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ROSARIO
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JUZGADO DE PRIMER INSTANCIA
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Cial de la 22ª Nominación de Rosario, en autos: RUIZ MORENO, LAUTARO DANIEL s/PEDIDO DE QUIEBRA; 21-03004077-2 (58/2026), por auto Nº 27 de fecha 13/03/2026, se ha declarado la quiebra de Ruiz Moreno, Lautaro Danuel, DNI 41.108.116, con domicilio real en calle San Juan de luz Nº 7933 de Rosario. El nombre del síndico y las fechas para la presentación de solicitudes de verificación y para los informes individuales y general se harán saber por otro edicto. Públíquese por 5 días en el BOLETIN OFICIAL. Dra. Gabriela Patricia Almara, secretaria.
$ 1 557653 Abr. 7 Abr. 13
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La Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9ª Nominación de Rosario informa que en los autos OTTA, JENARO s/PEDIDO DE QUIEBRA; 21-02992797-6 (212/2025), por Resolución Nº 114 de fecha 12.03.2026, se declaró la quiebra directa de Jenaro Otta, DNI Nº 34.118.896, con domicilio en calle Urquiza 1220 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe. Queda prohibido hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. Se ordena al fallido entregar al síndico sus bienes (con la única excepción de los excluidos del desapoderamiento) y a los terceros a hacer lo mismo con los bienes de aquella. El nombre del síndico y las fechas para la presentación de solicitudes de verificación, y para los informes individuales y general se harán saber por otro edicto. Publíquense por 5 días en el BOLETIN OFICIAL. Rosario. Veronica A. Accinelli, secretaria.
$ 1 557628 Abr. 7 Abr. 13
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Se hace saber que en los autos: RUIZ MELODY s/M.EXCEPCIONAL - RECONSTRUCCIÓN CUIJ Nº 21-11003834-5, Juzg. Unipersonal de Familia Nº 8, se ha ordenado notificar a la Sra. JAQUELINA VANESA VEGA D.N.I. Nº 28.727.088, mediante edictos la resolución que a continuación se transcribe: Nº 186 de fecha 12/03/26. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Ratificar la Resolución Definitiva Nº 12/24 dictada el 17 de enero de 2024, por la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2ª Circunscripción, respecto de Melody Nerea Ruiz Díaz, con datos acreditados en autos, y la Disposición administrativa 45/16 por la que se adoptó. 2) Determinar que la propuesta de medida definitiva es Privación de la Responsabilidad Parental y Tutela de Melody Nerea Ruiz Díaz a favor de Roberto Rolando Medina. 3) Citar a Jaquelina Vanesa Vega, DNI 28.727.088 y a Pablo Javier Ruiz Díaz, DNI 29.619.546, a comparecer a estar a derecho, expedirse sobre la propuesta de medida definitiva y ofrecer prueba, en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación (art. 66 bis ley 12.967). 4) Dar intervención a la Defensora General. 5) Hacer saber a la autoridad de aplicación la necesaria observancia de los plazos legales, así como el estricto cumplimiento de los requisitos formales, conforme lo señalado en los considerandos. 6) Comunicar a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia y a la Defensoría Provincial de Niñas, Niños y Adolescentes. Insértese, agréguese copia y hágase saber. Fdo. Dra. Alejandra Marcyniuk, (Secretaria); Dra. Gabriela Topino, Jueza. El presente edicto se publicará sin cargo atento así lo dispone el sr. juez de Trámite. Dra. Ma. Alejandra Marcyniuk, secretaria.
$ 1 557714 Abr. 7 Abr. 13
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Por disposición del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual Nº 6 de la ciudad de Rosario, en los autos caratulados: JASMIN, SOCORRO VERONICA VIVIANA c/CAPPA, GUSTAVO ALEJANDRO Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; (CUIJ Nº 21-11884485-5) se ha ordenado la publicación de los presentes edictos en el BOLETÍN OFICIAL, a los efectos de hacer conocer el siguiente decreto: ROSARIO, 05 de Marzo de 2026; Atento que la ca-demandada CELINA ANAHÍ OJEDA, no compareció a estar a derecho, pese a encontrarse debidamente notificada según acompañado en escrito cargo Nº 1392/2026, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláresela rebelde. NOTIFÍQUESE POR EDICTO. Fdo. Dr. Christian Bitetti (Secretario); Dra. Jorgelina Entrocasi (Jueza).
$ 100 557689 Abr. 7 Abr. 9
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El Juzgado de Familia Nº 2 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, a cargo de la Dra. Silvina García, Secretaría a cargo de la Dra. Perrulli, sito en calle Balcarce Nº 1651, de la ciudad de Rosario, hace saber que en los autos caratulados: ANSALDI ANAHI BELEN c/ROMERO FEDERICO LUCIANO s/DIVORCIO; CUIJ 21-11457187-0, con fecha 04 de septiembre de 2025, se ha dictado el siguiente decreto: Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado con patrocinio letrado. Dese la participación legal que por derecho corresponda. Jueza de Trámite: Dra. SILVINA I. GARCIA. Por interpuesta petición de divorcio y formulada propuesta reguladora. Agréguense las constancias acompañadas. De la petición de divorcio: Hágase saber. A los efectos de fijar la fecha de retroactividad de la sentencia, aclaren las partes día, mes y año de separación de hecho de conformidad con lo dispuesto por el art. 480 del CCyCN. De la propuesta reguladora: traslado por diez días. Notifíquese por cédula con transcripción del artículo 438 del Código Civil y Comercial. Hágase saber a las partes que ante la falta de contestación a la propuesta efectuada las pretensiones vinculadas a los efectos del divorcio deberán ser articuladas por separado y por el trámite correspondiente. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien lo atienda o de vecinos si el mismo vive o trabaja allí y sólo en caso afirmativo procederá a efectuar la notificación, bajo apercibimiento de nulidad de la misma, dejando asentado en la diligencia efectuada dicho informe. Notifíquese con copia de la propuesta en los términos del art. 25 del CPCC. y otro decreto de fecha 04 de febrero de 2026: Por recibido. Agréguense las cédulas sin diligenciar y el informe del RENAPER. Téngase presente lo manifestado. Como lo solicita, emplácese al demandado por edictos que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL tres veces, venciendo el término para comparecer cinco días después de la última publicación (artículo 73 CPCCSF). Acompañe despachos a la firma. Fdo. Dra. García Jueza y Dra. Lenarduzzi Pro Secretaria. Publíquese sin cargo alguno en virtud del patrocinio letrado ejercido por la Defensoría General Zonal N° 5. Secretaría, de febrero de 2026.
$ 1 557602 ABr. 7 Abr. 9
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En los autos: DEMARCHI, OSCAR ANTONIO c/FERNANDEZ, ALBERTO EDGARDO Y OTROS s/DAÑOS Y
PERJUICIOS; CUIJ 21-11894778-6, en trámite por ante el Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual N° 8, de la ciudad de Rosario, se hace saber que se cita y emplaza al Sr. FERNANDEZ ALBERTO EDGARDO, a los fines de comparecer a estar a derecho en el término de 10 (diez) días. A continuación, se transcriben el decreto que así lo ordena: ROSARIO, 26 de noviembre de 2025. Atento lo solicitado y constancias en autos, notifíquese al demandado FERNANDEZ ALBERTO EDGARDO a comparecer a estar a derecho por medio de edictos los que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67, 69 73 y 548 del C.P.C.C. Fdo. Dra. VALERIA BARTOLOME {Prosecretaria); Dr. IGNACIO V. AGUIRRE, (Juez).
$ 100 557609 Abr. 7 Abr. 9
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Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual Nº 6 SEC. UNICA, Secretaría a cargo de la autorizante, se ha ordenado: ROSARIO, Atento lo solicitado cítese por edictos al Sr. Diego Arnaldo Centurion, para que comparezca a estar a derecho, por sí o por apoderado, dentro del término de tres días y bajo apercibimientos de ley, publicándose los mismos en el diario BOLETIN OFICIAL. Fdo. Dr. CHRISTIAN BITETTI (SECRETARIO); Dra. JORGELINA ENTROCASI (JUEZA). Autos caratulados: SACCHI, DIEGO JESUS c/CENTURION, DIEGO ARNALDO Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; CUIJ Nº 21-11893229-0. Rosario, 23 de Febrero de 2026. Dr. Christian Bitetti, secretario.
$ 100 557501 Abr. 7 Abr. 9
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Se hace saber que en los autos: RAMPELLO, VICENTE Y OTROS s/MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL; CUIJ Nº 21-11448000-9, Juzg. Unipersonal de Familia Nº 8, se ha ordenado notificar al Sr. Iván Javier Meyer Chávez, DNI 31.970.952. mediante edictos la resolución que a continuación se transcribe: Nº 155 de fecha 10/03/2026. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Ratificar la Orden 32/25 por la que el 4/4/25 la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia adoptó la Medida de Protección Excepcional de Derechos con Vicente Rampello, con datos acreditados en autos, la Disposición 121/25 por la que el 5/5/25 la regularizó y el acto administrativo 289/25 por el que el 26/11/25 resolvió de manera definitiva sugiriendo la declaración del niño en situación de adoptabilidad del niño y la Privación de responsabilidad parental de ambos padres respecto de él. 2) Determinar que la propuesta de medida definitiva es declaración en situación de adoptabilidad de Vicente Rampello, DNI 70.509.711 y Privación de Responsabilidad Parental de Carla Julieta Rampello, DNI 36.656.960 e Iván Javier Meyer Chávez, DNI 31.970.952. 3) Citar a comparecer a Carla Julieta Rampello, DNI 36.656.960 e Iván Javier Meyer Chávez, DNI 31.970.952, a estar a derecho, expedirse sobre la propuesta de medida definitiva y ofrecer prueba, en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación (art. 66 bis ley 12.967). 4) Dar intervención a la Defensora General. 5) Comunicar a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia y a la Defensoría Provincial de Niñas, Niños y Adolescentes. Insértese, agréguese copia y hágase saber. Dra. María Alejandra Marcyniuk (Secretaria); Dra. Sabina Margarita Sansarricq (Jueza E/S). El presente edicto se publicará sin cargo atento así lo dispone el sr. juez de trámite. Dra. Ma. Alejandra Marcyniuk, secretaria.
$ 1 557514 Abr. 7 Abr. 9
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Por disposición del Juzgado Unipersonal de Respons. Extrac. Nº 1 de la ciudad de Rosario, dentro de los autos caratulados VALLE JORGE ALBERTO c/ORTIZ NESTOR FABIAN Y OTROS s/DAÑOS; (CUIJ 21-11629541-2), se ha dispuesto citar y emplazar a NESTOR JORGE MANCINELLI (D.N.I. Nº 11.333.882) a los fines de comparecer a estar a derecho en el término de 20 días. A continuación se transcriben los decretos pertinentes: ROSARIO, 14 de Mayo de 2018; Venidos los autos en el día de la fecha, se provee: Téngase presente el domicilio denunciado del testigo Cosimano, debiéndose practicar allí las pertinentes notificaciones. A lo demás, por presentado, con domicilio constituido, en el carácter acreditado con poder especial obrante en autos. Agréguese la boleta colegial y el sellado repuesto. Por iniciada la presente demanda de DAÑOS Y PERJUICIOS. Emplácese al demandado ORTIZ NESTOR FABIAN y a la citada en garantía SEGUROS BERNARDINO RIVADAVIA COOPERATIVA LIMITADA a que comparezcan a estar a derecho y contestar demanda, dentro del término de veinte días, bajo apercibimiento del art. 551 del CPCC con entrega de copias. Por ofrecida prueba. Al embargo solicitado: previamente, aclare respecto a la titularidad del vehículo que pretende embargar. Martes y Viernes para notificaciones en la oficina. Juez de Trámite: Dra. Mariana Varela. Notifíquese por cédula. Fdo. Dra. Mariana Varela (Jueza) - Dr. Juan Carlos Miranda (Secretario). OTRO: ROSARIO, 04 de Agosto de 2021; Venidos los autos el día de la fecha se agrega escrito suelto Nº 19006/21, y se provee: Al escrito Nº 18305/21: Téngase presente. Agréguense las constancias acompañadas. Amplíese el proveído de fecha 14 de Mayo de 2018 teniendo por iniciada la demanda contra NÉSTOR JORGE MANCINELLI. Emplácese para que comparezca a estar a derecho y a contestar demanda, dentro del término de veinte días, bajo apercibimientos del art. 551 del CPCC, con entrega de copias. Procédase a la modificación del registro informático, agregándose como demandado a Néstor Jorge Mancinelli. NOTIFÍQUESE POR CÉDULA CONJUNTAMENTE CON DECRETO DE FECHA 14 DE MAYO DE 2018. Al escrito Nº 19006/21: como lo solicita. Fdo. Dra. Mariana Varela (Jueza); Dra. Eliana Gutierrez White (Secretaria). OTRO: En la ciudad de Rosario, y en la fecha asignada en el sistema de gestión SISFE (CSJSF, Acta Nº 14 del 13/05/20, pto. XV). Agréguense las constancias en copia acompañadas. Téngase presente lo manifestado. Notifíquese al demandado NESTOR JORGE MANCINELLI (D.N.I. Nº 11.333.882) mediante EDICTOS, los cuales se publicarán por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL y en la nueva sección “Edictos” del sitio web institucional del Poder Judicial, conforme lo dispuesto pór el art. 73 CPCCSF y lo resuelto por la CSJSF en el Acuerdo celebrado en fecha 11/02/2025, Acta Nº 3. Hágase saber que en el cuerpo del edicto deberá hacerse saber al demandado NESTOR JORGE MANCINELLI que se lo cita y emplaza a los fines de comparecer a estar a derecho en el término de 20 días y que deberán transcribirse los decretos de fecha 14 de mayo de 2018, 04 de agosto de 2021 y el presente proveído. Fdo. Dra. Analía N. Mazza, Jueza en Suplencia. ROSARIO, 05 de marzo de 2026.
$ 200 557496 Abr. 7 Abr. 9
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Por disposición del Juez a cargo del Juzgado 1ª Inst. Civil y Comercial 12ª Nominación de Rosario, Dr. FABIAN E. DANIEL BELLIZIA, se hace saber que en los autos BARRETO, FRANCISCO RICARDO RAFAEL s/CONCURSO PREVENTIVO HOY QUIEBRA; CUIJ 21-02872905-4 de trámite por ante el Juzg. 1ª Inst. Civil y Comercial 12ª Nom. de Rosario, Santa Fe, se ha dictado siguiente Auto Nº 526: Rosario, 30/10/2025. Y VISTOS: En los autos caratulados BARRETO FRANCISCO RICARDO RAFAEL sobre CONCURSO PREVENTIVO -HOY. QUIEBRA-, CUIJ 21-02872905-4, en trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 12ª Nominación de Rosario, Santa Fe, venidos a despacho atento la solicitud de clausura y conclusión formulada por el apoderado del fallido a fs. 972, vista contestada por la Sindicatura, dentro de los autos, constancias obrantes y normas pertinentes; Y CONSIDERANDO: Mediante escrito cargo Nº 8124/2025 del 22/08/2025 el fallido peticiona que según las constancias de autos corresponde la petición de clausura y dictado de manera conjunta, la resolución de conclusión. Contesta la vista la Sindicatura indicando que nada tiene que oponer, prestando su conformidad (vid. Escrito cargo Nº 9253/2025 de fs. 974). Cabe destacar que se dictó la Resolución Nº 603 del 25/11/2024 en la cual se ordenó aprobar el proyecto de distribución e informe final; se regularon honorarios (Resolución Nº 809 del 30/10/2023), el cual se encuentra confirmado por la Excma. Cámara de Apelación Civil y Comercial de Rosario -Sa1a II- (Acuerdo Nº 25 del 08/03/2024). Satisfechos los honorarios y aportes de los profesionales y Sindicatura intervinientes en el proceso, abonado el sellado de ley y las acreencias a la totalidad de los acreedores, corresponde declarar la conclusión de la quiebra por pago total conforme lo normado por el art. 228 1° párrafo LCQ. Esta conclusión -por pago total- representa el escenario de culminación del procedimiento falencial, puesto que evidencia la suficiencia patrimonial de la fallida para extinguir, en su totalidad, las deudas reconocidas en el concurso. Conforme las constancias de autos, RESUELVO: 1) Disponer la CLAUSURA y CONCLUSION por pago total del procedimiento liquidativo del patrimonio del Sr. Francisco Ricardo Rafael Barreto, DNI 30.560.810, por distribución final; 2) Oficiar al Registro de Procesos Concursales a efectos de que tome razón, dejándose constancias que se envía vía SISFE en este acto; 3) Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL por el término de un día dando a conocer la presente (cf. Art. 274 LCQ); 4) Fecho, ordénese el levantamiento de la pertinente inhibición general; 5) Insértese y hágase saber. (Autos: BARRETO FRANCISCO RICARDO RAFAEL sobre CONCURSO PREVENTIVO -HOY QUIEBRA-, CUIJ 21-02872905-4 - Dra. ELISABET FELIPPETTI Secretaria Subrogante - Dr. FABIAN E. DANIEL BELLIZIA Juez. Elina G. Cerliani, secretaria.
$ 1 557697 Abr. 7
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Se hace saber por medio del presente edicto, que en los autos BISSOLATTI EMILIANO ANDRES c/FERNANDEZ MARIA DOLORES Y OTROS s/COBRO DE PESOS; CUIJ 21-04209724-9 en trámite Por ante el Juzgado. 1ª Inst. Civil y Comercial l0ª Nominación de Rosario a cargo de los Dres. Marianela Maulion (Secretaria); Dr. Mauro R. Bonato (Juez), se ha dictado decreto en fecha 24/6/2026 en donde de ordena publicar edictos conforme lo normado por el art 567 CPCC STA FE. Se aportan DATOS DEL CAUSANTE: FERNANDEZ MARIA DOLORES DNI 4.104.856. Se transcribe a continuación el mencionado: ROSARIO, 24 de JUNIO de 2025. Agréguese la cédula acompañada. Únanse por cuerda los autos FERNANDEZ MARIA DOLORES s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; CUIJ Nº 21-02979311-2 y los autos FERNANDEZ MARIA DOLORES s/NOMBRAMIENTO DE ADMINISTRADOR; CUIJ Nº 21-02979793-2.
Hágase saber el Juez que va a entender. Debido a la diferencia de procedimiento del juicio que fuera iniciado por ante el fuero laboral y el procedimiento que corresponde aplicar en este Juzgado, hágase saber a las partes que el presente tramitará por el procedimiento de JUICIO ORDINARIO. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos Civiles, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación recomendado por Acuerdo Ordinario Acta 48/2017 de fecha 5 de diciembre de 2017 de la Excma. Suprema Corte de la Provincia de Santa Fe. Se hace saber que se ha dejado constancia en el juicio sucesorio de la presente causa. Corresponde dar participación a la parte actora en el juicio sucesorio al único fin de tomar conocimiento de la composición del patrimonio, y para que, eventualmente, peticione lo que considere pertinente en el juicio en el que es parte en resguardo de su presunta acreencia. Se hace saber asimismo que los herederos declarados podrán comparecer en el juicio aludido, pero no por derecho propio sino en su calidad de herederos del deudor, unificando personería. A tal fin, notifíquese en el domicilio ad litem del apoderado en el sucesorio para que dentro del término de cinco días informe los domicilios reales de los herederos, y en su caso, exprese cuanto hiciere al derecho de sus poderdantes. Sin perjuicio de ello, deberán publicarse edictos conforme a lo normado por el art. 597 CPCC. Fdo. Dra. Marianela Maulion (Secretaria); Dr. Mauro R. Bonato (Juez).
$ 100 557683 Abr. 7 Abr. 9
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 5ª Nominación de Rosario, en los autos caratulados: GALETTO, IGNACIO c/FARINOLA, PORZIA NELI Y OTROS s/ESCRITURACION; CUIJ Nº 21-02980585-4, se ha ordenado publicar Edicto en el BOLETIN OFICIAL según art. 73 del CPCCSTAFE con transcripción que así lo Ordena respecto de los codemandados ÁVILA JOSEFINA AYDEE, y QUIROGA ALBERTO FABIAN: ROSARIO, 02 de Marzo de 2026. No habiendo comparecido las partes demandadas a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, decláraselas rebeldes, y prosiga el juicio sin su representación. Fíjase fecha para cualquier, día y hora hábil a efectos del sorteo de un Defensor de Oficio para los codemandados Avila Josefina Aidee y Quiroga Alberto Fabián. Notifíquese por cédula y por edictos. Hágase saber al Oficial Notificador que deberá cumplimentar correctamente el art. 63 C.P.C.C., y a los fines de preservar el derecho de defensa en caso de no encontrar el requerido deberá preguntar a los habitantes del domicilio, o -en caso de no encontrar a nadie- a los vecinos si el destinatario efectivamente vive en el lugar dejando constancia de haber realizado tal diligencia y las respuestas Obtenidas. CUIJ Nº 21-02980585-4. Fdo. Dra. Lucrecia Mantello (Jueza); Dra. Silvina Rubulotta, (Secretaria). Rosario, 9 de Marzo de 2026.
$ 100 557623 Abr. 7 Abr. 9
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Por disposición del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NOVENA NOMINACION DE LOS TRIBUNALES ORDINARIOS DE ROSARIO, a cargo de la Dra. María Fabiana Genesio (Jueza), Secretaría de la Dra. Verónica Accinelli, en los autos caratulados CARLINI NORBERTO OSVALDO c/PARRINI JOSE s/DAÑOS Y PERJUICIOS; CUIJ 21-01364234-3, se ha dispuesto la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL a los fines de comunicar el siguiente decreto: Rosario, 9 de marzo de 2026. Habiéndose agotado todas las diligencias posibles para averiguar el domicilio real del Sr. Jorge Aiello y atento a que de las constancias de autos surge que en las direcciones notificadas el demandado no vive, por lo que se entiende que posee domicilio desconocido, notifíquese por edictos, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y designársele defensor de oficio. Fdo. Dra. María Fabian Genesio (Jueza); Dra. Verónica Accinelli (Secretaria). Rosario, 31 de Marzo de 2026.
$ 100 557637 Abr. 7 Abr. 9
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Por disposición del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO CIVIL Y COMERCIAL N° 3 DE LOS TRIBUNALES ORDINARIOS DE ROSARIO, Juzgado a cargo del Dr. Ezequiel Zabale, Secretaría del Dr. Federico Lema, en los autos IGLESIA CRISTIANA PENTECOSTAL DE ARGENTINA ASOCIACION CIVIL c/EL ESPINILLO SA INMOBILIARIA COMERCIAL FINANCIERA DE INVERSION Y MANDATO s/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA; CUIJ 21-03001828-9, se ha dispuesto la publicación de edictos por tres veces en el BOLETIN OFICIAL, a los fines de comunicar el siguiente decreto: ROSARIO, 4 de diciembre de 2025; Por presentado, domiciliado, en el carácter invocado, en mérito al poder especial acompañado. Désele la participación que por derecho le corresponda. Por iniciada acción de prescripción adquisitiva, a la que se imprimirá el trámite del juicio ordinario. Emplácese a la emprese El Espinillo SA, Inmobiliaria Comercial, Financiera de Inversión y Mandato, y/o sus sucesores y/o legatarios y/o quienes detenten la propiedad y/o a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble sito en Dante Alighieri N° 2451 de la ciudad de Granadero Baigorria, Dpto. Rosario, Provincia de Santa Fe, encontrándose empadrona en el S.C.I.T., bajo la partida de impuesto inmobiliario P.I.I. 16-02-00335415/2333 a nombre de el Espinillo S.A., al Tomo 484 B, Folio 330 al N° 114.651 del Registro General de la Propiedad de la ciudad de Rosario. Para que comparezcan a estar a derecho en el término y bajo los apercibimientos de ley. Publíquense edictos en el BOLETIN oFICIAL por tres veces, venciendo su término cinco días después de la última publicación. Líbrese oficio a la Dirección General de catastro y al Registro general de Propiedades. Acompañe informe del Registro donde conste condición jurídica del inmueble y plano firmado por profesional competente. Hágase saber que conforme lo normado por el art. 1905 in fine del Código Civil y Comercial, al momento de conferirse el traslado de la demanda, deberá oficiarse al Registro General a los fines de que se proceda a la anotación de la Litis del inmueble denunciado en autos. Cítese al Estado Nacional, Estado Provincial y a la Municipalidad de Baigorria, a fin de que hagan valer sus derechos, si los tuvieren. Acompañe informe comercial (NOSIS, Organización Veraz, etc.) donde se informe el domicilio del demandado. Asimismo, líbrese mandamiento al Sr. Oficial de Justicia a los fines de la constatación del inmueble objeto del presente juicio. Resérvese en Secretaría la documental acompañada. Fdo. Dr. FEDERICO LEMA (Secretario); Dr. EZEQUIEL ZABALE (Juez). Rosario, 11 de Marzo de 2026. Mayra Ibañez, secretaria subrogante.
$ 200 557639 Abr. 7 Abr. 9
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En autos CANOVA EDGARDO RUBEN c/LAGO ALFREDO s/PRESCRIPCION ADQUISITIVA; CUIJ 21-02970217-6, de trámite ante el JUZG. DE 1ª INSTANCIA DE CIRCUITO DE LA 3ª NOMINACION - ROSARIO, se hace saber que se dictó lo siguiente: Nº 758 - Rosario, 28 de noviembre de 2025. VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... FALLO: l. Rechazar la demanda, con costas. 2. Honorarios oportunamente, estimada que fuera la base regulatoria. Insértese, agréguese copia y hágase saber. Dra. ANA BELEN CURA, Secretaria; Dra. CECILIA A. CAMAÑO, Jueza. Dra. María Luz Mure, prosecretaria.
$ 100 557517 Abr. 7 Abr. 9
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Por disposición de Juez de Distrito Civil y Comercial de la 15ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a comparecer a estar a derecho por el término y bajo apercibimientos de nombrar defensor de oficio en su doble carácter de curador y defensor a los herederos, acreedores y/o legatarios del demandado Guillermo Ricci, (DNI desconocido) todo conforme lo dispuesto por el art. 597 del CPCC. Autos caratulados: PENSATO OSCAR JOSE Y OTROS c/RICCI GUILLERMO s/PRESCRIPCION ADQUISITIVA; EXPTE. Nº 1069/2017 - CUIJ 21-02891903-4. Fdo. Dra. María Eugenia Sapei, Secretaria; Dr. Luciano Carbajo; Juez en suplencia. Rosario, 14/04/2025. A CONTINUACIÓN SE TRANSCRIBE EL DECRETO PERTINENTE: ROSARIO, 14/04/2025. Agréguense las constancias adjuntadas -subsistencia de declaratoria de herederos-. Atento lo informado por el R.G.P., conforme facultades de saneamiento dispuestas en el art. 21 del CPCC y a fin de garantizar el principio de inviolabilidad de la defensa, previo a dictar sentencia en los presentes cítese a comparecer a estar a derecho por el término y bajo apercibimientos de nombrar defensor de oficio en su doble carácter de curador y defensor a los herederos, acreedores y/o legatarios del demandado Guillermo Ricci, todo conforme lo dispuesto por el art. 597 del CPCC. Ofíciese al RENAPER y Cámara Nacional Electoral a fin de que informe el último domicilio de los herederos llamados: Erina, Deolindo y Poldina Ricci Mengani. PENSATO OSCAR JOSE Y OTROS c/RICCI GUILLERMO s/PRESCRIPCION ADQUISITIVA; EXPTE. Nº 1069/2017 - CUIJ
21-02891903-4. Fdo. Dra. María Eugenia Sapei, Secretaria; Dr. Luciano Carbajo; Juez en suplencia. Rosario, 14/04/2025.
$ 100 557495 Abr. 7 Abr. 9
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Por disposición del Juez de 1ª Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 16ª Nominación de Rosario, se ha ordenado lo siguiente: Rosario, 09/02/2026. Informando verbalmente la Actuaria en este acto que la parte demandada herederos de Francisco Segundo CHIAPPARA y herederos de María Herminia Velloso, no han comparecido a estar a derecho, decláreselos rebeldes y prosiga el juicio sin su representación. Atento lo dispuesto por la Excma Corte Suprema de Justicia de Santa Fe mediante Acuerdo Ordinario celebrado el día 05.12.2017, Acta 48 p. 12 para sorteo de defensor de oficio desígnase la audiencia del día hábil posterior a que quede firme el presente decreto oficiándose a la Presidencia de la Excma Cámara Civil y Comercial de Rosario - vía correo electrónico por Secretaría - a tal fin. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL. Autos caratulados: MINOLDO, DIEGO Y OTROS c/CHIAPPARA, FRANCISCO SEGUNDO Y OTROS s/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA; CUIJ 21-02986122-3. Fdo. Dra. Sabrina Campbell (Jueza); Dra. María Sol Sedita (Secretaria). Rosario, 4 de Marzo de 2026. Dra. María Eugenia Libonati, prosecretaria.
$ 100 557494 Abr. 7 Abr. 9
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Tercera Nominación de Rosario, Jueza Dra. CECILIA A. CAMAÑO, Secretaría de la Dra. ANA BELÉN CURA, en los autos caratulados: PALERMO, MARTIN ADRIAN Y OTROS c/FERRUCCIO, CLAUDIO ADRIAN s/DAÑOS Y PERJUICIOS; CUIJ 21-12648123-0, al demandado, el Sr. Ferruccio, Claudio Adrián, DNI 20.286.009, se le hace saber que se ha dictado el siguiente decreto de fecha 27/02/2026: En la ciudad de Rosario y en la fecha asignada en el sistema de gestión SISFE (CSJSF, Acta N° 14 de fecha 13/05/20 pto. XV, se provee: Agréguese el edicto acompañado. Informando verbalmente la Actuaria que el demandado CLAUDIO ADRIAN FERRUCCIO, no ha comparecido a estar a derecho, decláreselo rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Fdo. Dra. Ana Belén Curá, secretaria, Jueza; Dra. Cecilia A. Camaño, Jueza. Dra. María Luz Mure, prosecretaria.
$ 100 557486 Abr. 7 Abr. 9
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 5da. Nominación, ciudad de Rosario, se cita, llama y emplaza al Sr. Mario Alberto Santoro, DNI: 10.726.020, dentro de los autos: “CONTRERAS, VIVIANA ANDREA C/ SANTORO, NORBERTO ESTEBAN Y OTROS S/ APREMIO”, CUIJ: 21-02973180-9. En efecto, se ordena: “Rosario, 23 de febrero de 2026.- De manifiesto en oficina, por el término y apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula. Dra. Silvina Rubulotta (Secretaria)”. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Rosario, 19 de Marzo de 2026.
$ 100 558165 Abr. 07 Abr. 09
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JUZGADO DE FAMILIAR
Por disposición del Juzgado Unipersonal de Familia N° 12, de la ciudad de Rosario, en los autos caratulados: “PODZIAWA, CAROLINA ALEJANDRA c/SATARAIN, GUSTAVO LUIS s/EXTINCIÓN, PRIVACIÓN, SUSPENSIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PARENTAL 21-11460838-3, hace saber que ha ordenado notificar por este medio, una vez por mes, en el lapso de dos meses, el siguiente decreto: “ROSARIO, 28 de Octubre de 2025 Téngase a la compareciente por presentada, con domicilio procesal constituido, en el carácter invocado, por derecho propio y con patrocinio letrado. Agréguese la BUIJ acompañada. Por iniciada acción de privación de responsabilidad parental y de supresión de apellido paterno, a la que se imprimirá el trámite de juicio sumario. Agréguese la documental acompañada. Dése intervención a la Defensoría General que por orden de turnos corresponda. Cítese al demandado para que en término de diez (10) días comparezca a estar a derecho, bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado el notificador deberá requerir de quien lo atienda o de vecinos, si es que el demandado vive allí y, únicamente en caso afirmativo, procederá a practicar la notificación. Asimismo, en virtud de lo normado en el Art. 70 del CcyCN, publíquese edictos una vez por mes, en el lapso de dos meses, del pedido de la actora. Acompañe informes de inexistencia de medidas precautorias respecto de Thiago Julián y Luciana Milagros Satarain “. Fdo.: Dra. MARÍA SILVIA ZAMANILLO (Secretaria) DRA. GABRIELA ESTER TOPINO (Jueza)Dra. Maria Silvia Zamanillo, secretaria.
$ 100 558107 Abr. 07
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Por disposición de la jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 18a. Nominación de Rosario, Dra. Susana S. Gueiler, secretaría a cargo de la Dra. Patricia A. Beade, se hace saber que en los autos caratulados: "JUZG. DE PRIMERA INST. DE DISTRITO CIVIL Y COMERCIAL Nº 18 DE ROSARIO S/DESTRUCCIÓN DE DOCUMENTAL - 21-01664035-9 se dictó la siguiente resolución: "Nº 71.- Rosario, 19/02/2026.- Y VISTOS: La acumulación en el Juzgado de documentales correspondientes a causas que no registran actividad procesal desde un tiempo considerable -diez años o más- genera incovenientes operativos de importancia. Por tal motivo se hace necesario adoptar medidas conducentes a un mejor aprovechamiento del espacio físico disponible, lo que redundará en una mejor prestación del servicio judiciario. Y CONSIDERANDO: A tales fines, y sin perjuicio de lo que oportunamente se resuelva sobre otros documentales, se procederá a la destrucción de toda documentación y cualquier otro sobre presentado para su reserva dentro de expedientes en los que no se registró movimiento con posterioridad al 31 de julio de 2015, atento que no existiendo tramitación de las causas por más de diez años, el desinterés de las partes en proseguirlos ha quedado manifestado. Se fija el día 31 de mayo de 2026 como fecha límite para que todos aquellos que puedan acreditar interés legítimo sobre las documentales a destruirse, se presente ante este Juzgado, de lunes a viernes de 8 a 12hs, a efectuar el requerimiento que estimen pertinente. No se admitirá reclamo alguno con posterior a tal fecha. Por lo expuesto, RESUELVO: 1) Procédase a la destrucción de toda documentación y cualquier otro sobre presentado para su reserva dentro de expedientes en los que no se registró movimiento con posterioridad al 31 de julio de 2015. 2) Autorícese al Archivo a la destrucción de la documental referida. 3) Hágase saber que los interesados que puedan acreditar interés legítimo en alguna de esas documentales, podrán presentarse hasta el día 31 de mayo de 2026 inclusive, ante este Juzgado, de lunes a viernes de 8 a 12hs para efectuar el requerimiento que estimen pertinente. No se admitirá reclamo alguno con posterioridad a tal fecha. 4) Publíquense edictos en el Boletín Oficial tres veces en diez días, y dos avisos en el diario "La Capital" -un miércoles y un domingo-, así como también ofíciese al Colegio de Abogados de Rosario para que por su intermedio, de a conocer entre sus afiliados la presente medida por los canales habituales de comunicación, haciéndose saber que hasta el día 31 de mayo de 2026 todo profesional que acredite un interés legítimo, deberá presentarse en el Juzgado a fin del retiro de la documentación respectiva de lunes a viernes de 8 a 12hs. 5) Remítase copia de la presente a la Presidencia de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Rosario, a fin de que por su digno intermedio se haga llegar la presente a la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, a sus efectos. Insértese y hágase saber.". [Fdo. Dra. Susana S. Gueiler (Jueza) Dra. Patricia A. Beade (Secretaria)]. Rosario, 09-03-2026. Publicacion sin cargo.
S/C 557493 Abr. 07 Abr.09
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar y emplazar a los codemandados Nestor Hugo Peralta DNI 16.401.270, y Mónica Susana Estela Vallejos DNI 20.550.751 para que comparezcan a estar a derecho por edictos que se publicarán tres veces en el Boletín Oficial, venciendo el término cinco días después de la última publicación, bajo apercibimiento de declarárselos rebeldes. Autos caratulados: “TRUCCO, DAVID JUAN DE DIOS C/ VALLEJOS, GLADIS ISABEL Y OTROS SIJUICIO EJECUTIVO"(CUIJ N° 21-02980010-0). Rosario, 06/03/2026. Dra. Maria Eugenia Libonati, Prosecretaria.
$ 100 557492 Abr. 07 Abr. 09
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito de Ejecución Civil de la 2da Nominación ele Rosario, se ha ordenado citar a ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS SRL por un día en los Autos caratulados "MUNICIPALIDAD DE ROLDAN C/ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS SRL S/ APREMIOS FISCALES MUNICIPALES Y/O COMUNALES CU1J 21-13936299-0 según decreto que a continuación se transcribe: ·ROSARIO, 19 de febrero de 2026 R 242. Rosario. número y fecha conforme constanch1s digitales obrantes en el sistema informático. Y YISTOS: Los presentes autos seguidos por la "MUNICIPALIDAD DE ROLDAN C/ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS SRL S/COMUNALES que tramitan por ante Juzgado de 1ra Inst. de Ejecución de Distrito – 2da. Nom., por cobro de la suma de capital, sus intereses y costas proveniente de 1os títulos Invocados y según los hechos expresados en la demanda por la parte actora arriba indicada. Y CONSIDERANDO: Citada de remate la demandada, con las prevenciones del art. 7 de la ler nro. 5066, no ha comparecido ni ha opuesto excepción legitima alguna al curso de esta demanda. El título donde se funda la acción es de los comprendidos en el art. 6 de la ley- mencionada. En cuanto a los intereses, se dispone aplicar los previstos por la normativa municipal vigente y decretos reglamentarios respectivos. Por tanto haciendo efectivo el apercibimiento decretado y de conformidad con lo dispuesto por el art. 2 de la misma ley. FALLO: Mandando se lleve adelante la ejecución contra los bienes de ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS SRL hasta que la parte autora. MUNICIPALIDAD DE ROLDAN, perciba el importe íntegro de su crédito por la suma de pesos trescientos noventa y nueve mil cuatrocientos ochenta y seis con veintidós centavos ($399.486,22) con más los intereses según lo expuesto en los considerandos. Costas a la accionada (art. 251 CPCC). Los honorarios profesionales se regularán luego de practicada la planilla actualizada respectiva: Notifíquese por cédula que firmará el/la profesional de la parte actora. Insértese y hágase saber. Juzgado de 1a. Inst. De Distrito de Ejecución Civil 2da Nom. De Rosario a cargo de: Dra. MARÍA ELVIRA LONGHI – Secretaria-: Dr. LUCIANO A. BALLARINI Juez - civileje2proros@justiciasantafe.gov.ar
S/C 557491 Abr. 07 Abr. 09
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Por disposición del Juzgado (le Primera Instancia de Distrito de Ejecución Civil de la 2da Nominación de Rosario, se ha ordenado por a ALDIC EMPREDIMIENTOS IMNOBILIARIOS SRL, por un día en los Autos caratulados "MUNICIPALIDAD DE ROLDAN C/ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS SRL S/APREMIOS FISCALES MUNICIPALES Y/O COMUNALES" CUIT 21-13936663-5 según decreto que a continuación se transcribe: "ROSARIO, 19 de febrero de 2026 R 233. Rosario, número y fecha conforme constancias digitales obrantes en el sistema informático. Y VISTOS: Los presentes autos seguidos por la MUNICIPALIDAD DE ROLDAL" C/ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS S.R.L. S/COMUNALES que tramitan por ante Juzgado de Ira. Inst. De Ejecución de Distrito - 2da. Nom., por cobro de la suma de capital, sus intereses y costas provenientes del/los títulos invocados y según los hechos expresados en la demanda por la parte actora arriba indicada. Y CONSIDERANDO: Citada de remate la demandada, con las prevenciones del art. 7 de la ley Nro. 5066, no ha comparecido ni ha opuesto excepción legítima alguna al curso de esta demanda. El titulo donde se funda la acción es de los comprendidos en el art. 6 de la ley mencionada. En cuanto a los intereses, se dispone aplicar los previstos por la normativa municipal vigente y decretos reglamentarios respectivos. Por tanto haciendo efectivo el apercibimiento decretado y de conformidad con lo dispuesto por el art. 2 de la misma ley. FALLO: mandando se lleve adelante la ejecución contra los bienes de ALDIC EMPREDIMIENTOS INMOBILIARIOS S.R.L. hasta que la parte actora, MUNICIPALIDAD DE ROLDAN, perciba el importe íntegro de su crédito por la suma de pesos seiscientos veintinueve mil cuatrocientos uno con cuarenta y dos centavos ($629.401,42) con más los intereses según lo expuesto en los considerandos. Costas a al accionada (art. 251 CPCC). Los honorarios profesionales se regularán luego de practicaba la planilla actualizada respectiva notifíquese por cédula que firmará el/la profesional de la parte actora. Insértese y hágase saber Juzgado de la 1ra inst de Distrito de Ejecución Civil 2a. Nom. De Rosario a cargo de Dra. MARÍA ELVIRA LONGHI -Secretaria-; Dr. LUCIANO A. BALLARINI -Juez- civileje2proros@justiciasantafe.gov.ar
S/C 557490 Abr. 07 Abr. 09
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito de Ejecución Civil e la 2dn nominación de Rosario, se ha ordenado citar a ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS SRL, por un día en los Autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ROLDAN C/ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS SRL S/APREMIOS FISCALES MUNICIPALES Y/O COMUNALES" CUIT 21-13936670-8 según decreto que a continuación se transcribe "ROSARIO, 19 de febrero de 2026 R 231. Rosario, número y fecha conforme constantes digitales obrantes en el sistema informático. Y VISTOS: Los presentes autos seguidos por la MUCIPALIDAD DE ROLDAN C/ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS S.R.L. S/COMUNALES que tramitan por ante, Juzgado de lra. Inst. De Ejecución de Distrito - 2dn. Nom., por cobro de la suma de capital, sus intereses y costas proveniente del/los títulos invocados y según los hechos expresado en la demanda por la parte actora arriba indicada. Y CONSIDERANDO: Citada de remate la demandada, con las prevenciones del art. 7 de la ley nro. 5066, no ha comparecido ni ha opuesto excepción legítima alguna al curso de esta demanda. El titulo donde se funda la acción es de los comprendidos en el art. 6 de la ley mencionada. En cuanto a los intereses, se dispone aplicar los previstos por la normativa municipal vigente y decretos reglamentarios respectivos. Por tanto haciendo efectivo el apercibimientos decretado y de conformidad con lo dispuesto por el art 2 de la misma ley FALLO: mandando se lleve adelante la ejecución contra los bienes de ALDIC EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS SRL hasta que la parte actora MUNICIPALIDAD DE ROLDAN, perciba el importe íntegro de su crédito por la suma de pesos cuatrocientos treinta y seis mil ochenta y seis con ochenta y siete centavos ($436.086.87) con más los intereses según lo expuesto en los considerandos. Costos a la accionista (art.251 CPCC). Los honorarios profesionales se regularan luego de practicada la planilla actualizada respecto. Notifíquese por cédula que firmara el/la profesional de la actora. Insértese y hágase saber.- Juzgado de 1ra Inst. De Distrito de Ejecución Civil 2ª. Nom. De Rosario a cargo de: MARIA ELVIRA LONGHI – Secretaria; DR. LUCIANO A. BALLARINI.- Juez
S/C 557489 Abr. 07 Abr. 09
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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 18° Nominación de Rosario, en autos "VASQUEZ, AGUSTIN ABEL S/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA" CUIJ. 21-03000781-3 por auto N.º 185 de fecha 11/03/2026 se ha resuelto: 1) Fijar hasta el día 30 abril de 2026 como fecha tope hasta la cual los acreedores, presenten los pedidos de verificación al síndico debiendo acompañar los títulos justificativos de los mismos en los terminas del art. 32 de la L.C.Q. 2) Fijar el día 16 de junio de 2026 para que la Sindicatura presente el Informe Individual ante este tribunal y el día 11 de agosto de 2026 para la presentación del Informe General. 3) En caso de existir impugnaciones a los pedidos de verificación, la Sindicatura, a los fines de ordenar el procedimiento, deberá presentar al Tribunal un legajo con cada una de las mismas compuesto de copias del pedido de verificación, de la impugnación, de la contestación del impugnado, si la hubiere, y del respectivo informe individual. 4) Publíquense edictos ampliatorios de la resolución de quiebra en el Boletín Oficial haciendo conocer el nombre y domicilio del Síndico. Asimismo, se hace saber que el Síndico designado en los presentes autos es el CPN Juan Carlos Romagnoli, con domicilio en calle Tucumán 1726 de Rosario. Publíquense por 5 días - Edicto sin cargo conforme art. 182 L.C.Q. Rosario, 11-03-26.
S/C 557488 Abr. 07 Abr.13
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Por disposición del Juzgado de Primea Instancia de Distrito de Ejecución Civil de la 1ra Nominación de Rosario, se ha ordenado citar·a DISTASIO VALERIA, por un día en los Autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE ROLDAN C/DISTASIO VALERIA S/APREMIOS FISCALES MUNICIPALES Y/O COMUNALES" CUIT 21-13933930-1 según decreto que a continuación se transcribe: "Rosario, fecha conforme constancia digitales en SISFE. Por presentada. Con domicilio constituido y en el carácter indicando a mérito del poder invocado. Por promovida DEMANDA DE APREMIO (Ley nro. 5.066). Cítese de remate a la parte demandante para que en el término de OCHO DÍAS oponga excepción legítima bAjo apercibimiento de llevar adelante la ejecución. Trábese embargo en bienes de la parte demandada por el capital reclamado con más un 50% estimado provisionalmente para interés y costos. Dese al presente la TRAMITACIÓN DIGITAL resuelva en el acuerdo del Acta 28 de fecha 30/08/2023 de la C.S.J.S.F., y por aplicación analógica del citado acuerdo y las facultades dispuestas por el art. 21 C.P.C.C. Los originales de la documentación fundante y de todo otro instrumento presentado o a presentarse digitalmente permanecerán en poder de la parte actora o su representante, según corresponda a la naturaleza del instrumento, en carácter de depositarlo/as judiciales, debiendo incorporar el original solo en caso de serle requerido. Las futuras cedulas de notificación que se diligencian serán incorporadas también digitalmente por la parte actora quedando el original en su poder como depositaria judicial, debiendo presentarla sólo en caso de serle requerido, Los OFICIOS o MANDAMIENTOS para la firma deberán ser remetidos al Juzgado digitalmente mediante Autoconsulta Sisfe. Si requieran firma ológrafa de Secretaria y/o Juez/a, el Juzgado los imprimirá, firmara y pondrá a su disposición en mesa de entrada para su retiro por el termino de NOVENTA días (art.94 CPCC) se hace saber a la PARTE DEMANDADA que podrá presentarse en autos, tomar conocimiento de la demanda y documental incorporada y realizar la presentación que estime a su derecho, de manera rápida y en línea mediante AUTOCONSULTA WEB DE SISFE y utilizar la opción “primera Vinculación” Instructivo: http://wwwjusticiasantafe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=6021. Ver en caso de IMPOSIBILIDAD, podrá solicitar el expediente en soporte papel en Mesa de entrada del Juzgado. Aplíquese la duplicidad de términos, incluido el de caducidad, en beneficio de todas las partes intervinientes (art. 5, ley nro. 7.234, modificado según ley 9040). Notifíquese por cédula bajo firma de profesional (art. 25 C.P.C.C.). Téngase presente la designación de notificador ad hoc si hubiera/n sido propuesto/s.
Juzgado de 1ra De Ejecución Civil de Circuito de la 1ra nom. de Rosario, a cargo de: Dra. SILVINA LOPEZ PEREYRA – Secretaría: Dra. MARIANA MATINEZ - jueza.
$ 100 557487 Abr. 07 Abr. 09
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Por disposición del Juez de lra Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 12da Nominación, de Rosario, provincia de Santa Fe, en el marco de los autos caratulados "PIACENTINI, ENRIQUE ATILIO C/GANADEROS DEL SUR S.A. S/COBRO DE PESOS" - (C.U.I.L. Nº 21-02930527-4), se ha dictado sentencia, receptándose la Demanda iniciada por el Sr. Enrique Atilio Piacentini, condenando a Granaderos del Sur S.A. al pago de la suma de $ 1.522.911,00 (pesos un millón quinientos veintidós mil novecientos once), con más los intereses, en el plazo de 20 días contados a partir de su notificación, con más las costas del proceso (art. 251, del C.P.C.C.), ello conforme la parte resolutiva que, Seguidamente, se transcribe: "Nº 17. Rosario, 14 de febrero de 2025. Y VISTOS Y CONSIDERANDO.....FALLO: Hacer Lugar a la demanda incoada y, en consecuencia, condenar a Granaderos del Sur S.A. Al pago de la suma de $1.522.911,00 (pesos un millón quinientos veintidós mil novecientos once), con más los intereses establecidos en tiempo y forma en los precedentes "Considerando", en el plazo de 20 días contados a partir de la notificación de la presente; II) Costas al vencido (art. 251 del CPCC(; III) Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se practique la liquidación respectiva y los profesionales actuantes acompañen copia de sus inscripciones ante la AFIP; IV) DRA. FELIPPETTI (Secretaria)". Rosario, 23 de febrero de 2026. Elina G. Cerliani, Secretaria.
$ 200 557485 Abr. 07 Abr. 09
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito de San Lorenzo,dentro de los autos: "GARDELLA, ENZO NESTOR C/CROCI, ANASTACIO S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA" Cuij 21-02897295-1, se ha dictado el siguiente decreto: SAN LORENZO, 06 de marzo de 2026. Agréguese el edicto acompañado. Informándose verbalmente por Secretaría en este acto que no ha comparecido a estar a Derecho el titular registral del inmueble objeto de autos -ubicado en Luis Palacios, Estación La Salada, Departamento San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, el cual es parte de ellos señalados con las letras "A" y "B" de la manzana 11 del plano de dicho pueblo designado a su vez como lote N°2 en el plano registrado bajo el N°21122/58-, Dominio inscripto al Tomo 109, Folio 124, N.º 90554, Depto San Lorenzo: ANASTACIO WALDINO CROCCI (titular catastral del inmueble objeto de autos conforme lo informado por el SCIT), como así tampoco quienes revistieren el carácter de eventuales herederos/ herederas del mismo, ni cualquier persona que se considere con derecho de propiedad sobre el inmueble objeto de los presentes, decláraselos rebeldes. Para sorteo de Curador ad hoc de la herencia y, en su caso, de Defensor de Oficio de estos, fijase audiencia para el día 06 de abril de 2026 a las 09:00 horas. Notifíquese por edictos que se publicarán dos (2) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Firmado: Dra. Lora Belén Favro (Secretaria) Dr. Javier Pedro Bértora (Juez).
$ 52,50 557445 Abr. 07 Abr. 08
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Por disposición del Juez de Distrito civil y comercial de la Tercera Nominación de Rosario, se ha ordenado la presente publicación por 3(tres) días, a los fines de que cualquier tercero manifieste lo que por derecho entienda le corresponde, dentro del plazo de tres días desde la última publicación, tal cual surge de lo ordenado por auto nro 396 de fecha 17 de agosto de 2023 cuya parte pertinente se transcribe: Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: 1) Autorizar la venta del activo denunciado en autos, en modalidad de venta directa (artículo 213, ley 24.522) a LORENA PAOLA CALDERON Y JORGE OMAR CALDERON, por el precio de $ 1.700.000.- a ser pagados en la forma dispuesta precedentemente. 2) Ordenar levantar las medidas cautelares que pesan sobre el fallido al solo fin de realizar los actos jurídicos aquí autorizados. 3) Notifíquese a la Sindicatura y la ofertante, y publíquense edictos en el Boletín Oficial por tres días a los efectos de que cualquier tercero manifieste lo que por derecho entienda le corresponde dentro del plazo de tres días siguientes a la última publicación. 4) Ofíciese al Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da y 17ma Nominación para dar a conocer lo aquí decidido, con copia de la resolución. Insértese y hágase saber. Fdo: Dr. Federico Lema (secretario). Dr Ezequiel Zabale (Juez). Autos caratulados: CALDERON RUBEN DOMINGO s/SU PROPIA QUIEBRA (CUIJ Nro 21-01106498-9). Fdo. Dr Federico Lema (secretario).
S/C 557478 Abr. 07 Abr.
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La Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 18º Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados: "DUARTE, IVAN ALEXIS S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA" CUIJ Nº 21-02970801-8, hace saber que se ha dispuesto lo siguiente: "Rosario, 06 de Marzo de 2026. Agréguese. Téngase presente. Oficiese nuevamente a la Unidad Regional 11 de Rosario y al Tribunal de Faltas de Granadero Baigorria, a sus efectos. Por presentado informe y proyecto de distribución parcial. Pónganse los mismos de manifiesto en la Oficina por el término de ley. Notifíquese. Atento lo solicitado y en uso de las facultades conferidas por el art. 102 L.C.Q., cítese al fallido a la nueva audiencia del día 13 de abril de 2026 a las 11hs a los fines de brindar las explicaciones que este Tribunal por intermedio de la Sindicatura le requerirá, bajo apercibimientos de ley. Notifíquese con trascripción del art. 102. Notifíquese por cédula. A la regulación de honorarios: autos". Fdo.: DRA. SUSANA SILVINA GUEILER-Jueza - DRA. PATRICIA ANDREA BEADE - Secretaria." Asimismo se ha dictado auto regulatorio de honorarios N.º 169 de fecha 06 de Marzo de 2026. Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: 1.- Regular los honorarios de la Síndico CPN Julieta Pogliano en la suma de $3.656.024,93.-, los de su abogada patrocinante de Dra. Andrea Montani en la suma de $1.566.867,83.- y los de los abogados del fallido Dr. Ignacio A. Arroyo y Santiago Barbarach en proporción de ley en la suma de $2.238.382,62.- 2.- Hacer saber a la Sindicatura que, como gasto concursa! preferente, deberá abonarse el sellado fiscal contemplado en el art. 36 inc. 1) a) de la Ley Impositiva Anual. 3.- Adecuar el proyecto de distribución final a los fines de su Correspondiente aprobación conforme el art. 218 LCQ. 4.- Fecho: disponer la inmediata elevación de los presentes al Superior, previa vista a Caja Forense, a los fines del artículo 272 de la LCQ. 5.- Hágase conocer la presente y el proyecto de distribución, mediante edictos que se publicarán dos días en el Boletín Oficial, conforme lo prescripto en el último párrafo del artículo 218 de la ley 24.522. Insértese y hágase saber. Fdo.: DRA. SUSANA SILVINA GUEILER-Jueza - DRA. PATRICIA ANDREA BEADE Secretaria. Rosario, 11-03-2026. Dra. Melisa A. Lobay, Prosecretaria.
S/C 557480 Abr. 07 Abr. 08
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Por disposición del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIRCUITO 1º NOM. de ROSARIO, en los autos caratulados "GARCILAZO, AMELLA BEATRIZ C/POLVERINI, SERGIO HERNAN Y OTROS S/DAÑOS Y PERJUICIOS" CUIJ Nº 21-12642454-7, se ha dispuesto: "Rosario, 28 de Julio de 2025. Informándose que la parte emplazada, herederos de ALEJANDRO CARLOS CAMPI, no ha comparecido a estar a Derecho, declárese/a rebelde. Siga el proceso sin dársele representación (art. 78 del Código Procesal Civil y Comercial). Notificado que fuera el presente, prócedase al sorteo de Defensor de Oficio del mismo librándose oficio con firma digital de la actuaria. Notifíquese por edictos que se publicarán dos (2) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Se hace saber que los edictos del hall se publicarán en la página web institucional del Poder Judicial, de conformidad con el Acta Acuerdo Nº 3 de la CSJSF. Notifíquese la presente conjuntamente con el primer decreto de trámite." Firmado: Dr. Daniel Humberto González (Juez), Dra. Gabriela María Kabichian (Secretaria).
Y También: "ROSARIO, 22 de Septiembre de 2022. Por presentado, acéptase el domicilio procesal constituido y en el carácter invocado, conforme al poder acompañado. Por iniciada formal Demanda de DAÑOS Y PERJUICIOS, que tramitará según las normas del 408 y sig. del C.P.C.C.S.F.. Cítese y emplácese a SERGIO HERNAN POLVERINI por el plazo de 20 (VEINTE) días para que dentro del mismo comparezca a estar a derecho y tomar la intervención que le corresponda bajo apercibimiento de rebeldía (arts. 72, 76 y ss., C.P.C.C.S.F.). Advierto que de los términos del libelo inicial deriva que se dirigirá la pretensión contra "quien en fecha 31 de mayo de 2021 haya sido responsable y/o tenedor y/o poseedor y/o usuario y/o guardián y/o propietario del vehículo..."y en razón del estado procesal de las presentes no se encuentra debidamente individualizado el sujeto pasivo de la acción; en consecuencia de ello, requiero al accionante que aclare sobre el particular. Cítese en garantía a la aseguradora que se menciona, en los términos del art. 118 de la ley 17.418, bajo los apercibimientos de ley. Téngase presente la prueba ofrecida, para su oportunidad. Líbrese oficio a los fines solicitados al R.N.P.A., suscribiendo el profesional las diligencias conforme art. 25 del CPCC. Ténganse presentes las reservas formuladas. Notifiquen los empleados del Juzgado· indistintamente. Conforme el art. 35 del CPCC, manifieste el curial si las constancias simples acompañadas son copia fiel de los originales que obran en su poder. En su caso, deberá conservar los originales a disposición del Tribunal hasta que le fuesen requeridos en el momento procesal oportuno. En caso de resultar necesarios a fin de conocer el actual domicilio del demandado, líbrense oficios requiriéndose informes al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral o al Registro Público de Comercio, según corresponda. En los demás oficios que el profesional estime necesarios para averiguar el domicilio del demandado, deberá diligenciar/os por la vía prevista por el art. 25, inc. a, CPCC, transcribiendo nombre completo, número y tipo de documento de identidad y último domicilio conocido del demandado. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos Civiles, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación recomendado por Acuerdo Ordinario - Acta 48/2017 de fecha 5 de diciembre de 2017 de la Excma. Suprema Corte de la Provincia de Santa Fe. Por tanto, se hace saber que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la comparencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la ley 12851. Notifíquese por cédula y/u oficio, debiendo el Sr. Oficial notificador y/o el juez comunitario que correspondiere observar el estricto cumplimiento del art. 63 C.P.C.C.S.F. Se hace saber expresamente a las partes que, cumpliendo con los términos del Acuerdo Ordinario Nº 7 punto 11 de fecha 07/03/19 modificado por el Acuerdo Ordinario Nº 11 punto 18 de fecha 20/03/19 dictadas por la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, a partir del 30/04/19 -y/o de la fecha en que en definitiva se ponga en vigencia el sistema- las notificaciones que efectúa este Tribunal se realizarán mediante cédula electrónica con firma digital. A tal efecto, los usuarios se obligan a ingresar periódicamente al sistema de consulta de expedientes online del Poder Judicial, quedando notificados de toda providencia desde el día en que la cédula judicial firmada digitalmente quede disponible y visible para su destinatario en el sistema, independientemente de que el profesional ingrese o no al mismo." Firmado: Dr. Daniel Humberto González (Juez); Dra. Gabriela María Kabichian, (Secretaria). Rosario, 19 SET 2025. Dra. Rosa Inés Kaminsky, Prosecretaria suplente.
$ 900 557439 Abr. 07 Abr. 09
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad extracontractural al N° 5 de Rosario, se ha ordenado citar al demandado comparecer a estar a derecho por medio de edictos los que se publicarán en el Boletín Oficial y en la página web institucional conforme Circular Nº 05/25 de la CSJ, por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67, 69 73 y 548 del C.P.C. (Autos: "AGUIRRE, CARLOS NAHUEL c/SABELLA, EDUARDO ALBERTO Y OTROS s/ DAÑOS Y PERJUICIOS" - Cuij 21-11899966-2)"- Fdo: Dr. Edgardo Bonomelli (Juez), Dra. Araceli Stefanelli (Secretaria). Rosario, Febrero de 2026.
$ 100 557483 Abr. 07 Abr. 09
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 de Rosario, provincia de Santa Fe, Dr. Ezequiel M. Zabale, Secretaria a cargo de la Dra. Elina G. Cerliani, en los autos caratulados: "AGUILERA, ADRIANA GRACIELA C/ASCONA, OSCAR Y OTROS S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA" CUIJ 21-02988433-9, se ha dispuesto lo siguiente: ROSARIO, 06/08/2025: Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, por patrocinio letrado. Désele la participación que por derecho le corresponda. Por iniciada acción de posesión veinte añal que expresa. Conforme la documental acompañada emplácese para que comparezcan a estar a derecho en el término y bajo los apercibimiento de ley a OSCAR ASCONA y/o quienes detenten la propiedad y/o a quienes se consideren con derecho sobre los inmuebles sitos en ltuzaingo Nº1819 de Granadero Baigorria, provincia de Santa Fe inscripto en el Registro de la Propiedad al Tº 440 Fº 203 Nº 180243 Dpto. Rosario y empadronado para el Impuesto Inmobiliario bajo Partida N.º 16-02-00-335447/0374-7. Acompañe informe del Registro General del que resulte titular dominial del inmueble señalado.- Hágase saber la clave de ingreso de los presentes, a saber: 8384. Publíquense edictos en el Boletín oficial y Hall de Tribunales por tres veces, venciendo su término cinco días después de la última publicación. Ofíciese al Registro Nacional de las personas para que tenga a bien informar el último domicilio conocido de Oscar Ascona. Cítese al Estado Nacional, Estado Provincial y a la Municipalidad de Rosario, a fin de que hagan valer sus derechos, si los tuvieren y al SCIT para que informe si obra plano archivado en sus registros. · Acompañe informe de dominio actualizado del inmueble. Líbrese mandamiento al Sr. Oficial de Justicia a los fines de que proceda a constatar el inmueble objeto de los presentes. Hágase saber que dichas diligencias deberán renovarse al momento de escriturar. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos Civiles, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación establecido por Acordada N º 48 de fecha 05/12/2017. Por tanto, las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la comparencia a las audiencias será valorada en orden al Art. 4 de la ley 12851. Hágase saber que la documental fundante será requerida para su presentación previo al dictado de sentencia".- Fdo.: Dr. Ezequiel Zabale Juez, Dr. Federico Lema, Secretario.- Rosario, 09-03-2026. Mayra Ibañez, Secretaria Subrogante.
$ 100 557484 Abr. 07 Abr. 09
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Por disposición de Dra. Gabriela P. Almará (Secretaria) y Dr. Maximiliano Cossari (Juez) del Juzgado de 1ra Instancia de Circuito de la 5ta Nominación de Rosario se ha ordenado citar a los herederos del SR. HÉCTOR RUFINO FEBRE por tres (3) para que comparezcan a estar a Derecho dentro de los cinco (5) días bajo apercibimiento de declararlos en rebeldía dentro de los autos caratulados: "TORRESI, FRANCO C/FEBRE, HECTOR RUFINO Y OTROS S/ASEGURAMIENTO DE PRUEBA” CUIJ 21-1263577-9.
$ 45 Abr. 07
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 18º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ANTONIO VICENTE JOYA DNI 6.040.351, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días.- Autos caratulados: "JOYA ANTONIO VICENTE S/ SUCESORIO" – CUIJ 21-02991004-6 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Abr. 07
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante HUGO ALBERTO CRUZ (D.N.I. 4.363.827), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "CRUZ, HUGO ALBERTO S/SUCESORIO" (CUIJ 21-02986282-3) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Abr. 07
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante GABRIEL RUBEN LEDESMA, D.N.I Nº 16.491.207, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos Caratulados: "Ledesma, Gabriel Ruben S/Declaratoria de Herederos" CUIJ. Nº: 21-03005231-2. Fdo. Dra. Vanina C. Grande – Secretaria
$ 45 Abr. 07
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante MARIA DEL CARMEN GARCIA (D.N.I. F6.684.423), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “GARCIA, MARIA DEL CARMEN S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CYC 3” (CUIJ 21-03000858-5) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Abr. 07
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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 11° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes Sr. FEDERICO MIGUEL DUARTE DNI Nº 6.272.501, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “DUARTE, FEDERICO MIGUEL S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS”, CUIJ Nº 21-02975179-7 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo: Prosecretaria.
$ 45 Abr. 07
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante NORA NYDIA BIGANI D.N.I. 5.313.149 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “BIGANI, NORA NYDIA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CYC 11” CUIJ 21-03003778-9. de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo: Prosecretaria.
$ 45 Abr. 07
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 15°. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante: PAULA LIRIA JALIL, D.N.I. 4.781.786; por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “JALIL, PAULA LIRIA S/ SUCESORIO” (CUIJ N° 21-03004400-9)
$ 45 Abr. 07
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante GASPARRI, HECTOR JOSE X D.N.I 6.07.213 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “GASPARRI, HECTOR JOSE S/ SUCESORIO cuij 21-03005225-8 Fdo. DRA. SABRINA CAMPBELL Jueza
$ 45 Abr. 07
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la Sexta Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JUAN BAUTISTA PUIG D.N.I. 6.046.380 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “PUIG JUAN BAUTISTA S/ SUCESORIO” (CUIJ N° 21 03004581-2). Fdo. Prosecretaria.
$ 45 Abr. 07
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 9º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Aguirre Angela Elsa (D.N.I. 5.846.981) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “AGUIRRE, ANGELA ELSA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ: 21-03004917-6). Fdo. Prosecretaria.
$ 45 Abr. 07
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MENICHINI, Amilcar Armando, D.N.I. 6.239.262, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “MENICHINI, AMILCAR ARMANDO S/ SUCESORIO (CUIJ 21-03005310-6).
$ 45 Abr. 07
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Por disposición del Juez Luciano Daniel Juarez de Distrito Civil y Comercial de la 8 º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante MANGIATERRA ELENA - (D.N.I. 5.507.991) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “MANGIATERRA ELENA S/SUCESORIO ” (CUIJ N° 21-02915304-0)
$ 45 Abr. 07
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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 20° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante RODRIGUEZ, SOFIA ADELMA IDA (D.N.I. 11.446.609) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “RODRIGUEZ, SOFIA ADELMA IDA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N°21-03004797-1) . Fdo. Prosecretaría
$ 45 Abr. 07
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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 11° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante PRANZETTI, RUBEN SILVESTRE D.N.I. 6.018.454 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: PRANZETTI, RUBEN SILVESTRE S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CUIJ 21-03005358-0, de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo: Prosecretaria.
$ 45 Abr. 07
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Dentro de los autos "ARMESTO, CARLOS ALBERTO C/ CARRASCO, BRUNO FABIAN Y OTROS S/ DEMANDA ORDINARIA” (cuij: 21-02901344-3) que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 17° Nom. de Rosario, se ha ordenado lo siguiente: “…Atento la constancia agregada a fs. 279 que acredita el fallecimiento del codemandado Bruno Fabián Carrasco, cítese y emplácese a los herederos del mismo a los fines de comparecer a estar a derecho, por el término y bajo los apercibimientos de ley. Publíquense los edictos de ley en el Boletín Oficial (art. 597, CPCC)…Dra. M. Florencia Di Rienzo, Secretaria Dra. Maria Silvia Beduino Jueza.
$ 100 558327 Abr. 7Abr. 9
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Por disposición la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 5ta . Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante LOCATELLI PATRICIA ADRIANA D.N.I. 12.404.960 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “ LOCATELLI, PATRICIA ADRIANA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-03003099-8 ) . Fdo. Prosecretaría.
$ 45 Abr. 07
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la XVIII Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes GIMENEZ NELSO ALFONSO (DNI:5961208) y ARGENTO PAULINA NORMA (DNI: 1678053) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “GIMENEZ, NELSO ALFONSO Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CYC 18 CUIJ 21-03004893-5 Fdo. Prosecretaria
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 15º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante CARLOS HECTOR CANTELI (DNI 6.039.497) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “CANTELI, CARLOS HECTOR s/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” cuij 21-03005279-7. Fdo: Prosecretaría.
$ 45 Abr. 07
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firmat
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la Ciudad de Firmat a cargo de la Dra. Laura Barco, secretaría a cargo de la Dra. Natalia Grillo, dentro de los autos caratulados Lombao Agustin Mariano c/Lombao Nelson Cesar s/Supresión de Apellido Paterno; CUIJ 21-26423385-9, se ha dictado lo siguiente: Firmat, 21 de Noviembre de 2023. Proveyendo cargo Nº 19062/2023: Por presentado, con domicilio legal constituido, por derecho propio y patrocinio letrado. Agréguese la documental acompañada. Téngase por iniciada la presente demanda de SUPRESION DE APELLIDO, la que se tramitará por vía de Juicio ORDINARIO. Emplácese al demandado a estar a derecho por el término y bajo los apercibimientos de ley. Téngase presente las pruebas ofrecidas. Dése intervención a Fiscalía y Defensoría, designándose en tal carácter ad-hoc, atento encontrarse la titular comprendida en la causal que prevée el art. 10 inc. 5º del CPC a la Dra. Pipino Lia, quien podrá aceptar el cargo en cualquier día y hora hábil de audiencia. Publíquense edictos como lo solicita. A lo demás oportunamente. Notifiquen auxiliares del Juzgado indistintamente. Martes y Viernes para notificación en la oficina y/o el día hábil siguiente. Fdo. Dra. Laura Barco (Juez); Dr. Dario Loto (Secretario). Firmat, 26 de Diciembre de 2025. Dra. María Laura Mainente, prosecretaria.
$ 200 557518 Abr. 7 Abr. 9
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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 2 de Casilda, Dr. Renato Carlos Viale, Prosecretario; Dr. Omar Rasuk, se dictó resolución Nº 91 de fecha 25/02/2026 dentro de los autos JUZGADO CIVIL COMERCIAL Y LABORAL 2ª NOMINACION DE CASILDA s/DESTRUCCIÓN DE DOCUMENTAL; CUIJ Nº 21-25831033-8, por lo que se ha dispuesto la publicación del presente edicto el que se transcribe a los fines jurídicos y administrativos pertinentes: Y VISTOS: Los presentes caratulados JUZGADO PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO CIVIL COMERCIAL Y LABORAL 2ª NOMINACIÓN s/OTRAS DILIGENCIAS - CIVIL; CUIJ Nº 21-25831033-8 y los inconvenientes operativos que genera la acumulación en el juzgado de documental correspondiente a causas que no registran actividad procesal desde un tiempo considerable, se hace necesario adoptar medidas conducentes al aprovechamiento del espacio físico disponible, lo cual redundará en una mejor prestación del servicio de justicia; Y CONSIDERANDO: Que a los fines enunciados precedentemente resulta imperioso proceder a la destrucción de la documental de mas de diez (diez) años de antigüedad correspondiente a expedientes civiles y laborales que no han tenido movimiento desde ese lapso temporal, acompañadas a este juzgado y reservada en Secretaría. Asimismo, de la documental que corresponda a expedientes que no obstante haber tenido movimiento, se encuentran terminados o caducados, o la documental en condiciones de ser eliminada por no tener mas relevancia jurídica. Que a tales efectos se dispone publicar edictos 3 veces en 10 días en el BOLETIN OFICIAL, y en la mesa de Entradas de este Juzgado, a fin de que los posibles interesados en retirar la misma que pudieren acreditar un interes legítimo se presenten a este juzgado en horario de atención al público de lunes a viernes de 7:15 a 12:45hs., a fin de efectuar el requerimiento de entrega, advirtiéndose que pasada la fecha tope indicada de entrega, no se admitirá respecto de dicha documental reclamo alguno. Que la fecha dispuesta a los fines de la destrucción de la referida documental será la que oportunamente fije el Archivo General de Rosario. Por cuestiones operativas, la fecha hasta la cual podrán presentarse los interesados con interés legítimo para reclamar la entrega de una documental para destruir, será el día 10 de Marzo de 2026. RESUELVO: En cumplimiento de las directivas indicadas, ordenar la destrucción de toda la documental referenciada disponiendo la publicación de edictos y avisos en la forma señalada en los considerandos de la presente. Insértese y hágase saber. Dr. OMAR RASUK; Dr. RENATO VIALE.
$ 1 557370 Abr. 7 Abr. 9
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casilda
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por Disposición del Sr. JUEZ del JUZGADO de PRIMERA INSTANCIA de DISTRITO en lo CIVIL, COMERCIAL y LABORAL Nº: 3 - DISTRITO JUDICIAL Nº: 07 de la ciudad de CASILDA, Dra. Laura Babaya -(JUEZ)- en los autos caratulados: CATURANO Silvia María s/ SUCESORIO - C.U.I.J. N°: 21-25866935-2 – Expte. N°: 52/2026 – de trámite por ante Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 3Ra.. Se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios del causante Doña CATURANO Silvia María, para que dentro del término y bajo los apercibimientos de ley, comparezcan ante este Juzgado a hacer valer sus derechos. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL.- Fdo.: Dra. Laura S. BABAYA LORIA -(JUEZ)- - SECRETARÍA: Dra. Yanina Paola SCOLARI.- Casilda, 06 de abril de 2026.-
$ 45 Abr. 07
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la 3ra. Nominación de Casilda, Dra. Laura Silvana Babaya (Juez), Secretaria de la Dra. Yanina Paola Scolari, se hace saber que en los autos caratulados "DEBLASE, JUAN MANUEL S/DECLARATORIA DE HEREDEROS" CUIJ 21-25867080-6, se cita y emplaza a los herederos, acreederores y legatarios del causante: DEBLASE, JUAN MANUEL, para que en el termino y bajo apercibimiento de ley comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos. Casilda, 01 de abril de 2026. Dra. Laura Silvana Babaya (Jueza), Secretaria de la Dra. Yanina Paola Scolari.
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LA SRA. JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE LA TERCERA NOMINACIÓN DE LA CIUDAD DE CASILDA, LLAMA A LOS HEREDEROS, ACREEDORES Y LEGATARIOS DE DOÑA REIST MARINA DANIELA, DNI N° 26.090.933 PARA QUE COMPAREZCAN A ESTE TRIBUNAL PARA HACER VALER SUS DERECHOS DENTRO DEL TÉRMINO Y BAJO LOS APERCIBIMIENTOS DE LEY.- CASILDA, 01 DE ABRIL DE 2026.- DRA. LAURA BABAYA LORIA (JUEZA) - DRA. YANINA PAOLA SCOLARI (SECRETARIA).-
$ 45 Abr. 07
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CAÑADA DE GÓMEZ
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Juzg. 1ª Inst. Civil, Comerc. y Laboral - 2ª Nom. SEC.UNICA de CAÑADA DE GOMEZ en autos caratulados: LEONOR GLADIS EL KHOURI JURE c/GUSTAVO NAZARENO PETROLATI Y OTROS s/OTRAS DILIGENCIAS CIVIL; (CUIJ Nº 21-26035314-1), se cita Mediante estos edictos a los herederos y/o sucesores del Sr. PETROLATI GUSTAVO NAZARENO DNI 18.485.069 (Arts. 597 y concordantes del C.P.C.C.) para que en el término de cinco días contados a partir de la última publicación comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de seguirse el trámite como corresponda. Librados estos edictos en Secretaría. Cañada de Gómez, de Marzo de 2026. Mariano Jesús Navarro, secretario.
$ 50 557681 Abr. 7 Abr. 9
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Por disposición del Juzgado de Distrito Civil, Comercial y Laboral 3ª Nom. de Cañada de Gómez (ex Circuito Nº 6), a cargo del Dr. Sergio W. Verdura, Juez, secretaría de la Dra. Carolina Rabasedas, hace saber que en los autos caratulados CANTARINI HUGO ARIEL y OTROS c/ALBERTENGO ALBERTO GERONIMO Y OTROS s/USUCAPION - CUIJ Nº 21-26032752-3, que se encuentran tramitando en dicho juzgado, se han dictado los siguientes decretos: Cañada de Gómez, 04 de Febrero de 2026. Por contestado traslado, si en tiempo y forma estuviere. Por acompañadas constancias, agréguense. Acredite la efectiva publicación de los edictos acompañados. Para evitar futuras nulidades, cítese a los herederos de los Sres. ALBERTENGO ALBERTO GERONIMO, LE 2.295.824; RÉBOLA DE ALBERTENGO, EDITH BLANCA. L.C. 6.337.726, ALBERTENGO ENZO MIGUEL, LE 2.303.572, Y FERRERO DE ALBERTENGO, NELIDA ESTHER, L.C. 0.904.864, por el término de TRES (3) días a comparecer a estar a derecho en los presentes, bajo apercibimientos de rebeldía y por medio de edictos a publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término de ley, conforme lo normado por el art. 597 del C.P.C.C. Fdo. Dr. Sergio W. Verdura, Dra. Corina Rabasedas. Cañada de Gómez, 11 de Septiembre de 2024. Proveyendo el escrito de fecha 26/06/2024 (fs. 23/24): Por iniciada la presente demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA respecto de los inmuebles mencionados contra ALBERTO GERÓNIMO ALBERTENGO, EDITH BLANCA RÉBOLA DE ALBERTENGO, MIGUEL ALBERTENGO y NÉLIDA ESTHER FERRERO DE ALBERTENGO. Cítense y emplácense a los mismos y a toda persona que posea interés legitimo sobre las propiedades para que comparezcan a estar a derecho por el término y bajo los apercibimientos de ley. A tales fines, ofíciese al Servicio de Catastro e Información Territorial a fin de que informe los datos y titular/es registral/es de los inmuebles a usucapir. Fecho, ofíciese al Registro Nacional de las Personas, Secretaria Electoral Nacional y/o Registro Público de Comercio a fin que Informen, en su caso, respecto del domicilio correspondiente del/os titular/es registral/es informado/s por el SCIT y Registro General de la Propiedad. Acompañe informe al Registro de Procesos Universales. Fecho, sin perjuicio de las notificaciones por cédulas, deberán publicarse edictos por el término de ley. Ofíciese a la Municipalidad de Cañada de Gómez, a la Fiscalía de Estado de la Pcia. de Santa Fe y a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) a fin de que hagan saber a este Tribunal si existe Interés fiscal sobre dichos inmuebles. Agréguese la copia del plano de mensura (art. 24, inc. B, Ley 14.159). Conforme lo normado por el art. 1905 C C . y Co., procédase a la ANOTACION LITIGIOSA de los Inmuebles Objeto de la presente, inscriptos bajo: uno en el Tº 233 Fº 300 Nº 249960, Tº 168 Fº 113 N° 320001, Tº 168, Fº 124 Nº 320003; Tº 229, Fº 314 Nº 236526 y el otro inmueble Tº 168 Fº 113 Nº 320001, Tº 168 Fº 124 Nº 320003, Tº 229 Fº 313 Nº 236525, Fº 233 Fº 300 Nº 249960 ambos en Departamento Iriondo del Registro General de la Propiedad de Rosario. A tal fin, librese los despachos pertinentes. Acompañe la documental original al solo fin de su cotejo. Fecho, procédase a su devolución y constitúyase como depositario judicial a la Dra. Mari, Lucia Julia, dejándose constancia que la misma deberá ser aportada a requerimiento del Juzgado en caso de ser necesario. Martes y viernes notificaciones en la oficina. Notifíquese por cédula. Fdo. Dr. Sergio W. Verdura; Dra. Corina Rabasedas. Cañada de Gómez, 20 de Septiembre de 2024. Téngase presente lo manifestado. Aclárase el decreto de fecha 11/09/2024 en el sentido que el nombre correcto del codemandado es Enzo Miguel Albertengo, y no Miguel Albertengo, como por error se consignó. Albertengo (25%) (Tº 229 Fº 314 Nº 236526 y Edith Blanca Rébola de Albertengo (25%) 233 Fº 300 Nº 249960. Depto. Iriondo, LOTE 5; MANZANA 8; PLANO Nº 15322; AÑO 1957 y en Oroño Nº 1470 de la ciudad de Cañada de Gómez, empadronado bajo la Partida de impuesto Inmobiliario Nº 14-10-00-186604/0384-0, a nombre de Alberto Gerónimo Albertengo (25%) Tº 168 Fº 113 Nº 320001, Enzo Miguel Albertengo (25%) Tº 168, Fº 124, Nº 320003; Nélida Esther Ferrero de Albertengo (25%): Tº 229 Nº 313 Nº 236525, y Edith Blanca Rébola de Albertengo (25%) Tº 233 Fº 300 Nº 249960. Depto. Iriondo, LOTE 6, MANZANA 8; PLANO Nº 15322, AÑO 1957.
$ 1000 557532 Abr. 7 Abr. 9
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Por disposición del Juzgado de Distrito Civil, Comercial y Laboral 3ª Nom. de Cañada de Gómez (ex Circuito Nº 6), a cargo del Dr. Sergio W. Verdura, juez, secretaria de la Dra. Corina Rabasedas, hace saber que en los autos caratulados CANTARINI VICTOR RICARDO Y OTROS s/PRESCRIPCION ADQUISITIVA - CUIJ Nº 21-22990398-2, que se encuentran tramitando en dicho Juzgado, se han dictado los siguientes decretos: Cañada de Gómez, 04 de Febrero de 2026. Por contestado traslado, si en tiempo y forma estuviere. Por acompañadas constancias, agréguense. Acredite la efectiva publicacl6n de los edictos acompañados. Para evitar futuras nulidades, cítese a los herederos de los Sres. ALBERTENGO ALBERTO GERONIMO L.E. 2.295.824, RÉBOLA DE ALBERTENGO, EDITH BLANCA L.C. 6.337.726, ALBERTENGO ENZO MIGUEL L.E. 2.303.572 y FERRERO DE ALBERTENGO, NELIDA ESTHER L.C. 0.904.864, por el término de TRES (3) días a comparecer a estar a derecho en los presentes, bajo apercibimientos de rebeldía y por medio de edictos a publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término de ley, conforme lo normado por el art. 597 del C.P.C.C. Fdo. Dr. Sergio W. Verdura, Dra. Corina Rabasedas. Cañada de Gómez, 10 de Septiembre de 2024. Proveyendo el escrito cargo Nº 4328 de fecha 26/06/2024: Por iniciada la presente demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA respecto del Inmueble mencionado contra ALBERTO GERÓNIMO ALBERTENGO, EDITH BLANCA REBOLA DE ALBERTENGO, MIGUEL ALBERTENGO y NÉLIDA ESTHER FERRERO DE ALBERTENGO. Cítense y emplácense a los mismos y a toda persona que posea interés legitimo sobre la propiedad para que comparezcan a estar a derecho por el término y bajo los apercibimientos de ley. A tales fines, ofíciese al Servicio de Catastro e Información Territorial a fin de que informe los datos y titular/es registral/es del inmueble a usucapir. Fecho, ofíciese al Registro Nacional de las Personas, Secretaría Electoral Nacional y/o Registro Público de Comercio a fin que informen, en su caso, respecto del domicilio correspondiente del/os titular/es registral/es informado/s por el SCIT y Registro General de la Propiedad. Acompañe informe al Registro de Procesos Universales. Fecho, sin perjuicio de las notifícaciones por cédulas, deberán publicarse edictos por el término de ley. Ofíciese a la Municipalidad de Cañada de G6mez, a la Fiscalía de Estado de la Pcia. de Santa Fe y a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) a fin de que hagan saber a este Tribunal si existe interés fiscal sobre dicho Inmueble. Agréguese la copia del plano de mensura (art. 24, inc. B, Ley 14.159). Conforme lo normado por el art. 1905 C.C.y Co., procédase a la ANOTACION LITIGIOSA del inmueble objeto de la presente, inscripto bajo el Tº 168 Fº ll3 Nº 320001, Tº l68 Fº 124 Nº 320003, Tº 229 Fº 313 Nº 236525, Tº 233 Fº 300 Nº 249960 Departamento Iriondo del Registro General de la Propiedad de Rosario. A tal fin, líbrese los despachos pertinentes. Acompañe la documental original al solo fin de su cotejo. Fecho, procédase a su devolución y constitúyase como depositario judicial a la Dra. Mari, Lucia Julia, dejándose constancia que la misma deberá ser aportada a requerimiento del Juzgado en caso de ser necesario. Martes y viernes notificaciones en la oficina. Notifíquese por cédula. Fdo. Dr. Sersio W. Verdura; Dra. Corina Rabasedas. Cañada de Gómez, 20 de Septiembre de 2024. Téngase presente lo manifestado. Aclárase el decreto de fecha ll/09/2024 en el sentido que el nombre Inmobiliario Nº 14-10-00-186604/0384-0, a nombre de Alberto Gerónimo Albertengo (25%): Tº 168 Fº 113 Nº 320001; Enzo Miguel Albertengo (25%): Tº 168 Fº 124 Nº 320003; Nélida Esther Ferrero de Albertengo {25%) Tº 229 Nº 313 Nº 236525 y Edith Blanca Rébola de Albertengo (25%) Tº 233 Fº 300 Nº 249960. Depto. Iriondo, LOTE 6, MANZANA 8, PLANO Nº 15322, AÑO 1957.
$ 1000 557531 Abr. 7 Abr. 9
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Por disposición de la Señora Jueza, Dra. Beatriz Liliana Favret, de Primera Instancia de Familia del Distrito Judicial N° 6 de la ciudad de Cañada de Gómez, secretaria a cargo de la Dra. La Menza Melina- subrogante-, dentro de los autos caratulados “WALTER MARIA ESTER C/ CANTEROS MARCELO ALEJANDRO S/ SUPRESION DEL APELLIDO PATERNO” - CUIJ: 21-27910128-3, se hace saber “CAÑADA DE GOMEZ, 22 de octubre de 2025- Al escrito cargo 13819 se provee: por presentada, domiciliada, en el carácter invocado conforme poder especial que acompaña y se agrega. Otórguesele la participación legal que por derecho le corresponda. Por interpuesta demanda de supresión del apellido paterno. Imprímase a los presentes el trámite de juicio sumarísimo (art. 413 inc. “b” del C.P.C.C). Cítese a la parte demandada a comparecer a estar a derecho, contestar demanda y ofrecer prueba, en el plazo de diez (10) días, bajo apercibimiento de ley. Téngase presente la prueba ofrecida. Dése intervención a Fiscalía Extrapenal de este Distrito. Notifíquese por cédula y con copia de la demanda. De no ser hallada la parte demandada en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quién lo atienda o vecinos si es que el mismo vive allí y, únicamente en caso afirmativo, procederá a efectuar la notificación. De todo lo actuado de conformidad a los recaudos señalados deberá dejar constancia el Oficial notificador interviniente en su respectivo informe.- FDO: DR. HERNÁN ANDRÉS JULIÁN – SECRETARIO- DRA. BEATRIZ LILIANA FAVRET- JUEZA”.
S/C 557264 Abr. 07
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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1° Nominación de Cañada de Gómez, en los autos caratulados “DURANTE LUIS ANTONIO s/ SUCESON TESTAMENTARIA" (CUIJ N° 21-260334477-0), se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante LUIS ANTONIO DURANTE (DNI N° 13.189.424), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Dr. Carolina Kauffeler (Secretaria). Cañada de Gómez,
$ 45 Abr. 07
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1era. Nominación del Distrito Judicial N° 6 (Cañada de Gómez) en los autos caratulados "CASTELLARO, ADRIÁN HORACIO S/SUCESORIO” (CUIJ 21-26035961-1) se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ADRIÁN HORACIO CASTELLARO (DNI N° 14.581.807), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días.- Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en los Estrados del Tribunal.
$ 45 Abr. 07
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 3ra Nominación del Distrito Judicial N° 6 de Cañada de Gómez, en los autos caratulados “MOLINA SERGIO GABRIEL S/ SUCESORIO” Expte. CUIJ Nº 21-26035880-1, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante SERGIO GABRIEL MOLINA (DNI. N° 20.244.107), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en los Estrados del Tribunal.-
$ 45 Abr. 07
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2da. Nom. del Distrito Judicial N° 6 de Cañada de Gómez, en los autos caratulados "BALDUZZI, ADRIÁN ANDRÉS s/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ N° 21-26036091-1), se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ADRIÁN ANDRÉS BALDUZZI (DNI N° 25.125.204), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en los estrados del Tribunal.-
$ 45 Abr. 07
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2da. Nom. del Distrito Judicial N° 6 de Cañada de Gómez, en los autos caratulados “GENGA MARTA SUSANA S/ SUCESORIO” (CUIJ N° 21-26035963-8), se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante MARTA SUSANA GENGA (DNI N° 5.746.369), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en los estrados del Tribunal.
$ 45 Abr. 07
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Por disposición del Juzg.1ra.Inst.Civil, Comerc. y Laboral-2da.Nom SEC.UNICA de CAÑADA DE GOMEZ en autos caratulados: "LEONOR GLADIS EL KHOURI JURE C/ GUSTAVO NAZARENO PETROLATI Y OTROS S/ OTRAS DILIGENCIAS CIVIL" (CUIJ N° 21-26035314-1), se cita mediante estos edictos a los herederos v/o sucesores del Sr. PETROLATI GUSTAVO NAZARENO DNI: 18.485.069 (Arts. 597 y concordantes del C.P.C.C.) para que en el término de cinco dias contados a partir de la última publicación comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de seguirse el trámite como corresponda". Librados estos edictos en Secretaría. Cañada de Gómez, ... de Marzo de 2026
$ 45 Abr. 07
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SAN LORENZO
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Señor Juez del Juzgado de 1° Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de la ciudad de San Lorenzo, a cargo del Juez, Dr. GUILLERMO ROLDAN, y Secretario a cargo del que suscribe, se cita, llama y emplaza a quien corresponda dentro de los QUINCE DIAZ hábiles contados desde la última publicación.- San Lorenzo, 10 de Diciembre de 2024 Por presentada, domiciliada, con patrocinio letrado. Por iniciada sumaria información de cambio de nombre (artículo 69 y siguientes del Código Civil y Comercial de la Nación) de la Srta. NASIM PRATI ZOE CATALINA, DNI Nº 44.236.922 y por ofrecida prueba. Agréguese la documental acompañada. Imprímase el trámite sumarísimo. Dese intervención al Sr. Fiscal. De la presente petición, publíquese edictos en el boletín oficial una vez por mes, por el lapso de dos meses, pudiendo el interesado formular oposición dentro de los quince días hábiles contados desde la última publicación. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL San Lorenzo, de Febrero de 2026. Dra. Peretti (Secretaria). “PRATI ZOE CATALINA s/ Sumaria Información - Cambio de Apellido” CUIJ Nº 21-25446206-0.
$ 52.50 556651 Abr. 07
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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Segunda Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante HORACIO GUILLERMO TRIGO, DNI 7.624.121, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “TRIGO HORACIO GUILLERMO S/ SUCESIONES-INSC.TARDIAS-SUMARIAS-VOLUNT. CUIJ 21-25448462-5” de trámite por ante este Juzgado. San Lorenzo, de Abril de 2026. Firmado:
$ 45 Abr. 07
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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la Ciudad de San Lorenzo se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante: BEATRIZ SUSANA BURSET, DNI N.º 4.627.686, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos: “BURSET, BEATRIZ SUSANA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” 21-25447992-3. Firmado: DRA. MELISA PERETTI (Secretaria).
$ 45 Abr. 07
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VILLA CONSTITUCIÓN
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
LA SRA. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO Nº 14 CIVIL, COMERCIAL DE LA SEGUNDA NOMINACION, DE LA CIUDAD DE VILLA CONSTITUCION, PROVINCIA DE SANTA FE, CITO EN CALLE BELGRANO Nº 1348, en los autos caratulados: "SÁNCHEZ, GUILLERMO RAÚL S/AUSENCIA CON PRESUNCION DE FALLECIMIENTO", CUIJ Nº 21-25659513-0, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR EL ART. 88 DEL CC Y COM. DE LA NACIÓN, CÍTESE AL AUSENTE, Sr. SANCHEZ, GUILLERMO RAÚL, DNI: 16.814.211, POR EDICTOS UNA VEZ POR MES, DURANTE SEIS MESES MEDIANTE PUBLICACIONES EN EL BOLETÍN OFICIAL, DIARIO "EL SUR" Y EN LOS ESTRADOS DE ESTE JUZGADO. ÁBRASE LA CAUSA A PRUEBA POR EL TÉRMINO DE LEY, PREVIO A LO SOLICITADO, ACREDITE LA EXISTENCIA DE BIENES A NOMBRE DE GUILLERMO RAÚL SANCHEZ. VILLA CONSTITUCION, 15 DE MAYO DE 2025. FDO. DR. DARÍO MALGERI, SECRETARIO Y DRA. AGUEDA M. ORSARIA JUEZ EN SUPLENCIA. VILLA CONSTITUCION. Dr. Darío F. Malgeri, Secretario.
$ 100 552115 Abr. 07
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Por disposición del Juzgado de primera instancia Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Villa Constitución, provincia de Santa Fe, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante INÉS ENRIQUETA MARINOZZI, titular del DNI N° 0.743.891, para que comparezcan ante este Tribunal y lo acrediten dentro del término de 30 días hábiles y bajo apercibimiento de ley. Autos caratulados: “MARINOZZI, INÉS ENRIQUETA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS”, CUIJ N° 21-25660324-9 - Villa Constitución, DR. DARÍO MALGERI (SECRETARIO); DR. CARLOS A. PELLEJERO (JUEZ)
$ 45 Abr. 07
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial Nº 1 de Villa Constitución, se hace saber que en los autos caratulados OJEDA OLGA SUSANA s/ SUCESORIO 21-25660637-9 , se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante de estos autos doña OJEDA OLGA SUSANA, por el término de treinta días a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Villa Constitución, 07 de abril de 2026. Dr. Alejandro Danino, Secretario.-
$ 45 Abr. 07
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El Juzgado de Primera Instancia Distrito Nº 14 en lo Civil, y Comercial de la Primera Nominación de Villa Constitución, Provincia de Santa Fe a cargo de la Dra. AGUEDA M. ORSARIA (JUEZ), Secretaría del Dr. ALEJANDRO DANINO, llama a los herederos, acreedores o legatarios de DELIA ANITA MARTINELLI, por TREINTA (30) días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Villa Constitución, 07 de Abril de 2026. MARTINELLI DELIA ANITA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS. CUIJ Nº 21-25660771-6. Dr. Alejandro Danino, Secretario.
$ 45 Abr. 07
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de Villa Constitución, Dra. AGUEDA ORSARIA, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por Doña Alida Laura ARIZAGA, argentina, DNI Nº 11.100.720, viuda de Enzo Antonino VALENTI, nacida el 19/03/1954, hija de Alida Olga IBARRA y Francisco Armando ARIZAGA, quien falleciera en Rosario el 31/07/2024, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “ARIZAGA ALIDA LAURA S/ SUCESIONES-INSC.TARDIAS-SUMARIAS-VOLUNT.”, CIUJ Nº 21-25660934-4.- Dr. Alejandro Danino, Secretario.-
$ 45 Abr. 07
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Dentro de los autos caratulados: “PALACIO, MAXIMILIANO JOAQUIN S/ SUCESIONES-INSC.TARDIAS-SUMARIAS-VOLUNT.” CUIJ 21-25661281-7, la Sra. Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito 14 de la 1era. Nominación de Villa Constitución, ha dispuesto llamar a herederos, acreedores y legatarios de don MAXIMILIANO JOAQUIN PALACIO, a fin de que comparezcan a éste Tribunal para que hagan valer sus derechos en el plazo de treinta días. Fdo: Dra. Agueda Orsaria (Jueza), Dr. Alejandro Danino (Secretario).-.
$ 45 Abr. 07
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Dentro de los autos caratulados: “GARRO, MARINES TERESA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-25660469-5, la Sra. Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito 14 de la 1era. Nominación de Villa Constitución, ha dispuesto llamar a herederos, acreedores y legatarios de doña MARINES TERESA GARRO, a fin de que comparezcan a éste Tribunal para que hagan valer sus derechos en el plazo de treinta días. Fdo: Dra. Agueda Orsaria (Jueza), Dr. Alejandro Danino (Secretario).-.
$ 45 Abr. 07
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rufino
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo Distrito N°9 de Rufino, Provincia de Santa Fe, la Secretaría suscribe cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y a todos cuanto consideren con derecho sobre los bienes de la herencia de los Sres. ALBERTO CHIAROTTO y MARGARITA ISLAS para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro de los autos caratulados “CHIAROTTO ALBERTO E ISLAS MARGARITA S/ SUCESORIOS” (CUIJ 21-26369652-9). Firmado: Dr. Luis Alberto CIGNOLI (Juez)- Dr. Jorge Andrés ESPINOZA (Secretario). Rufino, de Marzo 2026.
$ 45 Abr. 07
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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y del Trabajo de Rufino, a cargo del Dr. Luis Alberto Cignoli, Secretaría del Dr. Jorge Andrés Espinoza, hace saber que en los autos caratulados "CASTRO DE SAN LEON GLADIS FABIANA C/ LAZZARINO Y TIMO MARI S/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA" CUIJ 21-26367485-2 se ha dispuesto lo siguiente: "RUFINO, estese a la fecha del SISFE.-(0203/2026.- Informado verbalmente el Actuario en este acto que la accionada no ha comparecido a estar a derecho no obstante estar debidamente notificada, decláresela rebelde y siga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos.." Fdo: Dr. Luis Alberto Cignoli. Juez. Dr. Jorge Andrés Espinoza. Secretario. Autos "CASTRO DE SAN LEON GLADIS FABIANA C/ LAZZARINO Y TIMO MARI S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA" CUIJ 21-26367485-2 Secretaría. Rufino, 10 de marzo de 2026.
$ 135 557557 Abr. 7 Abr. 9