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ROSARIO
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JUZGADO DE FAMILIA
Por disposición de la Dra. María José Campanella, jueza del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 3 de Rosario, se ha dispuesto notificar por edictos a ELIANA ROCIO LOPEZ (D.N.I. Nº 39.500.267) la sentencia dictada dentro de los autos caratulados LOPEZ, AGUSTIN Y OTROS s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY
12.967 - 21-11422197-7, que a continuación se transcribe: Nº 559. ROSARIO, 15 de mayo de 2026. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: 1) Privar de responsabilidad parental a la señora ELIANA ROCIO LOPEZ (D.N.I. Nº 39.500.267) respecto de los niños AGUSTIN LOPEZ (D.N.I. Nº 51.504.887), BYRON EDUARDO RENE LOPEZ (D.N.I. Nº 54.502.998) y KIMEY ALELI LOPEZ (D.N.I. Nº 55.530.858), conforme lo dispuesto por el art. 700 inc. b) del Código Civil y Comercial de la Nación. 2) Designar tutora legal de los niños AGUSTIN LOPEZ, BYRON EDUARDO RENE LOPEZ y KIMEY ALELI LOPEZ a la señora LILIANA MARIEL GALEANO (D.N.I. Nº 32.622.642), quien oportunamente aceptó el cargo conferido en autos. 3) Hacer saber a la tutora designada que deberá ejercer el cargo discernido procurando especialmente garantizar el cuidado integral, educación, salud, desarrollo personal y estabilidad emocional de los niños, promoviendo el pleno ejercicio de sus derechos conforme su autonomía progresiva e interés superior. 4) Notificar la presente a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, a la Defensora General en su despacho, a la progenitora y a la tutora designada. 5) Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Campanella, jueza; Dra. Ríos Artacho, Secretaria.
S/C 561530 May. 26 May. 28
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Por disposición de la Dra. Silvina I. García, jueza del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 2 de Rosario, se ha dispuesto notificar por edictos a DEBORA ARCE (D.N.I. Nº 39.568.229) la sentencia dictada dentro de los autos caratulados ARCE, BENJAMIN RAMON Y OTROS s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967 - 21-11417373-5, que a continuación se transcribe: Nº 370. Rosario, 14 de mayo de 2026. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: 1) Privar de responsabilidad parental a la señora DEBORA ARCE (D.N.I. Nº 39.568.229) con respecto al adolescente BENJAMIN RAMON ARCE (D.N.I. Nº 51.504.783); 2) Designar tutora legal del adolescente BENJAMIN RAMON ARCE a la señora ISABEL GRACIELA MIRANDA (D.N.I. Nº 26.387.418) debiendo comparecer cualquier día y hora hábil de audiencia a aceptar el cargo; 3) Notificar la presente a la Dirección Provincial de Niñez, a la Defensora General en su despacho, a los representantes legales en su domicilio real y a la tutora especial del adolescente. Insértese y hágase saber. Firmado digitalmente por la Dra. Silvina I. García, Jueza. Dra. Gabriela Ríos Artacho, Secretaria.
S/C 561526 May. 26 May. 28
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Por disposición del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual de la 6ª Nominación de la ciudad de Rosario, dentro de los autos caratulados GARCÍA, SANTIAGO ALBERTO c/GREGORI, NICOLÁS AGUSTÍN Y OT. s/DAÑOS Y PERJUICIOS; Expte. 21-1l897040-0, se hace saber a los Sres. Nicolás Agustín Gregori y Alberto Jorge Gregori, que se los ha declarado rebeldes, conforme fuera ordenado mediante decreto de fecha l2 de Mayo de 2026, que a continuación se transcribe: Atento que los demandados GREGORI, NICOLAS AGUSTIN y GREGORI, JORGE ALBERTO no comparecieron a estar a derecho, pese a encontrarse debidamente notificado según edicto acompañado en escrito cargo Nº 4679/2026, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláreselos rebeldes. NOTIFÍQUESE POR EDICTO: Fdo. Dra. Jorgelina Entrocasi (Jueza); Dr. Christian Bitetti (Secretario). 13 de Mayo de 2026.
$ 100 561302 May. 26 May. 28
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito Nº 19 en lo Civil y Comercial de Rosario, se hace saber que en autos GUTIERREZ, WALTER DAMIAN s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; CUIJ Nº 21-02999231-9, se ha dictado la Resolución Nº 31 Tº 2026 de fecha 05/05/26 que dispone: 1) Declarar la quiebra de GUTIERREZ, WALTER DAMIAN, DNI Nº 30.458.906, CUIL 20-30458906-0 con domicilio en Pasaje Ronchi 941 de esta ciudad. 2) Calificar la presente causa como pequeña quiebra (artículo 288 de la LCQ). 3) Para sorteo de síndico, ofíciese a la Presidencia de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, enviando correo electrónico por Secretaría. 4) Disponer el desapoderamiento de pleno derecho de los bienes del fallido existentes a la fecha y de los que adquiera hasta su rehabilitación, impidiéndosele el ejercicio de los derechos de disposición y administración (artículo 107 Ley 24.522). 5) Disponer que se comunique la presente sentencia al Registro de Procesos Concursales, al Registro de Licitadores de la Provincia de Santa Fe, al Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario, y demás que correspondan, oficiándose a sus efectos. 6) Ordenar se anote la inhibición general de bienes del fallido, a cuyo fin se librarán los respectivos despachos al Registro General de Propiedades, al Registro Prendario y al Registro de la Propiedad Automotor. Asimismo, ofíciese al Servicio de Catastro e Información Territorial (SCIT) para que informen sobre inmuebles en toda la provincia a nombre del fallido. 7) Prohibir la realización de pagos al fallido, bajo apercibimiento de declararlos ineficaces. 8) Intimar al fallido y a los terceros que detenten bienes y documentos de la primera, para que los pongan a disposición de la sindicatura. 9) Disponer se intercepte la correspondencia dirigida al fallido, y su posterior entrega a la Sindicatura, oficiándose a tales fines, haciéndole saber a la sindicatura que deberá cumplimentar lo dispuesto en el art. 114 de la LCQ. 10) Ofíciese a fin de comunicar la prohibición de salir del país del fallido, la que sólo podrá disponerse con previa autorización de este Tribunal, en las condiciones previstas por el art. 103 de la Ley 24.522, ordenando se efectúen las comunicaciones necesarias a los fines del cumplimiento de la citada disposición legal. 11) Proceder a la incautación de los bienes y papeles del fallido poniéndose en posesión de los mismos a la sindicatura, librándose los despachos pertinentes. 12) Ordenando la publicación de edictos prevista por el artículo 89 de la LCQ, en el BOLETIN OFICIAL durante 5 días. 13) Oficiar a los Juzgados donde tramitaren juicios contra el fallido, a los fines dispuestos por el artículo 132 de la Ley 24.522, librándose los despachos pertinentes a los juzgados en lo Civil y Comercial de Distrito, de Circuito, de Circuito de Ejecución, Laborales, de Responsabilidad Extracontractual, y de Familia, a efectos de hacerles saber de la presente, y requerirles que informen si el fallido es actor o demandado en algún juicio tramitado por ante su dependencia, los datos del expediente, su ubicación actual y, de corresponder, se ordene la remisión a este juzgado. 14) Notificar a la A.P.I. (a los fines del art. 29 del Código Fiscal), a la ARCADGI, a la Municipalidad del domicilio de la fallido y demás reparticiones que fuere menester, de la presente resolución. 15) Proceder a la realización de la totalidad de los bienes que componen el activo del fallido, a través del procedimiento que oportunamente informará la sindicatura. 16) Hacer saber al síndico que todos los oficios que ordena cursar la presente resolución (ARCA-DGI, API, Municipalidad del domicilio del fallido, Registro Público de Comercio, Registro de Procesos Universales, Policía Federal, Dirección Nacional de Migraciones, Gendarmería Nacional, Prefectura, Policía de Seguridad Aeroportuaria, Correo Oficial de la República Argentina, Registros de la Propiedad Inmueble y Automotor, y Banco Central de la República Argentina) deberán cumplimentarse de manera inmediata, y las constancias que acrediten su cumplimiento deberán encontrarse agregadas a lasactuaciones para la fecha de presentación de los informes individuales, bajo apercibimientos de ley. 17) Librar mandamiento al Oficial de Justicia correspondiente para que juntamente con la sindicatura, realice un inventario de la totalidad de los bienes del fallido -que comprenderá sólo los rubros generales- y proceda a la incautación prevista por el art. 177 de la LCQ. Insértese y hágase saber. Fdo. digitalmente: Sec: Dra. GABRIELA M. KABICHIAN Juez; Dr. DANIEL H. GONZALEZ. 15 de Mayo de 2026.
S/C 561347 May. 26 May. Jun. 1
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El Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 7ª Nominación de Rosario, hace saber que en los caratulados VULCANO SEGURIDAD SRL s/PEDIDO DE QUIEBRA POR ACREEDOR; CUIJ 21-02997004-9, se ha dispuesto: Rosario, 13.05.2026. Téngase presente la aceptación del cargo del síndico designado C.P. Ricardo Anibal Doctorovich y la designación de patrocinantes. Acompañe boleta colegial, Dra. Torresi. Conforme lo normado por el art. 14 incisos 9 y 10 L.C.Q.: l. Fíjese el día 26.06.2026 hasta el cual los acreedores deben presentar sus pedidos de verificación al síndico C.P. Ricardo Anibal Doctorovich, con domicilio en calle Córdoba 1452 Piso 1 Oficina E, Horario de atención de lunes a viernes de 9 a 17 hs. de la ciudad de Rosario, correo electrónico: gtorresi@torresihadad.com.ar. 2. El día 24.08.2026, para la presentación por el síndico del informe individual de créditos con las exigencias determinadas en el art. 35, 2do. párr. L.C.Q. 3. Fijar el día 5.10.2026 para la presentación del informe general por el síndico. 4. Ordenar publicar los puntos 1, 2, 3, 4, 5 y los datos del juicio y su radicación en el BOLETIN OFICIAL. 5. Hágase saber al síndico, ello con la sola excepción de manifestar la causa que le impide ejercer cualesquiera de las obligaciones impuestas en el art. 275, que el Tribunal no suscribirá ni diligenciará los actos previstos en sus incisos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 L.C.Q, en tanto convoca este funcionario la facultad de firmar y diligenciar estos actos. Fdo. Dra. MARÍA FLORENCIA MARTINUCCI; Dr. MARCELO N. QUIROGA. Prosecretaria Suplente Juez.
S/C 561407 May. 26 Jun. 1
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La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito de la 9ª Nominación de Rosario, Dra. MARÍA FABIANA GENESIO, en autos: PHARMA AGRO SA s/EXTRAVIO DE LIBROS; (CUIJ 21-03.003.343-1) ordeno la publicación de edictos por el termino de cinco (5) días en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe y en el diario LA CAPITAL de Rosario, citando a quienes pretendan derechos sobre los títulos valores de la sociedad PHARMA AGRO SA, inscripta en el ex Registro Público de Rosario en Estatutos al Tº 84 Fº 8783 Nº 478 del 13/11/2003, para que dentro de los 30 días corridos desde la última publicación, se presenten ante el CP Francisco Antonio Beroiz, con domicilio constituido en calle Cordoba 677 “PB” de Rosario (SF) de lunes a viernes en el horario de 16 a 20 hs a fin de probar cuanto estimen pertinente bajo apercibimiento de resolverse con las constancias que se adjunten a estas actuaciones. El decreto en su parte pertinente ordena: Rosario, 8 de mayo de 2026. Amplíese el primer decreto de fecha 17/04/26: Atento lo normado por el art. 1877 CCCN, publíquense edictos por el término de cinco días citando a toda persona que pretenda derecho sobre los títulos valores referenciados en el escrito inicial, a fin de que dentro de los treinta días -a contar desde la última publicación- se presenten ante el perito contador desinsaculado Francisco Antonio Beroiz, para alegar y probar cuanto consideren pertinente, bajo apercibimiento de resolverse con las constancias que se agreguen a los autos. Los edictos deberán contener todos los elementos necesarios para identificar al emisor, los títulos valores referidos en el registro extraviado, la fecha de denuncia de su extravío, las fechas para ejercer sus derechos conforme art. 1878 CCC, así como el domicilio, días y horarios de atención de la perito contadora sorteada. Los edictos serán publicados en el BOLETIN OFICIAL, en el diario “La Capital” de Rosario. Hágase saber que a las presentaciones ante el perito designado se les aplicará el trámite previsto para la verificación de crédito en los procesos concursales”. Fdo. MARÍA FABIANA GENESIO (Jueza); Dra. VERONICA A. ACCINELLI (Secretaria).
$ 200 561441 May. 26 Jun. 1
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Por disposición del Sr. Juez titular del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 7ª Nominación de Rosario, Dr. Marcelo Quiroga, Secretaría de la Dra. Lorena Quiroga, dentro de los autos caratulados LOGÍSTICA S.R.L. s/CONCURSO PREVENTIVO; Expte. CUIJ Nº 21-03006278-4, se ha dispuesto hacer saber por el plazo de ley que: 1) Por Resolución Nº 177 del 13/05/2026 y su Aclaratoria Nº 178 de fecha 14/05/2026 se ha declarado abierto el concurso preventivo de Logística S.R.L., CUIT 30-70958001-5 inscripta en el Registro Público de Comercio en la sección “contrato constitución” al Tomo 157 Folio 5172 Nº 402, domiciliada en calle Autopista Rosario - Buenos Aires km 283,5 de la ciudad de Alvear, Pcia de Santa Fe. Secretaria. Rosario, de Mayo de 2026. Dra. Lorena Andrea Gonzalez, secretaria.
$ 500 561426 May. 26 Jun. 1
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Por disposición del Sr. Juez Dr. Luciano Daniel Juarez, a cargo del Juzgado Civil y Comercial de la 8ª Nominación de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe se ha ordenado lo siguiente: Rosario, 1 de abril de 2026. Por contestado oficio, téngase presente. Atento a lo informado por el ReNaPer, cítese y emplácese a los herederos de Celia Amanda Bruera, Matrícula de Identificación M.I. 0.898.214) de la ciudad de Rosario, Provincia de santa Fe a los fines de comparecer a estar a Derecho, por el término y bajo los apercibimientos de ley, y ofíciese al Registro de Procesos Universales a fin de que informe acerca de la apertura de su juicio sucesorio. Sin perjuicio de la notificación por cédula, publíquense los edictos de ley en el BOLETIN OFICIAL (art. 597, CPPC). Asi fue ordenado dentro de los autos caratulados TIRONI, JUAN MANUEL c/DEGIOVANNI, JORGE MARCELO s/USUCAPIÓN; CUIJ 21-02994854-9. Rosario, 10 de Abril de 2026.
$ 100 561376 May. 26 May. 28
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Por disposición del Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de Rosario de la 17ª Nominación de Rosario, Dra. Silvia Beduino, Secretaría a cargo de la Dra. María Amalia Lantermo, se ha dispuesto citar y emplazar a los herederos del Sr. Alfredo Emilio Gaitán, D.N.I. Nº 6.182.414, a los fines de comparecer a estar a derecho, por el término y bajo los apercibimientos de ley, a estos autos caratulados DIRUSCIO, MARIO NORBERTO c/PELLINI, RICARDO ROBERTO Y OTROS s/ESCRITURACION; C.U.I.J. Nº 21-04951977-7, a hacer valer sus derechos ante este Tribunal. Rosario, 18 de Mayo de 2026. Ma. Florencia Di Rienzo, secretaria.
$ 100 561371 May. 26 May. 28
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 8ª Nominación de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, en autos caratulados GOMEZ FLORINDA EVELIA c/GHIGLIONE NELIDA ERMINIA Y OTROS s/PRESCRIPCION ADQUISITNA; CUIJ Nº 21-01318513-9, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de LINO DOMINGO PIANO, titular del D.N.I. 5.968.831, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Fdo. Dr. LUCIANO D. JUAREZ, JUEZ; MARIA JOSE CASAS, SECRETARIA.
$ 100 561352 May. 26 May. 28
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 8ª Nominación de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, en autos caratulados GOMEZ FLORINDA EVELIA c/GHIGLIONE NELIDA ERMINIA Y OTROS s/PRESCRIPCION ADQUISITIVA; CUIJ Nº 21-01318513-9, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de ELIAS FRANCISCO GHIGLIONE, titular del D.N.I. 2.167.755, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Fdo. Dr. LUCIANO D. JUAREZ, JUEZ; MARIA JOSE CASAS, SECRETARIA.
$ 100 561351 May. 26 May. 28
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 8ª Nominación de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, en autos caratulados GOMEZ FLORINDA EVELIA C/GHIGLIONE NELIDA ERMINIA Y OTROS S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA; CUIJ Nº 21-01318513-9, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de LUIS SALVADOR GHIGLIONE, titular del D.N.I. 2.305.846, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Fdo. Dr. LUCIANO D. JUAREZ, JUEZ; MARIA JOSE CASAS, SECRETARIA.
$ 100 561350 May. 26 May. 28
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 8ª Nominación de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, en autos caratulados GOMEZ FLORINDA EVELIA c/GHIGLIONE NELIDA ERMINIA Y OTROS s/PRESCRIPCION ADQUISITIVA; CUIJ Nº 21-01318513-9, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de LIDIA PABLA ALCIRA GHIGLIONE, titular del D.N.I. 1.090.563, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Buenos Aires. Fdo. Dr. LUCIANO D. JUAREZ, JUEZ; MARIA JOSE CASAS, SECRETARIA.
$ 100 561349 May. 26 May. 28
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 8ª Nominación de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, en autos caratulados GOMEZ FLORINDA EVELIA c/GHIGLIONE NELIDA ERMINIA Y OTROS s/PRESCRIPCION ADQUISITIVA; CUIJ Nº 21-01318513-9, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de GUILLERMO ANGEL GHIGLIONE, titular del D.N.I. 4.707.454, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Fdo. Dr. LUCIANO D. JUAREZ, JUEZ; MARIA JOSE CASAS, SECRETARIA.
$ 100 561348 May. 26 May. 28
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Por disposición del Juez de Circuito de la 1ª Nominación de Rosario, se ha ordenado notificar por edictos por el término de dos (2) días el siguiente decreto: ROSARIO, 14 de Abril de 2026. Informándose que los herederos de la demandada ELIDA DORA CARTICHINI, no han comparecido a estar a Derecho, decláresela rebelde. Siga el proceso sin dársele representación (art. 78 del Código Procesal Civil y Comercial), publicándose edictos por dos (2) días en la forma prescripta por los arts. 73 y 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Se hace saber que los edictos del hall se publicarán en la página web institucional del Poder Judicial, conforme Acta Acuerdo Nº 3 de la CSJSF. Autos: ESBORRAT, CARLOS ORLANDO Y OTROS c/CARTICHINI, ELIDA DORA s/USUCAPION; CUIJ 21-12634632-5. Secretaría: Dra. Gabriela M. Kabichian; Juez, Dr. Daniel H. González. 15 de Mayo de 2026.
$ 100 561330 May. 26 May. 28
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Dentro de los autos caratulados Suarez Ramona Ana c/SEMTUR s/Daños y Perjuicios, Expte. CUIJ Nº 21-01638811-1, en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la Decimoséptima Nominación de Rosario, se ha resuelto citar por medio de edictos a los herederos de Ramona Ana Suarez, a comparecer a estar a derecho dentro de los presentes por el término y bajo los apercibimientos de ley. Rosario, 14 de Mayo de 2026. Ma. Florencia Di Rienzo, secretaria.
$ 100 561314 May. 26 May. 28
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de Distrito de la 15ª Nominación de Rosario y en autos: SCHPEIR JOSE ROLAND s/DECLARATORIA DE HEREDEROS - RECONSTRUCCION; (CUIJ Nº 21-01601767-9), se hace saber que se ha dictado lo siguiente: Nº 150. ROSARIO, 27/03/2026. Y AUTOS Y VISTOS: El estado actual de las presentes actuaciones; el informe de Mesa de Entradas dando cuenta de que el expediente no se encuentra en casillero del expediente físico SCHPEIR JOSE ROLAND s/DECLARATORIA DE HEREDEROS - RECONSTRUCCIÓN; 21-01601767-9, desde el 13/12/2018 y las intimaciones cursadas a los profesionales intervinientes con fechas 12/08/2025. Que, tocante un racconto de las constancias de la causa, dable se hace puntualizar la existencia: 1) ampliación de denuncia de bienes (vide fs. 3), 2) Declaratoria de Herederos a favor de Nidia Adela Spadoni, Maria Florencia Schpeir y Maria Virginia Schpeir (vide fs. 14). 3) Denuncia de bienes (vide fs. 17). 4) Regulación de honorarios a la Dra. Sanchez (vide fs. 18). 5) Habilitación de Caja Forense (vide fs. 19). 6) Oficio al Registro General de la Propiedad inscribiendo el inmueble que obra al Tomo 351 Folio 56 Nº 141872 Dpto Rosario. 7) Ampliación de Denuncia de bienes (vide fs. 24). 8) Contestación de Oficio del RPU (vide fs. 44). 9) Contestación del Archivo General (vide fs. 47). 10) Oficio contestado por la Caja de Seguridad Social (vide fs. 55). 11) Contestación de oficio por la Caja Forense (vide fs. 57/58). 12) Oficio contestado por el Registro General (vide fs 60/61). 13) Transformación de expediente físico en digital (vide fs. 128 digital). 14) Copias de resoluciones de Declaratoria de Herederos Nº 2323 del 11/10/11, de la regulacion de honorarios de la Dra. Sanchez Nº 3632 del 10/12/2013, regulación de la Dra. Sanchez Nº 2591 del 04/09/2014 y regulación de honorarios de la Dra. Sanchez Nº 2192 del 24/08/2015 remitidas por el Archivo General (vide fs. 133/142 digitales) Y CONSIDERANDO: Que, habiéndose realizado numerosas diligencias tendientes a la restitución del expediente de referencia, y ante la imposibilidad material de contar con el mismo para la prosecución de la causa, se tiene por administrativamente comprobada su pérdida o extravío a los fines previstos por el art. 59 del Código Procesal Civil y Comercial de Santa Fe (CPCCSF). Que dicha norma establece que, una vez comprobada la pérdida o extravío, “el juez ordenará rehacerlo” y que “El testimonio de esta orden servirá de cabeza al nuevo proceso, y se observará al efecto el procedimiento que el juez o tribunal arbitre en cada caso, sin trámite ni recurso alguno, para reproducir lo más fielmente posible el expediente extraviado”. La doctrina, en concordancia, señala que “la reconstrucción es el acto por el cual de oficio o a petición de parte se resuelve volver a construir el expediente, con los elementos que tengan en su poder las partes y el tribunal” y que “es el juez quien determina cuáles son los instrumentos idóneos para que el expediente se tenga por reconstruido...” (vide, PEYRANO, Jorge W., “Explicaciones del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Santa Fe”, Tomo I, 2020, págs. 286/287). Que, en este sentido, es imperativo adoptar las medidas necesarias para la reconstrucción de los autos, garantizando el derecho de defensa de todas las partes, auxiliares de justicia y terceros interesados, y asegurando la continuación del proceso. Que la reconstrucción se llevará a cabo prioritariamente con la información obrante en el Sistema de Gestión de Expedientes Judiciales (SISFE) y con los aportes documentales que realicen los intervinientes, así como con las constancias que puedan obtenerse de los archivos correspondientes. Que es menester notificar a todas las partes y profesionales que han intervenido, así como a eventuales terceros con interés legítimo, para que presenten las constancias que obren en su poder y expongan lo que a su derecho convenga, bajo apercibimiento de preclusión. Que, asimismo, la situación amerita la comunicación al Ministerio Público de la Acusación (MPA) para la investigación de posibles conductas delictivas. Por todo ello, y de conformidad con lo dispuesto por el art. 59 y cctes. del CPCCSF; RESUELVO: 1) ORDENAR LA RECONSTRUCCIÓN del expediente SCHPEIR JOSE ROLAND s/DECLARATORIA DE HEREDEROS - RECONSTRUCCIÓN; 21-01601767-9). 2) ESTABLECER que la presente resolución, servirá de cabeza al proceso de reconstrucción del expediente, el cual se conformará con las constancias obrantes en el sistema SISFE y la documentación que se incorpore conforme se dispone seguidamente. 3) INTIMAR a las partes y a todos los profesionales y auxiliares de justicia que hayan intervenido en autos, para que en el término de DIEZ (10) DÍAS presenten en este Juzgado todas las copias de escritos, documentos, constancias y copia de las cédulas de notificación que obren en su poder, bajo apercibimiento de que, vencido dicho plazo, se tendrá por último acto procesal válido aquel cuya notificación se encuentre fehacientemente acreditada en este expediente reconstruido, continuando el trámite a partir del mismo y/o demás elementos que obren en su poder pertenecientes al expediente extraviado, a fin de ser incorporados al sistema SISFE para su reconstrucción. Hágaseles saber que, vencido dicho plazo, precluirá la posibilidad de agregar documentación o invocar constancias del expediente original que no hubieren sido aportadas, y no podrán fundar en ellas defensas o derechos posteriormente. 5) HACER SABER a todas las partes, auxiliares de justicia y eventuales derechohabientes y/o accionantes, y demandado/s, que el presente expediente reconstruido en soporte SISFE y con la documentación agregada conforme el punto anterior, reemplazará en un todo al expediente originario extraviado. Las constancias obrantes en este expediente reconstruido serán las únicas válidas para la sustanciación de la causa y la declaración de los derechos que en ella se debaten. Toda defensa o articulación de derechos deberá basarse en las constancias del expediente reconstruido, bajo apercibimiento de que, transcurridos los plazos otorgados para la presentación de documentación y/o para comparecer según las notificaciones ordenadas, precluirá toda posibilidad de revisión o impugnación posterior fundada en documentos o actuaciones del expediente original no incorporados al reconstruido. 6) DAR INTERVENCION de las presentes actuaciones y de todos los antecedentes relativos al extravío del expediente al MINISTERIO PÚBLICO DE LA ACUSACIÓN (MPA) de esta Jurisdicción, a los fines que estime corresponder en orden a la posible comisión de delitos de acción pública. Líbrense las comunicaciones pertinentes. 7) NOTIFICAR la presente resolución por edictos, que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL por tres (3) veces, en los términos del art. 73 del CPCCSF, citando y emplazando a toda persona que se considere con derecho sobre las cuestiones debatidas, declaradas, adquiridas y/o extinguidas en el seno de los autos “COMUNA RICARDONE c/DENZA MARTA s/APREMIO; CUIJ 21-23364838-5, para que en el término de VEINTE (20) DÍAS desde la última publicación comparezca a estar a derecho, articule las acciones y/o defensas que entienda le correspondan y presente la documentación pertinente. Hágase saber en dichos edictos que el presente expediente reconstruido en soporte SISFE reemplazará en un todo al expediente originario extraviado y que, vencido el plazo otorgado, precluirá toda posibilidad de revisión o impugnación posterior respecto de los derechos que pudieren corresponderle. 8) ENCOMIÉNDESE a la Secretaría del Juzgado la tarea de recibir, certificar la autenticidad de las copias y digitalizar toda la documentación que sea presentada por las partes en cumplimiento de lo aquí ordenado, incorporándola de manera cronológica y ordenada al sistema SISFE. Dicho legajo digital conformará el expediente reconstruido y será la única base válida para la prosecución del trámite. 9) NOTIFÍQUESE la presente resolución a las partes y profesionales intervinientes mediante cédula judicial en el domicilio electrónico constituido y/o en el real denunciado. Fdo. Dr. Sebastián José Rupil (Juez); Dra. María Eugenia Sapei (Secretaria). Nº 201. ROSARIO, 20/04/2026. Y VISTOS: los presentes caratulados SCHPEIR JOSE ROLAND s/DECLARATORIA DE HEREDEROS - RECONSTRUCCIÓN; 21-01601767-9 venido para resolver el recurso de aclaratoria interpuesto, Y CONSIDERANDO: Que el recurso de aclaratoria contemplado por el artículo 248 del CPCC tiene por finalidad subsanar errores materiales, aclarar puntos oscuros y suplir cualquier omisión que pudiere contener el decisorio en crisis. Que asiste razón a la recurrente toda vez que se advierte que el Tribunal ha incurrido en error material al consignar el nombre de la cesionaria. Por ello: RESUELVO: Aclarar la resolución Nº 150 de fecha 27 de Marzo de 2026 ítem 7, en el sentido que donde en su parte resolutiva por error se consignó: “...autos “COMUNA RICARDONE c/DENZA MARTA s/APREMIO; CUIJ 21-23364838-5.” debe leerse”... autos SCHPEIR JOSE ROLAND s/DECLARATORIA DE HEREDEROS - RECONSTRUCCIÓN;” (CUIJ Nº 21-01601767-9)“. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Sebastián José Rupil (Juez); Dra. María Eugenia Sapei (Secretaria).
$ 500 561303 May. 26 May. 29
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 12ª Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Fabian Bellizia, Secretaría de la Dra. Elisabet Felippetti (Subrogante), en autos: RAMOS OLGA DIANA Y OTROS c/CARRANZA FERNANDO MARCELINO s/PRESCRIPCION ADQUISITIVA; CUIJ Nº 21-02987690-5, se ha ordenado: ROSARIO, 02-10-2025 “(...) Por iniciada acción de usucapión en los términos expresados. Imprímase al presente el trámite del juicio ordinario (artículo 387 inc. a) del CPCC). Cítese y emplácese a estar a derecho a la parte demandada por el término y bajo los apercibimientos de ley. Ofíciese: A la Municipalidad o Comuna que corresponda, a la Fiscalía de Estado Provincial, a través del módulo de Atención Virtual de TIMBÓ (especificaciones en www.santafe.gob.ar/trámites, bajo la denominación de USUCAPIÓN. Informe técnico catastral) y a la Agencia de Administración de Bienes del Estado Nacional (cf. Art. 24 Inc. “d” Ley 14.159) a fin de que hagan saber a este Tribunal si existe interés fiscal sobre dicho inmueble. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y en el Hall de Tribunales por el término y bajo los apercibimientos de ley; Todo ello con relación al inmueble Dominio: To: 428 B - Fo: 288 - N° 187637 Dpto. Rosario, del RGR. Partida Impuesto Inmobiliario: Nº 160318-322058/0067-4. Fdo. Dr. Fabián Bellizia (Juez); Dra. Elisabet Fellipetti (Secretaria Subrogante). Rosario, 14 de Mayo de 2026. Elina G. Cerliana, secretaria.
$ 100 561301 May. 26 May. 28
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 4° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ARROYO RAUL ALBERTO D.N.I. 6.070.052 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “ARROYO, RAUL ALBERTO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CYC 4” (CUIJ N° 21-03007117-1). Fdo. Dra. Prosecretaría.
$ 45 May. 26
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante GERARDO RUBEN BOLATTI, DNI 25.981.026, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: Bolatti Gerardo Ruben S/ Sucesorio CUIJ N° 21—03005031-9. Fdo. Prosecretaria.
$ 45 May. 26
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 17ma. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante GIRONACCI VIVIANA, DNI N° 14.836.542, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados GIRONACCI, VIVIANA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 17 (cuij 21-03004107-8) de trámite por ante esta Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo. Prosecretaria.
$ 45 May. 26
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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 9° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ARABIA, ASUNTA (D.N.I. N.º 3.193.347) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “ARABIA, ASUNTA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS Cuij: 21-02995480-9” Fdo. Prosecretaría
$ 45 May. 26
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 9° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante MARCELA PAULA ALEXANDER (D.N.I. 24.566.682) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “ALEXANDER, MARCELA PAULA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N°21-03005081-6). Fdo. Prosecretaría
$ 45 May. 26
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 9° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante Lilian Cicconi y/o Liliam Cicconi (DNI N° 1.774.722), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “CICCONI, LILIAM Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-02990730-4), de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Firma Prosecretaria.
$ 45 May. 26
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 15° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante GARCÍA, CRISTINA ESTER (D.N.I. 4.531.314) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “GARCÍA, CRISTINA ESTER S/ SUCESORIO” (CUIJ N°21-03007015-9). Fdo. Prosecretaría Dra. MA. DELFINA PIVIDORI.-
$ 45 May. 26
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 15ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JOSE GONZALO ZORAQUIAIN (D.N.I. 24.282.169) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “ZORAQUIAIN, JOSE GONZALO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ Nº 21-03007022-1).-
$ 45 May. 26
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8º. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derechos a los bienes dejados por el causante Solero, Enrique Manuel (D.N.I 10.068.025) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “Solero, Enrique Manuel s/ Sucesorio'' CUIJ 21-03005247-9.
$ 45 May. 26
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante EDIZ VALERIANA VEGA D.N.I. 4.218.867 por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “VEGA, EDIZ VALERIANA Y OTROS S/ SUCESORIO Cuij 21-03007423-5 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo. Prosecretaria
$ 45 May. 26
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Por disposición del Juez de la Oficina de Procesos Sucesorios de Secretaría Única de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ASSUNE, AIDA ESTELA D.N.I. 2.996.282 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “ASSUNE, AIDA ESTELA S/DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 1” (CUIJ N°21-03001480-1). Fdo. Prosecretaria
$ 45 May. 26
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 5° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante MARIA ESTHER GORZIGLIA (D.N.I. 1.092.132) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “GORZIGLIA, MARIA ESTHER S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS", 21-03006210-5
$ 45 May. 26
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes IRMA TERESA CAGLIANI (D.N.I. 5.081.209) y VICENTE ARMANDO COSENZA (D.N.I. 6.043.594), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “CAGLIANI, IRMA TERESA Y OTROS S/ SUCESORIO” CUIJ 21-03005457-9) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 May. 26
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Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante JORGE JUANA, L.C 1.517.815, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “JORGE JUANA s/ SUCESORIO” CUIJ N° 21-03007187-2. Fdo. Fernanda I. Virgolini, Prosecretaria
$ 45 May. 26
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casilda
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
En los caratulados: CARAMELERA INDUSTRIAL CASILDENSE s/QUIEBRA; CUIJ 21-25790186-3, Nº Expediente: 452/1999 radicado ante el Juzg. 1ª Inst. Civil, Comercial y Laboral de la 1ª Nom. de Casilda a cargo de la Dra. Clelia Carina Gómez, Secretaría Única de la Dra. Viviana Guida, se hace saber de conformidad con el Artículo 218 de la ley de Concursos y Quiebras Nº 24.522, que por Auto Nº 1355/09 con fecha 23/09/09 se regularon honorarios en la suma de $ 46.990,40 en un 75% al CPN Miguel Angel Caserta lo que representa la suma de $ 45.242.80 (equivalente a 198,06 unidades jus) y un 25% en proporción de ley a los abogados patrocinantes de la sindicatura Dres. Edgardo Moises Rocchi y Mateo Schott en la suma de $ 11.747,60 (equivalentes a 55,02 unidades jus). Y por Auto Nº 168/26 con fecha 6/03/26 se regularon honorarios de la Sindicatura a cargo de la CPN Silvia Elena Barbero y del C.P.N. Edgardo Pedro Moschitta en la suma de $ 1.000.000, para cada uno de ellos. Secretaría, 13 de Abril de 2026. Dra. Viviana Guida, secretaria.
S/C 561425 May. 26 May. 27
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Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral Nº1 de la 1era. Nominación de la ciudad de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, Secretaría de la autorizante Dra. Viviana Guida, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de BELLA TERESA BORLETTI, DNI N° 1.518.336 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro por el término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de 1 día.- (Autos: “BORLETTI BELLA TERESA S/ SUCESION” CUIJ 21-25805838-8 (Expte. N° 803/2017). Fdo.: Dr. Pablo Vinciguerra (Prosecretario subrogante).
$ 45 May. 26
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cañada de gomez
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Juzgado de primer Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral, del Distrito Judicial Nº 6 de Cañada de Gómez, 3ª Nom. a cargo del Dr. SERGIO VERDURA, Secretaría a cargo de la Dra. CORINA RABASEDAS; se publica el presente a fin de hacer saber que, con fecha 25 de febrero de 2026, se ha declarado la apertura del concurso preventivo de AGRONLINE SA, CUIT 30-71671531-7, inscripta en el Registro Público al T 100, F 9232, N 1464, con domicilio en calle 5 N 461 de Las Parejas, y con carácter de pequeño concurso (Atr. 288 y 289 L.C.Q.), Síndico designado la C.P.N. JORGELINA AGUADO, quien aceptó el cargo en debida forma, constituyendo domicilio legal en calle Moreno Nº 79 ofic. 12 de la ciudad de Cañada de Gómez, correo electrónico: CEDULAS@ESTUDIOGOLBER.COM.AR. se señala el día 20/07/26, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar los pedidos de verificación de créditos los que se deberán enviar al correo electrónico a la casilla verificaciones@estudiogolber.com.ar. El Síndico presentará el informe individual el 01/09/26 y el informe general en fecha 14/10/26 (art. 14 inc. 9 L.C.Q). Se establece, asimismo, que la fecha de vencimiento del período de exclusividad y la fijación de la audiencia informativa (Art. 14 inc. 10 LCQ) serán determinadas en su oportunidad. Autos: AGRONLINE S.A. s/CONCURSO PREVENTIVO; CUIJ 21-26035294-3. Corina Rabasedas, secretaria.
$ 250 561433 May. 26 Jun. 1
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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2ª Nominación de Cañada de Gómez a cargo de la Dra. María Laura Aguaya (Juez), Secretaría del Dr. Mariano Jesús Navarro, dentro de los autos caratulados RODRIGUEZ JUAN MANUEL s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; (CUIJ 21-26035378-8), ha dispuesto la publicación del presente por cinco (5) días (Art. 89 L.C.Q.) a fin de hacer saber que por Sentencia Nº 466 del 07 de Mayo de 2026, se declaró la QUIEBRA PROPIA del Sr. RODRÍGUEZ JUAN MANUEL, D.N.I. 23.189.904, con domicilio real en calle Maipú 849 de la ciudad de Totoras, CUIT 23-23189904-9; se ha clasificado el proceso como clase “B”, se ha dispuesto el sorteo de Sindicatura única que intervendrá y se ha diferido la determinación de vencimientos (para presentación de pedidos de verificación, informes individuales e informe general) hasta tanto acepte el cargo la Sindicatura a designarse. Dado y firmado en mi despacho. El presente Edicto deberá publicarse sin previo pago (Art. 89 Ley 24.522 y modificatoria). Dr. Mariano Jesús Navarro, secretario.
S/C 561382 May. 26 Jun. 1
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Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral, 1° Nominación, Secretaría autorizante, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de CARENA VICTOR HUGO, por el término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez, 10 de Abril de 2024.- Dr. Guillermo R. Coronel, Secretario.-
$ 45 May. 26
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san lorenzo
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
El Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, a cargo del Dr. Guillermo Roldán (Juez Subrogante) y Dra. Melisa Peretti (Secretaria) en autos: “SAN MARTINO GUSTAVO GABRIEL C/ LEIVA JUAN ANTONIO S/ JUICIOS EJECUTIVOS” CUIJ N° 21-25447551-0”, cita, llama y emplaza al demandado, Sr. JUAN ANTONIO LEIVA D.N.I. N.º 33.730.781, para que comparezca a estar a derecho en el término de DIEZ (10) DÍAS, bajo apercibimiento de rebeldía. A tal fin se transcriben las partes pertinentes de las resoluciones dictadas: 2) Providencia de fecha 20/03/2026: “SAN LORENZO, 20/03/2026. (...) Atento a lo informado por el Registro Nacional de las Personas y el Oficial Notificador, cítese y emplácese al demandado Juan Antonio Leiva, D.N.I. N.º 33.730.781 a comparecer a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía por edictos (conf. art. 73 CPCCSF) que se publicarán en el Boletín Oficial por tres veces y cuyo término vencerá cinco días después de la última publicación. Líbrense los edictos acompañados. Dejo constancia que procedí a testarlos de conformidad a este decreto.” Fdo. Dr. GUILLERMO ROLDÁN – Juez Subrogante.
$ 33 561678 May. 26 May. 28
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Circuito d\el Distrito Nº 12 de San Lorenzo, Dr. Javier Bertora Secretaria de la autorizante en autos COSENZA JUAN CARLOS c/ITALO SEVERO ARMANDO s/PRESCRIPCION ADQUISITIVA; CUIJ Nº 21-23401110-0, se hace saber que a fin de notificar a los herederos y/o legatarios del demandado Sr. ITALO SEVERO ARMANDO DNI 2.388.316 se ha dictado lo siguiente SAN LORENZO, 11 de Mayo de 2026; Informándose verbalmente por Secretaría en este acto que no han comparecido a estar a Derecho quienes revistieren el carácter de herederos del Sr. ITALO SEVERO ARMANDO DNI Nº 2.388.316, titular registral del inmueble -lote 7 del plano Nº 81913/1975- objeto de los presentes, inscripto en el Registro General bajo el Tomo 176 Folio 302 Nº 183660 Departamento San Lorenzo; como así tampoco ninguna persona que se considere con derecho de propiedad sobre el inmueble objeto de los presentes, decláraselos rebeldes. Para sorteo de Curador ad hoc de la herencia y, en su caso, de Defensor de Oficio de los mismos, fijase audiencia para el día 11 de junio de 2026 a las 09:00 horas. Notifíquese por edictos que se publicarán dos (2) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Dra. Lorena Grenon, prosecretaria.
S/C 561385 May. 26 May. 27
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Por disposición del Juez Subrogrante, Dr. Javier Pedro Bértora, Juzgado de Primera instancia de Circuito Nº 12 con asiento en la ciudad de San Lorenzo, se ha dictado lo siguiente: Protocolo 2026 Nº 227. SAN LORENZO, 14 de Abril de 2026. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: I.- Tener por auténticas las copias agregadas y por reconstruidos los autos caratulados COMUNA DE TIMBUES c/SORRENTINO RICARDO HERNAN s/APREMIO-RECONSTRUCCION; (CUIJ 21-23364671-4). II.- Hágase oponible la
reconstrucción del expediente ordenada, por cuanto derecho hubiere lugar, y en función de cuanta persona se entienda con derecho; no asistiendo ejecutoriada que fuere la misma, reclamo, oposición o recurso alguno. III.- Notifíquese la presente resolución conjuntamente por cédula a las partes, y profesionales intervinientes, y por edictos (art. 67 del CPCC) y en un diario y/o revista y/o sitio de intemet de amplia difusión en la localidad de San Lorenzo y de la Localidad de Timbúes, debiendo acompañar las constancias que acrediten tales extremos, a sus efectos. Fecho, se tendrá por último acto procesal válido aquel cuya notificación se encuentre fehacientemente acreditada en este expediente reconstruido, continuando 1 trámite a partir del mismo. VI.- Continúen los autos según su estado. Insértese y hágase saber. Dra. LARA BELEN FAVRO, Secretaria; Dr. JAVIER PEDRO BÉRTORA, Juez Subrogante. Autos caratulados: COMUNA DE TIMBUES c/SORRENTINO, RICARDO HERNAN s/APREMIO-RECONSTRUCCION; Expte. 1301/2000- CUIJ Nº 21-23364671-4. San Lorenzo, 29 de Abril de 2026. Dra. Lara Belen Fayro, secretaria-
$ 100 561375 May. 26 May. 28
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Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citar y emplazar a la parte demandada QUIROGA y ZUZA SOCIEDAD ANÓNIMA INMOBILIARIA COMERCIAL INDUSTRIAL Y FINANCIERA, y a todos aquellos que se consideren con derecho, para que comparezcan a estar a derecho dentro del término de ley, bajo apercibimientos de rebeldía. La publicación se efectuará por tres veces en el BOLETIN OFICIAL, venciendo el plazo de comparecencia a los cinco (5) días de la última publicación (conf. art. 73 CPCCSF). Autos caratulados: RUIZ CLAUDIA SUSANA Y OTROS c/QUIROGA Y ZUZA SOCIEDAD ANÓNIMA INMOBILIARIA COMERCIAL INDUSTRIAL Y FINANCIERA s/ESCRITURACIÓN; (CUIJ 21-25448246-0), en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de San Lorenzo. San Lorenzo, 23 de Abril de 2026. Dra. Melisa Peretti, secretaria.
$ 33 561344 May. 26 May. 28
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Por disposición del Sr. Juez de Familia de la ciudad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, se notifica a la Sra. Maldonado López Antonia María, D.N.I. Nº 96.284.700 que en los autos caratulados ESCALANTE, NÉSTOR SEBASTIAN c/MALDONADO LÓPEZ, ANTONIA MARIA s/CUIDADO PERSONAL DE LOS HIJOS; CUIJ Nº 21-27881061-2 de trámite ante dicho Juzgado se ha dictado lo siguiente: San Lorenzo, 23/2/26. Informando la actuaria que la demandada no ha comparecido a estar a derecho, decláraselo rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por cédula; fecho, pasen los autos a despacho para dictar sentencia. Fdo. Dr. Escola Juez; Dra. Muchiutti, secretaria.
$ 33 561307 May. 26 May. 28
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia Civil y Comercial de la 2ª Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citar y emplazar por edictos a los herederos, acreedores y legatarios de los causantes y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes EMILIO ELOY CORUJO —DNI. N° 3.085.987- y LIDIA PAULINA BACHMANN –DNI. Nº 6.017.935- por un (1) día, para que lo acrediten dentro de los treinta (30) días corridos. Autos caratulados: CORUJO, EMILIO ELOY Y OTROS s/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ Nº 21-25447639-8). Fdo. Dra. MELISA PERETTI –Secretaria-. SAN LORENZO,
$ 45 May. 26
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DENTRO DE LOS AUTOS CARATULADOS “NADALINI ADELINA LEONORA S/ SUCESORIO – CUIJ. 21-25448807-8”, que tramita por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Segunda Nominación de los Tribunales Provinciales de San Lorenzo, a cargo del DR. GUILLERMO ROLDÁN - Juez Subrogante, LLAMA A LOS HEREDEROS, ACREEDORES, LEGATARIOS y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Doña NADALINI ADELINA LEONORA - Fallecimiento: Localidad: CARRIZALES (Departamento Iriondo) Pcia: Santa Fe País: Argentina Fecha: 08/06/1994. (Tomo 1, Acta 9, Año 1994 del Registro Civil de Carrizales, Santa Fe), POR TREINTA DIAS, PARA QUE COMPAREZCAN A ESTE TRIBUNAL A HACER VALER SUS DERECHOS. PUBLIQUESE EN BOLETÍN OFICIAL EDICTOS POR CINCO DÍAS. DR. GUILLERMO ROLDÁN – Juez Subrogante.
$ 45 May. 26
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villa constitución
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nº 14 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación, de Villa Constitución, en los autos caratulados DE LA TORRE JOAQUIN FLORENCIA SOLEDAD c/GIGENA CLAUDIA YOLANDA Y OTROS s/JUICIO EJECUTIVO; (C.U.I.J. Nº 21-25660904-2), se ha dictado la rebeldía de la Sra. MARISOL GUADALUPE MUÑOZ (D.N.I. Nº 30.488.490); expresando la providencia en cuestión lo siguiente: En la ciudad de Villa Constitución, en la fecha asignada (12/5/26) por el sistema de gestión SISFE (Acuerdo CSJSF Nº 14 del 13/05/2020, punto 2-XV) Agréguese la constancia acompañada. No habiendo la codemandada Marisol Guadalupe Muñoz, comparecido a estar a derecho, pese a encontrarse notificado, según informe del Actuario en este acto, declarésela rebelde y siga el Juicio sin su representación. Notifíquese por cédula. Fdo. DANINO (SECRETARIO). JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO Nº 14 EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA PRIMERA NOMINACION. VILLA CONSTITUCIÓN, 12 de Mayo de 2026. Dr. Alejandro Danino, secretario.
$ 100 561415 May. 26 May. 28
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Por disposición de la Señora Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de Villa Constitución, se ha dispuesto dar publicidad por edictos a lo resuelto por Resolución Nº 458 de fecha 14/05/2026, conforme seguidamente se detalla: RESUELVO: 1) Ordenar la destrucción de la documentación y todo otro sobre que haya sido presentado para su reserva destinado a actuaciones promovidas con anterioridad al 31 de diciembre de 2016, inclusive. 2) Publicar un aviso en el Diario “El Sur” de Villa Constitución, y edictos gratuitos en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe en cinco oportunidades, así como en el Hall del Tribunal y en la Mesa de Movimientos del Juzgado; haciendo saber lo dispuesto en el punto “1”. Quienes deseen recuperar documentación y cualquier sobre destinado a actuaciones promovidas con anterioridad al 31 de diciembre de 2016, podrán hacerlo hasta el día 30 de Septiembre de 2026 a las 12:45 horas en la Secretaría del
Juzgado, de lunes a viernes entre las 07.15 y 12.45 hs. A partir de dicho día y hora no se admitirá reclamo alguno. Insértese, agréguese copia y hágase saber. Fdo. ORSARIA (JUEZ); Danino (secretario). Villa Constitución, 18 de Mayo de 2026.
S/C 561370 May. 26 Jun. 1
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 14 de Villa Constitución (SFE), Dr. DIOGENES D. DROVETTA, y de conformidad con lo ordenado por los arts. 7 y 28 de la Ley 5066, se hace saber que en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCIÓN c/GOMEZ HILDA INES s/APREMIOS; CUIJ Nº 21-23489592-0, se citen de remate a los Sres. LOMBARDI DAMIAN y GOMEZ HILDA INES ambos con domicilio en calle Mitre Nº 760 de la ciudad de Villa Constitución, Pcia. de Santa Fe y/o sucesores y/o quien/es resulte/n responsable/s fiscal/es actual/es del inmueble sito en calle Mitre Nº 760 de Villa Constitución, Padrón Nº 8271/9 al tiempo en que se generó la obligación tributaria reclamada en los autos referidos, para que dentro del término de ocho (8) días opongan excepción legitima, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución sin más trámite. Se deja constancia que la publicación del presente edicto es sin cargo. Villa Constitución, 17 de Abril de 2026. Dra. Dulce Sofía Rossi, secretaria.
$ 100 561361 May. 26 May. 28
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 14 de Villa Constitución (SFE), Dr. DIOGENES D. DROVETTA, y de conformidad con lo ordenado por los arts. 7 y 28 de la Ley 5066, se hace saber que en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCIÓN c/PRIETO JOSE ANTONIO Y OTROS s/DEMANDA EJECUTIVA; CUIJ Nº 21-23489605-6, se cita de remate a los Sres. PRIETO JOSE ANTONIO y SUAREZ MONICA ISABEL ambos con domicilio en calle H SIVORI Nº 1382 de Villa Constitución, Pcia de Santa Fe y/o sucesores y/o quien/es resulte/n responsable/s fiscal/es actual/es del inmueble sito en calle H SIVORI Nº 1382 de Villa Constitución, Padrón Nº 74757 al tiempo en que se generó la obligación tributaria reclamada en los autos referidos, para que dentro del término de ocho (8) días opongan excepción legitima, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución sin más trámite. Se deja constancia que la publicación del presente edicto es sin cargo. Villa Constitución, 17 de Abril de 2026. Dra. Dulce Sofía Rossi, secretaria.
$ 100 561360 May. 26 May. 28
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 14 de Villa Constitución (SFE), Dr. DIOGENES D. DROVETTA, y de conformidad con lo ordenado por los arts. 7 y 28 de la Ley 5066, se hace saber que en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCIÓN c/SOSA DELIA CIRIACA s/APREMIOS; CUIJ Nº 21-23489607-2, se citen de remate a los Sres. HUMBERTO DANIEL SOSA, ARIEL VICTOR FRANCO, GLADYS ALICIA ALBORNOZ, CARLOS ALBERTO SOSA, CARLOS RAUL SOSA y DELIA CIRIACA SOSA, todos con domicilio en calle Independencia Nº 2477 de Villa Constitución, Pcia de Santa Fe y/o sucesores y/o quien/es resulte/n responsable/s fiscal/es actual/es del inmueble sito en calle Independencia Nº 2477 de Villa Constitución, Padrón Nº 51755 al tiempo en que se generó la obligación tributaria reclamada en los autos referidos, para que dentro del término de ocho (8) días opongan excepción legitima, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución sin más trámite. Se deja constancia que la publicación del presente edicto es sin cargo. Villa Constitución, 17 de Abril de 2026. Dra. Dulce Sofía Rossi, secretaria.
$ 100 561359 May. 26 May. 28
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 14 de Villa Constitución (SFE), Dr. DIOGENES D. DROVETTA, y de conformidad con lo ordenado por los arts. 7 y 28 de la Ley 5066, se hace saber que en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCIÓN c/MARTINEZ ANA ISABEL s/APREMIOS; 21-23489591-2, se cita de remate a los Sres. KARCHER FELIPE RAMON Y MARTINEZ ANA ISABEL, ambos con domicilio en Sector 2 casa 224 Barrio Domingo Troilo de la ciudad de Villa Constitución de la ciudad de Villa Constitución, Pcia de Santa Fe y/o sucesores y/o quien/es resulte/n responsable/s fiscal/es actual/es del inmueble sito en Sector 2 casa 224 Barrio Domingo Troilo de Villa Constitución, Padrón Nº 14134/1 al tiempo en que se generó la obligación tributaria reclamada en los autos referidos, para que dentro del término de ocho (8) días opongan excepción legitima, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución sin más trámite. Se deja constancia que la publicación del presente edicto es sin cargo. Villa Constitución, 16 de Abril de 2026. Dra. Dulce Sofía Rossi, secretaria.
$ 100 561358 May. 26 May. 28
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 14 de Villa Constitución (SFE), Dr. DIOGENES D. DROVETTA, y de conformidad con lo ordenado por los arts. 7 y 28 de la Ley 5066, se hace saber que en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCIÓN c/JATON RAMON RENE s/APREMIOS; CUIJ 21-23489675-7, se cite de remate al Sr. RAMÓN RENE JATON titular del DNI Nº 05855874 CUIL Nº 20-05855874-6 con domicilio en calle Las Heras Nº 2597 de la ciudad de Villa Constitución, Pcia de Santa Fe y/o sucesores y/o quien/es resulte/n responsable/s fiscal/es actual/es del inmueble sito en calle Las Heras Nº 2597 de Villa Constitución, Padrón Nº 118349 al tiempo en que se generó la obligación tributaria reclamada en los autos referidos, para que dentro del término de ocho (8) días opongan excepción legitima, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución sin más trámite. Se deja constancia que la publicación del presente edicto es sin cargo. Villa Constitución, 7 de Mayo de 2026. Dra. Dulce Sofía Rossi, secretaria.
$ 100 561357 May. 26 May. 28
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 14 de Villa Constitución (SFE), Dr. DIOGENES D. DROVETTA, y de conformidad con lo ordenado por los arts. 7 y 28 de la Ley 5066, se hace saber que en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCIÓN c/QUINA ENCARNACIÓN INES s/APREMIOS; CUIJ Nº 21-23489606-4, se citen de remate a los Sres. LARES JORGE GABRIEL y QUINA ENCARNACIÓN INES ambos con domicilio en calle J HERNANDEZ Nº 461 de la ciudad de Villa Constitución, Pcia de Santa Fe y/o sucesores y/o quien/es resulte/n responsable/s fiscal/es actual/es del inmueble sito en calle J HERNANDEZ Nº 461 de Villa Constitución, Padrón Nº 135228 al tiempo en que se generó la obligación tributaria reclamada en los autos referidos, para que dentro del término de ocho (8) días opongan excepción legitima, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución sin más trámite. Se deja constancia que la publicación del presente edicto es sin cargo. Villa Constitución, 6 de Mayo de 2026. Dra. Dulce Sofía Rossi, secretaria.
$ 100 561356 May. 26 May. 28
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 14 de Villa Constitución (SFE), Dr. DIOGENES D. DROVETTA, y de conformidad con lo ordenado por los arts. 7 y 28 de la Ley 5066, se hace saber que en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCIÓN c/MUÑOZ MARIA ENCARNACION s/APREMIOS; CUIJ Nº 21-23489590-4 se cita de remate a la Sra. MUÑOZ MARIA ENCARNACION DNI Nº 1.908.595 con domicilio en calle Comodoro Rivadavia Nº 1112 de la ciudad de Villa Constitución, Pcia de Santa Fe y/o sucesores y/o quien/es resulte/n responsable/s fiscal/es actual/es del inmueble sito en calle Comodoro Rivadavia Nº 1112 de Villa Constitución, Padrón Nº 15178/7 al tiempo en que se generó la obligación tributaria reclamada en los autos referidos, para que dentro del término de ocho (8) días opongan excepción legitima, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución sin más trámite. Se deja constancia que la publicación del presente edicto es sin cargo. Villa Constitución, 16 de Abril de 2026. Dra. Dulce Sofía Rossi, secretaria.
$ 100 561355 May. 26 May. 28
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 14 de Villa Constitución (SFE), Dr. DIOGENES D. DROVETTA, y de conformidad con lo ordenado por los arts. 7 y 28 de la Ley 5066, se hace saber que en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCIÓN c/CORDOBA LORENA NOEMI s/APREMIOS; CUIJ Nº 21-23489593-9, se cita de remate a los Sres. JUNCOS EZEQUIEL FERNANDO y CORDOBA LORENA NOEMI ambos con domicilio en Sector 1 casa 36 Barrio Domingo Troilo de la ciudad de Villa Constitución, Pcia de Santa Fe y/o sucesores y/o quien/es resulte/n responsable/s fiscal/es actual/es del inmueble sito en Sector 1 casa 36 Barrio Domingo Troilo de Villa Constitución, Padrón Nº 14421/2 al tiempo en que se generó la obligación tributaria reclamada en los autos referidos, para que dentro del término de ocho (8) días opongan excepción legitima, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución sin más trámite. Se deja constancia que la publicación del presente edicto es sin cargo. Villa Constitución, 16 de Abril de 2026. Dra. Dulce Sofía Rossi, secretaria.
$ 100 561354 May. 26 May. 28
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El Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de la ciudad de Villa Constitución, provincia de Santa Fe, dentro de los autos caratulados PASQUINI MARÍA SUSANA c/BORDIN EDUARDO JULIÁN Y OTROS s/USUCAPIÓN; Expte. 377/16 - CUIJ 21-25612938-5, se ha dictado lo siguiente: AUTOS Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: 1) Hacer lugar a la acción instaurada en autos respecto del inmueble descripto como “un lote de terreno regular con todo lo edificado, clavado y plantado, ubicado en la ciudad de Villa Constitución en calle Bermejo entre las calles Tunuyany Río de la Plata, a los 30 metros de la segunda hacia el Norte y mide 10 metros de frente al Este por 20 metros de fondo. Encierra una superficie de 200 metros cuadrados, lindando al Este con calle Bermejo, al Norte y al Oeste con Méndez Rodolfo Manuel, al Sur con Pasquini, María Susana, partida inmobiliaria Nº 19-18-00-418264/0012-1, declarando probada la quieta, pública y pacífica posesión “animus domini” del mismo por parte de la actora María Susana Pasquini, D.N.I. 13.413.510, desde el 28/09/1989; y por consiguiente, la adquisición del inmueble por parte de la misma, a quien previo cumplimiento de los recaudos de ley, se le otorgará el título definitivo. 2) Costas a la demandada. 3) Acreditado que fuere el avalúo fiscal actualizado del inmueble en cuestión, y la posición frente al I.V.A. de los profesionales intervinientes, se regularán sus honorarios. 4) Notifíquese la presente por cédula y por edictos a publicarse en el BOLETIN OFICIAL y Estrados del Tribunal por el término de ley. Insértese, agréguese copia y hágase saber. Villa Constitución, 13 de Mayo de 2026. Dr. Dario F. Malgeri, secretario.
$ 100 561332 May. 26 May. 28
Por así estar dispuesto en autos caratulados: COMUNA DE PEYRANO c/GODOY, CARMEN s/APREMIOS; C.U.I.J. Nº 21-25656706-4, que tramita ante el Juzgado de 1ª Instancia de Circuito de Villa Constitución, se ha dispuesto notificar por edictos la sentencia recaída en autos, la que en su parte resolutiva dispone: Nº 187 VILLA CONSTITUCION, 12/03/2026. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: Mandar llevar adelante la ejecución contra GODOY CARMEN y/o sus herederos y/o contra quien resulte titular actual y/o actual poseedor y/o contribuyente y/o responsable fiscal del inmueble catastrado bajo la partida de impuesto inmobiliario Nº 19-10-00411209/0000-0, hasta tanto la COMUNA DE PEYRANO perciba la suma de pesos doscientos treinta y dos mil ciento sesenta con diecisiete centavos ($ 232.160,17) reclamada en concepto de TASA GENERAL DE INMUEBLE URBANO. Con más los intereses fijados en los considerandos. 2.- Costas a la demandada vencida. 3.- Firme que se encuentre la planilla de capital e intereses, se regularán los honorarios profesionales, debiendo el letrado acompañar su constancia actual de inscripción en ARCA. Insértese en protocolo digital y notifíquese por cédula y edictos. Fdo. Dra. DULCE S. ROSSI (Secretaria); Dr. DIÓGENES D. DROVETTA (Juez).
$ 100 551323 May. 26 Jun. 1
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El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Villa Constitución, Dr. Diógenes D. DROVETTA, hace saber que dentro de los caratulados VILLACRED FINANCIERA S.R.L. c/DELGADO, Silvio Gabriel s/JUICIOS EJECUTIVOS; C.U.I.J. Nº 21-23487092-8, se ha dictado lo siguiente: Tomo: 2025 Folio: Resolución: 1354, VILLA CONSTITUCION, 24/10/2025. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1.- Mandando llevar adelante la ejecución contra DELGADO SILVIO GABRIEL, hasta tanto la parte actora se haga íntegro pago del capital reclamado de Pesos Trescientos mil ($ 300.000) con más los intereses indicados precedentemente. 2.- Costas a la parte demandada vencida artículo 251 del C.P.C.C.S.F. 3.- Regular los honorarios profesionales del Doctor Damián Emiliano Bellesi en la suma de pesos ciento cincuenta mil cincuenta ($ 150.050), equivalente a uno coma cuarenta (1,40) JUS, que se actualizará automáticamente, según su valor en moneda de curso legal que establezca la CSJSF al momento del efectivo pago. Fíjese un interés moratorio del 8% anual desde la fecha de notificación de la presente y hasta su efectivo pago. Conforme artículos 6, 8 y 32, ley 6767. Vista a Caja Forense. Insértese, dése copia digital y notifíquese por cédula. FIRMAN: Dra. Analía N. VICENTE (Secretaria); Dr. Diógenes D. DROVETTA (Juez). Villa Constitución, 14 de Mayo de 2026. Dra. Dulce Sofía Rossi, secretaria.
$ 100 561322 May. 26 Jun. 1
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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 14 Civil, Comercial y Laboral de la Segunda Nominación de Villa Constitución, dentro de los autos caratulados “FENOGLIO TERESA S/ SUCESORIO” CUIJ Nº 21-25657876-7 se cita a los herederos, acreedores y/o legatarios de FENOGLIO TERESA, por el plazo de treinta (30) días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos.-
$ 45 May. 26
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de distrito Nº 1 enlo Civil y Comercial de la 1era. Nom. de Villa Constitución, Dr Agueda M. Orsaria, Secretaría del autorizante, dentro de los autos caratulados: “CANZANI JUAN CARLOS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ: 21-25661387-2,se cita a los herederos, acreedores o legatarios, y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JUAN CARLOS CANZANI, por treinta días, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos.SECRETARIA, 22/05/2026. Dr. Alejandro Danino, Secretario.-
$ 45 May. 26
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El Juzgado de Primera Instancia Distrito Nº 14 en lo Civil, y Comercial de la Primera Segunda de Villa Constitución, Provincia de Santa Fe a cargo del Dr. DR. DAVID LISANDRELLO (JUEZ), Secretaría del Dr. DARIO MALGERI, llama a los herederos, acreedores o legatarios de IRIS ZULEMA QUIEROGA, por TREINTA (30) días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos.
$ 45 May. 26
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rufino
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Rufino, Provincia de Santa Fe, Dr. Luis Alberto Cignoli, ha ordenado notificar a los herederos del demandado -Oscar Alberto Bordon- de la rebeldía dictada en los autos VERGARA NICOLAS DANIEL c/MONTERO ANGELICA CRISTINA s/DAÑOS Y
PERJUICIOS; CUIJ 21-26366254-4 conforme ha dispuesto en el siguiente proveído: Rufino, 13 de abril de 2026: Informado verbalmente el Actuario en este acto que herederos de Oscar Alberto Bordon, no han comparecido a estar a derecho no obstante estar debidamente notificados, decláreselos rebeldes y siga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos y por cédula al último domicilio del causante. Fdo. Dr. Luis Alberto Cignoli, (Juez); Dr. Jorge A. Espinoza (Secretario). RUFINO, de Mayo de 2026. Dr. Jorge Andrés Espinoza, Secretario.
$ 135 561333 May. 26 May. 28
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venado tuerto
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia, de Distrito en lo civil y comercial de la Segunda Nominación de Venado Tuerto, Dr. Gabriel Albero Carlini, Secretaría a cargo del Dr. WALTER BOURNOT, en autos: PEGER PEDRO PABLO Y OTROS c/FICCADENTI DE SPINOZZI MAXIMINA s/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA; (Expte. 21-24616572-3), se ha ordenado publicar el siguiente edicto del decreto dictado en autos que expresa lo siguiente: VENADO TUERTO, 11 de Mayo de 2026; Proveyendo escrito cargo Nº 6149/2026: Téngase presente. Informando en este acto el Actuario que los herederos de Pedro Enrique, María Teresa, Lucía Karina, Rosa Dominga y Omar Victor, todos ellos de apellido Spinozzi, no comparecieron a estar a derecho, pese a encontrarse debidamente notificados, decláraselos rebeldes y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos a publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término de ley. Informando en este acto el Actuario que Lucía Albizu y Julio Roberto Spinozzi, no comparecieron a estar a derecho, pese a encontrarse debidamente notificados, decláraselos rebeldes y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos conforme lo ya ordenado. Informando en este acto el Actuario que Nora Lucia y Noemi Elisabeth Spinozzi no comparecieron a estar a derecho pese a encontrarse debidamente notificadas, decláraselas rebeldes y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por cédula. (Expte. (Expte. 21-24616572-3). 18 de Mayo de 2026. Fdo. Dr. Walter Bournot (Secretario).
$ 150 551377 May. 26 Jun. 1
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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. María Celeste Rosso, Secretaría a cargo de la Dra. María Laura Olmedo, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de don GODOY ALBERTO RAMON (D.N.I. Nº 6.901.869), para que dentro del término de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos.- Autos: “GODOY ALBERTO RAMON S/ SUCESORIO”, Expte. CUIJ Nº 21-24625494-7.- Venado Tuerto, de de 2026.- FDO: Dra. María Celeste Rosso (Jueza), Dra. María Laura Olmedo (Secretaria).-
$ 45 May. 26
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Venado Tuerto a cargo de la Dra. María Celeste Rosso (Juez), Secretaría de la Dra. María Laura Olmedo, se cita y se emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de Don CASADEY, GABRIEL OMAR, D.N.I. Nº 21.898.743 para que en el término de Ley comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de Ley.- Autos: “CASADEY GARBIEL OMAR S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ Nº 21-24625589-7” Venado Tuerto, Santa Fe.-FDO: Dra. María Celeste Rosso, JUEZ – Dra. María Laura Olmedo, SECRETARIA.-
$ 45 May. 26
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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Venado Tuerto, cargo de la Dra. MARÍA CELESTE ROSSO Secretaría de la Dra. MARÍA LAURA OLMEDO en autos caratulados PANFILI, CARLOS JOSÉ S/ SUCESORIO CUIJ 21-24625333-9 se cita y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de CARLOS JOSÉ PANFILI DNI 8.445.890 para que en el término de ley comparezcan a hacer valer sus derechos bajo apercibimientos de ley. Para mayor precisión se transcribe lo pertinente del decreto que así lo ordena: VENADO TUERTO, 16 DE ABRIL DE 2026 (...)Fecho, cítese a todos los que se consideren con derechos a los bienes de la herencia mediante edictos que se publicaran por el término de ley en el Boletín Oficial.- Fdo. DRA. MARÍA CELESTE ROSSO JUEZA - DRA. MARÍA LAURA OLMEDO SECRETARIA.-
$ 45 May. 26