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BANCO COINAG SA.
EMISION DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES
SIMPLES PRIVADAS SERIE XII
POR VALOR NOMINAL TOTAL DE HASTA U$S 1.220.000.
BANCO COINAG S.A.: Emisión de Obligaciones Negociables Simples Privadas en Dólares Estadounidenses Serie XII (ONSP XII) por Valor Nominal total de hasta U$S 1.220.000 (Dólares Estadounidenses un millón doscientos veinte mil), excluido del sistema de seguro de garantía de los depósitos - Ley 24.485. Tampoco participa del privilegio general acordado por el inciso e) del artículo 49 de la Ley de Entidades Financieras. Además, no cuenta con garantía flotante o especial ni se encuentra avalado o garantizado por cualquier otro medio ni por otra entidad financiera. Conforme al art. 9 y 10 de la Ley 23.576, modificada por las leyes 23.962 y 27.444 y reglamentaciones vigentes, Banco Coinag S.A. (la Sociedad ), mediante reunión de Asamblea de fecha 17 de julio de 2025 y de Directorio del 24 de octubre de 2025, aprobó la Emisión de Obligaciones Negociables Simples Privadas Serie XII (“ONSP XII”) conforme a los siguientes Términos y Condiciones:
A.- TÉRMINOS Y CONDICIONES:
(i) Monto de Emisión de las ONSP Serie XII: V/N U$S 1.220.000 (Dólares Estadounidenses un millón doscientos veinte mil).
(ii) Clases: Clase Única.
(iii) Moneda de Emisión, Integración y Pago: Dólares Estadounidenses.
(iv) Fecha de Emisión: La Emisión será el día viernes 31 de octubre del 2025, fecha en que tendrá lugar la aceptación de las Ofertas de Suscripción que formulen los Tenedores de las ONSP Serie XII.
(v) Precio de colocación. Suscripción e Integración: las ONSP Serie XII se colocarán en forma privada al 100% de su valor nominal. El precio de suscripción a la Fecha de Emisión será considerado a su valor par, es decir, la suma de U$S 10.000 (diez mil dólares) por cada valor nominal unitario de ONSP. La integración del precio de suscripción se realizará al contado por el monto total de la emisión de U$S 1.220.000 (dólares estadounidenses un millón doscientos veinte mil), a la Fecha de Emisión de las ONSP. Sin perjuicio de lo expuesto, los Titulares contarán con un plazo fijado de hasta 30 (treinta) días corridos para realizar la integración de las ONSP, en cuyo caso al precio de suscripción se le deberán adicionar los intereses devengados a dicha fecha.
Si en la Fecha de Emisión no existieran interesados en suscribir ONSP por hasta Monto de Emisión, el Banco podrá, a su exclusivo criterio: (a) prorrogar el periodo de suscripción por un plazo máximo de cinco días hábiles, en cuyo caso publicará edictos por un día estableciendo una nueva Fecha de Emisión o (b) reducir el monto de emisión hasta la suma efectivamente colocada, pudiendo reabrir el periodo de suscripción por el Monto de Emisión residual cuando lo considere pertinente. En este último supuesto, al precio de suscripción se le deberán adicionar los intereses devengados desde la Fecha de Emisión original hasta la Fecha de Emisión de Monto de Emisión residual.
Los Titulares podrán abrir una cuenta corriente o caja de ahorros en Dólares Estadounidenses en el Banco, a su exclusivo nombre y cargo que mantendrán abierta durante todo el periodo de vigencia de las ONSP. Una vez que resulten aceptadas las Ofertas de Suscripción se considera que el Banco se encuentra expresamente autorizado a debitar en forma directa el Precio de Suscripción de las ONSP de sus respectivas cuentas o cajas de ahorro. De lo contrario, y de optar el Titular por la integración en efectivo, deberá integrar el precio de suscripción en la Fecha de Emisión en el domicilio del Banco, sito en calle Mitre 602, Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, República Argentina.
(vi) Tasa de Interés Aplicable: las ONSP Serie XII devengarán intereses a tasa fija desde la Fecha de Emisión hasta la Fecha de Pago de Servicios. La Tasa de Interés Aplicable será equivalente al 6% (seis por ciento) nominal anual. El monto de los intereses será calculado sobre la cantidad de días efectivamente transcurridos y en base a un año de 365 días.
(vii) Período de Devengamiento: El Período de Devengamiento de las ONSP Serie XII será de 60 días corridos desde la Fecha de Emisión hasta la Fecha de Pago de Servicios.
(viii) Plazo y Fecha de Vencimiento: las ONSP Serie XII se emiten por un plazo de 60 (sesenta) días corridos contados a partir de la Fecha de Emisión.
(ix) Servicios de Interés: El pago de los intereses devengados tendrá lugar en un único pago en la Fecha de Pago de Servicios.
(x) Amortización: El capital de las ONSP, será amortizado por el Banco, en un único pago, equivalente al 100% (cien por ciento) del valor nominal de las ONSP, en la Fecha de Pago de Servicios.
(xi) Fecha de Pago de Servicios: Tendrá lugar el día 30 de diciembre de 2025. Si cualquier pago de capital o intereses de las ONSP debiera ser abonado en una fecha que no fuera un Día Hábil, dicho pago será efectuado en el Día Hábil inmediatamente posterior, y tendrá la misma validez que si hubiera sido efectuado en la fecha en la cual vencía el mismo, sin que se devenguen intereses adicionales. El Banco se reserva el derecho de adelantar el Pago de Servicios a su exclusivo criterio a una fecha anterior a la Fecha de Pago de Servicios en cuyo caso abonará los intereses que efectivamente se hubieran devengado hasta la Fecha de Pago de Servicios y el pago tendrá la misma validez que si hubiera sido efectuado en dicha fecha.
(xii) Forma y condiciones de pago: Todos los pagos efectuados con causa en las ONSP, tanto de capital como de intereses, serán realizados por el Banco en Dólares Estadounidenses no siendo de aplicación lo dispuesto en el artículo 765 del Código Civil y Comercial de la Nación, mediante acreditación en la cuenta abierta por los Titulares en el Banco, sirviendo el comprobante de la acreditación de los fondos de suficiente recibo y carta de pago o bien mediante el pago en efectivo, en cuyo caso el domicilio de pago de las ONSP será el del Banco, sito en calle Mitre 602, Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, República Argentina.
B.- DATOS DE LA EMISORA: Banco Coinag S.A. se encuentra constituido de acuerdo al Acta Constitutiva de fecha 26 de agosto de 2013, inscripta en el Registro Público de Comercio de Santa Fe el 9 de septiembre de 2013, bajo el Nº 628, al folio 14.448, del libro Nº 94 de Estatutos de Sociedades Anónimas. Tiene su sede social inscripta en Mitre 602 de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe – República Argentina. Tiene un plazo de duración de 99 años contados a partir de su inscripción registral. Objeto social: La Sociedad tiene por objeto social actuar como banco comercial en los términos de la Ley de Entidades Financieras. Para el cumplimiento de su objeto la Sociedad goza de plena capacidad jurídica pudiendo realizar todos los actos, negocios y negociaciones tendientes al mismo. Capital social 30/06/2025: $ 294.950.000 (pesos doscientos noventa y cuatro millones novecientos cincuenta mil). Patrimonio neto al 30/06/2025: $ 40.840.481.000 (pesos cuarenta mil ochocientos cuarenta millones cuatrocientos ochenta y un mil). Al día de la fecha, se encuentran pendiente de amortización Obligaciones Negociables Simples Privadas Serie X y Serie XI, emitidas por el Banco el 10 de junio de 2025, por un valor nominal de u$s 940.000 (dólares estadounidenses novecientos cuarenta mil) y el 5 de agosto de 2025, por un valor nominal de u$s 360.000 (dólares estadounidenses trescientos sesenta mil), respectivamente, no existiendo otras deudas con privilegios o garantías que la emisora tenga contraídas al tiempo de la emisión.
$ 600 552048 Oct. 31
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INSTITUTO MUNICIPAL
DE PREVISIÓN SOCIAL DE ROSARIO
INTIMA
A los deudos, familiares y/o responsables de las personas fallecidas cuya nómina se detalla a continuación, por el improrrogable plazo de DIEZ (10) días contados a partir de la publicación del presente, a comparecer ante esta Institución, sita en calle San Lorenzo 1055 de la ciudad de Rosario, en el horario de 07:00 a 13:00 horas. Motiva la presente intimación el vencimiento del término de comodato gratuito de los nichos ocupados por sus familiares en el Panteón “Seguro y Subsidio Mutual Municipal” del Cementerio La Piedad. El objeto de la convocatoria es arbitrar los medios necesarios para la desocupación de los mencionados espacios. Vencido el plazo indicado, se procederá al desalojo y posterior remisión de los restos al crematorio, conforme a lo prescripto en el Art. 109 bis de la Ordenanza N.º 6484/98 y los Arts. 3 y 13 del Reglamento General de Panteones Sociales de este Instituto, sin derecho a reclamo ni indemnización alguna.ARISTIZABAL MÁXIMO V. (15/12/1991); MONTERO MANUEL (05/08/1991); BOSSA LUIS ANTONIO (22/12/1990); CÁMPORA HIPÓLITO BENITO (20/12/1990); PALERMO ROLANDO ISIDRO (13/12/1990); ALONSO ALFREDO OSCAR (20/12/1990); PELLIETIERI ANTONIA (24/11/1990); LÓPEZ DE FERREYRA SERGIA (19/12/1990); ALEMAN JOSÉ (22/12/1990); GUATELLO JUAN (24/12/1990); GONZÁLEZ JUANA SOLEDAD (04/01/1991); ANDINO DOLORES CARMEN (18/07/1991); CUDINA AUDELINA (05/01/1991); NOBLE ALFREDO NAPOLEÓN (07/01/1991); CASTAGNOLE PASCUA (08/01/1991); POTOU LORENZO (08/01/1991); RODRÍGUEZ PABLO (10/01/1991); ASTORGA VICENTA (14/01/1991); GONZÁLEZ JOSÉ RICARDO (16/01/1991); DÍAZ JORGE JOSÉ ERNESTO (22/03/1991); COSSIO ADELA (24/01/1991); TORASSO MARCOS ANTONIO (26/01/1991); CABRERA JUANITA HILDA (31/01/1991); MARINI LIVIO DANTE (07/02/1991); CASTRO SILVIA DEL VALLE (08/02/1991); VIALE HÉCTOR DOMINGO (08/02/1991); ACUÑA MARÍA EUGENIA (14/02/1991); SAMPAN ELISA (21/02/1991); LÓPEZ MARÍA SUSANA (19/04/1991); HURTADO DELIA (25/02/1991); LÓPEZ IRENE (25/02/1991); CAPARELLI HUGO HORACIO (02/03/1991); CERDÁN ARCADIO (02/03/1991); GUALCO HÉCTOR (06/03/1991); NOCITO JUAN (08/03/1991); ENSIZO RAFAEL (29/03/1991); JAIME MARES RENES (08/04/1991); MALDONADO ADRIANA ALICIA (09/04/1991); AGUINAGA ANTONIO GERVASI (14/04/1991); FERRARO ANTONINA (19/07/1991); DESTRADE NÉSTOR EDUARDO (22/04/1991); FAJARDO HERMENEGILDO S. (22/04/1991); GALLARDO NILDA ANGÉLICA (27/04/1991); SAVASINI ADELINA LIBERTAD (02/05/1991); GIOVANNONI MARCELO LUIS (03/05/1991); MAZZAGLIA MARTA BEATRIZ (04/05/1991); GRAFFIGNA CARLOS CLAUDIO (06/05/1991); ROLÓN MONTESINO SIXTO I. (11/05/1991); GALVANO CARMELA (13/05/1991); ROSANO TERESA GESUALDA (15/05/1991); QUIRICONI OLGA (16/05/1991); RONDANO ANITA ROSA (16/05/1991); CIPULLO ELIO HERNÁN (20/05/1991); TUROLDO LUIS MARCOS (20/05/1991); ARENA SANTOS (23/05/1991); PICICELO NICOLÁS GERMÁN (28/05/1991); URIANI SERAFINA ITALIA (28/05/1991); RAFANIELLO JOSÉ (10/08/1991); TOLEDO ROBERTO RAMÓN (29/05/1991); PEDALINO JUAN (29/05/1991); GAITIERI JOSÉ (30/05/1991); ALONSO JOSÉ (08/06/1991); MUSCIO EUFEMIA ANTONIA (13/06/1991); ORTIZ JULIO CÉSAR (14/06/1991); QUINTEROS RAÚL (25/09/1991); MUSANTE BASILIA (19/06/1991); SOSA NICOLÁS MARTÍN (22/06/1991); DÁBILA ANTONIO GUMERSINDO (20/08/1991); CAVIAL JUANA (24/06/1991); ARRIOLA VIRGINIA (28/06/1991); PALAVECINO LUCÍA (01/07/1991); SOTELO JOSÉ BENITO (02/07/1991); CEBALLOS NELLY E. (02/07/1991); FARÍAS ÁNGEL NARCISO (04/07/1991); VARELA AMADEO FERNANDO (07/07/1991); BRUNORI EUGENIO LUIS (09/07/1991); LUNA HORTENCIA (11/07/1991); RICARDO JULIO JORGE (11/07/1991); BAZÁN DE MARCONI CARMEN (15/07/1991); MALDONADO GREGORIA (24/07/1991); RINALDI AURELIO BERNABÉ (26/07/1991); BENÍTEZ SEGUNDO (26/07/1991); GUALLINI IRMA (21/11/1991); RODRÍGUEZ CARMEN (03/08/1991); PIÑEIRO ROSA (05/08/1991); ORGE ÁNGELA (17/08/1991); URIARTE JOSÉ MARTÍN (19/08/1991); MAIDANA MANUEL ENRIQUE (26/08/1991); BOANO IDA LUISA (24/11/1991); WILLI ZULEMA (11/09/1991); LESA TERESA SEGUNDA MILA (16/09/1991); PONCE HÉCTOR (22/09/1991); MIGLIORISI JOSÉ (04/10/1991); CABALLERO JUANA ARGENTINA (05/10/1991); CALONGE PRUDENCIO (16/10/1991); LÓPEZ ESTER IRENE (17/10/1991); VARETTI INÉS MICAELA (17/10/1991); POGGI MARÍA (18/10/1991); OJEDA RAMONA (21/10/1991); VILLARREAL TELMO (23/10/1991); RUIZ IRENE (17/11/1991); PUGLISI SALVADOR (25/11/1991); ORTIZ REGINA (25/11/1991); SCARDILE JOSÉ (25/11/1991); LESCANO NATALIA DELFINA (26/11/1991).
$ 3000 552044 Oct. 31 Nov. 11
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COMUNA DE OLIVEROS
ORDENANZA 103/2025
Oliveros, 29 de enero de 2025.
VISTO:
La Ley Nacional Nro. 21.477/76, su modificatoria Nro. 24.320 y Provincial Nro. 12.115; las que conforme Artículo Nro. 1897 y sgtes. del Código Civil y Comercial establecen normas sobre declaración de prescripción adquisitiva a favor de los estados provinciales y/o municipales; el Decreto provincial Nro. 5050/77, por el que se reglamenta la aplicación de la normativa en esta provincia de Santa Fe; y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nacional Nº 21477 -texto según Ley Nº 24230, norma la adquisición por parte de los estados provinciales y municipales, del dominio de inmuebles por el modo establecido en el art. 1897 -y sgtes- del Código Civil y Comercial, es decir, por la posesión continua de veinte años, con ánimo de tener la cosa para sí, sin necesidad de título y buena fe por parte del poseedor” (art.1), la cual se acreditará mediante informes de los respectivos organismos que especifiquen el origen de la posesión y el destino o afectación que haya tenido el inmueble poseído (art. 2);
Que esta Comuna, detenta la posesión del inmueble ubicado en la manzana “A” de·la Zona 3 - Suburbana del Distrito 04 - Oliveros del Departamento 14 - Iriondo, designado como Lote Nº 29 con frente al Noreste sobre Calle Larrea, entre Ruta Nacional Nº 11 y Calle Entre Ríos, a los 31 metros de la intersección de calle Larrea y Entre Ríos, en dirección al Suroeste. Tiene las siguientes dimensiones y linderos: en el frente sobre calle Larrea mide 19.00 metros, lado AB, formando un ángulo de 90º con el lado BC, que mide 40.00 metros y linda con Negretti, Norma Beatriz y García, Natalia Beatriz y forma un ángulo de 90º con el lado CD, que mide 19.00 metros y linda con Meotto Juan D.; formando un ángulo de 90° con el lado DA, que mide 40,00 metros y linda con Pérez, Oscar Alberto, y forma un ángulo de 90º con el frente; cerrando la figura. Encierra una superficie de 760 metros cuadrados. Posee P.I.I. Nº 14-04-00-189904/0019. PLANO NRO. 83.875/75 del Pueblo Oliveros.
Que se ha efectuado la Mensura correspondiente a nombre de la Comuna de Oliveros Mediante Plano N° 279956/2025, a cargo del Ingeniero Geógrafo Edgardo A. Furrer, (ICOPA Nº 2.0014.0; Inscripto el Servicio de Catastro e Información Territorial de la Pcia. de Santa Fe, según se acredita con el Expediente tramitado al efecto bajo el N° 30-67450110- 9, el cual se agrega al presente en 11 fojas útiles.
Que asimismo se agrega al presente el informe al Registro General de la Propiedad requerido por ley, en 9 fojas útiles.
Que se han publicado los edictos de ley, citándose a quienes se consideraran con derecho sobre dicho terreno por el término de diez días a los fines de que dedujeran oposición adjuntando la documental pertinente y acreditante en la sede de la Comuna de Oliveros, Provincia de Santa Fe, no habiéndose deducido oposición alguna dentro del plazo citado.
Que ésta Comuna de Oliveros ejerce la posesión a través de actos posesorios tales como el permanente aseo y corte de pastos del predio, lo que resulta de las constancias de las actuaciones labradas al efecto, acompañándose Acta Notarial de Ratificación, Escritura N°158 de fecha 30/09/2025, labrada por el Escribano Edmundo Rubén Brizio, Titular del Registro de Contratos Públicos N° 214, por la cual el Sr. Pte. Comunal de Oliveros, Martín Daniel Calori ratifica la posesión del Inmueble en cuestión, en 6 fojas útiles.
Que, todo ello prueba que, a través de los años y en forma pacífica y continuada, esta Administración ha ejercido actos posesorios sobre el predio en cuestión;
Que el inmueble en cuestión, tiene por dominio Inscripto un título de más de 20 años, que no se encuentra afectado por inscripción litigiosa y consta inscripto al Tomo 157, Folio 83, Número 103027, del Departamento Iriondo.
Que conforme lo regula la normativa precitada debe dictarse el Acto Administrativo pertinente a efectos de inscribir la titularidad del Dominio del referido inmueble a nombre de la Comuna de Oliveros, Pcia. de Santa Fe.
Que, la Ley Nacional anteriormente citada y aplicable, faculta al Poder Ejecutivo Provincial o a la autoridad ejecutiva municipal o comunal a declarar en cada caso la prescripción adquisitiva operada, otorgando las respectivas escrituras declarativas que “servirán de título bastante para la inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble”, (art.2, in fine);
Que, en cuanto a los requisitos procedimentales para otorgar la escritura pública de usucapión y posterior inscripción en el Registro General, habrá que estarse a lo dispuesto en el Decreto Provincial Nº 5050/77 por el que se reglamenta la aplicación de la normativa nacional en la provincia de Santa Fe.
Que, en consecuencia, y a tenor de las constancias recogidas en autos, corresponde que la Comisión Comunal dicte un acto administrativo que disponga otorgar la pertinente escritura pública de usucapión en relación al predio que esta Comuna posee.
Que la decisión ha sido tomada en reunión de la Comisión Comunal, según consta en Acta Nro.344, resolviéndose favorablemente.
POR ELLO:
LA COMISION COMUNAL EN USO
DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES
CONFERIDAS POR LA LEY ORGANICA DE COMUNAS
SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Artículo 1º: Declarase la usucapión administrativa e incorporación al dominio privado de la Comuna del inmueble identificado como Lote N°9 del plano de mensura inscripto en el Servicio de Catastro e Información Territorial bajo N°279956/24, el cual se describe de la siguiente manera: inmueble ubicado en la manzana “A” de la Zona 3-Suburbana del Distrito 04-Oliveros del Departamento 14-Iriondo, designado como Lote Nº 9 con frente al Noreste sobre Calle Larrea, entre Ruta Nacional Nº 11 y Calle Entre Ríos, a los 31 metros de la intersección de calle Larrea y Entre Ríos, en dirección al Suroeste. Tiene las siguientes dimensiones y linderos: en el frente sobre calle Larrea mide 19.00 metros, lado AB, formando un ángulo de 90º con el lado BC, que mide 40.00 metros y linda con Negretti, Norma Beatriz y García, Natalia Beatriz y forma un ángulo de 90º con el lado CD, que mide 19.00 metros y linda con Meotto Juan D.; formando un ángulo de 90º con el lado DA, que mide 40.00 metros y linda con Pérez, Oscar Alberto, y forma un ángulo de 90º con el frente; cerrando la figura. Encierra una superficie de 760 metros cuadrados. Posee P.I.I. Nº 14-04-00-189904/0019.
Artículo 2º: Otórguese la Escritura Pública de Usucapión de Usucapión Administrativa (Ley Nro. 21.477/76, to. Nro. 24.320) correspondiente al presente acto administrativo, y procédase a su inscripción en el Registro General de la Propiedad.
Artículo 3º: Regístrese, comuníquese y archívese.
$ 214 551876 Oct. 31
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MUNICIPALIDAD DE RECREO
NOTIFICACION
CEMENTERIO MUNICIPAL DE RECREO NOTIFICACIÓN DE EXHUMACIÓN PARA REDUCCIÓN
En cumplimiento de lo dispuesto por la normativa vigente, se informa que ha sido solicitada la exhumación para reducción de los restos de MONTOVA SEGUNDO, fallecido el 02/06/1981, y CEPEDA SANTOS, fallecida el 23/09/1972, actualmente inhumados en Bóveda 305603 del Cementerio Municipal de Recreo.
Se cita y emplaza a sus herederos y/o legatarios para que, en el plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la presente publicación, se presenten ante la Municipalidad de Recreo (Av. Mitre 1211) a fin de manifestar oposición fundada.
En caso de no presentarse en el plazo indicado, se considerará que no existe objeción, y se procederá conforme a lo solicitado, dejando constancia en el expediente correspondiente.
Recreo, 24 de octubre de 2025
$ 135 551850 Oct. 31 Nov. 4
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