CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
INFORMA
ELEVACIÓN DE PROPUESTAS
Atento a lo establecido en el artículo 24° del Decreto N° 659/24, en el concurso destinado a cubrir las vacantes de Jueces de 1ra. Instancia de Distrito de Familia – Circunscripciones Judiciales Nº 1; Nº 2 y Nº 4, se eleva al Poder Ejecutivo la siguiente propuesta por sede y por orden alfabético conformada con los postulantes que han superado las pautas de evaluación: Circunscripción Judicial Nº 1: BELAVI, Natalia Silvana DNI Nº 26.276.710, Clase 1977; BENDER, Gisela Belén DNI Nº 31.385.355, Clase 1985; BENSEGUES, Lidia Fernanda DNI Nº 33.479.497, Clase 1989; CANSINO, Alejo Tomas, DNI Nº 35.583.599, Clase 1991; DALLA FONTANA, Antonio Nicolás, DNI Nº 33.931.723, Clase 1988; ECHEVARRIA BLOCK, Luis Tomás DNI Nº 34.014.383, Clase 1988; OBLAN, Cristian Antonio, DNI Nº 28.073.968, Clase 1980 ; ROLDAN, Mariano Darío, DNI Nº 22.766.441, Clase 1972. Circunscripción Judicial Nº 2: ANDRES JULIAN, Hernán DNI Nº 34.680.377, Clase 1989; BENSEGUES, Lidia Fernanda DNI Nº 33.479.497, Clase 1989; CAMPÁ, María Noel, DNI Nº 25.147.461, Clase 1976; CANSINO, Alejo Tomas, DNI Nº 35.583.599, Clase 1991; ECHEVARRIA BLOCK, Luis Tomás DNI Nº 34.014.383, Clase 1988; FANTONI, Martín Andrés, DNI Nº 23.964.855, Clase 1974; FAVRO, Lara Belén, DNI Nº 35.584.043, Clase 1991; MANASSERO, Ana Clara DNI Nº 22.172.984, Clase 1971; MORENO, José Luis, DNI Nº 22.172.625, Clase 1971; MUNIAGURRIA, Celina, DNI Nº 27.233.709, Clase 1979; NAVEIRA, María Cecilia, DNI Nº 28.055.667, Clase 1980; PANGIA, Carolina Andrea, DNI Nº 26.375.566, Clase 1977; PEDRAZA, Marco, DNI Nº 34.628.779, Clase 1989; ROLDAN, Mariano Darío, DNI Nº 22.766.441, Clase 1972. Circunscripción Judicial Nº 4: BENSEGUES, Lidia Fernanda DNI Nº 33.479.497, Clase 1989; ECHEVARRIA BLOCK, Luis Tomás DNI Nº 34.014.383, Clase 1988.
S/C 48360 Mar. 02
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TRIBUNAL DE CUENTAS
EDICTO
Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber a la Comuna de Toba, que en autos caratulados: Expediente Nro. 00901-0136259-4 – TCP-SIE S/ Resolución de S.I Nro. 0771 de fecha 03/10/2025, referida a la inversión del Subsidio otorgado en el marco del Programa Boleto Educativo Gratuito por Movilidad Educativa Rural por Resolución N.º 565/2022 del Ministerio de Educación, descargados en el Balance de Movimiento de Fondos del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, correspondiente al período Octubre a Diciembre de 2024, la cuál en su parte pertinente establece: “VISTO:... CONSIDERANDO: , RESUELVE: Artículo 1º: Formular cargo a la Comuna de Toba por la suma de pesos novecientos veintidós mil novecientos veintitrés con treinta centavos ($922.923,30.-) según lo establecido en la Resolución Nº 48/2003 TCP, modificada por Resolución Reglamentaria Nº 10/2016 TCP, conforme surge del siguiente detalle:
IMPORTE OBSERVADO $437.681,50.-
más
INTERESES $485.241,80.-
(desde la fecha en que se debió rendir cuentas, hasta la fecha en que la Sala resuelve formular el cargo. Fecha de tasa de interés considerada al 15/09/2025)
IMPORTE POR EL QUE SE FORMULA EL CARGO $922.923,30.-
Artículo 2º: Intimar al responsable para que, dentro de los treinta (30) días contados a partir de la notificación de la presente resolución, proceda a reintegrar el importe correspondiente al cargo formulado en el artículo precedente, bajo apercibimiento de dar intervención a Fiscalía de Estado, conforme a lo dispuesto por el artículo 224º de la Ley Nº 12510. Depositar el importe en la cuenta corriente Nº 599- 0009001/04 – Nuevo Banco de Santa Fe S.A. - CBU Nº 3300599515990009001042 – CUIT 30-67461985-1 – Superior Gobierno de Santa Fe – Rentas Generales y remitir la constancia bancaria de la operación realizada a este Tribunal de Cuentas. Artículo 3º: Hacer saber, de conformidad a la Ley Nº 12071, que “Contra los fallos y resoluciones dictados por las Salas en los Juicios de Cuentas y Responsabilidad, procederá el Recurso de Revocatoria ante la Sala que dictó la resolución y de Apelación ante el Tribunal de Cuentas en Acuerdo Plenario, los que deben interponerse dentro de los diez (10) días de notificada la resolución impugnada y fundamentarse en el mismo acto.” (artículo 238º de la Ley Nº 12510, reglamentado por este Tribunal de Cuentas mediante Resolución Nº 6/2006 y su modificatoria Resolución R Nº 13/2016). Artículo 4º: Registrar, notificar y reservar las actuaciones hasta el vencimiento del plazo acordado.
Fdo.: CPN Oscar M. Biagioni – Presidente / Dr. Marcelo Luis Terenzio – Vocal / CPN Sergio Orlando Beccari – Vocal / CPN Ibis E. Braga – Secretaria de Sala I”
S/C 48383 Mar. 02 Mar. 03
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TRIBUNAL DE CUENTAS
EDICTO
Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber a la Sra. Elizabeth Inés Maidana, que en autos caratulados: Expediente Nro. 00901-0136235-4 – TCP-SIE S/ Resolución de S.I Nro. 0768 de fecha 03/10/2025, referida a la inversión del Fondo para Atención de Necesidades Inmediatas otorgado por Resolución N.º 603/2023 del Ministerio de Educación a la Escuela Secundaria Orientada N.º 560 con destino a la compra de equipamiento informático (pantallas digitales interactivas) y mobiliario necesario para su instalación, descargados en el Balance de Movimiento de Fondos del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, correspondiente al período Octubre a Diciembre de 2024, la cuál en su parte pertinente establece: “VISTO:... CONSIDERANDO: , RESUELVE: Artículo 1º: Formular cargo a Elizabeth Inés Maidana por la suma de pesos un millón cuatrocientos quince mil setecientos sesenta ($1.415.760,00.-) según lo establecido en la Resolución Nº 48/2003 TCP, modificada por Resolución Reglamentaria Nº 10/2016 TCP, conforme surge del siguiente detalle:
IMPORTE OBSERVADO $600.000,00.-
más
INTERESES $815.760,00.-
(desde 11/07/2023, fecha en que se debió rendir cuentas, hasta la fecha en que la Sala resuelve formular el cargo.Fecha de tasa de interés considerada al 15/09/2025)
IMPORTE POR EL QUE SE FORMULA EL CARGO $1.415.760,00.-
Artículo 2º: Intimar a la responsable para que, dentro de los treinta (30) días contados a partir de la notificación de la presente resolución, proceda a reintegrar el importe correspondiente al cargo formulado en el artículo precedente, bajo apercibimiento de dar intervención a Fiscalía de Estado, conforme a lo dispuesto por el artículo 224º de la Ley Nº 12510. Depositar el importe en la cuenta corriente Nº 599-0009001/04 – Nuevo Banco de Santa Fe S.A. - CBU Nº 3300599515990009001042 – CUIT 30-67461985-1 – Superior Gobierno de Santa Fe – Rentas Generales y remitir la constancia bancaria de la operación realizada a este Tribunal de Cuentas. Artículo 3º: Hacer saber, de conformidad a la Ley Nº 12071, que “Contra los fallos y resoluciones dictados por las Salas en los Juicios de Cuentas y Responsabilidad, procederá el Recurso de Revocatoria ante la Sala que dictó la resolución y de Apelación ante el Tribunal de Cuentas en Acuerdo Plenario, los que deben interponerse dentro de los diez (10) días de notificada la resolución impugnada y fundamentarse en el mismo acto.” (artículo 238º de la Ley Nº 12510, reglamentado por este Tribunal de Cuentas mediante Resolución Nº 6/2006 y su modificatoria Resolución R Nº 13/2016). Artículo 4º: Registrar, notificar y reservar las actuaciones hasta el vencimiento del plazo acordado.
Fdo.: CPN Oscar M. Biagioni – Presidente / Dr. Marcelo Luis Terenzio – Vocal / CPN Sergio Orlando Beccari – Vocal / CPN Ibis E. Braga – Secretaria de Sala I”
S/C 48382 Mar. 02 Mar. 03
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MINISTERIO DE IGUALDAD Y DESARROLLO HUMANO
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE REGULARIZACIÓN DOMINIAL
Por disposición de la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE REGULARIZACIÓN DOMINIAL del MINISTERIO DE IGUALDAD DESARROLLO HUMANO - Ley Nacional 24.374 y su modif. Decr. Prov. 1178/09, se cita, se llama y emplaza para que comparezcan por ante esta dependencia ubicada en calle Salta Nº 3211 de la ciudad de Santa Fe; 27 de febrero 2289 de la ciudad de Rosario; SAN MARTIN Nº1029 - de ciudad de Reconquista; dentro del término de treinta (30) días hábiles y bajo apercibimientos de ley, a fin de que deduzcan formal oposición si correspondiere, en los términos del art. 6 inc. d) de la Ley mencionada, lo que se publica a sus efectos en el Boletín oficial y el diario local de la ciudad de Santa Fe (“Diario UNO”) en fecha miércoles 4 de marzo de 2026, a las siguientes personas:
DEPARTAMENTO:GENERAL OBLIGADO: LOCALIDAD RECONQUISTA
01.-CARITAS PARROQUIAL RECONQUISTA , Matrícula individual, CUIT:33-67435243-9, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:PASAJE 20/22 N° 2870(BARRIO OBLIGADO ) de la localidad de RECONQUISTA, identificado como lote 18 manzana XVI Plano N°122774/1994, Partida inmobiliaria N°03-20-00-011153/0033-6 inscripto el dominio al T°191 I F°1134 N°76771 Año1992, Departamento GENERAL OBLIGADO , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE , Expte. 01501-0128553-5, iniciador:ROMERO BLANCA ARGENTINA.
02.-Los esposos de primeras nupcias don SCHLIE HORACIO ERNESTO y doña CILIBERTI de SCHLIE NORMA SUSANA , Matrícula individual, LE:6.313.977,LC:5.500.071, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:69 N° 475(BARRIO AMERICA) de la localidad de RECONQUISTA, identificado como lote 3 manzana 3 Plano N°97865/1981, Partida inmobiliaria N° 03-20-00-011152/0148-2 inscripto el dominio al T° 117 I F°225 N°5255 Año 1972, Departamento GENERAL OBLIGADO , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE , Expte. 01501-0126847-9, iniciador:FAVIT JUAN ALBERTO.
LOCALIDAD AVELLANEDA
03.-INSTITUTO MUNICIPAL DE LA VIVIENDA , Matrícula individual, CUIT:30-67433674-4, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:124 N° 885(BARRIO BELGRANO) de la localidad de AVELLANEDA, identificado como lote 19 manzana 13 Plano N°113609/1988, Partida inmobiliaria N°03-19-00-017844/0464-1 inscripto el dominio al T°175 P F°989 N°44604 Año 1988, Departamento GENERAL OBLIGADO , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE , Expte. 01501-0126474-9, iniciador:ESPINOZA ALCIDES MARCELO.
04.-MUNICIPALIDAD DE AVELLANEDA , Matrícula individual, CUIT:30-67433674-4, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:PASAJE DE LOS ROBLES N°804 (BARRIO BELGRANO) de la localidad de AVELLANEDA, identificado como lote 2 manzana 87-0 Plano N°148905/2008, Partida inmobiliaria N° 03-19-00-017844/0544-0 inscripto el dominio al T°245 I F°984 N°43993 Año 2007, Departamento GENERAL OBLIGADO , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE , Expte. 01501-0129077-7, iniciador:PENA NESTOR DAMIAN.
LOCALIDAD LANTERI
05.-COMISIÓN DE FOMENTO DEL PUEBLO DE LANTERI , Matrícula individual, CUIT:30-67434554-9, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:ZONA URBANA N°S/N de la localidad de LANTERI, identificado como lote 5 manzana S/N Plano N°129649/1999, Partida inmobiliaria N°03-16-00-616803/0012-3 inscripto el dominio al T° 190 I F°940 N°58805 Año 1992, Departamento GENERAL OBLIGADO , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE , Expte. 01501-0128523-6, iniciador:BOGARIN ANA MARIA.
06.- COMISIÓN DE FOMENTO DEL PUEBLO DE LANTERI , Matrícula individual, CUIT:30-67434554-9, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:ZONA RURAL N°S/N de la localidad de LANTERI, identificado como lote 3 manzana S/N Plano N°129649/1999, Partida inmobiliaria N°03-16-00-616803/0010-5 inscripto el dominio al T°190 I F°940 N°58805 Año 1992, Departamento GENERAL OBLIGADO , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE , Expte. 01501-0128543-2, iniciador:BENITEZ ROBERTO DANIEL.
DEPARTAMENTO VERA: LOCALIDAD GARABATO
07.-COMUNA DE GARABATO , Matrícula individual,CUIT: 30-67435410-6, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:25 DE MAYO N°S/N de la localidad de GARABATO, identificado como lote 9 manzana 42 Plano N°121333/1993, Partida inmobiliaria N° 02-11-00-517991/0008-4 inscripto el dominio al T° 125 F°253 N°32922 Año 1979, Departamento VERA , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE , Expte. 01501-0129347-5, iniciador:CUEVAS MARCELO DIONEL.
08.- COMUNA DE GARABATO , Matrícula individual, CUIT: 30-67435410-6 , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:25 DE MAYO N° S/N de la localidad de GARABATO, identificado como lote 15 manzana 42 Plano N°121333/1993, Partida inmobiliaria N°02-11-00-517991/0014-5 inscripto el dominio al T° 125 F°253 N°32922 Año 1979, Departamento VERA , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE , Expte. 01501-0129351-2, iniciador:DELUCA ERMELINDA NELLY.
LOCALIDAD MARGARITA
09.-COMUNA DE MARGARITA , Matrícula individual, CUIT:30-67435441-6, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:LUIS CHIARA N°S/N de la localidad de MARGARITA, identificado como lote 15 manzana F1 Plano N°179672/2015, Partida inmobiliaria N°02-04-00-006176/8120-9 inscripto el dominio al T°194 F°64 N°4581 Año 2004, Departamento VERA , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE , Expte. 01501-0127897-1, iniciador:VILLALBA YAMILA SOLEDAD.
DEPARTAMENTO CASTELLANOS: LOCALIDAD SUNCHALES
10.-BERTONE HILARIO JUAN , Matrícula individual, LE:2.447.276, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:LEGUIZAMÓN N° 619(BARRIO COLÓN) de la localidad de SUNCHALES, identificado como lote 16 manzana letra “p” Plano N°36655/1963, Partida inmobiliaria N°08-11-00-060521/0065-9 inscripto el dominio al T°172 I F°1484 N°20648 Año 1968, Departamento CASTELLANOS , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE , Expte. 01501-0126025-9, iniciador:GOROSITO BERNARDA SOFIA.
S/C 48355 Mar. 02 Mar. 04
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SECRETARIA DE TECNOLOGÍAS PARA LA GESTIÓN
RESOLUCIÓN Nº 012
Santa Fe, 27 de Febrero de 2026.
VISTO:
La gestión obrante en EE-2025-00026854-APPSF-PE del sistema Timbo, por el que se tramita la disposición final de bienes informáticos en desuso en el Ministerio de Medio Ambiente y Cambio Climático, y;
CONSIDERANDO:
Que por medio de las presentes actuaciones el Departamento Planificación Informática, solicita en orden 8 se efectúe el acto administrativo correspondiente para autorizar la desafectación de una serie de bienes informáticos en desuso en el Ministerio de Medio Ambiente y Cambio Climático.
Que adjunta en copia los formularios del detalle correspondiente a los mencionados bienes a desafectar, obrantes en el EE-2025-00026854-APPSF-PE.
Que a orden 11 a intervenido el Departamento de Bienes Muebles de la Subsecretaria de Contrataciones y Gestión de Bienes.
Que la Provincia de Santa Fe, cuenta con un gran número de equipos electrónicos y eléctricos informáticos en desuso, los cuales por diferentes motivos han dejado de ser útiles para la Administración.
Que el Poder Ejecutivo organiza el régimen de inventario patrimonial permanente del Estado, estando facultado para disponer los relevamientos o inventarios generales y parciales que estime necesarios de los bienes que constituyen el patrimonio de la Provincia, en cualquier tiempo, época, modo y forma que determine, registrándolos y clasificándolos conforme al sistema que mejor consulte la técnica contable.
Que la Ley 12510, crea el Subsistema de Administración de Gestión de Bienes, estableciendo que "La gestión de bienes esta destinada a regular la incorporación, mantenimiento, registración, identificación, control y baja de bienes muebles e inmuebles de propiedad del sector público provincial". (art. 105 a 113, reglamentado por el Decreto 1104/2016).
Que la mencionada ley constituye a la Dirección General de Contrataciones y Gestión de Bienes, como la Unidad Rectora Central del Subsistema.
Que conforme lo dispuesto en el art. 9 y 109 de la Ley 12510 y por Decreto 3704/2006, hasta tanto no se informe la baja de bienes, los mismos continúan bajo la responsabilidad de las jurisdicciones y/o Entidades que los tengan asignados o los hayan adquiridos para su uso.
Que en lo referido a los bienes electrónicos y eléctricos informáticos en desuso, las Sectoriales informáticas, dependientes de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Innovación y Gestión Pública, son los órganos técnicos competentes para determinar si los mismos son utilizables o deben catalogarse como residuos de aparato eléctrico o electrónico (RAEE).
Que por Decreto N° 916/2008 se delegó en los Ministros, Secretario de Estado y Fiscal de Estado, entre otras facultades, la de resolver respecto de donación de bienes muebles en desuso cuya venta por licitación o subasta pública resulte inconveniente por razones económicas o de orden práctico, en favor de las entidades e instituciones mencionadas en el artículo 102° de la Ley N° 7866, excepto lo atinente a equipos y terminales informáticas para cuya donación solo se faculta al Ministro de Gobierno y Reforma del Estado, hoy Ministro de Gobierno e Innovación Pública (art. 8°).
Que por Resolución N° 98/2014 del por entonces Ministro de Gobierno y Reforma del Estado se aprobó el Manual de Procedimiento para la disposición de los bienes electrónicos y eléctricos informáticos en desuso de la Administración Pública Provincial.
Que corresponde a la Secretaría de Tecnologías para la Gestión recepcionar el listado de bienes informáticos en desuso de las distintas Sectoriales de informática, y nuclear los mismos para la baja en inventario.
Que el Art. 2 de la Ley Orgánica de Ministerios Nº 14.224, faculta a delegar funciones en funcionarios jerárquicamente inferiores mediante el dictado de reglamentaciones que garanticen al delegante el ejercicio de sus propias atribuciones;
Por ello;
EL SECRETARIO DE TECNOLOGÍAS PARA LA GESTIÓN
RESUELVE
ARTÍCULO 1º – Autorizar al Ministerio de Medio Ambiente y Cambio Climático a dar de baja del inventario jurisdiccional los bienes que se especifican en el Anexo I y a efectuar el traslado final de los bienes informáticos en desuso que allí se especifican.
ARTÍCULO 2º – Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
S/C 48385 Mar. 02 Mar. 04
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SECRETARIA DE GESTIÓN
DE REGISTROS PROVINCIALES
RESOLUCIÓN N° 0023/26
SAGASETA, MARIA FLORENCIA - Otórgase la Inscripción en el Registro Provincial de Desarmaderos de Automotores, Chatarrería y Comercios de Compraventa de Repuestos Usados
Puede visualizarse en el siguiente link:Ç
https://app.santafe.gov.ar/normativa/handle/123456789/314304
S/C 48387 Mar. 02 Mar. 04
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SECRETARIA DE GESTIÓN
DE REGISTROS PROVINCIALES:
RESOLUCIÓN N° 0024/26
CENOZ, GERARDO CARLOS - Renuévase la inscripción en el Registro Provincial de Desarmaderos de Automotores, Chatarras y Comercios de Compraventa de Repuestos usados.
La Resolución puede visualizarse en el siguiente Link:
https://app.santafe.gov.ar/normativa/handle/123456789/314338
S/C 48388 Mar. 02 Mar. 04
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SUBSECRETARIA DE CONTRATACIONES
Y GESTIÓN DE BIENES
RESOLUCIÓN Nº 085
SANTA FE, 27 de Febrero de 2026
El expediente N° EE-2026-00010974-APPSF-PE de la Plataforma de Gestión Digital -PDG- “TIMBO”-, cuyas actuaciones se relacionan con la inscripción de cuatro (04) firmas como nuevas proveedoras y la renovación de antecedentes de otras por ante el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia; y
CONSIDERANDO:
Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Resoluciones SCyGB Nº 133/20 y 47/24, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;
Que las habilitaciones conferidas por la presente, se otorgan para aquéllas contrataciones llevadas a cabo en el marco de la Ley Nº 12510 para adquisición de bienes y/o servicios y por ende, no determina la capacidad técnica para contratar ni las incumbencias necesarias que por especialidad corresponde aplicar para el caso de actividades cuya ejecución requiera dictámenes técnicos e intervención de profesionales afines a las contrataciones de obras públicas;
Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;
Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 0065/23;
POR ELLO:
LA SUBSECRETARIA DE CONTRATACIONES
Y GESTIÓN DE BIENES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: BOX HOUSE S.R.L. CUIT N.º 30-71422420-0; VIRTU SRL CUIT N.º 30-71701621-8.
ARTÍCULO 2: Inscríbase en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de doce (12) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: INGENIERÍA ACTIVA SRL CUIT N.º 30-71007504-9; SLOTS MACHINES S.A. CUIT N.º 30-60597904-8.
ARTÍCULO 3: Renuévese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: AGRONORTE SRL CUIT N.º 30-54779448-2; ASCENSORES G.N.V S.A.S. CUIT N.º 33-71703948-9; CIENTIFICA BERDAT S.R.L. CUIT N.º 30-70843442-2; GRIENSU S.A. CUIT N.º 30-52649846-8; MUNDO CONSTRUCCIONES S.A. CUIT N.º 30-54955462-4.
ARTÍCULO 4: Renuévese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de doce (12) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: CIRUGIA Y ORTOPEDIA IMNOVA SA CUIT N.º 30-71463677-0.
ARTÍCULO 5: Regístrese, comuníquese y archívese.
S/C 48389 Mar. 02 Mar. 04
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