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BUENOS AIRES
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JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL
LA PLATA
JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL Nº 14 La Plata, provincia de Buenos Aires, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de RAUL ANTONIO VILLAVERDE. La Plata, 5 DE DICIEMBRE DE 2025.
S/C Feb. 10
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SANTA FE
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JUZGADO LABORAL
Por disposición del Juzgado de 1ra. Inst. Laboral 3ra. Nom. de la Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe en autos caratulados: “GARCIA, MARA MAGALI C/SCHMITT, GUSTAVO HECTOR Y OTROS s/COBRO DE PESOS - RUBROS LABORALES” (CUIJ 21-04794092-0), se declara rebeldes a los herederos codemandado Gustavo Héctor Schmitt, D.N.I. 16.942.600. La misma será publicada por edictos en el Boletín Oficial tres veces venciendo el término cinco días después de su última publicación, debiendo fijarse las notificaciones que se practiquen por dicho medio en el espacio habitual habilitado a tales efectos dentro del Tribunal. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales.
Santa Fe, 30 de diciembre de 2025.-
$ 1 555589 Feb. 10 Feb. 12
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
Por disposición de la Dra. Lidia Fernanda Bensegues, Jueza de Trámite del Tribunal Colegiado de Familia Nº 2 de Santa Fe, en autos caratulados: “SECRETARIA DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA C/ MONZON, ESTEFANIA ELISABET Y ARRIOLA, ANDRES DANIEL S/ CONTROL DE LEGALIDAD DE -HOY-RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE MEDIDA EXCEPCIONAL” (21-10776831-6) se cita y emplaza a ESTEFANIA ELIZABETH MONZON, D.N.I. Nº 41.160.184, con domicilio actual desconocido, notificándola de lo ordenado en autos: “SANTA FE, 05 de Diciembre de 2025. Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Formal Notificación de Adopción de Resolución Definitiva de Medida de Protección Excepcional y Solicitud de Control de Legalidad, dispuesta por Disposición Nº 000190 de fecha 24/10/2025 respecto a las niñas CIELO AILYN MELGAREJO, DNI nro. 58.642.580, nacida el 26/10/2020 y ZOE MIA JAZMIN ARRIOLA, DNI nro. 56.379.794, nacida el 19/06/2019, la que se regirá por el trámite específico previsto en el artículo 66 bis, siguientes, y concordantes de la Ley Nº 12967. Cítese a la Sra. Estefanía Elizabeth MONZON, DNI nro. 41.160.184, con domicilio según padrón electoral Córdoba nro. 4731 de esta ciudad de Santo Tomé, provincia de Santa Fe, y al Sr. Leandro Adrián MELGAREJO (progenitor de la niña Melgarejo), DNI nro. 39.687.604, con domicilio en Pasaje Leiva y Alberdi (puerta blanca), barrio Las Vegas, ciudad de Santo Tomé, provincia de Santa Fe, y el Sr. Andrés Daniel ARRIOLA (progenitor de la niña ARRIOLA), DNI nro. 42.331.451, con domicilio según padrón electoral en Ocampo nro. 1580 de San José de Rincón, provincia de Santa Fe, para que comparezcan a estar a derecho, se expidan sobre las medidas definitivas propuestas por la Subsecretaría de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia, y Familia de Santa Fe, y en su caso, para que ofrezcan pruebas en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación. Al punto 2º): Téngase presente la sugerencia de privación de responsabilidad parental de los progenitores y el otorgamiento de tutela a favor de la Sra. Judith Agustina MONZÓN, DNI nro. 42.561.813, con domicilio en calle Córdoba nro. 4731 de la ciudad de Santo Tomé, provincia de Santa Fe. Al punto 3º): Como se solicita y a los fines indicados. Al punto 4º): Agréguese la documental acompañada. Al punto 5º): Téngase presente la autorización efectuada a los profesionales mencionados en el punto V de la presente demanda, a fin de efectuar la procuración en las presentes actuaciones y proceder al retiro de los autos en los casos en que corresponda. Al punto 6º): Atento la conexidad invocada en el punto VI) de la presente demanda, y dado la identidad objetiva y subjetiva, procédase a la acumulación material de las presentes actuaciones al expediente de este Juzgado “SECRETARIA DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA C/ MONZON, ESTEFANIA ELISABET Y ARRIOLA, ANDRÉS DANIEL S/ CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDA EXCEPCIONAL” CUIJ 21-10776831-6. Al punto 7º): Oportunamente y de corresponder, se proveerá. Dése intervención a la Defensoría General Civil nro. 1. Notifíquese”.- otorgamiento de tutela a favor de la Sra. Judith Agustina MONZÓN, DNI nro. 42.561.813, con domicilio en calle Córdoba nro. 4731 de la ciudad de Santo Tomé, provincia de Santa Fe. Al punto 3º): Como se solicita y a los fines indicados. Al punto 4º): Agréguese la documental acompañada. Al punto 5º): Téngase presente la autorización efectuada a los profesionales mencionados en el punto V de la presente demanda, a fin de efectuar la procuración en las presentes actuaciones y proceder al retiro de los autos en los casos en que corresponda. Al punto 6º): Atento la conexidad invocada en el punto VI) de la presente demanda, y dado la identidad objetiva y subjetiva, procédase a la acumulación material de las presentes actuaciones al expediente de este Juzgado “SECRETARIA DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA C/ MONZON, ESTEFANIA ELISABET Y ARRIOLA, ANDRÉS DANIEL S/ CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDA EXCEPCIONAL” CUIJ 21-10776831-6. Al punto 7º): Oportunamente y de corresponder, se proveerá. Dése intervención a la Defensoría General Civil Nro. 1. Notifíquese”.- Silvana Carolina Fertonani, Secretaria - Lidia Fernanda Bensegues, Jueza a/c. “. Santa Fe, 2 de Febrero de 2026.
$ 1 555667 Feb. 10 Feb. 18
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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en los autos: “GAUTTO, CARLA AYELEN S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” (CUIJ Nº 21-02057750-6) se ha dispuesto: Santa Fe, 2/2/2026: 1) Declarar la quiebra de Carla Ayelén GAUTTO, apellido materno ALMIRON, DNI: 43.645.213, CUIL: 27-43645213-1, con domicilio real en calle San José 2157 y legal en San Lorenzo 2214 PB, ambos ele esta ciudad de Santa Fe. 4) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. A los efectos, se oficiará dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general (30/07/2026). 13) Fijar el día 23/03/2026, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. 14) Fijar el día 14/04/2026 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos, las que podrán realizarse de manera presencial o electrónica en el domicilio constituido a dichos fines. 15) Señalar el día 02/06/2026 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 30/07/2026 para la presentación del Informe General. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q. en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. Firmado: GABRIEL ABAD-JUEZ - DRA. VERONICA TOLOZA- SECRETARIA – Dra. Natalia Gerard, Prosecretaria.
$ 1 555618 Feb. 10 Feb. 18
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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación, se hace saber que en los autos: “GONZALEZ, SILVIA GUADALUPE S/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” (Expte. CUIJ: 21-02016978-5), se ha dispuesto en la resolución de fecha 02/12/2025: I) Declarar la conclusión de la quiebra de Silvia Guadalupe González, dando por concluida la intervención de la Sindicatura.- 2) Disponer el cese de las medidas cautelares ordenadas, librándose los oficios pertinentes a los fines de su comunicación toma de razón, así corno de la finalización de este proceso concursal; y, 3) Ordenar la publicación de esta resolución mediante edictos en el BOLETÍN OFICIAL.- Insértese, protocolícese el original, notifíquese y, oportunamente, archívese. – Firmado digitalmente por Dra. Mercedes Dellamónica-Secretaria- Dr. Rodrigo Ureta Cortes, Juez. Santa Fe, 11 de Diciembre de 2025.
S/C 555506 Feb. 10 Feb. 18
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Por estar así dispuesto en los autos caratulados: “ MOREIRA, Jonatan Emanuel s/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” CUIJ 21-02049017-6, de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia, de Distrito, en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de la ciudad de Santa Fe, se ha dispuesto librar a Ud. el presente, a los fines de que se sirva ordenar la publicación del siguiente EDICTO JUDICIAL (sin cargo - quiebra), por el término de DOS DIAS, cuyo texto es el siguiente:
El Juzgado de Primera Instancia, de Distrito, en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de la ciudad de Santa Fe en autos caratulados “ MOREIRA, Jonatan Emanuel s/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” CUIJ 21-02049017-6, se ha ordenado lo siguiente: “ SANTA FE, 14 de Noviembre de 2025... regulo los HONORARIOS DEL CPN ALDO ALFREDO MAYDANA en la suma de $ 2.423.557,88 y los honorarios del DR. CARLOS V. IRURETAGOYENA en la suma de $1.038.667,66. Vista a la Caja Forense y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Notifíquese. Fdo. Dr. Gabriel Abad: Juez”.- OTRO DECRETO: “ SANTA FE, 16 de Diciembre de 2025 Proveyendo escrito cargo Nº 13772 y 13860: Por presentado informe final y proyecto de distribución. Publíquense edictos de conformidad con lo dispuesto por el art. 218 de la L.C.Q... Fdo. Dra. Verónica Toloza: Secretaria”. Se encuentra autorizado a intervenir en el diligenciamiento del presente, el Síndico de autos, Aldo Alfredo Maydana, CPN Mat. 6.280 Diligenciado el presente, se servirá devolverlo con copia de lo actuado. Salúdale Atte. Santa Fe, 26 de Diciembre de 2.025. Dra. Natalia Gerard, Prosecretaria.
$ 1 555580 Feb. 10 Feb. 11
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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la Ciudad de Santa Fe se ha dictado en autos: “REYNOSO, LUIS JOSE S/ QUIEBRA” (CUIJ Nº 21-02058081-7 - AÑO 2025), la siguiente resolución: “Santa Fe, 30 de diciembre de 2025 (...) Resuelvo: 1. Declarar la quiebra de Luis José Reynoso, DNI Nº 12.461.962, con domicilio real en calle Alberdi 1691de la ciudad de Santo Tomé y domicilio legal en calle Hipólito Irigoyen 2423 de esta ciudad. 5. Ordenar a terceros la entrega de bienes y documentos del fallido al Síndico. 6. Intimar al fallido para que dentro de las veinticuatro horas de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario falencial. Se libra mandamiento al Oficial de Justicia para que se haga efectiva la medida (art. 177, inc. 2, LCQ). 7. Prohibir pagos al fallido. 9. Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista correspondiente a la categoría “B” para el 11/02/26 a las 10.00 horas. 10. Fijar el día 08/04/26 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos y los títulos pertinentes. 11. Fijar el día 23/04/26 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes.12. Señalar el día 21/05/26 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales y el 02/07/26 para la presentación del Informe General. 19. Ordenar la publicación de edictos durante cinco días en el BOLETIN OFICIAL. 20. Líbrense los mandamientos, oficios y exhortos ordenados y practíquense comunicaciones a la Administración Provincial de Impuestos y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada Nº 195, punto 29 de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe del 10/11/86).” Fdo: Iván G. Di Chiazza (Juez).
$ 1 555562 Feb. 10 Feb. 18
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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados “GONZALEZ, MELINA FLORENCIA S/ QUIEBRA” (CUIJ: 21-02057557-0) tramitados por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, de los que: SANTA FE, 30 de Diciembre de 2025.- Atento que no se ha procedido a realizar el sorteo del Síndico conforme lo ordenado en la sentencia de apertura, procédase a la reprogramación de las fechas: 1- Designar el día miércoles 04 de febrero de 2026 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese a la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe. 2- Fijar el día miércoles 04 de marzo de 2026 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 Ley 24.522). 3- Señalar el día miércoles 08 de abril de 2026 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 Ley 24.522) y designar el día miércoles 13 de mayo de 2026 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la Ley Concursal). Notifíquese.- Firmado Digitalmete: Dr.: FRANCISCO JOSE DEPETRIS –Juez.
$ 1 555594 Feb. 10 Feb. 11
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El JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA 4TA. NOMINACIÓN DE LA CIUDAD DE SANTA FE, EL JUEZ A CARGO, comunica por dos días que en los autos: MOLINA, ARIEL ANTONIO S/PEDIDO DE QUIEBRA (J) 21-02047492-8, se ha presentado proyecto de distribución de fondos, y se regularon honorarios de los profesionales intervinientes. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 3 de Febrero de 2026. Secretaria.
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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en los autos: “MELO, VIRGINIA CECILIA S/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA”, CUIJ Nº 21-02055746-7, se ha dispuesto: 1) Fijar la audiencia del sorteo del Síndico el 11 de Febrero de 2026, a las 10 hs, a realizarse en la Oficina de sorteo de peritos, martilleros y síndicos dependiente de la Secretaría de Presidencia de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, conforme el procedimiento establecido en la Acordada de la Corte de fecha 05/12/2017. A tales efectos, ofíciese. Asimismo, fijar como nuevas fechas: a) hasta el 01/04/2026 para la verificación de los créditos por parte de los acreedores; b) hasta el 16/04/2026 para la presentación de las copias de impugnaciones por la Sindicatura; c) hasta el 14/05/2026 para la presentación de los informes individuales; y d) hasta el día 25/06/2026 para la presentación del informe general.2) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q. en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. Insértese. y hágase saber. Fdo. Dra. Dellamónica – Secretaria - Dr. Ureta Cortés - Juez. Santa Fe, 2 de Febrero de 2026.
$ 1 555615 Feb. 10 Feb. 18
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Por estar así dispuesto en los autos caratulados: “PEREZLINDO JOSE ANDRES s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA”, Expte. CUIJ Nº 21-02057075-7, que se tramita por ante el Juzgado Civil y Comercial de la 2da. Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que por Resolución de fecha 05/12/2025 se ha declarado la quiebra de JOSÉ ANDRÉS PEREZLINDO, argentino, mayor de edad, soltero, D.N.I. 30.501.882, apellido materno Vega, con domicilio real en calle Rector Cortez Pla 110 1 Depto 2 (actualmente identificado como Manzana 16, vivienda 1, departamento 2, Barrio el Pozo) de esta ciudad de Santa Fe, habiéndose dispuesto hasta el día 20/02/2026, para que los acreedores presenten sus pedidos de verificación al Síndico designado en autos, la CPN Ma. Cecilia Arietti, domiciliada en calle Moreno 2308- 6to Piso B de la ciudad de Santa Fe, siendo el horario de atención de lunes a viernes de 8.00 a 14.00 hs.. Notifíquese.
Firmado: Dr. Silvestrini, Secretario”.
$ 1 555599 Feb. 10 Feb. 18
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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación, se hace saber que en los autos: “CERDA, FRANCO ALEXIS S/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” (CUIJ: 21-02055783-1), se ha dispuesto en la resolución de fecha 30/12/2025: 1º) Declarar la quiebra de Franco Alexis Cerda, soltero, mayor de edad, D.N.I. 40.040.563, domiciliado realmente en calle Mitre Nº 2130, Ciudad de Coronda, Provincia de Santa Fe, y con domicilio procesal en calle La Rioja Nº 3213 de la Ciudad de Santa Fe. 3°) Ordenar al fallido y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia de la primera. Intimar al deudor para: a) que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley.4°) Ordenar la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12°). Disponer la interceptación de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522. 6º) Fijar la audiencia del sorteo del Síndico el 11 de Febrero de 2026 a las 10 hs, a realizarse en la Oficina de sorteo de peritos, martilleros y síndicos dependiente de la Secretaría de Presidencia de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, conforme el procedimiento establecido en la Acordada de la Corte de fecha 05/12/2017. A tales efectos, ofíciese. 8º) Fijar hasta el día 01 de Abril de 2026 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria. 9°) Fijar los días: 16 de Abril de 2026 para que la Sindicatura presente un juego de copias de las impugnaciones; el 14 de Mayo de 2026 para la presentación de los informes individuales; y el 25 de Junio de 2026 para la presentación del informe general. Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Ofíciese. Notifíquese.- Fdo.: Dra. Mercedes Dellamónica, Secretaria - Dr. Rodrigo Ureta Cortés, Juez.
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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en los autos: “OEHRLI, CHRISTIAN ALFREDO S/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” (CUIJ Nº 21-02057588-0) se ha dispuesto: SANTA FE 3/2/2026: 1) Declarar la quiebra de CHRISTIAN ALFREDO OEHRLI, D.N.I. 24.523.012, domiciliado realmente en calle Avda. Facundo Zuviría Nro. 6929 P.A. Dpto. Interno de la ciudad de Santa Fe, y legalmente en calle Luciano Torrent Nº 1534, Santa Fe. 4) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo apercibimiento de ser ineficaces. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. A los efectos, se oficiará a la Jefatura de la Policía Federal Argentina y Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior de la Nación dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general (29/06/26). 13) Fijar el día 30/03/26, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de crédito. 14) Designar el día 16/04/26 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 15) Señalar el día 15/05/26 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 29/06//26 para la presentación del informe general. 17) Ordenar la publicación de edictos por Secretaría en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q. en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe e intimar al Síndico que resulte sorteado a que en el plazo de 48 horas, contado desde la fecha de aceptación del cargo, realice una nueva publicación con todos los requisitos del art. 89 incluido especialmente su nombre, domicilio, teléfono, correo electrónico y horarios de atención. Firmado: GABRIEL ABAD – JUEZ - DRA. VERONICA TOLOZA – SECRETARIA.
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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en los autos: “GIORGI, GEORGINA VERONICA S/CONCURSO PREVENTIVO”, CUIJ Nº 21-02056780-2 se ha dispuesto: SANTA FE 4/2/2026: 1) Declarar la apertura del concurso preventivo de GIORGINA VERONICA GIORGI D.N.I. Nº 23.738.146, domiciliada en calle Monteagudo 4545 de la ciudad de Santo Tomé, provincia de Santa Fe, y legalmente Fray Cayetano Rodríguez Nº 3881 de esta ciudad de Santa Fe, disponiendo darle el trámite de pequeño concurso (arts. 288/289 LCQ). 3) Fijar el 01/04/26 como fecha hasta la cual se pueden presentarlas solicitudes de verificación de los créditos ante el Síndico. 8) Fijar el 18/05/26 y 29/06/26 para la presentación de los informes individual y general, respectivamente. 9) Señalar el día 21/12/26 o el día hábil siguiente si aquél resultare feriado, a las 10 horas, para que tenga lugar la audiencia informativa prescripta por el art. 45 de la Ley 24522. Firmado: GABRIEL ABAD-JUEZ- - DRA. VERONICA TOLOZA – SECRETARIA. Dra. Natalia Gerard, Prosecretaria.
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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en los autos: “SANDOVAL, DANIELA ALEJANDRA S/ QUIEBRAS” (CUIJ Nº 21-02057858-8) se ha dispuesto: SANTA FE 4/02/2026: 1) Declarar la quiebra de DANIELA ALEJANDRA SANDOVAL, D.N.I. 35.566.129, domiciliada realmente en calle General Paz Nº 7751 Piso 2 Dpto. 3, Santa Fe y legalmente en calle Alvear 3291 Dpto. A, Santa Fe. 4) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo apercibimiento de ser ineficaces. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. A los efectos, se oficiará a la Jefatura de la Policía Federal Argentina y Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior de la Nación dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general (29/06/26).13) Fijar el día 30/03/26, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de crédito. 14) Designar el día 16/04/206 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 15) Señalar el día 15/05/26 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 29/06/26 para la presentación del informe general.-17) Ordenar la publicación de edictos por Secretaría en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q. en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe e intimar al Síndico que resulte sorteado a que en el plazo de 48 horas, contado desde la fecha de aceptación del cargo, realice una nueva publicación con todos los requisitos del art. 89 incluido especialmente su nombre, domicilio, teléfono, correo electrónico y horarios de atención. Firmado: GABRIEL ABAD-JUEZ - DRA. VERONICA TOLOZA – SECRETARIA. Dra. Natalia Gerard, Prosecretaria.
$ 1 555621 Feb. 10 Feb. 18
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De acuerdo a lo dispuesto en Resolución de fecha 9 de Diciembre de 2025 por la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décimo Primera Nominación de Santa Fe del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en autos caratulados “ GIMENEZ, SOL S/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA (Expte. CUIJ Nº 21-02056746-2) se ha procedido al Sorteo del Síndico que intervendrá en el proceso. Resulto designado Síndico el CPN DANIEL FRANCISCO PIUMETTI, con domicilio en calle San Martín 2347 Piso 1 Oficina 13 (Galería Florida) de la ciudad de Santa Fe fijándose el día 2 de Febrero de 2026 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico, quien atenderá en su estudio de calle San Martín 2347 Piso l Oficina 13 (Galería Florida) de la ciudad de Santa Fe de Lunes a Viernes de 17 a 20 hs.- Se fija el día 17 de Marzo de 2026 como fecha en la que la Sindicatura deberá presentar el Informe Individual de créditos y el 28 de Abril de 2026 para que se presente el Informe General. Ordenar la publicación de edictos conforme a lo dispuesto por el art. 89 de la Ley 24522 en el BOLETÍN OFICIAL. FDO. Dra. ANA ROSA ALVAREZ - Jueza; Dra. SANDRA SILVINA ROMERO - Secretaria. Rocio M. Bissutti, Prosecretaria.
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente a fin de poner de manifiesto que en dicho Juzgado tramitan los autos caratulados: “LAUTARO ROSTAGNO S/SUMARIA INFORMACIÓN”, en el que Lautaro Rostagno, argentino, Documento Nacional de Identidad Nº 41.217.275, domiciliado en calle Maipú 1963 de la localidad de Santa Fe, departamento La Capital, provincia de Santa Fe, hijo del Sr. Adrián Femando Rostagno y de la Sra. Analía Pérez, se encuentra tramitando los mismos a fin de solicitar la inscripción en la matrícula profesional de la Primera Circunscripción del Colegio de Escribanos de la ciudad de Santa Fe. Fdo: Viviana Naveda Marcó (Juez a/e).- Fdo: Laura Luciana Perotti (Sec.).- Dra. Marisa Wagner, Prosecretaria.
$ 100 555605 Feb. 10 Feb. 12
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El Juzgado de 1ª Instancia de Distrito Nº 18 en lo Civil, Comercial y Laboral 1ra. Nominación de San Justo, Santa Fe, en los autos caratulados: OJEDA MARIA NATALIA S/ QUIEBRAS 21-26193009-6, hace saber lo siguiente: “El 15 de Diciembre de 2025, comparece el Contador Público Nacional, José Ernesto Pedro, Matrícula Profesional Nº 6702, manifestando que acepta el cargo de Síndico que se le ha conferido en los autos caratulados: “OJEDA, MARIA NATALIA S/QUIEBRA “(Expte. Nº 21-26193009-6), de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 18 en lo Civil, Comercial y Laboral de la de Ciudad de San Justo, Provincia de Santa Fe, prestando juramento de desempeñarlo fiel y legalmente, constituyendo domicilio legal en calle: 9 de Julio Nº 2845 de la ciudad de San Justo, Pcia de Santa Fe, con horario de atención al público, los días lunes a viernes de 9:00 a 12:00 y de 17:00 a 20:00 horas. Teléfono: 0342-156106809, Correo Electrónico: cpnjepedro@yahoo.com.ar.” San Justo, 30 de Diciembre de 2025. Cintia D. Lo Presti, Prosecretaria.
$ 1 555586 Feb. 10 Feb. 18
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Por disposición de la señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nº 18 en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de San Justo, se hace saber que en los autos: “VILLAN, SANDRA ELISABET S/ QUIEBRAS” (CUIJ 21-26193082-7)“ se ha dispuesto: 1) Declarar la quiebra de la Sra. Sandra Elisbet VILLAN, D.N.I. Nº 23.003.070, con domicilio real en calle Río Paraná Nº 287, de la localidad de Marcelino Escalada, Departamento San Justo, provincia de Santa Fe, y a los efectos legales en calle Iriondo Nº 2843, de esta ciudad. 3) Ordenar a la fallida y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia del primero. Intimar al deudor para: a) que entregue a la Sindicatura, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4) Ordenar la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12º). Disponer la intercepción de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522. 8) Fijar hasta el día 13 de Marzo de 2026, la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria. Firmado: Dra. Laura ALESSIO- Jueza; Dra. Susana C. CARLETTI - Secretaria a/c.. San Justo, 4 de Febrero de 2026.-
$ 1 555607 Feb. 10 Feb. 18
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Por disposición de la señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nº 18 en lo Civil, Comercial y Laboral 1º Nom. de la ciudad de San Justo, se hace saber que en los autos: “AGUIRRE, JOSE LUIS, S/ QUIEBRAS” CUIJ: 21-26192947-0 se ha dispuesto: 1) Declarar la quiebra del Sr. JOSE LUIS AGUIRRE, DNI Nº 20.218.183, domiciliado realmente en calle Raúl Alfonsín Nº 2728, de la ciudad de San Justo, Provincia de Santa Fe, y a los efectos legales en calle 9 de Julio Nº 2330 de la ciudad de San Justo, Departamento San Justo, provincia de Santa Fe. 3) Ordenar al fallido y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia de la primera. Intimar a la deudora para: a) que entregue a Sindicatura, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4) Ordenar la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12°). Disponer la intercepción de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522. 8) Fijar hasta el día 13 de Marzo de 2026 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria.. Firmado: Dra. Laura ALESSIO- Jueza; Dra. Susana C. CARLETTI - Secretaria a/c. Secretaría, 4 de Febrero de 2026.-
$ 1 555612 Feb. 10 Feb. 18
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Por disposición de la señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nº 18 en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de San Justo, se hace saber que en los autos: “GRAF, AILIN CLARIBEL S/ QUIEBRAS (CUIJ 21-26193096-7)“ se ha dispuesto: 1) Declarar la quiebra de la Sra. Ailín Claribel GRAF, D.N.I. Nº 42.556.576, con domicilio real en calle Juan Gauna Nº 2539, de la ciudad de San Justo, Departamento San Justo, provincia de Santa Fe, y a los efectos legales en calle Independencia Nº 2638, de esta ciudad. 3) Ordenar a la fallida y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia del primero. Intimar al deudor para: a) que entregue a la Sindicatura, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4) Ordenar la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12°). Disponer la intercepción de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522. 8) Fijar hasta el día 13 de Marzo de 2026, la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria. Firmado: Dra. Laura ALESSIO- Jueza; Dra. Susana C. CARLETTI - Secretaria a/c.. San Justo, 4 de Febrero de 2025.-
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Por disposición de la señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nº 18 en lo Civil, Comercial y Laboral 1° Nom. de la ciudad de San Justo, se hace saber que en los autos: “SAGUIR MARTIN SANTIAGO, S/ QUIEBRAS” CUIJ 21-26192978-0, se ha dispuesto: 1) Declarar la quiebra del Sr. MARTIN SANTIAGO SAGUIR, D.N.I.: 32.207.845, con domicilio real en calle Urquiza Nº 1824 de la ciudad de San Justo (Santa Fe), y a los efectos legales en calle Francisco Angeloni Nº 2785, de esta ciudad. 3) Ordenar al fallido y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia de la primera. Intimar a la deudora para: a) que entregue a Sindicatura, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4) Ordenar la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12°). Disponer la intercepción de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522. 8) Fijar hasta el día 13 de Marzo de 2026 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria. Firmado: Dra. Laura ALESSIO - Jueza; Dra. Susana C. CARLETTI - Secretaria a/c. Secretaría, 4 de Febrero de 2026.-
$ 1 555608 Feb. 10 Feb. 18
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 19 Esperanza, en los autos “PADRO CARLOS EXEQUIEL S/SUPRESION Y CAMBIO DE APELLIDO” (CUIJ Nº 21-26306926-6) se hace saber que el Sr. CARLOS EXEQUIEL PADRO, D.N.I. Nº 39.047.273 ha solicitado la supresión y cambio de apellido paterno; para que los interesados comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de ley. Lo que es publicado a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales. Esperanza, 19 de diciembre del año 2025. Julia Fascendini, Secretaria.
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Por disposición de la OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS DE SANTA FE – PRIMERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE SANTA FE (Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de Santa Fe), en los autos caratulados: “BURGENER, JOSEFA MARIA S/ SUCESORIO” -CUIJ 21-02055310-0-, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de JOSEFA MARIA BURGENER L.C.: 6.116.354, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, .... de Febrero de 2026. Fdo. Dra. Gisela Gatti-Secretaria.
$ 45 Feb. 10
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nominación, de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados “FLEYTA, Roberto s/Sucesorio” (CUIJ: 21-00920649-0), se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios del Señor ROBERTO FLEYTA, D.N.I.M.6.335.388, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. SANTA FE, de Diciembre de 2025.
$ 45 Feb. 10
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Decimotercera Nominación de Santa Fe) en autos caratulados: “AINBINDER, FRIDA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-02057995-9 se cita, se llama y se emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de AINBINDER, FRIDA D.N.I. F2.987.076, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. La que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL.- Fdo.:- DR. GUILLERMO VALES (juez). Santa Fe, de enero de 2026.
$ 45 Feb. 10
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san jorge
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
El Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo de la ciudad de San Jorge, Pcia. de Santa Fe, cita y emplaza a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el fallecimiento de CLAUDIA ANTONIA ISABEL CASTILLO DNI 27.297.290 para que comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos caratulados “CASTILLO, CLAUDIA ANTONIA ISABEL S/ SUCESORIO 21-26270234-8 en el término y bajo apercibimiento de ley.
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El Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo de la ciudad de San Jorge, Pcia. de Santa Fe, cita y emplaza a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el fallecimiento de Magdalena FALCO DNI 6.303.371 y Santiago Américo ZUCCO DNI 2.445.076 para que comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos caratulados “FALCO MAGDALENA Y OTROS S/SUCESORIO” CUIJ 21-26270186-4 en el término y bajo apercibimiento de ley.
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rafaela
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito No 5 en lo Civil y Comercial de la PRIMERA Nominación de Rafaela, en los autos caratulados “BERNOTTO DANIEL FRANCISCO S/ SUCESORIO CUIJ 21-24212131-4”, mediante decreto de fecha 03/02/2026 se cita a los herederos, acreedores, y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante DANIEL FRANCISCO BERNOTTO DNI 13.476.567, fallecido el 28/04/2025, último domicilio calle 24 de Octubre N° 2073 de la localidad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe; para que acrediten su carácter dentro del término de 30 días (Art. 67 CPCC). Fdo. Dra. Sandra Ines Cerliani, Secretaria - Dr. Matías Raúl Colón, Juez.- Rafaela, 9 de febrero de 2026.- RECONQUISTA
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El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 4 en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados: “CORTI RUBEN CLEMENTE S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ N° 21-25034740-2, llama, cita y emplaza a los herederos, legatarios y/o acreedores que se consideren con derechos a los bienes de la herencia dejada por el Sr. RUBEN CLEMENTE CORTI, DNI N° 7.874.385 para que dentro del término y bajo los apercibimientos de ley se presenten a hacerlos valer. Reconquista, 09 de Febrero de 2026.-
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reconquista
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 4 en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados: “ESPINOZA VALERIA BEATRIZ S/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” CUIJ Nº 21-25033634-6, ha dispuesto lo siguiente: Reconquista, 29 de Diciembre de 2025. AUTOS Y VISTOS: Estos caratulados: “ESPINOZA VALERIA BEATRIZ SI SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” CUIJ Nº 21-25033634-6, de trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación - Distrito Nº 4, de los que; CONSIDERANDO: Que, atento a que la Síndica de autos acepta el cargo y solicita reprogramar las fechas por haberse vencido las fijadas en el auto interlocutorio del 28103/2025 y a fin de salvaguardar la eficacia y validez de los actos del proceso por lo cual, conforme lo peticionado y las disposiciones legales correspondientes, ha de reprogramarse dichas fechas disponiéndose una nueva publicación de Edictos. Por todo ello, es que; RESUELVO: Proceder a reprogramar nuevamente las fechas. Cítese a todos los acreedores para que hasta el 02/03/2026 presenten sus pedidos de verificación de créditos a la Síndica C.P.N. María Elena de los Milagros Sabater, con domicilio en calle Chacabuco Nº 1666 Dpto. 10 de la ciudad de Reconquista (SF), donde atenderá a los acreedores de lunes a viernes, en el horario de 9:00 a 12:00 horas y de 16:00 a 19:00 horas, Celular: 342-4085265 y email: mesabater@hotmail.eom. 2) Fíjase el 10/04/2026, para la presentación de los Informes Individuales. 3) Fíjase el 1510512026 para la presentación del Informe General. 4) Publíquense Edictos haciéndose saber la reprogramación de fechas. Hágase saber.- Fdo.: Ramiro Avilé Crespo, Juez - Laura C. Cantero, Secretaria. Reconquista (SF), 30 de Diciembre de 2025. Laura C. Cantero, Secretaria.
$ 1 555548 Feb. 10 Feb. 18
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El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 4 en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados: “VAZQUEZ MATIAS GABRIEL S/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” – CUIJ Nº 21-25034613-9, ha dispuesto lo siguiente: RECONQUISTA, 23 de Diciembre de 2025.AUTOS Y VISTOS:... CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1ro. Declarar la Quiebra de MATIAS GABRIEL VAZQUEZ DNI Nº 39.501.372, CUIL Nº 20-39501372-7, argentino, empleado, con domicilio real en 20 Nº 761 de la ciudad de Avellaneda, Provincia de Santa Fe y con domicilio legal en Calle Patricio Diez Nº 858 de la ciudad de Reconquista (SF). 2do. Líbrese oficio al Registro de Procesos Universales, al Registro General de la Propiedad de Santa Fe y al Registro del Automotor, a los fines de que tomen conocimiento de la quiebra, y de la inhibición del fallido para disponer de sus bienes. 3ro. Hacer saber al fallido que deberá hacer entrega de los bienes al Síndico/a, quien deberá inventariarlos, instrumentando acta de toda la actuación. 4to. Hágase saber la prohibición de efectuar pagos al fallido y que en el caso de incumplirse tal prohibición serán considerados ineficaces. Sto. Hágase saber al Síndico que deberá interceptar y retener la correspondencia. Ofíciese al Correo Argentino. 6to. Oficiar a la Policía Federal Argentina, a la Secretaría de Migraciones, a la Gendarmería Nacional, a los fines de comunicar la prohibición del fallido de abandonar el país sin autorización judicial. 7mo. Fijar el día 04 de febrero de 2026, a las 08,00 horas, a los fines del sorteo de Síndico/a por ante la Oficina de Sorteos de Peritos, Martilleros y Síndicos de estos Tribunales (Circular Nº 123/2017), notifíquese al Consejo de Ciencias Económicas; fijar el 30 de Marzo de 2026 como fecha hasta la cuál los acreedores deberán presentar pedidos de verificación al Síndico/a. Fíjase el 11 de Mayo de 2026 la fecha hasta la cual el Síndico ha de poder presentar los informes individuales, y 22 de Junio de 2026 el informe general. 8vo. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL de conformidad con lo preceptuado en el art. 89 de la Ley 24.522. 9no. Se oficiará a la entidad bancaria ICBC para que se abstenga de continuar efectuando débitos automáticos de la caja de ahorro del fallido por causas anteriores a la fecha de la declaración de quiebra del fallido. 10mo. Líbrese oficio a los Juzgados en los que se tramitan causas en contra del fallido (salvo juicios de expropiación y los fundados en relaciones de familia) a los fines de solicitar su remisión a este Tribunal. 11ero. Ofíciese a la UNION AGRÍCOLA DE AVELLANEDA C.L., que liquida los haberes del deudor, para que se abstenga de efectuar descuentos o retenciones a sus haberes por causas anteriores a la fecha de la declaración de quiebra del fallido, salvo los dispuestos por la ley, especialmente la retención por alimentos que deberá subsistir, y proceda a trabar embargo por un veinte por ciento (20%) de sus remuneraciones deducidos los descuentos de ley que se han de depositar en una cuenta para estos autos y a la orden del Tribunal, cuya apertura se hará mediante oficio a librarse al Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Sucursal Reconquista (SF). Hágase saber al profesional que deberá suscribir y diligenciar el oficio conforme lo establecido en el Acuerdo celebrado el día 10.03.22, Acta Nº 6, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe la A 10.03.22 (Circular Nº 33/2022 de fecha 14/03/2022). Hágase saber. Fdo.: Ramiro Avile Crespo, Juez – Laura C. Cantero, Secretaria. Reconquista (SF), 23 de Diciembre de 2025.
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El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 4 en lo Civil y Comercial, Segunda Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados: “BARBONA ARIF FARID ALI S/ QUIEBRA” (CUIJ: 21-25034709-7), ha dispuesto lo siguiente: Reconquista, 19 de diciembre de 2025.- AUTOS Y VISTOS: Estos caratulados: “BARBONA ARIF FARIO ALI S/ QUIEBRA” (CUIJ: 21-25034709-7) de trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia civil y Comercial, Segunda Nominación, Distrito Nº 4, y; CONSIDERANDO: Que la solicitud de Quiebra efectuada por el peticionante, invocando causales de cesación de pago, es procedente. Que, habiéndose cumplimentado con lo dispuesto en el art. 11 de la Ley 24.522. RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de ARIF FARID ALI BARBONA, argentino, mayor de edad, empleado, DNI Nº 40.267.187 domicilio en calle 109 Nº 776 de la localidad de Avellaneda -SF-. 2) Para que tenga lugar el sorteo de un síndico que actuará en la presente causa, fijase la audiencia del día 11/02/2026 a las 8hs. A tal efecto, ofíciese a la Oficina de Sorteo de estos Tribunales. 3) Difiérase la fijación de las fechas para la presentación de los pedidos de verificación de créditos, informe individual, informe general, hasta que el Síndico designado acepte el cargo. 4) Intímese al fallido y a los terceros para que entreguen al Síndico los bienes de aquellos, procédase al desapoderamiento de los bienes conforme lo dispone el art. 106 y 107 de la LCQ. 5) Decretar la prohibición de hacer pago al fallido bajo apercibimientos de tenerlos por ineficaces conforme lo normado por el art. 109 LCQ. 6) Interceptar la correspondencia y comunicaciones dirigida al mismo a fin de que sean entregadas al Síndico, oficiándose a tal fin conforme lo dispuesto por art. 114 LCQ. 7) Ordenar al Síndico que proceda a efectuar un inventario de los bienes del fallido y a la inmediata realización de los mismos. 8) Anotar la apertura de la presente Quiebra en el Registro de Procesos Concursales oficiándose. 9) Disponer la Inhibición General de la fallida oficiándose a los Registros correspondientes. 10) Oficiar a las autoridades que correspondan para dar cumplimiento a lo dispuesto por el art. 103 de la LC. 11) Oficiar a los Sres. Jueces ante quienes tramiten procesos contra el fallido en los que se reclamen derechos patrimoniales, salvo las excepciones establecidas por la ley de concurso para que los remitan a este Juzgado. 12) Oficiar a las Entidades Bancarias y a la empleadora que liquida los haberes del deudor para que se abstenga de efectuar descuentos o retenciones a sus haberes, salvo lo dispuesto por la ley y un veinte por ciento de sus remuneraciones deducidos los descuentos de ley que se han de depositar en una cuenta judicial para estos autos y a la orden de este Juzgado. 13) Publicar edictos de ley durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL conforme lo dispone el art. 89 de la LC. 14) Dar intervención a ARCA y API. Hágase saber, insértese copia y agréguese.- Fdo. digitalmente por Dra. Janina Yoris - Secretaria / Dr. Fabián S. Lorenzini – Juez.
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El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 4 en lo Civil y Comercial, Segunda Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados: “GODOY SILVIA IRENE S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA (CUIJ: 21-25034706-2), ha dispuesto lo siguiente: “RECONQUISTA, 19 de Diciembre de 2025-AUTOS Y VISTOS: Estos caratulados: GODOY SILVIA IRENE S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA (CUIJ: 21-25034706-2) de trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia civil y Comercial, Segunda Nominación, Distrito Nº 4, y; CONSIDERANDO: Que la solicitud de Quiebra efectuada por el peticionante, invocando causales de cesación de pago, es procedente. Que, habiéndose cumplimentado con lo dispuesto en el art. 11 de la Ley 24.522. RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de SILVIA IRENE GODOY, argentina, mayor de edad, empleada, DNI Nº 24.194.771, domicilio en Pasaje 43/45 nº 494, Barrio Chapero de la localidad de Reconquista -SF-. 2) Para que tenga lugar el sorteo de un síndico que actuará en la presente causa, fijase la audiencia del día 11 de febrero del 2026 a las 8hs. A tal efecto, ofíciese a la Oficina de Sorteo de estos Tribunales. 3) Difiérase la fijación de las fechas para la presentación de los pedidos de verificación de créditos, informe individual, informe general, hasta que el Síndico designado acepte el cargo. 4) Intímese al fallido y a los terceros para que entreguen al Síndico los bienes de aquellos, procédase al desapoderamiento de los bienes conforme lo dispone el art. 106 y 107 de la LCQ. 5) Decretar la prohibición de hacer pago al fallido bajo apercibimientos de tenerlos por ineficaces conforme lo normado por el art. 109 LCQ. 6) Interceptar la correspondencia y comunicaciones dirigida al mismo a fin de que sean entregadas al Síndico, oficiándose a tal fin conforme lo dispuesto por art. 114 LCQ. 7) Ordenar al Síndico que proceda a efectuar un inventario de los bienes del fallido y a la inmediata realización de los mismos. 8) Anotar la apertura de la presente Quiebra en el Registro de Procesos Concursales oficiándose. 9) Disponer la Inhibición General de la fallida oficiándose a los Registros correspondientes. 10) Oficiar a las autoridades que correspondan para dar cumplimiento a lo dispuesto por el art. 103 de la LC. 11) Oficiar a los Sres. Jueces ante quienes tramiten procesos contra el fallido en los que se reclamen derechos patrimoniales, salvo las excepciones establecidas por la ley de concurso para que los remitan a este Juzgado. 12) Oficiar a las Entidades Bancarias y a la empleadora que liquida los haberes del deudor para que se abstenga de efectuar descuentos o retenciones a sus haberes, salvo lo dispuesto por la ley y un veinte por ciento de sus remuneraciones deducidos los descuentos de ley que se han de depositar en una cuenta judicial para estos autos y a la orden de este Juzgado. 13) Publicar edictos de ley durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL conforme lo dispone el art. 89 de la LC. 14) Dar intervención a ARCA y API. Hágase saber, insértese copia y agréguese. Dra. Janina Yoris, Secretaria – Dr. Fabián S. Lorenzini, Juez.
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