MINISTERIO DE IGUALDAD Y DESARROLLO HUMANO
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE REGULARIZACIÓN DOMINIAL
Por disposición de la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE REGULARIZACIÓN DOMINIAL del MINISTERIO DE IGUALDAD DESARROLLO HUMANO - Ley Nacional 24.374 y su modif. Decr. Prov. 1178/09, se cita, se llama y emplaza para que comparezcan por ante esta dependencia ubicada en calle Salta Nº 3211 de la ciudad de Santa Fe; 27 de febrero 2289 de la ciudad de Rosario; SAN MARTIN Nº1029 - de ciudad de Reconquista; dentro del término de treinta (30) días hábiles y bajo apercibimientos de ley, a fin de que deduzcan formal oposición si correspondiere, en los términos del art. 6 inc. d) de la Ley mencionada, lo que se publica a sus efectos en el Boletín oficial y el diario local de la ciudad de Santa Fe (“Diario UNO”) en fecha miércoles 22 de abril de 2026, a las siguientes personas:
DEPARTAMENTO:GENERAL OBLIGADO: LOCALIDAD RECONQUISTA
01.-CUSIT AVELINO ANGEL;CUSIT FEDERICO ESTEBAN;CUSIT RAFAEL FRANCISCO;CUSIT ALCIDES ALBERTO;CUSIT de RUIZ DIAZ ELVIRA ANGELICA;CUSIT de AGUILAR MARIA TERESA; CUSIT de MARTI ELBA JOSEFINA, Matrícula individual,LE:6.346.188-LE:6.341.198-LC:6.403.319-DNI:10.662.636-DNI:11.879.361-LE:6.351.762-LE:6.335.711, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:41 N° 2379(BARRIO LANCEROS DEL SAUCE) de la localidad de RECONQUISTA, identificado como lote 3 manzana 20 Plano N°129877/1999, Partida inmobiliaria N°03-20-00-011137/0174-8 inscripto el dominio al T° 196 I F°627 N°53971 Año 1994, Departamento GENERAL OBLIGADO , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE , Expte. 01501-0130070-8, iniciador:ESPINDOLA HILDA GRACIELA.
02.- FUNDACIÓN VIVIENDAS POPULARES ARGENTINAS(V.I.A.R.) , Matrícula individual,CUIT:30-71469325-1, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:PASAJE 7 y 9 N° 2015(BARRIO MORENO) de la localidad de RECONQUISTA, identificado como lote 20B manzana Q2 Plano N°76356/1975, Partida inmobiliaria N°03-20-00-011068/0189-7 inscripto el dominio al T° 122 I F°308 N°7318 Año 1974, Departamento GENERAL OBLIGADO , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE , Expte. 01501-0129492-4, iniciador:NOCENTI DELFINO ANTONIO.
03.-CARITAS PARROQUIAL RECONQUISTA , Matrícula individual, CUIT:33.67435243-9, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:PASAJE 45/47 Mzna 9 CASA 17 N°S/N (BARRIO VIRGEN DE LUJAN) de la localidad de RECONQUISTA, identificado como lote 17 manzana 9 Plano N°121700/1993, Partida inmobiliaria N°03-20-00-511490/0256-8 inscripto el dominio al T° 141 P F°989 N°88979 Año 1980, Departamento GENERAL OBLIGADO , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE , Expte. 01501-0128547-6, iniciador:JUANOVICH ELIDA IRMA.
04.- CARITAS PARROQUIAL RECONQUISTA , Matrícula individual, CUIT:33.67435243-9 , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:MANZANA 8 CASA 13 N° S/N(BARRIO VIRGEN DE LUJAN ) de la localidad de RECONQUISTA, identificado como lote 13 manzana 8 Plano N°121700/1993, Partida inmobiliaria N°03-20-00-511490/0232-8 inscripto el dominio al T° 141 P F°989 N°88979 Año 1980, Departamento GENERAL OBLIGADO , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE , Expte. 01501-0128551-3, iniciador:NOCENTI RAQUEL ISABEL .
05.-DARAN MARIO EDUARDO , Matrícula individual, DNI:12.471.218, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:135 N°815 (BARRIO ASUNCIÓN) de la localidad de RECONQUISTA, identificado como lote 21 manzana letra “G” Plano N°96769/1981, Partida inmobiliaria N°03-20-00-511694/0185-9 inscripto el dominio al T°163 P F°559 N°96090 Año 1985, Departamento GENERAL OBLIGADO , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE , Expte. 01501-0127974-1, iniciador:CACERES JULIA GENOVEVA.
06.- CUSIT AVELINO ANGEL;CUSIT FEDERICO ESTEBAN;CUSIT RAFAEL FRANCISCO;CUSIT ALCIDES ALBERTO;CUSIT de RUIZ DIAZ ELVIRA ANGELICA;CUSIT de AGUILAR MARIA TERESA; CUSIT de MARTI ELBA JOSEFINA , Matrícula individual,LE:6.346.188-LE:6.341.198-LC:6.403.319-DNI:10.662.636-DNI:11.879.361-LE:6.351.762-LE:6.335.711, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:PASAJE 46/48 N°1970 (BARRIO LANCEROS DEL SAUCE) de la localidad de RECONQUISTA, identificado como lote 13 manzana 17 Plano N°129877/1997, Partida inmobiliaria N°03-20-00-011137/0104-9 inscripto el dominio al T° 196 I F°627 N°53971 Año 1994, Departamento GENERAL OBLIGADO , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE , Expte. 01501-0129491-3, iniciador:PERALTA CLAUDIO ANDRES.
LOCALIDAD GUADALUPE NORTE
07.-COMUNA DE GUADAPUPE NORTE, Matrícula individual,CUIT:30-67437614-2, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:19 N°582 (BARRIO ANTONIO MASAT) de la localidad de GUADALUPE NORTE, identificado como lote 2 manzana 56 Plano N°145722/2007, Partida inmobiliaria N°03-27-00-616917/8028-4 inscripto el dominio al T° 245 I F°964 N°42793 Año 2007, Departamento GENERAL OBLIGADO , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE , Expte. 01501-0128528-1, iniciador:ZACARIAS ALIDA ROSANA
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08.- COMUNA DE GUADALUPE NORTE , Matrícula individual, CUIT:30-67437614-2, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:21 N° 575(BARRIO ANTONIO MASAT) de la localidad de GUADALUPE NORTE, identificado como lote 9 manzana 56 Plano N°145722/2007, Partida inmobiliaria N°03-27-00-61917/8015-0 inscripto el dominio al T° 245 I F°964 N°42973 Año 2007, Departamento GENERAL OBLIGADO , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE , Expte. 01501-0127832-8, iniciador:LEDESMA NORMA GRACIELA.
09.- COMUNA DE GUADALUPE NORTE , Matrícula individual, CUIT:30-67437614-2, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:19 N°566 (BARRIO ANTONIO MASAT) de la localidad de GUADALUPE NORTE, identificado como lote 10 manzana 56 Plano N°145722/2007, Partida inmobiliaria N° 03-27-00-616917/8014-1 inscripto el dominio al T° 245 I F°964 N°42793 Año 2007, Departamento GENERAL OBLIGADO , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE , Expte. 01501-0127834-0, iniciador:GOMEZ ESBELQUI CLELIA.
LOCALIDAD LANTERI
10.-COMISION DE FOMENTO DEL PUEBLO DE LANTERI , Matrícula individual, DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:ZONA RURAL N° S/N de la localidad de LANTERI, identificado como lote 1 manzana S/N Plano N°129649/1999, Partida inmobiliaria N°03-16-00-616803/0008-0 inscripto el dominio al T°190 I F°940 N°58805 Año 1992, Departamento GENERAL OBLIGADO , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE , Expte. 01501-0128546-5, iniciador:SOSA GRACIELA ITATI.
S/C 48728 Abr. 20 Abr. 22
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MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
EDICTO
Por el presente se hace saber a la firma SIGMA AGRO S.A. que en el Expediente Nº 00702-0004717-6 caratulado: “SIGMA AGRO S.A. – Acta de Infracción 5294.-” consta la siguiente notificación: “Por la presente me dirijo a Ud a los fines de notificarle el Acta de Infracción Nº 5294 de fecha 27/08/2025 confeccionada por el área Fiscalización dependiente de esta Dirección General, por violación al art. 76 en el marco de la Ley Provincial Nº 13169. La Ley Nº 13169 art. 27 establece el pago voluntario de las infracciones (50 % del valor de la multa), por tal motivo se acompaña la boleta correspondiente en caso que Usted quiera hacer uso de dicho beneficio. Una vez abonada la misma debe enviar el comprobante de pago al mail que se encuentra debajo. En caso contrario y en mérito al derecho constitucional de defensa, podrá presentar descargo en la Secretaría de Transporte y Logística (sita en Mitre 930 Piso 3, Rosario). Quedando debidamente notificado de la presente, se le conceden 10 (diez) días hábiles a fin de realizar los trámites pertinentes, en caso contrario se iniciarán las acciones administrativas para el dictado de las Resoluciones de Multas correspondiente al acta mencionada, que en fotocopia acompaña a la presente. E-mail: fiscalizacionstafe@gmail.com . Acta Nº 5294. Atentamente. FDO.: Dra. María Verónica PINO – Directora General de Fiscalización y Servicios Administrativos – Secretaría de Transporte y Logística – Ministerio de Desarrollo Productivo.-” Saludo a Ud. con atenta consideración.-
S/C 48748 Abr. 20 Abr. 21
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MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
EDICTO
Por el presente se hace saber al señor KEGALJ FRANCO ARIEL que en el Expediente Nº 00702-0004145-9 caratulado: “ KEGALJ FRANCO ARIEL – Acta de Infracción 3690.-” consta la siguiente notificación: “Por la presente me dirijo a Ud a los fines de notificarle el Acta de Infracción Nº 3690 de fecha 24/12/2024 confeccionada por el área Fiscalización dependiente de esta Dirección General, por violación al art. 76 en el marco de la Ley Provincial Nº 13169. La Ley Nº 13169 art. 27 establece el pago voluntario de las infracciones (50 % del valor de la multa), por tal motivo se acompaña la boleta correspondiente en caso que Usted quiera hacer uso de dicho beneficio. Una vez abonada la misma debe enviar el comprobante de pago al mail que se encuentra debajo. En caso contrario y en mérito al derecho constitucional de defensa, podrá presentar descargo en la Secretaría de Transporte y Logística (sita en Mitre 930 Piso 3, Rosario). Quedando debidamente notificado de la presente, se le conceden 10 (diez) días hábiles a fin de realizar los trámites pertinentes, en caso contrario se iniciarán las acciones administrativas para el dictado de las Resoluciones de Multas correspondiente al acta mencionada, que en fotocopia acompaña a la presente. E-mail: fiscalizacionstafe@gmail.com . Acta Nº 3690. Atentamente. FDO.: Dra. María Verónica PINO – Directora General de Fiscalización y Servicios Administrativos – Secretaría de Transporte y Logística – Ministerio de Desarrollo Productivo.-” Saludo a Ud. con atenta consideración.
S/C 48750 Abr. 20 Abr. 21
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TRIBUNAL DE CUENTAS
EDICTO
Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber a la Comuna de El Toba, que en autos caratulados: Expediente Nro. 00901-0139938-1 – TCP-SIE S/ Resolución de S.II Nro. 1268 de fecha 18/12/2025, referido a los fondos otorgados en concepto de “Resolución N.º 888/24 – Adquisición de Rodado Automotor”, descargado por el Ministerio de Gobierno e Innovación Pública, en el Balance de Movimiento de Fondos correspondiente al trimestre Abril a Junio de 2025, la cuál en su parte pertinente establece: “VISTO:... CONSIDERANDO: , RESUELVE: Artículo 1º: Emplazar a la responsable para que dentro del término de 15 (quince) días hábiles a contar desde la fecha de recepción de la presente, contesten por escrito los reparos formulados acompañando documentos y probanzas suficientes, bajo apercibimiento de dictar resolución definitiva formulando el cargo con más sus intereses los que serán calculados conforme lo establecido por la Resolución Nº 48/03 TCP y modificatoria Resolución R Nº 10/16 TCP y oportunamente ejecutarlo. Artículo 2do.: Regístrese, notifíquese y resérvese hasta el vencimiento del término acordado” Fdo.: CPN Oscar M. Biagioni – Presidente / Dr. Marcelo Luis Terenzio- Vocal / CPN María del Carmen Crescimanno – Vocal / CPN María Juliana Salas – Secretaria Sala II”.
S/C 48752 Abr. 20 Abr. 21
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TRIBUNAL DE CUENTAS
EDICTO
Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber al SAMCO de Fortín Olmos y a los integrantes de la Comisión Ejecutiva, que en autos caratulados: Expediente Nro. 00901-0136763-6 – TCP-SIE S/ Resolución de S.II Nro. 1318 de fecha 22/12/2026, en concepto de “Res. N.º 17/11 TCP” – SAF 1. El monto total transferido fue declarado como descargo por el Ministerio de Salud, en el Balance de Movimiento de Fondos correspondiente al trimestre Octubre a Diciembre de 2024, la cuál en su parte pertinente establece: “VISTO:... CONSIDERANDO: , RESUELVE: Artículo 1º: Formular cargo al SAMCO FORTÍN OLMOS y a los integrantes de la Comisión Ejecutiva, Presidente: Sr. ACEVEDO, RODRIGO AGUSTÍN, Tesorero: Sr. MANSILLA, AGUSTÍN y Secretaria: Sra. SÁNCHEZ LIRIA RAMONA, por la suma de pesos un millón sesenta y nueve mil setecientos sesenta y siete con cincuenta centavos ($1.069.767,50.-) según lo establecido en la Resolución N° 0048/03 TCP, modificada por Resolución R N° 10/16 TCP, conforme surge del siguiente detalle:
IMPORTE OBSERVADO $436.500,83.-
MÁS INTERESES $633.266,67.-
(desde 13/10/2023, fecha en que se debió rendir cuentas, hasta la fecha en que la Sala resuelve formular el cargo.18/12/2025 Fecha de tasa de interés considerada.)
IMPORTE POR EL QUE SE FORMULA EL CARGO $1.069.767,50.-
S/C 48753 Abr. 20 Abr. 21
Artículo 2º: Intimar al responsable para que, dentro de los treinta (30) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente resolución, proceda a reintegrar el importe correspondiente al cargo formulado en el artículo precedente, bajo apercibimiento de dar intervención a Fiscalía de Estado, conforme a lo dispuesto por el artículo 224º de la Ley de Administración, Eficiencia y Control del Estado. Dicho importe deberá depositarse en la Cuenta Oficial Nº 599-0009001/04 – Nuevo Banco de Santa Fe S.A. - CBU N.º 3300599515990009001042 – CUIT 30-67461985-1 – Superior Gobierno de Santa Fe – Rentas Generales y comunicarse a este Tribunal de Cuentas la realización del mismo mediante remisión de la respectiva constancia bancaria. Artículo 3º: Hacer saber que: “Contra los fallos y resoluciones dictados por las Salas en los Juicios de Cuentas y Responsabilidad, procederá el Recurso de Revocatoria ante la Sala que dictó la resolución y de Apelación ante el Tribunal de Cuentas en Acuerdo Plenario, los que deben interponerse dentro de los diez (10) días de notificada la resolución impugnada y fundamentarse en el mismo acto.” (artículo 238º de la Ley N.º 12510, reglamentado por este Tribunal de Cuentas mediante Resolución N.º 006/06 y su modificatoria Resolución R N.º 13/16). Artículo 4º: Regístrese, notifíquese y resérvese hasta el vencimiento del plazo acordado.¨ Fdo.: CPN Oscar M. Biagioni – Presidente / CPN. Sergio O. Beccari - Vocal / CPN María del Carmen Crescimanno – Vocal / CPN María Juliana Salas – Secretaria Sala II”.
Saludo Atentamente.
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MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
EDICTO
Por el presente se hace saber a la firma FREIXAS PERKINS JOAQUIN que en el Expediente Nº 00702-0005052-7 caratulado: “Freixas Perkins Joaquin – Acta de Infracción 5872.-” consta la siguiente notificación: “Por la presente me dirijo a Ud a los fines de notificarle el Acta de Infracción Nº 5872 de fecha 20/11/2025 confeccionada por el área Fiscalización dependiente de esta Dirección General, por violación al art. 76 en el marco de la Ley Provincial Nº 13169. La Ley Nº 13169 art. 27 establece el pago voluntario de las infracciones (50 % del valor de la multa), por tal motivo se acompaña la boleta correspondiente en caso que Usted quiera hacer uso de dicho beneficio. Una vez abonada la misma debe enviar el comprobante de pago al mail que se encuentra debajo. En caso contrario y en mérito al derecho constitucional de defensa, podrá presentar descargo en la Secretaría de Transporte y Logística (sita en Mitre 930 Piso 3, Rosario). Quedando debidamente notificado de la presente, se le conceden 10 (diez) días hábiles a fin de realizar los trámites pertinentes, en caso contrario se iniciarán las acciones administrativas para el dictado de las Resoluciones de Multas correspondiente al acta mencionada, que en fotocopia acompaña a la presente. E-mail: fiscalizacionstafe@gmail.com . Acta Nº 5872. Atentamente. FDO.: Dra. María Verónica PINO – Directora General de Fiscalización y Servicios Administrativos – Secretaría de Transporte y Logística – Ministerio de Desarrollo Productivo.-” Saludo a Ud. con atenta consideración.
S/C 48749 Abr. 20 Abr. 21
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MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
EDICTO
Por el presente se hace saber a la firma ASTRADA ÁNGEL SANTIAGO que en el Expediente Nº 00702-0005150-4 caratulado: “Astrada Ángel Santiago – Acta de Infracción 6031.-” consta la siguiente notificación: “Por la presente me dirijo a Ud a los fines de notificarle el Acta de Infracción Nº 6031 de fecha 09/12/2025 confeccionada por el área Fiscalización dependiente de esta Dirección General, por violación al art. 76 en el marco de la Ley Provincial Nº 13169. La Ley Nº 13169 art. 27 establece el pago voluntario de las infracciones (50 % del valor de la multa), por tal motivo se acompaña la boleta correspondiente en caso que Usted quiera hacer uso de dicho beneficio. Una vez abonada la misma debe enviar el comprobante de pago al mail que se encuentra debajo. En caso contrario y en mérito al derecho constitucional de defensa, podrá presentar descargo en la Secretaría de Transporte y Logística (sita en Mitre 930 Piso 3, Rosario). Quedando debidamente notificado de la presente, se le conceden 10 (diez) días hábiles a fin de realizar los trámites pertinentes, en caso contrario se iniciarán las acciones administrativas para el dictado de las Resoluciones de Multas correspondiente al acta mencionada, que en fotocopia acompaña a la presente. E-mail: fiscalizacionstafe@gmail.com . Acta Nº 6031. Atentamente. FDO.: Dra. María Verónica PINO – Directora General de Fiscalización y Servicios Administrativos – Secretaría de Transporte y Logística – Ministerio de Desarrollo Productivo.-” Saludo a Ud. con atenta consideración.
S/C 48747 Abr. 20 Abr. 21
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MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
DISPOSICION Nº 06
SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 16 de Abril de 2026.
VISTO:
El Expediente Nº 00215-0019648-0 del Registro del Sistema de Información -MINISTERIO DE JUSTICIA y SEGURIDAD- mediante el cual se gestiona el reconocimiento de horas de capacitación continúa para el IV Congreso Internacional sobre Mediación, Online Dispute Resolution (ODR) e Inteligencia Artificial, organizado por ODR Latinoamericana, a celebrarse entre los días 21, 22 y 23 de Abril de 2026, bajo modalidad online; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Director de ODR Latinoamerica inicia las presentes actuaciones solicitando se homologuen horas de capacitación continúa a aquellos mediadores/as y comediadores/as inscriptos/as en el Registro Provincial de Santa Fe, que asistan al “Congreso Internacional sobre Mediación, Online Dispute Resolution (ODR) e Inteligencia Artificial”;
Que, dicho evento es organizado por ODR Latinoamérica, red social sin fines de lucro, dedicada a la difusión de las nuevas tecnologías aplicadas a la resolución de conflictos y tiene como objetivo principal ofrecer a la comunidad una experiencia innovadora junto a los mejores expertos internacionales, incorporando a las tecnologías ya conocidas, tecnologías emergentes que aun no forman parte de la practica habitual;
Que, se acompaña en las presentes programa de dicho evento, el cual se llevara adelante en tres jornadas de trabajo, que contara con la participación de distintos expertos en la materia;
Que, el Artículo 1 de la Ley N° 13151 declara de "interés público, la utilización, promoción, difusión y desarrollo de métodos no adversariales y desjudicializados de resolución de conflictos”;
Que, por su parte, los Artículos 24 y 25 de Ley Nº 13151 regulan los requisitos exigidos para ser mediador/a del que surgen entre otros, estar inscripto en el Registro de Mediadores y Comediadores del Ministerio de Justicia y Seguridad y contar con Capacitación en Mediación;
Que, el Decreto Reglamentario N° 184/19 establece que la inscripción en el registro durara tres (3) años y que para mantenerse inscripto deberá acreditar antes del vencimiento de dicho plazo (60) horas de capacitación continua en Mediación homologadas por el Ministerio de Justicia de la Nación y/o por la Dirección Provincial de Mediación, dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad;
Que, el Anexo IV del Decreto N° 1747/11 establece que la Dirección homologara cursos de Capacitación Continua cuando los mismos sean superadores del curso básico de mediación y presenten como objetivos, entre otros, la promoción de la reflexión sobre la practica de la mediación, la profundización en el conocimiento de técnicas fundamentales de la mediación, el conocimiento y reflexión sobre nuevos enfoques y, la difusión y análisis de nuevas metodologías;
Que se desprende que los objetivos y programa acompañado cumplen con los requisitos de aspecto técnico pedagógico del Anexo IV del Decreto Nº 1747/11, siendo válidos para acreditar capacitación continua en los términos de los artículos 24 y 25 de Ley Nº 13151 y sus Decretos Reglamentarios Nº 1747/11, Nº 4688/14 y Nº 184/19, presentando técnicas innovadoras para el ejercicio de la mediación;
Que obra informe de la Coordinadora de Desjudicializaación de la Solución de Conflictos Interpersonales, aconsejando homologar como Capacitación Continua el curso mencionado;
Que en consecuencia, la presente se dicta en uso de las facultades establecidas en el Artículo 2 del Decreto N°1747/11, Decreto N°149/23 y la estructura orgánico funcional del Ministerio de Justicia y Seguridad según Decreto N°146/23;
POR ELLO:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE MEDIACIÓN
DISPONE:
ARTICULO 1º: Reconocer a la formación desarrollada en el “Congreso Internacional sobre Mediación, Online Dispute Resolution (ODR) e Inteligencia Artificial. Descubriendo la Mediación Agéntica” organizado por ODR Latinoamericana, a celebrarse entre los días 21, 22 y 23 de Abril de 2026, bajo modalidad online; como válida para acreditar 10 (diez) horas de capacitación continua en materia civil y comercial, conforme Artículo 24 y 25 de la Ley Nº 13151/10, y el Anexo IV del Decreto Nº 1747/11, Nº 4688/14 y Nº 184/19.
ARTICULO 2º: Establézcase que la acreditación de las horas de capacitación continua enunciadas en el Articulo 1 de la presente, se efectuará con la presentación de las constancias emitidas por la entidad organizada.
ARTICULO 3º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archivese.
S/C 48755 Abr. 20 Abr. 22
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