picture_as_pdf 2026-04-28

__________________________________________


SANTA FE

_________________________________________

JUZGADO DE FAMILIA


Por disposición de la Dra. Lidia Fernanda Bensegues, Jueza del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 5, Secretaría Única a cargo de la Dra. Natalia Berardo, de esta ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: SDNAF c/SEGOVIA SEBASTIAN ALEJANDRO Y OTROS s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967. RESOLUCIÓN DEFINITIVA (21-10782069-5); se cita, llama y emplaza a la Sra. MOREIRA ELIZABETH MIRIAM, DNI 35.451.327, con domicilio real desconocido; notificándola a tal fin que se ha ordenado lo siguiente: SANTA FE, 14 de Abril de 2026. VISTOS:... CONSIDERANDO:... RESUELVO: Tener por formulado el control de legalidad de la Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional con relación a MILAGROS BELÉN SEGOVIA e IARA YOSELÍN SEGOVIA, establecida por disposición Nº 000130 de fecha 16 de julio de 2025, ratificándose la misma. 2) Declarar la privación de la responsabilidad parental de Elizabeth Miriam Moreira y de Sebastián Alejandro Segovia respecto de las niñas Milagros Belén Segovia e Iara Yoselín Segovia. 3) Designar a Emilse Guadalupe Segovia (DNI Nº 20.180.517) tutora de las niñas Milagros Belén Segovia (DNI Nº 56.161.863) y Iara Yoselín Segovia (DNI Nº 57.783.631) quien deberá aceptar el cargo correspondiente y remitir dicha aceptación vía electrónica por escrito con patrocinio de abogado de la matrícula o por Defensor General - 9 de Julio Nº 1842 de esta ciudad - o por la Defensoría General Zonal que corresponda, el que será discernido bajo las formalidades de ley. Protocolicese, agréguese copia, notifíquese a la Defensoría General actuante en su despacho. Notifíquese por cédula el presente de acuerdo a lo establecido por el Art. 66 ley 12.967 encomendándose la realización de las mismas. Dra. Natalia Berardo; Dra. Lidia Fernanda Bensegues, Secretaria Jueza.

S/C 559737 Abr. 28 Abr. 30

_________________________________________


JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados CABRAL SEBASTIAN ALCIDES s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; CUIJ Nº 21-02030226-4, se ha presentado el Proyecto de Distribución e Informe Final y se han regulado los honorarios a los profesionales intervinientes. La providencia que así lo dispone expresa: SANTA FE, 06 de Abril de 2026. Conforme lo normado por los Arts. 218, 265 inc. 4°, 266 y 267, se fijan los honorarios totales en la suma de $ 3.946.313,31 equivalente a un sueldo de Secretario de primera instancia, a distribuir en la siguiente proporción: 1°) $ 2.762.419,317 para el CPN Martín Nicolás Alberto Mateo; y 2º) $ 1.183.893,993 (9,4807808414 jus) para el Dr. Diego Enzo Galetto. Fdo. Dr. Carlos Federico Marcolín (Juez a/c); Otro decreto dice: SANTA FE, 14 de Abril de 2026 Por formulado proyecto de distribución. De manifiesto por el termino de ley. Publíquense edictos de conformidad con lo dispuesto por el art. 218 de la LCQ. Notifíquese: Fdo. Dr. Iván Gustavo Di Chiazza (Juez); Dra. Daniela G. Piazzo (Secretaria). Santa Fe, 16 de Abril de 2026.

S/C 559693 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la Ciudad de Santa Fe se ha dictado en autos D’ AGOSTO, RUBEN ANGEL s/PEDIDO DE QUIEBRA; (CUIJ Nº 21-02059892-9, AÑO 2026), la siguiente resolución: Santa Fe, 17/04/2026 {...) resuelvo: 1. Declarar la quiebra de Rubén Ángel D’ Agosto, DNI N° 29.924.814, con domicilio real en calle 4º Pasaje N° 9730 de la localidad de Santa Fe y domicilio legal en calle 25 de Mayo N° 2126, piso 2, dpto. “B” de esta ciudad. 5. Ordenar a terceros la entrega de bienes y documentos del fallido al Síndico. 6. Intimar al fallido para que dentro de las veinticuatro horas de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario falencial. Se libra mandamiento al Oficial de Justicia para que se haga efectiva la medida (art. 177, inc. 2, LCQ). 7. Prohibir pagos al fallido. 9. Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista correspondiente a la categoría “B” para el 22/04/2026 a las 10.00 horas. 10. Fijar el día 12/06/2026 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos y los títulos pertinentes. 11. Fijar el día 30/06/2026 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes. 12. Señalar el día 11/08/2026 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales y el 23/09/2026 para la presentación del Informe General. 19. Ordenar la publicación de edictos durante cinco días en el BO. 20. Líbrense los mandamientos, oficios y exhortos ordenados y practíquense comunicaciones a la Administración Provincial de Impuestos y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada Nº 195, punto 2º de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe del 10/11/86). Fdo. Carlos F. Marcolín (Juez a/c); Daniela Piazzo, Secretaria.

S/C 559694 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


Por así estar dispuesto en los autos DE LEON DARIO ALEJANDRO s/QUIEBRA; 21-02058784-6; El Sr. Juez a/c del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Santa Fe, Dr. Carlos Marcolin, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 14 de Abril de 2026. AUTOS Y VISTOS:...; CONSIDERANDO: RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de Dario Alejandro De Leon, apellido materno Escobar, argentino, D.N.I. Nº 31.141.372, CUIL 20-31141372-5, mayor de edad, empleado, con domicilio real en Saavedra 5821 de la Ciudad de Santa Fe y legal en calle Amenabar 3066 depto 1 de la Ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 8) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 9) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 15/04/2026 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencía de la Cámara Civil y Comercial. 11) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, (con excepción de la cuota alimentaria) por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 12) Fijar el día 04/06/2026, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, facúltase a la Sindicatura a recibir los pedidos de verificación mediante correo electrónico, el cual habrá de ser consignado al aceptar el cargo, junto a un número telefónico directo de contacto y CBU para un eventual depósito de los aranceles de ley. Deberá, en tal caso, establecer claramente en los edictos a publicarse conforme al art. 89 LCQ, cuál será la modalidad de dicha recepción (a distancia, virtual o en forma presencial), así como el mecanismo a adoptar para la presentación de los títulos justificativos (en caso de requerimiento expreso por la sindicatura), firma (ológrafa o digital) del presentante, constitución de domicilio procesal y la fecha de presentación. Puede igualmente disponer un entorno virtual a los fines de publicar los pedidos de verificación al que podrán acceder los demás acreedores, posibilitando la visualización y control de los créditos insinuados para, en su caso, formular las observaciones pertinentes. Se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. El mismo, deberá hacerse efectivo directamente ante el órgano sindical, en efectivo o mediante transferencia bancaria del importe a la CBU indicada por el mismo, que bastará como recibo correspondiente. 13) Fijar el dia 22/06/2026 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14) Señalar el día 03/08/2026 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 15/09/2026 para la presentación del Informe General. 15) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos, se librarán oficios y/u oficio ley 22.172. Fecho, exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la persona fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 -y por su remisión el art. 21- ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 17) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 18) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Conste que habiendo resultado sorteado síndico el CPN Moschitta Edgardo Pedro en la audiencia celebrada, desígnaselo en tal carácter. Comparezca cualquier día y hora de audiencia a aceptar el cargo. Notifíquese. Fdo. Dr. Carlos Marcolin, Juez a/c. Dra. Laura Luciana Perotti, Secretaria.

S/C 559695 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


Por así estar dispuesto en los autos MENDOZA GUSTAVO JAVIER s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; (Expte. Nº 21-02058556-8); La Sra. Jueza a/c del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Santa Fe, Dra. Maria Romina Kilgelmann, ha ordenado lo siguiente: SANTA FE, 10 de Abril de 2026. AUTOS Y VISTOS:...; CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1º) Declarar la quiebra de Gustavo Javier Mendoza, apellido materno Fernandez, argentino, DNI Nº 23.673.281, CUIL Nº 23-23673281-9, casado, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en calle Larrea Nº 2827 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, y legalmente en calle Av. Galicia Nº 1783 de la ciudad de Santa Fe. 2º) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3º) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél. 4°) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C.Q. 5°) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. 6º) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 7°) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 8º) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entréga de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 9°) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 10º) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 15/04/2026 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 11º) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a Autobuses S.R.L. a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, (con excepción de la cuota alimentaria) por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a Autobuses S.R.L. que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 12º) Fijar el día 04/06/26, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, facúltase a la Sindicatura a recibir los pedidos de verificación mediante correo electrónico, el cual habrá de ser consignado al aceptar el cargo, junto a un número telefónico directo de contacto y CBU para un eventual depósito de los aranceles de ley. Deberá, en tal caso, establecer claramente en los edictos a publicarse conforme al art. 89 LCQ, cuál será la modalidad de dicha recepción (a distancia, virtual o en forma presencial), así como el mecanismo a adoptar para la presentación de los títulos justificativos (en caso de requerimiento expreso por la sindicatura), firma (ológrafa o digital) del presentante, constitución de domicilio procesal y la fecha de presentación. Puede igualmente disponer un entorno virtual a los fines de publicar los pedidos de verificación al que podrán acceder los demás acreedores, posibilitando la visualización y control de los créditos insinuados para, en su caso, formular las observaciones pertinentes. Se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. El mismo, deberá hacerse efectivo directamente ante el órgano sindical, en efectivo o mediante transferencia bancaria del importe a la CBU indicada por el mismo, que bastará como recibo correspondiente. 13°) Fijar el día 19/06/26 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14º) Señalar el día 31/07/26 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 14/09/26 para la presentación del Informe General. 15°) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos, se librarán oficios y/u oficio ley 22.172. Fecho, exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la persona fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 -y por su remisión el art. 21- ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16º) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 17º) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 18º) Encomendar al Síndico la tarea de Librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Fdo. Dra. Maria Romina Kilgelmann, Jueza s/c. Conste que habiendo resultado sorteado síndico el CPN Alejandro Ruben Monti, en la audiencia celebrada, desígnaselo en tal carácter. Comparezca cualquier día y hora de audiencia a aceptar el cargo. Notifíquese. Fdo. Dr. Carlos Marcolin, Juez a/c. Dra. Laura Luciana Perotti, Secretaria.

S/C 559697 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


Por así estar dispuesto en los autos RAIMONDI LORENA YANINA s/QUIEBRA; CUIJ 21-02058589-4, el Sr. Juez a/c del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Santa Fe, Dr. Carlos F. Marcolin, ha ordenado lo siguiente: SANTA FE, 14 de Abril de 2026. AUTOS Y VISTOS:...; CONSIDERANDO: RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de Lorena Yanina Raimondi, argentina, D.N.I. Nº 32.207.884, CUIL Nº 27-32207884-1, mayor de edad, empleada, con domicilio real en calle López y Planes 2416 de la ciudad de Coronda, Departamento San Jerónimo y legal en calle Necochea 6151 de la ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comumcaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 8) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pta. 13) de la presente. 9) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 15/04/2026 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia dé la Cámara Civil y Comercial. 11) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, (con excepción de la cuota alimentaria) por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos: correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 12) Fijar el día 04/06/2026, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los titulos pertinentes. A tal fin, facúltase a la Sindicatura a recibir los pedidos de verificación mediante correo electrónico, el cual habrá de ser consignado al aceptar el cargo, junto a un número telefónico directo de contacto y CBU para un eventual depósito de los aranceles de ley. Deberá, en tal caso, establecer claramente en los edictos a publicarse conforme al art. 89 LCQ, cuál será la modalidad de dicha recepción (a distancia, virtual o en forma presencial), así como el mecanismo a adoptar para la presentación de los títulos justificativos (en caso de requerimiento expreso por la sindicatura), firma (ológrafa o digital) del presentante, constitución de domicilio procesal y la fecha de presentación. Puede igualmente disponer un entorno virtual a los fines de publicar los pedidos de verificación al que podrán acceder los demás acreedores, posibilitando la visualización y control de los créditos insinuados para, en su caso, formular las observaciones pertinentes. Se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. El mismo, deberá hacerse efectivo directamente ante el órgano sindical, en efectivo o mediante transferencia bancaria del importe a la CBU indicada por el mismo, que bastará como recibo correspondiente. 13) Fijar el día 19/06/2026, como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14) Señalar el día 31/07/2026 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 11/09/2026 para la presentación del Informe General. 15) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos, se librarán oficios y/u oficio ley 22.172. Fecho, exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la persona fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 -y por su remisión el art. 21- ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 17) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 18) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifiquese. Conste que habiendo resultado sorteado el síndico C.P.N. VICTTORE NORBERTO RICARDO en la audiencia celebrada, desígnaselo en tal carácter. Comparezca cualquier día y hora de audiencia a aceptar el cargo. Notifíquese. Fdo. Dr. Carlos F. Marcolin, Juez a/c. Dra. Laura Luciana Perotti, Secretaria.

S/C 559698 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


Por así estar dispuesto en los autos CAÑETE ALFREDO ALEJANDRO s/QUIEBRA - CUIJ 21-02059577-6, la Sra. Jueza a/c del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Santa Fe, Dra. María Romina Kilgelmann, ha ordenado lo siguiente: SANTA FE, 10 de Abril de 2026. AUTOS Y VISTOS:...; CONSIDERANDO: RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de Alfredo Alejandro Cañete, apellido materno López, argentino, D.N.I. Nº 29.312.628, CUIL Nº 20-29312628-4, mayor de edad, empleado, con domicilio real en Pasaje Rodríguez Galisteo Nº 4097 y legal en calle Alvear Nº 3291 Depto. A, ambos de la Ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 8) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 9) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 15/04/2026 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 11) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, (con excepción de la cuota alimentaria) por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de

incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 12) Fijar el día 04/06/2026, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, facúltase a la Sindicatura a recibir los pedidos de verificación mediante correo electrónico, el cual habrá de ser consignado al aceptar el cargo, junto a un número telefónico directo de contacto y CBU para un eventual depósito de los aranceles de ley. Deberá, en tal caso, establecer claramente en los edictos a publicarse conforme al art. 89 LCQ, cuál será la modalidad de dicha recepción (a distancia, virtual o en forma presencial), así como el mecanismo a adoptar para la presentación de los títulos justificativos (en caso de requerimiento expreso por la sindicatura), firma (ológrafa o digital) del presentante, constitución de domicilio procesal y la fecha de presentación. Puede igualmente disponer un entorno virtual a los fines de publicar los pedidos de verificación al que podrán acceder los demás acreedores, posibilitando la visualización y control de los créditos insinuados para, en su caso, formular las observaciones pertinentes. Se fija el arancel previsto en la ley 27.l70, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. El mismo, deberá hacerse efectivo directamente ante el órgano sindical, en efectivo o mediante transferencia bancaria del importe a la CBU indicada por el mismo, que bastará como recibo correspondiente. 13) Fijar el día 19/06/2026 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14) Señalar el día 31/07/2026 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 11/09/2026 para la presentación del Informe General. 15) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos, se librarán oficios y/u oficio ley 22.172. Fecho, exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la persona fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 -y por su remisión el art. 21- ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 17) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 18) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Conste que habiendo resultado sorteado el síndico C.P.N. ALTARE FERNANDO MIGUEL en la audiencia celebrada, desígnaselo en tal carácter. Comparezca cualquier día y hora de audiencia a aceptar el cargo. Notifíquese. Fdo. Dra. María Romina Kilgelmann, Jueza a/c. Dra. Laura Luciana Perotti, Secretaria.

S/C 559701 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


Por así estar dispuesto en los autos SCARPONI YANINA GUADALUPE s/QUIEBRA - CUIJ 21-02058905-9, la Sra. Jueza a/c del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Santa Fe, Dra. María Romina Kilgelmann, ha ordenado lo siguiente: SANTA FE, 10 de Abril de 2026. AUTOS Y VISTOS:...; CONSIDERANDO: RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de Yanina Guadalupe Scarponi, apellido materno Leonarduzi, argentina, D.N.I. Nº 31.718.998, CUIL Nº 27-31718998-8, mayor de edad, empleada, con domicilio real en Pasaje San Luis Nº 1628, de la localidad de Recreo y legal en calle Hipólito Irigoyen Nº 2638, de la ciudad de Santa Fe, ambos de la provincia de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comumcaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 8) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 9) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 15/04/2026 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 11) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, (con excepción de la cuota alimentaria) por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 12) Fijar el día 04/06/2026, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, facúltase a la Sindicatura a recibir los pedidos de verificación mediante correo electrónico, el cual habrá de ser consignado al aceptar el cargo, junto a un número telefónico directo de contacto y CBU para un eventual depósito de los aranceles de ley. Deberá, en tal caso, establecer claramente en los edictos a publicarse conforme al art. 89 LCQ, cuál será la modalidad de dicha recepción (a distancia, virtual o en forma presencial), así como el mecanismo a adoptar para la presentación de los títulos justificativos (en caso de requerimiento expreso por la sindicatura), firma (ológrafa o digital) del presentante, constitución de domicilio procesal y la fecha de presentación. Puede igualmente disponer un entorno virtual a los fines de publicar los pedidos de verificación al que podrán acceder los demás acreedores, posibilitando la visualización y control de los créditos insinuados para, en su caso, formular las observaciones pertinentes. Se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. El mismo, deberá hacerse efectivo directamente ante el órgano sindical, en efectivo o mediante transferencia bancaria del importe a la CBU indicada por el mismo, que bastará como recibo correspondiente. 13) Fijar el día 19/06/2026 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14) Señalar el día 31/07/2026 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 11/09/2026 para la presentación del Informe General. 15) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos, se librarán oficios y/u oficio ley 22.172. Fecho, exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la persona fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 -y por su remisión el art. 21- ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 17) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 18) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que: sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Conste que habiendo resultado sorteado el síndico C.P.N. SANTIAGO MARIA FLORENCIA en la audiencia celebrada, designaselo en tal carácter. Comparezca cualquier día y hora de audiencia a aceptar el cargo. Notifíquese. Fdo. Dra. María Romina Kilgelmann, Jueza a/c. Dra. Laura Luciana Perotti, Secretaria.

S/C 559702 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


Por así estar dispuesto en los autos TUDURI HORACIO GABRIEL s/QUIEBRA; CUIJ 21-02059325-0, la Sra. Jueza a/c del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Santa Fe, Dra. María Romina Kilgelmann, ha ordenado lo siguiente: SANTA FE, 10 de Abril de 2026. AUTOS Y VISTOS:...; CONSIDERANDO: RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de Horacio Gabriel Tuduri, argentino, D.N.I. Nº 11.845.480, CUIT Nº 20-11211203-1, mayor de edad, empleado, con domicilio real en calle Vera Mujica 518 y legal en calle Urquiza 2598, piso 12, departamento “A”, ambos de la Ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 8) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 9) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 15/04/2026 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 11) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, (con excepción de la cuota alimentaria) por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 12) Fijar el día 04/06/2026, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, facúltase a la Sindicatura a recibir los pedidos de verificación mediante correo electrónico, el cual habrá de ser consignado al aceptar el cargo, junto a un número telefónico directo de contacto y CBU para un eventual depósito de los aranceles de ley. Deberá, en tal caso, establecer claramente en los edictos a publicarse conforme al art. 89 LCQ, cuál será la modalidad de dicha recepción (a distancia, virtual o en forma presencial), así como el mecanismo a adoptar para la presentación de los títulos justificativos (en caso de requerimiento expreso por la sindicatura), firma (ológrafa o digital) del presentante, constitución de domicilio procesal y la fecha de presentación. Puede igualmente disponer un entorno virtual a los fines de publicar los pedidos de verificación al que podrán acceder los demás acreedores, posibilitando la visualización y control de los créditos insinuados para, en su caso, formular las observaciones pertinentes. Se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. El mismo, deberá hacerse efectivo directamente ante el órgano sindical, en efectivo o mediante transferencia bancaria del importe a la CBU indicada por el mismo, que bastará como recibo correspondiente. 13) Fijar el día 19/06/2026 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14) Señalar el día 31/07/2026 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 11/09/2026 para la presentación del Informe General. 15) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos, se librarán oficios y/u oficio ley 22.172. Fecho, exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la persona fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 -y por su remisión el art. 21- ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 17) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 18) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Conste que habiendo resultado sorteado el síndico C.P.N. FABRIZIO VICTOR HUGO en la audiencia celebrada, desígnaselo en tal carácter. Comparezca cualquier día y hora de audiencia a aceptar el cargo. Notifíquese. Fdo. Dra. María Romina Kilgelmann, Jueza a/c. Dra. Laura Luciana Perotti, Secretaria.

S/C 559703 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en los autos: “MIRON, RAMON RICARDO S/ PEDIDO DE QUIEBRA” (CUIJ Nº 21-02058796-9) se ha dispuesto: SANTA FE 17/04/2026: 1) Declarar la quiebra de RAMON RICARDO MIRON, D.N.I. 14.760.189, domiciliado realmente en calle RUPERTO GODOY Nº 1792 de Santa Fe y legalmente en calle 25 de Mayo Nº 2126, piso 2, Dpto. B, Santa Fe. 4) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo apercibimiento de ser ineficaces. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. A los efectos, se oficiará a la Jefatura de la Policía Federal Argentina y Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior de la Nación dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general (22/09/26). 13) Fijar el día 12/06/26 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de crédito. 14) Designar el día 29/06/26 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 15) Señalar el día 10/08/26 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 22/09/26 para la presentación del informe general.- 17) Ordenar la publicación de edictos por Secretaría en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q. en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe e intimar al Síndico que resulte sorteado a que en el plazo de 48 horas, contado desde la fecha de aceptación del cargo, realice una nueva publicación con todos los requisitos del art. 89 incluido especialmente su nombre, domicilio, teléfono, correo electrónico y horarios de atención. Firmado: GABRIEL ABAD- JUEZ- - DRA. VERONICA TOLOZA - SECRETARIA- Dra. Natalia Gerard, Prosecretaria.

S/C 559849 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo del Juez Iván Gustavo Di Chiazza, comunica por dos días que en los autos: “BRUSCKE, JULIA ELISABET S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” CUIJ Nº 21-02050701-9, se ha presentado informe final, proyecto de distribución de fondos y se regularon honorarios de los profesionales intervinientes “ ...se fijan los honorarios totales en la suma de $ 4.060.756,39 equivalente a un sueldo de Secretario de primera instancia, a distribuir en la siguiente proporción: 1º) $ 2.842.529,473 para el CPN Lucila Inés Prono. 2°) $ 1.218.226,917 para el Dr. Carlos Venancio Iruretagoyena ....” Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 20 de abril de 2026. Fdo. Daniela Piazzo, Secretaria.-

S/C 559845 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


Por disposición del Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 12º Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: “PONGOLINI, DANIELA KARINA S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” (Expte. Nº 21-02059429-9) se ha resuelto lo siguiente: Santa Fe, 20/04/26. VISTOS:..., CONSIDERANDO:..., RESUELVO: 1) Declarar, a su propio pedido, la quiebra de DANIELA KARINA PONGOLINI, D.N.I.: 23.695.673, argentina, domiciliado realmente en Martín Zapata 1634, Dpto. 3, de Santa Fe y legal en 1ra. Junta 2507 - Piso 3 - Oficina 4 de esta ciudad de Santa Fe.- 3) Disponer como fecha para que tenga lugar el sorteo de un Contador Público Nacional que actuará como Síndico el día miércoles 22/04/2026 a las 10 horas.- 5) Prohibir hacer pagos a la fallida, bajo apercibimientos de ser éstos ineficaces.- 10) Fijar el día 08/06/2026 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 11) Fijar el día 20/07/2026 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos y el 31/08/2026 para que presente el informe general. 13) Disponer la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL, dentro de las veinticuatro horas y en la forma prevista por el art. 89 de la Ley 24.522, computándose el plazo que tiene la deudora para ello desde el día de notificación posterior a la aceptación del cargo por el Síndico, dado que los edictos deberán contener su nombre y domicilio.”... Fdo. Javier Deud, Juez. lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 L.C.Q.). Santa Fe, 20/04/26. Ana Inés Zanuttini, Prosecretaria.

S/C 559832 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Decimocuarta Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: “BELOSO, LUDMILA AVELEN S/ PEDIDO DE QUIEBRA” (CUIJ: 21-02059661-6) se ha declarado en fecha 17/04/2026 la quiebra de LUDMILA AVELEN BELOSO, de apellido materno “SANDOVAL”, DNI. Nº 43.647.682, argentina, mayor de edad, domiciliada realmente en Buenos Aires nº 2022 de la ciudad de Santo Tomé, Provincia de Santa Fe y legalmente en 25 de mayo 2589 de la ciudad de Santa Fe, Prov. de Santa Fe. Se dispuso el día 22/04/2026 como fecha en la que se realizará el sorteo del Síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Síndico hasta el día 09/06/2026. Se ordenó a la fallida y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos a la fallida, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes de la fallida en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes de la fallida. Disponer que la fallida no pueda ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la Ley 24.522, oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 L.C.Q.). Fdo. Dr. Guillermo Vales (Juez)- Dra. Lorena Huter (Secretaria).

S/C 559830 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, Dr. Lucio Alfredo Palacios -Juez, en los autos: “Expte. Nº 21-02056691-1 - VISINTINI, DANIEL DAVID S/ Quiebra”, se ha dispuesto por resolución de fecha 14/04/2026, que se haga saber que a los fines de regularizar la situación procesal se procede a reprogramar las fechas que la ley dispone para este proceso falencial. Consecuentemente prorrogase la fecha en la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de créditos al Síndico designado en esta quiebra CPN Claudio Aníbal Seveso, con domicilio en calle san Martin 3124 de esta ciudad, con horarios de atención a los señores acreedores en el domicilio procesal indicado precedentemente de 10,30 a 12.00 y de 16,00 a 18,00 horas; hasta el día 03/06/2026. Fíjese nueva fecha para que la Sindicatura presente el Informe Individual de los créditos para el 30/07/2026 y la del 14/09/2026 o el día hábil inmediato posterior si resultare feriado para que presente el Informe General. Publíquense nuevamente edictos en el BOLETÍN OFICIAL, a fin de dar a conocer el presente. Notifíquese.- Fdo. Dr. Lucio Alfredo Palacios - Juez.

S/C 559808 Abr. 28 Abr. 29

_________________________________________


Por disposición del Sr. Juez a cargo de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, Dr. Lucio Alfredo Palacios se hace saber que en los autos caratulados “ZALAZAR ELEONORA SOLEDAD S/ Solicitud Propia Quiebra CUIJ: 21-02059444-3 se ha dispuesto publicar el presente por el término de cinco (5) días de conformidad con lo establecido en el art. 89 de la Ley 24522 haciendo saber que en las citadas actuaciones se ha resuelto lo siguiente: “SANTA FE, 16 de marzo de 2026.. 10º) Fijar el día 18/05/2026 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. “Firmado Dr. Lucio Alfredo Palacios -Juez - Dra. Romina Soledad Freyre -Secretaria”. El Síndico designado en audiencia del 30 de julio de 2025 es la CPN Marcela Maldonado con domicilio en calle Vieytes 2231 de la ciudad de Santa Fe con días de atención de lunes a viernes de 17:00 hs a 20·00 hs en el citado domicilio. Romina S. Freyre, Secretaria.

S/C 559779 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


Por disposición del Sr. Juez a cargo de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe , Dr. Lucio Alfredo Palacios, se hace saber que en los autos caratulados “RODAZ, JULIO ALEJANDRO s/ Pedido de Quiebra CUIJ: 21-02059593-8, se ha dispuesto publicar el presente por el término de cinco (5) días de conformidad con lo establecido en el art. 89 de la Ley 24522 haciendo saber que en las citadas actuaciones se ha resuelto lo siguiente: “SANTA FE, 26 de marzo de 2026... 1O”) Fijar el día 27.05.2026 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. “Firmado Dr. Lucio Alfredo Palacios -Juez - Dra. Romina Soledad Freyre -Secretaria”. El Síndico designado en audiencia del 11 de febrero de 2026 es la CPN Marcela Maldonado con domicilio en calle Vieytes 2231 de la ciudad de Santa Fe con días de atención de lunes a viernes de 17:00 hs a 20:00 hs en el citado domicilio.

S/C 559780 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


Por disposición del Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 12º Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: “VAZQUEZ, SILVINA GUADALUPE S/ QUIEBRA” (Expte. Nº 21-02058394-8) se ha resuelto lo siguiente: Santa Fe, 20/04/26. VISTOS:..., CONSIDERANDO:..., RESUELVO: 1) Declarar, a su propio pedido, la quiebra de SILVINA GUADAUPE VAZQUEZ, DNI 22.280.043, nacionalidad Argentina, domiciliado realmente en calle Ángel Casanello Nº 3673, de Santa Fe y legal en calle Gobernador Crespo N° 3350, Piso Cuarto, Dpto. B, de esta ciudad de Santa Fe. 3) Disponer como fecha para que tenga lugar el sorteo de un Contador Público Nacional que actuará como Síndico el día miércoles 22/04/26, a las 10 horas. 5) Prohibir hacer pagos a la fallida, bajo apercibimientos de ser éstos ineficaces. 10) Fijar el día 09/06/26 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 11) Fijar el día 22/07/26 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos y el 02/09/26 para que presente el informe general. 13) Disponer la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL, dentro de las veinticuatro horas y en la forma prevista por el art. 89 de la Ley 24.522, computándose el plazo que tiene la deudora para ello desde el día de notificación posterior a la aceptación del cargo por el Síndico, dado que los edictos deberán contener su nombre y domicilio.”... Fdo. Javier Deud, Juez. Silvina Díaz, Secretaria. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 L.C.Q.). Santa Fe, 20/04/26. Ana Inés Zanuttini, Prosecretaria.

S/C 559794 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


Por disposición del Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 12º Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados “TORRES, KAREN MACARENA FLORENCIA S/ PEDIDO DE QUIEBRA” (Expte. Nº 21-02059900-3) se ha resuelto lo siguiente: Santa Fe, 20/04/26. VISTOS:...CONSIDERANDO:..., RESUELVO: 1) Declarar, a su propio pedido, la quiebra de KAREN MACARENA FLORENCIA TORRES, DNI 38.903.994 nacionalidad argentina, domiciliada realmente en Ignacio Crespo 2218 de Recreo y legal en Primera Junta 2507 piso 12 oficina 7 de esta ciudad de Santa Fe. 3) Disponer como fecha para que tenga lugar el sorteo de un Contador Público Nacional que actuará como Síndico el día miércoles 22 de Abril de 2026 a las 10 horas. 5) Prohibir hacer pagos a la fallida, bajo apercibimientos de ser éstos ineficaces. 10) Fijar el día 08/06/2026 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 11) Fijar el día 20/07/2026 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos y el 31/08/2026 para que presente el informe general. 13) Disponer la publicación de edictos en el Boletín Oficial, dentro de las veinticuatro horas y en la forma prevista por el art. 89 de la Ley 24.522, computándose el plazo que tiene la deudora para ello desde el día de notificación posterior a la aceptación del cargo por el Síndico, dado que los edictos deberán contener su nombre y domicilio.”... Fdo. Javier Deud, Juez. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 L.C.Q.). Santa Fe, 20/04/26. Ana Inés Zanuttini, Prosecretaria.

S/C 559795 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


Por disposición del Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 12º Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados “SALINA, MAGALI ALDANA S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” (Expte. N° 21-02059501-6) se ha resuelto lo siguiente: Santa Fe, 20/04/26. VISTOS: ..., CONSIDERANDO: ..., RESUELVO: 1) Declarar, a su propio pedido, la quiebra de MAGALI ALDANA SALINA, DNI 38.085.765, domiciliada realmente en calle Monseñor Zaspe 3429 Piso 3 Departamento 5 y legal en calle San Gerónimo 1695 Planta Alta, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 3) Disponer como fecha para que tenga lugar el sorteo de un Contador Público Nacional que actuará como Síndico el día miércoles 22/04/2026 a las 10:00 horas. 5) Prohibir hacer pagos a la fallida, bajo apercibimientos de ser éstos ineficaces. 10) Fijar el día 08/06/2026 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 11) Fijar el día 20/07/2026 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos y el 31/08/2026 para que presente el informe general. 13) Disponer la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL, dentro de las veinticuatro horas y en la forma prevista por el art. 89 de la ley 24.522, computándose el plazo que tiene la deudora para ello desde el día de notificación posterior a la aceptación del cargo por el Síndico, dado que los edictos deberán contener su nombre y domicilio.”... Fdo. Javier Deud, Juez, lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 L.C.Q.). Santa Fe, 20/04/26. Ana Inés Zanuttini, Prosecretaria.

S/C 559796 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: “CORREA, EXEQUIEL MAXIMILIANO S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” CUIJ 21-02058914-8, se ha dispuesto publicar el presente de conformidad con el Art. 89 de la Ley 24.522 y modificatorias, haciendo saber que ha sido designado Síndico el C.P.N. Héctor Marcelo Madoery, domiciliado a los efectos legales en calle San Martín 2347 Piso 1° - Oficina 13 (Galería Florida) de la ciudad de Santa Fe, correo electrónico: estudiomadoery@gmail.com - celulares: 3424064909 y/o 3424450791, con días y horas de atención de Lunes a Viernes de 9 a 18 Hs., fijándose el día 07 de mayo de 2026 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar sus pedidos de verificación de créditos y los títulos pertinentes conforme con lo dispuesto en autos. Lo que se publica es a los efectos legales. Publíquense edictos por el término de cinco días en el BOLETÍN OFICIAL, SIN CARGO (art. 89 Ley 24.522). SANTA FE, Abril de 2026. Pablo C. Silvestrini, Secretario.

S/C 559798 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de Santa Fe, se hace saber que dentro de los autos caratulados: “PEREZ, MARIA ITATI S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” - CUIJ 21-02058345-9, el Contador Público Nacional MARTÍN N. A. MATEO, D.N.I. Nº 26.460.323, Matrícula Nº 13159, aceptó el cargo de Síndico para el que fue designado y constituyó domicilio a todos los efectos en calle Irigoyen Freyre Nº 2347 Piso 2 Dpto “B”, Santa Fe, T.E. 0342-155 168275 / 154 297629, mail: martinnmateo@gmail.com; con días y horarios de atención de lunes a viernes de 9 a 13 hs. y de 16 a 20 hs. Se ha fijado el día 29 de Mayo de 2026, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. El decreto que ordena esta publicación expresa: “SANTA FE, 13 de Abril de 2026. Téngase presente la aceptación al cargo de Síndico efectuada por el CPN Martín Nicolás Alberto Mateo. Hágase saber que deberá publicar edictos comunicando la designación, dirección y horarios de atención, y la fecha hasta la que podrán insinuarse los acreedores. Notifíquese.”. Fdo.: Dr. Juan Manuel Lanteri (Secretario). Santa Fe, 16 de Abril de 2026. Delfina Machado, Prosecretaria.

S/C 559871 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: “CASTILLO, FRANCISCO EMANUEL S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” (CUIJ 21-02060006-0), se ha declarado la quiebra en fecha 17/04/2026 de Francisco Emanuel Castillo, DNI 39.503.931, argentino, apellido materno Zampar, con domicilio real en calle Urquiza 9215, y con domicilio ad litem constituido en calle 25 de mayo 1705, ambas de la ciudad y provincia de Santa Fe. Se dispuso el día 22/04/2026 como fecha en la que se realizará el sorteo del Síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Síndico hasta el día 09/06/2026. Se ordenó al fallido y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes del fallido en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes del fallido. Disponer que el fallido no pueda ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la Ley 24.522, oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 L.C.Q.). Fdo. Dr. Palacios (Juez)-Dra. Freyre (Secretaria).

S/C 559859 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: “DIAZ, EMILIANO NICOLAS S/ QUIEBRA” (CUIJ 21-02060055-9), se ha declarado la quiebra en fecha 17i04i2026 de Emiliano Nicolás Díaz, DNI 30.614.967, argentino, apellido materno Sobrevilla, con domicilio real en calle 25 de Mayo Nº 1847 de la ciudad de Coronda, y con domicilio ad litem constituido en calle General López nº 3156 de esta ciudad, ambas de la Provincia de Santa Fe. Se dispuso el día 22/04/2026 como fecha en la que se realizará el sorteo del Síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Sindico hasta el día 09/06/2026. Se ordenó al fallido y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes del fallido en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes del fallido. Disponer que el fallido no pueda ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la Ley 24.522, oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 L.C.Q.). Fdo. Dr. Palacios (Juez)- Dra. Freyre (Secretaria).

S/C 559857 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación, se hace saber que en los autos: “MENDOZA, VANESA NOEMI S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” (CUIJ 21-02059347-1) se ha dispuesto: Santa Fe, 2014126... RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de VANESA NOEMI MENDOZA, argentina, mayor de edad, casada, D.N.I. 30.561.634, de apellido materno FRANCO, con domicilio real en calle Las Perdices 1344 de la localidad de Arroyo Leyes, y legal en pasaje Leoncio Gianello 636 de esta ciudad de Santa Fe..- 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales, para el día 22 de abril de 2026 a las 11.00 hs.- 13) Fijar el día 21 de mayo de 2026 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes.- 14) Fijar el día 05 de junio de 2026 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos.- 15) Señalar el día 20 de julio de 2026 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito para su publicación en el sistema informático; y el día 01 de septiembre de 2026 para la presentación del Informe General.—- Sin previo pago (art. 89 - 3er. párrafo Ley 24522). Fdo. DR. PABLO CRISTIAN SILVESTRINI (secretario) DR. CARLOS F. MARCOLÍN (Juez).

S/C 559856 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación, se hace saber que en los autos: “ROMANO, ALEJANDRO ALBERTO S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” (CUIJ 21-02059857-0).- se ha dispuesto: Santa Fe, 202/4/26... RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de ALEJANDRO ALBERTO ROMANO, argentino, mayor de edad, soltero, D.N.I. 34.565.168, apellido materno NICOLLS, con domicilio real en calle Alejandro Grecca 1117 - 5° A del Barrio El Pozo, y legal en calle Amenabar 3066 - Depto. 1; ambos de esta ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales, para el día 22 de abril de 2026 a las 11.00 hs.- 13) Fijar el día 21 de mayo de 2026 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes.- 14) Fijar el día 05 de junio de 2026 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos.- 15) Señalar el día 20 de julio de 2026 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito para su publicación en el sistema informático; y el día 01 de septiembre de 2026 para la presentación del Informe General. Sin previo pago (art. 89 - 3er párrafo Ley 24522). Fdo. DR. PABLO CRISTIAN SILVESTRINI (secretario) DR. CARLOS F. MARCOLÍN (Juez).

S/C 559855 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación, se hace saber que en los autos: “VERA, ALCIDES EMIR S/ QUIEBRA” (CUIJ 21-02059242-4).- se ha dispuesto: Santa Fe, 21/4/26... RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de ALCIDES EMIR VERA, argentino, mayor de edad, soltero, D.N.I. 39.814.543, apellido materno Ruiz, con domicilio real en calle Hipólito Yrigoyen 3017 de la localidad de Laguna Paiva, y legal en calle Alvear 3291 Depto. A de esta ciudad de Santa Fe, ambos provincia de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales, para el día 22 de abril de 2026 a las 11.00 hs.- 13) Fijar el día 21 de mayo de 2026 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes.- 14) Fijar el día 05 de junio de 2026 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos.- 15) Señalar el día 20 de julio de 2026 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito para su publicación en el sistema informático; y el día 01 de septiembre de 2026 para la presentación del Informe General. Sin previo pago (art. 89 - 3er. párrafo Ley 24522). Fdo. DR. PABLO CRISTIAN SILVESTRINI (Secretario) – Dr. CARLOS F. MARCOLÍN (Juez).

S/C 559853 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en los autos: “ALVAREZ, SORAYA SOLEDAD S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” (Expte. CUIJ: 21-02059884-8), se ha dispuesto en la resolución de fecha 17/04/2026: 1) Declarar la quiebra de la Sra. ALVAREZ SORAYA SOLEDAD, argentina, mayor de edad, D.N.I. 32.476.899, domiciliad, realmente en calle Furlong Nº 8287 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, y con domicilio legal en calle Amenabar Nº 3066 Dpto. 1 de esta ciudad; 2) Ordenar a la fallida y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia de la primera. Intimar a la deudora para: a) que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 3) Ordenar la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12º). Disponer la interceptación de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522; 4) Fijar la audiencia del sorteo del Síndico el 29 de abril de 2026 a las 10 hs, a realizarse en la Oficina de sorteo de peritos, martilleros y síndicos dependiente de la Secretaría de Presidencia Secretaría de Presidencia de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, conforme el procedimiento establecido en la Acordada de la Corte de fecha 05/12/2017; 5) Fijar hasta el día 01 de julio de 2026 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria; 6) Fijar los días: 30 de julio de 2026 para que la Sindicatura presente un juego de copias de las impugnaciones; el 12 de septiembre de 2026 para la presentación de los informes individuales; y el 07 de noviembre de 2026 para la presentación del informen general; Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Ofíciese. Notifíquese.- firmado: DRA. MERCEDES DELLAMONICA – SECRETARIA – DR. RODRIGO URETA CORTES –JUEZ.

S/C 559851 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en los autos: “CABRERA, HERNAN ALEJANDRO S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” (CUIJ Nº 21-02058895-8) se ha dispuesto: SANTA FE 21/04/2026: 1) Declarar la quiebra de HERNAN ALEJANDRO CABRERA, DNI Nº 35.768.997, CUIL Nº 20-35768997-0, domiciliado en Manzana Nº 11, escalera Nº 08, 1° piso, Dpto. Nº 14, Fonavi San Jerónimo, con domicilio legal en calle Amenabar Nº 3066, Dpto. 1º, ambos de esta ciudad. 4) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. A los efectos, se oficiará a la Jefatura de la Policía Federal Argentina y Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior de la Nación dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general (09/09/2026), 13) Fijar el día 12/06/2026 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de crédito. 14) Designar el día 29/06/2026 fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 15) Señalar el día 28/07/2026 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 09/09/2026 para la presentación del informe general. 17) Ordenar la publicación de edictos por Secretaría en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q. en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe e intimar al Síndico que resulte sorteado a que, en el plazo de 48 horas, contado desde la fecha de aceptación del cargo, realice una nueva publicación con todos los requisitos del art. 89 incluido especialmente su nombre, domicilio, teléfono, correo electrónico y horarios de atención. Firmado digitalmente por: GABRIEL ABAD – JUEZ - DRA. VERONICA TOLOZA- SECRETARIA- Dra. Natalia Gerard, Prosecretaria.

S/C 559850 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos: “CABRERA, CARINA INDIANA S/ QUIEBRA” (CUIJ 21-02054744-5) se ha dispuesto lo siguiente: “Nº 417. Santa Fe, 8 de septiembre de 2025. AUTOS Y VISTOS... RESULTA... CONSIDERANDO... RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de CARINA INDIANA CABRERA, argentina, mayor de edad, divorciada, D.N.I. 25.157.978, de apellido materno FRANCO, con domicilio real en calle Cochabamba 4446, y legal en calle Alvear 3291 Dpto. A; ambos de esta ciudad de Santa Fe”. Firmado: DR. CARLOS FEDERICO MARCOLIN (Juez) - DRA. GISELA SOLEDAD BEADEZ (Secretaria). “Santa Fe, 13 de abril de 2026. Atento lo manifestado, que no se ha notificado en tiempo y forma de conformidad con lo preceptuado en el art. 89 de la LCQ, corresponde reprogramar las fechas establecidas en el auto de apertura de quiebra. En consecuencia, fijase el día 14 de mayo de 2026 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar los pedidos de verificación de créditos y los títulos pertinentes, y el día 29 de dicho mes como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. Asimismo, desígnase el día 29 de junio como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el Informe Individual, y el 25 de agosto de 2026 para que presente el Informe General. Publíquense edictos...”. Firmado: DR. CARLOS FEDERICO MARCOLIN (Juez) - DR. PABLO CRISTIAN SILVESTRINI (Secretario). Se hace saber que se ha designado como sindico al CPN Ignacio Keller, con domicilio constituido en Pasaje Remedios de Escalada De San Martín Nº 3416 de la ciudad de Santa Fe y fija como días y horarios de atención de lunes a viernes de 9.00 hs. a 16.00 hs. Su teléfono es 341 2413997 y su correo, ignaciokeller@gurfinkel.com.ar. Dr. Pablo Cristian Silvestrini (Secretario). Santa Fe, 15 de Abril de 2026.

S/C 559925 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos: “ANDINO, DAMARIS MAGALI S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” (CUIJ: 21-02057977-0) se ha dispuesto lo siguiente: “Santa Fe, 06 de marzo de 2026. AUTOS Y VISTOS... RESULTA... CONSIDERANDO... RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de DAMARIS MAGALI ANDINO, D.N.I. 42.333.161, apellido materno Solís, soltera, con domicilio real en calle Güemes 1233 de la ciudad de Coronda Depto. San Jerónimo y legal en calle La Rioja 3212 de la ciudad de Santa Fe, ambos de la provincia de Santa Fe. 13) Fijar el día 14 de Abril de 2026 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. 14) Fijar el día 28 de Abril de 2026 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos.- 15) Señalar el día 28 de Mayo de 2026 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito acompañando legajos en soporte papel y en archivo PDF para su publicación en el sistema informático; y el día 24 de Julio de 2026 para la presentación del Informe General.” Firmado por Dr. Carlos Federico Marcolin (Juez). Dr. Pablo Cristian Silvestrini (Secretario). El síndico designado es el CPN Ignacio Gabriel Keller, con domicilio constituido en Pje. Remedios de Escalada de San Martín 3416 de la ciudad de Santa Fe, y fija como días y horarios de atención de lunes a viernes de 9.00 hs. a 16.00 hs. Su teléfono es 341 2413997. Sin perjuicio que los pretensos acreedores podrán presentar los pedidos verificatorios en el domicilio denunciado, hago saber que se recepcionaran igualmente en formato digital a través del siguiente correo ignaciokeller@gurfinkel.com.ar Dr. Pablo Cristian Silvestrini (Secretario). Santa Fe, 6 de Abril de 2026.

S/C 559924 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


Por disposición de la Señora Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décimo Cuarta Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos: “MANTARAS, NATALIA NURIA S/ PEDIDO DE QUIEBRA” (CUIJ Nº 21-02056555-9) se ha dispuesto lo siguiente: “Santa Fe, 31 de marzo de 2026. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: 1) Declarar, a su propio pedido, la quiebra de NATALIA NURIA MANTARAS, DNI 24.595.907, argentina, mayor de edad, empleada, domiciliada realmente en Martín Zapata 1965 de Santa Fe y legal en calle Domingo Silva 2939 de esta ciudad de Santa Fe. 10) Fijar el día 26 de mayo de 2026 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 11) Fijar el día 21 de julio de 2026 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos y el 25 de agosto de 2026 para que presente el informe general. 13) Disponer la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL, dentro de las veinticuatro horas y en la forma prevista por el art. 89 de la Ley 24.522, computándose el plazo que tiene la deudora para ello desde el día de notificación posterior a la aceptación del cargo por el Síndico, dado que los edictos deberán contener su nombre y domicilio”. FIRMADO: Ana Rosa Álvarez (Jueza) - Sandra Silvina Romero (Secretaria). El Síndico designado es la CPN Mónica Irma Bressan, con domicilio constituido en Pasaje Remedios de Escalada de San Martín 3416, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe y fija como días y horarios de atención de lunes a viernes de 9.00 hs. a 16.00 hs. Su teléfono es 341 6396981 y su correo monicabressan@gurfinkel.com.ar. Rocio M. Bissutti, Prosecretaria Subr..

S/C 559923 Abr. 28 Abr. 29

_________________________________________


Por disposición de la Señora Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décimo primera Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos: “BOROVACHI, CLAUDIO ALEJANDRO S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” (CUIJ: 21-02055141-8) se ha dispuesto lo siguiente “Santa Fe, 13 de febrero de 2026. VISTOS... CONSIDERANDO... RESUELVO: 1) Declarar, a su propio pedido, la quiebra de CLAUDIO ALEJANDRO BOROVACHI, DNI 26.563.871, argentino, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en Damianovich 6239 Barrio Nuevo Horizonte de Santa Fe y legal en calle Primera Junta 2507 Piso 12 Oficina 7 de esta ciudad de Santa Fe. 10) Fijar el día 6 de abril de 2026 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 11) Fijar el día 19 de mayo de 2026 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos y el 30 de junio de 2026 para que presente el informe general.”. Firmado: DRA. SANDRA SILVINA ROMERO (Secretaria) - DRA. ANA ROSA ALVAREZ (Jueza). La Síndica designada es la CPN Mónica Irma Bressan, con domicilio constituido en Pje. Remedios de Escalada de San Martín 3416 de la ciudad de Santa Fe y fija días y horarios de atención de lunes a viernes de 9.00 hs. a 16.00 hs. Su teléfono es 3412413997. La modalidad para presentar los pedidos de verificación es online a través de su correo, monicabressan@gurfinkel.com.ar. Rocio M. Bissutti, Prosecretaria Subr..

S/C 559922 Abr. 28 Abr. 29

_________________________________________


Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos “DIAZ, ABEL SEBASTIAN S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” (CUIJ: 21-02055090-9) se ha dispuesto lo siguiente: “SANTA FE, 17 de Septiembre de 2025. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de ABEL SEBASTIAN DIAZ, argentino, mayor de edad, casado, D.N.I. 30.171.880, Apellido materno DIP, con domicilio real en calle Los Jazmines 6140 (Barrio Colastiné), y legal en Pasaje Leoncio Gianelli 636, ambos de esta ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe”. FIRMADO: Dr. Carlos Federico Marcolín Juez), Dr. Pablo Cristian Silvestrini (Secretario). “SANTA FE, 20 de Abril de 2026. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: Téngase presente. Haciéndose efectivos los apercibimientos ordenados en el decreto del 18/03/2026, aplícase al Sindico la sanción de multa equivalente a 1 jus ($100.000.-, conforme C.S.j. Acta Nº 52 punto 10 del 23/11/2025), que se detraerá de los honorarios que le correspondan en este proceso, sin que ello afecte el monto de los aportes correspondientes. Atento lo solicitado, procédase a reprogramar las fechas oportunamente establecidas. En consecuencia, fijase el día 21/05/2026 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar los pedidos de verificación de créditos y los títulos pertinentes, y el día 05/06/2026 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. Asimismo, designase el día 20/06/2026 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el Informe Individual, y 01/09/2026 para que presente el Informe General. Publíquense edictos. Encomendándose a la Sindicatura, una vez más, su inmediata confección, puesta a la firma y diligenciamiento, so pena de aplicación de sanciones aún mayores. Notifíquese”.- Firmado: Dr. Carlos Federico Marcolin Juez, Dr. Pablo Cristian Silvestrini (Secretario). El Síndico designado es el CPN Ignacio Gabriel Keller, con domicilio constituido en calle Remedios de Escalada de San Martín 3416, de la ciudad de Santa Fe y fija como días y horarios de atención de lunes a viernes de 9.00 hs. a 16.00 hs. Su teléfono es 341 6888222 y su correo ignaciokeller@gurfinkel.com.ar. Pablo C. Silvestrini, Secretario.

S/C 559921 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


Por disposición del Secretario del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de Santa Fe, se hace saber que dentro de los autos caratulados: “JIMENEZ OSCAR AVELINO S/ QUIEBRA” - CUJJ 21-00926713-9, el Contador Público Nacional Martín Marcos Rossi, D.N.I. Nº 25.993.026, Matrícula Nº 13160, aceptó el cargo de Síndico para el que fue designado y constituyó domicilio a todos los efectos en calle Irigoyen Freyre Nº 2347 Piso 2 Dpto. “B”, Santa Fe, T.E. 342 154297629 - 155168275, con días y horarios de atención de lunes a viernes de 9 a 13 hs. y de 16 a 20 hs. Asimismo se ha dispuesto que los acreedores que presenten pedidos de verificación de créditos a la Sindicatura, podrán hacerlo de manera presencial como no presencial. En este sentido se podrán efectuar los pedidos mediante el envío de la solicitud y documentación por vía digital al correo cpnmartinrossi78@gmail.com. El decreto dice: “SANTA FE, 27 de Marzo de 2026.- Téngase presente la aceptación del cargo para el que ha sido designado en autos. Hágase saber que el CPN Martín Marcos Rossi, fija su domicilio a los efectos legales en calle Irigoyen Freyre Nº 2347 Piso 2 Dpto. “B”, Santa Fe, T.E. 0342-155 168275 / 154 297629, mail: cpnmartinrossi78@gmail.com con días y horarios de atención de lunes a viernes de 9 a 13 hs. y de 16 a 20 hs. Notifíquese. Fdo.: Dra. Verónica Gisela Toloza (Secretaria). Santa Fe, 22 de Abril de 2026. Dra. Natalia Gerard, Prosecretaria.

S/C 559920 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación Dr. Carlos Federico Marcolin, Secretaría a cargo del Dr. Pablo Cristian Silvestrini, se ha dispuesto publicar el siguiente edicto en los autos: “SANCHEZ, KAREN AYLEN S/ QUIEBRA - CUIJ Nº: 21-02057743-3”. Haciendo saber que ha sido designado como Síndico el CPN Fabio Antonio Airasca, con domicilio en San Martín 3464 de la ciudad de Santa Fe, fijando como días y horas de atención, de lunes a viernes de 8 a 15 horas. Santa Fe, 15 de Abril de 2026.- Pablo C. Silvestrini, Secretario.

S/C 559917 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


De acuerdo a lo dispuesto en Resolución de fecha 17 de Marzo de 2026 por la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Decimo Primera Nominación de Santa Fe del Distrito Judicial Nº 1, se hace saber que en autos caratulados MALISANI, CECILIA NOEMI s/SOLICITUD PEDIDO DE QUIEBRA; (Expte. CUIJ Nº 21-02058959-8), se ha procedido al Sorteo del Síndico que intervendrá en el proceso.

Resulto designado Síndico el CPN DANIEL FRANCISCO PIUMETTI con domicilio en calle San Martín 2347 Piso I Oficina 13 (Galería Florida) de la ciudad de Santa Fe fijándose el día 05 de Mayo de 2026 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico, quien atenderá en su estudio de calle San Martín 2347 Piso 1 Oficina 13 (Galería Florida) de la ciudad de Santa Fe de Lunes a Viernes de 17 a 20 hs. Se fija el día 17 de Junio de 2026 como fecha en la que la Sindicatura deberá presentar el Informe Individual de créditos y el 29 de Julio de 2026 para que se presente el Informe General. Ordenar la publicación de edictos conforme a lo dispuesto por el art. 89 de la Ley 24522 en el BOLETIN OFICIAL. Fdo. Dra. ANA ROSA ALVAREZ, Jueza; Dra. SANDRA SILVINA ROMERO, Secretaria. Rocio M. Bissutti, prosecretaria subrogante.

S/C 559710 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la 14ª Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados LOPEZ, MAURO EZEQUIEL s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; (CUIJ 21-02058882-6), se ha declarado en fecha l6/04/2026 la quiebra de Mauro Ezequiel Lopez, de apellido materno “CABRERA”, DNI Nº 42.291.387, argentino, mayor de edad, domiciliado realmente en Candioti Nº 2851 Dpto. 2 de la ciudad de Santo Tome, Provincia de Santa Fe y legalmente en Primera Junta Nº 3478 Dpto. 1 de la ciudad de Santa Fe, Prov. de Santa Fe. Se dispuso el día 22/04/2026 como fecha en la que se realizará el sorteo del Síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Síndico hasta el día 09/06/2026. Se ordenó al fallido y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes del fallido en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes del fallido. Disponer que el fallido no pueda ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la ley 24.522, oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 L.C.Q.). Fdo. Dr. Javier Deud (Juez A/C); Dra. Huter (Secretaria).

S/C 559715 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nº 1, se hace saber que en los autos: ARCEL, PAOLA GUADALUPE s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; (CUIJ Nº 21-02060128-8), se ha dispuesto: SANTA FE 16/04/2026: 1) Declarar la quiebra de PAOLA GUADALUPE ARCEL, D.N.I. 28.481.817, domiciliada realmente en calle Edmundo J Rosa 10110, Barrio Cabaña Leiva de Santa Fe y legalmente en calle Corrientes 3229, departamento 3, Santa Fe. 4) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo apercibimiento de ser ineficaces. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. A los efectos, se oficiará a la Jefatura de la Policía Federal Argentina y Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior de la Nación dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general (22/09/26). 13) Fijar el día 12/06/26, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de crédito. 14) Designar el día 29/06/26 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 15) Señalar el día 10/08/26 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 22/09/26 para la presentación del informe general. 17) Ordenar la publicación de edictos por Secretaría en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q. en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe e intimar al Síndico que resulte sorteado a que en el plazo de 48 horas, contado desde la fecha de aceptación del cargo, realice una nueva publicación con todos los requisitos del art. 89 incluido especialmente su nombre, domicilio, teléfono, correo electrónico y horarios de atención. Fdo. GABRIEL ABAD, JUEZ; Dra. VERONICA TOLOZA, SECRETARIA. Dra. Natalia Gerard, prosecretaria.

S/C 559719 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


Por disposición del Sr. Juez a cargo, Dr. Francisco J. Depetris, del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe (Secretaría: Dra. María Romina Botto), hace saber que en los autos caratulados DESCALZO, PATRICIA DEL CARMEN s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; CUIJ 21-02059084-7, atento lo ordenado en fecha 10 de Abril 2026 se ha dispuesto publicar el presente de conformidad con el art. 89 de la ley 24.522, haciendo saber que: 1°)- Se ha declarado la quiebra de Sra. PATRICIA DEL CARMEN DESCALZO, DNI 20.849.453, CUIL 27-20849453-3 apellido materno NIERES. 2º) Se ordena a la fallida y a terceros la entrega al síndico de los bienes de pertenencia del primero, y se intima a la deudora para que entregue a la Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquella acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad. 3°)- Se ordena la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo el apercibimiento de ser ineficaces. 4°)- Se ha fijado hasta el día 03 de Junio 2026 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación. 4º) Se ha designado síndico a la C.P.N. HECTOR GONZALEZ con domicilio constituido en calle 25 de Mayo Nº 3407, de esta ciudad, domicilio electrónico cpnmgonzalez@gmai-l.com. Fdo. Dr. Francisco J. Depetris, Juez a cargo; Dra. Ma. Romina Botto, Secretaria. Lo que se publica es a los efectos legales. Publíquense edictos por el término de cinco días en el BOLETIN OFICIAL. SIN CARGO (art. 89 ley 24522). Santa Fe, 16 de Abril 2026. Dra. Ma. Romina Botto, secretaria.

S/C 559725 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


Por disposición de la Sr. Juez a cargo, Dr. FRANCISCO J. DEPETRIS del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, (Secretaría Dra. María Romina Botto), hace saber que en los autos caratulados CARDOZO, AMELIA BEATRIZ s/QUIEBRA; (CUIJ 21-02060049-4), atento lo ordenado en fecha 08 de Abril 2026 se ha dispuesto publicar el presente de conformidad con el art. 89 de la ley 24.522, haciendo saber que: 1º)- Se ha declarado la quiebra de Sra. AMELIA BEATRIZ CARDOZO, DNI 20.483.043, cuil 27-20483043-1, de apellido materno ROLON. 2°) Se ordena la fallida y a terceros la entrega al síndico de los bienes de pertenencia de la primera, y se intima a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad. 3°)- Se ordena la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo el apercibimiento de ser ineficaces. 4°)- Se ha fijado hasta el día 03/06/2026 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación. 4°) Se ha designado síndico CPN LUIS RAMÓN FERNANDEZ, el domicilio procesal constituido en Pje. Remedios de Escalada de San Martin 3416 de la ciudad de Santa Fe, domicilio electrónico luisfernandezvallejos@hotmail.com. Fdo. Dr. Francisco J. Depetris, Juez a cargo. Lo que se publica es a los efectos legales. Publíquense edictos por el término de cinco días en el BOLETIN OFICIAL, SIN CARGO (art. 89 ley 24522). Santa Fe, de Abril 2026. Dra. Ma. Romina Botto, secretaria.

S/C 559726 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


Por disposición de la Sr. Juez a cargo, Dr. FRANCISCO J. DEPETRIS del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, (Secretaría Dra. María Romina Botto), hace saber que en los autos caratulados VERGARA, ADOLFO OSCAR s/PEDIDO DE QUIEBRA (CUIJ 21-02057825-1), atento lo ordenado en fecha 10 de Abril 2026 se ha dispuesto publicar el presente de conformidad con el art. 89 de la ley 24.522, haciendo saber que: 1º)- Se ha declarado la quiebra del Sr. ADOLFO OSCAR VERGARA, DNI Nº 37.398.184 CUIL 20-37398184-3. 2º) Se ordena al fallido y a terceros la entrega al síndico de los bienes de pertenencia del primero, y se intima al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad. 3°)- Se ordena la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces. 4°)- Se ha fijado hasta el día 03/06/2026 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación. 4°) Se ha designado síndico al C.P.N. CRISTIAN DANIEL ESCOBAR con domicilio constituido en calle Corrientes Nº 3521 de esta ciudad, domicilio electrónico crisdiver@hotmail.com. Fdo. Dr. Francisco J. Depetris, Juez a cargo. Lo que se publica es a los efectos legales. Publíquense edictos por el término de cinco días en el BOLETIN OFICIAL SIN CARGO (art. 89 ley 24522). Santa Fe, 16 de Abril 2026. Dra. Ma. Romina Botto, secretaria.

S/C 559727 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


Por disposición del Sr. Juez a cargo, Dr. Carlos F. Marcolín, del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe (Secretaría: Dra. María Romina Botto), hace saber que en los autos caratulados CUATRIN, CARLOS ALBERTO s/QUIEBRAS; CUIJ 21-02059203-3, atento lo ordenado en fecha 14 de Abril 2026 se ha dispuesto publicar el presente de conformidad con el art. 89 de la ley 24.522, haciendo saber que: 1°)- Se ha declarado la quiebra de Sr. Carlos Alberto Cuatrin, DNI 13.720.509, 20-13720509-3 apellido materno TORRES. 2º) Se ordena al fallido y a terceros la entrega al síndico de los bienes de pertenencia del primero, y se intima al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquél acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad. 3°)- Se ordena la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces. 4°)- Se ha fijado hasta el día 03 de Junio 2026 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación. 4°) Se ha designado síndico C.P.N. RODRIGO IZQUIERDO con domicilio constituido en calle 1° de Mayo Nº 1941, Planta Baja, de esta ciudad, domicilio electrónico rodrigomizguierdo@hotmail.com. Fdo. Dr. Carlos F. Marcolín, Juez a cargo; Dra. Ma. Romina Botto, Secretaria. Lo que se publica es a los efectos legales. Publíquense edictos por el término de cinco días en el BOLETIN OFICIAL SIN CARGO (art. 89 ley 24522). Santa Fe, 16 de Abril 2026. Dra. Ma. Romina Botto, secretaria.

S/C 559728 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación, se hace saber que en los autos “RAMIREZ, SILVIA CRISTINA s/Pedido de Quiebra” (CUIJ 21-02059665-9) se ha dispuesto: Santa Fe, 16/4/26... RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de SILVIA CRISTINA RAMIREZ, argentina, mayor de edad, soltera, D.N.I. 12.437.152, de apellido materno ROLDAN, con domicilio real en Pasaje Galisteo 2173, y legal en calle 25 de Mayo 2589 - Piso 2 - Of. 3, ambos de esta ciudad de Santa Fe.- 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el Art. 86 L.C. 5) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 11) Designar audiencia para el sorteo de Sindico de la lista de Contadores Públicos Nacionales, para el día 22 de abril de 2026 a las 11.00 hs.- 13) Fijar el día 21 de mayo de 2026 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los titulas pertinentes.- 14) Fijar el día 05 de junio de 2026 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos.- 15) Señalar el día 20 de julio de 2026 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito para su publicación en el sistema informático; y el día 01 de septiembre de 2026 para la presentación del Informe General. Sin previo pago (art. 89 - 3er párrafo Ley 24522). Fdo. DR. PABLO CRISTIAN SILVESTRINI (secretario) DR. CARLOS F. MARCOLÍN (Juez).

S/C 559667 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en los autos: “VALENZUELA, CRISTIAN ANTONIO s/Solicitud Propia Quiebra” (CUIJ Nº 21-02059805-8) se ha dispuesto: SANTA FE 14/04/2026 1) Declarar la quiebra de VALENZUELA CRISTIAN ANTONIO DNI Nº 35.749.70. CUIL 23-35.749.701-9, con domicilio real en calle GUARANIMA 6277/4 la localidad de Colastine Norte y legal en calle San Jerónimo 1786, 2 A de la ciudad de Santa Fe.. 4) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. A los efectos, se oficiará a la Jefatura de la Policía Federal Argentina y Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior de la Nación dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general (02/09/2026). 13) Fijar el día 05/06/26 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de crédito. 14) Designar el día 22/06/2026 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 15) Señalar el día 21/07/2026 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 02/09/2026 para la presentación del informe general. 17) Ordenar la publicación de edictos por Secretaría en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q. en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe e intimar al Síndico que resulte sorteado a que en el plazo de 48 horas, contado desde la fecha de aceptación del cargo, realice una nueva publicación con todos los requisitos del art. 89 incluido especialmente su nombre, domicilio, teléfono, correo electrónico y horarios de atención. Firmado digitalmente por: GABRIEL ABAD- JUEZ- - DRA. VERONICA TOLOZA – SECRETARIA. Dra. Gerard, prosecretaria.

S/C 559653 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados “CASALI, LUCIANA MARIA s/Solicitud Propia Quiebra” CUIJ 21-02059616-0”, se ha ordenado lo siguiente: “SANTA FE, 08 de Abril de 2026... RESUELVO: 1- Declarar la quiebra de LUCIANA MARIA CASALI, apellido materno GOMEZ, argentina, DNI Nº 34.038.396, mayor de edad, empleada del Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe, domiciliado realmente en Presbítero Pérez 8119 de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en calle Amenabar 3066, dpto. 1º de esta ciudad. 2- Mandar anotar la presente Sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Designar al Oficial de Justicia en tumo para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 10- Ordénase el cese de los códigos de descuento que recaen sobre los haberes de la fallida a excepción de los legales y previsionales, que sean de causa o título anterior a la declaración de quiebra. Asimismo, procédase al embargo en proporción de ley de los mismos los que serán depositados en el NBSF SA agencia Tribunales para estos autos y a la orden del Juez con imputación a gastos del proceso. A tales efectos se oficiará. 11-Designar el día 15/4/26 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese al Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas. 12- Fijar el día 21/5/26 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 ley 24.522). 13 - Fijar el dia 5/6/26 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes formuladas. 14- Señalar el día 20/7/26 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 ley 24.522) y designar el día 31/8/26 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la ley concursal). 15- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la ley 24.522. 16- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el Boletín Oficial de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. Hágase saber, insértese, expídase copia. Oficiese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 ley 3.456) y al Concejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Dr. Francisco José Depetris. (Juez) OTRO DECRETO: “SANTA FE, 16 de abril de 2026. Habiendo resultado sorteado el CPN Edgardo A. Mangiamelli, con domicilio en Avenida Juan José Paso 3248, correo electrónico: emangiameli@hotmail.com para intervenir como síndico en autos “CASALI, LUCIANA MARIA s/ Solicitud Propia Quiebra” CUIJ 21-02059616-0 desígnaselo en tal carácter. Comparezca a aceptar el cargo cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifiquese. Dra. María de los Ángeles Ramos (Prosecretaria)“.

S/C 559658 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados: ALARCON, ANDREA s/Solicitud Propia Quiebra” (CUIJ 21-02059221-1) tramitados por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, de los que: Santa Fe, 09 de Abril de 2026. AUTOS Y VISTOS... RESULTA... CONSIDERANDO... RESUELVO: Declarar la quiebra de ANDREA SOLEDAD ALARCÓN, Argentina, DNI Nº 28.415.463, CUIL 27-28415463-6, apellido materno Perezlindo, estado civil soltera, empleada del Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe, domiciliada según dice en Pauke Nº 6398 y constituyendo domicilio legal en calle 25 de Mayo Nº 2l44, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la torna de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la ley 24.522. Practíqúese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Ordénase el cese de las retenciones de los códigos de descuento, con excepción de los de ley y los de Seguridad Social, de causa anterior a la declaración de la quiebra. Procédase a oficiar a sus fines y trábese embargo, en proporción de ley, sobre los haberes de la fallida, debiendo depositarse las sumas retenidas en una cuenta a abrirse a al orden del Juzgado y para estos autos en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Agencia Tribunales-. A cuyo fin se comunicará por Secretaria para que se proceda a la apertura de la cuenta judicial. Oficiese a la empleadora. 10- Designar al Oficial de Justicia en tumo para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 11- Designar el día miércoles 15 de abril de 2026 a las 10:00hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese a la Excma Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe. 12- Fijar el día jueves 18 de junio de 2026 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 ley 24.522). 13- Señalar el día viernes 31 de julio de 2026 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 ley 24.522) y designar el día lunes 28 de septiembre de 2026 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la ley concursal). 14- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la ley 24.522. 15- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. Hágase saber, insértese, expidase copia. Oficiese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 ley 3.456) y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Fdo. Digitalmente Depetris (Juez) - Pacor Alonso (Secretaria). OTRO DECRETO: “SANTA FE, 16 de Abril de 2026. Habiéndose realizado el sorteo correspondiente a un Sindico que intervendrá en autos, ha sido sorteado el Sindico CPN EDUARDO PABLO DIEDIC, domiciliado en calle AV. Facundo Zuviria N° 3675, a quien se designa en tal carácter, debiendo comparecer a aceptar el cargo en cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifiquese” Fdo. Digitalmente. Dra. Maria de los Ángeles Ramos.

S/C 559661 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


Por disposición de la Señora Jueza, Dra. Viviana Naveda Marco (Jueza), a cargo del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de Distrito de la Tercera Nominación, ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: “ACOSTA EMILIO ROBERTO Y OTROS c/ OJEDA MARIA ESTHER s/Usucapion”, CUIJ Nº 21-01987734-2, se ha ordenado la publicación de los edictos citatorios, que reza “Santa Fe, 1 de abril de 2026 Proveyendo cargo 1925/2026: Previamente citase y emplazase a estar a derecho por el término y bajo apercibimientos de ley a los herederos de María Esther Ojeda. A los fines notificatorios, publíquense edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y exhíbanse conforme lo dispone el art 67 del CPCC. Proveyendo cargo 2143/2026: Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado, acuérdesele la participación que por derecho corresponda, en la medida de su interés. Téngase presente el apartamiento de la presente causa de la Municipalidad de Santa Fe, hágase saber. Notifiquese. Fdo: Dra. Viviana Naveda Marco (Jueza).Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y Hall de Tribunales. - Santa Fe 08 de abril de 2026. Wagner, prosecretaria.

$100 559648 Abr. 28 Abr. 30

_________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de esta ciudad de Santa Fe, a cargo del Dr. RODRIGO URETA CORTES (Juez), en los autos caratulados: PAMPINELLA, CLAUDIO JOSE c/PERALTA, CLAUDIO ALEJANDRO s/JUICIO EJECUTIVO; (CUIJ 21-02047243-7), se notifica al señor CLAUDIO ALEJANDRO PERALTA, DNI Nº 28.017.416, del siguiente decreto: SANTA FE, de Marzo de 2026. Proveyendo escrito cargo Nº 1908: Cítese de remate al deudor, con prevención de que si no opone dentro del término de ley excepción legitima, se llevará adelante la ejecución. Notifíquese por edictos. Santa Fe, 3 de Marzo de 2026. Dra. MERCEDES DELLAMONICA (Secretaria). Dra. Alina Prado, prosecretaria.

$ 100 559679 Abr. 28 Abr. 30

_________________________________________


Por disposición de la Jueza de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 17 de Villa Ocampo - Primera Nominación, Dra. Maria Isabel Arroyo, Secretaría de la Dra. Marta Migueletto, se ha dispuesto lo siguiente: VILLA OCAMPO, 16 de Abril de 2026 AUTOS Y VISTOS: Estos caratulados: “MENAPACE, EDGAR ADRIAN s/Quiebras (CUIJ 21-28675818-2)“, tramitados por ante este Juzgado de Primera Instancia del Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la Primera Nominación del Distrito Nro. 17, de esta ciudad de Villa Ocampo, y CONSIDERANDO: La solicitud de quiebra efectuada por la peticionante, invocando causales de cesación de pago: Que habiéndose cumplimentado con lo dispuesto en el art. 11 de la ley 24.522, RESUELVO: 1) Disponer la apertura de la quiebra de EDGAR ADRIAN MENAPACE, D.N.I. Nº 44.289.545, con domicilio real en calle Entre Ríos 466, Florencia, Provincia de Santa Fe, y a los efectos legales en calle Rivadavia 1448, Villa Ocampo, 2) Ordenar la anotación de la quiebra, la inhabilitación del fallido en el Registro de Procesos Universales y la inhibición general de bienes al Registro General de la Propiedad, y demás registros que correspondan. Comunicar la presente declaración en quiebra a la Administración Provincial de Impuestos (art. 29 Código Fiscal - texto ordenado decreto 2350/97), 3) Ordenar al fallido y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia de la primera. Intimar a la deudora para: a) que entregue a la Sindicatura, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley, 4) Ordenar la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 13°), 5) Disponer la prohibición al fallido de ausentarse del país hasta la presentación del informe general (Art. 103, Ley 24.522), salvo autorización judicial concedida en cada caso. A sus efectos, se librarán de inmediato los oficios pertinentes a las autoridades de control de fronteras que corresponda, comunicando la fecha fijada para la presentación del informe general y haciéndoseles saber que, en caso de disponerse prórroga para la presentación de dicho informe o extensión de la interdicción de salida del país del fallido, se comunicará en cada caso mediante oficio. Disponer la intercepción de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522, oficiándose a tal fin, 6) Designar audiencia a los efectos del sorteo del Síndico, la que se realizará en la Secretaría del Juzgado, para el día 20 de mayo de 2026 a las 11 horas, lo que se comunicará al Consejo Profesional de Ciencias Económicas. 7) Previo a ordenar la realización de los bienes, deberá proceder la Sindicatura conforme á los arts. 177 y sgtes de la ley 24.522 a los efectos de que determine el patrimonio de la fallida-A sus fines, la Sindicatura conjuntamente con el Sr. Oficial de Justicia o el Funcionario que por jurisdicción corresponda al domicilio del fallido y de ubicación de los bienes, procederá de inmediato a la realización de inventario de los bienes, con el desapoderamiento previsto en los art. 88 inc. 10, 106, 107, siguientes y concordantes de la ley 24.522. A sus efectos se habilitarán días y horas que fueren menester para tal cometido. Ofíciese a tales fines, facultando al funcionario interviniente a allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública de ser necesario y con la debida moderación, 8) Fijar hasta el día 3 de julio de 2026 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria, 9) Fijar los días 2 de septiembre de 2026 para la presentación de los informes individuales; y el 5 de octubre de 2026 para la presentación del informe general, 10) Ordenar la publicación de edictos, conforme lo prescribe el art. 89 de la ley 24.522, 11) Ofíciese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra el fallido a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art; 21, ambos de la ley de Concursos y Quiebras. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior, 12) Ordenar el depósito en cuenta judicial de la suma de $ 100.000 para gastos de correspondencia, 13) Disponer el cese de todo descuento del haber de la fallida con excepción de los descuentos de ley, de obra social, impositivos, cuota alimentaria, y embargos generados en procesos exceptuados del fuero de atracción, art. 132 Ley 24.522-; simultáneamente, ordenar la retención de la porción embargable del haber del fallido, la que deberá efectuarse hasta tanto se disponga lo contrario, y se depositará a nombre de este proceso y a la orden de este Juzgado en cuenta judicial del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. sucursal Villa Ocampo. A sus efectos se librará Oficio al Ministerio de Justicia de la Provincia de Santa Fe. 14) Hágase saber, insértese y resérvese el original. FDO MARTA MIGUELETTO Secretaria M. ISABEL ARROYO, Jueza. 16 de abril de 2026.

S/C 559641 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


Por disposición del señor Juez de Primera Instancia del Circuito Judicial Nº 28 de la ciudad de Santo Tomé, provincia de Santa Fe, en autos caratulados: ZANDOMENI, RAUL MATIAS c/COSTA, IGNACIO MIGUEL DOMINGO y/o HEREDEROS y/o QUIEN SE CONSIDERE CON DERECHO s/PRESCRIPCION ADQUISITIVA; CUIJ 21-02052164-0, que tramitan por ante este Juzgado, se ha ordenado lo siguiente: SANTO TOME, 27 de Marzo de 2026. Agréguese el oficio debidamente diligenciado que en copia digital se acompaña. Téngase presente lo informado por el Registro de Procesos Sucesorios. Proveyendo escrito introductorio: Por iniciada DEMANDA ORDINARIA DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA contra IGNACIO MIGUEL DOMINGO COSTA. SUS HEREDEROS y/o contra quien se considere con derecho respecto de los inmuebles ubicados sobre calle Pública 8, entre las calles Públicas 57 y 59 de la Zona suburbana de la Ciudad de Sauce Viejo, inscriptos al Tomo 218 Impar. Fº 1945, Nº 47798. Año 1959, Partidas Inmobiliarias Nº 10-13-00-742384/1765 y 10-13-00-742384/0411. hoy Mensura I -Sup s/M Lote 1 (Pol ABCDEA) y Mensura II Sup s/M Lote 2 (Pol DFGHED), según plano de Mensura N° 279044, a quienes se emplaza para estar a derecho por el término y bajo apercibimientos de ley, notificandoselos mediante edictos. Dése intervención a la Municipalidad de Sauce Viejo y a la Provincia de Santa Fe por si hubiere interés fiscal comprometido oficiándose al Servicio de Catastro e Información Territorial siguiendo el procedimiento conforme ANEXO ÚNICO (Usucapión - Informe técnico catastral) y autorizándose al profesional a intervenir en la suscripción y diligenciamiento del mismo. A lo demás, oportunamente. Notifíquese en Secretaría al empleado VALLEJO, BOGNER, AVILA, WUTHRICH. Notifíquese. Santo Tomé, 8 de Abril de 2026. Dr. Hernán G. GÁLVEZ (Juez); Dra. Maria Alejandra SERRANO (Secretaria).

$ 100 559692 Abr. 28 Abr. 30

_________________________________________


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 20 - SAN JAVIER, el Dr. Julio Migno, Juez y el Dr. Diego Escudero, Secretario, hacen saber que en los autos caratulados MOREL ANALIA VERONICA s/QUIEBRAS; 21-26171965-4, mediante Tomo: 2026 Folio: Resolución: 56 de fecha 06/04/2026, se ha resuelto:(...) 1) Declarar la Quiebra (arts. 288 y 289, ley 24.522) de la Señora MOREL ANALIA VERONICA, DNI Nº 25.817.861, argentina, mayor de edad, empleada dependiente del Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe, domiciliada realmente en calle Silvestre Begnis Nº 1962, y constituyendo domicilio procesal en calle Santiago Cabral Nº 1053, ambos de esta ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe... 3) Ordenar a la fallida, como así también a terceros, para que en el término de 48 horas de su designación, entreguen al Síndico todos los bienes de pertenencia de la primero. Intimar a la deudora para: a) que entregue a la Sindicatura, dentro de las 24 hs de que aquél acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad (Art. 88 inc 4 LCQ); b) Intimar a la fallida para que en el término de diez días contados a partir de la presente resolución, de cumplimiento a lo dispuesto por el art. 86 de la Ley 24.522. 4) Prohibir hacer pagos a la fallida, los que de realizarse se reputarán ineficaces; excepto los que se realicen en concepto de salarios con las especificaciones del párrafo 16) de la presente. (Art 88 inc 5 LCQ). 9) Fijar hasta el día 19 de Mayo de 2026 inclusive (o el día hábil inmediato posterior) como plazo dentro del cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el art. 200 y 32 de la LCQ. 10) Fijar hasta el día 05 de Junio de 2026 inclusive, el Periodo de Observación e Impugnaciones (Art. 34 y 200). 10) 12) Para que el Síndico presente al Juzgado el informe Individual, (Art. 35 LCQ) de cada solicitud de verificación en particular, señalase el día 01 de Julio de 2026 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado) y para que presente el informe general (Art 39 LCQ), el día 27 de Agosto de 2026 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado). En dichos autos ha sido designado Sindico el CPN PACHECO HUBER IGNACIO MARTIN, DNI Nº 27.117.219, CUIT 20-27117219-3 - Matrícula Nº 14.317-01 - Ley 8.738 -, con domicilio en calle Libertad 1666 de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, con horario de atención al público de 8:00 a 12:00 y de 16:30 a 20:30 hs. de conformidad con lo normado por la Ley Nº 24.522 y Mod, con turno previo al teléfono 342-4236748, pudiendo recibir los pedidos de verificación mediante correo electrónico: estudio.pacheco.ta1ame.amador@gmail.com, y arancel correspondiente por transferencia bancara al CBU Caja de Ahorro Nº 599070855600 - CBU 3300599525990708556004 -de mi

titularidad. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. San Javier, 20 de Abril de 2026. Dra. Gabriela Vouilloz, Pro-Secretaria.

S/C 559801 Abr. 28 May. 5

_________________________________________


De acuerdo a lo dispuesto en resolución de fecha 31 de MARZO de 2026, por el Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación del Distrito Judicial nro. 1 se hace saber que en los autos caratulados "LARRAGUETA SILVIA VIVIANA S/QUIEBRA" Expte CUIJ 21-02059412-5, se ha procedido al sorteo del Síndico que Intervendrá en el proceso.

Resulto designado Síndico el CPN HORACIO RAUL GERMANO con domicilio en calle San Martín 1635 de la ciudad de Santa Fe fijándose el día 27 de MAYO de 2026, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico, quien atenderá en su estudio de calle San Martín 1635 de la ciudad de Santa Fe de Lunes a Viernes de 16 a 20 hs. Cel. 342 5034397.

Se fija el 23 de JULIO de 2026 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de sus créditos y el 08 de SETIEMBRE de 2026 o el día hábil inmediato posterior si resultare feriado para que se presente el informe general.

Ordenar la publicación de edictos conforme a lo dispuesto por el art. 89 de la Ley 24522 en el Boletín Oficial. FDO. DR. LUCIO ALFREDO PALACIOS (Juez) y DRA. ROMINA SOLEDAD FREYRE (Secretario) . Santa Fe, 17 de ABRIL de 2026. El presente no tributa previo pago en virtud del 3er. Párrafo del art. 89 de la ley 24522. DRA. ROMINA SOLEDAD FREYRE (Secretario).

S/C 559758 Abr. 28 May. 05

_________________________________________


El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo de Jueza Dra. Ana Rosa Alvarez, secretaría a cargo del Sandra Silvina Romero, sito en calle San Jerónimo 1551, hace saber que en los autos caratulados: LLOBEL, ETHEL NANCY S/QUIEBRA 21-01994065-6, en SANTA FE, 24 de febrero de 2025: Resolución 27 Tomo 2025 CONSIDERANDO ....RESUELVO: Disponer la conclusión por pago total de la quiebra de ETHEL NANCY LLOBEL. Ofíciese a sus efectos. Insértese y hágase saber. Firmado digitalmente por Ana Rosa Álvarez (Jueza) Sandra Silvina (Secretaria).- Publicación sin cargo.-

S/C 559765 Abr. 28 Abr. 29

_________________________________________


El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo de la Dra. María Romina Kilgelmann, Secretaría a cargo del Dr. Juan Manuel Lanteri, sito en calle San Jerónimo 1551, hace saber que en los autos: "MOLINA, ROBERTO ADRIAN S/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA" (CUIJ 21-02059260-2), en fecha 15/04/2026 se ha procedido a la declaración de quiebra de ROBERTO ADRIÁN MOLINA, DNI 28.331.902, CUIL 20-28331902-5, apellido materno PAZ, domiciliado en calle Pasaje 14 s/n de la ciudad de Sauce Viejo y con domicilio procesal constituido en calle 25 de Mayo N.º 2126, Piso 2, Oficina "A" de la ciudad de Santa Fe. Asimismo, se ha dispuesto la incautación de la totalidad de los bienes y papeles en poder del deudor y terceros; prohibir a los terceros hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de resultar ineficaces; intimar al fallido para que haga entrega de toda la documental que obrare en su poder y establecer que los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes hasta el 12 de Junio de 2026. Secretaría, 17 de abril de 2026. Dr. Juan Manuel Lanteri, Secretario.

S/C 559766 Abr. 28 May. 05

_________________________________________


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 19 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Esperanza, Provincia de Santa Fe, Juez a cargo Dra. Virginia Ingaramo, Secretaría a cargo de la Dra. Julia Fascendini, se hace saber que en autos caratulados: "BRAIDA HUGO LUIS Y ADRIÁN OMAR SH S/CONCURSO PREVENTIVO 21-26307401-4"; por resolución de fecha 6 de Abril de 2026 se ha resuelto: AUTOS Y VISTOS .... CONSIDERANDO ....... RESUELVO: Reprogramar las fechas oportunamente establecidas en el siguiente modo: a) Fijar el día 18 de mayo de 2026 la fecha en que el Síndico deberá presentar el informe individual de los créditos. d) Fijar el día 2 de junio de 2026 la fecha en que deberá expedirse la Resolución prevista por el art. 36 L.Q.C. e) Fijar el día 1 de julio de 2026 la fecha en la que el Síndico deberá presentar el Informe General. Publíquese edictos por el término de ley en el Boletín Oficial, y en Sede Judicial (art. 89 LCQ). Hágase saber, insértese, agréguese copia al legajo respectivo y notifíquese.- Firmado digitalmente por: Julia Fascendini (Secretaria) - Virginia Ingaramo (Jueza). Edicto sin cargo - Concurso preventivo PUBLICACION 5 DIAS. Fascendini Julia, Secretaria.

S/C 559768 Abr. 28 May. 05

_________________________________________


El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo de la Dra. María Romina Kilgelmann, Secretaría a cargo del Dr. Juan Manuel Lanteri, sito en calle San Jerónimo 1551, hace saber que en los autos: "ECHAGÜE, MAXIMILIANO RUBEN S/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA" (CUIJ 21-02059663-2), en fecha 17/04/2026 se ha procedido a la declaración de quiebra de MAXIMILIANO RUBÉN ECHAGÜE, DNI 34.267.213, CUIL 20-34267213-3, apellido materno ARÉVALO, domiciliado en calle Frutos Nº3630 de la ciudad de Santo Tomé y con domicilio procesal constituido en calle 25 de Mayo N.º 2589, Piso 2, Oficina 3 de la ciudad de Santa Fe. Asimismo, se ha dispuesto la incautación de la totalidad de los bienes y papeles en poder del deudor y terceros; prohibir a los terceros hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de resultar ineficaces; intimar al fallido para que haga entrega de toda la documental que obrare en su poder y establecer que los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes hasta el 12 de Junio de 2026. Secretaría, 17 de abril de 2026. Dr. Juan Manuel Lanteri, Secretario.

S/C 559769 Abr. 28 May. 05

_________________________________________


El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo de la Dra. María Romina Kilgelmann, Secretaría a cargo del Dr. Juan Manuel Lanteri, sito en calle San Jerónimo 1551, hace saber que en los autos: "CENTURION, JUAN RAMON S/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA" (CUIJ 21-02059986-0), en fecha 17/04/2026 se ha procedido a la declaración de quiebra de JUAN RAMÓN CENTURIÓN, DNI 16.948.327, domiciliado en calle Callejón Roca Nº 5110 y con domicilio procesal constituido en calle San Jerónimo Nº 1695, Planta Alta, ambos de la ciudad de Santa Fe. Asimismo, se ha dispuesto la incautación de la totalidad de los bienes y papeles en poder del deudor y terceros; prohibir a los terceros hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de resultar ineficaces; intimar al fallido para que haga entrega de toda la documental que obrare en su poder y establecer que los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes hasta el 12 de Junio de 2026. Secretaría, 17 de abril de 2026. Dr. Juan Manuel Lanteri, Secretario.

S/C 559770 Abr. 28 May. 05

_________________________________________


El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo de la Dra. María Romina Kilgelmann, Secretaría a cargo del Dr. Juan Manuel Lanteri sito en calle San Jerónimo Nº 1551, hace saber que en los autos: "AQUINO, JUAN ESTEBAN SISOLICITUD PROPIA QUIEBRA" CUIJ 21-02058549-5, en fecha 17/04/2026 se ha procedido a la declaración de quiebra de Juan Esteban Aquino, DNI 35.147.029, CUIL 20-35147029-2, apellido materno Zalazar domiciliado en calle Manzana 8 Ba Monseñor Zaspe Casa 86 s/nro. De la Ciudad de Santo Tomé y con domicilio procesal constituido en 25 de Mayo Nº 2589 Piso 11 Oficina 111 de la ciudad de Santa Fe. Asimismo, se ha dispuesto la incautación de la totalidad de los bienes y papeles en poder de la deudora y terceros; prohibir a los terceros hacer pagos a la fallida bajo apercibimiento de resultar ineficaces; intimar a la fallida para que haga entrega de toda la documental que obrare en su poder y establecer que los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes hasta el 12 de junio de 2026. Secretaría, 17 de Abril de 2026. Dr. Juan Manuel Lanteri, Secretario.

S/C 559772 Abr. 28 May. 05

_________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia del Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la 5ª. Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados “Expte. N° CUIJ 21-01997057-1, PEREZ, María del Carmen c/ WEISHEIM, Manuel Víctor s/ Pedido de quiebra”, se ha ordenado la publicación de edictos por el término de 2 días en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe conforme lo dispuesto por el artículo 218 de la ley N° 24.522, haciendo conocer la presentación del proyecto de distribución complementario.-

A tal fin, se transcribe el proveído que lo ordena: “SANTA FE, 23 de Abril de 2026 Agréguese el informe de saldo bancario adjunto. Por presentado proyecto de distribución complementario. De manifiesto el mismo por el término de ley. Procédase a notificar conforme lo establecen los arts. 218 y 219 de la Ley 24522. Notifíquese.- Firmado: DR. RODRIGO URETA CORTES, Juez; DRA. MERCEDES DELLAMONICA, Secretaria”.- Santa Fe, Abril de 2026.

S/C 560221 Abr. 28 Abr. 29

_________________________________________


Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décimo Tercera Nominación, ciudad de Santa Fe), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante Doña REYNOSO, AMANDA BETTY, DNI. (f) Número: 4.571.177.-para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezca a hacer valer sus derechos en los autos: “REYNOSO, AMANDA BETTY S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ: 21-02058665-3) OFICINA DE PROCESOS SUCESORIO,“ Publíquense edictos de conformidad con lo dispuesto en la Ley 11.287 y cumpliméntese con lo resuelto en el Acuerdo Ordinario celebrado el 7/2/96 Acta Nº 3 Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y exhibiéndose en el hall de planta baja de Tribunales. FIRMADO DIGITALMENTE DR. GUILLERMO VALES - JUEZ. - Santa Fe, de de 2026. Secretaría.

$ 45 Abr. 28

_________________________________________


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de TERCERA Nominación de la ciudad de Santa Fe en los autos caratulados: “SERRA, MARCIANO ISIDRO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS”(CUIJ 21-01972393-0) se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de MARCIANO ISIDRO SERRA, L.E. N.º 3.167.806 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de Ley Lo que se publica a sus fines en el Boletín Oficial. Fdo.: Dra. Viviana Naveda Marcó: secretaria y Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena: Jueza.”

$ 45 Abr. 28

_________________________________________


Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la décimo tercera nominación) en autos caratulados: "ROLON, CAMILO LADISLADO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ N°21-02060364-7, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios de ROLÓN, CAMILO LADISLADO, D.N.I. Nº11.249.285, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Fdo.: DR. GUILLERMO ADRIAN VALES, Juez. Santa Fe, de abril de 2026.

$ 45 Abr. 28

_________________________________________


Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios – Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercialde la Decimotercera Nominación), en autos caratulados: “SCHMIDT, ROSA NATALIA ELISABET S/ SUCESORIO” – CUIJ Nº 21-02059520-2, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de SCHMIDT, ROSA NATALIA ELISABET, D.N.I. Nº 31.115.839, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Fdo.: Dr. Guillermo Adrián Vales – Juez.

$ 45 Abr. 28

_________________________________________


Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en los Civil y Comercial de la Décima Nominación) en autos caratulados: "ARAUJO, MIRTA MARIA S/ SUCESORIO”, CUIJ: 21-02060403-1, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de MIRTA MARIA ARAUJO, DNI: F6.367.911, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. FDO: DRA. MARIA ROMINA KILGELMANN (Jueza).

$ 45 Abr. 28

_________________________________________


Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral 1era. Nom SEC.UNICA de la ciudad de San Justo, Provincia de Santa Fe, en autos caratulados "MANTICA NORMA GLORIA S/ SUCESORIO (CUIJ 21-29035659-5)”, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de NORMA GLORIA MANTICA argentina, mayor de edad, DNI 10.339.186, con domicilio en calle 1º de mayo 2789 de la ciudad de San Justo, Provincia de Santa Fe, fallecida en fecha 10 de febrero de 2014, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y Hall de Tribunales.

$ 45 Abr. 28

_________________________________________


En los autos caratulados: “BLANCO, NAILÉN AYMARA c/ BLANCO, ADRIÁN DAVID s/ Supresión de primer nombre y apellido paterno”, CUIJ 21-10774780-7, que tramitan ante el Juzgado Unipersonal de Familia N° 6 – Secretaría Única, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, se transcribe el primer decreto: Juzg.Unipersonal.de Familia N° 6” ….. SANTA FE, 22 de Julio de 2025. Con los autos “PIEDRABUENA ANDREA FERNANDA C/ BLANCO ADRIAN DAVID S/ DIVORCIO VINCULAR, TENENCIA, ALIMENTOS Y LITIS EXPENSAS, REG. DE VISITAS Y DIV. DE BS “ CUIJ: 21-10553167-9 a la vista, se provee: Por presentada y en el carácter invocado, acuérdasele la participación legal correspondiente en mérito al poder acompañado. Hágase saber que previo a todo deberá constituir domicilio legal de conformidad a lo dispuesto en el art. 37 del C.P.C.C. Por promovida demanda de SUPRESION DE PRIMER NOMBRE Y APELLIDO PATERNO por parte de Andrea Fernanda Piedrabuena -en representación de su hija Nailen Aymara Blanco- contra Adrian David Blanco, la que se sustanciará por el trámite previsto en el artículo 413 del C.P.C.C. Cítase y emplázase al accionado para que comparezca a estar a derecho, conteste la demanda y ofrezca la prueba de la que intente valerse, dentro del término de ley, todo bajo apercibimientos de dictarse sentencia conforme a derecho sin más trámite. Agréguese la documental acompañada. Téngase presente la prueba ofrecida. Dése intervención a la Defensoría General. Atento lo expuesto sobre el desconocimiento del paradero actual del demandado, a los fines de conocer el domicilio real del mismo, ofíciese al Registro Nacional de las Personas (RENAPER), con autorización para intervenir en el diligenciamiento. Atento a lo dispuesto en el art. 70 del CCCN, publíquese el pedido en el Boletín Oficial una vez por mes, en el lapso de dos meses, indicando que podrá formularse oposición dentro de los quince días hábiles contados desde la última publicación. Ofíciese al Registro General a fin de que informe sobre la existencia de medidas precautorias que pesen sobre la interesada. Córrase vista al Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas y a la Fiscalía extrapenal. Asimismo, atento al objeto de la presente causa, procédase a corregir la carátula, dejándose debida constancia en el sistema informático. Notifíquese.-FDO. ADOLFO DREWANZ FERNANDO A. GASTIAZORO ( Secretario ) ( Juez ). Publíquese el pedido en el Boletín Oficial de Santa Fe una vez por mes, en el lapso de dos meses, indicando que podrá formularse oposición dentro de los quince días hábiles contados desde la última publicación, a los fines dispuestos por la normativa vigente. Santa Fe, de FEBRERO de 2026.

$ 90 556316 Abr. 28

_________________________________________


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de TERCERA Nominación de la ciudad de Santa Fe en los autos caratulados: “SERRA, MARCIANO ISIDRO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS”(CUIJ 21-01972393-0) se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de MARCIANO ISIDRO SERRA, L.E. N.º 3.167.806 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de Ley Lo que se publica a sus fines en el Boletín Oficial. Fdo.: Dra. Viviana Naveda Marcó: secretaria y Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena: Jueza.”

$ 45 Abr. 28

_________________________________________


Por disposición del Juzgado de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral, Segunda Nominación, de la ciudad de Esperanza, provincia de Santa Fe, en autos caratulados: ROLDAN MARTA MARIA ANTONIA S/ SUCESORIO (21-28925563-7), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Doña Roldan Marta María Antonia, titular del DNI 12.494.209, fallecida en fecha 13.11.2025 en Esperanza, Provincia de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Firmado: Dr. Virginia Ingaramo (Jueza a/c) Dra. Victoria Lang (Secretria).- Esperanza, 27 de abril de 2026

$ 45 Abr. 28

_________________________________________


Por disposición del Señor Juez de 1ª Instancia de Distrito nº 17 en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2ª Nominación de Villa Ocampo (Santa Fe), se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de Marta Beatriz TOMASIN, D.N.I. n° 11.758.609, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo apercibimientos de ley en autos caratulados “Tomasín, Marta Beatriz s/ Sucesorio” C.U.I.J. n° 21-28675868-9. Villa Ocampo (Santa Fe), 27 de abril de 2026.

$ 45 Abr. 28

_________________________________________


Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décimo Tercera Nominación), ciudad, en los autos caratulados: BURLIKOWSKI, SANTA BRIGIDA S/ SUCESORIO 21-02060432-5, se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de la causante Doña SANTA BRIGIDA BURLIKOWSKI, Documento N.º 4.974.411, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Fdo.: Dr. Guillermo Vales , Juez

$ 45 Abr. 28

_________________________________________


Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios ( Juzgado Civil, Comercial y Laboral , Secretaria única de la Ciudad de San Javier, Prov- de Santa Fe), en autos caratulados:"BERDUN VICTORIA S/ SUCESORIO (CUIJ:21-26171972-7), se cita , se llama, y se emplaza a todos los herederos , acreedores y legatarios de Berdún Victoria DNI:2.416.806 , para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales . Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial.. Dr. Diego Escudero (Secretario).-Dr. Julio Migno (Juez). San Javier 27 de Abril de 2026.

$ 45 Abr. 28

_________________________________________


Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios de la Primera Circunscripción Judicial - Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Decima Tercera Nominación de esta ciudad de Santa Fe- en los autos: “VILLALBA, MARIA DE LOS ANGELES S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ nº 21-02060312-4), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante MARIA DE LOS ANGELES VILLALBA, DNI nº 14.383.146, para que los hagan valer dentro del término de ley (art. 2340 C.C.C.). Fdo. Dr. Guillermo Adrian VALES: Juez. Santa Fe, abril de 2026.

$ 45 Abr. 28

_________________________________________


Por disposición de la OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS SEC. ÚNICA -radicación: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA 2DA. NOMINACIÓN de la Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: “MORENO, ANGELA FRANCISCA S/ SUCESORIO ” (Expt. CUIJ Nro. 21-02059366-8) se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de ANGELA FRANCISCA MORENO, Documento de Identidad: LC 6.124.239 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial.- Fdo. Dr. CARLOS FEDERICO MARCOLIN, JUEZ.- SANTA FE, de Abril de 2.026.-

$ 45 Abr. 28


_________________________________________


SAN JORGE

_________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 11 de la ciudad de San Jorge, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de DEGIORGI JUAN CARLOS DNI 6.613.508 en los autos caratulados, “DEGIORGI, JUAN CARLOS S/ SUCESORIO” (CUIJ N° 21-26270546-0) para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley.- San Jorge, 27 de Abril del año 2026.-

$ 45 Abr. 28

_________________________________________


SAN CRISTOBAL

_________________________________________



JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO



Por disposición del Sr. Juez de 1ª Instancia de Distrito N° 10 en lo Civil, Comercial y Laboral Segunda Nominación, Dr. Alexis Marega, Secretaria Única a cargo de la Dra. Claudia Giampietri, se CITA, LLAMA Y EMPLAZA a los herederos, acreedores y a todos quienes se consideren con derecho sobre los bienes dejados por la causante Sra. RODOLFO VICTORIO FERRONATO, DNI N° 6.296.215, por su fallecimiento para que comparezca/n a hacerlos valer dentro del término y bajo apercibimientos de ley, en los autos, en autos FERRONATO, RODOLFO VICTORIO s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; CUIJ 21-29145395-0. San Cristóbal, 23 de abril de 2026. Dra. Claudia Giampietri, secretaria.

$ 45 Abr. 28

_________________________________________


VERA

_________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO



Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia, en lo Civil, Comercial y Laboral, Segunda Nominación del Distrito Judicial Nº 13 de la ciudad de Vera, Santa Fe; a cargo del Dr. Juan Manuel Rodrigo JUEZ, Dra. Mónica M. Alegre SECRETARIA; en los autos caratulados ARROYO ADRIAN RAMON c/ARROYO, FLORENTINO Y OTROS s/JUICIOS ORDINARIOS; CUIJ Nº 21-25243641-0, se ha dictado lo siguiente: Vera, 22 de Mayo de 2025. Téngase presente lo manifestado. Atento a constancias de autos, como lo solicita proceda a notificar a Florentino Arroyo y/o sus herederos por edictos. NOTIFÍQUESE. Fdo. Dr. Juan Manuel Rodrigo, JUEZ; Dra. Mónica M. Alegre, SECRETARIA. OTRO DECRETO: VERA, 25 de Abril de 2023. AUTOS y VISTOS:...; CONSIDERANDO:...; RESUELVO: 1.- Revocar el Auto Regulatorio de fecha 20 de Octubre de 2022 obrante a fs. 179 en su totalidad. 2. Regular los honorarios profesionales del Dr. Cristóbal Ceferino Sager, en pesos Doscientos Sesenta y Cinco Mil Seiscientos con 56/100 ($ 265.600,56) equivalentes a la fecha a 12,80 Jus, estableciendo un interés mensual equivalente a la Tasa Activa del Banco de la Nación Argentina en operaciones de descuento de documentos a treinta días los que se devengarán a partir de que se encuentre firme este pronunciamiento. 3. Vista a Caja Forense. 4. Insértese, agréguese y notifíquese. NOTIFÍQUESE. Fdo. Dr. Juan Manuel Rodrigo, JUEZ; Dra. Beatriz Deiber de Fabbro, SECRETARIA. OTRO RESOLUCIÓN: Reconquista, 25 de septiembre de 2024. AUTOS y VISTOS:... RESULTA:... CONSIDERANDO:... RESUELVE: 1) Desestimar el recurso de nulidad; 2) Desestimar el recurso de apelación; 3) Confirmar la resolución alzada conforme los argumentos dados en el considerando; 4) Establecer que siguiendo el criterio de la C.S.J.S.F. en autos: Municipalidad de Santa Fe c/Bergagna, Edgardo s/Rec. Inconst., de fecha 01/08/17, AyS T. 276 p. 294-326, el valor de la unidad jus que en definitiva se tome por el acreedor de los honorarios será el vigente al momento de adquirir firmeza la presente regulación, devengándose a partir de allí una tasa de interés moratorio equivalente a la tasa prevista por esta Cámara en Acta Acuerdo Nº 30/2021 (dictada en fecha 19/08/2021); 5) Córrase vista a Caja Forense. Regístrese, notifíquese y bajen. Fdo. Dra. CHAPERO, Juez de Cámara; Dr. DALLA FONTANA, Juez de Cámara; Dr. SÁNCHEZ, Juez de Cámara; Dr. ASTESIANO, Secretario de Cámara. Vera, (SF), 13 de Abril de 2026. Dra. Monica Alegre, secretaria.

$ 33 559696 Abr. 28 Abr. 30

_________________________________________


La Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral 1ª Nom. de Distrito Judicial Nº 13 de Vera, ordena publicar por el término de un día edictos de ley (art. 2340 CCyCN) CITANDO, LLAMANDO y EMPLAZANDO, a los herederos, legatarios, acreedores y a todas/os las/os que tengan derecho, para que comparezcan al JUICIO SUCESORIO de Doña BLANCA ESMERALDA ALFONSO, DNI 13.383.767, autos caratulados: CHANTIRI, ANTONIO NICOLAS y OTROS s/SUCESORIO (REC. 24/02/2026); CUIJ 21-25194611-3; Expte. Nº 865 - Año: 1998, bajo apercibimientos y dentro de los términos de ley. Fdo. Dra. Jorgelina Yedro, Jueza; Dra. Margarita Savant, secretaria. Profesional interviniente: Dr. Marcelo Andrés Benegas, con domicilio legal constituido en calle Eugenio Alemán 1873 de la ciudad de Vera - Santa Fe. Tel. 03483.421136 - correo electrónico: benegasyasoc.1873@gmail.com. Vera, 23 de Abril de 2026. Margarita Savant, secretaria.

$ 45 Abr. 28

_________________________________________


La Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral 1ª Nom. de Distrito Judicial Nº 13 de Vera, ordena publicar por el término de un día edictos de ley (art. 2340 CCyCN) CITANDO, LLAMANDO y EMPLAZANDO, a los herederos, legatarios, acreedores y a todas/os las/os que tengan derecho, para que comparezcan al JUICIO SUCESORIO de Don ANTONIO NICOLAS CHANTIRI, DNI 7.649.301, autos caratulados: CHANTIRI, ANTONIO NICOLÁS y OTROS s/SUCESORIO (REC. 24/02/2026); CUIJ 21-25194611-3 - Expte. Nº 865 - Año: 1998, bajo apercibimientos y dentro de los términos de ley. Fdo. Dra. Jorgelina Yedro, Jueza; Dra. Margarita Savant, secretaria. Profesional interviniente: Dr. Marcelo Andrés Benegas, con domicilio legal constituido en calle Eugenio Alemán 1873 de la ciudad de Vera - Santa Fe. Tel. 03483-421136 - correo electrónico: benegasyasoc.1873@gmail.com. Vera, 23 de Abril de 2026. Margarita Savant, secretaria.

$ 45 Abr. 28

_________________________________________


Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia de Distrito N° 13 en lo Civil, Comercial y Laboral - Primera Nominación - Secretaria Única - de la ciudad de Vera, Santa Fe, se CITA, LLAMA y EMPLAZA a los herederos, acreedores y/o legatarios de: ELDA ELIDA ARNHOL, DNI F4.502.873, en autos caratulados: ARNHOL, ELDA ELIDA s/SUCESORIO; (CUIJ 21-25279179-2), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales, lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Página Web Institucional del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe, por el término de un (1) día (art. 2340 C.C.C.N.). Vera, 22 de Abril de 2026. Margarita Savant, secretaria.

$ 45 Abr. 28


_________________________________________


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 13 en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1º Nominación de Vera, provincia de Santa Fe en autos: "RIVERO, CAROLINA LETICIA S/RECTIFICACIÓN DE PARTIDA" CUIJ 21-25278913-5 se ha ordenado la publicación de la siguiente providencia: "VERA, 04 de Junio de 2025. Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado, en mérito al poder acompañado, désele la intervención legal correspondiente. Por promovido juicio sumario de supresión de apellido paterno. Agréguese la documental acompañada. Dése intervención al Ministerio Pupilar y al Registro Civil. A lo demás, oportunamente. Notifiquese.-". Fdo. Dra. Jorgelina Yedro, Jueza; Dra. Margarita Savant, Secretaria.

Otro decreto: "VERA, 06 de Junio de 2025. Ampliando el decreto de fecha 04/06/2025: Publíquense edictos conforme art. 70 del CCC. Oficiese a los registros respectivos a los fines de que informe sobre las medidas precautorias existentes, autorizando al peticionante al diligenciamiento con facultades de ley. Por ofrecidas pruebas: Documental: agréguese la acompañada. Notifiquese.-". Fdo. Dra. Jorgelina Yedro, Jueza; Dra. Margarita Savant, Secretaria. Vera, 15 de abril de 2026.-

S/C 559752 Abr. 28

_________________________________________


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 13 en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1° Nominación de Vera, provincia de Santa Fe en autos: "AGUIRRE, ZULEMA JACKELINE M. S/CAMBIO DE APELLIDO" CUIJ 21-25278584-9 se ha ordenado la publicación de la siguiente providencia: "VERA, 22 de Noviembre de 2024. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial acompañado; acuérdasele la participación legal correspondiente. Por iniciada DEMANDA DE CAMBIO DE APELLIDO de ZULEMA JACKELINE MILAGROS AGUIRRE, a la que se le imprimirá el trámite de Sumaria Información. Por ofrecidas pruebas: Documental: agréguese la acompañada por SJSFE. Dese intervención al Director General del Registro Civil y al Ministerio Público Fiscal. Publíquense edictos conforme art. 70 del CCC. Oficiese a los registros respectivos a los fines de que informe sobre las medidas precautorias existentes, autorizando al peticionante al diligenciamiento con facultades de ley. A lo demás, oportunamente y si correspondiere. Notifiquese.-". Fdo. Dra. Jorgelina Yedro, Jueza; Dra. Margarita Savant, Secretaria. Vera, 15 de abril de 2026.-

S/C 559753 Abr. 28

_________________________________________


Por disposición del Juzgado de Circuito Nº 13 de Vera, provincia de Santa Fe, en autos: "AVALOS, ISABEL REYNA C/MONZON, JORGE HECTOR Y/O TERCEROS OCUPANTES S/DESALOJO" CUIJ 21-23048982-0 se notifica el siguiente decreto: "VERA, 19 de Agosto de 2025.- Agréguese cédulas y oficio diligenciado. Como lo solicita y a los fines que pudieren corresponder, inscríbase como litigioso el Inmueble objeto del presente librándose oficio al Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe autorizando al peticionante al diligenciamiento del mismo. Fecho, publíquese edictos por 3 días en el Boletín Oficial y Puertas del Juzgado bajo apercibimientos de ley. NOTIFIQUESE.". Fdo.: Dr. José Luis Freijo (Juez), Dra. Carina Navarro (Secretaria). El presente edicto debe ser publicado por 3 días sin cargo por tramitarse con patrocinio de la Defensoría General de los tribunales de Vera. Vera, 17de Abril de 2026. Dra. Carina M. Navarro, Secretaria.

S/C 559754 Abr. 28 Abr. 30

_________________________________________


Por disposición del Juzgado Civil, Comercial y Laboral de la 2° Nominación de Vera, provincia de Santa Fe, en autos: "VALDEZ MARIA BELEN S/CAMBIO DE APELLIDO 21-25278149-5, donde se pretende el cambio de apellido de FIORELLA LORELEY MAIDANA VALDEZ por FIORELLA LORELEY VALDEZ se manda publicar edicto en el boletín oficial una vez por mes, en el lapso de dos meses conforme lo dispuesto por el art. 70 del Código Civil y Comercial. Se transcribe la parte pertinente del decreto que así lo dispone: "VERA, 24 de Octubre de 2024.- Advertido en este estado que se ha omitido ordenar la publicación de edictos respectiva, y de conformidad con lo dispuesto por el Art. 70 del CcyC Publíquese en el Boletín Oficial una vez al mes, en el lapso de dos meses. Notifiquese .-". Firmado: Dr. Juan Manuel Rodrigo (Juez), Dra. Mónica Alegre (Secretaria). El presente edicto debe ser publicado sin cargo por tramitarse con patrocinio de la Defensoría General de los tribunales de Vera. Vera, 14 de Abril de 2026. Dra. Mónica M. Alegre, Secretaria Subrogante.

S/C 559755 Abr. 28

_________________________________________


Por disposición del Juzgado Civil, Comercial y Laboral de la 2° Nominación de Vera, provincia de Santa Fe, en autos: "ENRIQUE, MARTINA S/CAMBIO DE APELLIDO - CUIJ 21-25278380-3", donde se pretende el cambio de apellido de Martina Enrique por Martina Chamorro se manda publicar edicto en el boletín oficial una vez por mes, en el lapso de dos meses conforme lo dispuesto por el art. 70 del Código Civil y Comercial. Se transcribe la parte pertinente del decreto que así lo dispone: "VERA, 25 de Julio de 2024 (..) Conforme lo dispuesto por el Art. 70 del CcyC Publíquese en el Boletín Oficial una vez al mes, en el lapso de dos meses. Oficiese al Registro General de la Propiedad Inmueble y Automotor. Imprimase a la presente causa el trámite de Juicio Sumarísimo. A lo demás oportunamente. Notifiquese.- " Fdo. Dr. Juan Manuel Rodrigo, Juez; Dra. Beatriz Deiber de Fabbro, Secretaria".. El presente edicto debe ser publicado sin cargo por tramitarse con patrocinio de la Defensoría General de los tribunales de Vera. Vera, 14 de noviembre de 2024.- Dra. Mónica M. Alegre, Secretaria Subrogante.

S/C 559756 Abr. 28

_________________________________________


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 13 en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2° Nominación de Vera, provincia de Santa Fe en autos: "ALE, FERNANDO HERNAN SICAMBIO DE APELLIDO" CUIJ 21-25279148-2 se ha ordenado la publicación de la siguiente providencia: "VERA, 06 de Noviembre de 2025. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, désele la intervención legal correspondiente. Por iniciada Gestión de CAMBIO DE APELLIDO, téngase presente. Dese intervención y córrase vista de lo peticionado a los Ministerios Públicos y al Director General del Registro Civil de la Provincia de Santa Fe. Conforme lo dispuesto por el Art. 70 del CcyC Publíquese en el Boletín Oficial una vez al mes, en el lapso de dos meses. Oficiese al Registro General de la Propiedad Inmueble y Automotor. Imprimase a la presente causa el trámite de Juicio Sumarísimo. Proveyendo las pruebas ofrecidas: DOCUMENTAL: Téngase presente. A lo demás oportunamente. Notifiquese.-". Fdo. Dr. Juan Manuel Rodrigo, Juez; Dra. Mónica M. Alegre, Secretaria. El presente edicto debe publicarse una vez por mes en el lapso de dos meses y es sin cargo por tramitarse con patrocinio de la Defensoría General. Vera, 17 de abril de 2026.- Dra. Mónica M. Alegre, Secretaria Subrogante.

S/C 559757 Abr. 28

_________________________________________


Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia Distrito 13 Civil, Comercial y Laboral, Primera Nominación, de la ciudad de Vera (SF), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios de: SERGIO FABIAN PAVLETICH, DNI N°16.612.978, para que comparezcan a hacerlos valer bajo apercibiMiento's legales, en los autos caratulados: PAVLETICH, SERGIO FABIAN SI DECLARATORIA DE HEREDEROS 21-25279317-5, lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y PUERTAS DEL JUZGADO.- VERA, 27 de ABRIL de 2026.

$ 45 Abr. 28