picture_as_pdf 2026-03-12

CEMENTERIO MUNICIPAL DE RECREO


NOTIFICACIÓN DE EXHUMACIÓN PARA REDUCCIÓN


En cumplimiento de lo dispuesto por la normativa vigente, se informa que ha sido solicitada la exhumación para reducción de los restos de JUAN MANUEL DE MARTINO, fallecido el 01/03/1972, y MARGARITA SADONIO DE DE MARTINO, fallecida el 02/07/1957, actualmente inhumados en Panteón 201007 del Cementerio Municipal de Recreo. Se cita y emplaza a sus herederos y/o legatarios para que, en el plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la presente publicación, se presenten ante la Municipalidad de Recreo (Av. Mitre 1211) a fin de manifestar oposición fundada.

En caso de no presentarse en el plazo indicado, se considerará que no existe objeción, y se procederá conforme a lo solicitado, dejando constancia en el expediente correspondiente. Recreo, 09 de marzo de 2026

$ 135 557353 Mar. 12 Mar. 16

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NOTIFICACIÓN DE EXHUMACIÓN PARA REDUCCIÓN


En cumplimiento de lo dispuesto por la normativa vigente, se informa que ha sido solicitada la exhumación para reducción de los restos de AGUSTINA FOSTIER, fallecida el 25/05/1991, y ANDRES MORUSI, fallecido el 26/07/1957, actualmente inhumados en Panteón 309107 del Cementerio Municipal de Recreo. Se cita y emplaza a sus herederos y/o legatarios para que, en el plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la presente publicación, se presenten ante la Municipalidad de Recreo (Av. Mitre 1211) a fin de manifestar oposición fundada.

En caso de no presentarse en el plazo indicado, se considerará que no existe objeción, y se procederá conforme a lo solicitado, dejando constancia en el expediente correspondiente.

Recreo, 10 de marzo de 2026

$ 135 557356 Mar. 12 Mar. 16

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BAUEN ARQUITECTURA S.R.L. -

PILAY S.A. - PILARES S.R.L. - U.T.E.


INFORMA


Por la presente se comunica e informa a los efectos legales que pudieran corresponder, que el contrato de incorporación al sistema de esfuerzo individual y ayuda común N.º 501 del Grupo F04 suscripto en fecha 07/04/2025 entre Bauen Arquitectura S.R.L. - Pilay S.A. - Pilares S.R.L. - U.T.E.- y Sr. Ojalvo Felipe DNI: 36.000.587, ha sido extraviado.

$ 500 557307 Mar. 12 Mar. 18

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SECRETARIA DE LA NIÑEZ,

ADOLESCENCIA Y FAMILIA DEL INTERIOR


NOTIFICACIÓN


Por Disposición de Cynthia Pellegrini, Delegada de la Secretaria de la Niñez, Adolescencia y Familia del interior, en los autos caratulados: “SECRETARÍA DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA S/MEDIDA DE PROTECCIÓN LOAN LOPEZ” Expte. Administrativo: E/T”, se notifica a la Sra. Selena Ayelén López , DNI 44.292.865, que se ha ordenado lo siguiente: “Reconquista 18 de febrero de 2026. ...VISTOS… CONSIDERANDO… DISPONE: ARTÍCULO 1°: Resolver Definitivamente la Medida de Protección Excepcional de Derechos, conforme a las normativas legales establecidas en la Ley Provincial Nº12.967 en su Art. 51 tercer párrafo y su Decreto Reglamentario No 619/2010 y su modificatoria Ley Provincial N° 13.237 en sus arts. 51, 66 bis, ter y quater, que tiene por sujeto de protección al niño LOAN LOPEZ, D.N.I. N° 70.735.432, fecha de nacimiento 31 de mayo de 2025; siendo sus progenitores titulares de la responsabilidad parental, la Sra. Selena Ayelén López, DNI N° 44.292.865 con domicilio y/o paradero actualmente desconocido; y el Sr. Ricardo Olimpo Zárate, DNI N° 37.829.014, domiciliado en calle 39 casa N° 8 entre calles 18 y 16 , Barrio Santa Lucía de la ciudad de Las Toscas (SF). Que la Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional, tiene por objeto regularizar la situación legal del niño, sugiriéndose la declaración oportunamente, y previo tramites de ley, de discernimiento de Tutela, permaneciendo alojado bajo el cuidado de Familia Ampliada, hasta tanto se resuelva definitivamente su situación. ARTICULO Nº2: Sugerir al órgano jurisdiccional interviniente que declare el discernimiento de Tutela en favor de las Sras. Rocío Celeste Zárate (DNI N°40.360.991) y Mirta Estela Suárez (DNI N° 23.200.428) domiciliadas en Asentamiento Oeste de Barrio Guadalupe, Manzana 8, Casa 2 de la ciudad de Reconquista (SF) y/o la figura jurídica que considere más oportuna con el objeto de continuar sosteniendo el proceso de restitución de sus derechos.- ARTICULO Nº 3: Efectuar el procedimiento destinado a la notificación de la Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional a las partes interesadas y peticionar el pertinente Control de la Legalidad de la misma por ante el órgano jurisdiccional competente.- ARTICULO Nº 4: Otórguese el trámite correspondiente, regístrese, notifíquese a la partes interesadas, al órgano jurisdiccional y oportunamente archívese.- Lo que se publica a los efectos legales en el Boletín Oficial.- Reconquista, Marzo de 2026.-

S/C 48477 Mar. 12 Mar. 16

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UNIDAD EJECUTORA CORREDOR VIAL Nº 4 RUTA PCIAL Nº 18 PCIA DE STA FE CONSORCIO PÚBLICO


NOTIFICACIÓN POR EDICTO


Por disposición de la UNIDAD EJECUTORA CORREDOR VIAL Nº 4 RUTA PCIAL Nº 18 PCIA DE STA FE CONSORCIO PÚBLICO, se notifica a DIEVI S.R.L., CUIT 33-71581317-9, por edicto en el BOLETÍN OFICIAL que se publica a sus efectos por un (1) día, que dentro de las actuaciones administrativas: "DIEVI S.R.L. Y OTRO S/INFRACCIÓN" (Acta de Constatación de Infracción Nº 693), se ha dictado la Resolución Nº CC0021/26, de fecha 26 de febrero de 2026, la cual seguidamente se transcribe en su parte resolutiva: "Nº CC021/26. Santa Teresa, 26 de febrero de 2026. Y VISTOS ...; Y CONSIDERANDO: ... Por todo lo expuesto el COMITÉ DE ADMINISTRACION RESUELVE: 1) Aprobar el Acta de Constatación de Infracción N° 693, de fecha 04/05/2021; 2) Condenar en forma personal y autónoma a DIEVI S.R.L., en su carácter de transportista y a COFCO INT. ARGENTINA S.A., en su carácter de cargador, al pago de una MULTA en tres mil treinta y cuatro Unidades Fijas (3.034 UF), en virtud de lo prescripto por Ley Nacional Nº 24.449, Decreto Reglamentario 779/95 y Mod. N° 79/98, Ley Provincial Nº 13.133 Decreto Prov. Nº 2.311/99, Ley Prov. Nº 13.838 y demás normativa vigente; 3) Ordénese la inclusión de los responsables de la carga dentro del Registro de Infractores de la Dirección Provincial de Vialidad; 4) Hágase saber. Firmado: JOSÉ GIRY (Presidente); MARÍA LAURA LUCCI (Secretaria) y NESTOR N. CANTONI (Vicepresidente)." *Conforme Ley Nº 12.071, se le hace saber que podrá interponer los recursos previstos en el Régimen para Actuaciones Administrativas del Decreto Provincial Nº 4.174/2015 o aquél que en el futuro lo reemplace.- *Si en el transcurso en que se notificó esta Resolución la situación hubiese sido regularizada, por favor comuníquese para dejar asentada tal circunstancia. *De no regularizarse su situación se procederá a ejecutar la deuda judicialmente para penalizar esta contravención, en concordancia con la legislación Nacional, Provincial y local. Independientemente se ingresará la presente infracción al Registro Provincial 'de Infractores por exceso de Peso en el transporte de Carga. En consecuencia, queda/n Ud/s. debidamente notificado/s. Se deja constancia de que la U.E.C.V. Nº 4 Ruta Provincial N° 18 Santa Fe - C.P. se encuentra exenta respecto del pago del impuesto conforme Resolución Nº3394-1/99 del API y lo normado por el art. 182 inc. "1" del Código Fiscal.-

$ 100 557220 Mar. 12

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NOTIFICACIÓN POR EDICTO


Por disposición de la UNIDAD EJECUTORA CORREDOR VIAL Nº 4 RUTA PCIAL Nº 18 PCIA DE STA FE CONSORCIO PÚBLICO, se notifica a INGENIERO ALBERTO REANO S.A., CUIT 30-70911793-5; y a DESARROLLOS DE HORMIGONES RUTA 2 S.A., CUIT 30-71506516-1, por edicto en el BOLETÍN OFICIAL que se publica a sus efectos por un (1) día, que dentro de las actuaciones administrativas: "DESARROLLOS DE HORMIGONES RUTA 2 S.A. Y OTRO SI INFRACCIÓN" (Acta de Constatación de Infracción Nº 703), se ha dictado la Resolución Nº CC009/26, de fecha 26 de febrero de 2026, la cual seguidamente se transcribe en su parte resolutiva: "Nº CC009/26. Santa Teresa, 26 de febrero de 2026. Por todo lo expuesto el COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN RESUELVE: 1) Aprobar el Acta de Constatación de Infracción Nº 703, de fecha 28/06/2021; 2) Condenar en forma personal y autónoma a DESARROLLOS DE HORMIGONES RUTA 2 S.A. en su carácter de transportista y a INGENIERO ALBERTO REANO S.A. (I.G.R. S.A.) en su carácter de cargadora, al pago de una MULTA en Pesos equivalente a tres mil novecientos ochenta y siete Unidades Fijas (3.987 UF), en virtud de lo prescripto por Ley Nacional Nº 24.449, Decreto Reglamentario 779/95 y Mod. Nº 79/98, Ley Provincial Nº 13.133 Decreto Prov. Nº 2.311/99, Ley Prov. Nº 13.838 y demás normativa vigente; 3) Ordénese la inclusión de los responsables de la carga dentro del Registro de Infractores de la Dirección Provincial de Vialidad; 4) Hágase saber.- Firmado: JOSÉ GIRY (Presidente); MARÍA LAURA LUCCI (Secretaria) y NESTOR N. CANTONI (Vicepresidente) “Conforme Ley N° 12.071, se le hace saber que podrá interponer los recursos previstos en el Régimen para Actuaciones Administrativas del Decreto Provincial N° 4.174/2015 o aquél que en el futuro lo reemplace- Si en el transcurso en que se notificó esta Resolución la situación hubiese sido regularizada, por favor comuníquese para dejar asentada tal circunstancia. De no regularizarse su situación se procederá a ejecutar la deuda judicialmente para penalizar esta contravención, en concordancia con la legislación Nacional, Provincial y local. Independientemente se ingresará la presente infracción al Registro Provincial de Infractores por exceso de Peso en el transporte de Carga. En consecuencia, queda/n Ud/s debidamente notificado/s. Se deja constancia de que la U.E.C.V.N° 4 Ruta provincial N° 18 Santa Fe C.P se encuentra exenta respectos del pago del impuesto conforme Resolución N° 3394-1/99 del API y lo normado por el art. 182 Inc 1 del Código Fiscal

$ 100 557221 Mar. 12

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NOTIFICACIÓN POR EDICTO


Por disposición de la UNIDAD EJECUTORA CORREDOR VIAL Nº 4 RUTA PCIAL. Nº 18 PCIA DE STA FE CONSORCIO PÚBLICO, se notifica a D.O.M. DISTRIBUCIONES S.A., CUIT 33-71097373-9, por edicto en el BOLETÍN OFICIAL que se publica a sus efectos por un (1) día, que dentro de las actuaciones administrativas: "D.O.M. DISTRIBUCIONES S.A. Y OTRO S/INFRACCIÓN" (Acta de Constatación de Infracción Nº 705), se ha dictado la Resolución que seguidamente se transcribe en su parte pertinente: "N°CC010/26. Santa Teresa, 26 de febrero de 2026. Y VISTOS ...; Y CONSIDERANDO:... Por todo lo expuesto el COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN RESUELVE: 1) Aprobar el Acta de Constatación de Infracción Nº 705, de fecha 19/07/2021; 2) Condenar en forma personal y autónoma a D.O.M. DISTRIBUCIONES S.A., en su carácter de transportista y a CONTINO, ANALIA LORENA, en su carácter de cargador, al pago de una MULTA en Pesos equivalente a tres mil cuarenta y una Unidades Fijas (3.041 UF), en virtud de lo prescripto por Ley Nacional Nº 24.449, Decreto Reglamentario 779/95 y Mod. Nº 79/98, Ley Provincial Nº 13.133 Decreto Prov. Nº 2.311/99, Ley Prov. Nº 13.838 y demás normativa vigente; 3) Ordénese la inclusión de los responsables de la carga dentro del Registro de Infractores de la Dirección Provincial de Vialidad; 4) Hágase saber.-. Firmado: JOSÉ GIRY (Presidente); MARÍA LAURA LUCCI (Secretaria) y NESTOR N. CANTONI (Vicepresidente)." *Conforme Ley Nº 12.071, se le hace saber que podrá interponer los recursos previstos en el Régimen para Actuaciones Administrativas del Decreto Provincial Nº 4.174/2015 o aquél que en el futuro lo reemplace.- *Si en el transcurso en que se notificó esta Resolución la situación hubiese sido regularizada, por favor comuníquese para dejar asentada tal circunstancia. *De no regularizarse su situación se procederá a ejecutar la deuda judicialmente para penalizar esta contravención, en concordancia con la legislación Nacional, Provincial y local. Independientemente se ingresará la presente infracción al Registro Provincial de Infractores por exceso de Peso en el transporte de Carga. En consecuencia, queda/n Ud/s. debidamente notificado/s. Se deja constancia de que la U.E.e.V. Nº 4 Ruta Provincial Nº 18 Santa Fe C.P. se encuentra exenta respecto del pago del impuesto conforme Resolución Nº3394-1/99 del API y lo normado por el art. 182 inc. "1" del Código Fiscal -

$ 100 557222 Mar. 12

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NOTIFICACIÓN POR EDICTO


Por disposición de la UNIDAD EJECUTORA CORREDOR VIAL Nº 4 RUTA PCIAL Nº 18 PCIA DE STA FE CONSORCIO PÚBLICO, se notifica al Sr. MADERZANA S.R.L., CUIT 30-71404681-7, por edicto en el BOLETÍN OFICIAL que se publica a sus efectos por un (1) día, que dentro de las actuaciones administrativas: "FAYBE S.R.L. Y OTRO S/INFRACCIÓN" (Acta de Constatación de Infracción Nº 709).-, se ha dictado la Resolución que seguidamente se transcribe en su parte pertinente: "N°CC012/26. Santa Teresa, 26 de febrero de 2026. Y VISTOS ...; Y CONSIDERANDO: ... Por todo lo expuesto el COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN RESUELVE: 1) Aprobar el Acta de Constatación de Infracción Nº 709, de fecha 23/07/2021; 2) Condenar en forma personal y autónoma a FAYBE S.R.L. en su carácter de transportista y a MADERNAZA S.R.L.. en su carácter de cargadora, al pago de una MULTA en Pesos equivalente a dos mil ochocientas sesenta y seis Unidades Fijas (2.866 UF), en virtud de lo prescripto por Ley Nacional Nº 24.449, Decreto Reglamentario 779/95 y Mod. Nº 79/98, Ley Provincial N.º 13.133 Decreto Prov. Nº 2.311/99, Ley Prov. Nº 13.838 y demás normativa vigente; 3) Ordénese la inclusión de los responsables de la carga dentro del Registro de Infractores de la Dirección Provincial de Vialidad; 4) Hágase saber.- Firmado: JOSÉ GIRY (Presidente); MARÍA LAURA LUCCI (Secretaria) y NESTOR N. CANTONI (Vicepresidente)." *Conforme Ley Nº 12.071, se le hace saber que podrá interponer los recursos previstos en el Régimen para Actuaciones Administrativas del Decreto Provincial Nº 4.174/2015 o aquél que en el futuro lo reemplace.- *Si en el transcurso en que se notificó esta Resolución la situación hubiese sido regularizada, por favor comuníquese para dejar asentada tal circunstancia. *De no regularizarse su situación se procederá a ejecutar la deuda judicialmente para penalizar esta contravención, en concordancia con la legislación Nacional, Provincial y local. Independientemente se ingresará la presente infracción al Registro Provincial de Infractores por exceso de Peso en el transporte de Carga. En consecuencia, queda/n Ud/s. debidamente notificado/s. Se deja constancia de que la U.E.e.V. Nº 4 Ruta Provincial Nº 18 Santa Fe - C.P. se encuentra exenta respecto del pago del impuesto conforme Resolución N°3394-1/99 del API y lo normado por el art. 182 inc. "1" del Código Fiscal.-

$ 100 557223 Mar. 12

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NOTIFICACIÓN POR EDICTO


Por disposición de la UNIDAD EJECUTORA CORREDOR VIAL Nº 4 RUTA PCIAL Nº 18 PCIA DE STA FE CONSORCIO PÚBLICO, se notifica a INGENIERO ALBERTO REANO S.A., CUIT 30-70911793-5; y a DESARROLLOS DE HORMIGONES RUTA 2 S.A., CUIT 30-71506516-1, por edicto en el BOLETÍN OFICIAL que se publica a sus efectos por un (1) día, que dentro de las actuaciones administrativas: "DESARROLLOS DE HORMIGONES RUTA 2 S.A. Y OTRO S/INFRACCIÓN" (Acta de Constatación de Infracción Nº 707), se ha dictado la Resolución que seguidamente se transcribe en su parte pertinente: "Nº CC011/26. Santa Teresa, 26 de febrero de 2026. Y VISTOS...; Y CONSIDERANDO: ... Por todo lo expuesto el COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN RESUELVE: 1) Aprobar el Acta de Constatación de Infracción N° 707, de fecha 21/07/2021; 2) Condenar en forma personal y autónoma a DESARROLLOS DE HORMIGONES RUTA 2 S.A. en su carácter de transportista y a INGENIERO ALBERTO REANO S.A. en su carácter de cargadora, al pago de una MULTA en Pesos equivalente a tres mil trescientas setenta y tres Unidades Fijas (3.373 UF), en virtud de lo prescripto por Ley Nacional Nº 24.449, Decreto Reglamentario 779/95 y Mod. Nº 79/98, Ley Provincial Nº 13.133 Decreto Prov. Nº 2.311/99, Ley Prov. Nº 13.838 y demás normativa vigente; 3) Ordénese la inclusión de los responsables de la carga dentro del Registro de Infractores de la Dirección Provincial de Vialidad; 4) Hágase saber. Firmado: JOSÉ GIRY (Presidente); MARÍA LAURA LUCCI (Secretaria) y NESTOR N. CANTONI (Vicepresidente)." *Conforme Ley Nº 12.071, se le hace saber que podrá interponer los recursos previstos en el Régimen para Actuaciones Administrativas del Decreto Provincial Nº 4.174/2015 o aquél que en el futuro lo reemplace.- *Si en el transcurso en que se notificó esta Resolución la situación hubiese sido regularizada, por favor comuníquese para dejar asentada tal circunstancia. *De no regularizarse su situación se procederá a ejecutar la deuda judicialmente para penalizar esta contravención, en concordancia con la legislación Nacional, Provincial y local. Independientemente se ingresará la presente infracción al Registro Provincial de Infractores por exceso de Peso en el transporte de Carga. En consecuencia, queda/n Ud/s. debidamente notificado/s. Se deja constancia de que la U.E.C.V. Nº 4 Ruta Provincial Nº 18 Santa Fe. C.P. se encuentra exenta respecto del pago del impuesto conforme Resolución N°3394-1/99 del API y lo normado por el art. 182 inc. "1" del Código Fiscal.-

$ 100 557224 Mar. 12

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NOTIFICACIÓN POR EDICTO


Por disposición de la UNIDAD EJECUTORA CORREDOR VIAL Nº 4 RUTA PCIAL Nº 18 PCIA DE STA FE CONSORCIO PÚBLICO, se notifica al Sr. SEBALLOS JORGE, CUIT 20-27560446-2, por edicto en el BOLETÍN OFICIAL que se publica a sus efectos por un (1) día, que dentro de las actuaciones administrativas: "MOSMANN, RAÚL RICARDO Y OTRO S/INFRACCIÓN" (Acta de Constatación de Infracción Nº 710), se ha dictado la Resolución que seguidamente se transcribe en su parte pertinente: "Nº CC013/26. Santa Teresa, 26 de febrero de 2026. Y VISTOS ...; Y CONSIDERANDO:... Por todo lo expuesto el COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN RESUELVE: 1) Aprobar el Acta de Constatación de Infracción N° 710, de fecha 04/08/2021; 2) Condenar en forma personal y autónoma a MOSMANN, RAÚL RICARDO en su carácter de transportista y a SEBALLOS, JORGE, en su carácter de cargador, al pago de una MULTA en Pesos equivalente a dos mil quinientas treinta y nueve Unidades Fijas (2.539 UF), en virtud de lo prescripto por Ley Nacional Nº 24.449, Decreto Reglamentario 779/95 y Mod. Nº 79/98, Ley Provincial Nº 13.133 Decreto Prov. Nº 2.311/99, Ley Prov. Nº 13.838 y demás normativa vigente; 3) Ordénese la inclusión de los responsables de la carga dentro del Registro de Infractores de la Dirección Provincial de Vialidad; 4) Hágase saber.- Firmado: JOSÉ GIRY (Presidente); MARÍA LAURA LUCCI (Secretaria) y NESTOR N. CANTONI (Vicepresidente)." *Conforme Ley Nº 12.071, se le hace saber que podrá interponer los recursos previstos en el Régimen para Actuaciones Administrativas del Decreto Provincial Nº 4.174/2015 o aquél que en el futuro lo reemplace.- *Si en el transcurso en que se notificó esta Resolución la situación hubiese sido regularizada, por favor comuníquese para dejar asentada tal circunstancia. *De no regularizarse su situación se procederá a ejecutar la deuda judicialmente para penalizar esta contravención, en concordancia con la legislación Nacional, Provincial y local. Independientemente se ingresará la presente infracción al Registro Provincial de Infractores por exceso de Peso en el transporte de Carga. En consecuencia, queda/n Ud/s. debidamente notificado/s. Se deja constancia de que la U.E.e.V. N° 4 Ruta Provincial N° 18 Santa Fe - C.P. se encuentra exenta respecto del pago del impuesto conforme Resolución N°3394-1/99 del API y lo normado por el art 182 inc. "1" del Código Fiscal.

$ 100 557225 Mar. 12

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