picture_as_pdf 2025-12-09


EDUARDO TROSCH E HIJOS S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito nº 4 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación, a cargo del REGISTRO PUBLICO de la localidad de Reconquista (SF); Dr. FRANCO RASCHETII, Dra. CORINA SERRICCHIO, secretaria, se ha dispuesto en los autos: "EDUARDO TROSCH E HIJOS S.R.L. S/ AMPLIACIÓN Y CAMBIO DE OBJETO (CLAUS. TERCERA) - NUEVO TEXTO ORDENADO" (EXPTE. Nº 58/AÑO 2024)- (CUIJ N.º 21-05292684-7), se ha dispuesto la siguiente publicación:

Por Acta Nº 46 de fecha 14/11/2023 y Acta Nº 50 de fecha 17/09/2025, reunidos los socios en la Sede Social de la firma EDUARDO TROSCH E HIJOS S.R.L., sita en calle Hipólito lrigoyen 762 de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, deciden de manera unánime ampliar- modificar el Objeto Social y la redacción de un Nuevo Texto Ordenado, en razón de ello se transcribe seguidamente la Cláusula Tercera del Contrato Social, a saber:

Tercera: La Sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia o asociados a terceros de las siguientes actividades: A) Comerciales: compra, venta, consignaciones, permuta, distribución, importación, y exportación de automotores, camiones acoplados, tractores, motos, rodados, motores, todos nuevos y usados, repuestos, y accesorios de la industria automotriz. Acondicionamiento de automotores usados y/o nuevos, servicios de garantía por cuenta y orden de Concesionarios Oficiales. B) Operaciones financieras y de inversión, por lo que podrá realizar inversiones o aportes de capitales a sociedades constituidas o a constituirse, sean nacionales o extranjeras, para operaciones realizadas, en curso de realización o a realizarse; efectuar préstamos a intereses y financiaciones en general y operar con toda clase de crédito garantizados por cualquiera de los medios permitidos por la legislación o sin garantía; y en la constitución, transferencia, cesión parcial o total de prendas y/o cualquier otro derecho real o de garantía; podrá comprar, administrar, y regentear carteras de créditos, derechos, acciones, bonos, y títulos valores en general conforme lo que dispongan las leyes en vigor, con especial exclusión de las actividades previstas por las leyes 21.526 y sus modificaciones, y toda otra por la cual se requiera el concurso público y las previstas por el art. 299 inciso 4° de la Ley General de Sociedades Nº 19550.- C) Operaciones de servicios: De auxilios mecánicos, transporte, alquiler de automóviles. D) Explotación y Producción Agropecuaria: En especial los referidos a los cultivos de soja, trigo, maíz, girasol, sorgo, forraje, y algodón en todas sus etapas, explotación y producción ganadera, y explotación y producción de productos hortícolas y de granja; E) Comerciales: Comercializar bienes de producción propias o de terceros, efectuar compra venta, acopio, consignaciones, comisiones, mandatos, importación y exportación, ejercer la distribución, y representación de bienes y servicios atinentes a las actividades agropecuarias, sean nacionales y/o internacional.- F) Faena: De semovientes y animales de cualquier tipo y especie (como ser: Bovino, Caprino, Equino, Porcino, Avícola, Bubalina, Ictícola, y/o de cualquier otro tipo de especie), incluyendo el trozado y elaboración y comercialización de carnes, subproductos y sus derivados. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer actos que no sean prohibidos por las leyes o este contrato.-Reconquista, 06 de noviembre de 2025. CORINA SERIRICCHIO SECRETARIA.

$ 1000 553826 Dic. 09

________________________________________


MICANACHA SRL


EE-2025-00029140-APPSF-PE -


Fecha del instrumento: 27/10/2025 Datos de los socios: NATALIA LORENA MUÑOZ, DNI 23.746.315, CUIT 27-23746315-9, nacida el 29/12/1973, argentina, casada en primeras nupcias con Daniel Carlos Pellegrino, de profesión comerciante, e mail natimu23@gmail.com y MICAELA PELLEGRINO, DNI 39.814.486, C.U.I.T. N° 23-39814486-4, nacida el 28/08/1996, argentina, soltera, de profesión comerciante, e-mail micaela.pellegrino3@hotmail.com Denominación: MICANACHA S.R.L. Domicilio: En Villa Constitución, provincia de Santa Fe. Sede: Ruta 21 Nº2525. Duración: 20 años desde la inscripción en el Registro Público (RPJEC). Objeto: explotación y gestión de restaurantes, bares y confiterías; la elaboración, preparación y comercialización de comidas y bebidas para consumo en el local y para llevar; y la prestación de servicios de catering y organización de eventos. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá realizar todo tipo de actos, contratos y operaciones comerciales, industriales y financieras que guarden relación directa o indirecta con su actividad principal, con excepción de aquellas que requieran autorización especial por parte de organismos estatales Capital Social: $4.000.000 (pesos CUATRO MILLONES) dividido en CUARENTA MIL (40.000) cuotas sociales de $ 100 (cien pesos) cada una Suscripción e integración del capital: la socia NATALIA LORENA MUÑOZ suscribe la cantidad de 20.000 (veinte mil) cuotas sociales, representativas de $2.000.000 (pesos dos millones) y la socia MICAELA PELLEGRINO suscribe la cantidad de 20.000 (veinte mil) cuotas sociales, representativas de $2.000.000 (pesos dos millones). En este acto los socios integran, en dinero en efectivo, mediante boleta de depósito en el Banco de Santa Fe S.A., el 25 % (veinticinco por ciento) del capital suscripto, comprometiéndose a integrar el resto, también en efectivo, dentro de los 2 (dos) años contados desde el día de la fecha Administración: a cargo de uno o más gerentes, socios o no, quienes tendrán facultades para comprometerla firmando en forma indistinta cualquiera de ellos si fueran designados dos o más gerentes, con sus firmas precedidas de la denominación social MICANACHA S.R.L. y el aditamento “socio gerente” o “gerente”. Se designa a la socia Micaela Pellegrino como socia gerente. Fiscalización: a cargo de los socios Fecha de cierre del ejercicio: 30/09 de cada año.

COD. RPJEC 308. - Dic.09

__________________________________________


FULLING ENERGY S.R.L


EE-2025-00016710-APPSF-PE -


Se hace saber que en la ciudad de San Jorge, Provincia de Santa Fe, a los 19 días del mes de marzo de 2025, los Sres. Bolatti Alfredo Miguel y Bolatti Federico Miguel cedieron y transfirieron la totalidad de sus cuotas sociales de la firma FULLING ENERGY S.R.L., inscripta en el Registro Público de Comercio con fecha 24/05/2022, bajo N.º 1584, Folio 279, Libro 19° de SRL, Legajo N.º 9029, a favor de los Sres. Ocampo Santiago Ariel (DNI 37.445.937) y Dovo Mario (DNI 23.801.991). Como consecuencia de la cesión, los socios pasan a ser titulares del 100% del capital social, integrado de la siguiente manera: Ocampo Santiago Ariel: 20.000 cuotas sociales de valor nominal $10, equivalentes a $200.000 (50%). Dovo Mario: 20.000 cuotas sociales de valor nominal $10, equivalentes a $200.000 (50%). Asimismo, se acepta la renuncia del Sr. Bolatti Alfredo Miguel al cargo de Socio Gerente, designándose en su reemplazo al Sr. Dovo Mario, quien asume las funciones de gerenciamiento conforme lo dispuesto por la Ley 19.550 y el contrato social. Se ratifican en todo lo demás las cláusulas del contrato social.

COD. RPJEC 305. - Dic.09

__________________________________________


TRASLADO Y LOGÍSTICA RLP


SAS S/ CONSTITUCION

EE-2025-00033031-APPSF-PE -


Se hace saber que se ha dispuesto inscribir el instrumento de constitución de fecha 20/10/2025 de DENOMINACIÓN: TRASLADO Y LOGISTICA RLP S.A.S. DOMICILIO y SEDE: SANTA FE 1480-SAN JORGE, DTO SAN MARTIN-PCIA. DE SANTA FE. - DURACION: 40 años desde la inscripción. - OBJETO: SERVICIOS: Servicio de traslado personal y de pasajeros para empresas, comercios y hoteles en cualquier medio de transporte. Alquiler de automóviles y combis con o sin chofer. Alquiler y Administración de playas de estacionamiento, transporte de carga de mercaderías, fletes, acarreos, mudanzas correspondencia, encomiendas, muebles, distribución, almacenamiento, deposito y embalaje de mercaderías, servicios de auxilio con grúas, reparaciones y remolques, pudiendo presentarse en toda clase de concursos, licitaciones públicas o privadas ofreciendo sus servicios a comunas, municipios, cooperativas y/o cualquier persona física o jurídica sea esta pública o privada cumpliendo con las respectivas reglamentaciones tanto ´provinciales como nacionales. 2) COMERCIAL: Mediante la comercialización de vehículos automotores en general, sean nuevos o usados, ya sea como concesionaria, representante, agente, gestora y/o por cualquier otro título, por cuenta propia o de terceros, de fabricación nacional o extranjera, la comercialización de repuestos y sus accesorios, la prestación de servicios para el automotor en general, importación y exportación. - CAPITAL: $ 1.000.000.- representado por 1.000 acciones de $ 1.000.- totalmente suscripto por PAGANO LAUTARO RUBEN, D.N.I. N° 41.905.525, argentino, C.U.I.T. N° 20-41905525-6, soltero, comerciante, de apellido materno Juárez, nacido el 14/09/1999, con domicilio en calle Catamarca 1808 de la ciudad de San Jorge, Dto San Martin, Pcia. de Santa Fe 500 acciones ordinarias nominativas no endosables de valor nominal $1000 de un voto por acción en dinero efectivo $500.000, 25 por ciento en este acto y el saldo dentro de los 2 años a partir de la fecha y PAGANO RICARDO ADOLFO, D.N.I. N° 34.525.959 argentino, C.U.I.T. N° 20-34525959-8, soltero, comerciante de apellido materno Juárez, nacido el 02/01/1991 domiciliado en calle Catamarca 1808 de la ciudad de San Jorge, Dto. San Martin, Pcia. de Santa Fe 500 acciones ordinarias nominativas no endosables de valor nominal $1000 de un voto por acción en dinero efectivo $ 500.000, 25 por ciento en este acto y el saldo dentro de los2 años a partir de la fecha.- ADMINISTRACIÓN y REPRESENTACIÓN: La administración está a cargo de una a cinco personas humanas, socios o no, cuyo número se decidirá por el organismo de gobierno al tiempo de su designación. La representación está a cargo de una persona humana designada como representante por el órgano de gobierno. Administrador y representante Titular: PAGANO LAUTARO RUBEN. Administrador y representante Suplente: PAGANO RICARDO ADOLFO. FISCALIZACIÓN: a cargo de los socios, art. 53 Ley 27.349.- CIERRE DEL EJERCICIO: 31 de diciembre. -DISOLUCION Y LIQUIDACIÓN La sociedad se disuelve por cualquiera de los supuestos previstos en los artículos 55 y 56 de la ley 27349.

COD. RPJEC 304. - Dic.09

__________________________________________


UNAUTO S.A.S.


Constitución


Por disposición del Registro de Personas Jurídicas Empresas y Contratos se hace saber de la constitución de la siguiente sociedad: DENOMINACIÓN: “UNAUTO SAS”. FECHA DE CONTRATO DE CONSTITUCIÓN: 29/10/2025. SOCIOS: Diego Alberto Castro, Documento Nacional de Identidad número 27.320.453, CUIT número 20-27320453-9, argentino, de 46 años de edad, nacido el 20-04-1979, comerciante, de estado civil soltero, con domicilio en calle Tucumán 1874 Piso 9 Dto. A, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, y Agustina Fedele, Documento Nacional de Identidad número 32.089.658, CUIT número 23-32089658-4, argentina, de 39 años de edad, nacida el 20-01-1986, comerciante, de estado civil soltera, con domicilio en calle Corrientes 2159 Piso 10 Dto. 3, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe. DURACIÓN: Su duración es de 99 (NOVENTA Y NUEVE) años. OBJETO: Tiene por objeto la realización por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros: Alquiler de automóviles sin chofer. CAPITAL SOCIAL: El Capital Social es de PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000); dividido en CINCUENTA MIL (50.000) cuotas partes de capital de PESOS CIEN ($ 100) cada una; participando en partes iguales cada socio. ADMINISTRACION: será ejercida por el Sr. CASTRO, Diego Alberto, DNI 27.320.453 como Administrador Titular y, como Administradora Suplente la Sra. FEDELE, Agustina, DNI 32.089.658. CIERRE DE EJERCICIO: 31 de DICIEMBRE de cada año

RPJEC 306.. - Dic.09

__________________________________________


VITALIA S.R.L.


Constitución


Por disposición del Registro de Personas Jurídicas Empresas y Contratos se hace saber de la constitución de VITALIA S.R.L. CONTRATO SOCIAL SOCIOS: ANGELO FERNANDO GENTILETTI, nacido el 28/04/2001, estado civil soltero, D.N.I. n 42.482.473, argentino, de profesióncomerciante, C.U.I.T. nº 23-42.482.473-9, con domicilio en calle Mitre 766 de San José de la Esquina, domicilio electrónico: angelogentiletti28@gmail.com; VALENTINO JESUS GENTILETTI, nacido el 16/10/2003, estado civil soltero, D.N.I. n 45.342.626, argentino, de profesión comerciante, C.U.I.T. nº 20-45.342.626-3, con domicilio en calle Mitre 766 de San José de la Esquina, domicilio electrónico: vgentiletti52@gmail.com; y GINO SANTINO GENTILETTI, nacido el 11/07/2005, estado civil soltero, D.N.I.n 46.371.883, argentino, de profesión comerciante, C.U.I.T. nº 20-46.371.883-1, con domicilio en calle Mitre 766 de San José de la Esquina, domicilio electrónico: ginogentiletti11@gmail.com; fecha del Instrumento de Constitución: 22 de setiembre de 2025. Denominación: VITALIA Sociedad de Responsabilidad Limitada. Domicilio: La sociedad tendrá domicilio legal en calle Mitre 766, de San José de la Esquina, pcia. de Santa Fe. Duración: 10 (diez) años a partir de su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas, Empresas y Contratos. Objeto: La sociedad tendrá por Objeto dedicarse a la Actividad de Supermercado (venta de carne, pan, productos alimenticios, verduras y frutas). Y a la producción y venta de: agua, soda, hielo y agua destilada. Capital: Capital Social: $ 4.200.000.- (cuatro millones doscientos mil pesos) dividido en 420.000 cuotas sociales de valor nominal $10.- cada una. ANGELO FERNANDO GENTILETTI suscribe 140.000 cuotas de Capital Social de $ 10.- valor nominal cada una o sea $ 1.400.000.- (un millón cuatrocientos mil pesos), VALENTINO JESUS GENTILETTI suscribe 140.000 cuotas de Capital Social de $ 10.- valor nominal cada una o sea $ 1.400.000.- (un millón cuatrocientos mil pesos), y GINO SANTINO GENTILETTI suscribe 140.000 cuotas de Capital Social de $ 10.- valor nominal cada una o sea $ 1.400.000.- (un millón cuatrocientos mil pesos). Dirección y Administración: a cargo de uno o más gerentes, socios o no. Gerente: MARCELO FERNANDO GENTILETTI. Fiscalización: los socios: ANGELO FERNANDO GENTILETTI, VALENTINO JESUS GENTILETTI y GINO SANTINO GENTILETTI. Organización de la Representación Legal: a cargo del Gerente:MARCELO FERNANDO GENTILETTI. Uso de la Firma: en forma individual e indistinta cualquiera de los gerentes. Fecha de cierre de ejercicio: 31 de Octubre de cada año. DATOS del GERENTE. MARCELO FERNANDO GENTILETTI, nacido el 18/06/1967, estado civil casado, D.N.I. n 18.140.775, argentino, de profesión comerciante, C.U.I.T. nº 20-18.140.775-2, con domicilio en calle Mitre 766 de San José de la Esquina, domicilio electrónico: marcelogentiletti67@live.com.ar; casado en primeras nupcias con Cintia Fernanda Fiunga.

RPJEC 309. - Dic.09

__________________________________________


O&E INGENIERIA SRL


Prórroga


Por disposición del Registro de Personas Jurídicas, Empresas y Contratos se ha dispuesto efectuar la siguiente publicación, a saber: Por estar así dispuesto se hace saber lo siguiente: Conforme lo dispone el Acta de reunión de socios de fecha 14/10/2025, los Señores socios de O&E INGENIERIA S.R.L., han resuelto prorrogar el contrato social, por lo que la cláusula segunda del contrato de constitución queda redactada de la siguiente manera: “SEGUNDA: La sociedad tendrá una duración de 15 años, contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio. Este plazo podrá prorrogarse con el acuerdo en Asamblea de todos los socios de la Sociedad”.

RPJEC 307. - Dic.09

__________________________________________


DUPLA S.A.


MODIFICACION DE ESTATUTO


Se hace saber, que por estar así ordenado en autos DUPLA S.A. s/Reforma Estatutaria, Expte. 11702-0003903-6, en trámite por ante el Registro de Personas Jurídicas Empresas y Contratos de Santa Fe, que la localidad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, a los 11 días del mes de setiembre 2024 mediante Asamblea General Extraordinarias Nº 66, los accionistas titulares del ciento por ciento del capital de Dupla S.A., que constan en el libro de Acciones y Registro de Asistencia a Asambleas Generales Nº 1 de la sociedad, Folio Nº 10, decidieron por unanimidad, reformar los artículos 1, 2, 3, 4, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15 y 16 del Estatuto Social, aprobando asimismo un nuevo texto ordenado del mismo, quedando redactados estos de la siguiente manera: “PRIMERO: La sociedad se denomina “DUPLA” SOCIEDAD ANÓNIMA, y tiene su domicilio legal en jurisdicción de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe.”; “SEGUNDO: Su duración es de setenta años, contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público.”; “TERCERO: Tiene por objeto la fabricación y comercialización de cadenas de distribución para motores a explosión, motocicletas y bicicleta, y repuestos para encendido y distribución de motores. La sociedad no realizará las actividades previstas en el artículo 299, inciso 4° de la ley 19550. Por otra parte, se menciona, que en los casos que por el tipo de actividad enunciada en el presente objeto social se requiera la concurrencia de profesionales matriculados con incumbencia en las áreas pertinentes, la sociedad realizará la contratación de los servicios profesionales conforme a las leyes en vigencia. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.”; “CUARTO: El capital social es de Pesos Tres Millones ($ 3.000.000), representado por 3.000 acciones ordinarias nominativas no endosables, de Pesos 1000 ($ 1000) cada una con derecho a un voto por acción. El capital puede ser aumentado por decisión de la asamblea ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme al art. 188 de la Ley 19.550.”; “NOVENO: La administración de la sociedad será dirigida por un directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea entre un mínimo de UNO y un máximo de OCHO miembros titulares. La asamblea debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo con el fin de llenar las vacantes que se produjeren, en el orden de su elección. Podrán ser reelectos indefinidamente y durarán tres ejercicios en sus funciones, entendiéndose prorrogados sus cargos hasta el día que sean designados sus reemplazantes por la Asamblea General Ordinaria, en los términos del artículo 234 de la ley 19.550. La Asamblea designará entre los directores electos en caso de un directorio plural, a un Presidente y a los Directores Titulares y Suplentes por tres ejercicios. Los directores estarán sujetos a todas las disposiciones legales sobre designación, atribuciones, responsabilidades y remoción, siempre respetando lo dispuesto en el art. 256 de la ley 19.550. Ningún director suplente podrá actuar como director titular sin la previa autorización expresa y escrita del Presidente manifestada en acta de directorio, la cual solo podrá omitirse en caso de fallecimiento, in capacidad o renuncia del Presidente.”; “DECIMO: Cada director, como garantía de su gestión, y mientras permanezca en sus funciones, y hasta sea aprobada su gestión por la asamblea, depositará en la Caja de la Sociedad, la suma de pesos sesenta mil ($ 60.000,00) en efectivo.”; “DECIMO PRIMERO: Son atribuciones y deberes del directorio, la administración y dirección de la sociedad, con los más amplios e ilimitados poderes generales y especiales de administración y disposición de bienes inmuebles, muebles y/o semovientes. Dentro de esas facultades y poderes que ejercitarán sin otra limitación que las expresamente establecidas por las leyes, este Estatuto y disposiciones emanadas de la Asamblea General de Accionistas, incluso aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales a que se refieren los artículos 375 (con excepción de lo establecido en sus incisos a), b) y c) y 1191 del Código Civil y Comercial, y artículo 9° del Decreto Ley 5965/63. Podrá en consecuencia celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos y contratos, comprar, gravar y vender inmuebles, operar con los bancos nacionales, provinciales, mixtos o particulares, y demás instituciones financieras, oficiales, mixtas o privadas, lo mismo que otorgar poderes judiciales o revocarlos, inclusive para formular, denunciar y querellar criminalmente o extrajudiciales con el objeto y extensión que juzgue conveniente, a una o más personas. El directorio podrá encomendar a alguno o algunos de sus miembros tareas especiales en la dirección y administración. Podrá asimismo delegar la parte ejecutiva de las operaciones sociales en uno o más gerentes o apoderados, cuya designación podrá recaer en los miembros del directorio.”; “DECIMO SEGUNDO: La sociedad prescinde de la sindicatura conforme lo autoriza el art. 284 de la ley 19550- t.o. 1984.- cuando por aumento de capital la sociedad quedara comprendida en el art. 299 inciso 2do. de la ley citada, en ese ejercicio la asamblea general deberá elegir un síndico titular y uno suplente por el término de tres ejercicios, adecuándose asimismo a las disposiciones estatutarias de su tipo. Mientras mantenga vigente la prescindencia de la sindicatura, la fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios de acuerdo con el derecho de contralor que les confiere el art. 55 de la ley de general de sociedades -t.o. 1984-“; “DECIMO TERCERO: Toda asamblea debe ser citada simultáneamente en primera y segunda convocatoria, en la forma establecida para la primera por el art. 237 de la Ley 19550 sin perjuicio de lo allí dispuesto para el caso de asamblea unánime. La asamblea en segunda convocatoria ha de celebrarse el mismo día una hora después de la fijada para la primera. Serán convocadas a los efectos de considerar y resolver los asuntos que refieren los artículos 234 y 235 de la Ley General de Sociedades, según lo dispone el artículo 236 de la citada ley, en la oportunidad y plazo establecido en este último artículo.”; “DECIMO CUARTO: Rigen el quórum y mayoría determinados por los art. 243 y 244 de la ley 19550 conforme a la clase de asamblea, convocatoria y materias de que se trate, excepto en cuanto al quórum de la asamblea extraordinaria en segunda convocatoria, la que se considerará constituida cualquiera sea el número de accionistas presentes con derecho a voto. Se celebrarán en la sede social pero pueden llevarse a cabo fuera de la misma o por videoconferencia, o sistema similar que garantice la comunicación simultánea entre los participantes, conforme los recaudos previstos por el Art. 158 del Código Civil y Comercial. Las asambleas serán presididas por el Presidente del Directorio o el que haga sus veces y en ausencia de éste, por cualquiera de los Directores. Si estos estuvieren ausentes, por el accionista que por mayoría absoluta de los concurrentes resulte designado para cumplir este cometido. De las resoluciones se labrará un acta donde se hará constar un resumen de las manifestaciones hechas en las deliberaciones, el resultado de las votaciones, con la expresión completa de las decisiones y serán firmadas por el presidente de la asamblea y los accionistas designados al efecto, debiéndose asimismo, y para el caso de medios no presenciales de deliberación, guardarse las constancias de acuerdo al medio utilizado para comunicarse.”; “DECIMO QUINTO: El día 30 de noviembre de cada año cierra el ejercicio social. A esa fecha se confeccionan los estados contables conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas de la materia. La asamblea puede modificar el cierre del ejercicio inscribiendo la resolución pertinente en el Registro Público y comunicándola a la autoridad de control. Las ganancias realizadas y líquidas se destinan: a) El cinco por ciento hasta alcanzar el veinte por ciento del capital social, al fondo de reserva legal; b) Remuneraciones, honorarios y compensaciones por tareas encomendadas a los miembros del directorio, con las limitaciones y formas que establecen el artículo 261 de la ley 19550; c) Honorarios de la Sindicatura, en su caso. d) dividendos de las acciones preferidas, con prioridad los acumulativos impagos; y e) El excedente se distribuirá proporcionalmente entre las acciones ordinarias, como dividendo, pudiendo disponer la Asamblea del saldo del ejercicio, para el destino que considere conveniente. Los dividendos deben ser pagados en proporción a las respectivas integraciones dentro del año de su sanción.”; “DECIMO SEXTO: La liquidación de la sociedad puede ser efectuada por el Directorio, quién no necesitará mandato especial para dichas tareas, o por él o los liquidadores designados por la asamblea. En el caso de existir Sindicatura, esta fiscalizará la liquidación de la sociedad. Cancelado el pasivo y reembolsado el capital, el remanente se repartirá entre los accionistas con las preferencias indicadas en el artículo anterior”. El presente deberá publicarse por un día en el BOLETIN OFICIAL (Art. 10 Inc. “a”, ley 19.550).

$ 490 553754 Dic. 9

__________________________________________


NEXUS ELECTRONICA S.R.L.


CONTRATO


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial a cargo del Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario, se ordena la siguiente publicación de edictos:

1) Socios: CRENNA GIULIANO, argentino, D.N.I. Nº 43.841.488, CUIT 20-43841488-7, soltero, nacido el 11 de marzo de 2002, de profesión comerciante, con domicilio en Remedios de Escalada 2368 de la ciudad de Casilda, provincia de Santa Fe y domicilio electrónico en giulicrenna@gmail.com, ARARIO JULIETA ANDREA, argentina, D.N.I. Nº 28.578.890, CUIT 27-28578890-6, soltera, nacida el 28 de febrero de 1981, de profesión comerciante, con domicilio en calle Remedio de Escalada 2368 de la ciudad de Casilda, provincia de Santa Fe y domicilio electrónico en julietaarário@gmail.com y VILLAN ANDRES GUSTAVO, argentino, D.N.I. 38.371.916, CUIT 20-38371916-0, soltero, nacido el 15 de octubre de 1994, de profesión comerciante, con domicilio en Catamarca 1125 de la ciudad de Casilda, provincia de Santa Fe y domicilio electrónico en andresvillan1S@gmail.com.

2) Fecha de instrumento de la constitución: 07 de Agosto de 2025.

3) Razón social: NEXUS ELECTRONICA S.R.L.

4) Domicilio: Remedio de Escalada 2368 de la ciudad de Casilda, provincia de Santa Fe.

5) Objeto: La Sociedad tiene por objeto la comercialización, distribución y venta minorista y mayorista de artículos de electrónica, informática, computación, telefonía celular, accesorios, dispositivos tecnológicos y productos afines; la prestación de servicios de soporte técnico, instalación, mantenimiento y reparación de equipos informáticos, electrónicos y de comunicación; y el desarrollo, integración y venta de soluciones informáticas y tecnológicas, tanto a consumidores finales como a empresas6) Plazo de duración: Su duración es de 99 años, contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público.

7) Capital Social: Pesos Tres millones seiscientos mil ($ 3.600.000,00), Divididos en Tres mil seiscientas (3600) cuotas de capital de Pesos un mil ($ 1.000,00) cada una.

8) Órgano de administración: La administración estará a cargo de uno o más

gerentes en forma individual e indistinta, debiendo obligatoriamente ser socios de la sociedad. A tal fin usaran su propia firma con el aditamento de “Socio Gerente” precedida de la denominación social, actuando en forma indistinta cualquiera de ellos. Se designa como Socio Gerente al Sr. VILLAN ANDRÉS GUSTAVO, argentino, D.N.I. Nº 38.371.916, CUIT 20-38371916-0, soltero, nacido el 15 de octubre de 1994, de profesión comerciante, con domicilio en Catamarca 1125 de la ciudad de Casilda, provincia de Santa Fe, quien acepta el cargo y asume sus funciones conforme la ley y el contrato social.

9) Órgano de Gobierno: La reunión de socios es el órgano de Gobierno.

10) Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios. En las deliberaciones por asuntos de la Sociedad expresarán su voluntad en reuniones cuyas resoluciones se asentarán en un libro especial rubricado que será el Libro de Actas de la sociedad, detallando los puntos a considerar. Las decisiones se adoptarán según las mayorías establecidas por el artículo 160 de la Ley 19.550.

11) La fecha de cierre del ejercicio será el 30 de Septiembre de cada año.

$ 500 553785 Dic. 9

__________________________________________


FERFAC S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


En la localidad de Rosario Provincia de Santa Fe, se hace saber que por Asamblea General Ordinaria del día 13 de febrero de 2020, se procede a la designación de nuevos miembros en el Directorio y su elección por un período de tres ejercicios, además se aprueban todas las actuaciones realizadas por el directorio en representación de la sociedad desde el vencimiento de sus funciones a la fecha.

El nuevo directorio queda conformado de acuerdo al siguiente detalle:

Presidente y Director Titular: Osvaldo Pedro Giuggia, DNI 11.151.722, con domicilio real y especial en calle Soler N° 63 de la ciudad de San Nicolás de los Arroyos de la Provincia de Buenos Aires.

Vice Presidente: Fernanda Giuggia, DNI 34.044.963, con domicilio real y especial en calle Soler N° 63 de la ciudad de San Nicolás de los Arroyos de la Provincia de Buenos Aires.

Director Suplente: Facundo Germán Giuggia, DNI 37.677.823, con domicilio real y especial en calle Soler N° 63 de la ciudad de San Nicolás de los Arroyos de la Provincia de Buenos Aires.

De acuerdo a lo establecido en la ley 19.550 sobre la fijación de domicilio especial por parte de los directores, se fijan como tal calle Paraguay 1229 piso 10º Dpto A de la ciudad de Rosario, domicilio de la sociedad.

$ 100 553747 Dic.9

__________________________________________


AL CONSTRUCCIONES SAS


ESTATUTO


En cumplimiento con lo dispuesto por el art. 9 y 10 de la Ley 19550, se hace saber que se encuentra en trámite la inscripción del instrumento por el cual se constituye AL CONSTRUCCIONES S.A.S.

1) Fecha de constitución: 17 de octubre de 2025.

2) Accionistas fundadores: Larrauri Andrés Gonzalo, DNI número 23.964.755, CUIT número 20-23964755-4, argentino, de 51 años de edad, nacido el 15/10/1974, de profesión arquitecto, de estado civil divorciado, con domicilio en calle Brown 1851, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, y Larrauri María Eugenia, DNI 22.955.421, CUIT número 27-22955421-8, argentina, de 52 años de edad, nacida el 24/11/1972, de profesión comerciante, de estado civil divorciada, con domicilio en calle Catamarca 2170, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

3) Denominación: AL CONSTRUCCIONES S.A.S

4) Duración: 50 años, a partir de su inscripción.

5) Objeto: Tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros, en cualquier lugar de esta República, o en el exterior, con sujeción a las leyes del respectivo país, a las siguientes actividades: Adquisición, distribución, fraccionamiento y comercialización, al por mayor y menor de, todo tipo de comestibles de consumo humano o animal, envasados o no, perecederos o no, bebidas con y sin alcohol, productos de limpieza y de tocador, textiles y calzados, artículos de librería y juguetes, electrodomésticos, artículos de ferretería y bazar; y en general, todo tipo de productos y mercaderías del rubro Almacén y Supermercados. Podrá también, actuar como corredor, comisionista, representante de fabricantes o titulares de marcas de estos productos así como establecer agencias o sucursales, otorgar franquicias o representaciones, explotar marcas comerciales propias o ajenas de los artículos del rubro comercial indicado. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.

6) Capital: $ 1.000.000 (pesos un millón) representado por 1000 (mil) acciones de $ 1000 (pesos mil) valor nominal cada una. El capital puede aumentarse al quíntuplo por asamblea ordinaria. La asamblea podrá delegar en el directorio la emisión de las acciones en los términos del artículo 188 de la ley 19.550.

7) Administración: La administración está a cargo de una (1) a tres (3) personas humanas, socios o no, cuyo número se decidirá por el órgano de gobierno al tiempo de su designación. La representación está a cargo de una persona humana designada como representante por el órgano de gobierno. Deberá designarse igual número de suplentes, que se incorporarán en el orden de su elección en caso de ausencia o impedimento de los titulares. Duran en su cargo por tiempo indeterminado, hasta tanto sean reemplazados. Cuentan con todas las atribuciones conferidas por las normas de fondo, incluidas aquellas para las que se requiere poder especial, con la sola limitación de decidir actos de disposición o gravamen sobre bienes de la sociedad, actos éstos que requieren la conformidad de la reunión de socios. La reunión de socios fija su remuneración.

8) Representación legal: La reunión de socios es el órgano de gobierno. Se celebra siempre que el representante legal lo requiera y notifique a cada uno de los accionistas. Si la reunión fuese unánime, puede prescindirse del requisito de la convocatoria. Las reuniones pueden ser celebradas mediante mecanismos no presenciales. Para su eficacia, la decisión de convocatoria deberá prever esta posibilidad e incluirla en la notificación o publicación, indicando una dirección de correo electrónico a la cual los accionistas e integrantes del órgano de administración puedan solicitar la información necesaria para su conexión. Para el caso en que el acto sea parcialmente presencial, suscribirán el acta los accionistas presentes que la reunión designe a tal fin. Si fuese totalmente virtual, el acta será firmada por el representante legal, quien suscribirá además el libro de asistencia a asamblea, dejando aclarado el modo de realización. Todas las resoluciones se adoptarán por mayoría absoluta de votos presentes o conectados. Además, son válidas las resoluciones sociales que se adopten por el voto de los socios, comunicado al representante legal por medio que garantice su autenticidad, dentro de los diez días de habérseles cursado consulta simultánea a través de un medio fehaciente; o las que resultan de declaración escrita en la que todos los socios expresan el sentido de su voto.

9) Fiscalización: la sociedad prescinde de sindicatura, quedando el contralor a cargo de los accionistas quienes tienen el contralor individual de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 55 de la ley 19.550

10) Fecha de cierre de ejercicio: 31 de julio de cada año.

11) Sede social: San Juan 4303, ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

$ 400 553726 Dic. 9

__________________________________________


LIMPO LIMPIEZA INTEGRAL SRL.


CONTRATO


Conforme al art. 10 de la ley 19550: INTEGRANTES: Los señores Donato Raucci Gianpaolo, brasileño, casado con Espeche Valeria Nélida Maria, de profesión comerciante, domiciliado en la calle 9 de Julio 1467 4 B, Rosario , Santa Fe, nacido el 26 de abril de 1978, D.N.I Nº 95.401.947 CUIT 20-62198612-1 y la Señora Espeche Valeria Nélida Maria, casada con Donato Raucci Gianpaolo, de profesión comerciante, domiciliado en la calle 9 de Julio 1275 4 A, Rosario, Santa Fe, DNI 28.557.568, CUIT 27-28557568-6, nacido el 18 de febrero de 1981, todos hábiles para contratar. RAZON SOCIAL: LIMPO LIMPIEZA INTEGRAL SRL. CONSTITUCION: según contrato a los 6 días del mes de Agosto de 2024; DOMICILIO: calle España 40 piso 1 of B de Rosario Provincia de Santa Fe. OBJETO SOCIAL: Objeto: La sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios de limpieza y mantenimiento de edificios y propiedades. DURACION: Cincuenta años. CAPITAL SOCIAL: Pesos cuatro millones ($ 4.000.000) Dividido en cuatrocientos mil (400.000) cuotas de pesos diez ($10) cada una. ADMINISTRACION Y REPRESENTACION: Estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no, en forma individual e indistinta, designado al Señor Donato Raucci Gianpaolo y la Señora Espeche Valeria Nelida Maria, en calidad de Gerentes haciendo uso de la firma precedida de la razón social. FISCALIZACION: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios; FECHA DE CIERRE 31 de Diciembre de cada año.

$ 100 553723 Dic. 9

__________________________________________


PILMAC S.R.L.


CONTRATO


Se hace saber por un día que los Tres (3) integrantes de PILMAC S.R.L., MOSER JUAN JOSE, nacido el 24 de mayo de 1986, apellido materno COMBIN, de profesión comerciante, de nacionalidad argentina, de estado civil soltero, titular del D.N.I. 32.218.568, C.U.I.T. 20-32218568-6, domiciliado en Avenida Presidente Perón Nº 4259 - Depto. 5º de la Ciudad de Rosario, LEANDRO IGNACIO SAULLE, nacido el 06 de diciembre de 1977, de apellido materno FRIGERIO, de profesión comerciante, de nacionalidad argentina, de estado civil soltero, titular del D.N.I. 25.979.971, C.U.I.T. 20-25979971-7, domiciliado en calle Buenos Aires Nº 5555, de la Ciudad de Rosario y MICALEA ALEJANDRA MOSER, nacida el 23 de Octubre de 1992, apellido materno MEDINA, de profesión comerciante, de nacionalidad argentina, de estado civil soltera, titular del D.N.I. 37.073.764, C.U.I.T. 27-37073764-4, todos hábiles para ejercer el comercio y únicos socios de PILMAC S.R.L. inscripta el 05 de Noviembre de 2015 en CONTRATOS al Tomo 166, Folio 25.046, Nº 1.958 y sus modificaciones inscriptas el 17 de noviembre de 2020 en CONTRATOS al Tomo 171, Folio 5.178, Nº 1.044 y el 07 de Febrero de 2024 al Tomo 175, Folio 762, Nº 142, han resuelto, en reunión de socios y de común acuerdo la PRORROGA del presente Contrato de la Sociedad con arreglo a las disposiciones legales y lo que se conviene a continuación, por lo tanto y en virtud del vencimiento del Contrato Social de PILMAC S.R.L. el próximo cinco ( 05 ) de Noviembre de dos mil veinticinco, los socios por unanimidad y voluntad de Los mismos, acuerdan la prórroga de la sociedad antes mencionada por diez (10) años más a partir de su vencimiento. Por lo tanto se Modifica la Cláusula 3º del Contrato Social, en cuanto al vencimiento, la duración será de 20 años a partir de la inscripción de la Sociedad por ante el Registro PUBLICO, es decir hasta el 05 de Noviembre de 2035.

$ 200 553733 Dic. 9

__________________________________________


PWB INTEGRAL S.A.


ESTATUTO


Se hace saber, que por estar así ordenado en autos PWB INTEGRAL S.A. s/REFORMA ESTATUTARIA, Expte. 11702-0004476-2, en trámite por ante el Registro de Personas Jurídicas Empresas y Contratos de Santa Fe, que en la localidad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, a los 03 días del mes de diciembre 2024 mediante Asamblea General Extraordinarias Nº 3, los accionistas titulares del ciento por ciento del capital de PWB INTEGRAL S.A., que constan en el libro de Acciones y Registro de Asistencia a Asambleas Generales Nº 1 de la sociedad, Folio Nº 4, decidieron por unanimidad, reformar los artículos 1 y 11 del Estatuto Social, aprobando asimismo un nuevo texto ordenado de este, quedando redactados dichos artículos de la siguiente manera: “Artículo 1: La sociedad se denomina “PARNER S.A.” (la cual fuera originariamente constituida como PWB INTEGRAL S.A) y tiene su domicilio legal en la ciudad de Rafaela, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe. Su duración es de noventa años contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público. Dicho plazo podrá ser prorrogado por la Asamblea Extraordinaria de accionistas, previa inscripción y cumplimiento de los requisitos legales. Asimismo, se da tratamiento a una nueva redacción del artículo 11 del estatuto social, describiéndose a continuación su nueva redacción: “Artículo 11: Cada director, como garantía de su gestión, y mientras permanezca en sus funciones, y hasta sea aprobada su gestión por la asamblea, depositará en la Caja de la Sociedad, la suma de pesos 100.000 mil ($ 100.000,00) en efectivo. El presente deberá publicarse por un día en el BOLETIN OFICIAL (Art. 10 lnc. “a”, ley 19.550).

$ 900 553748 Dic. 9

__________________________________________


PANTEOS AVIAR S.R.L.


CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez de 1ª Instancia de Distrito de la 1ª Nominación de Rosario a cargo del Registro Público de Comercio se ha dispuesto efectuar la publicación de edictos a fin de informar la constitución en fecha 02/07/2.025 de la sociedad que gira bajo la denominación PANTEON AVIAR S.R.L. SOCIOS: LUISINA DI PRINZIO, D.N.I. Nº 37.409.025, CUIT 27-37409025-4, argentina, comerciante, con fecha de nacimiento 01/07/1.993, soltera, con domicilio en Ruta 33 y Ruta 14 Km 848 de la ciudad de Pérez, correo electrónico luisinadiprinzio@gmail.com y LUANA DI PRINZIO, D.N.I. Nº 38.978.765, CUIT 24-38978765-1, argentina, comerciante, con fecha de nacimiento 21/12/1.995, soltera, con domicilio en Ruta 33 y Ruta 14 Km 848 de la ciudad de Pérez, correo electrónico luanadiprinzio@gmail.com DOMICILIO SOCIAL: en Ruta 33 y Ruta 14 Km 848 de la ciudad de Pérez. OBJETO: construcción y posterior comercialización de panteones y nichos. DURACION: 10 años a partir de su inscripción en el R.P.C. CAPITAL: se fija en la suma de Pesos Tres Millones doscientos mil ($3.200.000) dividido en 3.200 cuotas con un valor nominal de $1000 cada una que los socios suscriben en partes iguales l600 cuotas sociales cada una representativas de Un millón Seiscientos Mil Pesos de capital cada una. ADMINISTRACION - DIRECCION - REPRESENTACION: estará a cargo de ambas socias en forma indistinta en carácter de Gerentes. BALANCE: la sociedad cerrará su ejercicio los 30/04 de cada año, fecha en la cual deberá confeccionar un balance general. FISCALIZACION: estará a cargo de todos los socios, quienes podrán actuar por sí o por medio de profesional que designen.

$ 100 553271 Dic. 9

__________________________________________


VNR S.A.


AUMENTO DE CAPITAL


Por la presente se comunica a los señores socios respecto del aumento de capital resuelto en Asamblea General Extraordinaria de fecha 16/04/2024, ratificado en todos sus términos por Asamblea General Extraordinaria de fecha 04/07/2025 por la suma de $ 23.000.000 y del aumento de capital por la suma de $ 3.554.200,00 resuelto en la Asamblea General Extraordinaria de fecha 04/07/2025. Ambos aumentos han sido suscriptos por el socio Sr. Claudia Gabriel ABUT mediante la capitalización de APORTES IRREVOCABLES A CUENTA DE FUTUROS AUMENTOS DE CAPITAL así como de su AJUSTE, ambas cuentas expuestas en los Estados Contables de la sociedad, emitiéndose al efecto acciones preferidas sin derecho a voto CLASE B. Esta publicación se realiza en acuerdo a lo dispuesto por el artículo 194 de la Ley 19.550, disponiendo los restantes accionistas del plazo de 30 días desde la última publicación para comunicar a la sociedad su voluntad de acrecer y/o suscribir el aumento de capital descripto. Se fija el domicilio de calle Italia 873 (Rosario - Santa Fe) para la recepción de comunicaciones.

$ 300 545268 Dic. 09 Dic. 11

__________________________________________