picture_as_pdf 2025-10-16


NRP S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por disposición del Juez del Registro Público de Rafaela, en los autos caratulados NRP S.A. S/ DESIGNACION DE AUTORIDADES. Expte. Nº 247. Año 2025. CUIJ Nº 21-05397481-0, se hace saber que por acta de Asamblea de accionistas Nº 4 de fecha 12 de diciembre de 2024, se designaron como autoridades de NRP S.A., a las siguientes personas: Director Titular: PIOVANO, Néstor Domingo, argentino, mayor de edad, nacido el 10 de Octubre de 1947, D.N.I. 6.305.027, domiciliado en calle Reconquista Nº 79 de la ciudad de San Guillermo, provincia de Santa Fe, CUIT Nº 20-06305027-0, de estado civil casado. Directora Suplente: EGGEL, Alicia Velia, argentina mayor de edad, nacida el 8 de Junio de 1932, D.N.I. Nº 2.082.998, domiciliada en calle Rivadavia Nº 74 de la ciudad de San Guillermo, provincia de Santa Fe, CUIT Nº 27-02082998-8, de estado civil viuda. Se publica el presente a efectos legales. Rafaela, 23 de Septiembre de 2025. Secretaria del Juzgado Actuante. Verónica Carignano.

$ 50 550615 Oct. 16

__________________________________________


EMAR S.R.L.


CONSTITUCION DE SOCIEDAD


Por estar así dispuesto en los autos caratulados “EMAR S.R.L. S/ CONSTITUCION DE SOCIEDAD” Expte. CUIJ: 21-05216752-0, tramitado ante el Registro Público de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que a efectos de cumplimentar el art. 10, de la Ley 19550, se publica lo siguiente:

1) Socios: Brossio Evangelina Soledad, de nacionalidad argentina, DNI 30.501.893, profesión Bioquímica, estado civil casada, nacida el 04 de diciembre de 1983, con domicilio en Barrio Privado 1, lote 1, manzana 2 de Aires del Llano, de la localidad de Santo Tomé, Provincia de Santa Fe, CUIT 27-30501893-2; y Sperati Ricardo Martín, de nacionalidad argentina, DNI 31.879.477, profesión periodista, estado civil casado, nacido el 20 de noviembre de 1985, con domicilio en Barrio Privado 1, lote 1, manzana 2 de Aires del Llano, de la localidad de Santo Tomé, Provincia de Santa Fe, CUIT 20-31879477-5. 2) Fecha del instrumento de constitución: 01.05.2025. 3) Denominación: EMAR S.R.L. 4) Domicilio: Rosaura Schweizer N° 1590 Piso 6 Oficinas 79 y 80, Santa Fe. 5) Objeto: La Sociedad tendrá por objeto realizar, por cuenta propia y/o asociada a terceros, las actividades siguientes, tanto para el ofrecimiento de la infraestructura profesional de los socios, como a terceros no asociados pudiendo establecer agencia y sucursales, en territorio nacional y en el extranjero:

a) Explotación, administración y representación de salones y/o centros de estética, dedicados a la comercialización de servicios de belleza y todas las actividades derivadas del ejercicio de la medicina estética, tratamientos estéticos y capilares, cosmetológicos, corporales, médicos y actividad física. Las actividades relacionadas con el Arte de Curar, se encuentran sujetas a lo normado en la Ley Nacional N.º 17.132.

b) La realización de tratamientos de estética, masajes, centro de podología y manicura, y todos aquellos otros relacionados con el cuidado de la estética.

c) Realizar por cuenta propia o de terceros, o a través de terceros dentro del país o en el exterior, a las siguientes actividades: Dirección de Campañas de publicidad. La realización y ejecución de proyectos publicitarios y tareas relacionadas con la contratación, intermediación, y difusión de mensajes publicitarios en cualquiera de sus modalidades posibles, a través de cualquier medio de difusión o comunicación social. La organización y producción de eventos o acontecimientos culturales, deportivos, musicales o de cualquier tipo. Las actividades integrantes del objeto social podrán también ser desarrolladas indirectamente, a través de la subcontratación de servicios con empresas con objeto idéntico o análogo.-

d) Venta, distribución y comercialización de una amplia gama de productos nacionales e importados a través de plataformas online, locales y/o sucursales tanto dentro del país como en el exterior.-

e) Alquiler y/o subalquiler y/o cesión temporal de espacio, de consultorios médicos, de tratamientos de atención ambulatoria, sin internación. No se trata de corretaje inmobiliario, establecido en el artículo 9 de la Ley Provincial N° 13154 de Santa Fe. Se refiere específicamente a la regulación de alquileres de consultorios médicos, sin cómo actuar como intermediarios en operaciones de alquiler, compraventa, permuta y fondos de comercio. Las actividades relacionadas con el Arte de Curar, se encuentran sujetas a lo normado en la Ley Nacional N° 17.132.

A tal efecto la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, comprar, o adquirir en pago bienes, inmuebles, créditos, títulos o valores de cualquier naturaleza; establecer sucursales, agencias u otra clase de representaciones en cualquier lugar del país o extranjero, realizar operaciones de exportación e importación de equipo y de elementos complementarios.

Cada socio podrá disponer seguir manejando como profesional las relaciones con sus clientes con quienes contrata y factura a nombre propio, pero las relaciones “externas” vinculadas a la infraestructura común, están destinadas a esta Sociedad. Tales como contratos de alquiler, compra de ciertos insumos, pago de los servicios de luz, agua, internet, etc., contratación del personal común a todos los socios y/o terceros: secretarias, cadetes, etc.

No obstante, la Sociedad podrá ofrecer prestaciones de servicios; con dicho fin podrá formalizar ofrecimientos, realizar tratativas y/o negociaciones y/o celebrar contratos con personas físicas o jurídicas. Tales prestaciones podrá realizarlas a través de los profesionales socios o de terceros no socios. 6) Plazo: El término de duración de la Sociedad será de 30 años contados desde su inscripción en el Registro Público de Comercio, pudiendo este plazo prorrogarse. 7) Capital El capital social se fija en la suma de pesos veinte millones trecientos veinte mil ($ 20.320.000) dividido en DOSMIL TREINTA Y DOS (2032) cuotas indivisas, de PESOS DIEZ MIL ($10.000) valor nominal cada una. Totalmente suscriptas e integradas por los socios y en la siguiente proporción: a) Corresponde a la socia Brossio Evangelina Soledad 1016 cuotas indivisas que representan la suma de PESOS DIEZ MILLONES CIENTO SESENTA MIL ($10.160.000) que se integran por la suma de PESOS SIETE MILLONES ($7.000.000) en efectivo en este acto y el resto por la suma PESOS TRES MILLONES CIENTO SESENTA MIL ($3.160.000) en especie que se integran totalmente en este acto, de acuerdo a un inventario realizado por Contador Público Nacional que forma parte integrante del presente contrato; y b) Corresponde al socio Sperati Ricardo Martin 1016 cuotas indivisas que representan la suma de PESOS DIEZ MILLONES CIENTO SESENTA MIL ($10.160.000) que se integran por la suma de PESOS SIETE MILLONES ($7.000.000) en efectivo en este acto y el resto por la suma PESOS TRES MILLONES CIENTO SESENTA MIL ($3.160.000) en especie que se integran totalmente en este acto, de acuerdo a un inventario realizado por Contador Público Nacional que forma parte integrante del presente contrato. 8) Composición de los órganos de administración, representación y fiscalización, nombres de sus miembros y, en su caso, duración en los cargos y 9) Organización de la representación legal: La dirección y administración de la sociedad estará a cargo de la socia Brossio Evangelina Soledad, como titular y Sperati Ricardo Martín como suplente, por todo el tiempo, hasta su renuncia o remoción, por decisión unánime de los socios. Tal función gerencial podrá ser remunerada o no según consideren conveniente. La representación legal y uso de la firma social estará a cargo del Gerente titular o del suplente en su reemplazo. En el ejercicio de la administración, el gerente tendrá todas las facultades para el cumplimiento de los fines sociales: realizar cualquier acto o contrato para la adquisición de bienes muebles o inmuebles, enajenación, cesión, locación, gravarlos con derechos reales, efectuar toda clase de operaciones con bancos oficiales y particulares, otorgar poderes a otras personas. Para realizar funciones administrativas se requiere su firma, pero para los actos de disposición o gravamen de bienes, deberán contar con la autorización de los dos (2) socios. Ninguno de los socios podrá comprometer a la sociedad en fianzas o garantías a favor de terceros, en operaciones ajenas a las societarias. De ser necesario por así requerirlo las actividades de la Empresa, los señores socios, por unanimidad, podrán designar tantos gerentes administradores, remunerados o no, como crean convenientes. DESIGNACION DE UN DIRECTOR MEDICO: Se designa como profesional médico para ocupar la DIRECCIÓN TÉCNICA MÉDICA a la Doctora Pasinato María Belén, argentina, nacida el 21 de septiembre de 1986, DNI N.º 32.556.617, de profesión Médica, con título y Matrícula Profesional habilitante N.º 6437 Inscripta en el Colegio de Médicos de la 1° Circunscripción- Santa Fe, quien constituye domicilio especial en Rosaura Schweizer Nº 1590 Piso 6 Oficinas 79 y 80 – Santa Fe, y acepta su designación. 10) Fecha de cierre de ejercicio: 30 de Noviembre de cada año.

Lo que se publica a sus efectos por el término de Ley (un día). Santa Fe, 03/Octubre/2025. Dr, Walter E. hrycuk, Secretario.

$ 300 550647 Oct. 16

__________________________________________


MODELO EDICTO (1 día)


Por estar así dispuesto en los autos caratulados “EMAR S.R.L. S/ CONSTITUCION DE SOCIEDAD” Expte. CUIJ: 21-05216752-0, tramitado ante el Registro Público de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que a efectos de cumplimentar el art. 10, de la Ley 19550, se publica lo siguiente:

1) Socios: Brossio Evangelina Soledad, de nacionalidad argentina, DNI 30.501.893, profesión Bioquímica, estado civil casada, nacida el 04 de diciembre de 1983, con domicilio en Barrio Privado 1, lote 1, manzana 2 de Aires del Llano, de la localidad de Santo Tomé, Provincia de Santa Fe, CUIT 27-30501893-2; y Sperati Ricardo Martín, de nacionalidad argentina, DNI 31.879.477, profesión periodista, estado civil casado, nacido el 20 de noviembre de 1985, con domicilio en Barrio Privado 1, lote 1, manzana 2 de Aires del Llano, de la localidad de Santo Tomé, Provincia de Santa Fe, CUIT 20-31879477-5. 2) Fecha del instrumento de constitución: 01.05.2025. 3) Denominación: EMAR S.R.L. 4) Domicilio: Rosaura Schweizer N° 1590 Piso 6 Oficinas 79 y 80, Santa Fe. 5) Objeto: La Sociedad tendrá por objeto realizar, por cuenta propia y/o asociada a terceros, las actividades siguientes, tanto para el ofrecimiento de la infraestructura profesional de los socios, como a terceros no asociados pudiendo establecer agencia y sucursales, en territorio nacional y en el extranjero:

a) Explotación, administración y representación de salones y/o centros de estética, dedicados a la comercialización de servicios de belleza y todas las actividades derivadas del ejercicio de la medicina estética, tratamientos estéticos y capilares, cosmetológicos, corporales, médicos y actividad física. Las actividades relacionadas con el Arte de Curar, se encuentran sujetas a lo normado en la Ley Nacional N.º 17.132.

b) La realización de tratamientos de estética, masajes, centro de podología y manicura, y todos aquellos otros relacionados con el cuidado de la estética.

c) Realizar por cuenta propia o de terceros, o a través de terceros dentro del país o en el exterior, a las siguientes actividades: Dirección de Campañas de publicidad. La realización y ejecución de proyectos publicitarios y tareas relacionadas con la contratación, intermediación, y difusión de mensajes publicitarios en cualquiera de sus modalidades posibles, a través de cualquier medio de difusión o comunicación social. La organización y producción de eventos o acontecimientos culturales, deportivos, musicales o de cualquier tipo. Las actividades integrantes del objeto social podrán también ser desarrolladas indirectamente, a través de la subcontratación de servicios con empresas con objeto idéntico o análogo.-

d) Venta, distribución y comercialización de una amplia gama de productos nacionales e importados a través de plataformas online, locales y/o sucursales tanto dentro del país como en el exterior.-

e) Alquiler y/o subalquiler y/o cesión temporal de espacio, de consultorios médicos, de tratamientos de atención ambulatoria, sin internación. No se trata de corretaje inmobiliario, establecido en el artículo 9 de la Ley Provincial N° 13154 de Santa Fe. Se refiere específicamente a la regulación de alquileres de consultorios médicos, sin cómo actuar como intermediarios en operaciones de alquiler, compraventa, permuta y fondos de comercio. Las actividades relacionadas con el Arte de Curar, se encuentran sujetas a lo normado en la Ley Nacional N° 17.132.

A tal efecto la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, comprar, o adquirir en pago bienes, inmuebles, créditos, títulos o valores de cualquier naturaleza; establecer sucursales, agencias u otra clase de representaciones en cualquier lugar del país o extranjero, realizar operaciones de exportación e importación de equipo y de elementos complementarios.

Cada socio podrá disponer seguir manejando como profesional las relaciones con sus clientes con quienes contrata y factura a nombre propio, pero las relaciones “externas” vinculadas a la infraestructura común, están destinadas a esta Sociedad. Tales como contratos de alquiler, compra de ciertos insumos, pago de los servicios de luz, agua, internet, etc., contratación del personal común a todos los socios y/o terceros: secretarias, cadetes, etc.

No obstante, la Sociedad podrá ofrecer prestaciones de servicios; con dicho fin podrá formalizar ofrecimientos, realizar tratativas y/o negociaciones y/o celebrar contratos con personas físicas o jurídicas. Tales prestaciones podrá realizarlas a través de los profesionales socios o de terceros no socios. 6) Plazo: El término de duración de la Sociedad será de 30 años contados desde su inscripción en el Registro Público de Comercio, pudiendo este plazo prorrogarse. 7) Capital El capital social se fija en la suma de pesos veinte millones trecientos veinte mil ($ 20.320.000) dividido en DOSMIL TREINTA Y DOS (2032) cuotas indivisas, de PESOS DIEZ MIL ($10.000) valor nominal cada una. Totalmente suscriptas e integradas por los socios y en la siguiente proporción: a) Corresponde a la socia Brossio Evangelina Soledad 1016 cuotas indivisas que representan la suma de PESOS DIEZ MILLONES CIENTO SESENTA MIL ($10.160.000) que se integran por la suma de PESOS SIETE MILLONES ($7.000.000) en efectivo en este acto y el resto por la suma PESOS TRES MILLONES CIENTO SESENTA MIL ($3.160.000) en especie que se integran totalmente en este acto, de acuerdo a un inventario realizado por Contador Público Nacional que forma parte integrante del presente contrato; y b) Corresponde al socio Sperati Ricardo Martin 1016 cuotas indivisas que representan la suma de PESOS DIEZ MILLONES CIENTO SESENTA MIL ($10.160.000) que se integran por la suma de PESOS SIETE MILLONES ($7.000.000) en efectivo en este acto y el resto por la suma PESOS TRES MILLONES CIENTO SESENTA MIL ($3.160.000) en especie que se integran totalmente en este acto, de acuerdo a un inventario realizado por Contador Público Nacional que forma parte integrante del presente contrato. 8) Composición de los órganos de administración, representación y fiscalización, nombres de sus miembros y, en su caso, duración en los cargos y 9) Organización de la representación legal: La dirección y administración de la sociedad estará a cargo de la socia Brossio Evangelina Soledad, como titular y Sperati Ricardo Martín como suplente, por todo el tiempo, hasta su renuncia o remoción, por decisión unánime de los socios. Tal función gerencial podrá ser remunerada o no según consideren conveniente. La representación legal y uso de la firma social estará a cargo del Gerente titular o del suplente en su reemplazo. En el ejercicio de la administración, el gerente tendrá todas las facultades para el cumplimiento de los fines sociales: realizar cualquier acto o contrato para la adquisición de bienes muebles o inmuebles, enajenación, cesión, locación, gravarlos con derechos reales, efectuar toda clase de operaciones con bancos oficiales y particulares, otorgar poderes a otras personas. Para realizar funciones administrativas se requiere su firma, pero para los actos de disposición o gravamen de bienes, deberán contar con la autorización de los dos (2) socios. Ninguno de los socios podrá comprometer a la sociedad en fianzas o garantías a favor de terceros, en operaciones ajenas a las societarias. De ser necesario por así requerirlo las actividades de la Empresa, los señores socios, por unanimidad, podrán designar tantos gerentes administradores, remunerados o no, como crean convenientes. DESIGNACION DE UN DIRECTOR MEDICO: Se designa como profesional médico para ocupar la DIRECCIÓN TÉCNICA MÉDICA a la Doctora Pasinato María Belén, argentina, nacida el 21 de septiembre de 1986, DNI N.º 32.556.617, de profesión Médica, con título y Matrícula Profesional habilitante N.º 6437 Inscripta en el Colegio de Médicos de la 1° Circunscripción- Santa Fe, quien constituye domicilio especial en Rosaura Schweizer Nº 1590 Piso 6 Oficinas 79 y 80 – Santa Fe, y acepta su designación. 10) Fecha de cierre de ejercicio: 30 de Noviembre de cada año.


Lo que se publica a sus efectos por el término de Ley (un día). Santa Fe, 03/Octubre/2025.


$300 550647 Oct. 16

__________________________________________


FUNTECH S.A.S.


CONSTITUCION


ESTATUTO

1- Facundo Jesús López (Documento Nacional de Identidad número 44.022.003, CUIT número 20-44022003-8, argentino,

de 22 años de edad, nacido el 18-10-2002, de profesión Comerciante, de estado civil Soltero, con domicilio en calle San Miguel 685, de la ciudad de Roldan, Provincia de

Santa Fe, correo electrónico facujlopez1@gmail.com 2- Fecha de Constitución: 29 de Septiembre de 2.025.- 3- Denominación: FUNTECH S.A.S. 4- Domicilio: San Miguel

685 de la ciudad de Roldan, Provincia de Santa Fe. 5- Objeto: La sociedad tendrá por objeto las siguientes actividades: 1) Servicios de peluquería y Barberia realizados por

cuenta propia o de terceros o asociadas a terceros incluyendo cortes de cabello, corte y delineado de barba, coloración de cabello, coloración de barba, alisado de cabello,

secado con secador y peinados para hombres, mujeres y niños. 2) Compra y venta al por menor de productos destinados a la peluquería y Barberia incluye shampoo,

acondicionador, mascarillas para el cabello, shampoo en seco, crema estilizadora, fijador de cabello y demás productos destinados a la peluquería. 3) Compra y venta al por

menor de productos electrónicos incluyendo equipos, periféricos, accesorios, programas informáticos, aparatos de telefonía. 4) Compra y venta al por menor de

electrodomésticos, artefactos para el hogar y equipos de video y audio 6- Duración: Su duración es de cincuenta (50) años, contados desde la fecha de inscripción en el

Registro Público. 7- Capital Social. Aportes de los socios. El capital social es de un millón de pesos ($1.000.000,00) representado por diez mil (10.000) de acciones

ordinarias de valor nominal cien pesos (V$N 100) cada una. El capital puede ser aumentado por decisión del órgano de gobierno en los términos del artículo 44 Ley 27.349.

El capital citado es integrado en este acto y en dinero en efectivo en un veinticinco por ciento (25%), y el resto será integrado en la forma legal correspondiente; quedando

integrado de la siguiente manera: FACUNDO JESUS LOPEZ, integra la cantidad de (2.500) acciones ordinarias por un valor de Pesos doscientos cincuenta mil

($250.000,00); lo que hace un total de Capital integrado de Pesos doscientos cincuenta mil ($250.000,00), o sea la cantidad de dos mil quinientas (2.500) acciones

ordinarias. El saldo del capital social; o sea la cantidad de Pesos setecientos cincuenta mil ($750.000,00) que representan siete mil quinientas (7.500) acciones ordinarias,

serán integradas en dinero en efectivo en el término de dos (2) años contados desde la fecha del presente. 8- Administración, Dirección y Representación: La administración

está a cargo de uno (1) a cinco (5) personas humanas, socios o no, cuyo número se decidirá por el órgano de gobierno al tiempo de su designación. La representación está

a cargo de una persona humana designada como representante por el órgano de gobierno. Deberá designarse igual número de suplentes, que se incorporarán en el orden

de su elección en caso de ausencia o impedimento de los titulares. Duran en su cargo por tiempo indeterminado, hasta tanto sean reemplazados. Cuentan con todas las

atribuciones conferidas por las normas de fondo, incluidas aquellas para las que se requiere poder especial, con la sola limitación de decidir actos de disposición o

gravamen sobre bienes de la sociedad, actos éstos que requieren la conformidad de la reunión de socios. La reunión de socios fija su remuneración. 9- Órgano de

Administración y Representación: Se establece su composición unipersonal, designándose: Administrador y representante titular: Facundo Jesús López; Administrador

suplente: Gustavo Ricardo López (Documento Nacional de Identidad número 14.087.253, CUIT número 23-14087253-9, argentino, nacido el 09-03-1960, de profesión

comerciante, de estado civil Divorciado, con domicilio en calle San Miguel 685, de la ciudad de Roldan, Provincia de Santa Fe, correo electrónico

gustavo.lopez@arroyito.com.ar ) 10- Fiscalización: La sociedad prescinde de sindicatura. Los socios cuentan con el derecho de información previsto en el artículo 55 de la

ley general de sociedades. 11- Balances y distribución de utilidades: La sociedad cerrara su ejercicio el día 30 de septiembre de cada año.



Se publica por un día (1) día en el Boletín Oficial, a los 16 días del mes de Octubre de 2025.-

RPJEC 83 - Oct. 16

__________________________________________


ESSENTIAL ENERGY S.A.


Designación de Directorio


Por disposición de Registro de Personas Jurídicas Empresas y Contratos, en autos “ ESSENTIAL ENERGY S.A. s/MODIFICACIONES AL ESTATUTO Y A LOS ÓRGANOS DE SOCIEDAD ANÓNIMA”, se ha dispuesto la siguiente publicación, conforme a lo establecido en el art. 10 de la Ley 19.550. Se hace saber que en la ciudad de Rosario, a los 03 días de Julio de 2023, los accionistas de Essential Energy S.A. mediante Asamblea General Ordinaria resolvieron designar un nuevo Directorio y distribuir los cargos. Designándose la siguiente conformación del nuevo Directorio: Director Titular: A) Presidente: Tomas Pucciariello, DNI. 27.674.157, con domicilio en la calle Santa Fe 1123, Piso 4, Dto. E, de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, de Profesión Empresario, nacido el 24 de Septiembre de 1979, casado. B) Director Suplente: Sebastián Pucciariello, DNI. 26.375.608, con domicilio en la calle Morrison 8938 de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, de Profesión Abogado, nacido el 08 de Diciembre de 1977, soltero. El Directorio.


Se publica por un día (1) día en el Boletín Oficial, a los 15 días del mes de Octubre de 2025.-

RPJEC 81.- Oct. 16

__________________________________________


SUNCE TRAVEL TURISMO S.A.S.


ESTATUTO


Se hace saber lo siguiente: Mediante Instrumento constitutivo de fecha 14 de julio de 2025, la señora CARMEN LUJAN ABAD, D.N.I. 26.912.475, CUIT 27-26912475-5, argentina, mujer, de 46 años de edad, nacida el 09 de octubre de 1978, de profesión comerciante, de estado civil divorciada, con domicilio real y constituido en Pasaje Prioni 920, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, correo electrónico carmen@suncetravel.com.ar, decide constituir una sociedad por acciones simplificada, con sujeción al siguiente Estatuto:

1.-Accionista: CARMEN LUJAN ABAD, D.N.I 26.912.475- CUIT 27-26912475, argentina, divorciada, comerciante con domicilio real y legal en Pasaje Prioni 920 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, correo electrónico: carmen@suncetravel.com.ar.

2.-Fecha de constitución: 14 de Julio del 2025

3.-Denominación de la sociedad: SUNCE TRAVEL TURISMO S.A.S.

4.- Domicilio social: Rosario, Santa Fe

5.-Sede: Calle Sargento Cabral 591- piso Cuarto (4) oficina 8 y piso Cinco (5) oficina 10 de la ciudad de Rosario

6.-Objeto: Tiene por objeto la realización por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros de las siguientes actividades: 1) Actividades directamente vinculadas con el turismo: Servicios de alojamiento en hoteles, hosterías, cabañas bungalow, aparts; 2) Agencia de viaje: Servicios de intermediación en la venta y reserva de servicios turísticos, Servicios de agencias de turismo y agencias de pasajes, Servicio de alquiler de aeronaves con fines turísticos, Servicios de excursiones en trenes especiales con fines turísticos, Servicios de excursiones fluviales con fines turísticos, Servicios de excursiones marítimas con fines turísticos, Servicios de transporte automotor de pasajeros para el turismo, Servicios vinculados a la organización de ferias, congresos, convenciones y/o exposiciones, alquiler y explotación de inmuebles a tales fines.. A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones, y realizar todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.

7.-Plazo: TREINTA (30) años, contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público.

8.-Capital Social: El capital social es de pesos TRES MILLONES ($ 3.000.000) representado por 30.000 (treinta mil) acciones ordinarias de valor nominal de pesos cien (100) cada una. El capital puede ser aumentado por decisión del órgano de gobierno en los términos del artículo 44 Ley 27.349. Las acciones son nominativas no endosables y pueden ser ordinarias o preferidas.

9.- Composición de los órganos de administración y fiscalización, nombres de sus miembros y, en su caso, duración en los cargos: La administración y representación de la sociedad está a cargo de una (1) a dos (2) personas humanas, socias o no, cuyo número se indicará al momento de su designación por el órgano de gobierno. La representación de la sociedad estará a cargo de el/los administradores. En caso de administración unipersonal y/o cuando la sociedad carezca de órgano de fiscalización, deberá designarse por lo menos, un administrador suplente que se incorporará en caso de ausencia o impedimento del titular.  Duran en su cargo por tiempo indeterminado y hasta tanto sean reemplazados.

Fiscalización: Se prescinde de Sindicatura, sin perjuicio del derecho de fiscalización e información que poseen los accionistas previsto en el artículo 55 de la ley general de sociedades.

Conformación del órgano de Administración:  Se establece su composición unipersonal. Administrador y Representante Titular a: CARMEN LUJAN ABAD, D.N.I. 26.912.475, CUIT 27-26912475-5, argentina, de 46 años de edad, mujer, nacida el 09 de octubre de 1978, de profesión comerciante, con domicilio real en Pasaje Prioni 920, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, Argentina, correo electrónico: carmen@suncetravel.com.ar,. Administrador y Representante Suplente: CARMEN ELENA CUADROS, D.N.I. 5.448.902-CUIL 27-05448902-7, argentina, mujer, de 78 años de edad, nacida el 16 de octubre de 1946, jubilada, estado civil viuda, con domicilio real en Calle Santiago 1352 de Rosario, Provincia de Santa Fe, Argentina, correo electrónico carmencuadros16@gmail.com

10.- Fecha de cierre del ejercicio: 30 de junio de cada año.

$ 500 550482 Oct. 16

__________________________________________


TELEMATICA Y TELEMETRÍA S.A.S.


CAMBIO DE OBJETO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial a cargo del Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario se hace saber el siguiente edicto: Se ha procedido a cambiar el objeto social, quedando establecida de la siguiente forma:

ARTÍCULO TERCERO: Tiene por objeto la realización, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros de las siguientes actividades.

a)Presentación de servicios que consiste en alquiler de tiempo de acceso a base de datos; b) brindar información sobre tecnología, software, hardware y asesoramiento profesional sobre dicha información y bases de datos incluyendo el desarrollo y la puesta a disposición de software y asesoramiento sobre el mismo, c) Servicio de diseño, construcción, alojamiento y mantenimiento de sitios web; servicios de investigación y desarrollo de nuevos productos para terceros en el área de tecnología y sitios webs; e) Servicios de programación, consultaría y asesoramiento profesional con respecto a los servicios anteriormente descriptos; f) Desarrolló y diseño de sistema de redes y asesoramiento sobre los mismos; g) Intermediación para el despacho de viajes de los servicios de transporte onerosos de personas por parte de vehículos habilitados como taxis o remires; y medíos de transporte. H) Servicios de localización satelital mediante GPS y AGPS, así como la utilización de cualquier tipo de dispositivo de rastreo para vehículos, personas o bienes; i) Intermediación para realizar cobros electrónicos a terceros, en forma directa o indirecta, mediante procesadores de pago en línea autorizados y otros medios electrónicos que puedan ser habilitados en el futuro conforme a la normativa vigente; j) Realizar, en general, operaciones afines y complementarias relacionadas con el objeto social.

$ 100 550255 Oct. 16

________________________________________


LA ESPUELA SRL


DESIGNACIÓN DE GERENTES


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial a Cargo del Registro Público de Comercio de Rosario, se realiza la publicación de los ítems exigidos en el Art. 10 de la Ley 19.550, con respecto a la Designación de Gerentes de “LA ESPUELA S.R.L.”

1. DESIGNACIÓN DE GERENTES. Conforme la cláusula novena resuelve por unanimidad designar como-socios Gerentes a las Sras. a la señora JORGELINA SlEBER, de apellido materno Cassan, Argentina, documento de identidad 23.895.920 y a la señora ALEJANDRA SIEBER, de apellido materno Cassan, Argentina, documento nacional de identidad 25.674.214, quienes tendrán amplias facultades para administrar la sociedad, en un todo, actuando en forma conjunta con el Sr. Nestor Sieber, de apellido materno GURAYA, LE 6186434, Argentino, casado en primeras nupcias con María del Lujan Cassan, nacido el 3 de noviembre de 1947, con domicilio en calle Belgrano 964 de Carcarañá, provincial de Santa Fe, de ocupación productor agropecuario, quién a partir de la última reforma estatutaria y como consecuencia de la cesión gratuita de sus cuotas sociales ha dejado de ser socio, continuando en su cargo de gerente, manifestando en este acto su conformidad y aceptando su continuidad y comprometerá a la sociedad en forma indistinta, como cualquiera de los tres gerentes con su sola firma, que están siendo designados en este acto. Fecha de la Designación: 18 de agosto de 2025.

2. Denominación social “LA ESPUELA SRL”

3. Domicilio de la sociedad: Belgrano 964, Carcarañá, provincial de Santa Fe.

$ 200 550115 Oct. 16

________________________________________


TATY TOURS S.R.L.


CONTRATO



Socios: ORDOÑEZ, NORBERTO ANTONIO DNI Nº 17.869.344, CUIT 20-

17869344-2, de nacionalidad argentino, de estado civil soltero, de profesión comerciante, mayor de edad, nacido el 19/01/1967, con domicilio en Maipú 97 de la ciudad de Las Rosas, Provincia de Santa Fe y ORDOÑEZ AYELEN, DNI Nº 41.160.489, de nacionalidad argentina, de estado civil soltero, DNI

41.160.489 de profesión comerciante, mayor de edad, nacida el 23 de diciembre de 1998, CUIT 27-41160489-1, con domicilio en Maipú 97 de la ciudad de Las Rosas

Fecha de constitución: 08 de Julio 2025

Plazo de Duración de la Sociedad: El plazo de duración de la sociedad es de cinco (10) años, contados a partir de la fecha de su constitución.

Objeto: La sociedad tendrá por objeto el Servicio de Transporte de pasajeros. Capital: El Capital Social es de •$ 3200.000.-, representando por igual cantidad de cuotas ordinarias escriturales, de $ 10 (pesos diez), valor nominal cada una y con derecho a un voto por cuota. Los socios suscriben el 100% del capital social de acuerdo con el siguiente detalle: ORDOÑEZ, NORBERTO ANTONIO, suscribe la cantidad de 160.000 cuotas de capital, de un peso ($10.-), valor nominal cada una, o sea la suma de pesos un millón seiscientos mil ($ 1.600.000.-) y ORDOÑEZ AYELEN, suscribe la cantidad de 160.000 cuotas de capital, de un peso ($10.-) valor nominal cada una, o sea la suma de pesos un millón seiscientos mil ($ 1.600.000.-).

Sede Social: Maipú 97, ciudad de Las Rosas, provincia de Santa Fe. Designación de Gerente: Conforme a la cláusula sexta, se resuelve designar como GERENTE a ORDOÑEZ, NORBERTO ANTONIO.

$ 100 550138 Oct. 16

________________________________________


CAR CENTER SRL (S.R.L.)


CONTRATO


PRORROGA AL 22/09/2045- EXPTE Nº 3626/25 - REGISTRO PUBLICO DE COMERCIO ROSARIO.

Por disposición del Sr. Juez de 1 era. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la1ERA. Nominación, a cargo del Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario, en los autos caratulados “CAR CENTER SRL S/PRORROGA AL 22/09/2025 (30 AÑOS), EXPTE 3626/2025, se ha dispuesto publicar el siguiente edicto:1.- La empresa “CAR CENTER “SRL” a través de sus Socios ha dispuesto prorrogar la fecha de duración de la sociedad por 20 años a ‘contar desde el 22/9/2025.

2. La presente reforma fue instrumentada según acta societaria de fecha 11 de agosto de 2025.

$ 100 550155 Oct. 16

________________________________________


DISTRIBUIDORA PAMPA S.R.L


CONTRATO


Por orden del Registro Público de Comercio en los autos caratulados DISTRIBUIDORA PAMPA

S.R.L S/CESION DE CUOTAS, RETIRO E INGRESO SOCIOS, MODIFICA CLAUSULA ADMINISTRACION, RENUNCIA Y DESIGNA GERENTE. Texto ordenado (Expte 3973/2025) se hace saber lo siguiente:


Cesión de Cuotas Sociales de Gentile Cristian Manuel quien poseía 360 cuotas sociales y Martini Mariela Veronica tenía 40 cuotas sociales a Mugurusa Jose Ramón quien adquiere 200 cuotas sociales, lo que representa el 50% y Vergnano Lorena Elizabet 200 cuotas sociales el 50% restante, conformando una totalidad de 400 cuotas sociales.

Designación de Socio Gerente a Mugurusa Jose Ramón

Modificación clausulas Quinto y Sexto del Contrato Social de la siguiente forma: QUINTO: [De la Renuncia y aprobación de la gestión]: el Sr CRISTIAN MANUEL GENTILE RENUNCIA a su cargo de “socio gerente”, la que es aceptada por los socios por unanimidad, por lo que se desentiende de sus funciones desde el día de la fecha. Asimismo, LOS CEDENTES dan por aceptada y aprobada toda la gestión del socio gerente hasta la fecha. - SEXTO: [De la modificación del contrato social]: Por unanimidad de los socios presentes que representan el cien por ciento ( 100%) del capital social y de los votos de LA SOCIEDAD, luego de deliberar al respecto y como consecuencia de la venta, cesión y transferencia, la cláusula QUINTA referida al CAPITAL SOCIAL Y acto seguido deciden designar como Socio Gerente al socio JOSE RAMON MUGURUSA Modificando como consecuencia la CLAUSULA SEXTA referida a - ADMINISTRACIÓN- DIRECCIÓN Y REPRESENTACIÓN de DISTRIBUIDORA

PAMPA S.R.L. quedando ambas redactadas de común acuerdo de la siguiente• forma: “QUINTA: El capital Social se fija en Pesos Cuatrocientos Mil ($400.000,00) dividido en cuatrocientas (400) cuotas sociales de pesos un mil ($1.000,00) cada una: que le corresponden al Socio JOSE RAMON MUGURUSA, DOSCIENTAS (200) cuotas de Pesos Mil ($1.000,00) cada una representativas de Pesos Doscientos Mil ($200.000,00); a la Socia LORENA ELISABET VERGANO, DOSCIENTAS (200) cuotas de Pesos Mil ($1.000,00) cada una representativas de Pesos Doscientos Mil ($200.000,00)“”SEXTA: Estará a cargo del socio JOSE RAMON MUGURUSA quien actuará como gerente, representado a la sociedad. A tal fin usara su propia firma con el aditamento de “Socio Gerente”, precedida de la denominación social. - El gerente en el cumplimiento de sus funciones podrá efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales sin limitación alguna, pudiendo actuar ante cualquier ente oficial, Nacional, Provincial o Municipal, con la única excepción de prestar fianzas o garantías de cualquier naturaleza a favor de terceros. Puede en consecuencia celebrar en nombre de la sociedad, toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, entre ellos, operar con todos o cualquier clase de bancos, entidades financieras públicas o privadas, otorgar a una o más personas poderes judiciales inclusive para querellar criminalmente; o extrajudiciales con el objeto y extensión que juzgue conveniente y realizar todo otro hecho o acto jurídico que haga adquirir derechos o contraer obligaciones a la sociedad.

$ 300 550175 Oct. 16

________________________________________


ALBERTO J. DICHIARA SRL


CONTRATO


En la localidad de Chañar Ladeado, Provincia de Santa Fe, a los doce días de Diciembre de 2024, entre la señor MATIAS ALBERTO DICHIARA, argentino, nacido el 11 de agosto de 1975, casado en primeras nupcias con Veronica Rubens, comerciante, DNI. nro. 24.635.939, CUIT 20-24635939-4, domiciliado en Independencia Nº 945, Chañar Ladeado, provincia de Santa Fe, y el señor EMILIANO DICHIARA, argentino, nacida el 12 de Marzo de 1960, soltero, D.N.I. nro. 27.863.912, CUIT 20-27863912-7 de profesión comerciante, domiciliado en calle Av. San Martin Nº 1295, de Chañar Ladeado, provincia de Santa Fe. En su carácter de únicos socios e integrantes de la sociedad ALBERTO J DICHIARA S.R.L., cuyo tiempo de duración caduca el 02/11/2026, acuerdan prorrogar la sociedad antes mencionada, además se decidió aumentar el capital social, quedando redactado el artículo tercero y quinto, modificado el Contrato Social, de la siguiente forma: ARTICULO TERCERO: El término de duración se fija en treinta (30) años a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio. ARTICULO QUINTO: CAPITAL SOCIAL-El capital social se fija en la suma de pesos TRES MILLONES ($ 3.000.000,00) dividido en tres millones (3.000.000) de cuotas de pesos uno ($ 1,00) cada una, que los socios suscriben e integran en este acto, de acuerdo al siguiente detalle: MATIAS ALBERTO DICHIARA suscribe e integra la cantidad de un millón quinientas (1.500.000) cuotas representativas de pesos un millón quinientos ($ 1.500.000,00) y EMILIANO DICHIARA suscribe la cantidad un millón quinientas (1.500.000) cuotas representativas de pesos un miIIón quinientos ($ 1.500.000,00).

$ 200 550243 Oct. 16

________________________________________


ADMINISTRACION HOTELERA MAYORISTA (AHM) S.R.L.


CONTRATO


.1) Fecha del contrato social: 13 de Agosto de 2025.

Razón social: ADMINISTRACION HOTELERA MAYORISTA (AHM) S.R.L.

Integrantes de la sociedad: Srta. Camila Dos Santos Rizzi, argentina, comerciante, D.N.I. N.º 18.888.295, C.U.I.T. N.º 27-188882.95-7, nacida el 24 de Septiembre de 1988, domiciliada en calle Salvador del Carril N.º 2009, Santa Fe, Santa Fe, domicilio electrónico kamilarizzi2626@gmail.com; la Srta. Yamila Andrea Cañete, argentina, comerciante, D.N.I. N.º 31.882.146, C.U.I.T. N.º 27- 31882146-7, nacida el 24 de Noviembre de 1985, domiciliada en calle San Lorenzo N.º 5826, Santa Fe, Santa Fe, domicilio electrónico caymeb@hotmail.com; el Sr. Mario Vallone, argentino, comerciante, D.N.I. N.º 11.271.829, C.U.I.T. N.º 20-11271829-0, nacido el 09 de Julio de 1954, domiciliado en calle Paraguay N.º 863, dpto B, Rosario, Santa Fe, domicilio electrónico mariovallone@gmail.com y el Sr. Federico Vallone, argentino, comerciante, D.N.I. N.º 47.840.970, C.U.I.T. N.º 20-47840970-3, nacido el 24 de Julio de 2007, domiciliado en calle Bvld. Gálvez N.º 1345, piso 6, Dpto B, Santa Fe, Santa Fe, domicilio electrónico fedevallone4@gmail.com.

Domicilio legal: Córdoba 1253, Piso 8, Oficina 6, Rosario, Santa Fe.

Domicilio electrónico de la sociedad: ahmreservas@gmail.com

Duración: 20 años a partir de la fecha de inscripción original en el Registro de Personas jurídicas, Empresas y Contratos.

Objeto: La sociedad tendrá por objeto la realización, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, de las siguientes actividades: Explotación de establecimientos hoteleros, incluyendo la prestación de servicios de alojamiento, comidas, bebidas y otros servicios relacionados con la industria hotelera, la administración y gestión de hoteles, servicios de organización de eventos y de coworking; y la intermediación en la contratación de servicios hoteleros en el país o en el extranjero. A tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar todos los actos y contratos que directa o indirectamente se relacionen con su objeto y no sean prohibidos por las leyes vigentes o por este contrato.

Capital: El capital social se fija en la suma de $ 3.500.000,00 (pesos tres millones quinientos mil) el que se divide en 3.500 (tres mil quinientos) cuotas iguales con un valor nominal de $ 1.000,00 (pesos mil) cada una.

Administración y representación: a cargo de un gerente, socio o no. Se resuelve por unanimidad designar como socio gerente al Srta. Yamila Andrea Cañete, D.N.I. N.º 31.882.146, C.U.I.T. N.º 27- 31882146-7, quien actuará en cumpliendo con las disposiciones establecidas en este contrato social.

Fiscalización: a cargo de todos los socios.

Fecha de cierre del ejercicio: el día 30 de Abril de cada año.

18. $ 300 550237 Oct. 19

________________________________________


ALIANZA CONSULTING S.A.

DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


ALIANZA CONSULTING S.A. CUIT: 30-70908596-0

Domicilio en Pueyrredón 735, Venado Tuerto, Santa Fe.

Según acta general ordinaria nº 19, de fecha 25 de octubre de 2022, QUEDA CONFORMADO EL DIRECTORIO DE LA SIGUIENTE MANERA: ANDRES GERMÁN OLIVA, D.N.I. 23.217.627 DESIGNADO PRESIDENTE Y BRENDA BOYLE, D.N.I. 28.334.606 DESIGNADA DIRECTORA SUPLENTE. AMBOS ACEPTAN EL CARGO POR TRES EJERCICIOS.

$ 50 550198 Oct. 16

________________________________________


EL ESPAÑOL S.A.S.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial a cargo del Registro Público de Comercio, se hace saber que el veintidós de abril de dos mil veinticuatro se reúnen’ los socios de “EL ESPAÑOL S.A.S.”, en su sede social de calle España 401 de la ciudad de Rosario, y resuelven lo siguiente: Designar por un período de tres años los siguientes miembros del Órgano de Administración: Presidente: Dr. Alejandro Palonsky, DNI 14.180.293, Vicepresidente: Dr. Raúl Rivero, DNI: 6.062.169, Administrador titular: Dr. Dardo Dorato, DNI: 16.076.454, Administrador suplente: Dr. Hugo Pino DNI 6.066.247. Se renueva el cargo al CP. Guillermo Ernesto Azum DNI 17.807.369 como síndico titular y al Dr. Luis Horacio Vila DNI 13.958.913 como síndico sUplente. La propuesta es aceptada por unanimidad. En razón del lamentable fallecimiento del Dr.- Raúl Rivero acontecido el 26 de noviembre del dos mil veinticuatro y con la obligación de garantizar la continuidad del funcionamiento de la administración del Hospital, se reúnen el diecinueve de diciembre de dos mil veinticuatro los integrantes del órgano de administración de “EL ESPAÑOL S.A.S.”, en su sede social de calle España 401 de la ciudad de Rosario, y se resuelve lo siguiente: El Órgano de administración queda conformado de la siguiente manera: Presidente: Dr. Alejandro Palonsky, DNI 14.180.293; Vicepresidente: Dr. Dardo Dorato, DNI 16.076.454; Administrador titular: Dr. Hugo Pino, DNI: 6.066.247. Es aprobado por unanimidad.

$ 300 550212 Oct. 16

________________________________________


ECOL S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


En los autos caratulados: “ECOL S.A. s/ DESIGNACION DE AUTORIDADES” Expte. 21-05217201-9 que tramita ante el Registro Público de la Ciudad de Santa Fe, que por Acta de Asamblea Extraordinaria del 10 de julio de 2025 se ha resuelto designar nuevos integrantes del Directorio por el período de dos años, quedando conformado de la siguiente forma: Directores titulares: Presidente: Eduardo Aurelio Prieto, argentino, casado en segundas nupcias con Gladis ELisa Malatesta,-nacido el 24/07/1964, de apellido materno Rey, D.N.I. Nº 17.007.305, C.U:I.L. Nº 20-17007305-4, de profesión Licenciado en Dirección de

20.Negocios, con domicilio en calle San Jerónimo 6389 de la Ciudad de Santa Fe.

Vice-Presidente: Matías Ósvaldo Serra Busaniche, peruano, soltero, de apellido materno Busaniche,. DNI . 92.641.586, CUIT Nº 20-92641586-8, empleado, domiciliado en Cutte p:•.Echague 6945 de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa .Fe. Director suplente Sr, Enrique Guillermo Llapur, argentino, casado, de apellido materno Beilin. zona, D.N.I. Nº 14.830.976, C.U.I.T. Nº 20-14830976-1, empleado, domiciliado-calle Llerena Nº 765 de esta ciudad. El presente se firma para ser publicado en el Boletín Oficial. Santa FE, 09 de septiembre de 2025.

$ 100 549878 Oct. 16

__________________________________________


EYM S.A.S.


ESTATUTO


Por estar así dispuesto en el expediente 11702-0006624-7, en trámite por ante el Registro de Personas Jurídicas, Empresas y Contratos de Santa Fe, se hace saber, que, en la localidad de San Vicente, Provincia de Santa Fe, mediante instrumento de fecha 20/08/2025, Elvio Omar Armelino, productor agropecuario, nacido el veintitrés de octubre de mil novecientos cincuenta y uno, apellido materno Boschetto, de estado civil casado, Documento Nacional de Identidad 8.379.330, CUIT 23-08379330-9, domiciliado en Zona Rural de la localidad de San Vicente, provincia de Santa Fe, de nacionalidad argentina y hábil para contratar, María Cristina Cravero, jubilada, nacida el veintisiete de julio de mil novecientos cincuenta y tres, apellido materno Colombero, de estado civil casada, Documento Nacional de Identidad 10.761.584, CUIT 27-10761584-4, domiciliada en Zona Rural de la localidad de San Vicente, provincia de Santa Fe, de nacionalidad argentina y hábil para contratar e Iván Sergio Armelino, independiente, nacido el nueve de septiembre de mil novecientos ochenta y tres, apellido materno Cravero, de estado civil soltero, Documento Nacional de Identidad 30.173.097, CUIT 20-30173097-8, domiciliado en calle Colon Nº 240 de la localidad de San Vicente, provincia de Santa Fe, de nacionalidad argentina y hábil para contratar, resuelven constituir una Sociedad por Acciones Simplificada denominada EYM S.A.S.. Plazo Duración: 90 años contados desde su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas, Empresas y Contratos de Santa Fe. Objeto Social: dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en cualquier parte de la República Argentina o del extranjero, a las siguientes actividades: a) Agropecuarias: Explotación, por sí o por terceros, de establecimientos rurales, ganaderos, agrícolas, frutícolas, forestales de propiedad de la sociedad o de propiedad de terceros. b) Compraventa, importación y exportación de hacienda de todas las especies y categorías, en pié o faenada, a nombre y por cuenta propia. c) Consignaciones de hacienda, en pié o faenada, de todas las especies y categorías. d) Explotación de tambos, compra, venta, consignación de cereales, oleaginosos, forrajes, pasturas, alimentos balanceados, semillas, de propia producción, o de terceros, a nombre y por cuenta propia o de terceros. e) Prestación de servicios de pulverización terrestre, servicios de labranza, siembra, fertilización, movimiento de tierras, picado de forrajes, embutido de granos, cosecha, confección de rollos de pasturas. f) INVERSORA: La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos, como asimismo, la compra y adquisición, venta y enajenación, de todo tipo de créditos, acciones y valores mobiliarios; la administración, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, pudiendo percibir sus frutos; la constitución, conforme a la ley, de todo tipo de garantías sobre los bienes de la sociedad. Dichas actividades serán realizadas por la sociedad, excluyendo las previstas por los artículos 299 inc. 4 de la ley 19.550 y artículos 1 y 9 de la ley provincial de la provincia de Santa Fe Nº 13154. Capital social: Pesos Diez Millones ($ 10.000.000), representado por diez mil acciones (10000), ordinarias, nominativas, no endosables, de Pesos Mil ($ 1.000) cada una y con derecho a un voto por acción. Administradores: Titular: Elvio Omar Armelino, DNI 8.379.330 (CUIT 23-08379330-9); Suplente: María Cristina Cravero, DNI 10.761.584 (CUIT 27-10761584-4). El ejercicio social cierra el 31 de agosto de cada año. Sede Social: Colon Nº 240 de la localidad de San Vicente, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe, Argentina. El presente deberá publicarse por un día en el Boletín Oficial (Art. 10 Inc. “a”, ley 19.550).

$ 260 551000 Oct. 16