ROSARIO
POR
VÍCTOR HUGO J. PINASCO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1º Nominación, el Secretario que suscribe hace saber que en los autos caratulados “BERTONI YAMILE MARIANA c/ Otra s/ EJECUCIÓN HIPOTECARIA CUIJ N.º 21-00765509-3, se ha ordenado remate de acuerdo a las siguientes condiciones: Ordenase la realización de la subasta, para el 02 de Marzo de 2026 a las 15:00 hs. en la Sede del Colegio de Martillero de Rosario, sita en calle Moreno 1546 de Rosario, respecto del inmueble individualizado como Lote 10 de la Manzana E del Plano 23.034/35 sito en calle Aldao 2943 de esta ciudad, el terreno mide 8,66 mts de frente por 32, 28 mts de fondo encierra una superficie de 331,50 m2, dominio: Tomo 800 Folio 285 N° 356066 Departamento Rosario. El inmueble saldrá a la venta en el estado en que se encuentra, siendo este DESOCUPABLE, conforme acta de constatación que se encuentra agregada en autos mediante cargo n° 5828/2025, no admitiéndose reclamos posteriores al acto, y con una base de $10.000.000.- y una única retasa del 25%. Quien resulte el mejor y último postor, deberá abonar en el acto de subasta el 10% del precio de compra con más de un 3% de comisión de ley, debiendo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 y “A” 5212 del Banco Central de la República Argentina. Por tanto, de superar el importe de $30.000.-, en lo que resulta en exceso de dicho monto, deberá efectuarse por transferencia interbancaria dentro de las 48 horas de realizada la subasta en una cuenta judicial a abrirse en el Banco Municipal de Rosario, Sucursal Caja de Abogados a nombre de estos autos y a la orden de este Juzgado. El saldo de precio de compra deberá ser transferido de la misma manera y a la misma cuenta judicial por el comprador dentro de los cinco días de notificada la aprobación de subasta. Caso contrario deberá abonarse por el retraso en concepto de interés la tasa pasiva promedio mensual capitalizable cada treinta días que publica el Banco Central. Todo sin perjuicio de la aplicación en su caso del art. 497 del C.P.C. y si intimado no efectúa el pago, se dejará sin efecto la venta. Asimismo se fija como condición que en caso de comprarse el inmueble en comisión, deberá declararse tal situación en el acto de subasta y los demás datos del comitente deberán denunciarse en el término de tres días, dentro del expediente, bajo apercibimientos de tenerse a la denuncia posterior como una cesión de derechos y acciones, por la que deberá oblarse el impuesto de sellos establecido por el art. 187 del Código Fiscal, al que también estará sujeta toda otra cesión de derechos y acciones que se produzca con motivo del presente remate. Hágase saber que previo a la aprobación de la cuenta de gastos, deberá oficiarse al Registro General con copia certificada del acta de subasta a fin de que tome razón marginalmente de la misma sin que implique transferencia a favor del adquirente. Como así también estarán a cargo del adquiriente los gastos de transferencia, impuestos, tasas, expensas y/o contribuciones y demás gastos que se adeudaren e IVA si correspondiera, así como el impuesto a la transferencia de inmuebles, gastos y eventuales honorarios de escribano por escritura pública. También hágase saber que en caso de cesión de los derechos y acciones de la subasta la misma deberá realizarse por escritura pública. Respecto a la transferencia de los inmuebles subastados, deberá estarse al art. 505 del CPCC último párrafo. Ofíciese a los Juzgados que hubieren ordenado medidas cautelares sobre el inmueble a subastar a fin de que tomen conocimiento en las causas respectivas de la realización de la subasta con la debida antelación, debiendo acompañarse constancias del diligenciamiento antes del acto de subasta. Ello, sin perjuicio de lo normado por el art. 503 CPCC. Publíquense edictos por el término de ley en el Boletín Oficial y Hall del Tribunal y se de publicidad en el diario “La Capital” de Rosario. Intímese al demandado y/o a los ocupantes del inmueble para que permitan visitar el mismo el día hábil anterior a la subasta en el horario de 9 a 11 hs. a los fines de su exhibición. Consultas relativas a remate en sí y al inmueble al martillero actuante Víctor Hugo Pinasco, Tel.: 341 5662648. Lo que se hace saber a los efectos que por derecho hubiere lugar. Rosario, 6 de febrero de 2026. Dr. Arturo Audano – Secretario
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ROSARIO
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
Por disposición del Sr. Juez de 1° de Distrito en lo Civil y Comercial de la 3° Nominación de Rosario, en autos caratulados: “BERNARDINO JUAN REINOSO Y OTRA S/ EXTENSIÓN DE QUIEBRA” CUIJ 21-01128631-0, a cargo del Dr. Ezequiel Zabale, secretaría de la Dra. Mayra Ibañez, se ha dispuesto lo siguiente: Rosario, 30/12/2025. Encontrándose agregada copia del acta de subasta, del pago del saldo del precio y de la inscripción marginal ante el Registro General de la Propiedad, póngase de manifiesto por el término de ley las operaciones de subastas practicadas en autos. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de dos (2) días. Fdo: Dra. Mayra Ibañez (Secretaria) DR. Ezequiel Zabale (Juez). Rosario, 12 de Febrero de 2026.
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 22º Nominación de Rosario (Juzg. de 1ra. Instancia de Circuito Nº 5 - Denom. Anterior- Ref. Ley 14264 SEC.1), Dr. MAXIMILIANO NELSON GUSTAVO COSSARI, Secretaría de la Dra. GABRIELA PATRICIA ALMARÁ, se ha ordenado citar a SMILE BROKER S.A. en los autos caratulados: “LANTELLA, CLAUDIA NOEMI C/ NEWTON, FACUNDO Y OTROS S/DAÑOS Y PERJUICIOS, 21-12650557-1”. Según decretos que se transcriben:” 25 de Octubre de 2024. Puestos los autos a despacho se agregan los escritos cargos nº 11897/24, 11999/24 y 12000/24 y se provee el escrito inicial: Por presentado, domiciliado, en el carácter invocado y a mérito del poder especial que deberá acompañar, désele la participación legal que por derecho le corresponda. Téngase por iniciada demanda Sumaria de Daños y Perjuicios. Emplácese a la demandada para que comparezca a estar a derecho, dentro del término de 20 días, bajo apercibimiento de rebeldía. Agréguense las copias acompañadas. Por ofrecida prueba, téngase presente para su momento oportuno. Bajo la fianza ofrecida, que se acepta y deberá extenderse en autos, previa acreditación de solvencia ante la Actuaria, trábese embargo sobre los haberes que perciban los codemandados: NEWTON ALEMANY MARIA JULIA y NEWTON EMILIANO ANTONIO, en proporción de ley, hasta cubrir la suma de $3.900.000,00.- (50% a cada uno) en concepto de capital, intereses y costas futuras, librándose los correspondientes despachos, con todas las facultades de ley y constancias pertinentes, debiéndose depositar mensualmente las sumas resultantes en una cuenta que se abrirá al efecto en el Banco Municipal de Rosario - Caja de Abogados, situado en calle Montevideo 2076 a nombre de este Juzgado y para estos autos. Notifíquese por cédula, debiendo el Sr. Oficial notificador observar el estricto cumplimiento del art. 63 CPCC”. Firmado: Dr. MAXIMILIANO NELSON GUSTAVO COSSARI, Dra. GABRIELA PATRICIA ALMARÁ.-
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Por disposición del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 3° Nominación de Rosario, a cargo del Dr. EZEQUIEL ZABALE (JUEZ) Secretaría del Dr. FEDERICO LEMA en autos: VANNI ANGEL JUAN C/ CAVATORTA SEGUNDO S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA 21-01128271-4 se ha ordenado notificar a los herederos de SEGUNDO ABRAHAM FORTUNATO CAVATORTA el siguiente decreto: Rosario, 25 de noviembre de 2025. Estando debidamente notificado y no habiendo los herederos del demandado Segundo Abraham Fortunato Cavatorta comparecido a estar a derecho, decláreselo rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Fecho, líbrese el despacho conforme fuera ordenado en fecha 31/10/2022.- FDO. DR. EZEQUIEL M. ZABALE (JUEZ) - DR. FEDERICO LEMA (SECRETARIO). Mayra Ibáñez, Secretaria Subrogante. Rosario, 11 de Febrero de 2026.
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 2º Nominación de Rosario, dentro de los autos: “NOVA NELIDA C/ PALADINO BEATRIZ Y/O OTS. Y OTROS S/ COBRO DE PESOS”, CUIJ 21-00064000-7, Nro. Expediente: 185/2024, se ha ordenado “Rosario, 04 de febrero 2026. Cargo Nº 62/26: Se amplía el decreto del 20/12/24 (fs. 467): Cítese por edictos a los herederos de Beatriz Paladino de conformidad con el artículo 597 del C.P.C.C., bajo apercibimiento, de que de en caso de no comparecer, serán declarados rebeldes y se le designará un defensor de oficio.” Fdo.: DRA. MARIANELA GODOY (Secretaria) DRA. MONICA KLEBCAR (Jueza).
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Por disposición del Señor Juez del Juzgado Unipersonal Responsabilidad Extracontractual de la 4ta. Nominación de la ciudad de Rosario, dentro de los autos caratulados: “BONNANO MARCO EMANUEL NICOLAS c/ LOPEZ MORO FABRICIO DANIEL Y OTROS s/ DAÑOS Y PERJUICIOS”, CUIJ Nº 21-11887569-6, se ha dispuesto citar a los herederos y/o sucesores del actor fallecido, el Sr. BONANNO, MARCO EMANUEL NICOLAS, DNI Nº 43.956.196, para que comparezcan a estar a derecho, por edictos que se publicarán tres veces en el BOLETÍN OFICIAL, venciendo el término cinco días después de la última publicación, bajo apercibimientos de ley. Decreto: “ROSARIO ... Emplácese por edictos a los herederos del actor para que comparezcan a estar a derecho por el término y bajo apercibimientos de ley y estese el profesional apoderado a lo dispuesto por el art. 47, 2do. párrafo del CPCC... “.- Firmado: Dra. Mayra Ibáñez (Secretaria).-
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 18º Nominación de Rosario, se ha dictado la sentencia Nº 741 de 25/07/2025. Y VISTOS… Y CONSIDERANDO... FALLO: 1.- Haciendo lugar a la demanda y, en consecuencia, declarando adquirido mediante usucapión el 1 de enero de 201O por RAMON EDUARDO RODRIGUEZ, DNI Nº 13.357.347 el derecho de dominio sobre el inmueble ut supra descripto objeto del presente (Lote A, según plano de mensura para información posesoria Nº 4617 R de fecha 1 de julio de 2013, inmueble que en el Plano Nº 66466/1971 es el señalado como lote 11 manzana 9, inscripto en el Tº 341 C, Fº 1776 Nº 106875 - 25/11/1971-); ordenando otorgarle el título supletorio sobre el mismo y librando oficio al Registro General de Rosario a fin de hacer efectivo lo aquí·resuelto sobre el bien inmueble descripto en los considerandos. 2.- Costas al actor. 3.- Honorarios oportunamente. 4.- Notifíquese por edictos y por cédula al defensor de oficio. Insértese y hágase saber. FDO. DRA. PATRICIA ANDREA BEADE (SECRETARIA). DRA. SUSANA SILVINA GUEILER (JUEZA)“. AUTOS: “RODRIGUEZ, RAMON EDUARDO C/LOS BAGUALES S.R.L. S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA” CUIJ 21-01662733-7. Dra. Melisa A Lobay, Prosecretaria.
$ 100 555957 Feb. 19 Feb. 23
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Hago a Ud. saber, que, por disposición del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA 6TA. NOMINACIÓN DE LA CIUDAD DE ROSARIO, a cargo del DR. FERNANDO A. MECOLI (Juez), Secretaría del DRA. SABRINA ROCCI, y dentro de los caratulados “ GARCIA GRISELDA MONICA S/ CONCURSO PREVENTIVO -
HOY QUIEBRA” CUIJ 21-01233960-4 “, se ha ordenado la publicación por edictos por 10 (diez) días en el BOLETÍN OFICIAL y en un diario de mayor circulación local, a los efectos de informar a la totalidad de la masa de acreedores de la presente quiebra -incluidos los que se pudieran encontrar en estadía incidental de revisión y/o similar- la parte resolutiva del decisorio Nro. 417/25 y por la cual se ha solicitado ahora la correspondiente clausura y conclusión de estas actuaciones, otorgando una última oportunidad a aquéllos para que se presenten ante este Tribunal y expresen y/o fijen postura! procesal por cuanto estimen menester, bajo apercibimiento de que, de no mediar oposición alguna, se procederá a dictar resolución en tal sentido, atento evidenciarse un manifiesto acuerdo tácito y/o manifiesto desinterés por parte de los no presentantes, todo por cuanto derecho hubiere lugar y .bajo su exclusiva responsabilidad y cargo. Resolución nro. 417 del 15/05/2025: “RESUELVO: 1) Declarar la caducidad del derecho de- los acreedores a percibir los importes asignados en la distribución aprobada por 4286 de fecha 20/12/2013; 2) Disponer que las sumas existentes en el Banco Municipal de Rosario, Sucursal Caja de Abogados, Cuenta Plazo Fijo Nro. 4458, se destinen al Hospital de Eva Perón, de Granadero Baigorria. Insértese y hágase saber. Dr. FERNANDO A. MECOLI (Juez), Dra. SABRINA ROCCI (Secretaria).
$ 1 555944 Feb. 19 Mar. 4
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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 18 Nominación de Rosario, se ha ordenado dentro de los Autos caratulados: MORENO, ESTEFANIA PAOLA Y OTROS S/ OTRAS DILIGENCIAS CUIJ: 21-02996299-2. Se ha ordenado lo siguiente: “Rosario, 15/12/2025...” “...Por iniciada formal DEMANDA DE LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL que tramitará según las normas del art. 611 y siguientes del CPCC). Cítese y emplácese a los HEREDEROS DE MARCELINO MORENO, por el plazo de ley para que dentro del mismo comparezca a estar a derecho y tomar la intervención que le corresponda bajo apercibimiento de rebeldía (arts. 72, 76 y ss., CPCC). Atento tratarse de un demandado fallecido notifíquese por edictos, conforme lo dispuesto por el Art. 597 del CPCC. DRA. PATRICIA BEADE DRA. SUSANA SILVINA GUEILER.
$ 100 555928 Feb. 19 Feb. 23
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 2 Secretaria 1, denominación anterior -Ref. Ley 14264 SEC.1, Localidad: Rosario Dr. Eduardo H. Arichuluaga, se ha dictado la providencia del tenor siguiente. “ROSARIO; 03 de Septiembre de 2024 Por presentado y domicilio constituido, por parte en el carácter invocado y acreditado en autos. Désele la participación que por derecho corresponda. Por iniciada acción de usucapión en los términos expresados. Imprimase al presente el trámite del juicio sumario. Cítese y emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar a derecho dentro del término d0ías, bajo apercibimiento de rebeldía. Ofíciese a la Dirección General de Catastro y al Registro General de Propiedades a fin de que informen los datos catastrales y registrales del inmueble a usucapir. Ofíciese a la Municipalidad que corresponda, a la Fiscalía de Estado Provincial y a la Agencia de Administración de Bienes del Estado a fin de que hagan saber a este Tribunal si existe interés fiscal sobre dicho inmueble. En caso de ser necesario, ofíciese al Registro Nacional de las Personas y/o Secretaría Electoral correspondiente a fin de que informen respecto del domicilio de los titulares registrales informados por el Registro General de Propiedades. Acompañe acta de mensura con citación de linderos pertinente, plano de mensura firmado por profesional competente, certificado registral completo (dominio, gravámenes e inhibiciones), certificado catastral e impuesto inmobiliario actualizado. Publíquense edictos en el Boletín Oficial y en el Hall de Tribunales por el término y bajo los apercibimientos de ley. Líbrese mandamiento al Sr. oficial de justicia a fin de que se constituya en el inmueble objeto de la presente y constate el estado de ocupación del mismo. Procédase a la anotación litigi9sa del bien motivo de los presentes, oficiándose a sus efectos al Registro General. Notifíquese”. - Firmado: Dr. EDUARDO H. ARICHULUAGA (Juez); DR. JAVIER MATIAS CHENA (Secretario). Autos: “CASTELLLANO, DIEGO FABIAN, C/ DILONARDO, NICOLAS Y OTROS s/USUCAPION” CUIJ: 21-02975510-5. Firmado: Javier Matías Chena (Secretario). Rosario, 5 de febrero de 2026.
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 2- DENOM. ANTERIOR, Ref. Ley 14.264. SEC. 1 de Rosario, a cargo del Dr. Eduardo H. Arichuluaga (Juez), Secretaría del Dr. Javier M. Chena, dentro de los auto caratulados “Picasso, Jorge Eduardo c/ Bertotto Francisco José y otros s/Usucapión”, CUIJ 21-029. 384-7, se ha ordenado lo siguiente: Rosario, 03 de Febrero. Cítese a los herederos de los demandados mediante la publicación de edictos, conforme lo ya ordenado en autos. Fdo.: Dr. Eduardo H. Arichuluaga, Juez. En consecuencia. Cítese y emplácese a estar a derecho por el término y bajo los apercibimientos de ley a los herederos del demandado Sr. BERTOTTO, FRANCISCO JOSÉ y/o la demandada Sra. OTERO, MARÍA TERESA ROSA. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL de conformidad con lo previsto en el art. 597 de CPCCSF. Fdo.: Dr. Javier Matías Chena, Secretario. Rosario, 5 de Febrero de 2026.
$ 100 555931 Feb. 19 Feb. 23
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Por disposición del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual Nº 2 de Rosario y en autos: VENTRICE, CARLOS CLAUDIO Y OTROS C/ BAEZ, DOMINGO EMILIO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS 21-11885681-0, se ha ordenado citar a DOMINGO EMILIO BAEZ, para que comparezca a estar a derecho en el término de 20 días y bajo los apercibimientos de ley. Se trascribe a continuación lo decretado en autos: “ROSARIO, 29 de Agosto de 2025 Atento lo solicitado y constancias en autos, emplácese al demandado DOMINGO EMILIO BAEZ a comparecer a estar a derecho por medio de edictos los que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67, 69 73 y 548 del C.P.C.” DRA. ANDREA CHAPARRO, Secretaria; DRA. SUSANA T. IGARZABAL, Jueza. Rosario, 18 de Diciembre de 2025.
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Por disposición del Juzgado en lo Civil y Comercial 13° de Rosario y en autos: “CONSORCIO EDIF. OROÑO 1062 C/ MERELLI, LYDIA OLGA S/ JUICIO EJECUTIVO, CUIJ Nº 21-02840489-9”, se hace saber que se dictó lo siguiente: “En la ciudad de Rosario y en la fecha asignada en el sistema de gestión SISFE (CSJSFE, Acta nº 14 de fecha 13-05-20 pto. XV) se provee: Ampliando el decreto precedente se provee: declárasele rebelde a los herederos de la demandada y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por Edictos. Fecho, líbrese despacho digital a la Excma. Cámara de Apelación en lo Civil y comercial a los fines ordenados.” FDO: Lucas Menossi (Secretario) -Dra. Verónica Gotlieb (Jueza). Rosario, 17 de Septiembre de 2025.
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Por disposición del Juez del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual N° 8, de Rosario, Dr. Ignacio V. Aguirre, Secretaría de la Dra. María Guadalupe Gordillo, se ha ordenado en decreto de fecha 6 de noviembre de 2025, “notificar al demandado Sr. MARTIN JOSE CARLOS a comparecer a estar a derecho, por medio de edictos los que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67, 69, 73 y 548 del CPCC.” Se transcribe al presente primer decreto de trámite. Autos caratulados: “LIOTTA FRANCISCO DE JESUS y OTROS c/MARTIN JOSE CARLOS s/DAÑOS Y PERJUICIOS”, (CUIJ.: 21-11898519-9). ROSARIO, 12 de mayo de 2025. Por presentado, domiciliado y por parte a mérito de los poderes especiales acompañados, acuérdese/e la participación que por derecho corresponda. Por iniciada la acción de daños que expresa. Cítese y emplácese a la demandada MARTIN JOSE CARLOS y aseguradora denunciada LA SEGUNDA COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA para que comparezcan a estar a derecho y contesten la demanda dentro del término de veinte días. Por ofrecida prueba, téngase presente. Téngase presente la reserva de plantear el Recurso de Inconstitucionalidad {Ley 7055) y el Recurso Extraordinario (Ley 48) ante las CSJ de la Provincia de Santa FE y de la Nación respectivamente. Acredite su nº de CUIT y su condición fiscal a los fines regulatorios. Ofíciese al RNPA a efectos de individualizar al titular del dominio AB280RQ, Ministerio Público de la Acusación, Sanatorio Güemes, Clínica San Roque, SAME Provincia de Buenos Aires, Rivadavia Seguros, La Segunda Coop. De Seguros Ltda. como lo solicita. Concédase a los actores Sr. LIOTTA FRANCISCO DE JESUS, DNI Nº 11.135.191 y Sra. BESSONE MARIELA SOLEDAD, DNI Nº 26.015.390, cuyos demás datos de identidad se encuentran acreditados en autos, el beneficio de litigar sin gastos contra los accionados en los presentes (arts. 332, 333, 335 y cons. Del CPCC). Córrase TRASLADO a la contraria por el término de tres días (art. 89 del CPCC} a los fines de la oposición que refiere el mencionado art. 333 del CPCC, debiendo ofrecer toda la prueba conjuntamente con dicha oposición (arg. Art. 333 2do. Párrafo del CPCC). Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos de Responsabilidad Civil Extracontractual, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe, en el marco de colaboración suscripto con el Ministerio de justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación establecido por Acordada Nro. 48/2017 y 8/2018.- En dicho marco, téngase presente que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la incomparecencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la ley 12851 (ley de aranceles profesionales). Notifíquese el presente decreto con copia de demanda y de la documental adjuntada. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá consultar a quien lo atienda, los vecinos, si el mismo se domicilia allí, y sólo en caso afirmativo procederá a practicar la notificación, bajo apercibimiento de nulidad de la misma debiendo asentar en la diligencia efectuada dicha información a los fines pertinentes. (arts. 35 y 87 CPCC}. Hágase saber a todos los letrados que intervengan en estos autos, que quedan constituidos como depositarios de todo documento que acompañen en forma digital, pudiendo este Tribunal requerir en cualquier momento la presentación de los respectivos escritos y/o documentos originales, en su caso por mesa de entradas, todo de conformidad con lo dispuesto por las acordadas CSJSF 14 del 13/05/2020; 16 del 10/06/2020; 46 de fecha 15/12/2020; el reglamento para la “Presentación electrónica de escritos en expedientes iniciadas y en trámite - autoconsulta online”; y con los efectos jurídicos derivados de los artículos 1356 y concordantes del Código Civil y Comercial. Fdo.: DR. IGNACIO AGUIRRE (JUEZ) - DRA. VALERIA BARTOLOME (PROSECRETARIA). Secretaría, 3 de Febrero de 2026. Dra. María Guadalupe Gordillo, Secretaria.
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Por disposición de Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial Nº 13 de Rosario, Dra. Verónica Gotlieb, en los autos: BANCO MACRO S.A. C/LOMBARDI ELENA MARÍA Y OTROS S/JUICIO ORDINARIO” CUIJ 21-02932107-5, se ha ordenado; Rosario, 05/12/2025.-Informando verbalmente el Actuario que no existen escritos sueltos pendientes de agregación para estos autos y que los herederos de Fiorino Travassi, DNI Nº 5.970.439, no han comparecido a estar a derecho, decláraselos rebeldes y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese mediante la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL y el hall de Tribunales según dispone el art. 597 del CPCC. Fecho, ofíciese a los fines, del sorteo de Defensor de Oficio. Fdo. DRA. VERONICA GOTLIEB (Jueza)
Rosario, 22 de Diciembre de 2025. Lucas Menossi, Secretario.
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Por disposición de Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial Nº 11 de Rosario, Dr. DR. LUCIANO D. CARBAJO, en los autos: “NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. C/FARALDO, GUSTAVO SEBASTIAN S/ JUICIO EJECUTIVO”, CUIJ 21029282789, se ha ordenado; Nro. 509.- Rosario, 27/05/2024.- Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVO:… RESUELVO: 1.Tener por acreditada la existencia de un pagaré en ocasión de un vínculo causal de consumo, y en base a ello, hacer lugar a la demanda, ordenando llevar adelante la ejecución contra la parte demandada, hasta que el actor se haga íntegro cobro de la suma de $79.271,79., con más los intereses determinados en los considerandos de la presente, aplicables desde la mora 15/03/2018, con más el IVA sobre intereses, y hasta el efectivo pago, lo que se detallará por planilla que practicará la actora; 2. Imponer las costas a la demandada vencida (art. 251 CPCC). 3. Los honorarios se regularán en su oportunidad. Insértese y hágase saber de Abril de 2015.- Agréguese. Informando verbalmente en este acto que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho decláresela rebelde y siga el juicio sin su representación. Notifíquese por cedula. Fdo.: DR. LUCIANO D. CARBAJO (Juez); Dr. SERGIO GONZALEZ (Secretario). Rosario.
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual Nº 4, en los autos caratulados: “BENEGUI, MAXIMILIANO c/ QUISPE HANCO BENIGNO s/ DAÑOS Y PERJUICIOS” Expte. CUIJ 21-11899971-9, se cita y emplaza al demandado Sr. QUISPE HANCO, BENIGNO a comparecer a estar a derecho y contestar la demanda por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67, 69, 73 y 548 del C.P.C.- Se transcribe a continuación la providencia que ordena el presente: “ROSARIO, 22 de Diciembre de 2025.- Proveyendo escrito cargo Nº 11240/25: Atento lo solicitado y constancias en autos, CÍTESE AL DEMANDADO QUISPE HANCO BENIGNO a comparecer a estar a derecho por medio de edictos los que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL y en la página web institucional conforme Circular Nº 05/25 de la CSJ, por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67, 69 73 y 548 del C.P.C. FDO: FIRMA de JUEZ EN SUPLENCIA - DRA. MAYRA IBAÑEZ (Secretaria)“.- Secretaría, Diciembre del Año 2025.- Dra. Analía N. Vicente, Secretaria.
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Por disposición del Juez del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual de la Quinta Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. EDGARDO BONOMELLI, Secretaría a cargo de la Dra. ARACELI NURIA STEFANELLI, dentro de los autos caratulados: “RAMIREZ, REBECA CAROLINA C/ MONGES, MARCOS GABRIEL Y OTROS SI DAÑOS Y PERJUICIOS”, Expte. CUIJ. Nº 21-11895576-2, se ha declarado rebelde y dado por decaído el derecho dejado de usar al demandado MONGES, MARCOS GABRIEL, D.N.I. Nº 33.730.714. A continuación, se transcribe el decreto que así lo ordena: “ROSARIO, 29 de Octubre de 2025.-Venidos los autos en el día de la fecha se provee: Atento que el demandado MONGES, MARCOS GABRIEL no compareció a estar a derecho pese a encontrarse debidamente notificado por edictos, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, declárese/o rebelde. Firme que estuviere el presente, procédase al sorteo de Defensor de Oficio. Notifíquese por EDICTOS al demandado rebelde que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL y en la página web institucional conforme Circular Nº 05/25 de la CSJ, y por CÉDULA a las partes intervinientes.-Fdo: Dr. BONOMELLI (Juez); Dra. STEFANELLI (Secretaria). Rosario, 1 de Diciembre de 2025.
$ 100 555940 Feb. 19 Feb. 23
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Por disposición del Jueza del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual de la Sexta Nominación de la ciudad de Rosario, Dra. Jorgelina Entrocasi, Secretaría a cargo del Dr. Christian Bitetti, dentro de los autos caratulados: “MORTAROTTI, GONZALO ARIEL Y OTROS C/MIRANDA, NICOLAS DANIEL Y OTROS S/DAÑOS Y PERJUICIOS”, Expte. CUIJ. 21-11891905-7, se ha declarado rebelde al demandado MIRANDA, NICOLAS DANIEL, D.N.I. Nº 11.447.378. A continuación, se transcribe el decreto que así lo ordena: “ROSARIO, 21 de Octubre de 2025.-Atento que el demandado MIRANDA, NICOLAS DANIEL no compareció a estar a derecho ni contestó la demanda pese a encontrarse debidamente notificado según edicto acompañado en escrito cargo 6290/2025 de fecha 25/06/2025, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, declárese/o rebelde y désele por decaído el derecho dejado de usar. NOTIFÍQUESE POR CÉDULA.- Fdo: Dra. ENTROCASI (Jueza); Dr. BITETTI (Secretario).-“ OTRO: “ROSARIO, 30 de Octubre de 2025.- Previamente, advirtiendo haberse dictado por error la parte pertinente del decreto de fecha 21 de Octubre de 2025, en cuanto dispone: “...ni contestó la demanda... désele por decaído el derecho dejado de usar... “, revóqueselo por contrario imperio, ratificándose lo demás mediante el presente decreto.- Fdo: Dra. ENTROASI (Jueza); Dr. BITETTI (Secretario).-“ Rosario, 7 de Noviembre de 2025.
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Por disposición de la Jueza del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual de la décima Nominación de la ciudad de Rosario, Dra. CLAUDIA ALEJANDRA RAGONESE, Secretaría a cargo de la Dra. PAULA MARINA HELTNER, dentro de los autos caratulados: “GIMENEZ, VERONICA ISABEL Y OTROS C/ CERDA, ROBERTO CARLOS Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS”, Expte. CUIJ. 21-11899049-5, se ha declarado rebelde y dado por decaído el derecho dejado de usar a la demandada CARDOZO, SABRINA SOLEDAD DNI Nº 30.254.183; notificándosela por EDICTOS que se publicaran por dos (2) días. A continuación, se transcribe el decreto que así lo ordena: “ROSARIO, 27 de Noviembre de 2025.- Informándose verbalmente por Secretaría, en este acto, que la codemandada SABRINA SOLEDAD CARDOZO no ha comparecido a estar a Derecho, declárasela rebelde. Notifíquese por edictos, que se publicarán por dos (2) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Una vez notificada la rebeldía, y de conformidad con lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, según surge del Acta Nº 48 de fecha 05 de Diciembre de 2017, en cuanto a que los sorteos de los profesionales de Nombramientos de Oficio sean efectuados por la Oficina de Sorteos de Peritos, Martilleros y Síndicos dependientes de la Presidencia de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial, líbrense a tales fines los despachos pertinentes para la posterior designación de Defensor de Oficio.- Fdo: Dra. RAGONESE (Jueza); Dra. HELTNER (Secretaria).-“
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AUTOS: “ORTIZ, SOLANGE FATIMA C/ GODOY, JONATAN EXEQUIEL Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS” (Expte. CUIJ: 21-11880304-0) JUZGADO: Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual de la 1ra. Nominación de Rosario. El Sr. Juez de Trámite del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual de la 1ra. Nominación de Rosario, ha ordenado notificar mediante publicación de edictos el siguiente decreto: “ROSARIO, 09 de Octubre de 2020.- Por presentada, domiciliada y por parte a mérito del poder especial que se acompaña y agrega. Acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Agréguese la boleta colegial acompañada. Por iniciada la acción de daños que expresa. Cítese y emplácese a GODOY JONATAN EXEQUIEL y la citada en garantía TRIUNFO COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA para que comparezcan a estar a derecho y contesten la demanda dentro del término de veinte días. Por ofrecida prueba, téngase presente. Téngase presente la reservas formuladas. Concédase a la actora el beneficio de litigar sin gastos en los términos del Art. 333 CPCC a tenor de la declaración jurada de pobreza acompañada. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos de Responsabilidad Civil Extracontractual, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe, en el marco de colaboración suscripto con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación establecido por Acordada Nro 7 de fecha 07/03/2019. En dicho marco, téngase presente que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la incomparecencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la ley 12851 (ley de aranceles profesionales). Líbrense los oficios al MPA, al Hospital Dr. Anselmo Gamen, a los fines solicitados. Hágase saber a las partes que en su primera presentación deberán informar su mail, teléfono celular y whatsapp. Hágase saber al presentante que deberá, oportunamente, acompañar: a) los originales del poder especial, declaración jurada de pobreza y boleta inicial; b) sobres con documental, testimonial o confesional, si los hubiere. Notifíquese el presente decreto con copia de demanda y de la documental adjuntada. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá consultar a quien lo atienda, los vecinos, si el mismo se domicilia allí, y sólo en caso afirmativo procederá a practicar la notificación. Jueza de trámite: Dra. Mariana Varela. Fdo: DR. JUAN CARLOS MIRANDA (SECRETARIO) - DRA. MARIANA VARELA (JUEZA) - Y OTRO: “ROSARIO, 31 de Agosto de 2022. Por ampliada la demanda contra la persona que expresa. Amplíase el Decreto de fecha 9 de Octubre de 2020 de la siguiente manera: Por iniciada la demanda contra GUARDON JUAN MANUEL. Emplácese al mismo para que comparezca a estar a derecho y conteste la demanda, dentro del término de veinte días, bajo apercibimientos del Art. 551 del C.P.C.C., con entrega de copias. Tómese razón en el sistema informático a los fines de que se incorpore a sus registros el nuevo demandado. Notifíquese por cédula el presente conjuntamente con la providencia mencionada. Cítese en garantía a TRIUNFO COOP. DE SEG. LTDA. Emplácese para que comparezca a estar a derecho y a contestar la demanda, dentro del término de veinte días, bajo apercibimientos del Art. 551 del C.P.C.C., con entrega de copias. DRA. ANDREA CHAPARRO (SECRETARIA) - DRA. MARIANA VARELA (JUEZA) - Y OTRO: “ROSARIO, 30 de Abril de 2024. Atento lo solicitado y constancias en autos, emplácese al demandado GUARDON JUAN MANUEL para que comparezca a estar a derecho por medio de edictos los que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67, 69, 73 y 548 del C.P.C.. FDO. DRA. ANDREA CHAPARRO (SECRETARIA) - DRA. MARIANA VARELA (JUEZA) - Y OTRO: “Nº 399. ROSARIO, 01 de Julio de 2025. VISTO Y CONSIDERANDO: Los presentes caratulados: “ORTIZ, SOLANGE FATIMA C/ GODOY, JONATAN EXEQUIEL Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS”, CUIJ 21-11880304-0; aclaración formulada por el Dr. SANTIAGO LUIS VILLANUEVA, en el sentido que el nombre correcto del demandado en autos GUARDON JUAN EMANUEL en lugar de GUARDON JUAN MANUEL; que de las constancias obrantes en autos surge que mediante decreto de fecha 31/08/22, se tuvo por inciada demanda contra “GUARDON JUAN MANUEL”, mediante decreto de fecha 30/04/24 se ordeno el emplazamiento y citación por edictos del demandado “GUARDON JUAN MANUEL”, y que mediante auto nro. 1791, de fecha 10/09/24 se declaro la rebeldía del demandado “GUARDON JUAN MANUEL”; que mediante mandamiento judicial (cargo nro. 5749/24) se constato que el Sr. GUARDON JUAN EMANUEL, no se domicilia en la dirección de calle Juan Pablo 11 (Ex Estados Unidos) nro. 9430 de Rosario -informada por el RENAPER y la Cámara Nacional Electoral (cargos nro. 5691/23 y 1188/24)- y demás constancias obrantes en autos; RESUELVO: 1) Proceder a la modificación del registro informático, consignando correctamente el nombre del demandado en los presentes “GUARDON, JUAN EMANUEL”; 2) ACLARAR el decreto de fecha 31/08/22 en el sentido que cuando dispone “Por iniciada la demanda contra GUARDON JUAN MANUEL”, debe entenderse: Por iniciada la demanda contra GUARDON JUAN EMANUEL; 3} DEJAR SIN. EFECTO el decreto de fecha 30/04/24, y en su lugar disponer: Notifíquese al demandado JUAN EMANUEL GUARDON (D.N.I. Nº 36.523.764) mediante EDICTOS, los cuales se publicarán por el término de ley en el Boletín Oficial y en la nueva sección “Edictos” del sitio web institucional del Poder Judicial, conforme lo dispuesto por el art. 73 CPCCSF y lo resuelto por la CSJSF en el Acuerdo celebrado en fecha 11/02/2025, Acta nro. 3. Hágase saber que en el cuerpo del edicto deberá hacerse saber al demandado JUAN EMANUEL GUARDON que se lo cita y emplaza a los fines de comparecer a estar a derecho en el término de 20 días y que deberán transcribirse los decretos de fechas 09/10/20, 31/08/22, 30/04/24 y el presente auto; 4) DEJAR SIN EFECTO el auto nro. 1791, de fecha 10/09/24. Insértese y hágase saber. NOTIFÍQUESE POR CÉDULA.- FDO. DRA. ELIANA GUTIERREZ WHITE (SECRETARIA) - DRA. MARIANA VARELA (JUEZA). Asimismo, se cita y emplaza al Sr. JUAN EMANUEL GUARDON a los fines de comparecer a estar a derecho en el término de 20 días, conforme lo ordenado mediante auto nro. 399 de fecha 01 de Julio de 2025, bajo apercibimientos de lo normado por art. 551 C.P.CyC.S.F. (Art. 551 CPCYCSF: Si el demandado o reconvenido no contestaren la demanda o la reconvención, el tribunal, a petición de parte, procederá a dictar sentencia sin otro trámite, si correspondiere legalmente) - ROSARIO, 22 de Diciembre de 2025. Dr. Ulises D. Lanza, Prosecretario.
$ 600 555943 Feb. 19 Feb. 23
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Por disposición del Juzgado de 1ª Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito de la 5ª Nominación de Rosario, juzgado a cargo de la Dra. Lucrecia Mantello; Secretaria de la Dra. Silvina Rubulotta, en los autos caratulados: GONZALEZ, DANIEL ALBERTO C/ GRISOLIA, GUILLERMO PABLO Y OTROS S/ESCRITURACION (N) CUIJ: 21-02929710-7. Se ha dictado lo siguiente: ROSARIO, 03 de febrero de 2026. Agréguense las constancias acompañadas mediante escritos cargo N.º 57 a 61/2026 y téngase presente lo manifestado para su oportunidad. Téngase por acreditado el fallecimiento del codemandado. Atento lo dispuesto por los arts. 47 2do. Párrafo y 597 del CPCC, emplácese por edictos (art. 73 CPCC) a los herederos de GUILLERMO PABLO GRISOLÍA, bajo apercibimientos de ley. Previo a todo: ofíciese al Registro de Procesos Sucesorios correspondiente al último domicilio del causante a fin de que informe si se ha iniciado juicio de declaratoria de herederos. En su caso, ofíciese al juzgado/ oficina indicados a los fines de que informen nombre y domicilio de quienes hayan invocado vocación hereditaria y si ha recaído declaratoria de herederos. Fecho: notifíquese por cédula a las personas indicadas. DRA. SILVINA L. RUBULOTTA Secretaría: DRA. LUCRECIA MANTELLO, Jueza: Rosario, 6 de Febrero de 2026.
$ 100 555979 Feb. 19 Feb. 23
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Familia Nº 9 de Rosario, Dra. Milca Bojanich, dentro de los autos caratulados: “TAMAYO, ESTEFANIA MARISOL Y TAMAYO, VALENTINA MILAGROS S/ MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL” CUIJ Nº 21-11438338-1, se hace saber que se ha ordenado notificar gratuitamente por edictos a DALMA MICAELA ROMERO, de lo resuelto en autos transcribiendo textualmente la parte resolutiva: “Nº 1185 Rosario, 23/12/25. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Ratificar la Orden Nº 101/24 del 20/10/24 y la Orden 112/24 del 1/12/24 por las que el órgano administrativo adoptó Medida de Protección Excepcional primero con Estefanía Marisol Tamayo y Valentina Milagros Tamayo y luego con Catalina Beatriz Tamayo, y las Disposiciones Administrativas 15/25 del 21/1/25 y 16/25 del 21/1/25 dictadas respectivamente para regularizadas. 2) Ratificar la resolución definitiva Nº 160/25 por la que el 17/6/25 la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de Niñez; Adolescencia y Familia sugirió la declaración en situación de Adoptabilidad de Catalina Beatriz Tamayo y la privación de responsabilidad parental de Dalma Micaela Romero y de Rubén Darío Tamayo respecto de ella. 3) Ratificar la resolución definitiva Nº 161/25 del 17/6/25 por la que la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de Niñez, Adolescencia y Familia propuso la declaración en situación de adoptabilidad de Estefanía Marisol Tamayo y de Valentina Milagros Tamayo y la privación de responsabilidad parental de Dalma Micaela Romero y de Rubén Darío Tamayo respecto de ellas. 4) Determinar que la propuesta de medida definitiva es declaración en situación de adoptabilidad de Estefanía Marisol Tamayo, de Valentina Milagros Tamayo y de Catalina Beatriz Tamayo, y la privación de responsabilidad parental de Dalma Micaela Romero y de Rubén Darío Tamayo respecto de sus hijas. 5) Citar a comparecer a Dalma Micaela Romero, DNI 40.554.136 y Rubén Darío Tamayo, DNI 13.966.212 a estar a derecho, expedirse sobre la propuesta de medida definitiva y ofrecer prueba, en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación (art. 66 bis Ley 12.967). 6) Notificar a la Defensoría General Civil, a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia y a la Defensoría Provincial de Niñas, Niños y Adolescentes. Insértese y hágase saber.” Firmado: Dra. Milca Bojanich-Jueza; Dra. María A. Marcyniuk-Secretaria. Se ha ordenado notificar por edictos que se publicarán gratuitamente en el BOLETÍN OFICIAL y en la página web del Poder Judicial, tres veces, venciendo dicho término 1O días después de la última publicación. Rosario, 12 de febrero de 2026.
$ 1 555986 Feb. 19 Feb. 23
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La Señora Jueza de Primera Instancia de Circuito de la ciudad de Arroyo Seco, Dra. MARIANA ALVARADO, dentro de los autos caratulados “PETTINARI, GUILLERMO NICOLÁS C/ PEREYRA, GUILLERMO RAMÓN S/ JUICIOS EJECUTIVOS” Expte. CUIJ 21-22769237-2, informa que se ha dictado la Resolución Nro. 1020 de fecha 05.12.2025, la cual se transcribe a continuación: “ARROYO SECO, 05 de Diciembre de 2025. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado, PEREYRA, GUILLERMO RAMÓN, haga integro pago ejecutante del capital reclamado de CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS ($50.400.-), con más los intereses, calculados desde la fecha de la mora a la tasa activa (sumada) del NBSF para operaciones de descuento de documentos a 30 días y hasta el momento del efectivo pago. Con costas. (CPC, 251). Practicada planilla de liquidación, se regularán honorarios. Insértese, agréguese y hágase saber” Fdo.: Dra. ALVARADO MARIANA, (Jueza); Dra. CATTANI, MARIANA SABINA (Secretaria). Rosario, 19 de Diciembre de 2025.
$ 100 555939 Feb. 19 Feb. 23
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El Juzgado 1º Instancia de Circuito de Arroyo Seco, a cargo de la Dra. Mariana ALVARADO (Jueza), dentro de los autos caratulados: “NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. C/ CABALLERO, JUAN CARLOS EMILIO S/ JUICIO EJECUTIVO -Expte. nº 21-22766348-8”, se han dictado los siguientes decretos: ARROYO SECO, 26 de Agosto de 2025.- Por deducido y fundado RECURSO DE APELACION en subsidio, contra la RESOLUCION Nº 382/2025 del 05/07/2025. Concédase en relación y con efecto suspensivo, si en tiempo y forma estuviere. Por constituido domicilio de Alzada, téngase presente. Previo los trámites de ley, elévense a la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, a sus efectos. Notifíquese por cédula/Dra. Mariana ALVARADO (Jueza) - Dra. Mariana S. CATTANI (Secretaria) ARROYO SECO, 05 de Diciembre de 2025. En razón de las constancias de autos, revócase parcialmente el proveído que antecede en cuanto ordena la notificación por cédula y suscríbase el edicto acompañado. Mariana ALVARADO (Jueza) - Dra. Mariana S. CATTANI (Secretaria). Rosario, 5 de Diciembre de 2023.
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1o. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, Zulatto, Reynaldo, D.N.I.,5.973.913, por un día , para que lo acrediten dentro de los treinta días .-Autos caratulados : “ Borri, Rosa Catalina y Otro s/ Sucesorio-CYC 1” (Cuij: 21-02997525-3).-Fdo: DRA. María Belén Moran Secretaria , Dr.Ricardo A.Ruiz (Juez).-
$ 45 Feb. 19
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1o. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante, , Borri, Rosa Catalina y/o Botti, Rosa Catalina D.N.I., 2.441.514, por un día , para que lo acrediten dentro de los treinta días .-Autos caratulados : “ Borri, Rosa Catalina y Otro s/ Sucesorio-CYC 1” (Cuij: 21-02997525-3).- Fdo: DRA. María Belén Moran Secretaria, Dr.Ricardo A.Ruiz (Juez).-
$ 45 Feb. 19
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 17va Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes JUAN CARLOS CASTILLO, DNI 6.071.942; y RAMONA LIDIA DE LA CRUZ, DNI 5.661.043, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “CASTILLO, JUAN CARLOS Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS – CYC 17” (CUIJ 21-02990204-3). Fdo. Prosecretaria.
$ 45 Feb. 19
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 4° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Stella Maris Soressi D.N.I. 14.328.690 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: SORESSI, STELLA MARIS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CYC 4 cuij 21-02996812-5. Fdo. Prosecretaria. Rosario,
$ 45 Feb. 19
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RICARDO JOSÉ CINTIONI DNI nº 13.039.725 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “CINTIONI, RICARDO JOSÉ s/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-03003254-0). Fdo: Dra. Sabrina Campbell (Jueza)
$ 45 Feb. 19
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JULIA ELENA CUESTA D.N.I. 4.492.656 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “CUESTA, JULIA ELENA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CYC 16” (CUIJ N° 21-03002452-1). Fdo. Dra. Sabrina Campbell (Jueza), Secretaría a cargo del autorizante
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 9na Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ZAPATA RICARDO RAMON, titular DNI 13.333.627, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: ZAPATA, RICARDO RAMON S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CYC 9 CUIJ 21-03001068-7 , de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo: Prosecretaría
$ 45 Feb. 19
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 9° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante MONICA ANGELA ROMAGUERA (D.N.I. 13.169.685) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “ROMAGUERA, MONICA ANGELA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-02996837-0) . Fdo. Prosecretarío
$ 45 Feb. 19
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Por disposición de la Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante SOLIS, MARIA ELENA D.N.I. 2.942.788 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “SOLIS, MARIA ELENA S./ SUCESION TESTAMENTARIA CYC 14, CUIJ 21-03003089-0. Fdo. Prosecretaria
$ 45 Feb. 19
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 20° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante LAINO, RUBEN AGUSTIN RAMON, D.N.I. 6.025.066 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “LAINO RUBEN AGUSTIN RAMON S/ SUCESORIO” (CUIJ N° 21-03002420-3). Fdo. Fernanda I. Virgolini, Prosecretaria
$ 45 Feb. 19
Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Velia Aida Francisca CARBONE, D.N.I Nº 0899444, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “CARBONE, VELIA AIDA FRANCISCA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CYC 14” (CUIJ N° 21- 03002440-8). Fdo. Prosecretaria
$ 45 Feb. 19
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 18° nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Sra. Maria Cristina Ghirardi, DNI Nº 6.377.463, por un dia, para que lo acrediten dentro de los treinta dÌas. Autos caratulados: “GHIRARDI, MARIA CRISTINA s/ SUCESORIO”, CUIJ N° 21-03001644-8, de tr·mite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo.: Prosecretaria.
$ 45 Feb. 19
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CASILDA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia Civil, Comercial y Laboral de la 2° Nominación del Distrito Judicial Nº 7 de Casilda, Dr. Renato Viale, en autos “PAVIOTTI ANTONIO ADELQUI Y OTROS C/ MORENO DE CORIA MARIA SI PRESCRIPCION ADQUISITIVA” (Expediente Nº: 29/2021 - CUIJ Nº: 21-25860040-9), se ha ordenado notificar a la demandada MARIA MORENO DE CORIA y/o sus Sucesores y/o titular registral y/o propietario desconocido y/o cualquier otro tercero interesado o que pretendiere derechos de propiedad, posesión y/o dominio sobre el inmueble que a continuación se describe: “Dos lotes de terreno con todo lo edificado, clavado y plantado, situado en la ciudad de Casi/da, Departamento Caseros, Provincia de Santa Fe, comprendido en la Manzana Nº 75 Secc. A. - Barrio Nueva Roma de la ciudad de Casilda, designados con los números siete y nueve del plano oficial, que forma esquina, compuestos unidos miden 23,75 mts. de/rente sobre calle Montevideo y 47,50 mts de fondo, linda en su costado Nord Este con lote de titularidad de Juan José Borgobello y en su lado Nord Oeste con lote de titularidad de Ana R. Díaz y otro, con su lado Sud Este con calle Montevideo y por su lado Sud Oeste con Calle Chacabuco. Empadronado para el pago del Impuesto Inmobiliario bajo Partida Nº 180507-889361/0000-8. Inscripta al tomo 24 -Folio 306V-Número 025161 - Fecha 30/08/1922 - DEP. CASEROS. Hoy designado con la letra A del plano Nº Dupl. 860-C. confeccionado por los Agrimensores María Belén Legnini y Bernabe Acuña. “; para que comparezcan a estar a derecho en termino y bajo los apercibimientos de ley. Y se le hace saber, que el Juez que va a entender en los presentes, es el Dr. Renato Viale, quien ha asumido su cargo en fecha 05/11/2025. Casilda, 06 de febrero de 2026.
$ 500 555985 Feb. 19 Feb. 24
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nº2 de Casilda, Juez Dr. RENATO VIALE, Secretaria Dra. ARACELIS ROSENBURT, se hace saber que en los autos: “CASTELLI ARNELDO ENRIQUE S/ CONCURSO PREVENTIVO - HOY QUIEBRA” CUIJ 21-25811908-5, mediante Decreto del 02 de Febrero de 2026, se dispuso: “Téngase por informado los montos imputados a cada uno de los acreedores verificados y declarados admisibles en autos. Córrase vista a la Sindicatura, hágase saber a los acreedores verificados, y publíquese edictos por un día en el BOLETÍN OFICIAL haciendo saber el monto imputado a cada acreedor y concepto. (Expte. Nº 881/2001)“ (Biassoni S.A.I.C.A. por la suma de $ 845,12, con carácter quirografario; Banco Bisel S.A. por la suma de $ 62.854,57, con carácter quirografario; Banco Credicoop por la suma de $ 10.272,68, con carácter quirografario; Banco Galicia por la suma de $ 41.369,57, con carácter quirografario; Canal Santiago por la suma de $ 1.697,46, con carácter quirografario; Coimfer S.A. por la suma de $ 13.471,39, con carácter quirografario; Electrodos S.A. por la suma de $ 27.683,77, con carácter quirografario; El Roble S.A. por la suma de $ 5.450,02, con carácter quirografario; Euro Franc S.A. por la suma de $ 2.020,78, con carácter quirografario; Klokmetal S.A. por la suma de $ 21.550,00, con carácter quirografario; Royo S.A. por la suma de $ 3.550,00, con carácter quirografario; OSECAC por la suma de $ 1.061,52 con carácter quirografario y por la suma de $ 3.069,69 con privilegio general) CUIJ 21-25811908-5. Secretaría de la Dra. ARACELIS ROSENBURT.
$ 500 555996 Feb. 19
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Por orden del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Distrito Judicial 7, de la ciudad de Casilda - Santa Fe - DENOM. ANTERIOR - Ref. Ley 14.264, a cargo de la DRA. LAURA S. BABAYA LORIA, se ha dispuesto la publicación de edictos a fin de notificar al Sr. DELVALLE JOSÉ ANDRÉS (DNI Nº 33501237) lo declarado en autos: “ARNAU ABEL RICARDO C/ DELVALLE, JOSÉ ANDRÉS Y OTROS S/ JUICIOS EJECUTIVOS, CUIJ Nº 21-23292847-3: “CASILDA, 06 de Mayo de 2024.- [...], proveyendo la demanda, se decreta: [...] Por iniciada acción ejecutiva. Previo a la citación y emplazamiento a estar a derecho, denuncie el domicilio del codemandado José Andrés del Valle. [...] Notifíquese”. FIRMADO: DRA. VIRGINIA LAURA GIANI (Secretaria), DRA. LAURA S. BABAYA LORIA (Juez).- OTRO SI DIGO: “CASILDA 03 de Diciembre de 2024. Téngase presente el domicilio del codemandado José Andrés del Valle sito en calle Pedemera Nº 2358 de Casilda. Cítese y emplácese a la parte demandada, para que dentro del término de tres (03) días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía”. [... ] FIRMADO: DRA. YANINA P. SCOLARI (Secretaria subrogante) – Dra. Laura S. Babaya Loria (Jueza). Dr. Juan M. Abbo, Prosecretario. Casilda, 10 de Febrero de 2026.
$ 2000 556004 Feb. 19 Mar. 4
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CAÑADA DE GOMEZ
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1ra. Nom. del Distrito Judicial Nº 6 de Cañada de Gómez, en los autos caratulados “LUQUE ADRIÁN HORACIO Y OTROS C/ CADONI ALFREDO HORACIO SERGIO Y OTROS S/ESCRITURACION” (CUIJ Nº 21-26034302-2), se ha dispuesto conforme lo establece el art. 597 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Santa Fe, se hace saber a la co demandada JAGER ELEONORA ADELAIDA de CADONI MI 93.929.157 lo siguiente: “CAÑADA DE GOMEZ, 02 de Junio de 2025.- Agréguese la Oblea debidamente repuesta acompañada. Proveyendo escrito inicial; Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado a mérito de los Poderes especiales acompañados y que se agregan. Por iniciada formal DEMANDA DE ESCRITURACIÓN que tramitará según las normas del proceso ordinario contra ALFREDO HORACIO SERGIO CADONI; JUAN MIGUEL CADONI y ELEONORA ADELAIDA JÄGER DE CADONI con domicilio en calle Ballesteros Nº 544 de la localidad de Cañada de Gómez, Pcia. de Santa Fe. Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de 3 (tres) días comparezca a estar a derecho bajo los apercibimientos de ley. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos Civiles, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Salita Fe. el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación recomendado por Acuerdo Ordinario - Acta 48/2017 de fecha 5 de diciembre de 2017 de la Excma. Suprema Corte de la Provincia de Santa Fe. Por tanto, se hace saber que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la comparecencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la ley 12851. Previo todo trámite, repóngase debidamente el sellado fiscal faltante. Notifíquese por cédula, debiendo el Sr. Oficial notificador observar el estricto cumplimiento del art. 63 CPCC. Firmado: Dra. Carolina Lucia Kaüffeler (Secretaria) - Dra. Julieta Gentile (Juez) y CAÑADA DE GOMEZ, 30 de Junio de 2025.- Agréguense las cédulas de notificación debidamente diligenciada acompañadas. Atento la consulta efectuada en el sistema informático de donde surge que no existen escritos sueltos pendientes de agregación; se provee: No habiendo comparecido la parte demandada pese a estar debidamente notificada, declárasela rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por cédula. Firmado: Dra. Carolina Lucia Kaüffeler (Secretaria) - Dra. Julieta Gentile (Juez)“. Publíquense los edictos citatorios por dos (2) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Secretaria a cargo de la Dra. Carolina Lucia Kaüffeler.
$ 300 555951 Feb. 19 Feb. 23
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Por disposición del Juzg. 1ª Inst. Civil, Comerc. y Laboral - 2ª Nom. Sec. Única de Cañada de Gómez, en autos caratulados MARTINA SANTIAGO s/AUSENCIA CON PRESUNCIÓN DE FALLECIMIENTO; CUIJ N° 21-26033126-1, se cita a Santiago Pedro Martina, de nacionalidad Italiano, número de documento de identidad desconocido, de estafo civil casado, mayor de edad, con ultimo domicilio conocido en la ciudad de Las Rosas, mediante publicación a realizarse una vez por mes durante seis meses (Art. 88 CCCN). Librados estos edictos en Secretaría. Cañada de Gómez, 27/03/2025. Mariano Jesús Navarro, secretario.
$ 33 546835 Feb. 19
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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1° Nominación de Cañada de Gómez, en los autos caratulados “CUELLO, DANIEL FERNANDO S/ SUCERSORIO ” CUIJ 21-26035376-1, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante CUELLO, Daniel Fernando, DNI 10.060.999, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Cañada de Gómez, Dra. CAROLINA KAUFELLER (Secretaria)
$ 45 Feb. 19
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 6 en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1ra. Nominación de Cañada de Gómez, a cargo de la Dra. Julieta Gentile, Jueza y DRA. CAROLINA LUCIA KAUFFELER, Secretaria, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de DANIEL HECTOR MERCURI, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. DRA. CAROLINA LUCIA KAUFFELER, Secretaria.-
$ 45 Feb. 19
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Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil, Comercial y Laboral N˚ 6 de la 3ra. Nominación de Cañada de Gómez, a cargo del Dr. SERGIO W. VERDURA, Secretaria de la Dra. CORINA RABASEDAS se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante RENZI FILOMENA VIRGINIA ADELINA, DNI. N˚ 10.509.988.-, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados “RENZI FILOMENA VIRGINIA ADELINA S/SUCESORIO”, CUIJ N˚ 21-26035396-6. FDO.: Dra. CORINA RABASEDAS – Secretaria.
$ 45 Feb. 19
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 3ra. Nominación de Cañada de Gómez, en los autos caratulados: “PERRIN, GABRIELA VERONICA S/ SUCESORIO” CUIJ N° 21-26035499-7, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante GABRIELA VERONICA PERRIN, DNI 22.218.876 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Cañada de Gómez, de de 2026.-
$ 45 Feb. 19
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SAN LORENZO
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
En autos: “RAMIREZ MAXIMILIANO MARIO ALBERTO Y OTROS C/ BAEZ JUAN CARLOS Y OTROS S/ PROCESO DE DAÑOS Y PERJUICIOS” CUIJ 21-25444449-6 de trámite por ante el JUZG. DE 1RA. INST. CIVIL Y COMERCIAL - 1RA. NOM. de la ciudad de San Lorenzo a cargo del DR. ALEJANDRO MARCOS ANDINO, Juez; DRA. LUZ M. GAMST, Secretaria, se hace saber que se cita al codemandado BAEZ JUAN CARLOS, para que comparezca a estar a derecho dentro del término de cinco días y bajo apercibimientos de ley.- “SAN LORENZO, 06 de Octubre de 2025 Cítese al codemandado BAEZ JUAN CARLOS, para que comparezca a estar a derecho dentro del término de cinco días y bajo apercibimientos de ley; por edictos que se publicarán por tres días en el BOLETÍN OFICIAL. (Art. 73 C.P.C.C.), bajo apercibimiento de rebeldía. Fdo: DR. ALEJANDRO MARCOS ANDINO, Juez; DRA. LUZ M. GAMST, Secretaria. Dra. Nadia M. Aronne, Prosecretaria.
$ 100 555929 Feb. 19 Feb. 23
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de San Lorenzo, dentro de los caratulados: NOELIA CAROLINA RUIZ s/INFORMACION SUMARIA, (21-23405014-9), se ha ordenado lo siguiente: Cítese y emplácese a los herederos del Sr. Mauro Nicolás Mir, DNI Nº 32.520.475 y/o a toda persona que se considere con derechos sobre el presente a comparecer a la audiencia designada, el día 19 de febrero de 2026 a las 10:00 hs., publicándose edictos en la forma ordinaria (art. 73 CPCC). San Lorenzo, 12 de Diciembre de 2025. Lara Belén Favro, Secretaria.
$ 33 554655 Feb. 19 Feb. 23
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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Circuito No. 12 de la ciudad de San Lorenzo Provincia de Santa Fe, en autos caratulados: “PEIRONE, ANA MARIA Y OTROS C/ BLANC, CRISTIAN LEONEL Y OTROS S/OFICIO LEY 22172” - CUIJ 21-23405193, se hace saber que, el señor Juez a ordenado lo siguiente: “... SAN LORENZO, 09 de febrero 2026. …Sin perjuicio de la competencia del suscripto, y a los fines del diligenciamiento de la medida solicitada, para sorteo de Defensor de ausentes/de Oficio, fijase audiencia para el día 27 de febrero de 2026 a las 09:00 horas. Notifíquese por edictos que se publicarán dos (2) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial... Firmado: Dr. JAVIER BERTORA (Juez Subrogante) - Dra. LARA BELEN FAVRO (Secretaria). San Lorenzo, 11 de Febrero de 2026.
$ 100 556063 Feb. 19 Feb. 20
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El Juez de 1ra Instancia, del Distrito Judicial Nº 12, en lo Civil y Comercial, de la 1era Nominación, de la Ciudad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores, legatarios y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Sr. JUAN CARLOS LADINO, DNI. Nº 11.365.455, para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el termino y bajo los apercibimientos de ley. En consecuencia, se hace saber que se ha ordenado citar y emplazar a los herederos de JUAN CARLOS LADINO, DNI. Nº 11.365.455, para que comparezcan a estar a derecho, por edictos que se publicarán tres veces en el Boletín Oficial, venciendo el término cinco días después de la última publicación, bajo apercibimiento de ley.
$ 45 Feb. 19
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ª Inst. de Distrito C y C de la 1ª Nominación, de la Ciudad de San Lorenzo, Dr. Alejandro Marcos Andino, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante don MIGUEL CASSETTA, DNI 93.395.389, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezca a hacer sus derechos en los autos CASSETTA MIGUEL Y OTROS s/DECLARATORIA DE HEREDEROS, Expte. N° 21-25448118-9. Lo que se pública a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Dra. Luz María Gamst, Secretaria.
$ 45 Feb. 19
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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de don OMAR ROBERTO CUELLO DNI 10.652.420, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo apercibimientos de ley. San Lorenzo. Dra. Melisa Peretti, secretaria.
$ 45 Feb. 19
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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de don ESQUIVEL HUGO ADRIAN, DNI 14.562.868 para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo apercibimientos de ley. San Lorenzo. Dra. Luz María Gamst, secretaria.
$ 45 Feb. 19
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VILLA CONSTITUCIÓN
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 14 Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Villa Constitución (Santa Fe), en los autos caratulados: “MORENO ADRIANA ROSA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-25661048-2 se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y/o quienes se consideren con el derecho a los bienes dejados por el fallecimiento de la causante Doña ADRIANA ROSA MORENO para que comparezcan por 30 (treinta) días a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquese edicto por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL y en el transparente habilitado a tal efecto. Villa Constitución, 18 de Febrero de 2026. Firmado: Dr. David Lisandrello (Juez), Dr. Darío Malgeri (Secretario).-
$ 45 Feb. 19
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FIRMAT
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Se hace saber a Enrique Justo BRACCA y/o sus herederos y/o sucesores y/o quienes se consideren con derecho dentro de los autos: "ROSALES JORGE OMAR c/ BRACCA ENRIQUE JUSTO Y/O HEREDEROS s/ USUCAPION" (CUIJ 21-26423619-0) en trámite por ante el Juzgado de Distrito Nro. 16 en lo Civil, Comercial y Laboral de Firmat, a cargo de la Dra. LAURA BARCO, secretaria a cargo del Dra. NATALIA GRILLO, que no habiendo comparecido la parte demandada, decláresela rebelde y siga el juicio sin su representación. Señálese fecha de audiencia para sorteo de defensor ad hoc para el día 08/04/2026 a las 10:00 hs por ante éste Juzgado. Notifíquese.- FDO: Dra. LAURA BARCO, secretaria a cargo del Dra. NATALIA GRILLO.
$ 200 556058 Feb. 19 Feb. 23
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VENADO TUERTO
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Por disposición de la Sra. Jueza de 1ra. Inst. Civil y Comercial 1ra. Nom de Venado Tuerto, Dra. Celeste Rosso, en los autos caratulados “PIENZI BLANCA ESTER Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ: 21-24624340-6, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y a todos aquellos a quienes se consideren con derecho a los bienes de la herencia de Doña PIENZI BLANCA ESTER, L.C: 2.831.074 y/o Don SANTI LEONARDO ANTONIO DNI: 6.107.764, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo los apercibimientos legales, lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL, de 18/02/2026 FDO: DRA. MARIA CELESTE ROSSO (JUEZA) DRA. MARIA LAURA OLMEDO (SECRETARIA)
$ 45 Feb. 19
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Venado Tuerto a cargo del Dr. Gabriel Carlini (Juez), Secretaría del Dr. Walter Bournot, se cita y se emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de Don WALTER MIGUEL GONZALEZ, DNI NRO. 20195328, para que en el término de Ley comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de Ley.- Autos: “WALTER MIGUEL GONZALEZ FARIAS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS (DIGITAL), CUIJ NRO. 21-24623422-9.- FDO: Dr. Gabriel A. Carlini JUEZ – Dr. Bournot Alejandro Walter SECRETARIO.-VENADO TUERTO, de febrero 2026.
$ 45 Feb. 19
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 2da. Nominación de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Gabriel Alberto Carlini (Juez), Secretaría a cargo del Dr. Alejandro Walter Bournot (Secretario), en los autos caratulados "ZIZICH ANTONIO MARCOS S/ SUCESORIO (DIGITAL)", (CUIJ 21-24625049-6) se cita y emplaza por el término de ley, a herederos, acreedores y legatarios de Don Zizich Antonio Marcos, DNI Nº 6.133.337 , para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Secretaría. Venado Tuerto, de Febrero de 2026.
$ 45 Feb. 19
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Venado Tuerto, a cargo Dr. Carlini (Juez), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña Silvia María Bott, DNI 14.425.836, para que comparezcan a éste tribunal a hacer valer sus derechos dentro del término de diez días, bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Venado Tuerto, de febrero de 2026. Dr. Bournot, Secretario.
$ 45 Feb. 19
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de la ciudad de Venado Tuerto a cargo de la Dra. María Celeste Rosso (Juez), Secretaría de la Dra. María Laura Olmedo, se cita y se emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de Don JUAN, OJEDA, DNI Nº 6.127.854, para que en el término de Ley comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de Ley.- Autos: "OJEDA, JUAN S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" CUIJ Nº 21-24624585-9" Venado Tuerto, 19/02/2026 Santa Fe.-FDO: Dra. María Celeste Rosso JUEZ – Dra. María Laura Olmedo, SECRETARIO.
$ 45 Feb. 19
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 3 en lo Civil y Comercial de la 1º Nominación de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. MARIA CELESTE ROSSO, JUEZ, Dra. MARIA LAURA OLMEDO, SECRETARIA, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante: PIANCATELLI ADRIAN HUMBERTO, D.N.I. Nº 13.860.554, Argentino, con ultimo domicilio legal en calle Gobernador Molina N° 398 de la ciudad de Venado Tuerto, fallecido el día 24 de Octubre de 2025, en la ciudad Venado Tuerto, Provincia de Santa F para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos “PIANCATELLI ADRIAN HUMBERTO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS”, CUIJ N° 21-24624952-8 año 2025 “.-Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Venado Tuerto 19 de Febrero de 2026.
$ 45 Feb. 19