picture_as_pdf 2025-10-31


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ROSARIO

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CAMARA DE APELACION


Por disposición de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial (Sala IV) de Rosario, dentro de los caratulados: VALDERRAMA, CARLOS CESAR c/DECAMOVIL SACIFIA s/USUCAPION; CUIJ Nº 21-02889639-2, se ha ordenado notificar el acuerdo dictado en autos Nº 332 de fecha 29/09/2025 que en su parte resolutiva expresa:... I) Rechazar el recurso de apelación articulado a fs. 338 por la demandada, contra la Sentencia Nº 1102, de fecha 31.08.2023, obrante a fs. 332 y ss. II) Imponer las costas a la parte actora. III) Los honorarios por los trabajos desplegados en la Alzada se fijan en el 50% de los que correspondan por las tareas cumplidas en primera instancia. IV) Insértese, agréguese copia y hágase saber. Fdo. Dr. Juan J. Bentolila, Jessica M. Cinalli Juez, Dr. Iván D. Kvasina, Juez, (art 26 LOPJ) Dra. M. Laura Gervasoni, Secretaria.

$ 100 550718 Oct. 31 Nov. 4

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición de la jueza de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 13º Nominación de Rosario en autos caratulados BANCO SANTANDERRIO SA C/GERLERO, MANUEL FRANCISCO BAUTISTA S/COBRO DE PESOS, CUIJ Nº 21-02955908-9; se ha ordenado citar a comparecer a estar a derecho en el término y bajo apercibimientos de ley a los herederos de MANUEL FRANCISCO BAUTISTA GERLERO conforme lo previsto en el artículo 597 del Código Procesal Civil y Comercial de Santa Fe. Rosario, 01 de julio de 2025. Fdo. Dr. LUCAS MENOSSI (Secretario), Dra. VERÓNICA GOTLIEB (Jueza).

$ 100 551185 Oct. 31 Nov. 04

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Por disposición de la jueza de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de

.la 13º Nominación de Rosario en autos caratulados BANCO SANTANDERRIO SA C/ GERLERO, MANUEL FRANCISCO BAUTISTA S/ COBRO DE

PESOS, CUIJ Nº 21-02955908-9; se ha ordenado citar a comparecer a estar a derecho en el término y bajo apercibimientos de ley a los herederos de MANUEL FRANCISCO BAUTISTA GERLERO conforme lo previsto en el artículo 597 del Código Procesal Civil y Comercial de Santa Fe. Rosario A julio de 2025. Fdo. Dr. LUCAS MENOSSI (Secretario), Dra. VERÓNICA GOTLIEB (Jueza).

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Por disposición del Juzg. 1ra. Inst. Civil y Comercial 2da. Nom. de Rosario “DI FLORIO, MARIA FERNANDA C/ FALLETTI, LUIS ANGEL S/ APREMIO POR COBRO DE HONORARIOS” CUIJ 21-02987116-4 se hace saber la siguiente la siguiente providencia. “Rosario, 09 de diciembre 2024. Cargo N° 16121/24: Agréguese. Proveyendo cargo N° 13725/24: Por presentado, con domicilio legal constituído, y en el carácter invocado por derecho propio. Désele la participación correspondiente. Por iniciado juicio de apremio por cobro de honorarios, téngase presente. Cítese de remate por el término de 3 días y bajo los apercibimientos de llevar adelante la ejecución sin más trámite. Imprímase el trámite del art. 507 y ss. del C.P.C.C. Trábese embargo sobre los haberes previsionales que perciba la demandada del ANSES. Dichas deducciones no podrán exceder del 20% del haber mensual de la prestación (según Ley 24.241) hasta cubrir la suma de $509.000.- por todo concepto, debiéndose depositar mensualmente las sumas resultantes en una cuenta que se abrirá al efecto en el Banco Municipal de Rosario – Caja de Abogados, situado en calle Montevideo 2076 a nombre de este Juzgado y para estos autos. Notifíquese por cédula haciéndole saber al Oficial Notificador que deberá informar si el demandado vive en el domicilio indicado y sólo en caso afirmativo proceder a practicar la notificación.” FDO. Dra. Klebcar Mónica (Juez), Dra Godoy Marianela (Secretaria).-

$ 300 550876 Oct. 31 Nov. 04

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado Unipersonal de Familia de la 4ª Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Antelo (Juez), en los autos caratulados: MENSILLA DEBORA c/CORONEL DIEGO A. s/EXTINCION, PRIVACION, SUSPENSION Y REHABILITACION DE LA RESPONSABILIDAD PARENTAL; CUIJ 21-11420436-3, llama a CORONEL DIEGO A. a comparecer a estar a derecho. A los efectos legales se publican edictos tres veces en el BOLETIN OFICIAL. Todo ello por estar así ordenado en el siguiente decreto: Rosario, 05 de junio de 2024. Téngase presente lo manifestado. Atento constancias de autos, cítese al demandado por edictos, que se publicarán tres veces. El término vencerá cinco días después de la última publicación (art. 73 CPCC). Fdo. MARÍA JOSÉ CAVIGLIA (Secretaria); GUSTAVO ADOLFO ANTELO (Juez). El presente edicto se publicará SIN CARGO ALGUNO en virtud del patrocinio ejercido en los autos por la Defensoría Civil Nº 10. Secretaria, Rosario, de Noviembre de 2020. Gustavo Adolfo Antelo, Juez; Dra. Natalia Schmidlin, secretaria.

S/C 550737 Oct. 31 Nov. 4

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El Sr. Juez del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 4 de Rosario, Dr. Gustavo Adolfo Antelo, dentro de los autos caratulados IBARRA, ANDREA ROXANA c/SILVA, IVAN GABRIEL Y BARRIOS, TAMARA ROXANA s/GUARDA; CUIJ 21-11413952-9, se ha ordenado notificar a la Sra. Tamara Roxana Barrios, del decreto de fecha 21 de julio de 2025 que se transcribe a continuación: Rosario, 21 de julio de 2025 Atento la entrada en vigencia de la Ley 14264, y a los fines que fuere menester, hágase saber que intervendrán como Juez en los presentes Gustavo Adolfo Antelo y como Secretaria Natalia Schmidlin. Por formulada solicitud de prórroga de guarda. si en tiempo y forma estuviere. Téngase presente. Agréguese la documental que se acompaña, si en tiempo y forma estuviere. De la prórroga de guarda de Giro Silva Barrios y Nícol Silva que se pretende, córrase traslado a los progenitores. Notifíquese a Iván Gabriel Silva en el domicilio denunciado en el expediente conexo sito en Belgrano Nº 2421 de Coronda Instituto Correccional Modelo U1 Dr. César Tabare, con copia del escrito cargo correspondiente. Notifíquese a Tamara Roxana Barrios, por edicto. Asimismo, dése intervención al Equipo Único de Trabajo Social del Tribunal para que se practique amplio informe ambiental concurriendo al domicilio de la guardadora, debiendo detallar acerca de las condiciones ambientales en las que habita Sra. Andrea Roxana Ibarra, junto a sus nietos Ciro Silva Barrios y Nicol Silva, informando sobre las actividades cotidianas, la organización familiar, las relaciones sociales con vecinos y familiares, la escolaridad de sus nietos -asistencia, rendimiento las condiciones de salud, centro de salud al que están referenciados y todo otro dato de interés para determinar las condiciones de cuidado. Fdo. Dr. Gustavo Adolfo Antelo, Juez; Dra. Natalia Schmidlin, Secretaria. Publíquense los edictos gratuitamente en el BOLETÍN OFICIAL, en virtud del patrocinio ejercido por el Sr. Defensor General. Rosario. Dra. Ana Clara Rébola,secretaria.

S/C 550665 Oct. 31 Nov. 4

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Dentro de los autos caratulados: DOMINGUEZ, NICOLAS s/ADOPCION; CUIJ 21-11459150-2, en trámite por ante el JUZGADO UNIPERSONAL DE FAMILIA Nº 8 DE ROSARIO a cargo de Juez VACANTE Secretaría de la Dra. MARIA CECILIA NAVEIRA, se ha dado inicio al juicio de ADOPCION PLENA DE DOMINGUEZ NICOLAS, DNI Nº 45.857.386, ordenándose lo siguiente: Por presentados, domiciliados, en el carácter invocado, con patrocinio letrado. Otorguéseles la participación que por derecho corresponda. Por iniciada la acción que expresan. Juzgado vacante. Publíquese el pedido en el BOLETIN OFICIAL una vez por mes durante el lapso de dos meses, pudiéndose formular oposición dentro de los quince días hábiles contados desde la última publicación. Ofíciese a los Registros respectivos, con el fin de que informen si existen a nombre de Nicolás Domínguez medidas precautorias sobre su patrimonio. Ofíciese al RENAPER a los fines de que remita certificado de antecedentes penales del nombrado Atento lo dispuesto en la última parte del artículo 70CC dése intervención a la Asesoría Letrada del Registro Civil. Hágase saber de la presente acción a los progenitores biológicos en su domicilio real con la leyenda “De no ser hallado/a el/la requerido/a en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien lo atienda o de los vecinos si es que allí vive el mismo y únicamente en caso afirmativo procederá a practicar la notificación. Notifíquese a los mismos por oficio ley 22172. Fdo. Dra. MARIA JOSE CAMPANELLA, JUEZA EN SUPLENCIA. Y lo siguiente: Rosario, 08 de octubre de 2025. Por notificados. Atento las facultades conferidas por el art. 21 del C.P.C.C.S.F, revócase parcialmente el decreto precedente en la parte que reza: “...Ofíciese al RENAPER a los fines de que remita certificado de antecedentes penales del nombrado...” y en su lugar, se provee: “...Ofíciese al Registro Nacional de Reincidencia a los fines de que remita certificado de antecedentes penales del nombrado...”. Acompañe despachos con trascripción del presente y del primer decreto. Acompañe edicto debiendo consignar en el mismo nombre completo y DNI del pretenso adoptado. Fdo. Dr. GUSTAVO ADOLFO ANTELO, JUEZA EN SUPLENCIA. Dra. María Cecilia Vaveira, secretaria.

$ 200 551276 Oct. 31 Nov. 4

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Por disposición del Juzgado de Primer Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 4ª Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Nicolás Villanueva, Secretaría de la Dra. Daniela Andrea Jaime, se hace saber que se ha iniciado acción judicial a fin de Rubricar nuevo Libro de Accionistas por extravío, la que se carátula: GLOW LAND SA s/RELATIVA A MATERIA SOCIETARIA; CUIJ 2102988428-2. Que en cumplimiento del Art. 1877 CCC, se cita a toda persona que pretenda derecho sobre los títulos valores referenciados en el escrito inicial, a fin de que dentro de los treinta días -a contar desde la última publicación- se presenten ante el perito contador Roberto Muñoz, Contador Público, Mat. 3217 - Ley 8738 C.P.C.E. Prov. Sta. Fe - Cam. II, con domicilio constituido en calle Rioja 4735 de la ciudad de Rosario, Tel. 0341-4306423, mail cpnrobertomunoz@gmail.com, para alegar y probar cuanto consideren pertinente, bajo apercibimiento de resolverse con las constancias que se agreguen a los autos. Se hace saber que el emisor de los títulos valores es GLOW LAND SA., la fecha de denuncia del libro extraviado fue el 19/09/2024, los títulos valores referidos en el registro extraviado son 12.000 acciones, nominativas, no endosables, ordinarias, de valor nominal $1 (pesos uno), de 1 voto por acción. Se hace saber que a las presentaciones ante el perito designado se les aplicará el trámite previsto para la verificación de crédito en los procesos concursales (cfm. arts. 35 y 36, Ley 24.522 y art. 1877 CCC). Rosario, 14 de Abril 2025. (Fdo. Dr. Nicolás Villanueva (Juez); Dra. Daniela Andrea Jaime (Secretaria). Rosario, 9 de Octubre de 2025.

$ 100 550825 Oct. 31 Nov. 6

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 14ª Nom. de la ciudad de Rosario, a cargo del Dr. Marcelo C. M. Quaglia, secretaría del autorizante, y dentro de los autos caratulados: MENDOZA DEMETRIA ALEJANDRA c/SEMINO DE SALA MARCELIAN Y OT s/USUCAPION; CUIJ Nº 21-01532697-9, se hace saber que se ha ordenado: citar y emplazar a los herederos de MENDOZA DEMETRIA, para que comparezcan a estar a derecho, por edictos que se publicarán tres veces en el BOLETIN OFICIAL, venciendo el término cinco días después de la última publicación, bajo apercibimiento de ley. Dra. María Karina Arreche (Secretaria Subrogante). 01/10/2025.

$ 100 550963 Oct. 31 Nov. 4

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 15ª Nominación de la ciudad de Rosario, Juez vacante, Secretaria a cargo de la Dra. Ma. Eugenia Sapei, se cita a comparecer a estar a derecho por el término de un día y para que comparezcan dentro de los 30 días corridos dentro de los autos caratulados DE PAOLI, SILVIA BEATRIZ c/ONGAY NESTOR RAUL s/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA; CUIJ 21-02987487-2, a los herederos, acreedores y/o legatarios del demandado NESTOR RAUL ONGAY DNI 3.084.309, bajo apercibimientos de nombrar defensor de oficio en su doble carácter de curador conforme lo dispuesto por el art. 597 del CPC.

$ 100 550653 Oct. 31 Nov. 4

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Por disposición del Sr. Juez de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8ª Nominación de Rosario, Luciano Juarez (juez), se hace saber a los interesados que en los autos caratulados ALMACÉN DE OBRAS.COM S.A. s/CONCURSO PREVENTIVO POR AGRUPAMIENTO; (CUIJ 21-02996435-9), mediante resolución Nº 752 de fecha 03/10/2025, se ha declarado la apertura del concurso preventivo por agrupamiento de Almacén de Obras.Com S.A. (CUIT 30716956705) con domicilio de sede social en Avenida del Rosario Nº 325 bis de la ciudad de Rosario, con domicilio a los efectos del proceso en calle Moreno 1623, piso 9 oficinas A y B de Rosario. Se ha dispuesto: i) continuar la tramitación de expedientes individuales para cada uno de los concursados presentados en el concurso preventivo por agrupamiento, sustanciándose los mismos como conexos, de conformidad con lo normado por el art. 67 de la LCQ; ii) oficiar a la Cámara de Apelación Civil y Comercial para que proceda al sorteo de la lista general de Síndicos Categoría “A” (estudios), iii) trabar inhibición general para disponer y gravar bienes registrales de las concursadas al Registro General de Propiedades de Rosario, Registro Nacional del Automotor, Prefectura Naval Argentina, Banco Central de la República Argentina y iv) diferir las fechas para presentación de los pedidos de verificación y de los informes individual y general, determinación del período de exclusividad y realización de la audiencia informativa, las que se fijarán por auto ampliatorio aceptado que fuere el cargo por el síndico a designarse, y oportunamente se harán conocer en conjunto con el nombre y domicilio del citado funcionario. Dra. María José Casas, Secretaria.

$ 500 550794 Oct. 31 Noc. 6

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Por disposición del Juzgado de Circuito de la 1ª Nominación de Rosario, a cargo del Dr. DANIEL HUMBERTO GONZALEZ (Juez); Dra. GABRIELA MARIA KABICHIAN (secretaria), se ha ordenado emplazar a los herederos de los codemandados ANTONIO OSVALDO MONDAINI y ANTONIO HECTOR MONDAINI, para que comparezca a estar a Derecho dentro del término de cinco (5) días de la última publicación, bajo apercibimiento de declararla en rebeldía. Publíquense los edictos citatorios por tres (3) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Autos caratulados PEREZ, CARLOS DANIEL Y OTROS c/PIZARRO, LIDIA Y OTROS s/USUCAPION; CUIJ 21-02941292-5. Rosario, 30 de Septiembre de 2025. Dra. Rosa Ines Kaminsky, prosecretaria suplente.

$ 100 550790 Oct. 31 Nov. 4

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 12ª Nominación de la ciudad de Rosario, a cargo del Dr. Fabian E. Daniel Bellizia (Juez), Secretaría de la Dra. Elisabet Carla Felippetti, dentro de los autos caratulados CENTURION RAMONA LIDIA c/CENTURION, JUAN ROSENDO Y OTROS s/INCIDENTE LEGITIMO ABONO CUIJ 21-01483711-3 Nº Expediente: 907/2013, se cita y emplaza a los herederos de MARIA ISABEL CENTURION DNI Nº 3.802.977, para que comparezcan en los referidos autos por edictos que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL y en el Hall de Tribunales por el término y bajo los apercibimientos de ley, sin perjuicio de la notificación por cédula a los domicilios reales de los herederos del causante en caso de conocerse los mismos. Los edictos se publicarán por tres días consecutivos en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia. Se deja constancia que el presente litiga con beneficio de pobreza. Elisabet Carla Felippetti, secretaria subrogante.

S/C 550770 Oct. 31 Nov. 4

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de Rosario a cargo de la Dra. Lucrecia Mantello y Secretaría de la Dra. Silvina Rubulotta, dentro de los autos caratulados INDUSTRIAS TAESCA SRL c/TUMINI, JUAN CARLOS s/DEMANDA EJECUTIVA; CUIJ Nº 21-12616682-3, se ha ordenado notificar al actor Industrias Taesca S.R.L. lo siguiente: ROSARIO, 29 de Julio de 2025; Atento lo solicitado precedentemente, los trabajos realizados, tomando como base regulatoria la base estimada en escrito cargo Nº 7735/2025 y demás constancias de autos. Regular los honorarios del Dr. Daniel Vicente Reynoso: Por la resolución Nº 200/2021 por el principal en $ 203.420,48 (equivalente a 2 jus) art. 7 inc. 2 a) Ley 6767) y por el incidente de caducidad en $ 61.026,14 (equivalente a 0,60 jus) (Art. 15 y 16 Ley 6767). Por la resolución Nº 671/2024 por el principal en $ 203.420,48 (equivalente a 2 jus) art. 7 inc. 2 a) Ley 6767) y por el incidente de caducidad en $ 61.026,14 (equivalente a 0,60 jus) (Art. 15 y 16 Ley 6767). Con más aportes de ley e IVA en caso de corresponder. Establecer que el ajuste por unidad Jus (cfr. art. 32, ley 6767), será aplicable mientras el presente no se halle firme, oportunidad en la cual el monto actualizado se convertirá en deuda dineraria, y devengará desde la mora un interés equivalente a la tasa activa promedio mensual capitalizada que aplica el Banco de la Nación Argentina. Silvina Rubulotta (secretaria); Dra. Lucrecia Mantello (jueza).

$ 200 550720 Oct. 31 Nov. 4

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9ª Nominación de Rosario, dentro de los caratulados: GALARRAGA, LIDIA LETICIA Y OTROS c/EL ESPINILLO SA s/MEDIDA PREVIA ORDINARIO; CUIJ 21-02866623-0, ha dispuesto notificar la siguiente resolución a la empresa EL ESPINILLO SA: Fecha SISFE 12/09/2025. En la ciudad de Rosario y en la fecha asignada en el sistema de gestión SISFE (CSJSF, Acta Nº 14 de fecha 13-05-20 pto. XV) se provee: Agréguese la constancia acompañada. Téngase presente el nuevo domicilio denunciado Para reconocimiento de firmas por parte del demandado El Espinillo S.A., designase audiencia del día 17/12/2025 a las 10:00hs. Notifíquese por cédula. Fdo. Dra. MARÍA FABIANA GENESIO, Jueza; Dra. VERONICA A. ACCINELLI, secretaria. Rosario, 26 de Septiembre de 2025.

$ 100 550721 Oct. 31 Nov. 4

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Quinta Nominación de la localidad de Rosario, a cargo del Dr. MAXIMILIANO COSSARI, Secretaría única de la Dra. GABRIELA ALMARÁ, en los autos caratulados: ORDIALES, JOSE LUIS c/CHOQUE, JOAQUIN ANDRES Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; CUIJ 21-12648105-2, al demandado, el Sr. Joaquín Andrés Choque, DNI 32.232.546, se le hace saber lo siguiente: ROSARIO, 10 de Febrero de 2025. Agréguese. Informándose verbalmente por Secretaría en este acto, que la parte emplazada, Joaquín Andrés Choque, no ha comparecido a estar a Derecho, decláraselo rebelde. Siga el proceso sin dársele representación (art. 78 del Código Procesal Civil y Comercial). Fdo. Dr. MAXIMILIANO COSSARI, juez y Dra. GABRIELA ALMARÁ, secretaria. EN CONSECUENCIA, QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO DEL DECRETO QUE ANTECEDEN. Fdo. Dr. MAXIMILIANO COSSARI, Juez; Dra. GABRIELA ALMARÁ, Secretaria.

$ 100 550722 Oct. 31 Nov. 4

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Por disposición de Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14ª Nominación de Rosario, Marcelo C.M. Quaglia, en los caratulados CEBALLOS HECTOR JULIO s/SUCESION 21-01557403-5 Nº Expediente: 819/2009 de trámite por ante el Juzgado de 1ª Inst. Civil y Comercial 14ª Nom. SEC.UNICA se hace saber que se ha ordenado citar y emplazar a los herederos de don MARCELO GERMAN CEBALLOS, (DNI 23.790.317), para que comparezcan a estar a derecho, por edictos que se publicarán tres veces en el BOLETIN OFICIAL, venciendo el término cinco días después de la última publicación, bajo apercibimiento de ley. Rosario, 29/09/2025. Dra. MARÍA KARINA ARRECHE, secretaria subrogante.

$ 100 550723 Oct. 31 Nov. 4

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Por disposición de Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 14ª Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Marcelo C.M. Quaglia, en los autos CAMPMAJO SARA CARMEN s/Declar. Herederos; CUIJ Nº 21-01539854-7, se hace saber que se ha ordenado citar y emplazar a los herederos del Sr. HORACIO HERCULES PETRALI, para que comparezcan a estar a derecho, por edictos que se publicarán tres veces en el BOLETIN OFICIAL, venciándose el término cinco días después de la última publicación, bajo apercibimiento de ley. Rosario, 24/09/2025. Dra. MARÍA KARINA ARRECHE, secretaria subrogante.

$ 100 550724 Oct. 31 Nov. 4

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/GIOVACCHINI LEONEL ALBERTO s/APREMIO MUNICIPAL CUIJ 21-22769079-5, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: Nº 1253. Arroyo Seco, 19/11/2024. VISTA: la demanda incoada en los autos identificados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título, se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 245.346,28 en concepto de capital, con más la suma de $ 73.603,88, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepciónlegítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. MARIANA CATTANI - SECRETARIA; Dr. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley rovincial 5066 y modificatorias a GIOVACCHINI LEONEL ALBERTO y/o RESPONSABLE DIRECTO y/o RESPONSABLE SOLIDARIO DEL PAGO DEL IMPUESTO PATENTE UNICO SOBRE VEHICULO RESPECTO DEL DOMINIO B899QZ; (art. 28 ley 5066). Secretaria, 1 de Septiembre de 2025. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 550708 Oct. 31 Nov. 4

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/PETTA NICOLAS s/APREMIO MUNICIPAL CUIJ 21-22769078-7, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: Nº l254. Arroyo Seco, 19/11/2024. VISTA: la demanda incoada en los autos identificados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 218.547,85, en concepto de capital, con más la suma de $ 65.564,35, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dr. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a PETTA NICOLAS y/o RESPONSABLE DIRECTO y/o RESPONSABLE SOLIDARIO DEL PAGO DEL IMPUESTO PATENTE UNICO SOBRE VEHICULO RESPECTO DEL DOMINIO AD187NZ; (art. 28 ley 5066, Secretaria, 1 de Septiembre de 2025. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 550709 Oct. 31 Nov. 4

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/MARTINS DAMIAN CARLOS s/APREMIO MUNICIPAL; CUIJ 21-22769077-9, SE HA DICTADO LO SIGUENTE: Nº 129. Arroyo Seco, 27/02/2025. VISTA: la demanda incoada en los autos identificados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 351.567,23 en concepto de capital, con más la suma de $ 105.470,16 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. MARIANA CATTANI; SECRETARIA; Dr. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias al Sr. MARTINS DAMIAN CARLOS y/o RESPONSABLE DIRECTO y/o RESPONSABLE SOLIDARIO DEL PAGO DEL IMPUESTO PATENTE UNICO SOBRE VEHICULO RESPECTO DEL DOMINIO AB170OQ. (art. 28 ley 5066). Secretaria, 2 de Septiembre de 2025. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 550710 Oct. 31 Nov. 4

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/VIAJES SAN MIGUEL SRL s/APREMIO MUNICIPAL CUIJ 21-22769073-6, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: Nº 1344. Arroyo Seco, 4/12/2024. VISTA: la demanda incoada en los autos identificados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 475.676,92 en concepto de capital, con más la suma de $ 142.703,07 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor {interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio {art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Nº 1364. Arroyo Seco, 6/12/2024. VISTO Y CONSIDERANDO: El auto de embargo 1344/2024 de fecha 04/12/2024 obrante a fs. 20 en autos individualizados supra, atento el error involuntario en el monto de la demanda, RESUELVO: corregir dicho auto en la parte pertinente, en el sentido de que, en el punto Nº 5, donde se expresa “475.676,92” debe decir “475.685,62”. Notifíquese el presente conjuntamente con el auto de embargo 1344/2024. Insértese, agréguese y hágase saber. Fdo. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dr. MARIANA LVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a VIAJES SAN MIGUEL S.R.L. y/o RESPONSABLE DIRECTO y/o RESPONSABLE SOLIDARIO DEL PAGO DEL IMPUESTO PATENTE UNICO SOBRE VEHICULO RESPECTO DEL DOMINIO AB591JS. (art. 28 ley 5066). Secretaria, 2 de Septiembre de 2025. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 550711 Oct. 31 Nov. 4

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/CUCIT OMAR s/APREMIO MUNICIPAL; CUIJ 21-22768494-9, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 1262. Arroyo Seco, 22/08/2023. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: l. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 19.930,88, en concepto de capital, con más la suma de $ 9.965,00, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. MARIANA CATTANI; SECRETARIA; Dra. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los sres. CUCIT OMAR y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0006684-00, LOTE 018, MANZANA B, RUTA 36. (art. 28 ley 5066). Secretaria, 2 de Septiembre de 2025. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 550712 Oct. 31 Nov. 4

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/VALERIO ANTONIO s/APREMIO MUNICIPAL; CUIJ 21-22768060-9, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 840. Arroyo Seco, 14/06/2023. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: l. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 10.232,87, en concepto de capital, con más la suma de $ 10.232,87, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dra. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias al Sra. VALERIO ANTONIO y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0003194-00, LOTE 014B, MANZANA 003 RUTA 30. (art. 28 ley 5066). Secretaria, 25 de Junio de 2025. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 550713 Oct. 31 Nov. 4

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia deCircuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/AGROCOMERCIAL VAGNONI SRL s/APREMIO MUNICIPAL; CUIJ 21-22769372-7, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: Nº 389. Arroyo Seco, 9/06/2025. VISTA: la demanda incoada en los autos identificados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que en copia digitalizada se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 390.869,62, en concepto de capital, con más la suma de $ 117.260,88, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dr. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley proyincial 5066 y modificatorias a AGROCOMERCIAL VAGNONI SRL y/o RESPONSABLE DIRECTO y/o RESPONSABLE SOLIDARIO DEL PAGO DEL IMPUESTO PATENTE UNICO SOBRE VEHICULO RESPECTO DEL DOMINIO JUQ556. (art. 28 ley 5066). Secretaria, 29 de Septiembre de 2025. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 550714 Oct. 31 Nov. 4

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/D’ORTONA GESINO s/APREMIO MUNICIPAL; CUIJ 21-22768321-7, se ha dictado lo siguiente: Nº 275. Arroyo Seco, 27/03/2024. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: l. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 40.628,39 en concepto de capital, con más la suma de $ 20.314,00 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dra. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a D’ORTONA GESINO y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0000869-00, LOTE 006, MANZANA 013, RUTA 00. (art. 28 ley 5066). Secretaria, 1 de Septiembre de 2025. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 550715 Oct. 31 Nov. 4

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/DON PATO S.R.L. s/APREMIO MUNICIPAL CUIJ 21-22769082-5, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: Nº 1256. Arroyo Seco, 19/11/2024. VISTA: la demanda incoada en los autos identificados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 390.034,21, en concepto de capital, con más la suma de $ 117.010,26, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor {interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio {art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dr. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a DON PATO S.R.L. y/o RESPONSABLE DIRECTO y/o RESPONSABLE SOLIDARIO DEL PAGO DEL IMPUESTO PATENTE UNICO SOBRE VEHICULO RESPECTO DEL DOMINIO AC565TT. {art. 28 ley 5066). Secretaria, 1 de Septiembre de 2025. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 550706 Oct. 31 Nov. 4

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 18va nominación de Rosario, se hace saber que en autos caratulados: “CARUBIA, MARCELO FABIAN Y OTROS C/ TERRAZ SH Y OTROS S/ DEMANDA DE DERECHO DE CONSUMO” CUIJ 21-02978848-8 se ha dictado lo siguiente: “Por presentado, acéptese el domicilio procesal constituido y en el carácter invocado, a mérito del poder especial acompañado, el que deberá acompañar en su original en el plazo de diez días. Por iniciada formal DEMANDA DE DERECHO DE CONSUMO que tramitará según las normas del proceso ordinario (arts 398 del CPCC). Cítese y emplácese a Terraz SH, Gustavo Ariel Avena, Gustavo Adolfo Steinman y Ariel Claudio Corallini por el plazo de ley para que dentro del mismo comparezca a estar a derecho y tomar la intervención que le corresponda bajo apercibimiento de rebeldía (arts. 72, 76 y ss., CPCC). En caso de resultar necesarios a fin de conocer el actual domicilio del demandado, líbrense oficios requiriéndose informes al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral o al Registro Público de Comercio, según corresponda. En los demás oficios que el profesional estime necesarios para averiguar el domicilio del demandado, deberá diligenciarlos por la vía prevista por el art. 25, inc. a, CPCC, transcribiendo nombre completo, número y tipo de documento de identidad y último domicilio conocido del demandado. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos Civiles, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación recomendado por Acuerdo Ordinario - Acta 48/2017 de fecha 5 de diciembre de 2017 de la Excma. Suprema Corte de la Provincia de Santa Fe. Por tanto, se hace saber que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la comparencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la ley 12851. Notifíquese por cédula, debiendo el Sr. Oficial notificador observar el estricto cumplimiento del art. 63 CPCC.- Notifíquese al Fiscal conforme lo normado por art. 52 de la ley 24240.-“ Y otro: “Rosario, 19 de Agosto de 2025. Atento a lo solicitado e informado verbalmente por la Actuaria en este acto que los demandados Ariel Claudio Corallini y Gustavo Adolfo Steinman, no ha comparecido a estar a derecho, pese a estar debidamente notificado con la cédula que se agrega, decláreselo rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por cédula, con la prevención de que tal notificación sólo se considerará exitosa en caso de que sea recepcionada por el mismo demandado, o por persona que manifieste conocerlo (o si es empresa si la misma opera allí) y se comprometa a hacerle entrega de la misiva. O bien, en su caso, en uso de las facultades conferidas por los Arts. 20 y 21 CPCC: líbrese oficio al Registro Nacional de las Personas o a la Secretaría Nacional Electoral o al Registro Público de Comercio, a fin de que informe el último domicilio del demandado.” Y otro: “Rosario, 8 de Octubre de 2025. Agréguense las cédulas diligenciadas. Atento las constancias de autos, previo a lo solicitado, notifíquese a los codemandados Ariel Claudio Corallini y Gustavo Adolfo Steinman por edictos.” FDO. DRA. PATRICIA BEADE Secretaria, DRA. SUSANA SILVINA GUEILER Jueza.

$ 200 551069 Oct. 31

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante María del Carmen Alvarez (DNI 4.268.319), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "ALVAREZ, MARÍA DEL CARMEN S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ 21-02999535-1) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Oct. 31

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 17ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos lo que se consideren con derecho a los bienes dejados por el Causante MARIO ANTONIO ESQUIVEL (DNI. N°23.641.890), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "ESQUIVEL, Mario Antonio S/Sucesorio" (CUIJ: 21-02988707-9). FDO: Prosecretaría.-

$ 45 Oct. 31

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Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la 7ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MARCOS ENRIQUE ALLIANA (DNI N.º 25.750.087) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: ALLIANA, MARCOS ENRIQUE S/DECLARATORIA DE HEREDEROS CYC 7 – CUIJ 21-02999412-6 – OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS

$ 45 Oct. 31

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante SCOTTA Oscar Luis (D.N.I. 6.238.669), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "Scotta Oscar Luis s/sucesorio" (CUIJ 21-02999742-7) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Oct. 31

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante RAUL SANCHEZ (D.N.I. 7.841.780) por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "SANCHEZ, RAUL S/ SUCESORIO CYC 10" (Expte. CUIJ 21-02998681-6) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo. Fernanda I. Virgolini, Prosecretaria

$ 45 Oct. 31

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 6° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ALFREDO SCHIAVONE DNI 5.998.938 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "SCHIAVONE, ALFREDO S/ SUCESORIO" CUIJ 21-02999430-4, de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Oct. 31

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 15° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RATTO CARLOS ALBERTO, DNI 7.685.243 y por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "RATTO, CARLOS ALBERTO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" Cuij 21-02996724-2. Fdo.

$ 45 Oct. 31

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Maria Angelica Ponce (DNI 14.378.553 y/o 14.328.553) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: PONCE, MARIA ANGELICA S/ SUCESORIO – 21-02959901-4.-

$ 45 Oct. 31

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ALBERTO JOSÉ ABRIATA, DNI 6.031.793, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "ABRIATA, ALBERTO JOSE S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS", CUIJ 21-02999964-0, de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo. Dra. Vanina C. Grande – Secretaria.-

$ 45 Oct. 31

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 12° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante CARLOS ALBERTO SCHIAVONE DNI 14.975.112 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "SCHIAVONE, CARLOS ALBERTO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS", (CUIJ 21-02999691-9), OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS. Fdo. DRA. Vanina C. Grande – Secretaria.

$ 45 Oct. 31

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante FABIANA ANDREA BORDA (DNI 18.473.554) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "BORDA, FABIANA ANDREA S/DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 3 CUIJ 21-02999584-9. Fdo. Prosecretaría

$ 45 Oct. 31

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante NIDIA RAQUEL TOMATIS D.N.I. 5.529.664 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "TOMATIS, NIDIA RAQUEL s/ SUCESION TESTAMENTARIA"(CUIJ N°21-02998131-8). Fdo. Prosecretaria.

$ 45 Oct. 31

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 5° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RAUL CARLOS CIPRIANO BARRIONUEVO, DNI 11.753.329, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "BARRIONUEVO, RAUL CARLOS CIPRIANO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS", CUIJ 21-02998949-1, de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.-

$ 45 Oct. 31

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CASILDA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1ª Nominación de Casilda, dentro de los autos caratulados DANIEL OSCAR PRADO c/OSCAR ALBERTO TIEPPO s/COBRO DE PESOS - RUBROS LABORALES; Expte. Nº 119/23 C.U.I.J. 21-25863026-9, se ha ordenado lo siguiente: CASILDA, 26 de Junio de 2025. Al escrito cargo Nº 7546/2025: Agréguese en autos. Téngase presente la reanudación de la pretensión en los términos que expresa. Atento lo solicitado y lo ordenado en el auto resolutorio Nº 2423, de fecha 21/11/2023 (fs. 43/46), córrase nuevo traslado de la demanda, en los mismos términos expresados en el decreto de fecha 27/03/2023 - fs 14, conjuntamente con el decreto de fecha 08/06/2023 fs. 24 contra los sucesores de Oscar Alberto Tieppo. Fdo. Dra. Clelia Carina Gómez, Jueza; Dra. Viviana Mónica Guida, Secretaria. Secretaría, 2 de Octubre de 2025.

$ 100 550787 Oct. 31 Nov. 4

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Por disposición del Juez de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2ª Nominación de Casilda, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante CARLOS ALBERTO LEVA DNI 6.140.244. Por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados LEVA CARLOS ALBERTO s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; (515/2025). Fdo. Dra. Aracelis Rosenburt, Secretaria.

$ 45 Oct. 31

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 Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral Nº1 de la 1era. Nominación de la ciudad de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, Secretaría de la autorizante Dra. Viviana Guida, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de MARTHA ELENA ESCROFANI, DNI N° F1.416.778 y de JOSE FIORAVANTI TOLDO, DNI N° M6.129.608 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro por el término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de 1 día.- (Autos: "ESCROFANI MARTHA ELENA Y OTROS S/ SUCESORIO" CUIJ 21-25866366-4 (Expte. N° 507/2025). Fdo.: Dr. Pablo Vinciguerra (Prosecretario subrogante).

$ 45 Oct. 31

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CAÑADA DE GOMEZ

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juzg. 1ª Inst. Civil, Comerc. y Laboral - 2da. Nom. SEC.UNICA de CAÑADA DE GOMEZ en autos caratulados: BRICCOLA ANALIA y otros c/BRICCOL ARIEL s/ACCION DE COLACION; (CUIJ 21-25972200-1: Expte. antiguo Nº 33/2005), se cita mediante estos edictos a los herederos y/o sucesores del Sr. BRICOLA ARIEL y/o BRICCOLA ARIEL (Arts. 597 y concordantes del C.P.C.C.) por el término de cinco días. Secretaría, Cañada de Gómez, 29 de Setiembre de 2025.

$ 100 550774 Oct. 31 Nov. 6

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2da. Nom. del Distrito Judicial N° 6 de Cañada de Gómez, en los autos caratulados "ANGEL NORBERTO LEONARDI s/ SUCESORIO" (CUIJ N° 21-26034996-9), se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante ANGEL NORBERTO LEONARDI (DNI N°: 12.004.276), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en los estrados del Tribunal.-

$ 45 Oct. 31

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 Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la Primera Nominación de Distrito Nº 6 de Cañada de Gómez, Dra. Julieta Gentile (Jueza), dentro de los autos caratulados: "TAMANTINI, HORACIO ALFREDO S/ SUCESORIO" CUIJ. Nº 21-26034921-7, ha dispuesto que se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Don HORACIO ALFREDO TAMANTINI DNI Nº 14.339.25 por un día y bajo apercibimientos de ley, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Cañada de Gómez, Octubre de 2025.- Dra. Carolina L. Kauffeler (Secretario)-

$ 45 Oct. 31


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SAN LORENZO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de Doña PIERINA TRAININI, DNI N° 2.022.930, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de ley. San Lorenzo, de Octubre de 2025. Fdo. Dra. LUZ MARIA CAMST; CUIJ N° 21-25447948-6.

$ 45 Oct. 31

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de doña GOMEZ HILDA ROSA DNI 3.594.809, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo apercibimientos de ley. San Lorenzo. Dra. Luz María Gamst, secretaria.

$ 45 Oct. 31

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de don IREL ROBERTO RIOS DNI 10.811.308 y doña OLGA ALICIA BALQUINTA DNI 17.301.749, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo apercibimientos de ley. San Lorenzo. Dra. Luz María Gamst, secretaria.

$ 45 Oct. 31

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de don CARLOS DANIEL SCHUNK DNI 26.750.255, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo apercibimientos de ley. San Lorenzo. Dra. Luz María Gamst, secretaria.

$ 45 Oct. 31

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de doña GOMEZ JULIA DNI 4.966.876, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo apercibimientos de ley. San Lorenzo. Dra. Luz María Gamst, secretaria.

$ 45 Oct. 31

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de don EDUARDO PEDRO CACERES DNI 10.679.476, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo apercibimientos de ley. San Lorenzo. Dra. Luz María Gamst, secretaria.

$ 45 Oct. 31

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de doña CRUCIANI MARIA MAGDALENA RAMONA DNI 11.526.098, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo apercibimientos de ley. San Lorenzo. Dra. Luz María Gamst, secretaria.

$ 45 Oct. 31

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de don PEDRO RAMÓN MANDÓN DNI 2.394.241, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo apercibimientos de ley. San Lorenzo. Dra. Melisa Peretti, secretaria.

$ 45 Oct. 31

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de doña GUARDIA SUSANA ELISA DNI 5.206.771, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo apercibimientos de ley. San Lorenzo. Dra. Melisa Peretti, secretaria.

$ 45 Oct. 31

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de don JUAN CARLOS SAMANIEGO DNI 4.105.695, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo apercibimientos de ley. San Lorenzo. Dra. Melisa Peretti, secretaria.

$ 45 Oct. 31

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de doña CHILE MARTA ESTHER DNI 4.850.091, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo apercibimientos de ley. San Lorenzo. Dra. Melisa Peretti, secretaria.

$ 45 Oct. 31

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de doña LEDESMA BEATRIZ OLGA DNI 5.154.739, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo apercibimientos de ley. San Lorenzo. Dra. Melisa Peretti, secretaria.

$ 45 Oct. 31

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de don CANDILIERI RUBEN DARIO DNI 21.415.131, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo apercibimientos de ley. San Lorenzo. Dra. Melisa Peretti, secretaria.

$ 45 Oct. 31

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VILLA CONSTITUCION

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


POR DISPOSICION DEL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO CIVIL Y COMERCIAL DE LA 1ª NOMINACION DE VILLA CONSTITUCION, SE HA ORDENADO NOTIFICAR LAS SIGUIENTES RESOLUCIONES A LOS SRES. GUSTAVO ANDRES VAZQUEZ Y ALVARO VAZQUEZ: TOMO 2025, RESOLUCION 711. Villa Constitución 22 DE AGOSTO DE 2025. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: FALLO: I) Mandando llevar adelante la ejecución prendaria contra VAZQUEZ, GUSTAVO ANDRES, hasta tanto el actor CHEVROLET S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS, se haga íntegro cobro del capital reclamado ($ 1.128.248,07), con más los reajustes producto de la aplicación de la cláusula respectiva, el interés pactado con el tope establecido en la parte considerativa de la presente, e IVA. II) Ordenando la venta en pública subasta del bien prendado - art. 29 y 31 ley 12.962. III) Costas al vencido (art. 251 CPCC). IV) Difiriendo la regulación de honorarios hasta tanto se practique la liquidación respectiva (art. 8 primer párrafo ley 6767). Insértese y hágase saber. OTRA TOMO 2025, RESOLUCION 712, VILLA CONSTITUCION, 22 DE AGOSTO DE 2025. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: l. Subsanar el error aludido y, en consecuencia, hacer extensivo lo resuelto por sentencia Nº 711 de fecha 22/08/2025 respecto del codemandado ALVARO VAZQUEZ. 2. En consecuencia, mandar llevar adelante la ejecución prendaria también contra VAZQUEZ, ALVARO, hasta tanto el actor CHEVROLET S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS, se haga íntegro cobro del capital reclamado ($ 1.128.248,07), con más los reajustes producto de la aplicación de la cláusula respectiva, el interés pactado con el tope establecido en la parte considerativa de la presente, e IVA. 3. Hacer extensiva al codemandado VAZQUEZ, ALVARO, la imposición de costas. Insértese y hágase saber. CHEVROLET S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS c/VAZQUEZ GUSTAVO ANDRES s/EJECUCIÓN PRENDARIA 21-25657788-4. Dr. ALEJANDRO DANINO, SECRETARIO; Dra. AGUEDA ORSARIA, JUEZ. VILLA CONSTITUCION, DE 2025.

$ 200 550717 Oct. 31 Nov. 4

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El Juzg. 1ra. Inst. Civil Comer. 1ra. Nom. de Villa Constitución, a cargo de la Dra. Agueda M. Orsaria (Jueza), hace -saber que dentro de los autos "NUEVO BANCO DE SANTA FE SA C/ FERNANDEZ MARTINEZ CESAR S/JUICIO EJECUTIVO"- CUIJ: 21-25655507-4, se dictó el siguiente decreto: "Villa Constitución, 23/09/2024. Agréguese la constancia acompañada. No habiendo el demandado, Cesar Fernández Martínez, comparecido a estar a derecho, pese a encontrarse notificado, según informe del Actuario en este acto, declaréselo rebelde y siga el juicio sin su representación. Publíquense edictos (cf. Art. 73 CPCC).-" Fdo. Dr. Alejandro Danino (Secretario)

$ 100 550110 Oct. 31 Nov. 04

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El Juzgado de Primera Instancia Distrito Nº 14 en lo Civil, Comercial y Laboral de la Segunda Nominación de Villa Constitución, Provincia de Santa Fe a cargo de la Dr. Juez en Suplencia, Secretaría del Dr. DARIO MALGERI, llama a los herederos, acreedores o legatarios de LUIS EDUARDO VICENTE CAPRIOTTI, por TREINTA (30) días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Villa Constitución,              de Octubre de 2025. AUTOS: "CAPRIOTTI, LUIS EDUARDO VICENTE S/DECLARATORIA DE HEREDEROS CUIJ N.º 21-25660511-9.-

$ 45 Oct. 31

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VENADO TUERTO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Venado Tuerto a cargo del Dr. Gabriel Carlini (Juez), Secretaría del Dr. Walter Bournot, se cita y se emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de Doña/ BAUTISTA MESTRE DNI NRO 6.099.085 para que en el término de Ley comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de Ley.- Autos: MESTRE BAUTISTA S/DECLARATORIA DE HEREDEROS (DIGITAL) 21-24624145- 4 Venado Tuerto, Santa Fe.-FDO: Dr. Gabriel A. Carlini JUEZ – Dr. Bournot Alejandro Walter SECRETARIO.-

$ 45 Oct. 31

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Venado Tuerto, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MORAN NELSON SERAFIN, DNI Nº 6.132.198, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: "MORAN NELSON SERAFIN s/ DECLARATORIA DE HEREDEROS", (CUIJ: 21-24624523-9). Venado Tuerto, de Octubre de 2025.

$ 45 Oct. 31

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nº3 en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Venado Tuerto, Dr. Gabriel Carlini, Secretaria a cargo del Dr. Alejandro Walter Bournot, dentro de los autos caratulados “MOMO MARTÍN LUIS S/ SUCESORIO” (CUIJ 21-24624007-5) se ha dispuesto emplazar a herederos, acreedores y legatarios de MARTÍN LUIS MOMO, D.N.I. Nº6.140.618, argentino, casado, hijo de Teresa Ferrando y de Martín Once Momo, nacido el 15/03/1945 en Venado Tuerto, fallecido el 23/03/2025 en Lugano, Suiza, para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro del término de ley.- VENADO TUERTO,

$ 45 Oct. 31

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Por disposicion de la Senora Juez de la Primera Instancia de Distrito Nro. 3 en Io Civil y Comercial de la Primera Nominacion de la cludad de Venado Tuerto, a cargo de la DRA. MARIA CELESTE ROSSO, JUEZ: DRA. MARIA LAURA OLMEDO, Secretaria: dentro de los autos caratulados: ARIAS VIVIANA PAOLA S/SUCESORIO - CUIJ 21- 24624563-8, se cita, llama y emplaza a los herederos, aereedores o legataries de la Sra. ARIAS VIVIANA PAOLA, DNI 28.522.639, fallecida en la ciudad de Venado Tuerto, Santa Fe, en fecha 14 de diciembre de 2022, para que dentro del termino de ley comparezcan a hacer valer sus derechos - Venado Tuerto, 29 de octubre de 2025 - Dra. Ma. Laura Olmedo, secretaria.-

$ 45 Oct. 29