y los integrantes de los órganos es válido el envío de correo electrónico a las direcciones obrantes en la sociedad. Los socios e integrantes de los órganos de administración se comprometen a mantener actualizados sus domicilios postal y electrónico, siendo válidas las notificaciones dirigidas al último lugar o dirección de mail obrantes en la sociedad. CAPITULO IX. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. Artículo 17: Cualquier reclamo, diferencia, conflicto o controversia que se suscite entre la sociedad, los socios, sus administradores y, en su caso, los miembros del órgano de fiscalización, cualquiera sea su naturaleza, quedará sometido a la jurisdicción de los tribunales ordinarios con competencia en materia comercial con sede en la ciudad de Rosario. III.- SUSCRIPCIÓN E INTEGRACIÓN DEL CAPITAL.- El capital se suscribe e integra de acuerdo con el siguiente cuadro: Accionista Acciones Suscriptas Clases de Acciones Naturaleza del Aporte Modalidad Alejandro René Scocco 90.000 Ordinarias escriturales. En Efectivo 25% en este acto ($22.500). Valor nominal $1, con Saldo en efectivo dentro de derecho a un (1) voto los 2 años contados desde la por acción. inscripción registral. Antonella Daiana Pizzicatti 810.000 Ordinarias escriturales. En Efectivo 25% en este acto ($202.500). Valor nominal $1, con Saldo en efectivo dentro de derecho a un (1) voto los 2 años contados desde la por acción. inscripción registral. TOTALES 900.000 $900.000 $225.000 integrados; $675.000 a integrar. IV. DECLARACIONES Y COMPROMISOS IMPUESTOS POR LA LEY 25.246.- En este mismo acto, cada uno de los constituyentes y administradores declara bajo juramento: 1.- Que los datos personales consignados al comienzo del presente son correctos y completos. 2.- Que los fondos invertidos en el capital social son de origen lícito, correspondiendo al desarrollo de sus actividades profesionales y laborales. 3.- Que tanto ellos como la sociedad no se encuentran alcanzados y/o incluidos dentro de la “Nómina de Sujetos Obligados” enumerados en el artículo 20 de la Ley 25.246 y sus modificatorias, declarando que tienen conocimiento del alcance y propósitos establecidos por la Ley 25.246, sus normas modificatorias y complementarias, en las resoluciones emitidas por la Unidad de Información Financiera y demás disposiciones vigentes en materia de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, y que cumplen con la mencionada normativa. 4.- Que en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 25.246 y sus modificatorias, la Resolución General N° 1700/2022, y la Resolución N° 112/2021 de la Unidad de Información Financiera de la República Argentina, los suscriptos declaran bajo juramento que las informaciones consignadas en la presente son exactas y verdaderas, y que revisten el carácter de “Beneficiarios Finales” de la presente persona jurídica en los siguientes porcentajes: ALEJANDRO RENÉ SCOCCO, D.N.I. N° 33.826.815, en un diez por ciento (10%); y ANTONELLA DAIANA PIZZICATTI, D.N.I. N° 37.449.422, en un noventa por ciento (90%). Asimismo, se comprometen a informar cualquier modificación que se produjere respecto de lo aquí declarado, dentro de los treinta (30) días de ocurrida y mediante la presentación de una nueva declaración jurada. 5.- Que en cumplimiento de lo dispuesto por la Unidad de Información Financiera, no se encuentran alcanzados dentro de la Nómina de Personas Expuestas Políticamente emitida por dicho organismo, que han leído. 6. Que en cumplimiento de lo dispuesto por el Registro de Personas Jurídicas, Empresas y Contratos, los firmantes asumen el compromiso de actualización de la información ante el RPJEC en caso de cambio de situación, de los socios y de cada miembro titular y suplente de los órganos de la sociedad. V.- ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN.- Se establece su composición unipersonal, designándose: Administrador y representante titular: SCOCCO, Alejandro René, D.N.I. N° 33.826.815, CUIT N° 20-33826815-8. Administradora suplente: PIZZICATTI, Antonella Daiana, D.N.I. N° 37.449.422, CUIT N° 27-37449422-3. Quienes presentes en este acto aceptan los cargos, manifiestan bajo forma de declaración jurada que NO son Personas Expuestas Políticamente, de conformidad con lo establecido en las Resoluciones de la Unidad de Información 2 de 3 Financiera, y constituyen domicilio especial en la sede social. Todos los datos de los miembros del órgano de administración mencionados en el párrafo precedente se encuentran detallados al comienzo del presente. VI.- PERÍODO FUNDACIONAL.- De conformidad con lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 183 de la Ley 19.550, el órgano de administración queda facultado para realizar para la sociedad, durante el período fundacional, trámites ante cualquier organismo nacional, provincial o municipal tendientes a las inscripciones y habilitaciones que se requirieran para la actuación de la sociedad y tramitar las autorizaciones que pudiera requerir; también a celebrar cualquier clase de contratos vinculados al inicio de la actividad de la sociedad, tanto relativos a bienes inmuebles cuanto a servicios públicos prestados por empresas estatales o privadas, servicios profesionales y suministros. Deberá además establecer un correo electrónico a los fines previstos en el Artículo 16 y comunicarlo a todos los comparecientes en este acto. VII.- SEDE SOCIAL.- Se fija la sede social en calle Av. Avellaneda bis 1080, piso 14, departamento 1, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe. Los socios declaran bajo juramento que en la sede social indicada funcionará efectivamente el centro principal de la dirección y administración de las actividades de la entidad. Podrá ser modificada mediante decisión del órgano de administración, la que se inscribirá en el Registro de Personas Jurídicas, Empresas y Contratos y se comunicará a la autoridad de contralor. VIII.- MANDATARIOS ESPECIALES.- Los integrantes del órgano de administración y los profesionales Dr. Enzo Nicolás Cardigni, argentino, mayor de edad, nacido el 21/03/1987, titular del Documento Nacional de Identidad N° 33.082.009, CUIT N° 20-33082009-9, de profesión abogado, de estado civil casado, con domicilio en calle Corrientes 931, Piso 2, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, correo electrónico enzo.cardigni@gmail.com, y Dr. Emiliano Mansilla Nellen, argentino, mayor de edad, nacido el 17/02/1999, titular del Documento Nacional de Identidad N° 41.655.814, CUIT N° 20-41655814-1, de profesión abogado, de estado civil soltero, con domicilio en calle Corrientes 931, Piso 2, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, correo electrónico emi.mansillanellen@gmail.com, quedan indistintamente autorizados para realizar todas las gestiones necesarias para la obtención de la conformidad de la autoridad administrativa de control y la inscripción de la sociedad en el Registro de Personas Jurídicas, Empresas y Contratos. Los autorizados cuentan con las más amplias facultades a ese fin, incluidas las de aceptar o proponer modificaciones al contenido de este instrumento en tanto resultaren necesarias para cumplir con observaciones producidas durante los trámites de conformidad administrativa o inscripción, suscribir textos ordenados que fueran requeridos, recurrir y fundar recursos en sede administrativa o judicial —incluyendo las vías extraordinarias—, desistirlos, publicar edictos, efectuar y retirar depósitos y cuantos más actos resulten necesarios para obtener la conformidad administrativa y posterior inscripción registral del presente instrumento. Con el contenido precedente, queda suscripta el acta constitutiva de “MAS TRES NEGOCIOS INMOBILIARIOS S.A.S.”, firmando cuatro (4) ejemplares todas las personas individualizadas al comienzo del presente en su condición de constituyentes y, en el caso de los designados administradores, también en señal de aceptación del cargo

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LA NATIVIDAD S.A. –


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


PUBLICACIÓN POR UN (1) DÍA EN EL BOLETÍN OFICIAL DE SANTA FE LA NATIVIDAD S.A. Por estar así dispuesto en los autos caratulados “LA NATIVIDAD S.A. S/ DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES –” de trámite por ante el Registro de Personas Jurídicas, Empresas y Contratos de Santa Fe, y en cumplimiento de disposiciones legales vigentes, se hace saber lo siguiente: - Conforme Asamblea General Ordinaria celebrada en fecha 13 de abril de 2.026, se resolvió designar como Director Titular y Presidente del Directorio: Sr. Hernan Cristian Redondo, argentino, DNI Nº 22.681.420, CUIT Nº 20-22681420-6, casado, de profesión empresario, con domicilio real y especial en Club de Campo El Paso s/n - Santo Tomé, SANTA FE y Director Suplente: Sr. Pablo Alejandro Redondo, argentino, DNI Nº 25.001.182, CUIT N.º 20-25001182-3, casado, de profesión empresario, con domicilio real y especial en Club de Campo El Paso s/n - Santo Tomé, SANTA FE.


RPJEC 2655


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EDFERO S.R.L.


Constitución


Por disposición del Registro de Personas Jurídicas, Empresas y Contratos de la provincia de Santa Fe, se hace saber que en fecha 20/05/2026 se constituyó la sociedad EDFERO S.R.L. Socios: Eduardo Salvador Torrazza, DNI 13.958.610 y Gianluca Torrazza, DNI 35.022.489. Domicilio legal: San Martín 50 bis, ciudad de Funes, provincia de Santa Fe. Duración: 20 años desde su inscripción registral. Objeto: Importación y exportación de mercaderías, productos, bienes e insumos; compra, venta, comercialización, distribución, acopio, fraccionamiento, industrialización y representación de marcas y productos nacionales o extranjeros; y actuación como fiduciaria en fideicomisos. Capital social: $4.000.000, dividido en 4.000 cuotas de $1.000 cada una. Eduardo Salvador Torrazza suscribe 3.800 cuotas y Gianluca Torrazza 200 cuotas. Administración y representación: a cargo de uno o más gerentes. Se designa como Gerente a Eduardo Salvador Torrazza y como Gerente Suplente a Gianluca Torrazza. Cierre de ejercicio: 30 de abril de cada año. Fiscalización: A cargo de todos los socios.


1 dia.-

RPJEC 2649.-

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I. A. MANTENIMIENTO


SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA


JAVIER EMILIO FRISARI, nacido el 22 de marzo de 1982, argentino, empleado, con domicilio en calle Sánchez de Bustamante 2450, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, DNI 29.388.312, CUIL 20-29388312-3, soltero y SEBASTIAN DANIEL AMANTINI, DNI 26.066.163, CUIT 23-26066163-9, argentino, técnico electricista, nacido el 03 de septiembre de 1977, con domicilio en calle Castellanos 3523, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, soltero.

Denominación de la Sociedad: I. A. MANTENIMIENTO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.

Domicilio de la Sociedad: Italia 2893, Rosario.

Objeto Social: Servicio de mantenimiento de ascensores, portones automáticos, rampas, bombas de agua y de artefactos eléctricos en general; Comercialización, distribución, representación de productos y materiales eléctricos.

Prórroga: Los socios prorrogan la duración de la sociedad hasta el 30 de abril de 2036.

Fecha de la Resolución de la Sociedad que aprobó la prórroga: 20 de abril de 2026.

Capital Social: pesos Cuatrocientos Mil ($ 400.000).

Se publica por un día (1) día en el Boletín Oficial, a los 18 días del mes de junio de 2026.-


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S&D OBRAS Y SERVICIOS SA


Aumento de Capital


Por disposición de Registro de Personas Jurídicas Empresas y Contratos, en autos “S&D OBRAS Y SERVICIOS SA - AUMENTO DE CAPITAL SA || Trámite: Personas jurídicas: Modificaciones al Estatuto y a los órganos de Sociedades Anónimas - RPJEC”, se ha dispuesto la siguiente publicación, conforme a lo establecido en el art. 10 de la Ley 19.550. Se hace saber que por Acta de Asamblea Unánime de fecha 06/03/2026 los accionistas han decidido aumentar el capital social de la entidad, quedando la nueva cláusula cuarta redactada de la siguiente manera: “Artículo 4: El capital social es de pesos doscientos siete millones doscientos mil con 00/100 ($207.200.000,00), representado por acciones de pesos cien ($100,00), valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de la asamblea ordinaria, hasta el quíntuplo de su monto, conforme al artículo 188 de la ley 19550.-”


1 dia.-

RPJEC 2660.-,


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MADERCAMPO S.A.S.


Constitución


Por disposición del Registro de Personas Jurídicas, Empresas y Contratos de la provincia de Santa Fe, se hace saber por instrumento constitutivo de fecha 29 de mayo de 2026 se constituye MADERCAMPO S.A.S., con domicilio legal en la ciudad de Firmat, provincia de Santa Fe. Socios: CARLOS ALBERTO BELFORTE, DNI Nº 14801241, CUIT Nº 20-14801241-6, domiciliado en Tiro Federal 1367, Firmat, Santa Fe; y RICARDO CESAR GARCIA, DNI Nº 10799808, CUIT Nº 20-10799808-0, domiciliado en Belgrano 2556, Perez, Santa Fe. Objeto: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros a la industria y comercio de la madera. A tal fin, la actividad principal comprenderá el aserradero mecánico, corte, cepillado, secado, estacionado, inmunizado, impregnado y tratamiento de todo tipo de maderas. Asimismo, tendrá por objeto la fabricación de productos derivados, tales como tablas, vigas, machimbres, placas fenólicas, pallets y la comercialización, importación y exportación, al por mayor y menor, de rollizos, madera aserrada y subproductos forestales. Plazo de duración: 50 años contados desde la fecha de inscripción. Capital social: Pesos un millon ($1.000.000), representado por tres mil (1.000) acciones ordinarias nominativas no endosables de valor nominal pesos cien ($100) cada una y con derecho a un voto por acción. Administración y representación legal: La administración y representación legal estará a cargo de CARLOS ALBERTO BELFORTE, DNI Nº 14801241, quien ejercerá el cargo de Administrador Titular por tiempo indeterminado. Administrador Suplente: Ricardo Cesar Garcia, DNI N.º 10.799.808). Fecha de cierre de ejercicio: 31 de diciembre de cada año. Fiscalización: A cargo de todos los socios, prescinde de la sindicatura. Sede Social: Almirante Brown 1545 de Firmat.

1 dia.-

RPJEC 2666.-


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DEYSER S.A.S.


Constitución


Por disposición del Registro de Personas Jurídicas, Empresas y Contratos de la provincia de Santa Fe, se hace saber por instrumento constitutivo de fecha 03/06/2026 se ha resuelto constituir una Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) unipersonal que girará bajo la denominación DEYSER S.A.S.” DENOMINACIÓN: DEYSER S.A.S. SOCIO ÚNICO: Di Paolo Liliana del Luján DNI Nro 11.448.926, CUIT 27-11448926-9, argentina, de 71 años de edad, nacida el 30/01/1955, jubilada, de profesión empresaria , de estado civil viuda, con domicilio en calle Avda. Arijón 40, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe DOMICILIO Y SEDE SOCIAL: Velez Sarsfield 1029 de la ciudad de Villa Gobernador Galvez, Pcia. de Santa Fe OBJETO SOCIAL: La realización por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros dentro o fuera del país de la actividad industrial y comercial metalúrgica y plástica, mediante: la fabricación, inyección, extrusión y moldeo de productos plásticos y polímeros; el fundido, mecanizado, soldadura y ensamblaje de metales; el corte, plegado y conformado de chapas y perfiles metálicos; y la compraventa, distribución, importación y exportación de materias primas, insumos, maquinarias y productos terminados vinculados a dichas industrias. PLAZO DE DURACIÓN: 20 años, contados desde su inscripción en el Registro Público. CAPITAL SOCIAL: $ 3.000.000, representado por 3.000.000 acciones ordinarias, nominativas, no endosables, de valor nominal $ 1 cada una. ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN: A cargo del socio único Di Paolo Liliana del Luján, designado como Administrador Titular, quien constituye domicilio especial en Velez Sarsfield 1029 de la localidad de Villa Gobernador Galvez Provincia de Santa Fe. Administrador Suplente: Ivan Di Gruttola. FECHA DE CIERRE DE EJERCICIO: 31 de Diciembre de cada año. Fiscalización: A cargo de todos los socios.


1 dia.-

RPJEC 2667.-