MINISTERIO PÚBLICO DE LA ACUSACIÓN
RESOLUCIÓN Nº 45
Santa Fe, 18 de Febrero de 2026.
VISTO:
El Expediente FG Nº 001444/2025 del Registro del Sistema de Información de Expedientes del Ministerio Público de la Acusación, mediante el cual se gestiona el llamado a concurso público de antecedentes y oposición para cubrir el cargo de Jefe de Departamento -categoría presupuestaria de Jefe de Departamento- en el Dpto. de Análisis de Información, de la Auditoría General de Gestión con sede en la ciudad de Santa Fe y Jefe de Departamento -categoría presupuestaria de Jefe de Departamento- en el Dpto. de Sumario Disciplinario, de la Auditoría General de Gestión, con sede en la ciudad de Rosario; y,
CONSIDERANDO:
Que el 11 de septiembre entró en vigencia la nueva Constitución de la Provincia de Santa Fe, la cual determina en su artículo 134 que: “El Ministerio Público es un órgano independiente de los poderes del Estado con autonomía funcional y administrativa y autarquía financiera. Se compone del Ministerio Público de la Acusación y del Ministerio Público de la Defensa, independientes entre sí, dirigidos por un fiscal general y un defensor general respectivamente.…”.
Que de esta manera se ha creado el Ministerio Público de la Acusación como un órgano constitucional, independiente de los demás poderes del Estado con autonomía funcional y administrativa y autarquía financiera.
Que dicha Constitución en la cláusula transitoria décimo séptima determinó el traspaso de pleno derecho y de manera inmediata, con sus respectivos cargos y las partidas presupuestarias, de los agentes del Ministerio Público de la Acusación, así como también los cargos que se encuentren vacantes.
Que la reforma constitucional operada conlleva necesariamente a reinterpretar los alcances de la ley orgánica del Ministerio Público de la Acusación (Ley 13.013) y, en lo que aquí interesa, el alcance de las facultades de su máxima autoridad, reconocidas por el artículo 16 inc. 6 de la norma referida -texto conforme ley 14.248).
Que en ese entendimiento, si bien el artículo referido en el párrafo anterior establece la facultad de la Fiscal General de “...Proponer al Poder Ejecutivo, el nombramiento, remoción y ascensos de los miembros del Ministerio Público de la Acusación…” - conforme lo dispuesto por el artículo 72 inciso 6 de la entonces Constitución Provincial-, el expreso reconocimiento del MPA como órgano independiente de los demás poderes del Estado, así como la modificación introducida a las facultades del Poder Ejecutivo en el artículo 107 inc. 9 de la Constitución Provincial vigente-, lleva indefectiblemente a reconocer en cabeza de la Fiscal General -y sin intervención de ningún otro poder del Estado- las atribuciones referidas, al igual que sucede en el ámbito de los poderes Legislativo y Judicial (arts. 78 y 128 inc. 5 de la Constitución Provincial, respectivamente).
Que por tanto, al ser el Ministerio Público de la Acusación un órgano constitucional independiente de los poderes del Estado con autonomía funcional y administrativa y autarquía financiera (articulo 134 de la C.P.), es la Fiscal General como cabeza del mismo quien detenta todas las facultades y atribuciones relacionadas al nombramiento y demás condiciones de trabajo del personal del Ministerio Público de la Acusación.
Que por Res. FG Nº 102/25, la Fiscal General dispuso modificar parcialmente la estructura orgánica de la Auditoría General de Gestión.
Que mediante nota de fecha 15 de diciembre del año 2025, el Auditor General de Gestión, Dr. Leandro Luis Mai, motivado en la necesidad de asegurar el cumplimiento de los crecientes desafíos de ese órgano de control, profesionalizar el equipo de trabajo y jerarquizar la dirección de dos áreas estratégicas dentro de la Auditoría, solicitó se arbitren los mecanismos pertinentes para cubrir mediante concurso abierto los cargos de Jefe de Departamento -categoría presupuestaria de Jefe de Departamento- en el Departamento de Análisis de Información, de la Auditoría General de Gestión con sede en la ciudad de Santa Fe y Jefe de Departamento -categoría presupuestaria de Jefe de Departamento- en el Departamento de Sumario Disciplinario, de la Auditoría General de Gestión, con sede en la ciudad de Rosario
Que las Resoluciones N.º 3/12, su Anexo I, y N.º 210/14 y su modificatoria N.º 67/15 regulan el régimen general para la provisión de cargos de funcionarios del MPA.
Que en la estructura aprobada y sus modificaciones se prevén los cargos de Jefe de Departamento -categoría presupuestaria de Jefe de Departamento- en el Departamento de Análisis de Información, de la Auditoría General de Gestión con sede en la ciudad de Santa Fe y Jefe de Departamento -categoría presupuestaria de Jefe de Departamento- en el Departamento de Sumario Disciplinario, de la Auditoría General de Gestión, con sede en la ciudad de Rosario, actualmente vacantes, cuyas misiones y responsabilidades primarias han sido oportunamente definidas.
Que, asimismo, el Anexo II de la Resolución N.º 10/12 contempla para los funcionarios no incluidos en la Ley N.º 13.013, la equivalencia entre salario y cargo conforme a la Ley N.º 11.196.
Que, en consecuencia, se encuentra en condiciones de llamar a concurso de acuerdo a lo previsto por el artículo 6 del Anexo I de la Resolución N.º 3/2012 y en el marco de lo establecido en los artículos 1, 2, 3, 16, 67 y concordantes de la Ley N.º 13.013.
POR ELLO:
LA FISCAL GENERAL
RESUELVE :
ARTÍCULO 1°: Llámese a concurso público de antecedentes y oposición para cubrir el cargo de Jefe de Departamento -categoría presupuestaria de Jefe de Departamento- en el Dpto. de Análisis de Información, de la Auditoría General de Gestión con sede en la ciudad de Santa Fe, del Ministerio Público de la Acusación, con una dedicación horaria semanal mínima de 45 horas, en el marco de lo dispuesto por las Resoluciones N.º 3/12 , 210/14 y 67/15 del MPA. Las misiones y funciones (responsabilidad primaria) se citan en el ANEXO I de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°: Llámese a concurso público de antecedentes y oposición para cubrir el cargo de Jefe de Departamento -categoría presupuestaria de Jefe de Departamento- en el Dpto. de Sumario Disciplinario, de la Auditoría General de Gestión, con sede en la ciudad de Rosario del Ministerio Público de la Acusación, con una dedicación horaria semanal mínima de 45 horas, en el marco de lo dispuesto por las Resoluciones N.º 3/12 , 210/14 y 67/15 del MPA. Las misiones y funciones (responsabilidad primaria) se citan en el ANEXO II de la presente Resolución..
ARTÍCULO 3°: Determínese que los requisitos que deberán cumplir los aspirantes serán los siguientes:
Ser mayor de treinta (30) años de edad.
Poseer título de Abogado/a con una antigüedad mínima de cuatro (4) años.
3. Contar con un mínimo de cuatro (4) años de antigüedad del título o cuatro (4) años de experiencia laboral en ámbitos similares.
4. Acreditar conocimientos sólidos y comprobables en: el funcionamiento (normativo y de gestión) del Sistema de Justicia Penal y particularmente del Ministerio Público de la Acusación.
ARTÍCULO 3°: Establézcase que el proceso de selección para el presente concurso consistirá en la evaluación de los antecedentes objetivos, otros antecedentes, la oposición y la entrevista personal. La oposición comprenderá la presentación de un Proyecto –Plan de Trabajo-- (conforme indicaciones en Anexo IV) para el cargo que se postula cuyas características se indican en los Anexos I y II de la presente y que es parte de la misma, y su exposición y defensa oral. En la entrevista se abordarán, entre otros, los siguientes tópicos: el Plan de Trabajo presentado, Ley N.º 10.160, Ley N.º 12.734, Ley N.º 13.013, Ley N.º 13.018, Ley N.º 13.459, Ley N.º 13.579, Código Penal y Resoluciones de la Fiscalía General y de la Auditoría General de Gestión.
ARTÍCULO 4°: Intégrese el órgano de selección del presente concurso, compuesto por:
Miembros titulares: Leandro Luis Mai DNI Nº 28.764.041; Guillermo Rabazzi DNI Nº 20.725.341 y Leandro Maiarota DNI Nº 26.152.891.
Miembros suplentes: Marcelo Hidalgo DNI N° 18.779.030, Mario Martín Barletta DNI N° 27.793.221 y Gustavo Javier González DNI N° 23.017.682.
ARTÍCULO 5°: Fíjese como sede de inscripción la Fiscalía General del Ministerio Público de la Acusación, sita en calle 1ro de Mayo N° 2417 – de la ciudad de Santa Fe, para cubrir el cargo de Jefe de Departamento, en el Departamento de Análisis de Información, de la Auditoría General de Gestión, desde el día 02 al 06 de marzo de 2026, en el horario de 8 a 12 horas. La inscripción se efectuará mediante la presentación de un sobre que contenga la leyenda: “Proceso de Selección – Cargo: Jefe de Departamento para el Departamento de Análisis de Información, de la Auditoría General de Gestión con sede en la ciudad de Santa Fe”, indicando: I) Apellido; II) Nombre; y III) Número de documento.
ARTÍCULO 6°: Fíjese como sede de inscripción la Auditoría General de Gestión del Ministerio Público de la Acusación, sita en calle Av. Wheelwright N° 1701 – de la ciudad de Rosario, para cubrir el cargo de Jefe de Departamento, para el Departamento de Sumario Disciplinario, de la Auditoría General de Gestión, desde el día 02 al 06 de marzo de 2026, en el horario de 8 a 12 horas. La inscripción se efectuará mediante la presentación de un sobre que contenga la leyenda: “Proceso de Selección – Cargo: Jefe de Departamento para el Departamento de Sumario Disciplinario, de la Auditoría General de Gestión, con sede en la ciudad de Rosario”, indicando: I) Apellido; II) Nombre; y III) Número de documento.
Dentro del sobre deberán incluirse:
1) Formulario de inscripción completo (Anexo III) acompañado de las constancias que certifiquen lo expresado en dicho formulario. Se presentará una (1) copia impresa y se enviará una (1) copia editable (no en PDF) a fgrrhh@mpa.santafe.gov.ar Descargar la versión editable del formulario de la página web del MPA.
2) Una (1) copia del anverso y reverso del Documento Nacional de Identidad.
3) Una (1) copia del título de grado exigido.
4) Plan de Trabajo en versión impresa y en PDF (al correo electrónico anteriormente mencionado).
5) Fotocopias de todas las constancias de los antecedentes consignados en el ANEXO III. Importante: No se considerarán antecedentes de estudios ni laborales que no estén respaldados por las certificaciones pertinentes.
6) Certificado de antecedentes penales (RNR), Informe del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, Informe del Registro de Concursos y Quiebra, Certificado policial de conducta.
- La totalidad de las hojas deberán estar numeradas y firmadas, indicándose el total de páginas (por ejemplo: 1 de 10 o 1/10).
- Todas las fotocopias presentadas deberán estar certificadas por Escribano Público o por la Oficina de Certificaciones del Poder Judicial.
- La oficina receptora entregará una constancia firmada y sellada en la que consignará la fecha y hora de recepción.
- No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad a la presentación del formulario de inscripción.
ARTÍCULO 7°: Establézcase el día 30 de marzo de 2026, a partir de las 10 horas, como fecha para la realización de la prueba de oposición y la entrevista previstas en el artículo 3 de la presente Resolución. Las mismas se llevarán a cabo en la Fiscalía General del MPA sita en calle calle 1° de mayo 2417 - de la ciudad de Santa Fe
ARTÍCULO 8°: Determínese que las impugnaciones y recusaciones previstas en las Resoluciones N.º 3/12, 210/14 y 67/15 del Fiscal General deberán ser interpuestas en la Fiscalía General del Ministerio Público de la Acusación sita en calle 1° de mayo 2417 - de la ciudad de Santa Fe en el horario de 8:30 a 12:00 hs; dentro del plazo previsto.
ARTÍCULO 9°: Publíquese la convocatoria durante un (1) día en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe y difúndase en la página oficial del Ministerio Público de la Acusación (www.mpa.santafe.gov.ar) durante cinco (5) días previos a la fecha de inicio de la inscripción.
ARTÍCULO 10°: Establézcase que todas las notificaciones vinculadas al presente concurso se realizarán exclusivamente a través del sitio web oficial del Ministerio Público de la Acusación. El medio de notificación referido será considerado suficiente y válido.
ARTÍCULO 11°: Dispóngase que el presente concurso se regirá conforme a las prescripciones contenidas en el reglamento vigente para la provisión de Cargos de Funcionarios del Ministerio Público de la Acusación, disponiendo que el postulante seleccionado deberá cumplir con las reglamentaciones vigentes, en particular aquellas relativas a horarios e incompatibilidades, como asimismo resoluciones que en su oportunidad reglamenten las funciones a cumplir.
ARTÍCULO 12°: Regístrese, comuníquese, publíquese en la página web oficial del Ministerio Público de la Acusación y archívese.
ANEXO I
CARGO:
Jefe de Departamento -categoría presupuestaria de Jefe de Departamento- en el Departamento de Análisis de Información, de la Auditoría General de Gestión
MISIÓN:
Planificar, recopilar, analizar y generar informes que proporcionen a la Auditoría General Una visión clara del desempeño institucional y fiscal.
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
1. Sistematizar el flujo de información recolectada a través de las Áreas de Control de Gestión y Disciplinaria para evaluar el desempeño de sectores, áreas y agentes del MPA, proyectando el diseño de medidas preventivas y correctivas en aras a la mejora continua de la institución.
2. Planificar el relevamiento del objeto de monitoreo definido por el Auditor General de Gestión, y definir indicadores, variables, métodos de recolección que conlleven a generar evidencia objetiva de calidad en cuanto al desempeño fiscal e institucional, producto del cual el Auditor pueda comprobar e informar las buenas y malas prácticas de actuación a la autoridad del organismo.
3. Realizar evaluaciones periódicas para identificar posibles desempeños a revisar en áreascriticas dentro de la organización. Esto implica evaluar la probabilidad y el impacto de dichas prácticas y sugerir modificaciones a los fines de priorizar su abordaje en función de su importancia. Los resultados de estas evaluaciones se deben utilizar para desarrollar planes de inspección y asignar recursos de manera efectiva.
4. Proyectar planes de inspección que describan el alcance, los objetivos y la metodología de cada inspección. Estos planes también incluyen un calendario para realizar inspecciones,teniendo en cuenta la disponibilidad de recursos y la necesidad de racionalizar la utilización de los recursos, tanto humanos como materiales.
5. Mantener reuniones quincenales con el Jefatura Disciplinaria para coordinar el traspaso de información proveniente del análisis disciplinario y del análisis preventivo del área de control de gestión.
6. Analizar la información disciplinaria y de control de gestión recopilada para identificar patrones, tendencias y posibles riesgos o deficiencias.
7. Mantener una base de datos actualizada de los hallazgos de control de gestión, garantizandola confidencialidad y seguridad de la información.
8. Evaluar la efectividad de las medidas disciplinarias implementadas y de las acciones preventivas de control de gestión, proponiendo ajustes y mejoras según sea necesario.
9. Colaborar con otras áreas de la Auditoría General para garantizar la coherencia y la integración de los procesos de planificación, análisis y seguimiento institucionales.
10. Contribuir al fortalecimiento de una cultura ética y de transparencia en la organización, promoviendo la rendición de cuentas y el cumplimiento de las normativas vigentes.
11. Proponer a la autoridad el dictado de normas, metodologías, estándares, procedimientos para la recolección de información en las dependencias del MРА.
12. Difundir en ámbitos del MPA las normas y procedimientos a cumplimentar que faciliten la auditoría de programas y proyectos.
13. Investigar y analizar prácticas a nivel nacional e internacional en materia de control de gestión por parte de los organismos de control.
14. Formular y diseñar manuales de actuación para la actividad de control de gestión.
15. Dar cumplimiento a toda otra tarea que establezca la superioridad, dentro de las funciones que le son propias a la AGG, en tiempo, forma y contenido, debiendo colaborar con la otra área de incumbencia de la AGG a requerimiento del Auditor.
ANEXO II
CARGO:
Jefe de Departamento -categoría presupuestaria de Jefe de Departamento- en el Departamento de Sumario Disciplinario, de la Auditoría General de Gestión
MISIÓN:
Esta área estará encargada de abordar todas las denuncias y quejas por faltas disciplinarias contra los fiscales.
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
1. Intervenir en todas las denuncias y quejas presentadas contra los sujetos contenidos en el art. 51 de la ley 13.013,
2. Efectuar el análisis de admisión y ordenar las medidas investigativas respecto de los sumarios administrativos de trámite por ante la AGG.
3. Finalizada la investigación disciplinaria, elaborar y elevar un proyecto de Resolución al Auditor General de Gestión que dispondrá de la acción disciplinaria para endilgar hechos, formular cargos por faltas graves, leves, inhibirse de entender y/o archivar.
4. Preparación de Juicios Disciplinarios y asistencia al Auditor General de Gestión en el debate propiamente dicho.
5. Recopilar y protocolizar las resoluciones adoptadas por el Tribunal de Disciplina o por los órganos de dirección en su caso.
6. Recopilar los antecedentes sancionatorios de los sujetos contenidos en el art. 51 de la ley 13.013,
7. Formular y diseñar manuales de actuación para la actividad disciplinaria los cuales deberán ser aprobados por el Auditor.
8. Proponer acciones de mejora del área a su cargo.
9. Dar cumplimiento a toda otra tarea que establezca la superioridad, dentro de las funciones que le son propias a la AGG, en tiempo, forma y contenido, debiendo colaborar con la otra área de incumbencia de la AGG a requerimiento del Auditor.
VER IMAGEN EN BOLETIN PDF
- Toda la documentación respaldatoria presentada en fotocopia deberá estar certificada por la Oficina de Certificaciones del Poder Judicial o por Escribano Público.
- No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad a la presentación del formulario de inscripción.
- Se recuerda a quienes formen parte del Poder Judicial que para el cómputo del Puntaje Objetivo, serán consideradas las constancias de los cursos que estén debidamente presentadas en el legajo personal.
- Firmar y numerar todas las hojas.
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Firma y Aclaración
ANEXO IV
PROYECTO DE FUNCIONAMIENTO – PLAN DE TRABAJO
Reglas de presentación:
Al momento de presentar su postulación, los aspirantes a cubrir los cargos deberán presentar un PLAN DE TRABAJO o proyecto relativo a su potencial gestión, el cual deberá abordar una planificación de cómo llevará adelante la misión y responsabilidades inherentes al cargo que concursa
La prueba de oposición consistirá en la exposición y defensa oral del plan de trabajo, luego de lo cual, el Tribunal Evaluador interpelará a los mismos.
Formalidades del trabajo:
1. Las hojas a utilizar deberán ser tamaño A4;
2. Se utilizará fuente “Arial”, tamaño de letra 11;
3. Se agregará un índice general;
4. Se incluirá una tabla de abreviaturas (en caso de utilizarse en el trabajo elaborado);
5. El texto de la propuesta no podrá superar los cuarenta y cinco mil (45.000) caracteres, incluyendo espacios;
6. Las fechas deberán citarse utilizando barras (/) y consignando el año completo (ejemplo: 11/3/1972);
7. En las citas bibliográficas se deberá consignar la mayor cantidad de datos posibles, utilizando los siguientes formatos:
- LIBROS: Apellido del autor, primer nombre completo e inicial del segundo, Título de la obra. Subtítulo, tomo, número de edición, Editorial, Lugar de edición, año, página (ejemplo: BINDER, Alberto. “Análisis político criminal. Bases metodológicas para una política criminal minimalista y democrática”. Buenos Aires, Astrea, 2011, pág 55)
- ARTÍCULO: Apellido del autor, Nombre, “Título del artículo”, Título de la publicación, tomo, volumen, número, Editorial, Lugar de edición, año, página.
S/C 48350 Feb. 25