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ROSARIO
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
POR
LEANDRO O. VALDEZ
Por disposición del Señor juez de Primera Instancia Distrito Civil y Comercial 1° Nominación de Rosario, a cargo del DR. Ricardo Alberto Ruiz y secretaria a cargo el DR. ARTURO AUDANO, hago saber en autos PEREZ GAMEZ, SILVIA C/ Y OTROS (L.C N°6.049.193) S/ APREMIO POR COBRO DE HONORARIO. Se ha dispuesto que el Martillero Leandro Omar Valdez Mat. 2241-V-083 CUIT:20-32901201-9 venda en Subasta Pública, el 100 % del inmueble perteneciente al demandado, y que a continuación se describe un lote de terreno designado con la letra D, en el plano de mensura y subdivisión, archivado en el departamento Topográfico, Delegación Rosario, bajo el numero 48.857, año 1967, ubicado en la calle Pago de los Arroyos, entre las de Alzugaray hacia el sub, se compone de 7,46 metros de frente al Este, por 15 metros de fondo, encerrando una superficie total de 111,90 metros cuadrado, lindando al este, con la calle Pago de los Arroyos; al Norte con parte del lote F, y al sud y oeste, con el lote E, ambos del mismo plano citado. Informa el Registro General Rosario, que: I) el 100% del inmueble consta inscripto a nombre del demandado.II)No registra anotada hipoteca III) registra anotado embargo: Tomo:132 E, Folio: 793, numero 199310, fecha de ingreso:05-07-2023 por orden de este juzgado y pa monto: $13.000.000 millones de pesos, y embargo tomo:132 E, Folio: 1085, Numero; 280511, fecha de ingreso:14-09-2023, caratula Mónica Laura Valeria y otros. Monto: $ 6.973.213 de pesos. No registra anotada INHIBICIONES sobre su titular. CONDICIONES GENERALES: Por designado lugar, día y hora para la realización de la subasta, para el 01 de Marzo de 2026 a las 14:00 hs. en la Sede del Colegio de Martillero de Rosario, sita en calle Moreno 1546 de Rosario, respecto del inmueble individualizado con el dominio: Tomo 397 A, Folio 26, Nº 152549 Departamento. Rosario. El inmueble saldrá a la venta en el estado en que se encuentra, siendo este DESOCUPABLE, conforme acta de constatación que se encuentra agregada en autos mediante cargo n° 10407/2024, no admitiéndose reclamos posteriores al acto, y con una única base de $20.000.000.-. Quien resulte el mejor y último postor, deberá abonar en el acto de subasta el 10% del precio de compra con más de un 3% de comisión de ley, debiendo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 y “A” 5212 del Banco Central de la República Argentina. Por tanto, de superar el importe de $30.000.-, en lo que resulta en exceso de dicho monto, deberá efectuarse por transferencia interbancaria dentro de las 48 horas de realizada la subasta en una cuenta judicial a abrirse en el Banco Municipal de Rosario, Sucursal Caja de Abogados a nombre de estos autos y a la orden de este Juzgado. El saldo de precio de compra deberá ser transferido de la misma manera y a la misma cuenta judicial por el comprador dentro de los cinco días de notificada la aprobación de subasta. Caso contrario deberá abonarse por el retraso en concepto de interés la tasa pasiva promedio mensual capitalizable cada treinta días que publica el Banco Central. Todo sin perjuicio de la aplicación en su caso del art. 497 del C.P.C. y si intimado no efectúa el pago, se dejará sin efecto la venta. Asimismo se fija como condición que en caso de comprarse el inmueble en comisión, deberá declararse tal situación en el acto de subasta y los demás datos del comitente deberán denunciarse en el término de tres días, dentro del expediente, bajo apercibimientos de tenerse a la denuncia posterior como una cesión de derechos y acciones, por la que deberá oblarse el impuesto de sellos establecido por el art. 187 del Código Fiscal, al que también estará sujeta toda otra cesión de derechos y acciones que se produzca con motivo del presente remate. Hágase saber que previo a la aprobación de la cuenta de gastos, deberá oficiarse al Registro General con copia certificada del acta de subasta a fin de que tome razón marginalmente de la misma sin que implique transferencia a favor del adquirente. Como así también estarán a cargo del adquiriente los gastos de transferencia, impuestos, tasas, expensas y/o contribuciones y demás gastos que se adeudaren e IVA si correspondiera, así como el impuesto a la transferencia de inmuebles, gastos y eventuales honorarios de escribano por escritura pública. También hágase saber que en caso de cesión de los derechos y acciones de la subasta la misma deberá realizarse por escritura pública. Respecto a la transferencia de los inmuebles subastados, deberá estarse al art. 505 del CPCC último párrafo. Informes al Martillero Leandro Valdez al Teléfono 3382446264. EXHIBICION: el inmueble será exhibido los dos días hábiles previos a la subasta en el horario de 10 a 12 hs. Todo lo que se hace saber a sus efectos legales. Publíquese el presente edicto por el término de ley en el Boletín Oficial y Hall de Tribunales. Rosario, 10 de febrero de 2026, Firmado Dr. Arturo Audano secretario.
$ 1200 555915 Feb. 12 Feb. 18